AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiƩrcoles, 7 de
Junio de 2017 (R. O. 9, 7-junio-2017)

SUMARIO

Ministerio
Coordinador de ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad:

Ejecutivo:

Acuerdos

MCPEC-2016-028

DelƩguense y
desĆ­gnense atribuciones a las siguientes personas:

Ingeniero Juan
SebastiƔn Viteri Guillen, Secretario TƩcnico del ComitƩ Interinstitucional de
Asociaciones PĆŗblico-Privadas

MCPEC-2016-029

Viceministro/otros

MCPEC-2016-030

Ingeniero Juan
SebastiƔn Viteri Guillen otro

MCPEC-2016-031

Ingeniero Edison
David Yanchapaxi Novillo

MCPEC-2016-032

Ingeniera Silvia
Marcela ChƔvez Campos

MCPEC-2016-033

Economista
Giovanni Patricio Espinosa Velasco

Ministerio de
Finanzas:

0015

DelƩguense
facultades a las siguientes personas:

Economista Gary
Giovanni Mosquera YĆ©pez, Asesor Ministerial

0016 A

RefĆ³rmese el
Acuerdo Ministerial No. 15 de 23 de enero de 2017

0034

Ingeniero JosƩ
Luis Romero Callay, Asesor Ministerial

0042

Doctor Galo
EnrĆ­quez EnrĆ­quez, Embajador de la RepĆŗblica del Ecuador en la ciudad de PanamĆ”

0045

Subsecretario de
Financiamiento PĆŗblico

0051

Ingeniero JosƩ
Luis Romero Callay, Asesor Ministerial

0070

Licenciado
Horacio HernƔn Sevilla Borja, Embajador Representante Permanente ante la ONU en
New York

Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

Acuerdos

1533

AcƩptese la
solicitud de repatriaciĆ³n de los siguientes ciudadanos ecuatorianos:

Marlon FabiƔn
QuiƱonez Benƭtez

1534

Ɓngel Francisco
CedeƱo Suarez

1535

Sixto Ɓngel
MarĆ­n Quijije

1536

Ɓngel Roberto
Mero Delgado

Ministerio de
Salud PĆŗblica:

0069-2017

CrƩese la
entidad operativa desconcentrada ?Hospital de Especialidades Portoviejo?,
ubicada en el cantĆ³n Portoviejo, provincia de ManabĆ­

Agencia de
RegulaciĆ³n y Control HidrocarburĆ­fero:

Resoluciones

001-001-DIRECTORIO-ARCH-2017

ExpĆ­dese ?El
Reglamento para AutorizaciĆ³n de Actividades de ElaboraciĆ³n, ImportaciĆ³n y
ComercializaciĆ³n de Aceite AgrĆ­cola (SPRAY OIL)?

001-002-DIRECTORIO-ARCH-2017

ExpĆ­dese ?El
Reglamento para AutorizaciĆ³n de Actividades de ElaboraciĆ³n y ComercializaciĆ³n
de Lubricantes?

001-003-DIRECTORIO-ARCH-2017

ExpĆ­dese ?El Procedimiento CuantificaciĆ³n de los
Excedentes de GLP de uso DomƩstico y Comercial / Industrial.?

ComitƩ de
Comercio Exterior – COMEX:

018-2017

RefĆ³rmese la
ResoluciĆ³n No. 59 de 17 de mayo de 2012, publicada en el Suplemento del
Registro Oficial No. 859 de 28 de diciembre de 2012

DirecciĆ³n
Nacional de Registro de Datos PĆŗblicos:

003-DN-DINARDAP-2017

DeclƔrese
triunfador en el Concurso de MĆ©ritos y OposiciĆ³n y desĆ­gnese Registrador
Mercantil del cantĆ³n Ambato al Doctor Fausto HernĆ”n Palacios PĆ©rez

CONTENIDO


Nro.
MCPEC-2016-028

Dr. Vinicio
Alvarado Espinel

MINISTRO DE
COORDINACIƓN DE LA

PRODUCCIƓN,
EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

Considerando:

Que, el
numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador
establece que corresponde a las Ministras
y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectorƭa de
las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestiĆ³n;

Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica en su artĆ­culo 226 seƱala que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras
o servidores pĆŗblicos y las personas que
actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la
ConstituciĆ³n y la ley;

Que, el artƭculo 4 de la Ley OrgƔnica De Incentivos Para Asociaciones Publico Privadas ?se crea el
ComitƩ Interinstitucional de
Asociaciones PĆŗblico-Privadas como un
Ć³rgano colegiado de carĆ”cter intersectorial de la FunciĆ³n Ejecutiva, encargado de la
coordinaciĆ³n y articulaciĆ³n de
polĆ­ticas, lineamientos y regulaciones vinculados
a las asociaciones pĆŗblico-privadas?;

