Martes, 20 de Marzo de 2007 – R.O. No. 46
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Dr. Vicente Napoleón Dávila García
DIRECTOR

FUNCION EJECUTIVA

ACUERDOS:

MINISTERIO DE AGRICULTURA:

014 Desígnase a los ingenieros Héctor Francisco Ponce Muñoz y Edmundo Sandoval Córdova, representantes permanente y suplente del Ministerio ante la CRM……….3

015 Desígnase al licenciado Luis Antonio Maldonado Lince, actúe en representación del señor Ministro como delegado en el Directorio de la Corporación Financiera Nacional………………………………………………………………………………………3

016 Refórmase el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento del Comité de Concurso Público de Ofertas para la contratación de seguros del MAG……………..4

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS:

033 Desígnase al ingeniero Jorge Oswaldo Cevallos Orozco, delegado de esta Secretaría de Estado ante la CEDEGE……………………………………………………………..…5

034 Desígnase al señor Arturo Ernesto Villavicencio Vivar, Asesor del Despacho Ministerial, como integrante del CONACYT……………………………………………..6

036 Desígnanse al ingeniero Jorge Albán Gómez, Subsecretario de Hidrocarburos y economista Rubén Flores Agreda, Subsecretario de Desarrollo Organizacional, representantes principal y alterno para que participen en las reuniones del Grupo de Trabajo de Energía de la Comunidad Sudamericana de Naciones…………………..6

037 Desígnanse al señor Arturo Ernesto Villavicencio Vivar, Asesor del Despacho Ministerial y a la economista Alba Barahona Saa, funcionaria de la DINAPA, delegados ante el Comité Nacional del Clima………………………………………….7

038 Desígnase al señor Jorge Albán Gómez, Subsecretario de Hidrocarburos, delegado de esta Secretaría de Estado, para que participe en las reuniones de la Comisión de Vecindad e Integración Ecuatoriana-Colombiana……………………………………….8

039 Confórmase la Comisión Técnica de Consultoría que llevará a cabo el proceso de calificación, selección, negociación y adjudicación para la contratación de la firma auditora que realizará los trabajos de auditoría con un propósito especial a los costos de operación del oleoducto de crudos pesados por los años 2005 y 2006……………9

SECRETARIA NACIONAL DE PLANIFICACION Y DESARROLLO:

002-2007 Expídese el Reglamento Orgánico Provisional por Procesos de la SENPLADES…10

FUNCION JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA ESPECIALIZADA DE LO FISCAL:

Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones:

21-2006 Importadora El Rosado Cía. Ltda. en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana……………………………………………………………………30

24-2006 Quito Tenis y Golf Club en contra del Director Financiero Tributario del Municipio Metropolitano de Quito……………………………………………………………………31

28-2006 Quito Tenis y Golf Club en contra del Director Financiero Tributario del Municipio Metropolitano de Quito……………………………………………………………………32

31-2006 Juguetelandia S. A. en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana…………………………………………………………………………………33

42-2006 Compañía AQUAMAR S. A. en contra del Director Regional del Servicio de Rentas Internas……………………………………………………………………………………..35

43-2006 Importadora El Rosado Cía. Ltda. en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana…………………………………………………………………….36

53-2006 Importadora El Rosado Cía. Ltda. en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana………………………………………………………………….…37

57-2006 Importadora El Rosado Cía. Ltda. en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana……………………………………………………………………..38

75-2006 Compañía AQUAMAR S. A. en contra del Director Regional del Servicio de Rentas Internas del Litoral Sur……………………………………………………………………39

100-2006 Ecuatoriana de Productos Químicos C. A.ECUAQUIMICA en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana……………………………………41

101-2006 Ecuatoriana de Productos Químicos C. A. ECUAQUIMICA en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana……………………………………42

102-2006 Compañía AQUAMAR S. A. en contra del Director Regional del Servicio de Rentas Internas…………………………………………………………………………………….43

103-2006 Ecuatoriana de Productos Químicos C. A.,ECUAQUIMICA en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana……………………………………..44

104-2006 Ecuatoriana de Productos Químicos C. A.,ECUAQUIMICA en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana……………………………………..45

ORDENANZA METROPOLITANA:

0200 Concejo Metropolitano de Quito: Que reforma a la Ordenanza Metropolitana Nº 150, y establece criterios extrafiscales de tributación (Incentivos y desincentivos tributarios) respecto de inmuebles patrimoniales situados en el perímetro del Centro Histórico de Quito y en el Perímetro de la Zona Metropolitana Norte……………..…46

ORDENANZA MUNICIPAL:

– Gobierno Municipal de Cayambe: Que expide la reforma a la Ordenanza para el manejo integral de desechos sólidos…………………………………………………….49

FE DE ERRATAS:

