MES DEn DICIEMBRE DEL 2004 n

Registro.Of.1.jpg
Lunes, 20 de diciembre del 2004 – R. O. No. 485
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
n
DR. JORGE A. MOREJON MARTINEZ
DIRECTOR
FUNCIÓNn LEGISLATIVA nn

EXTRACTOS:

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25-511 Proyecto de Ley Reformatorian al artículo 18 de la Ley Notarial.

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25-512 Proyecto de Ley que declaran Parque Arqueológico y Ecológico al Complejo den Pachamama.

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25-513 Proyecto de Ley Reformatorian a la Ley del Fondo para el Ecodesarrollo Regional Amazónicon y de Fortalecimiento de sus Organismos Seccionales.

nn

25-514 Proyecto de Ley Reformatorian a la Ley para la Transformación Económica del Ecuador.

nn

25-515 Proyecto de Ley que Protegen al Enfermo de Sida y a sus Familia.

nn

25-516 Proyecto de Ley de Pensionesn Jubilare.

nn

25-517 Proyecto de Ley Reformatorian a la Ley de Seguridad Social.

nn

25-518n Proyecto den Ley Reformatoria a la Ley de Federación Médican Ecuatoriana para el Ejercicio, Perfeccionamiento y Defensa Profesional.

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RESOLUCIONES:

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R-25-160 Declárase que los vocalesn principales y suplentes del Tribunal Constitucional fueron designadosn en forma ilegal y precédese a designarlos de acuerdo conn lo que manda la Constitución Política de la Repúblican y la ley.

nn

Desígnanse vocalesn principales y suplentes del Tribunal Constitucional:

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R-25-161n Doctores Miltonn Burbano Bohórquez y Amparo Lalama.

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R-25-162n Doctores Estuardon Gualle Bonilla y Alejandro Suárez

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R-25-163n Doctores Hernánn Rivadeneira Játiva y Hernán Coello García.

nn

R-25-164n Doctores Renén de la Torre Alcívar y Ángel Polibio Chávezn Alvarez

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R-25-165 Doctores Carlos Julio Arosemenan Peet y María Delia Aguirre Medina.

nn

R-25-166n Doctores Carlosn Soria Seas y Fernando Alarcón Sáenz.

nn

R-25-167n Doctores Víctorn Hugo Sicouret Olvera y José Nelson Vera Loor.

nn

R-25-168n Doctores Lenínn Rosero Cisneros y Luis Mariano Vallejo López.

nn

R-25-169 Doctores Ricardo Izurieta Moran Bowen y Genaro Eguiguren.

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Designanse vocales principalesn y suplentes del Tribunal Supremo Electoral:

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R-25-170 Señores Wiison Horneron Sánchez Castello y Pedro Huerta Arce.

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R-25-171 Señores Carlos Pardon Montiel y Alfredo Arévalo.

nn

R-25-172n Señoresn Pedro Pablo Gómez Valdiviezo y Miguel Monsalve Aguilera.

nn

R-25-173n Señoresn Giovanny Atarihuana y Antonio Guerrero.

nn

R-25-174n Señoresn Fabián Villarroel y Gustavo Avellán Naranjo.

nn

R-25-175n Señoresn Ramón Alarcón Clavijo y Fernando Patricio Chavesn de Mora.

nn

R-25-176n Señoresn Jorge Valdospinos Rubio y Meliton Rodríguez Salazar.

nn

R-25-181n Decláransen cesantes en sus funciones a los magistrados de la Corte Supreman de Justicia y a sus correspondientes conjueces, quienes non renunciaron a sus funciones en enero del 2003 y desígnansen en su reemplazo a varios juristas que se posesionaránn ante el Segundo Vicepresidente del Congreso Nacional.

nn

FUNCIÓNn EJECUTIVA

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DECRETOS:

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2334n Nómbrasen al ingeniero Hugo Bonilla Moyano, representante del señorn Presidente ante el Directorio de la Comisión de Estabilización,n Inversión Social y Productiva y Reducción del Endeudamienton Público.

nn

2335n Nómbrasen al señor Francisco Giler Riofrío, representante del señor Presidente ante el Directorio de la Comisiónn de Tránsito de la Provincia del Guayas.