Que, el artƭculo 7 de la Ley OrgƔnica De Incentivos Para Asociaciones Publico Privadas seƱala que ?el
ComitƩ Interinstitucional de
Asociaciones PĆŗblico-Privadas, contarĆ”
con una SecretarĆ­a TĆ©cnica, la misma que la dirigirĆ” un Secretario, designado por la
mƔxima autoridad de la entidad
coordinadora de la producciĆ³n, empleo y competitividad?;

Que, el numeral 10.2.3 del Estatuto OrgĆ”nico De GestiĆ³n Organizacional Por Procesos del Ministerio
Coordinador de la ProducciĆ³n Empleo y
Competitividad indica cual serĆ” la
gestiĆ³n que realizarĆ” La SecretarĆ­a TĆ©cnica Del ComitĆ© Interinstitucional De Asociaciones PĆŗblico
Privadas;

Que, el artĆ­culo 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva seƱala
que ?Las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional serĆ”n delegables en las autoridades u Ć³rganos
de inferior jerarquĆ­a, excepto las que
se encuentren prohibidas por la Ley o
por Decreto??;

Que, el artĆ­culo 57 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva seƱala
que ?La delegaciĆ³n podrĆ” ser revocada en
cualquier momento por el Ć³rgano que haya
conferido y se extinguirĆ”, en el caso de
asuntos Ćŗnicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expediciĆ³n o ejecuciĆ³n se delegĆ³.?;

Que, el Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una
instituciĆ³n pĆŗblica, con independencia
administrativa y financiera, creado
mediante Decreto Ejecutivo Nro. 117-A, publicado en el Registro Oficial Nro. 33 de 5 marzo de
2007, el mismo que fue reformado
mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1450, publicado
en el Registro Oficial Nro. 482 de 5 de diciembre de 2008; y Nro. 1558, publicado en el Registro
Oficial Nro. 525 de 10 de febrero de
2009; cuya denominaciĆ³n actual fue
determinada en Decreto Ejecutivo Nro. 46 publicado en el Registro Oficial Nro. 36 de 29 de
septiembre de 2009;

Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 437, publicado en el Registro Oficial Nro. 120 de 5 julio de 2007,
se establece la facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar sus Ministerios, sin que sea necesaria la
expediciĆ³n de Decreto Ejecutivo alguno;

Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 800, de 15 de octubre de 2015, el seƱor Presidente de la RepĆŗblica,
nombrĆ³ al Dr. Vinicio Alvarado Espinel,
como Ministro Coordinador de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad;

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el nĆŗmero 1 del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica:

Acuerda:

Artƭculo. 1.- Designar al Ing. Juan SebastiƔn Viteri
Guillen, como Secretario TĆ©cnico del
ComitƩ Interinstitucional de Asociaciones
PĆŗblico-Privadas.

ArtĆ­culo. 2.- En caso de ausencia del titular se designa al Abg. Juan Fernando Salazar Granja como
Secretario TƩcnico del ComitƩ
Interinstitucional de Asociaciones PĆŗblico-Privadas.

ArtĆ­culo. 3.- Derogar al Acuerdo Ministerial MCPEC- 2016-025-A,
de fecha 1 de junio del 2016.

ArtĆ­culo. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el
Registro Oficial.

DISPOSICIƓN GENERAL

ƚNICA.- El funcionario delegado, conforme al inciso cuarto del artƭculo 17 del Estatuto del
RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la
FunciĆ³n Ejecutiva, responderĆ” directamente
de los actos realizados en el ejercicio de las atribuciones a Ć©l delegadas, y observarĆ” para
este efecto las disposiciones
constitucionales, legales y reglamentarias.

Dado y firmado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a los 13 dĆ­as del mes de
junio de dos mil diecisƩis.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Ministro de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad.

Nro. MCPEC-2016-029

Dr. Vinicio Alvarado Espinel

MINISTRO DE COORDINACIƓN DE LA

PRODUCCIƓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

Considerando:

Que, el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que
corresponde a las Ministras y Ministros
de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas
que requiera su gestiĆ³n;

Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica en su artĆ­culo 226 seƱala que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras
o servidores pĆŗblicos y las personas que
actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la
ConstituciĆ³n y la ley;

Que, de conformidad con el artĆ­culo 17 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva, los Ministros tienen la
siguiente facultad: ?? Los Ministros de
Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrƔn delegar sus atribuciones y deberes al
funcionario inferior jerƔrquico de sus
respectivos Ministerios, cuando se ausenten
en comisiĆ³n de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las
delegaciones que concedan no afecten a
la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con
las leyes y reglamentos tenga el
funcionario delegado?;

Que, el artĆ­culo 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva seƱala
que ?Las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica Central e Institucional serĆ”n
delegables en las autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆ­a, excepto las que se encuentren
prohibidas por la Ley o por Decreto??;

Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 437, publicado en el Registro Oficial NĀ° 120 de 5 julio de 2007, se
establece la facultad expresa de los
Ministros de Estado para organizar sus
Ministerios, sin que sea necesaria la expediciĆ³n de Decreto Ejecutivo alguno;

