Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 10 de Diciembre de
2013 – R. O. No. 140

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

215 Legalízase, declárase en comisión de servicios en el
exterior y concédese licencia con cargo a vacaciones a los siguientes
funcionarios:

Sr. José Francisco Cevallos, Ministro del Deporte

216 Dra. María del Pilar Cornejo de Grunaguer, Secretaria de
Gestión de Riesgos

218 Dr. Rafael Poveda, Ministro Coordinador de los Sectores
Estratégicos

219 Arq. Pedro Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo
Urbano y Vivienda

220 Dr. Lenin Lara, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos

221 Ing. Paola Carvajal, Directora Ejecutiva de la Agencia
Nacional de Tránsito

Secretaría Nacional de Educación Superior, Tecnología E
Innovación:

2013-088-A Refórmase el Reglamento de becas para docentes e
investigadores expertos de alto nivel en el marco del Proyecto ?Becas Prometeo?

2013-130 Desígnase a la economista Nathalie Sofía Amores
Arellano, Subsecretaria de Fortalecimiento del Conocimiento y Becas (e),
delegada ante el Directorio Ejecutivo del Instituto Ecuatoriano de Crédito
Educativo y Becas, IECE

2013-133 Refórmase el Acuerdo No. 2011-090 de 15 de
diciembre de 2011

2013-134 Desígnase a la magíster María del Pilar Troya
Fernández, Subsecretaria General de Educación Superior, subrogue al señor
Secretario

2013-135 Desígnase a la magíster Ximena Victoria Amoroso
Iñiguez, Subsecretaria General de Ciencia, Tecnología e Innovación, delegada
ante el Comité Interinstitucional para el Cambio de la Matriz Productiva

?

2013-136 Delégase al señor Nicolás Fabián Trujillo Newlin,
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante la República de
Corea la suscripción del Memorando de Entendimiento con la Universidad Kyung
Hee University de Corea

Ministerio del Ambiente:

Resoluciones

008 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de
Manejo Ambiental para el Proyecto apertura del camino vecinal y colocación de
alcantarillas, en la comunidad Sumak Kichwa, Iginio Galeras, Banku Yacu y ramal
hacia la comunidad El Buen Pastor, pertenecientes a la parroquia San José de
Dahuano del cantón Loreto, provincia de Orellana

Dirección General de Aviación Civil:

0443/2013 Apruébanse las políticas para el cálculo de
combustible para todas las operaciones domésticas e internacionales

Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.:

DIR-CDE-EP-033-2013 Acéptase la renuncia del señor
licenciado Roberto José Enrique Cavanna Merchán al cargo de Gerente General

DIR-CDEEP-034-2013 Desígnase al señor doctor Willians Eduardo Saud Reich, Gerente
General

2013-407-A Desígnase al señor Eduardo Alfredo Mallarino
Rendón, Subgerente General

Servicio de Contratación de Obras:

0001 Déjanse sin efecto todas las resoluciones de delegación
de la máxima autoridad del SECOB y otros

0002 Deléganse atribuciones al señor Director de Asesoría
Jurídica (E)

SECOB-MJLN-0006-2013 Deléganse atribuciones al/la señor/a
Director/a Administrativo/a

Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público:

INMOBILIAR-DSI-2013-0239 Acéptase la transferencia de
dominio a título gratuito del edificio, bloque B del conjunto Ave María de
propiedad de la Dirección General de Aviación Civil, ubicado en el cantón
Quito, provincia de Pichincha

INMOBILIAR-DSI-2013-0240 Dispónese la transferencia de dominio
a título gratuito y como cuerpo cierto de un inmueble de propiedad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ubicado en el cantón Baños,
provincia de Tungurahua

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanzas


Cantón Baños de Agua Santa:
Que reglamenta la
determinación y recaudación del impuesto de patentes municipales

CONTENIDO


No. 215

Cristian Castillo Peñaherrera

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro. MD-MD-2013-10142 de 10 de octubre
de 2013, el Dr. Ernesto Chamorro, Director de
Recursos Humanos del Ministerio de Deporte, solicita al Lcdo. Cristian
Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la Administración Pública, se
realice la legalización del viaje al exterior realizado por el Sr. José
Francisco Cevallos, Ministro del Deporte, a las ciudades de Chicago y Miami –
Estados Unidos, del 27 al 29 de septiembre de 2013, a fin de presidir los
eventos de inauguración del Proyecto ?Ecuador Recréate sin Fronteras?, cuyo
objetivo es promover la práctica del deporte, la recreación comunitaria y la
integración de la población migrante ecuatoriana en el exterior, a través
de la organización
de
torneos de fútbol y ecuavolley.