nn

2336 Desígnase al ingenieron Carlos Chicaiza Donoso, delegado principal del señor Presidente ante el Directorio de CORPECUADOR.

nn

2337n Dase de bajan de las Fuerzas Armadas a varios oficiales superiores y subalternos.

nn

2338 Dase de baja al TNTE. PLTO.n AVC. Javier Francisco Arias Parra.

nn

2339 Nómbrase al doctor Roberton Rodrigo Washington Aguiar Falconí, Secretario Nacionaln de Ciencia y Tecnología.

nn

2340n Declárasen en comisión de servicios en el exterior al doctor Carlosn Larrea Estrada, Subsecretario General Jurídico de la Presidencian de la República.

nn

2341 Rectifícase el nombramienton diplomático del CPNV-EM. Byron Fernando Sanmigueln Marín.

nn

2342 Déjase sin efecto eln Decreto Ejecutivo No 1258, expedido el 31 de diciembre del 2003.

nn

2343n Incorpórasen a las Fuerzas Armadas al CPNV-EM. Marco Gonzalo Salinas Haro.

nn

ACUERDOS:

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MINISTERIOn DE ENERGÍA Y MINAS:

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049n Establécensen las tarifas para fletes de transporte terrestre de combustiblen pesca artesanal que PETROCOMERCIAL debe cancelar a los transportistasn que realizan este servicio.

nn

MINISTERIOn DE GOBIERNO:

nn

0440 Establécese dentro den la estructura orgánica, la Dirección de Recursosn Humanos de conformidad con lo resuelto por el Secretario Nacionaln Técnico de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sectorn Público.

nn

MINISTERIOn DE TRABAJO:

nn

0269n Confórmansen varias comisiones sectoriales para la fijación de sueldosn y/o tarifas para el año 2005.

nn

RESOLUCIONES:

nn

JUNTAn BANCARIA:

nn

JB-2004-72n Refórmasen la Norma para el cierre del balance diario.

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SUPERINTENDENCIAn DE BANCOS Y SEGUROS:

nn

SBS-2004-0906 Refórmase la norma paran la designación de los miembros del Consejo Directivo deln IESS.

nn

Califícanse an varias personas para que puedan ejercer diferentes cargos den peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:n

nn

SBS-DN-2004-0908 Compañía Inmobiliarian Mercedes S. A. INMOMERCEDES.

nn

SBS-DN-2004-0911 Ingeniero agrónomo Fauston Germán Tigsilema Gaibor.

nn

SBS-2004-0917 Expídese la norma paran la calificación del Director de Riesgos de Inversiónn y Director Económico Financiero o su equivalente del IESS,n ISSFA, ISSPOL y del Servicio de Cesantía de la Policían Nacional.

nn

ORDENANZASn MUNICIPALES:

nn

-n Gobierno Municipal de Mocache: n Que regula el pago de la bonificación por circunstanciasn geográficas.

nn

-n Gobierno Municipal de Mocache: Quen reglamenta la operación del terminal terrestre de la ciudad.

nn

n Cantón Manigua: Que transfiere a la Junta Parroquialn de Moraspungo la facultad de recaudar y – administrar los tributosn por concepto de cobro de tasas de recolección de basuran y de aseo público.. n

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n EXTRACTO DELn PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA AL
n ARTICULO 18 DE LA LEY
n NOTARIAL».

nn

CÓDIGO: 25-511

nn

AUSPICIO: H. CARLOS KURE MONTES.

nn

COMISIÓN: DE LO CIVIL Y PENAL.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 22-11-2004.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

A partir de la expedición de la Ley Notarial que fueran publicada en el Registro Oficial No 158 del 11 de noviembren de 1966, la actividad notarial, tiene su propia ley a la quen se sujetan todas las actuaciones relativas a este ejercicio,n la misma que con algunas reformas se halla vigente en la actualidad,n en especial, con sus reformas publicadas en el Suplemento deln Registro Oficial No 64 del 8 de noviembre de 1996.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Teniendo el Notario un poder legitimador que da como resultadon la firmeza, la autenticidad y la publicidad de los actos generadoresn de las relaciones jurídicas, que a su vez desemboca enn la seguridad jurídica, teniendo el Notario una funciónn tutelar y cautelar o preventiva destinada a prevenir los conflictosn de los particulares, se hace necesario que la Ley Notarial armonicen con el ordenamiento jurídico vigente, por lo que se hacen necesario realizar reformas que tiendan a descongestionar eln trabajo de los jueces.