Que, el Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una
instituciĆ³n pĆŗblica, con independencia
administrativa y financiera, creado
mediante Decreto Ejecutivo Nro. 117-A, publicado en el Registro Oficial Nro. 33, de 5 marzo de
2007, el mismo que fue reformado
mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1450, publicado
en el Registro Oficial Nro. 482, de 5 de diciembre de 2008 y Nro. 1558, publicado en el Registro
Oficial Nro. 525, de 10 de febrero de
2009; cuya denominaciĆ³n actual fue
determinada en Decreto Ejecutivo Nro. 46, publicado en el Registro Oficial Nro. 36, de 29 de
septiembre de 2009;

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MCPEC-2016-012, del 19 de febrero del 2016, se expide el nuevo
Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n
Organizacional por Procesos del Ministerio
de CoordinaciĆ³n de ProducciĆ³n Empleo y Competitividad;

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MCPEC-2014-029, del 1 de septiembre del 2014, se delegaron las
funciones del Ministro Coordinador de
ProducciĆ³n Empleo y Competitividad; Que,
el numeral 10.2.1 del Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por Procesos del Ministerio de
CoordinaciĆ³n de ProducciĆ³n Empleo y
Competitividad establece las atribuciones
y responsabilidades del Viceministro;

Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 800, de 15 de octubre de 2015, el Econ. Rafael Correa Delgado,
Presidente de la RepĆŗblica, nombrĆ³ al
Doctor Vinicio Alvarado Espinel, Ministro
Coordinador de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad;

Que, es necesario dar agilidad a los trƔmites
administrativos y financieros inherentes
a este Ministerio de CoordinaciĆ³n;

Que, la planificaciĆ³n en todos sus Ć”mbitos, los requerimientos de compras debidamente
sustentados y los procesos de
adquisiciĆ³n de acuerdo a la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica y su
Reglamento General son considerados
etapas claves para la adecuada y eficiente
operaciĆ³n del Ministerio de CoordinaciĆ³n de ProducciĆ³n Empleo y Competitividad.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĆ­culo
154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica; y, artĆ­culos 17 inciso
segundo, y 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico
y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva;

Acuerda:

ArtĆ­culo 1.- Delegar al Viceministro/a ), para que a nombre y en representaciĆ³n del Ministro de
CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad, sin perjuicio de las atribuciones
establecidas en el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n
Organizacional por Procesos del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad, ejerza las siguientes
funciones y atribuciones:

Suscribir convenios de cooperaciĆ³n y colaboraciĆ³n con entidades del Sector PĆŗblico y Privado;

Suscribir convenios con Organismos de CooperaciĆ³n Internacional encaminados a apoyar la misiĆ³n que persigue el Ministerio de CoordinaciĆ³n de
la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad;

Autorizar el inicio de los procesos contractuales financiados con fondos provenientes de los
Organismos de CooperaciĆ³n Internacional
con quienes se hubiere celebrado
Acuerdos o Convenios, asĆ­ como suscribir los contratos que de ellos se deriven y
designar los administradores de los
contratos celebrados;

Autorizar los pagos de las contrataciones realizadas en el marco de los Acuerdos o Convenios
celebrados con los Organismos de
CooperaciĆ³n Internacional;

Suscribir las adendas requeridas para los Contratos realizados en el marco de los Acuerdos o
Convenios celebrados con los Organismos
de CooperaciĆ³n Internacional;

Representar al Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad (MCPEC) en
las reuniones con los Organismos de
CooperaciĆ³n Internacional con quienes se
hubiere celebrado Acuerdos o Convenios;

Aprobar el plan de adquisiciones y actividades, asĆ­ como sus reprogramaciones y reformas
respectivas, en el marco de los Acuerdos
o Convenios celebrados;

Autorizar la ampliaciĆ³n de plazos de los programas o proyectos ejecutados en el marco de los
Acuerdos o Convenios celebrados con los
Organismos de CooperaciĆ³n Internacional;

Aprobar los informes de ejecuciĆ³n financiera de los Acuerdos o Convenios celebrados con los
Organismos de CooperaciĆ³n Internacional;

Suscribir las solicitudes de desembolso en el marco de los Acuerdos o Convenios celebrados con los
Organismos de CooperaciĆ³n Internacional;

Suscribir todos los informes correspondientes a compromisos presidenciales;

Dar respuesta a los requerimientos provenientes de organismos pĆŗblicos o privados en particular
los concernientes a la Asamblea
Nacional, ContralorĆ­a General del
Estado, ProcuradurĆ­a General del Estado y DefensorĆ­a del Pueblo;

Suscribir todos los documentos, oficios, informes y escritos, en respuesta a las solicitudes de
envĆ­o de informaciĆ³n pĆŗblica, dentro del
Ć”mbito de gestiĆ³n interinstitucional del
Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad (MCPEC);

