Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 17 de Diciembre de
2013 – R. O. No. 145

SUPLEMENTO

SUMARIO

Ministerio de Salud Pública:

Ejecutivo:

Resoluciones

00004432 Apruébase y
autorízase la publicación de la Guía de Práctica Clínica ?Diagnóstico y
Tratamiento del Aborto Espontáneo, Incompleto, Diferido y Recurrente?

00004433 Apruébanse y publícanse los formularios
actualizados para uso de los servicios de sangre

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanza


Cantón Rocafuerte:
Que reforma total a la
Ordenanza que reglamenta el servicio público de los cementerios municipales
urbanos y rurales

CONTENIDO


No. 00004432

LA MINISTRA DE
SALUD PÚBLICA

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador manda: ?Art. 32.- La salud es un
derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de
otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación,
la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros
que sustentan el buen vivir.

El Estado
garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y
ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas,
acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud
reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los
principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad,
eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y
generacional.?;

Que, la citada
Constitución de la República del Ecuador en el artículo 154 ordena: ?A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área
a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión. (?)?;

Que, el
artículo 361 de la Norma Suprema prescribe: ?El Estado ejercerá la rectoría del
sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de
formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas
las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las
entidades del sector.?;

Que, la Ley
Orgánica de Salud dispone: ?Art. 4.- La autoridad sanitaria nacional es el
Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones
de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y
vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su plena
vigencia serán obligatorias.?;

Que, el
artículo 6 de la Ley Ibídem dispone como responsabilidad del Ministerio de
Salud Pública, entre otras, cumplir y hacer cumplir esta Ley, los reglamentos y
otras disposiciones legales y técnicas relacionadas con la salud?;

Que, la Ley
Orgánica de Salud en el artículo 21 dispone que el Estado reconoce al aborto en
condiciones de riesgo como problemas de salud pública;

Que, el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de
Salud Pública, emitido mediante Acuerdo Ministerial No. 00001034 de 1 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 279 de 30 de marzo de
2012, dispone como Misión de la Dirección Nacional de Normatización: definir
normas, manuales de protocolos clínicos, protocolos terapéuticos, protocolos odontológicos
y guías de manejo clínico, por ciclos de vida y niveles de atención, así como
de procesos de organización y gestión; y,

Que, el aborto
realizado en condiciones de riesgo representa un grave problema de salud
pública, razón por la cual es necesario ilustrar a los profesionales de salud
en la toma de decisiones acerca del diagnóstico y tratamiento del aborto incompleto,
diferido y recurrente, con instrumentos que les permitan ofrecer a las mujeres
una mejor calidad de atención.

En ejercicio
de las atribuciones legales conferidas por los artículos 151 y 154, numeral 1
de la Constitución de la República del Ecuador y por el artículo 17 del
estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1. Aprobar
y autorizar la publicación de la Guía de Práctica Clínica ?DIAGNÓSTICO Y
TRATAMIENTO DEL ABORTO ESPONTÁNEO, INCOMPLETO, DIFERIDO Y RECURRENTE?, adaptada
por la Dirección Nacional de Normatización con la participación de las
instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud y la colaboración de
expertos en la materia.

Art. 2.- Disponer
que la Guía de Práctica Clínica ?DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DEL ABORTO ESPONTÁNEO,
INCOMPLETO, DIFERIDO Y RECURRENTE?, sea aplicada nivel nacional, como una normativa
del Ministerio de Salud Pública de carácter obligatoria para el Sistema Nacional de Salud (Red Pública Integral de
Salud y Red Complementaria).

Art. 3.- Publicar
la Guía de Práctica Clínica ?DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DEL ABORTO ESPONTÁNEO,
INCOMPLETO, DIFERIDO Y RECURRENTE? en la página web del Ministerio de Salud Pública.

Art. 4.- De la
ejecución del presente Acuerdo Ministerial que entrará en vigencia a partir de
su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese
a la Subsecretaria Nacional de Provisión de Servicios de Salud.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de octubre de 2013.

f.) Carina
Vance Mafla, Ministra de Salud Pública.