– A la publicación del Reglamento interno de administración de recursos humanos para la CORSICEN, efectuada en el Registro Oficial Nº 430 de 4 de enero del presente año……………………………………………………………………………………………61

n n

No. 014
n

n EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA
n
n Considerando:
n
n Que, la Ley de Desarrollo Hídrico de Manabí, publicada en el Registro Oficial No. 728 de 19 de diciembre del 2002, en el Art. 15, literal c) el Directorio está integrado entre otros miembros por «Un representante permanente del Ministerio de Agricultura y Ganadería, quien tendrá su respectivo suplente»;
n
n Que mediante memorando No. 096 VM/MAGAP de 23 de febrero del 2007, el señor Viceministro a petición del titular de esta Cartera de Estado, dispone la elaboración del acuerdo ministerial correspondiente, a través del cual se delega a los ingenieros Héctor Francisco Ponce Muñoz, y Edmundo Sandoval Córdova, al Directorio de la mencionada Corporación; y,
n
n En ejercicio de la facultad establecida en el Art. 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, y Art. 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,.
n
n Acuerda:
n
n ARTICULO UNlCO.- Designar a los ingenieros Héctor Francisco Ponce Muñoz, portador de la cédula de ciudadanía No. 130119160-5 como representante permanente y Edmundo Sandoval Córdova, con cédula de ciudadanía No. 170082014-3 como suplente del Ministerio de Agricultura y Ganadería ante el Directorio de la Corporación Reguladora del Manejo Hídrico de Manabí “CRM”.
n
n Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, a 28 de febrero del 2007.
n
n f.) Carlos Vallejo López, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
n
n MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.- MAG.- Fecha: 5 de marzo del 2007.
n
n
n
n No. 015
n

n EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
n
n Considerando:
n
n Que mediante Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, publicada en Registro Oficial No. 387 de 30 de octubre de 2006, se establece la conformación del Directorio de la mencionada corporación;
n
n Que según el Art. 5 de la indicada ley, el Directorio es la autoridad máxima de la Corporación y está integrado entre otros por el Ministro de Agricultura y Ganadería o su delegado;
n
n Que mediante memorando No. 095 VM/MAG de 23 de febrero del 2007, el señor Viceministro a petición del titular de esta Cartera de Estado, dispone la elaboración del acuerdo ministerial correspondiente, a través del cual se delega al Lic. Luis Antonio Maldonado Lince; y,
n
n Que en virtud de lo establecido en el Art. 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador y Art. 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n ARTICULO UNICO.- Designar al Lic. Luis Antonio Maldonado Lince, portador de la Cédula de Ciudadanía No. 170412476-5 para que a mi nombre y representación actúe como delegado en el Directorio de la Corporación Financiera Nacional.
n
n Comuníquese y publíquese.
n
n Dado en Quito, a 28 de febrero del 2007.
n
n f.) Carlos Vallejo López, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
n
n MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.- MAG.- Fecha: 5 de marzo del 2007.
n
n
n
n No. 016
n

n EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA
n
n Considerando:
n
n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 75, publicado en Registro Oficial No. 140 de agosto 5 del 2003, se expide el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento del Comité de Concurso de Ofertas para la Contratación de los Seguros del Ministerio de Agricultura y Ganadería;
n
n Que, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, por acuerdos ministeriales Nos. 207 y 162 de junio 30 del 2004 y octubre 5 del 2005, reformó el Art. 2 del Reglamento para la Constitución y Funcionamiento del Comité de Concurso de Ofertas para la Contratación de los Seguros del Ministerio de Agricultura y Ganadería;
n
n Que, en las próximas semanas fenecerán la vigencia de las pólizas de seguros contra incendio, robo y asalto, equipo electrónico, de responsabilidad civil, de fidelidad, vehículos y de vida que amparan a los bienes, muebles e inmuebles y personal del Ministerio de Agricultura y Ganadería;
n
n Que, en estricto cumplimiento de la disposición del Art. 74 de la Ley General de Seguros, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca se sujeta al concurso de ofertas para la contratación de seguros;
n
n Que, es necesario reformar el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento del Comité de Concurso de Ofertas para la Contratación de Seguros, específicamente en lo que tiene que ver a la integración de sus miembros; y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confiere Art. 179 numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico, Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n Art. UNICO.- Reformar el Art. 2 del Reglamento para la Constitución y Funcionamiento del Comité de Concurso Público de Ofertas para la Contratación de los Seguros del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, relacionado con la integración del comité, el mismo que estará constituido de la siguiente manera:
n
n a) El Viceministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, como delegado de la máxima autoridad, quien lo presidirá;
n
n b) El Director de Asesoría Jurídica o su delegado;
n
n c) El Director de Desarrollo Organizacional o su delegado; y,
n
n d) El Director de Recursos Financieros o su delegado.
n
n Este acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n Dado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano.
n
n Comuníquese y publíquese.- 28 de febrero del 2007.
n
n f.) Ing. Carlos Vallejo López, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
n
n MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.- MAG.- Fecha: 5 de marzo del 2007.
n
n
n
n No. 033
n

n EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS
n
n Considerando:
n
n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 3615, publicado en el Registro Oficial No. 10 de enero del 2003 se expide el Texto Unificado de Legislación Secundaria de la Comisión de Estudios para el Desarrollo de la Cuenca del Río Guayas (CEDEGE);
n
n Que el artículo 4, literal c) de la referida norma citada, determina la conformación de la Comisión de Estudios para el Desarrollo de la Cuenca del Río Guayas, que entre otros, consta un representante de esta Secretaría de Estado;
n
n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece la delegación de atribuciones en autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley o decreto, dicha delegación será publicada en el Registro Oficial; y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n Art. 1. Designar al señor ingeniero Jorge Oswaldo Cevallos Orozco, como delegado de esta Secretaría de Estado, ante la Comisión de Estudios para el Desarrollo de la Cuenca del Río Guayas (CEDEGE).
n
n Art. 2.- El señor Cevallos informará periódicamente al Despacho Ministerial, sobre las resoluciones y actividades cumplidas en la citada comisión.
n
n Art. 3.- Derogar el Acuerdo Ministerial No. 022 de 22 de febrero del 2007.
n
n Art. 4.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, D. M., a 1 de marzo del 2007.
n
n f.) Alberto Acosta E., Ministro de Energía y Minas.
n
n Ministerio de Energía y Minas.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 1 de marzo del 2007.- f.) Susana Valencia, Gestión y Custodia de Documentos.
n
n
n
n No. 034
n

n EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS
n
n Considerando:
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1603, publicado en el Registro Oficial No. 413 de 5 de abril de 1994, se creó el Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología, como organismo consultivo de alto nivel para la formulación de las políticas de ciencia y tecnología;
n
n Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece la delegación de atribuciones en autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley o decreto, dicha delegación será publicada en el Registro Oficial; y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n Art. 1.- Designar al señor Arturo Ernesto Villavicencio Vivar, Asesor del Despacho Ministerial, como integrante del Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología, CONACYT.
n
n Art. 2.- El señor Villavicencio, informará periódicamente al Despacho Ministerial, sobre las resoluciones adoptadas y actividades cumplidas en el citado consejo.
n
n Art. 3.- Derogar el Acuerdo Ministerial No. 011, publicado en el Registro Oficial No. 243 de 4 de abril del 2006.
n
n Art. 4.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n Comuníquese y publíquese.- Dado, en la ciudad de San Francisco de Quito, D. M., a 1 de marzo del 2007.
n
n f.) Alberto Acosta E., Ministro de Energía y Minas.
n
n Ministerio de Energía y Minas.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 1 de marzo del 2007.- f.) Susana Valencia, Gestión y Custodia de Documentos.
n
n
n
n No. 036
n

n EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS
n
n Considerando:
n
n Que en la Declaración de Cochabamba, suscrita por los jefes de estados de América del Sur en la ciudad de la Paz-Bolivia, se han constituido varios grupos de trabajo: Entre ellos, el Grupo de Trabajo de Energía de la Comunidad Sudamericana de Naciones, integrado por Venezuela (P), Uruguay y Bolivia;
n
n Que de acuerdo a los lineamientos propuestos por la Presidencia de la República en materia energética, esta Secretaría de Estado tiene la obligación de participar en forma decidida en todos y cada uno de los foros y grupos de trabajo que tengan relación con la energía, más aún tratándose de la conformación de un grupo a nivel Sudamericano, en donde tenemos especial interés por la trascendencia que ello conlleva;
n
n Que mediante nota circular No. 4975/07-SPEI-DGINC, el señor Subsecretario de Política Económica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, da a conocer que estos grupos de trabajo están abiertos a la participación de todos los Países Miembros de la Comunidad Sudamericana de Naciones, por lo que solicita designar un representante del Ministerio de Energía y Minas; y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n Art. 1.- Designar a los señores ingeniero Jorge Albán Gómez, Subsecretario de Hidrocarburos y economista Rubén Flores Agreda, Subsecretario de Desarrollo Organizacional de esta Secretaría de Estado como representantes principal y alterno respectivamente, para que participen en las reuniones del Grupo de Trabajo de Energía de la Comunidad Sudamericana de Naciones, integrado por Venezuela (P), Uruguay y Bolivia.
n
n Art. 2.- Los señores subsecretarios informarán periódicamente al Despacho Ministerial, sobre las resoluciones que se tomen en el Grupo de Trabajo de Energía de la Comunidad Sudamericana de Naciones y responderán personal y pecuniariamente ante el señor Ministro de Energía y Minas por las funciones que ejerzan en virtud del presente acuerdo.
n
n Art. 3.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, D. M., a 7 de marzo del 2007.
n
n f.) Alberto Acosta E., Ministro de Energía y Minas.
n
n Ministerio de Energía y Minas.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 7 de marzo del 2007.- f.) Susana Valencia, Gestión y Custodia de Documentos.
n
n
n
n No. 037
n

n EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS
n
n Considerando:
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 3516, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 2 de 31 de marzo del 2003, se expidió el Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente;
n
n Que el artículo 257 del Título VII del Libro VI del citado Decreto Ejecutivo No. 3516, estableció la integración del Consejo Nacional del Clima, conformado entre otros miembros por el Ministro de Energía y Minas o su delegado (principal y alterno); y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, el artículo No. 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n Art. 1.- Designar al señor Arturo Ernesto Villavicencio Vivar, Asesor del Despacho Ministerial, y a la Econ. Alba Barahona Saa, funcionaria de la Dirección Nacional de Protección Ambiental, DINAPA, como delegado principal y alterna respectivamente del Ministro de Energía y Minas ante el Comité Nacional del Clima.
n
n Art. 2.- Los delegados designados informarán periódicamente al Despacho Ministerial, sobre las actividades cumplidas y resoluciones adoptadas en el citado comité.
n
n Art. 3.- Derogar el Acuerdo Ministerial No. 014 suscrito el 22 de febrero del 2005.
n
n Art. 4.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n Comuníquese y publíquese.- Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 7 de marzo del 2007.
n
n f.) Alberto Acosta E., Ministro de Energía y Minas.
n
n Ministerio de Energía y Minas.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 7 de marzo del 2007.- f.) Susana Valencia, Gestión y Custodia de Documentos.
n
n
n
n No. 038
n

n EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS
n
n Considerando:
n
n Que en la declaración conjunta suscrita por los presidentes de la República del Ecuador y de la República de Colombia en la ciudad de Esmeraldas el 15 de octubre del 2004, reafirmaron el funcionamiento de la Comisión de Vecindad e Integración Colombo-Ecuatoriana, con el propósito de atender los problemas más importantes que se derivan de la relación fronteriza;
n
n Que en los numerales 23, 24 y 25 de dicha declaración constan compromisos cuyo seguimiento y atención corresponde a esta Secretaría de Estado, específicamente en lo relacionado con la energía; y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n Art. 1.- Designar al señor Jorge Albán Gómez, Subsecretario de Hidrocarburos, como delegado de esta Secretaría de Estado, para que participe en las reuniones de la Comisión de Vecindad e Integración Ecuatoriana-Colombiana.
n
n Art. 2.- El señor Subsecretario informará periódicamente al Despacho Ministerial, sobre las resoluciones que se tomen en la citada comisión, y responderá personal y pecuniariamente ante el señor Ministro de Energía y Minas por las funciones que ejerza en virtud del presente acuerdo.
n
n Art. 3.- Derogar el Acuerdo Ministerial No. 080, publicado en el Registro Oficial No. 398 de 16 de noviembre del 2006.
n
n Art. 4.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, D. M., a 7 marzo del 2007.
n
n f.) Alberto Acosta E., Ministro de Energía y Minas.
n
n Ministerio de Energía y Minas.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 7 de marzo del 2007.- f.) Susana Valencia, Gestión y Custodia de Documentos.
n
n
n
n No. 039
n

n Alberto Acosta E.
n MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS
n
n Considerando:
n
n Que el artículo 3 de la Ley de Hidrocarburos, establece que el Ministerio de Energía y Minas, realizará en forma permanente la fiscalización y auditoría de costos de la construcción y operación del oleoducto de crudos pesados;
n
n Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de Hidrocarburos, los contratistas o asociados deberán dar las facilidades necesarias para los controles y fiscalizaciones por parte del Ministerio del ramo, el que podrá proceder a la revisión retroactiva de los datos y registros según los requerimientos del caso;
n
n Que conforme el tenor de los artículos 28 de la Ley de Consultoría y 12 de su reglamento, corresponde a la máxima autoridad del Ministerio de Energía y Minas conformar la Comisión Técnica a la que corresponderá el trámite de calificación, selección, negociación y adjudicación de los contratos de auditoría referidos en los considerados anteriores;
n
n Que de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento a la Ley de Consultoría, la Comisión Técnica debe estar presidida por la máxima autoridad de la entidad o su delegado;
n
n Que al amparo de lo previsto en los artículos 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, el Ministro de Energía y Minas se encuentra legalmente facultado para delegar sus atribuciones y facultades al funcionario que el estime conveniente; y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 6 del artículo 179 de la Constitución Política de la República, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, el artículo 28 de la Ley de Consultoría, los artículos 12 y 13 del Reglamento a la Ley de Consultoría; y, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Acuerda:
n
n Art. 1.- Conformar la Comisión Técnica de Consultoría que llevará a cabo el proceso de calificación, selección, negociación y adjudicación para la contratación de la firma auditora que realizará a nombre del Ministerio de Energía y Minas, los trabajos de auditoría con un propósito especial a los costos de operación del oleoducto de crudos pesados por los años 2005 y 2006, misma que estará integrada por los siguientes miembros:
n
n 1. El Ministro de Energía y Minas o su delegado, quien la presidirá.
n
n 2. El Subsecretario de Desarrollo Organizacional o su delegado.
n
n 3. El Director de Procuraduría Ministerial o su delegado.
n
n 4. El Director de Gestión Financiera o su delegado.
n
n 5. Un técnico del área solicitante, designado por la Comisión Técnica que se integra en virtud del presente acuerdo.
n
n Art. 2.- Al Presidente de la Comisión Técnica de Consultoría o a su delegado, corresponderá aprobar las respectivas bases para la contratación de la auditoría, referida en el artículo precedente.
n
n Art. 3.- La Comisión Técnica de Consultoría se regirá por lo establecido en la Ley de Hidrocarburos, y la Codificación de la Ley de Consultoría y su reglamento.
n
n La Comisión Técnica de Consultoría tendrá la facultad de nombrar la subcomisión o las subcomisiones técnicas que requiera.
n
n Art. 4.- En virtud del presente acuerdo ministerial, el señor Ministro de Energía y Minas delega al señor economista Rubén Flores Agreda, Subsecretario de Desarrollo Organizacional la facultad de que en su nombre y representación, integre y presida la Comisión Técnica de Consultoría conformada en el artículo 1 de este acuerdo; y, apruebe las bases del proceso en referencia.
n
n Art. 5.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n Comuníquese y publíquese.- Dado, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 6 de marzo del 2007.
n
n f.) Alberto Acosta E., Ministro de Energía y Minas.
n
n Ministerio de Energía y Minas.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, a 9 de marzo del 2007.
n
n f.) Susana Valencia, Gestión y Custodia de Documentación.
n
n
n
n No. 002-2007
n