Que, mediante Oficio Nro. MD-MD-2013-10599 de 23 de octubre
de 2013, el Dr. Ernesto Chamorro, Director de Recursos Humanos del Ministerio
de Deporte, solicita a la Msc. Cecilia Vaca, Ministra Coordinadora de
Desarrollo Social, un nuevo aval de la comisión de servicios al exterior
realizada por el Sr. José Francisco Cevallos, Ministro del Deporte, del 27 al
29 de septiembre de 2013, en razón de su participación a los encuentros antes mencionados,
indicando en su parte pertinente: ?La presente solicitud la realizo en razón de
la autorización anteriormente descrita regía para el periodo comprendido entre
el 27 y 30 de Septiembre… ?

Que, mediante Oficio Nro. MCDS-MCDS-2013-0715-OF de 30 de
octubre de 2013, la Msc. Cecilia Vaca, Ministra Coordinadora de Desarrollo
Social, emite un nuevo aval para el desplazamiento del señor José Francisco
Cevallos, Ministro de Deporte, a las ciudades de Chicago y Miami – Estados
Unidos, del 27 al 29 de septiembre de 2013.

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva y conforme a lo que establece los Artículos 5 y 7 del
Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función
Ejecutiva y entidades adscritas, emitido mediante Acuerdo No. 1101 del 22 de
marzo de 2012,

Acuerda:

Artículo Primero.- Legalizar la comisión de servicios del Sr.
José Francisco Cevallos, Ministro de Deporte, a las ciudades de Chicago y Miami
– Estados Unidos, del 27 al 29 de septiembre de 2013, con motivo de presidir
los eventos de inauguración del Proyecto ?Ecuador Recréate sin Fronteras?.

Artículo Segundo.- Los gastos de desplazamiento y permanencia,
serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Deporte.

Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los 30 días del mes de
octubre de 2013.

f.) Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 13 de noviembre del 2013.

f.) Dra. Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 216

Cristian Castillo Peñaherrera

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante oficio Nro. SGR-DES-2013-1715-O de 30 de
octubre de 2013, la Dra. María del Pilar Cornejo de Grunaguer, Secretaria de
Gestión de Riesgos, solicita al Valm. Homero Arellano Lascano, Ministro
Coordinador de Seguridad, se conceda permiso con cargo a vacaciones, del 29 al
30 de noviembre de 2013.

Que, mediante oficio Nro. MICS-D-2013-1542 de 30 de octubre
de 2013, el Valm. Homero Arellano Lascano, Ministro Coordinador de Seguridad,
avala la solicitud de permiso con cargo a vacaciones de la Dra. María del Pilar
Cornejo de Grunaguer, Secretaria de Gestión de Riesgos y solicita se proceda
con el trámite correspondiente de vacaciones.

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artículo 15 letra u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración
Pública, a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de
vacaciones, licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?

Acuerda:

Artículo Primero.- Conceder a la Dra. María del Pilar Cornejo
de Grunaguer, Secretaria de Gestión de Riesgos, el permiso requerido con cargo
a vacaciones del 29 al 30 de noviembre de 2013.

Artículo Segundo.- La señora Secretaria de Gestión de Riesgos,
encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad con la normativa legal
vigente.

Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los 31 días del mes de
octubre de 2013.

f.) Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 13 de noviembre del 2013.

f.) Dra. Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 218

Cristian Castillo Peñaherrera

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro. 483-SE-DM-2013 de 17 de octubre de
2013, el Dr. Rafael Poveda, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos,
solicita al Lcdo. Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la Administración
Pública, la autorización adicional para viajar al exterior, a fin de formar
parte de la comitiva que acompañará al Primer Mandatario a Rusia, Belarús y Francia,
del 27 de octubre al 09 de noviembre del presente año, en vista de haber
superado los 24 días de viaje al exterior de conformidad con lo estipulado en
el artículo 7, literal g) del Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores
Públicos de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas.

Que, mediante Oficio MREMH-SANE-2013-0250 de 23 de octubre
de 2013, el Dr. Pablo Villagómez, Subsecretario de América del Norte y Europa,
comunica al Dr. Rafael Poveda, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos,
en su parte pertinente ?… Por disposición del señor Presidente de la
República, Rafael Correa, usted forma parte de la Delegación Oficial que lo
acompañará a las Visitas Oficiales a la Federación de Rusia, Belarús y Francia,
del 27 de octubre al 8 de noviembre de 2013… ?