Diagnóstico y
tratamiento del aborto espontáneo, incompleto, diferido y recurrente

Guía de
Práctica Clínica (GPC)

Dirección
Nacional de Normatización

Ministerio de
Salud Pública

Subsecretaría
Nacional de Gobernanza de la Salud

Pública

Dirección
Nacional de Normatización

Av. República
del Salvador 36-64 y Suecia

Quito ?
Ecuador

Teléfono:
593-2 381-4400

www.msp.gob,ec

Edición
general: Dirección Nacional de Normatización ? MSP

En esta Guía
de Práctica Clínica (GPC) se reúnen un conjunto de afirmaciones, desarrolladas
de manera sistemática para asistir a prestadores de salud de la Red Pública
Integral de Salud y de la Red Complementaria en la toma de decisiones acerca
del diagnóstico y tratamiento del aborto incompleto, diferido y recurrente. Esta
GPC fue elaborada por la Dirección Nacional de Normatización y con la
participación de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud
de la República del Ecuador y expertos en la materia, bajo la coordinación de
la Dirección Nacional de Normatización; los autores y editores declaran no
tener conflicto de interés con los postulados que contiene la guía

El documento
contiene información verídica, completa y actualizada; se incluyen evidencias y
recomendaciones. Las recomendaciones son de carácter general, por lo que no definen
un modo único de conducta procedimental o terapéutica. La aplicación de las
recomendaciones en la práctica, deberá basarse en el juicio clínico de quien
las emplea como referencia, así como en las necesidades específicas y
preferencias de cada paciente en particular; los recursos disponibles al
momento de la atención y las normas y protocolos existentes al momento.

En vista de la
posibilidad de cambios en las ciencias médicas, se recomienda a los lectores
revisar el prospecto de cada medicamento que planean administrar para cerciorarse
de que la información contenida en este documento no se haya presentado cambios
en las dosis sugeridas o en las contraindicaciones para su administración en el
marco de una posible nueva evidencia.

Publicado en
2013

ISBN xxx x
xxxxxx xxx

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Los contenidos
son publicados bajo Licencia de Creative Commons de ?Atribution-No
Comercial-Compartir Igual 3.0 Ecuador?, y puede reproducirse libremente citando
la fuente sin autorización escrita, con fines de enseñanza y capacitación no
lucrativas, dentro del Sistema Nacional de Salud.

Como citar
esta obra:

Ministerio
de Salud Pública. Guía de Práctica Clínica (GPC): Diagnóstico y tratamiento
del aborto espontáneo, incompleto, diferido y recurrente. Dirección Nacional
de Normatización, 1ª Edición, Quito, Ecuador, 2013. Disponible en: http://salud.gob.ec

Autoridades

Mag. Carina
Vance Mafla, Ministra de Salud Pública

Dr. Miguel
Malo, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud

Dr. Francisco
Vallejo, Subsecretario Nacional de Gobernanza de la Salud Pública

Dra. Gabriela
Aguinaga. Directora Nacional de Normatización MSP

Edición
general

Dirección
Nacional de Normatización MSP

Equipo de
redacción y autores

Dr. Wilfrido
León, Médico Ginecólogo, Consultor UNFPA.

Dr. Fabricio
González-Andrade, Investigador Senior Programa Prometeo SENESCYT

Dr. Eduardo
Yépez, Médico Ginecólogo, Consultor UNFPA

Dra. Gabriela
Aguinaga, Dirección Nacional de Normatización MSP.

Dra. Ximena
Raza, Dirección Nacional de Normatización MSP

Equipo de
revisión y validación

Psi. Ana Vera,
Asesora del Despacho Ministerial, MSP

Dra. Susana
Guijarro, Analista Técnico, Dirección Nacional de Normatización MSP

Dra. Ana Lucía
Martínez, Analista Técnico, Dirección Nacional de Normatización MSP