n Fander Falconí Benítez
n SECRETARIO NACIONAL DE PLANIFICACION Y DESARROLLO
n
n Considerando:
n
n Que la Constitución Política de la República en su artículo 254 determina que el sistema nacional de planificación establecerá los objetivos nacionales permanentes en materia económica y social, fijará metas de desarrollo a corto, mediano y largo plazo, que deberán alcanzarse en forma descentralizada, y orientará la inversión con carácter obligatorio para el sector público y referencial para el sector privado;
n
n Que el artículo 255 de la Constitución Política de la República establece que el sistema nacional de planificación estará a cargo de un organismo técnico dependiente de la Presidencia de la República, con la participación de los gobiernos seccionales autónomos y de las organizaciones sociales que determine la ley;
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el Registro Oficial No. 278 de 20 de febrero del 2004 se creó la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), con sede en la ciudad de Quito, como organismo técnico responsable de la planificación nacional, dependiente de la Presidencia de la República;
n
n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 103 de 8 de febrero del 2007, el señor Presidente Constitucional de la República decidió fusionar el Consejo Nacional de Modernización, CONAM, y la Secretaría Nacional de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, SODEM, a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES; y dispuso que todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones, constantes en leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos que hasta esta fecha eran ejercidas por el CONAM y la SODEM pasen a ser ejercidas por la SENPLADES;
n
n Que el artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 103 de 8 de febrero del 2007, faculta al Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo a determinar mediante reglamento orgánico, la estructura de la SENPLADES y las atribuciones, funciones y competencias de sus respectivas dependencias técnicas, operativas y administrativas;
n
n Que hasta tanto la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público -SENRES- emita el dictamen técnico correspondiente al proyecto de Reglamento Orgánico de la SENPLADES, es necesario poner en vigencia un instrumento normativo que regule de forma temporal la estructura orgánica funcional de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo; y,
n
n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 103, expedido el 8 de febrero del 2007,
n
n Acuerda:
n
n Primero.- Expedir el siguiente Reglamento Orgánico Provisional por Procesos de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES-.
n
n Reglamento Orgánico Provisional por Procesos de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES-.
n
n Artículo 1. Estructura organizacional por procesos.- La estructura organizacional de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES en base a su misión consagrada en el Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el Registro Oficial No. 278 de 20 de febrero del 2004 se sustenta en la filosofía y enfoque de productos, servicios y procesos como instrumentos de gestión.
n
n Artículo 2. Procesos de la SENPLADES.- Todas las actividades que se desarrollan en la SENPLADES constituyen parte de un proceso necesario para generar un producto demandado por clientes internos o externos.
n Los procesos que generan los productos y servicios de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES, se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión institucional.
n
n Los procesos gobernantes son los encargados de emitir directrices, políticas, normas, procedimientos, planes estratégicos, acuerdos y resoluciones para una adecuada administración y ejercicio de la representación legal de la institución.
n
n Los procesos agregadores de valor o misionales son los responsables de generar el portafolio de productos y servicios destinados a usuarios externos y permiten cumplir con la misión institucional y los objetivos estratégicos; constituyen la razón de ser de la institución.
n
n Los procesos descentralizados de manera funcional permiten cumplir la misión institucional en forma desconcentrada.
n
n Los procesos habilitantes, que se clasifican en procesos habilitantes de asesoría y procesos habilitantes de apoyo, están encaminados a generar productos de asesoría y apoyo logístico para producir el portafolio de productos institucionales demandados por los procesos gobernantes, por los agregadores de valor y por ellos mismos.
n
n Artículo 3.- Puestos directivos.- Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional son: Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, Subsecretario General y subsecretarios.
n