Suscribir los convenios de cooperaciĆ³n para la transferencia directa de recursos pĆŗblicos a
favor de personas naturales o jurĆ­dicas
de derecho privado, de acuerdo a lo que
establece el artĆ­culo 104 del CĆ³digo OrgĆ”nico
de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, su Reglamento, y la o las Resoluciones emitidas
para este efecto por el Consejo
Sectorial de la ProducciĆ³n;

Suscribir las adendas, y resoluciones y otros documentos necesarios para la normal ejecuciĆ³n de los
instrumentos mencionados en la letra
anterior;

Evaluar, suscribir, oficiar y gestionar los documentos necesarios que permitan monitorear, apoyar, y
facilitar la gestiĆ³n de los ministerios
sectoriales para el cumplimiento del
Plan Nacional de Desarrollo, Agendas Sectoriales
y los programas y agendas de gobierno establecidos
a la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, el CĆ³digo
OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, el CĆ³digo OrgĆ”nico de la ProducciĆ³n, sus
Reglamentos y la normativa pertinente
existente;

Canalizar a la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo -SENPLADES de acuerdo a las ?Normas
para la InclusiĆ³n de Programas y
Proyectos en los Planes de InversiĆ³n
PĆŗblica?, emitidas o que se llegaren a emitir por la SENPLADES; las solicitudes de
priorizaciĆ³n y/o inclusiĆ³n de un
programa o proyecto de inversiĆ³n en el plan
anual de inversiones y el Presupuesto General del Estado, en base al informe de verificaciĆ³n,
alineaciĆ³n y evalĆŗo emitido por el/la
SubsecretarĆ­a de PlanificaciĆ³n y
PolĆ­tica Sectorial e Intersectorial;

Suscribir, oficiar y efectuar el seguimiento en otras instituciones pĆŗblicas y privadas del paĆ­s,
los documentos

necesarios
encaminados a impulsar y monitorear la gestiĆ³n
institucional de las entidades que integran el Ć”rea de trabajo del Ministerio de CoordinaciĆ³n
de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad;

Autorizar las solicitudes e informes de viĆ”ticos, subsistencias, movilizaciĆ³n y alimentaciĆ³n,
inclusive las correspondientes a casos
de urgencia o dĆ­as feriados del
Secretario TĆ©cnico de la Junta de RegulaciĆ³n de Poder de Mercado, los Subsecretarios,
Coordinadores Generales y Asesores,
Directores y Gerentes de las diferentes
Unidades del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad;

Autorizar las solicitudes de vacaciones del Secretario TĆ©cnico de la Junta de RegulaciĆ³n de Poder de Mercado, los Subsecretarios, Coordinadores
Generales y Asesores, Directores y
Gerentes de las diferentes Unidades del
Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad.

Avalar las autorizaciones de viajes al exterior de todas las MƔximas autoridades de los
Ministerios e Instituciones Coordinadas
y autorizar los viajes al exterior de
los servidores de esta Cartera de Estado.

Autorizar la terminaciĆ³n de contratos conforme las causales establecidas en la Ley OrgĆ”nica del
Sistema Nacional de ContrataciĆ³n
PĆŗblica; asĆ­ como resolver la terminaciĆ³n
unilateral y por mutuo acuerdo de contratos y la declaratoria de adjudicatario fallido y
contratista incumplido;

Declarar de utilidad pĆŗblica o interĆ©s social el o los bienes inmuebles necesarios para la
satisfacciĆ³n de necesidades pĆŗblicas, de
conformidad con la ley;

Autorizar sobre la transferencia gratuita o prƩstamo de bienes con otras entidades del sector
pĆŗblico, previo a informe tĆ©cnico de la
CoordinaciĆ³n General Administrativa
Financiera;

Suscribir la documentaciĆ³n relacionada con la solicitud de dictĆ”menes y autorizaciones
dirigidas a la Presidencia de la RepĆŗblica,
Secretaria Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, Ministerio de Relaciones Laborales,
Ministerio de Finanzas; y, la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo.

Autorizar los procesos para convocar los concursos de merecimientos y oposiciĆ³n a fin de llenar las
vacantes que necesite el Ministerio;

Autorizar los procedimientos que se ejecutan para crear y/o suprimir puestos, previo al informe
tĆ©cnico de la CoordinaciĆ³n General
Administrativa Financiera.