nn

CRITERIOS:

nn

Debido a la gran carga de causas, muchas de ellas de jurisdicciónn voluntaria, que los jueces deben despachar al momento, la funciónn notarial es una respuesta a una tendencia universal de descargarn en los notarios algunas de las atribuciones tradicionales den los jueces como resolución como solución a la saturaciónn de la justicia, admitiendo también el mismo argumenton en ciertas funciones administrativas.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional.

nn

CONGRESOn NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «QUE DECLARA PARQUE
n ARQUEOLÓGICO Y ECOLÓ-
n GICO AL COMPLEJO DE
n PACHAMAMA».

nn

CÓDIGO: 25-512.

nn

AUSPICIO: H. SEGUNDO SERRANO
n SERRANO
n COMISIÓN: DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 22-11-2004.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

La Constitución Política de la Repúblican señala que la cultura es patrimonio del pueblo y constituyen elemento esencial de su identidad. El Estado deberá promovern y estimular la cultura, la creación, la formaciónn artística y la investigación científica,n además que establecerá políticas permanentesn para la conservación, restauración, protecciónn y respeto del patrimonio cultural tangible e intangible, de lan riqueza artística, histórica, lingüístican y arqueológica de la nación.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

El Complejo Arqueológico y Ecológico de Pachamama,n constituye un legado histórico de enorme importancian nacional, pues en su interior se mantienen evidencias precolombinas,n que reflejan el grado de desarrollo que alcanzan pueblos comon los Cañaris e Inka. A partir del rescate de nuestra culturan se puede dar paso a acciones conducentes a promocionar en eln campo turístico, sitios como el de Pachamama, de maneran que los pueblos que se levantan en su entorno sean beneficiadosn por la llamada industria sin chimenea.

nn

CRITERIOS:

nn

La Ley de Patrimonio Cultural señala como obligaciónn primordial del Instituto de Patrimonio Cultural, el de investigar,n conservar, preservar, restaurar, exhibir y promocionar nuestron patrimonio.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional.

nn

CONGRESOn NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEYn
n DEL FONDO PARA EL
n ECODESARROLLO REGIONAL
n AMAZÓNICO Y DE FORTA-
n LECIMIENTO DE SUS ORGA-
n NISMOS SECCIONALES».

nn

CÓDIGO: 25-513.

nn

AUSPICIO: H. ROLO SAN MARTÍN
n IÑIGUEZ.

nn

COMISIÓN: DE ASUNTOS AMAZÓNICOS.

nn

nn

FECHA DE
n INGRESO: 23-11-2004.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.
n FUNDAMENTOS:

nn

Los recursos asignados para el Instituto para el Ecodesarrollon Regional Amazónico-ECORAE-, no se han orientado a losn fines establecidos y ha primado más bien una atomizaciónn del gasto, que no ha mejorado las condiciones de vida de la poblaciónn de la Región Amazónica Ecuatoriana-RAE-, las inversionesn no se han distribuido en forma equitativa en todo su territorio,n el asesoramiento a los gobiernos del régimen seccionaln autónomo ha sido parcial e inoportuno, razones por lasn que la población ha perdido la confianza en esta entidadn de desarrollo regional.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

La investigación científica y tecnológican lamentablemente ha estado ausente en los programas de las institucionesn encargadas de su promoción y desarrollo, siendo urgenten establecer un marco institucional para impulsar programas y proyectosn de ciencia y tecnología que contribuyan a superar la situaciónn de subdesarrollo y atraso.

nn

CRITERIOS:

nn

El artículo 225 de la Constitución Polítican de la República dice: «El Estado impulsará,n mediante la descentralización y la desconcentración,n el desarrollo armónico del país, el fortalecimienton de la participación ciudadana y de las entidades seccionales,n la distribución de los ingresos públicos y de lan riqueza».