n Artículo 4. Comité de Gestión de Desarrollo Institucional.- La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES- cuenta con un Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, conformado por el Secretario Nacional o su delegado, quien lo presidirá, un responsable por cada uno de los procesos y por el responsable de la Unidad de Administración de Recursos Humanos – UARHs.
n
n Artículo 5. Responsabilidades del Comité de Gestión de Desarrollo Institucional.- El Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 115 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, LOSCCA, y en la Norma Técnica expedida por la SENRES con Resolución No. SENRES-PROC-2006-0000046, tendrá las siguientes responsabilidades:
n
n a) Controlar y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al desarrollo institucional;
n
n b) Coordinar la planificación estratégica de la institución;
n
n c) Controlar y evaluar la ejecución de proyectos de diseño o reestructuración; y,
n
n d) Conocer, previo a su aprobación, el Plan de Fortalecimiento Institucional preparado por la UARHs.
n
n Artículo 6. Estructura organizacional.- La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES- define la siguiente misión, objetivos principales y estructura organizacional:
n
n 1. Misión:
n
n La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo es la institución responsable de diseñar, integrar, articular, implementar y dirigir el Sistema Nacional de Planificación del país en todos sus niveles; y, promover y facilitar los procesos de reforma democrática y modernización del Estado.
n
n 2. Objetivos principales:
n
n a) Lograr que el país, a través de la planificación, cuente con un sistema articulado de instituciones, principios, normas y mecanismos que permitan organizar la función pública y orientar la actividad privada para alcanzar el logro de los objetivos nacionales;
n
n b) Diseñar e implementar un sistema de planificación, participativo, descentralizado, autorregulado y operativo, que brinde espacios adecuados para las iniciativas de desarrollo nacional y local;
n
n c) Integrar las políticas del Gobierno Nacional para coordinar el trabajo de formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo nacionales y locales, definiendo las competencias y recursos asignados a cada nivel de gobierno, para evitar la duplicidad de acciones y el dispendio de los recursos públicos;
n
n d) Definir las estrategias, normas y procedimientos para dirigir, coordinar, ejecutar y controlar los procesos que se establecen en la Ley de Modernización del Estado;
n
n e) Definir los lineamientos y mecanismos que promuevan los procesos de descentralización y desconcentración, transfiriendo progresivamente determinadas compe-tencias del Gobierno Central a los gobiernos seccionales autónomos, con el fin de generar un desarrollo regional competitivo y equilibrado; y,
n
n f) Coordinar las acciones de las distintas instituciones del Estado para alcanzar el cumplimiento de las metas y objetivos de desarrollo del milenio; y establecer un sistema de seguimiento y evaluación para garantizar la calidad de los procesos y productos.
n
n 3. Estructura básica alineada a la misión:
n
n La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES- para el cumplimiento de su misión y responsabilidades, está integrada por los procesos internos que desarrollan las siguientes unidades organizacionales:
n
n PROCESOS GOBERNANTES:
n
n • Secretaría Nacional de Planificación
n • Subsecretaría General
n
n PROCESOS AGREGADORES DE VALOR:
n
n • Subsecretaría de Planificación, Políticas e Inversiones Públicas
n Dirección de Planificación y Políticas Públicas
n Dirección de Inversión Pública y Presupuesto
n
n • Subsecretaría de Seguimiento y Evaluación
n Dirección de Seguimiento a Acciones Públicas y Objetivos de Desarrollo del Milenio
n Dirección de Evaluación
n
n • Subsecretaría de Información e Investigación
n Dirección de Investigación
n Dirección de Información
n Dirección de Capacitación
n
n • Subsecretaría de Reforma Democrática del Estado y Gestión Programática
n Dirección de Participación Ciudadana
n Dirección de Empresas Públicas
n Dirección de Reforma Democrática del Estado
n
n PROCESOS DESCONCENTRADOS
n
n • Subsecretaría Regional del Litoral:
n
n Dirección de Planificación
n Dirección de Inversiones y Proyectos
n
n • Subsecretaría Regional del Austro
n Dirección de Planificación;
n Dirección de Inversiones y Proyectos
n
n PROCESOS HABILITANTES:
n
n ASESORIA:
n
n • Asesoría Técnica
n • Asesoría Jurídica
n • Asesoría de Planificación y Coordinación Institucional
n • Comunicación Social
n
n APOYO:
n
n • Subsecretaría de Desarrollo Institucional:
n
n Dirección de Recursos Humanos
n Dirección de Servicios Administrativos
n Dirección Financiera
n Dirección de Recursos Tecnológicos
n Dirección de Archivo y Correspondencia
n
n 4. ORGANIGRAMAS
n
n Se definen los siguientes organigramas:
n
n 4.1 ORGANIGRAMA POR PROCESOS
n
n ANEXO GRAFICO No. 1

