¿Qué sucede con las infracciones de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar por agresiones físicas a la victima con boleta de auxilio emitida con anterioridad? - Derecho Ecuador
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¿Qué sucede con las infracciones de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar por agresiones físicas a la victima con boleta de auxilio emitida con anterioridad?

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RESPUESTA

Para las contravenciones de violencia contra la mujer o miembros del nuÌcleo familiar, el inciso segundo del artiÌculo 643.7 del COIP, establece que el juzgador vigilaraÌ el cumplimiento de las medidas de proteccioÌn, valieÌndose cuando se requiera de la intervencioÌn de la PoliciÌa Nacional. En caso de incumplimiento de las medidas de proteccioÌn y de la determinacioÌn de pago de alimentos dictadas por la o el juzgador competente, se sujetaraÌ a la responsabilidad penal por incumplimiento de decisiones legiÌtimas de autoridad y obligaraÌ a remitir los antecedentes a la fiscaliÌa para su investigacioÌn. Todo ello es procedente tambieÌn en materia delictual, siendo aplicable el segundo inciso del artiÌculo 542 del COIP que determina que en caso de incumplimiento por parte del procesado de las medidas de proteccioÌn impuestas, la o el juzgador remitiraÌ los antecedentes a la FiscaliÌa para la investigacioÌn correspondiente.

Para el caso de la consulta, si una viÌctima de violencia contra la mujer o miembros del nuÌcleo familiar, a la que le fuere extendida una boleta de auxilio (legalmente notificada a la contraparte) denuncia lesiones provocadas por el mismo agresor, FiscaliÌa, a maÌs de investigar el delito contra la integridad personal (seguÌn el tiempo de incapacidad, podriÌa ser una contravencioÌn de violencia, debiendo remitirse al juez competente), debe indagar por sobre el posible cometimiento del delito de incumplimiento de decisiones legiÌtimas de autoridad competente. En este caso se dariÌa un concurso real de infracciones.

En el caso de que a una persona viÌctima de violencia contra la mujer o miembros del nuÌcleo familiar, se le conceda una boleta de auxilio, y posteriormente es agredida fiÌsica o psicoloÌgicamente por el mismo atacante, a quien previamente se le notificoÌ con la extensioÌn de la boleta, FiscaliÌa debe investigar tanto la agresioÌn fiÌsica o psicoloÌgica, como el incumplimiento de decisioÌn legiÌtima de autoridad competente. Se produciriÌa un concurso real de infracciones.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

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