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional.

nn

CONGRESOn NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEY
n PARA LA TRANSFORMACIÓN
n ECONÓMICA DEL ECUADOR».

nn

CÓDIGO: 25-514.

nn

AUSPICIO: H. ROLO SANMARTÍN
n IÑIGUEZ.

nn

COMISIÓN: DE LO ECONÓMICO,
n AGRARIO, INDUSTRIAL Y
n COMERCIAL.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 23-11-2004.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

En la Región Amazónica Ecuatoriana estánn localizados los principales yacimientos hidrocarburíferos,n y su explotación genera recursos que financian en alton grado el Presupuesto General del Estado, sin que exista una polítican redistributiva en la asignación de recursos financierosn que permitan mejorar las condiciones de vida de sus habitantes.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Los procesos de desarrollo económico y social en eln contexto de la sustentabilidad requieren disponer de recursosn de conocimiento y de organización, para lo cual es necesarion ir constituyendo un capital humano y lo suficientemente amplion y calificado, como de una sociedad organizada, solidaria y profundamenten humana, libre de las prácticas de corrupción yn de conceptos individuales.

nn

CRITERIOS:

nn

La injusta distribución de la riqueza social ha originadon que la zona donde se explotan los recursos hidrocarburíferos,n sus habitantes tengan los más altos niveles de pobrezan del país, originando problemas sociales graves como lan inseguridad, la drogadicción, la prostitución,n entre otros.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional.

nn

CONGRESOn NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «QUE PROTEJE AL ENFERMO
n DE SIDA Y A SUS
n FAMILIARES».

nn

CÓDIGO: 25-515.

nn

AUSPICIO: H. SEGUNDO SERRANO SERRANO.n

nn

COMISIÓN: DE SALUD, MEDIO
n AMBIENTE Y PROTECCIÓN
n ECOLÓGICA.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 25-11-2004.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

El SIDA o Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquiridan (VIH), ha sido calificado como la plaga del milenio, y quienesn así lo consideran, basan sus criterios en las cifras alarmantesn de muertos que ha ocasionado en países pobres en especialn del África. En América, se presenta en la décadan de los sesenta y setenta y las primeras respuestas científicasn señalaron que son la consecuencia de los excesos socialesn de la época.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Las autoridades sanitarias están obligadas a establecern soluciones verdaderas que nazcan desde el mismo sistema educativo,n informando sobre .las secuelas de esta enfermedad y los métodosn de prevención; que se establezca una verdadera polítican de protección y ayuda al enfermo con SIDA y a sus familiares,n víctimas indirectas de este mal, que en la generalidadn de los casos no son tratados ni controlados por los costos quen representa su tratamiento.

nn

CRITERIOS:

nn

Es el avance de la ciencia médica y las investigacionesn científicas han determinado que el SIDA se transmite porn contacto sexual, transmisión sanguínea, de madren infectada a feto y otros comportamientos que impliquen estasn características. Es en los años recientes que sen tiene información más veraz de la enfermedad yn es sólo de esta manera que se devela el enorme drama socialn que padecen los enfermos de SIDA y sus familiares.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional.

nn

n CONGRESO NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «DE PENSIONES JUBILARES».

nn

CÓDIGO: 25-516.

nn

AUSPICIO: H. MARCO PROAÑOn MAYA.

nn

COMISIÓN: DE LO LABORALn Y SOCIAL

nn

FECHA DE
n INGRESO: 25-11-2004.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

Las prestaciones que se deben al trabajador, tanto en la jubilaciónn del IESS, como en la patronal, deben ser justas, equitativasn y suficientes, para que el empleado tenga medios económicosn para continuar con una vida digna. En la actualidad, la situaciónn de estas personas se han convertido
n en una preocupación social, debido a los montos muy reducidosn de las pensiones jubilares, contrariando los principios constitucionalesn de equidad, solidaridad, subsidiaridad, suficiencia, etc.n

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Es de imperiosa necesidad que se procure la entrega de pensionesn justas, por montos que permitan al trabajador un nivel de vidan decoroso para solucionar sus necesidades fundamentales, siendon imprescindible una normativa que reconozca y proteja este derecho.