Autorizar los contratos de servicios ocasionales sea por ingresos o renovaciones, sobre la base de los
informes previos emitidos por la Unidad
de AdministraciĆ³n del Talento Humano

Autorizar contratos de servicios profesionales sin relaciĆ³n de dependencia, previo los informes
emitidos por la Unidad de AdministraciĆ³n
del Talento Humano;

Aceptar la renuncia voluntaria presentada por servidoras y servidores del Ministerio y darle
el trĆ”mite correspondiente; a excepciĆ³n
de los del nivel jerƔrquico superior,
que deberƔn ser aceptadas por el Ministro
de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad;

Aprobar los encargos y subrogaciones al amparo de lo establecido en la Ley OrgƔnica del Servicio
PĆŗblico;

Aprobar las licencias con y sin remuneraciĆ³n contempladas en la Ley OrgĆ”nica del Servicio
PĆŗblico y viĆ”ticos;

Aprobar licencias con remuneraciĆ³n para el cumplimiento de servicios institucionales
dentro o fuera del paĆ­s, establecidas en
la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y
su Reglamento;

Resolver sobre las comisiones de servicios con y sin remuneraciĆ³n para la prestaciĆ³n de servicios
en otras instituciones del Estado dentro
o fuera del paĆ­s;

Autorizar traslados, traspasos y cambios administrativos en los tƩrminos establecidos en la Ley
OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y su
Reglamento;

Aprobar contratos al amparo del CĆ³digo del Trabajo sea por ingreso o renovaciones, previo los
informes emitidos por la Unidad de
AdministraciĆ³n del Talento Humano; y,

Autorizar el pago de la compensaciĆ³n por residencia y transporte a las servidoras y servidores que
trasladen su residencia y domicilio
personal a otra ciudad en la cual deben
prestar sus servicios, de acuerdo con la norma vigente, previo informe emitido por la
Unidad de AdministraciĆ³n del Talento
Humano;

ArtĆ­culo 2.- Delegar al Coordinador(a) General Administrativo Financiero, para que a nombre y
en representaciĆ³n del Ministro de
CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad, en atenciĆ³n de las disposiciones
vigentes, ejerza las siguientes funciones y atribuciones:

Publicar el Plan Anual de ContrataciĆ³n (PAC) del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad y sus reformas,
en los tƩrminos previstos en la Ley
OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n
PĆŗblica y su Reglamento General y este Acuerdo;

Resolver el inicio, la aprobaciĆ³n de los pliegos, y, de considerarlo necesario, la designaciĆ³n de la
comisiĆ³n tĆ©cnica respectiva, de todo
procedimiento precontractual encaminados
a la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, contrataciones de bienes y servicios incluido
los de consultorĆ­a y/u obras necesarias
para el cumplimiento de los objetivos y
metas institucionales atendiendo en todo
la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n
PĆŗblica y su Reglamento General;

Suscribir en representaciĆ³n del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad todos aquellos actos y
contratos principales seƱalados en el
numeral 2, asĆ­ como aquellos que modifiquen,
reformen, complementen, prorroguen, amplĆ­en,
corrijan o interpreten los actos y contratos
celebrados;

Suscribir en representaciĆ³n del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad todos aquellos actos y
contratos que resuelvan: la cancelaciĆ³n
de procesos, la declaraciĆ³n de procedimientos
desiertos, las aclaraciones a los pliegos,
las adjudicaciones, la suspensiĆ³n de trabajos, la declaratoria de adjudicatario fallido y
demƔs atribuciones que establezca la Ley
OrgƔnica del Sistema Nacional de
ContrataciĆ³n PĆŗblica, su Reglamento General
y las Resoluciones del Instituto Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica; asĆ­ como tambiĆ©n deberĆ”
realizar las notificaciones y
solicitudes de suspensiĆ³n del Registro
ƚnico de Proveedores (RUP) respectivas;

Autorizar y proceder a realizar los procesos precontractuales, contractuales, de ejecuciĆ³n
y cierre para la adquisiciĆ³n o
arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de
obras y prestaciĆ³n de servicios mediante el procedimiento de Ć­nfima cuantĆ­a y catĆ”logo
a nivel nacional, mismos que deberƔn ser
atendidos con agilidad y eficiencia;

Expedir todos los actos administrativos necesarios y habilitantes para la legĆ­tima celebraciĆ³n de
todos los contratos adjudicados, asĆ­
como aquellos inherentes a la ejecuciĆ³n
de los contratos como el cumplimiento de
todos los trƔmites y actuaciones requeridas en las etapas precontractual, contractual y
postcontractual, realizando entre otras
la designaciĆ³n de la comisiĆ³n que
suscribirĆ” las correspondientes actas de recepciĆ³n provisional, parcial, total y definitiva;

Emitir los documentos y suscribir los instrumentos jurĆ­dicos y administrativos necesarios, que se
deriven de los procesos de contrataciĆ³n
pĆŗblica, para de ser el caso, hacer
efectivas las garantĆ­as a favor del Ministerio
de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, asĆ­ como designar los
funcionarios encargados de administrar
los contratos celebrados;

Designar los funcionarios a los que se autoriza la utilizaciĆ³n de las herramientas del Sistema
Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica y
actualizar la misma cuando corresponda;