n
n4.2 ORGANIGRAMA DE LA SENPLADES POR UNIDADES ORGANIZACIONALES Y NIVELES JERARQUICOS
n
nANEXO GRAFICO No. 2
n
n5. PROCESOS GOBERNANTES
n
n5.1 SECRETARIA NACIONAL
n
nMisión:
n
nEmitir las políticas y lineamientos generales de la planificación nacional, con el fin de impulsar en forma ordenada, equitativa y consensuada el desarrollo social, económico y cultural del país.
n
nEste órgano administrativo está representado por el Secretario Nacional de Planificación.
n
nAtribuciones y responsabilidades:
n
na) Ejercer la representación de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES);
n
nb) Dirigir el sistema nacional de planificación y establecer los lineamientos generales;
n
nc) Coordinar el procesamiento y armonización de las políticas públicas y su integración en el Plan de Desarrollo;
n
nd) Dirigir la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y presentarlo al Presidente de la República para su aprobación;
n
ne) Dirigir el sistema nacional de información;
n
nf) Dirigir, coordinar y supervisar los procesos de modernización del Estado, sus dependencias, e instituciones públicas, en el marco de la legislación vigente;
n
ng) Coordinar con las instituciones involucradas el cumplimiento de los objetivos de desarrollo del milenio;
n
nh) Dictaminar la prioridad de los proyectos de inversión pública;
n
ni) Aprobar el Plan Anual de Inversiones Públicas y coordinar con el Ministerio de Economía y Finanzas su incorporación en el Presupuesto General del Estado;
n
nj) Impulsar el diálogo del Gobierno Nacional con los actores sociales, políticos e institucionales para la formulación y ejecución de políticas nacionales y sectoriales; y fortalecer los procesos de descentralización, desconcentración y participación ciudadana;
n
nk) Impulsar con el Consejo Asesor de Cooperación Internacional y el Instituto Ecuatoriano de Cooperación Internacional la implementación de la política de cooperación y asistencia técnica no reembolsable proveniente de las fuentes bilaterales y multilaterales;
n
nl) Aprobar el plan estratégico, los planes operativos anuales y el presupuesto anual institucional;
n
nm) Ejercer la representación y delegaciones asignadas por la ley a la ex Junta de Planificación, ex CONADE, a la ex Secretaría General de Planificación, a la ex Secretaría de Diálogo y Planificación, al ex ODEPLAN, a la ex SODEM y al ex CONAM;
n
nn) Delegar sus facultades y atribuciones al nivel jerárquico inferior, cuando considere necesario;
n
no) Aprobar mediante acuerdo las normas técnicas en materia de su competencia;
n
np) Aprobar toda clase de actos administrativos y normativos relacionados con la SENPLADES;
n
nq) Dirigir y supervisar las labores de la Secretaría;
n
nr) Viabilizar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales;
n
ns) Suscribir convenios y contratos;
n
nt) Nombrar, contratar y remover al personal de la SENPLADES;
n
nu) Ejercer las funciones, representaciones y delegaciones que le asigne el Presidente de la República; y,
n
nv) Las demás atribuciones y deberes que determinen las leyes y los reglamentos.
n
n5.2 SUBSECRETARIA GENERAL
n
nMisión:
n
nReemplazar al Secretario Nacional de Planificación en caso de ausencia o impedimento temporal, colaborar con éste en el diseño e implementación de políticas públicas y lineamientos generales de la planificación nacional, así como en la administración interna de la SENPLADES.
n
nEste órgano administrativo está representado por el Subsecretario General.
n
nAtribuciones y responsabilidades:
n
na) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emitidas por el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo;
n
nb) Asumir las funciones y actividades que le delegue el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo;
n
nc) Validar los informes técnicos previa la aprobación del Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo;
n
nd) Coordinar las actividades de la Secretaría con las direcciones de planificación de las diferentes entidades del Estado;
n
ne) Coordinar la elaboración de planes, programas y proyectos que permitan gestionar recursos para el fortalecimiento institucional de la SENPLADES;
n
nf) Coordinar la participación de la Secretaría en los cuerpos colegiados;
n
ng) Subrogar al Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, en caso de ausencia temporal;
n
nh) Supervisar la elaboración y validar, previo a la aprobación del Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, el Plan Estratégico y los planes operativos anuales de la Secretaría;
n
ni) Coordinar los procesos de capacitación y asistencia técnica acordados con las entidades del Gobierno Central y Seccional, en los ámbitos de competencia de la SENPLADES;
n
nj) Aprobar los programas de capacitación para una adecuada planificación y generación de información relevante, a ser desarrollados con la participación de otras instituciones del sector público;
n
nk) Proporcionar información sobre aspectos institucionales, previa autorización de la autoridad superior; y,
n