nn

CRITERIOS:

nn

La jubilación es una justa compensación quen debe recibir el trabajador luego de los años laborados;n sus mejores esfuerzos deben ser reconocidos al llegar a la vejez.n Por ello una buena jubilación debe constituirse en unn estímulo y un objetivo para que en su vida laboral eln trabajador procure mayor rendimiento y estabilidad.
n
n f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional. ‘

nn

CONGRESOn NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LAn LEY
n DE SEGURIDAD SOCIAL».

nn

CÓDIGO: 25-517.

nn

AUSPICIO: H. MARCO PROAÑO MAYA.

nn

COMISIÓN: DE GESTIÓN PUBLICAn Y
n UNIVERSALIZACIÓN DE LA
n SEGURIDAD SOCIAL.
n FECHA DE
n INGRESO: 25-11-2004.
n FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

Para acceder al derecho de jubilación vitalicia, losn trabajadores deben aportar al Instituto Ecuatoriano de Seguridadn Social por un determinado número de años de trabajo,n y el modificar las condiciones y número de aportaciones,n causará perjuicio y desmotivación a los afiliadosn al IESS.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Los índices de mortalidad, desempleo e incapacidadn para el trabajo, revisados en la actualidad justifican que sen establezca en 60 años la edad mínima para la jubilaciónn y 360 imposiciones mensuales al IESS; ampliar estas condicionesn es obstaculizar y retardar injustamente el goce de este derecho.n

nn

CRITERIOS:

nn

La seguridad social se fundamenta en la Constituciónn Política de la República, en actual vigencia, quen establece principios de solidaridad, obligatoriedad, equidadn y eficiencia para la atención de las necesidades individuales,n por tanto, las prestaciones que se concedan a los afiliados on jubilados deben ser equitativas y apropiadas.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional.

nn

CONGRESOn NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEY
n DE FEDERACIÓN MEDICA
n ECUATORIANA PARA EL
n EJERCICIO, PERFECCIONA-
n MIENTO Y DEFENSA
n PROFESIONAL».

nn

CÓDIGO: 25-518.

nn

AUSPICIO:

nn

COMISIÓN: DE LEGISLACIÓNn Y
n CODIFICACIÓN.
n FECHA DE
n INGRESO: 26-11-2004.

nn

FECHA DE ENVIO
n A COMISIÓN: 3-12-2004.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

El Ministerio Público y la Función Judicial;n los pacientes o quienes hagan sus veces; así como, losn profesionales médicos requieren del apoyo de especialistasn que provean de seguridad jurídica para actuar con legalidadn y justicia; y, a la vez, evitar juicios de carácter penaln que carezcan del debido sustento práctico y jurídico;n en beneficio de la modernización y actualizaciónn del sistema judicial y el derecho procesal alternativo.
n OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Es necesario garantizar la seguridad del profesional médicon y la protección al paciente, en beneficio de una equilibradan convivencia social. De esta manera se evitará que se usen el juicio penal como mecanismo extorsionador, contra los médicos,n e igualmente evitar que los pacientes o sus familiares puedann ser víctimas de falsas expectativas, propiciadas por eln error en las apreciaciones de la conducta médica.

nn

CRITERIOS:

nn

Estas reformas permiten que el Ministerio Público yn el órgano jurisdiccional, disponga de una adecuada y confiablen opinión técnico-médica, que faciliten la comprensión del acto médico en toda su magnitudn para la mejor decisión de la Fiscalía y respectivon Juez, al concluir la fase de la indagación previa.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Prosecretario General del Congreson Nacional.

nn

No. R-25-160

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

Considerando:

nn

Que existe un clamor unánime de la poblaciónn ecuatoriana por terminar el estado de caos constitucional quen prevalece en los organismos públicos;

nn

Que los vocales principales y suplentes del Tribunal Constitucionaln fueron designados en forma ilegal;

nn

Que los vocales principales y suplentes del Tribunal Supremon Electoral fueron designados sin considerar lo que establece eln artículo 209 de la Constitución Polítican de la República con relación a su integración;n

nn

Que es deber institucional del Congreso Nacional cumplir yn hacer cumplir la Constitución Política de la Repúblican y las leyes; y,

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

nn

Resuelve:

nn

1.- Declarar que los vocales principales y suplentes del Tribunaln Constitucional fueron designados en forma ilegal y, procedern a designarlos de acuerdo con lo que manda la Constituciónn Política de la República y la ley, de entre lasn temas recibidas en su momento por el Congreso Nacional.
n
n Designar a los dos vocales principales y suplentes del Tribunaln Constitucional que directamente le corresponde hacer al Congreson Nacional.