Suscribir los instrumentos jurĆ­dicos y administrativos que permitan ceder los derechos y ejecutar las
pĆ³lizas de seguros, respecto de los
bienes muebles e inmuebles de propiedad
del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad, que hayan sufrido
algĆŗn tipo de siniestro o pĆ©rdida parcial o total;

Registrar, custodiar y verificar la vigencia de las garantĆ­as contractuales rendidas a favor del
Ministerio de CoordinaciĆ³n de la
ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad;

Suscribir la documentaciĆ³n que se genere y tramite por medio de los procesos de GestiĆ³n de
AdministraciĆ³n del Talento Humano,
TecnologĆ­a de la InformaciĆ³n, ComunicaciĆ³n,
Administrativo y Financiero, necesarios para
el buen manejo de los recursos del Ministerio;

Dar cumplimiento a travĆ©s de la Unidad de GestiĆ³n TecnolĆ³gica de la InformaciĆ³n a lo establecido
por la Ley OrgƔnica de Transparencia y
Acceso a la InformaciĆ³n PĆŗblica, su
Reglamento General y su Manual de
AplicaciĆ³n, respecto al principio de publicidad,
manteniendo para ello coordinadamente de manera actualizada y oportuna la pƔgina
electrĆ³nica del Ministerio de
CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n Empleo y Competitividad;

Autorizar las solicitudes e informes de viĆ”ticos, subsistencias, movilizaciĆ³n y alimentaciĆ³n,
inclusive las correspondientes a casos
de urgencia o dĆ­as feriados de la
CoordinaciĆ³n a su cargo;

Representar al Ministerio de CoordinaciĆ³n de ProducciĆ³n Empleo y Competitividad, en todos
los temas, trƔmites y otros documentos
que deba suscribir relacionados a la
administraciĆ³n del personal del Ministerio
de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, frente al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social,
Ministerio de Relaciones Laborales, Servicio
de Rentas Internas y otras instituciones pĆŗblicas y privadas que asĆ­ lo requiera la
gestiĆ³n y dinĆ”mica propias del ejercicio
de sus funciones y las de la presente
delegaciĆ³n.

Gestionar el pago de la compensaciĆ³n por residencia y transporte a las servidoras y servidores que
trasladen su residencia y domicilio
personal a otra ciudad en la cual deben
prestar sus servicios, de acuerdo con la norma vigente, previo a la autorizaciĆ³n del
Viceministro;

Legalizar los permisos individuales imputables a vacaciones de el/la Secretario(a)
TĆ©cnico(a), Subsecretarios,
Coordinadores Generales, Asesores, Directores
y Gerentes de las diferentes Unidades del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad;

Ejecutar y gestionar la terminaciĆ³n de contratos conforme las causales establecidas en la Ley
OrgƔnica del Sistema Nacional de
ContrataciĆ³n PĆŗblica;

Realizar informe tƩcnico sobre la transferencia gratuita o prƩstamo de bienes con otras entidades del
sector pĆŗblico y gestionar las
resoluciones correspondientes; y,

Gestionar y ejecutar los procesos para convocar los concursos de merecimientos y oposiciĆ³n a fin
de llenar las vacantes que necesite el
Ministerio, previo a la autorizaciĆ³n del
Viceministro;

Ejecutar y gestionar los procedimientos para crear y/o suprimir puestos, previo al informe
tĆ©cnico de la CoordinaciĆ³n General
Administrativa Financiera.

ArtĆ­culo 3.- En la administraciĆ³n y gestiĆ³n del talento humano, atendiendo las disposiciones de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, del la Ley
OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico, su
Reglamento General, las normas y resoluciones vigentes emitidas por el Ɠrgano Rector
competente, el Coordinador(a) General
Administrativo Financiero cumplirĆ” las
siguientes funciones:

Suscribir los contratos de servicios ocasionales sea
por ingresos o renovaciones, sobre la
base de los informes previos emitidos
por la Unidad de AdministraciĆ³n del
Talento Humano;

Suscribir contratos de servicios profesionales sin relaciĆ³n de dependencia, previo los informes
emitidos por la Unidad de AdministraciĆ³n
del Talento Humano;

Suscribir y legalizar las acciones de personal elaboradas por la Unidad de AdministraciĆ³n de Talento
Humano;

Legalizar las licencias con y sin remuneraciĆ³n, viĆ”ticos, subsistencias, movilizaciones y alimentacion.

Firmar contratos al amparo del CĆ³digo del Trabajo sea por ingreso o renovaciones, previo los
informes emitidos por la Unidad de
AdministraciĆ³n del Talento Humano;

ArtĆ­culo 4.- El Coordinador(a) General Administrativo Financiero concederĆ” el pago y autorizarĆ” a
travĆ©s de la Unidad de AdministraciĆ³n
del Talento Humano ? UATH y sus
responsables, los siguientes movimientos de todo el personal:

Verificar y autorizar la disponibilidad presupuestaria para el pago de las horas suplementarias,
extraordinarias y anticipos de
remuneraciones a los servidores que laboren
en el Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad;

Verificar y autorizar el pago de anticipos de los funcionarios del Ministerio de CoordinaciĆ³n de
la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad
de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes, sin embargo de lo mencionado,
el pago de anticipos del Coordinador General
Administrativo Financiero deberĆ” ser aprobado directamente por el Ministro de CoordinaciĆ³n
de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad; y,

Suscribir los instrumentos jurĆ­dicos y administrativos que sean necesarios para resolver, ejecutar y
notificar la terminaciĆ³n por mutuo
acuerdo o unilateralmente de los contratos
sujetos a la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y al CĆ³digo del Trabajo.