Que, mediante Oficio Nro. SE-CGAF-2013-0007-O de 24 de
octubre de 2013 el Ing. Silvio Suárez, Coordinador General Administrativo
Financiero del Ministerio Coordinador de los Sectores Estratégicos, solicita al
Ing. Leonardo Reyes, Secretario Nacional de la Administración Pública,
Subrogante, la autorización para que el Dr. Rafael Poveda, Ministro Coordinador
de los Sectores Estratégicos, realice el desplazamiento antes mencionado.

Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 140 de 25 de octubre de
2013, el Econ. Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, declara en comisión de servicios a la comitiva oficial que lo
acompañará a la gira internacional por varios países de Europa, del 26 de
octubre y 9 de noviembre del presente año; indicando que el Dr. Rafael Poveda,
Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos, forma parte de la delegación
oficial que lo acompañará a Rusia, Belarús y Francia, del 27 de octubre al 09
de noviembre de 2013.

Que, el artículo 7 literal g) del Reglamento ibídem, en su parte
pertinente, indica: ?La ausencia del país por viajes al exterior no podrá
exceder de 24 días laborales dentro de un año, a excepción de los funcionarios
de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, Turismo y
Secretaría Nacional del Migrante, debido
a las funciones que realizan dichas carteras de Estado. En caso de que se
completen los 24 días de ausencia del país se deberá solicitar una autorización
adicional, la misma que podrá autorizarse atendiendo las particularidades de la
solicitud?.

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, y conforme a lo que establece los Artículos 5 y 7 del
Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función
Ejecutiva y entidades adscritas, emitido mediante Acuerdo No. 1101 del 22 de
marzo de 2012,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con lo señalado en el
literal g) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior de los
Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, se concede
la autorización adicional requerida por el Dr. Rafael Poveda, Ministro
Coordinador de los Sectores Estratégicos, para ausentarse del país, en virtud
de las particularidades de la solicitud del viaje al exterior a Rusia, Belarús
y Francia, con el fin de formar parte de la comitiva oficial que acompañará al
Primer Mandatario a los países antes mencionados del 27 de octubre al 09 de
noviembre del presente año.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Legalizar la comisión de servicios del
Dr. Rafael Poveda, Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos, con el fin de
formar parte de la comitiva que acompañará
al Primer Mandatario a Rusia ,
Belarús y Francia del 27 de octubre
al 09 de noviembre del presente
año.

ARTÍCULO TERCERO.- Los gastos de desplazamiento y
permanencia, serán legalizados del presupuesto del Ministerio Coordinador de
los Sectores Estratégicos.

ARTÍCULO CUARTO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los 31 días del mes de
octubre de 2013.

f.) Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 13 de noviembre del 2013.

f.) Dra. Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 219

Cristian Castillo Peñaherrera

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante oficio Nro. MIDUVI-DESP-2013-1064-O de 01 de
noviembre de 2013, el Arq. Pedro Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo
Urbano y Vivienda, solicita al Lcdo. Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional
de la Administración Pública, autorice el permiso con cargo a vacaciones, el
día 04 de noviembre de 2013, indicando en su parte pertinente: ?…Quedando
como Ministro (S) el Arq. Jorge Maguiña, Viceministro de esta Cartera de
Estado… ?.

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artículo 15 letra u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva que estipula: ??El Secretario Nacional de la Administración
Pública, a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de
vacaciones, licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?

Acuerda:

Artículo Primero.- Conceder al Arq. Pedro Jaramillo Castillo,
Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, el permiso requerido con cargo a
vacaciones el 04 de noviembre de 2013.

Artículo Segundo.- De conformidad a lo establecido en las
normas legales vigentes, el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda,
encargará dicha Cartera de Estado, de acuerdo a lo indicado en el oficio Nro. MIDUVI-DESP-2013-1064-O.

Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, al 01 día del mes de
noviembre de 2013.

f.) Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 13 de noviembre del 2013.

f.) Dra. Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 220

Cristian Castillo Peñaherrera

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro. MJDHC-CGAF-2013-0114-O de 31 de
octubre de 2013, el Dr. Lenin Lara, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, solicita al Lcdo. Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de
la Administración Pública, la autorización para su desplazamiento a las
ciudades de Madrid, Murcia y Barcelona en España, y Roma, Milán y Génova en Italia,
del 02 al 11 de noviembre, con el fin de realizar encuentros con las
autoridades locales de los Ministerios de Justicia y del Interior, además de
revisar acuerdos de colaboración con el fin de fortalecer lazos de amistad y
recíproca colaboración con representantes de dichos países.