nn

Los designados deberán posesionarse ante el Presidenten y/o cualquiera de los vicepresidentes del Congreso Nacional yn permanecerán en sus cargos hasta ser legalmente reemplazadosn en enero del 2007.

nn

2.- Declarar cesantes en sus cargos a los señores vocalesn principales y suplentes del Tribunal Supremo Electoral por habern sido designados sin contemplar lo que establece el artículon 209 de la Constitución Política de la República,n en relación a la forma de designación; y, procedern a su designación de conformidad a la norma constitucionaln señalada, de acuerdo a los resultados electorales deln 20 de octubre del 2002.

nn

Los designados deberán posesionarse ante el Presidenten y/o cualquiera de los vicepresidentes del Congreso Nacional yn permanecerán en sus cargos hasta ser legalmente reemplazadosn en enero del 2007.
n 3.- Esta resolución entrará en vigencia de inmediato,n sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.n
n Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 15h00.- f.)
n Ilegible.- Secretaría General.

nn

No. R-25-161

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,n

nn

Resuelve:

nn

Designar, de las temas enviadas por el Presidente de la República,n a los señores doctores Milton Burbano Bohórquezn y Amparo Lalama, vocales Principal y Suplente del Tribunal Constitucional,n respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-162

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, de las ternas enviadas por el Presidente de la República,n a los señores doctores Estuardo Gualle Bonilla y Alejandron Suárez, vocales Principal y Suplente del Tribunal Constitucional,n respectivamente.
n
n Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-163

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,n

nn

Resuelve:

nn

Designar, de las temas enviadas por la Corte Suprema de Justician a los señores doctores Hernán Rivadeneira Játivan y Hernán Coello García, vocales Principal y Suplenten del Tribunal Constitucional, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.
n
n Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede es igualn a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.»n Secretaría General.

nn

No. R-25-164

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, de las ternas enviadas por la Corte Suprema de Justician a los señores doctores René de la Torre Alcívarn y Ángel Polibio Chávez Alvarez, vocales Principaln y Suplente del Tribunal Constitucional, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-165

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,n

nn

Resuelve:

nn

Designar, de los señores doctores Carlos Julio Arosemenan Peet y María Delia Aguirre Medina, vocales Principal yn Suplente del Tribunal Constitucional, respectivamente, por eln Congreso Nacional.
n Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segunde Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-166

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,n

nn

Resuelve:

nn

Designar, a los señores doctores Carlos Soria Seasn y Fernando Alarcón Sáenz, vocales Principal y Suplenten del Tribunal Constitucional, respectivamente, por el Congreson Nacional

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-167

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República.n

nn

Resuelve:

nn

Designar, de la tema enviada por los alcaldes y prefectosn provinciales, a los señores doctores Víctor Hugon Sicouret Olvera y José Nelson Vera Loor, vocales Principaln y Suplente del Tribunal Constitucional, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-168

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, de la terna enviada por las centrales de trabajadoresn y organizaciones indígenas y campesinas de caráctern nacional, legalmente reconocidas a los señores doctoresn Lenín Rosero Cisneros y Luis Mariano Vallejo López,n vocales Principal y Suplente del Tribunal Constitucional, respectivamente.n

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-169

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de sus facultades constitucionalesn y legales, constantes en los artículos 130 numeral 11n y 275 de la Constitución Política de la República,n

nn

Resuelve:

nn

Designar, de las temas enviadas por las cámaras den la Producción, legalmente reconocidas a los señoresn doctores Ricardo Izurieta Mora Bowen y Genaro Eguiguren, vocalesn Principal y Suplente del Tribunal Constitucional, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veinticinco días del mes de noviembre del año dosn mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-170

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de las facultades establecidasn en los artículos 130 numeral 11 y 209 de la Constituciónn Política de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, a los señores Wiison Hornero Sánchezn Castello y Pedro Huerta Arce, vocales Principal y Suplente deln Tribunal Supremo Electoral, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veintiséis días del mes de noviembre del añon dos mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-171