ArtĆ­culo 5.- Delegar al Director(a) de PlanificaciĆ³n e InversiĆ³n PĆŗblica de la SubsecretarĆ­a de PlanificaciĆ³n
y PolĆ­ticas Sectoriales e
Intersectoriales del Ministerio de CoordinaciĆ³n
de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad:

La coordinaciĆ³n, estructuraciĆ³n, elaboraciĆ³n y reformas tanto para la obtenciĆ³n del Plan EstratĆ©gico,
del Plan Operativo Anual, y del Plan
Anual de Compras (PAC) en los tƩrminos establecidos
en el CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y
Finanzas PĆŗblicas, asĆ­ como la Ley
OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica y su Reglamento General, para lo cual
deberĆ” coordinar con cada Unidad
Administrativa y TĆ©cnica del Ministerio
y/o proyectos respectivos, a fin de establecer
el formato a utilizarse y con ello obtener de manera permanente y actualizada los
productos arriba detallados en relaciĆ³n
con el presupuesto anual asignado;

Gestionar, tramitar y solicitar formalmente a la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo o la
que hiciere sus veces, la ProgramaciĆ³n
de la inversiĆ³n pĆŗblica del Ministerio
de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, asĆ­ como la postulaciĆ³n de
proyectos en el compendio oficial que
contiene los programas y proyectos de
inversiĆ³n, de acuerdo al CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, incluido
el trĆ”mite de definiciĆ³n de techos
presupuestarios de los proyectos, en
atenciĆ³n a la capacidad real de ejecuciĆ³n del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la
ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, y
la capacidad de cubrir el gasto de
inversiĆ³n, con la finalidad de optimizar el desempeƱo de la inversiĆ³n pĆŗblica;

Procurar que los programas y proyectos de inversiĆ³n pĆŗblica que sean solicitados y gestionados
ante la Secretaria Nacional de PlanificaciĆ³n
y Desarrollo, dispongan de la evaluaciĆ³n
de viabilidad y los estudios que los
sustenten; y,

Coordinar, elaborar, y presentar los planes de inversiĆ³n cuatrianuales y anuales.

ArtĆ­culo 6.- Delegar al Coordinador/a General JurĆ­dico las siguientes funciones:

Ejercer el patrocinio judicial del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, en calidad de Procurador
Judicial, en los tĆ©rminos del CĆ³digo
General de Procesos, en todo tipo de
proceso de cualquier materia y en cualquier fase del proceso;

En calidad de Procurador Judicial tendrĆ” la facultad para lo siguiente: 1)Transigir; 2) Comprometer el
pleito en Ɣrbitros; 3) Desistir del
pleito; 4) Absorber posiciones y deferir
al juramento decisorio; 5) recibir la cosa sobre la cual versa el litigio o tomar posesiĆ³n de
ella.

Representar al Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad como actor
o demandado, en los procesos
administrativos y judiciales de
desahucio, despidos, visto bueno y demĆ”s previstos en el CĆ³digo de Trabajo ante el
Ministerio de Relaciones Laborales
respecto del personal respectivo, para
lo cual podrĆ” suscribir o firmar los escritos que sean necesarios en defensa de los
intereses del Ministerio de CoordinaciĆ³n
de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad.

Aprobar los reglamentos, presentados por la CoordinaciĆ³n Administrativa Financiera,
necesarios encaminados a regular, normar
e instrumentar el adecuado manejo de los
bienes del sector pĆŗblico y sus procesos,
asĆ­ como las demĆ”s regulaciones necesarias para la correcta administraciĆ³n y operaciĆ³n de
los bienes del Estado a cargo del
Ministerio de CoordinaciĆ³n de la
ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, en atenciĆ³n a las disposiciones de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica, CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n
y Finanzas PĆŗblicas, Ley OrgĆ”nica del
Sistema Nacional de Compras PĆŗblicas, su
Reglamento General, el Reglamento General
Sustitutivo de Bienes del Sector PĆŗblico, las Normas de Control Interno y demĆ”s aplicables
vigentes.