Que, mediante Oficio Nro. MJDHC-DM-2013-1191-OF de 1 de
noviembre, el Dr. Lenin Lara, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
solicita el aval al Valm. Hornero Arellano, Ministro Coordinador de Seguridad, para
el viaje antes mencionado.

Que, mediante Oficio Nro. MICS-D-2013-1574 de 1 de noviembre
de 2013, el Valm. Hornero Arellano, Ministro Coordinador de Seguridad, avala la
solicitud de desplazamiento del Dr. Lenin Lara, Ministro de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, del 5 al 10 de noviembre de 2013.

Que, mediante Oficio Nro. MJDHC-CGAF-2013-0123-O de 4 de
noviembre de 2013, la Ing. María Belén Ayala, Coordinadora General
Administrativa Financiera del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, realiza un alcance al oficio Nro. MJDHC-CGAF-2013-0114-O, indicando en
su parte pertinente ?… se procede a realizar el cambio de fecha en razón de
que no existían vuelos para el 05 de noviembre del 2013 para el viaje del señor
Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Doctor Lenin Lara viajará
el día 04 de noviembre con retorno el 11 de noviembre de 2013… ?.

Que, mediante Oficio Nro. MJDHC-DM-2013-1199-OF de 4 de
noviembre, el Dr. Lenin Lara, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
realiza un alcance al Oficio MJDHC-DM-2013-1191-OF, indicando en su parte pertinente
?… el viaje al exterior a España e Italia, del 05 al 11 de noviembre, fue
cambiado por el día 04 al 11 de noviembre de 2013, debido a la disponibilidad
de los pasajes…?

Que, mediante Oficio Nro. MICS-D-2013-1579 con fecha 4 de
noviembre de 2013, el Valm. Hornero Arellano, Ministro Coordinador de
Seguridad, avala la solicitud de desplazamiento del Dr. Lenin Lara, Ministro de
Justicia, del 4 al 11 de noviembre.

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artículo 15 letra n) del Estatuto
del
Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, y conforme a lo que establece el artículo 7 del Reglamento
de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y
entidades adscritas emitido mediante Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión
de servicios al Dr. Lenin Lara, Ministro de Justicia, Derechos Humano y Cultos,
en las ciudades de Madrid en España, y Roma, Milán y Génova en Italia, del 4 al
11 de noviembre, con el fin de realizar encuentros con las autoridades locales
de los Ministerios de Justicia y del Interior, además de revisar acuerdos de
colaboración con el fin de fortalecer lazos de amistad y recíproca colaboración
con representantes de dichos países.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos que genere este desplazamiento
serán cubiertos por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de
conformidad con lo indicado por parte de la referida Cartera de Estado en el oficio
Nro. MJDHC-CGAF-2013-0114-O.

ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los 04 días del mes de
noviembre de 2013.

f.) Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 08 de noviembre del 2013.

f.) Dra. Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 221

Cristian Castillo Peñaherrera

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante oficio Nro. ANT-ANT-2013-10753 de fecha 04 de
noviembre de 2013, la Ing. Paola Carvajal, Directora Ejecutiva de la Agencia
Nacional de Tránsito, solicita dejar insubsistente el Acuerdo mediante el cual
se autorizó su comisión de servicios en la ciudad de Miami – Estados Unidos de
América del 23 al 25 de octubre de 2013, con el fin de asistir a la 3ra.
Reunión de Red de Transporte, organizada por el Banco Interamericano de Desarrollo,
en calidad de delegada de la Arq. María
de los Ángeles Duarte, Ministra de Transporte y Obras Públicas.

Que, mediante Acuerdo No. 195 de fecha 21 de octubre de 2013,
la Secretaría Nacional de la Administración Pública, concede a la Ing. Paola
Carvajal, Directora Ejecutiva de la Agencia Nacional de Tránsito, la
autorización para su desplazamiento a la ciudad de Miami – Estados Unidos, del 23
al 25 de octubre de 2013.