Dra. Irlanda
Ordóñez, Analista Técnico, Dirección Nacional de Normatización MSP

Dr. Ramiro
López, Programa Nacional de Genética MSP

Dra. Alicia
Rodríguez, Programa Nacional de Genética MSP

Dr. Alfredo
Jijón-Letort, Médico Ginecólogo, PUCE, Quito

Dra. Tatiana
Ortiz, Médico Ginecólogo, CEPAM Guayaquil

Dr. Bernardo
Vega, Médico Ginecólogo, Cuenca

Dra. Andrea
Espinoza, Médica Ginecóloga, Hospital Vicente Corral Moscoso, Cuenca

Dr. Germán
Soria, Médico Ginecólogo, Hospital Carlos Andrade Marín, Quito

Dr. Enrique
Amores, Médico Ginecólogo, Hospital Enrique Garcés,Quito

Dr. Francisco
Torres, Médico Ginecólogo, Unidad Municipal del Sur, Quito

Dr. Iván
Cevallos, Médico Ginecólogo, Hospital Enrique Garcés, Quito

Dra. Marianita
Escúntar, Médica Ginecóloga Hospital Enrique Garcés

Dra. Ana
Navarrete, Médica Ginecóloga, Hospital Militar HG1, Quito

Dra. Mónica
Cárdenas, Médica Ginecóloga, Quito

Dr. Washington
Young, Médico Ginecólogo, Hospital Guayaquil Obst. Inés Díaz, Área 12 ? Bastión
Popular, Guayaquil Lic. María Eugenia Chávez, CEMOPLAF, Quito

Dr. Víctor
Hugo Espín, Médico Genetista, Hospital Carlos Andrade Marín, Quito

Dra. Rosario
Paredes, Médico Genetista, Servicio de Genética HG1, Hospital Militar

Dra. Germania
Moreta, Médico Genetista, Servicio de Genética HG1, Hospital Militar

Dr. Ramón
Vargas Vera, Médico Genetista, Hospital Abel

Gilbert Pontón,
Guayaquil

Dra. Linda
Arturo, Médico Pediatra, HGO Isidro Ayora

Contenidos

Introducción

Justificación

Objetivo
general

Objetivos
específicos

Historia
Natural, epidemiología y pronóstico del aborto

Definiciones

Detección de
factores de riesgo de aborto espontáneo

Diagnóstico
clínico de aborto espontáneo

Tratamiento
farmacológico de aborto espontáneo

Tratamiento
quirúrgico de aborto espontáneo

Tratamiento
psicológico de aborto espontáneo

Tratamiento
del aborto recurrente

Seguimiento y vigilancia
del manejo de aborto espontáneo

Criterios de
referencia y contra-referencia

Monitoreo de
calidad

Anexos

Referencias


Descripción
general de esta GPC

Título

Diagnóstico
y tratamiento del aborto espontáneo, incompleto, diferido y recurrente

Usuarios
potenciales de esta GPC

Médicos
generales, obstetrices, médicos familiares, especialistas en ginecología y
obstetricia, hemoterapistas, enfermeras, laboratoristas y técnicos de
atención primaria. Personal de salud en formación, autoridades de las
instituciones de salud, autoridades de la salud pública, estudiantes de las
carreras en ciencias de la salud y todo el personal relacionado con la
atención médica.

Clasificación
de la enfermedad, CIE- 10

O03 Aborto espontáneo,

O04 Aborto médico,

O05 Otro aborto,

O06 Aborto no especificado,

O07 Intento fallido de aborto,

0200 Amenaza de aborto,

O021 Aborto diferido.

Categoría de
la GPC

Primer nivel
de atención diagnóstico y tratamiento, acciones específicas en segundo y
tercer nivel.

Organización
desarrolladora

Ministerio
de Salud Pública del Ecuador, Dirección Nacional de Normatización. Fondo de
Población de Naciones Unidas (UNFPA)

Población
blanco

Pacientes
embarazadas de menos de 20 semanas

Fuente de
financiamiento

Ministerio
de Salud Pública del Ecuador.

Dirección
Nacional de Normatización.

Fondo de
Población de Naciones Unidas (UNFPA)

Intervenciones
y acciones consideradas

Diagnóstico
y tratamiento del aborto espontáneo, incompleto, diferido y recurrente.

Metodología

Esta guía
fue elaborada mediante la metodología ADAPTE, a partir de varias Guías de
Práctica Clínica (GPC) Internacionales, entre ellas.

– Royal
College of Obstetricians and Gynaecologysts. The care of women requesting
induced abortion: summary. Evidence-based Clinical Guideline No.7. London,
November 2011.

– Royal
College of Obstetricians and Gynaecologiysts. The investigation and treatment
of couples with recurrent miscarriage. Evidence-based Clinical Guideline No.
17, 2003.

Los
contenidos fueron actualizados a partir de la evidencia publicada en el
período 2008- 2012, con énfasis en el uso de revisiones sistemáticas y
ensayos clínicos controlados aleatorizados. El proceso de adaptación incluyó
la revisión por pares de la guía para su adaptación al contexto nacional y
reuniones de consenso.

Validación

Validación
del protocolo de búsqueda y GPC a adaptarse. Método de validación de la GPC:
revisión por pares (peer- review). Validación: Dirección de Normatización.

Conflicto de
interés