nl) Las demás señaladas por el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo.
n
n6. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR
n
n6.1 SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION, POLITICAS E INVERSIONES PUBLICAS
n
nMisión:
n
nElaborar, sistematizar y coordinar la planificación, las políticas y las inversiones públicas nacionales; sistematizar y coordinar la planificación, políticas e inversiones seccionales y la cooperación internacional, articulándolas con la planificación nacional.
n
nEste órgano administrativo está representado por el Subsecretario de Planificación, Políticas e Inversiones Públicas.
n
nAtribuciones y responsabilidades:
n
na) Dirigir, articular y coordinar los sistemas nacionales de planificación y de inversión pública, en forma participativa;
n
nb) Coordinar el diseño del Plan Nacional de Desarrollo;
n
nc) Articular y coordinar las políticas públicas en función de los planes definidos a nivel nacional, seccional e institucional;
n
nd) Definir los lineamientos para la elaboración de los planes de inversión pública;
n
ne) Elaborar los planes de inversión pública y someterlos a conocimiento y aprobación del Secretario Nacional;
n
nf) Articular la cooperación internacional a los sistemas nacionales de planificación e inversión pública; y,
n
ng) Revisar y validar los productos de las áreas que conforman la Subsecretaría.
n
nEstructura básica:
n
n6.1.1 DIRECCION DE PLANIFICACION Y POLITICAS PUBLICAS
n
nMisión:
n
nElaborar los lineamientos de los planes del sector público del Gobierno Central y sistematizar los de los gobiernos seccionales. Ser la unidad responsable de la gestión del sistema nacional de planificación pública.
n
nProductos:
n
n1. Plan Nacional de Desarrollo.
n
n2. Plan Plurianual de Gobierno.
n
n3. Planes estratégicos y operativos anuales de la Función Ejecutiva y del régimen seccional, sistematizados.
n
n4. Guías conteniendo los criterios para racionalizar la inversión pública.
n
n6.1.2 DIRECCION DE INVERSION PUBLICA Y PRESUPUESTO
n
nMisión:
n
nSer la unidad responsable de la gestión del sistema de inversión pública definido en relación a los planes de desarrollo vigentes y en coordinación con las instituciones vinculadas.
n
nProductos:
n
n1. Metodología para realizar la calificación y priorización de proyectos de inversión pública.
n
n2. Banco de proyectos de inversión pública.
n
n3. Informes técnicos para la calificación y priorización de proyectos de inversión pública.
n
n4. Informes técnicos de proyectos de cooperación.
n
n5. Plan anual de inversiones públicas.
n
n6.2 SUBSECRETARIA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION
n
nMisión:
n
nPromover la gestión por resultados, la rendición de cuentas y la eficiencia del sector público en el logro de los objetivos nacionales definidos en el Plan de Gobierno y los planes de desarrollo.
n
nEste órgano administrativo está representado por el Subsecretario de Seguimiento y Evaluación.
n
nAtribuciones y responsabilidades:
n
na) Promover la gestión por resultados y la rendición de cuentas en el sector público;
n
nb) Definir metodologías diferenciadas de seguimiento a las instituciones, programas y proyectos;
n
nc) Promover la creación de un sistema participativo y coordinado con el sistema nacional de inversión pública para el seguimiento de las metas y las actividades de los programas con el Ministerio de Economía y Finanzas;
n
nd) Promover la entrega de información y el cumplimiento de los objetivos y metas por parte de las instituciones, programas y proyectos;
n
ne) Coordinar el monitoreo y evaluación del Plan de Gobierno y del Plan de Desarrollo;
n
nf) Remitir a las instituciones las observaciones que existieran a los informes de seguimiento presentados;
n
ng) Coordinar la elaboración de informes de seguimiento a los objetivos de desarrollo del milenio;
n
nh) Definir metodologías para realizar evaluaciones de procesos;
n
ni) Validar las propuestas de implementación de evaluaciones de proceso y evaluaciones de impacto;
n
nj) Coordinar la realización de las evaluaciones de impacto con otras instituciones a nivel nacional; y,
n
nk) Retroalimentar con la información del seguimiento y las evaluaciones la toma de decisiones de política pública.
n
nEstructura básica:
n
n6.2.1 DIRECCION DE SEGUIMIENTO A ACCIONES PUBLICAS Y OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO
n
nMisión:
n
nApoyar y monitorear la gestión del sector público, de forma participativa y realizar el seguimiento del avance en el cumplimiento de los objetivos de desarrollo del milenio.
n
nProductos:
n
n1. Informes trimestrales y anuales de seguimiento de los planes operativos anuales.
n
n2. Metodologías para realizar informes de gestión y seguimiento de las metas y las actividades de las instituciones, programas y proyectos del sector público.
n
n3. Informes anuales sobre la gestión de las instituciones del sector público no financiero y de los planes plurianuales.
n
n4. Informe de seguimiento al plan de gobierno.
n
n5. Informe de avance sobre el cumplimiento de los objetivos de desarrollo del mileni