Que, los artículos 98 y 170 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su parte pertinente, señalan: ?Art.
98.- RECTIFICACIONES.- Los errores de hecho o matemáticos manifiestos pueden ser
rectificados por la misma autoridad de la que emanó el acto en cualquier
momento… Art. 170.- Revocación de actos y rectificación de errores… 2. La
Administración Pública Central podrá, asimismo, rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o
aritméticos existentes en sus actos…?

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas
en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8
de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes
y año,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Dejar sin efecto el Acuerdo No. 195 de
fecha 21 de octubre de 2013, expedido a favor de la Ing. Paola Carvajal,
Directora Ejecutiva de la Agencia Nacional de Tránsito, sobre la autorización
para su desplazamiento a la ciudad de Miami – Estados Unidos de América, del 23
al 25 de octubre de 2013, según el motivo expuesto en el primer considerando
del presente Acuerdo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los 04 días del mes de
noviembre de 2013.

f.) Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 13 de noviembre del 2013.

f.) Dra. Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

Nro.
2013-088 A

René Ramírez Gallegos

SECRETARIO NACIONAL DE EDUCACIÓN

SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E

INNOVACIÓN

Considerando:

Que la Constitución de la República en su artículo 154, dispone:
??las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión…?;

Que mediante Decreto Ejecutivo N° 934 del 10 de noviembre
del 2011, publicado en el Registro Oficial 582 del 23 de noviembre
del 2011
, el señor Presidente Constitucional de la República,
economista Rafael Correa Delgado, designa al señor René Ramírez Gallegos como Secretario
Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, mismo que fue
ratificado en el cargo mediante Decreto Ejecutivo N° 2 del 27 de mayo de 2013,
publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 5 del 31 de mayo de
2013
;

Que en el Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017 se han
definido políticas, que entre otras, señalan que para fortalecer las
capacidades de los profesionales ecuatorianos y para la investigación misma, el
proyecto Prometeo ha sido uno de los más emblemáticos en este proceso de generación
científica;

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 2011-063, de 15 de septiembre
de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 570 de 8 de noviembre
del 2011
, sustituido por el Acuerdo Ministerial No. 2013-038, de 06 de
febrero de 2013, publicado en el Registro Oficial No. 895 de 20 de febrero de
2013
, la Secretaria Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación emitió el «Reglamento de Movilidad e intercambio de
Investigadores Internacionales y Expertos de alto nivel dentro del marco del
Proyecto Prometeo Viejos Sabios»;

Que mediante Acuerdo 082 de fecha 04 de julio de 2013, el
Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
expidió el Reglamento de Becas para Docentes e Investigadores Expertos de Alto
Nivel en el Marco del Proyecto ?Becas Prometeo?;

Que en el Reglamento citado en el considerando precedente se
establece en sus Disposiciones Transitorias Primera y Segunda, la normativa
aplicable a los contratos y convenios suscritos al amparo del ?Reglamento de Movilidad
e intercambio de Investigadores Internacionales y Expertos de alto nivel?, así
como la normativa aplicable a los postulantes que han sido aprobados por la
Comisión de Selección de Prometeos;

Que el Proyecto ?Becas Prometeo? estableció como objetivo la
adjudicación de 5.000 docentes e investigadores expertos de alto nivel hasta el
2017, por lo que es necesario que el Comité Ejecutivo de Becas Prometeo
mantenga al menos una sesión ordinaria
para estudiar los informes técnicos emitidos por la Gerencia del Proyecto en el
cual constan las calificaciones otorgadas a los postulantes sobre la base del
baremo, según lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de Becas para
Docentes e Investigadores Expertos de Alto Nivel en el Marco del Proyecto
?Becas Prometeo?;

Que el Comité Ejecutivo de Becas Prometeo es un órgano colegiado,
debe designar al Presidente del mismo la atribución de expedir la Resolución de
Adjudicación de la beca a los postulantes aprobados por el mismo, siendo el Presidente
quien suscriba en representación de los demás miembros del Comité Ejecutivo de
Becas Prometeo, según lo establecido en Capítulo IV, Artículo 37 del Reglamento
de Becas para Docentes e Investigadores Expertos de Alto Nivel en el Marco del
Proyecto ?Becas Prometeo?;

Que las obligaciones entre la SENESCYT y el docente o investigador
experto de alto nivel se generan a partir de la adjudicación de la beca, por lo
que es indispensable establecer que los pagos a los Becarios Prometeo se efectúan
una vez que se ha suscrito el contrato de beca, y no durante el tiempo
que permanezca como adjudicado hasta su
llegada al país.