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de las facultades establecidas en los artículosn 130 numeral 11 y 209 de la Constitución Polítican de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, a los señores Carlos Pardo Montiel y Alfredon Arévalo, vocales Principal y Suplente del Tribunal Supremon Electoral, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veintiséis días del mes de noviembre del añon dos mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-172

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de las facultades establecidasn en los artículos 30 numeral 11 y 209 de la Constituciónn Política de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, a los señores Pedro Pablo Gómez Valdiviezon y Miguel Monsalve Aguilera, vocales Principal y Suplente deln Tribunal Supremo Electoral, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veintiséis días del mes de noviembre del añon dos mil cuatro.
n
n f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-173

nn

EL CONGRESO NACIONAL
n En ejercicio de las facultades establecidas en los artículosn 130 numeral 11 y 209 de la Constitución Polítican de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, a los señores Giovanny Atarihuana y Antonion Guerrero, vocales Principal y Suplente del Tribunal Supremo Electoral,n respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veintiséis días del mes de noviembre del añon dos mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-174

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de las facultades establecidas en los artículosn 130 numeral 11 y 209 de la Constitución Polítican de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, a los señores Fabián Villarroel yn Gustavo Avellán Naranjo, vocales Principal y Suplenten del Tribunal Supremo Electoral, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veintiséis días del mes de noviembre del añon dos mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-175

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de las facultades establecidasn en los artículos 130 numeral 11 y 209 de la Constituciónn Política de la República,

nn

Resuelve :

nn

Designar, a los señores Ramón Alarcónn Clavijo y Fernando Patricio Chaves de Mora, vocales Principaln y Suplente del Tribunal Supremo Electoral, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veintiséis días del mes de noviembre del añon dos mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-02-04.- Hora: 13h00.- f) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-176

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

En ejercicio de las facultades establecidasn en los artículos 130 numeral 11 y 209 de la Constituciónn Política de la República,

nn

Resuelve:

nn

Designar, a los señores Jorge Valdospinos Rubio y Melitonn Rodríguez Salazar, vocales Principal y Suplente del Tribunaln Supremo Electoral, respectivamente.

nn

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano,n en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a losn veintiséis días del mes de noviembre del añon dos mil cuatro.

nn

f.) Dr. Jorge Montero Rodríguez, Segundo Vicepresidente.

nn

f.) Dr. Gilberto Vaca García, Secretario General.

nn

Congreso Nacional.- Certifico: Que la copia que antecede esn igual a su original, que reposa en los archivos de la Secretarían General.- Día: 10-12-04.- Hora: 13h00.- f.) Ilegible.-n Secretaría General.

nn

No. R-25-181

nn

EL CONGRESO NACIONAL

nn

Considerando:

nn

Que la actual codificación de la Constituciónn Política de la República, vigente desde el 10 den agosto de 1998, proclama en su disposición transitorian vigésima quinta que: «Los funcionarios e integrantesn de organismos designados por el Congreso Nacional y el Contralorn General del Estado designado, a partir del 10 de agosto de 1998n para un período de cuatro años en virtud de lasn disposiciones de esta Constitución, permaneceránn en el desempeño de sus funciones hasta enero del añon 2003.»;

nn

Que los actuales magistrados de la Corte Suprema de Justicia,n fueron designados por el Congreso Nacional en virtud de la disposiciónn transitoria décimo sexta de la codificación anteriorn de la Constitución Política de la República,n publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 142 de 1n de septiembre de 1997, estando a la fecha en funciones prorrogadasn por no haber renunciado a enero del 2003;

nn

Que la vigente codificación constitucional no establecen el procedimiento a seguir para elegir a los treinta y un magistradosn de la Corte Suprema de Justicia, estableciendo únicamenten en el artículo 202, el procedimiento para designar unn Magistrado cuando se genera una vacante. Mas la Ley Orgánican de la Función Judicial, en su artículo 12 en actualn vigencia, establece como autoridad nominadora de los ministrosn jueces de la Corte Suprema de Justicia, al Congreso Nacional;n

nn

Que es deber del Estado garantizar la vigencia del sisteman democrático y la administración de justicia libren de corrupción; y,

nn

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales,

nn

Resuelve:

nn

Declarar CESANTE en sus funciones a los magistr