Aprobar los instrumentos jurĆ­dicos y administrativos que sean necesarios para resolver, ejecutar y
notificar la terminaciĆ³n por mutuo
acuerdo o unilateralmente de los contratos
sujetos a la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico y al CĆ³digo del Trabajo;

Suscribir y firmar solicitudes de visto bueno generados en la instituciĆ³n;

Conocer y pronunciarse sobre la procedencia o no de llevar adelante los sumarios administrativos
que se soliciten por la Unidad de
AdministraciĆ³n del Talento Humano,
expidiendo para ello, la respectiva providencia de inicio de los sumarios; asĆ­ como suscribir
y llevar adelante todo el procedimiento
hasta la providencia final de sanciĆ³n o
archivo de los respectivos sumarios administrativos;

ArtĆ­culo 7.- El Secretario TĆ©cnico de de la Junta de RegulaciĆ³n de Poder de Mercado, los
Subsecretarios y los Coordinadores
Generales y Directores serƔn los responsables
de autorizar las solicitudes de licencia con remuneraciĆ³n de los funcionarios a su cargo.
AsĆ­ mismo, las y los servidores del
Nivel JerƔrquico Superior serƔn responsables
de informar oportunamente al Coordinador General Administrativo Financiero respecto a
las subrogaciones a las que se den
lugar, con el fin de no perjudicar el
normal desenvolvimiento de las actividades del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la
ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, en
atenciĆ³n a lo dispuesto por la Ley OrgĆ”nica
del Servicio Civil y su Reglamento General.

En el caso del Viceministro del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, las
solicitudes e informes de licencia con
remuneraciĆ³n deberĆ”n ser aprobadas por
el Ministro de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad.

Los Jefes Inmediatos autorizarƔn de acuerdo a lo establecido
por la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico
y su Reglamento General los permisos con
cargo a vacaciones de cada servidor de
sus unidades.

Los Subsecretarios serƔn los responsables de autorizar las solicitudes e informes de viƔticos,
subsistencias, movilizaciones y
alimentaciĆ³n, inclusive en caso de urgencia
y dƭas feriados, presentadas por los Coordinadores EstratƩgicos y Directores a su cargo, de
conformidad con lo establecido en la Norma
TƩcnica para el Pago de ViƔticos, Subsistencias,
Movilizaciones y AlimentaciĆ³n, dentro del PaĆ­s para las y los Servidores y las y los
Obreros en las Instituciones del Estado.

Los Coordinadores Generales y Coordinadores EstratƩgicos serƔn los responsables de autorizar las
solicitudes e informes

de viĆ”ticos, subsistencias, movilizaciones y alimentaciĆ³n de sus respectivas Coordinaciones, inclusive
en caso de urgencia y dĆ­as feriados.

El Secretario TĆ©cnico de de la Junta de RegulaciĆ³n de Poder de Mercado serĆ” responsable de autorizar las
solicitudes e informes de viƔticos,
subsistencias, movilizaciones y alimentaciĆ³n
de todo el personal que conforme la SecretarĆ­a TĆ©cnica a su cargo, inclusive en caso de
urgencia y dĆ­as feriados.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Las y los servidores delegados conforme al inciso cuarto del artĆ­culo 17 del Estatuto
del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de
la FunciĆ³n Ejecutiva, responderĆ”n
directamente de los actos realizados en el ejercicio de las atribuciones a ellos
delegadas, y observarƔn para este efecto
las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.

SEGUNDA.- La MĆ”xima Autoridad del Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad, cuando lo estime pertinente
por motivos de oportunidad tƩcnica,
econĆ³mica, social, jurĆ­dica o territorial, de acuerdo con el artĆ­culo 60 del Estatuto del RĆ©gimen
JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva, podrĆ” avocar para sĆ­ el
conocimiento de cualquier procedimiento administrativo o judicial en cualquier momento de su
ejecuciĆ³n.

TERCERA.- Para efectos del Art. 6 del CĆ³digo OrgĆ”nico de la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones y al
Art. 4 del Reglamento de la Estructura e
Institucionalidad del Desarrollo
Productivo, en concordancia con el numeral 11 del nĆŗmero 10.2.1 del Estatuto OrgĆ”nico de
GestiĆ³n Organizacional por Procesos del
Ministerio Coordinador de la ProducciĆ³n,
Empleo y Competitividad, el Viceministro Coordinador de la ProducciĆ³n, Empleo y
Competitividad ejercerĆ” la SecretarĆ­a
TĆ©cnica del Consejo Sectorial de la ProducciĆ³n.

DisposiciĆ³n Derogatoria.- DerĆ³guese el Acuerdo Ministerial No. MCPEC-2014-029 de primero de
septiembre de 2014 y el Acuerdo
Ministerial Nro. MCPEC-2015-005, de 24
de marzo de 2015, el Acuerdo Ministerial Nro. MCPEC-2015-033, de 07 de octubre de 2015 y
Acuerdo Ministerial Nro. MCPEC-2015-034,
de 16 de octubre de 2015.

Dado y firmado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a los 30 dĆ­as del mes de
junio de dos mil diez y seis.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Ministro de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n Empleo y Competitividad.