Que desde el año 2010 en el que inició el Proyecto ?Prometeo
Viejos Sabios? hasta el hasta el 03 de julio de 2013, la Gerencia del Proyecto
?Prometeo Viejos Sabios? evaluó las postulaciones de 649 investigadores,
quienes fueron preseleccionados como postulantes, al considerar que cumplen los
requisitos establecidos en los artículos 22 y 23 del mencionado ?Reglamento de
Movilidad e intercambio de Investigadores Internacionales y Expertos de alto
nivel?, y que alcanzan el puntaje mínimo establecido en los baremos aplicables
en el marco del Proyecto ?Prometeo Viejos Sabios?. De acuerdo a lo establecido
en el artículo 24 de la citada norma, el respectivo informe de la Gerencia del
Proyecto debe someterse a conocimiento de la Comisión de Selección;

Que el Proyecto Prometeo Viejos Sabios fue considerado como
un Proyecto Emblemático del Estado Ecuatoriano, cuya difusión se realizó a
nivel internacional para reclutar talento humano de alto nivel académico,
intelectual y profesional; y que bajo su marco normativo los mencionados 649
investigadores, fueron preseleccionados como postulantes, siendo importante
garantizar su derecho a la seguridad jurídica establecido en el artículo 82 de
la Constitución;

Que la Comisión de Selección para la Vinculación de Prometeos
debe conocer sobre los diferentes eventos que se susciten entorno a los
contratos y convenios suscritos al amparo del «Reglamento de Movilidad e
intercambio de Investigadores Internacionales y Expertos de alto nivel dentro
del marco del Proyecto «Prometeo Viejos Sabios», que se mantienen
vigentes de conformidad a dicha normativa, el Comité Ejecutivo de Becas
Prometeo debe tratar dichos eventos en sus sesiones debidamente convocadas, a
fin de unificar un sólo orden del día en el Acta correspondiente que resuelva
las eventualidades del Proyecto ?Prometeo Viejos Sabios? y del Proyecto ?Becas Prometeo?.

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador;

Acuerda:

Expedir las siguientes reformas el ?Reglamento de Becas para
Docentes e Investigadores Expertos de alto nivel en el marco del Proyecto
?Becas Prometeo? de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación.?

Art. 1.- Sustitúyase en el artículo 4, la definición de ?Postulante?,
por el siguiente texto:

?POSTULANTE: Persona natural de nacionalidad ecuatoriana o
extranjera, residente en el exterior o que se encuentre en el país por un
tiempo no superior a tres meses a la fecha de postulación, que cumpla con los
requisitos establecidos para vincularse en calidad de docente o investigador
experto de alto nivel, que se somete a los procesos de postulación,
precalificación y selección establecidos por la SENESCYT, previos a la adjudicación
de una Beca Prometeo. En el caso de los postulantes ecuatorianos deberán
residir en el exterior por tres meses o más. La calidad de postulante no le otorga
más derechos que los de acceder y participar en los referidos procesos para el
otorgamiento de la beca y no le asegura la adjudicación de la misma, ni genera
obligación adicional alguna por parte de la SENESCYT.?

Art. 2.- Sustitúyase en el artículo 9, inciso primero, parte
final, lo siguiente:

?El pago se procesará en el término de diez días contados a
partir de la fecha de presentación de los referidos documentos?.

Por el siguiente texto:

?El pago se procesará en el término de diez días contados a
partir de la fecha de suscripción del contrato de beca y una vez que el becario
Prometeo haya presentado la documentación de respaldo.?

Art. 3.- Elimínese el último inciso de los artículos 9, 10 y
11, el siguiente texto:

?Este rubro no será reconocido al Becario/a Prometeo que al
momento de la postulación ha arribado al Ecuador, en transcurso de los últimos
tres meses luego de su residencia en el extranjero.?

Art. 4.- Sustitúyase la parte final del segundo inciso del artículo
10, que señala:

?No obstante, será reconocida desde la fecha de adjudicación
del Becario/a Prometeo en la respectiva sesión del Comité Ejecutivo de Becas
Prometeo.?

Por el siguiente texto:

?La manutención será reconocida desde la fecha de la suscripción
del contrato de beca?

Art. 5.- Sustitúyase en la parte final del inciso quinto del
artículo 11, que señala:

?El pago por concepto de pasajes aéreos se procesará en el
término de diez días de la fecha de arribo del Becario/a Prometeo al Ecuador?

Por el siguiente texto: