UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTƓN TENA

EXTRACTO CITACION JUDICIAL

A: CARMITA JAKELINE FAJARDO ZUƑIGA (1500604457), JOSE ROBERTO FAJASDO ZUƑIGA (1500440589), LUIS RAMIRO FAJARDO ZUƑIGA (1600418949), MARƍA SABINA FAJARDO ZUƑIGA (1500304702), MERCEDES BALDROMINA FAJARDO ZUƑIGA (1500212202), asĆ­ como a los herederos y presuntos de los causantes seƱores LIVANO ROGELIO FAJARDO ZUƑIGA Y CORINA DE JESUS ZUƑIGA CASTAƑEDA

ACTOR: EDRULFO GONZALO CEVALLOS BRAVO Y MARLENE RUBBY URBINA TAPIA

DEMANDADO: CARMITA JAKELINE FAJARDO ZUƑIGA Y OTROS

AUSUNTO: PRESCRIPCIƓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

CAUSA No.- 15301-2019-00258

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO Tena, jueves 1 de octubre del 2020, las 16h49, VISTOS: En lo principal.- PRIMERO.- AVOCO conocimiento de esta demanda , SEGUNDA: DISPONGO: 3.1.- Se califica la demanda que antecede y se admite a trĆ”mite mediante procedimiento ordinario. 3.2.- CITACIƓN: CITESE a CARMITA JAKELINE FAJARDO ZUƑIGA (1500604457), JOSE ROBERTO FAJASDO ZUƑIGA (1500440589), LUIS RAMIRO FAJARDO ZUƑIGA (1600418949), MARƍA SABINA FAJARDO ZUƑIGA (1500304702), MERCEDES BALDROMINA FAJARDO ZUƑIGA (1500212202), asĆ­ como a los herederos y presuntos de los causantes seƱores LIVANO ROGELIO FAJARDO ZUƑIGA Y CORINA DE JESUS ZUƑIGA CASTAƑEDA; de conformidad con el Art. 56.1 del CĆ³digo OrgĆ”nico General de Procesos, en el uno de los periĆ³dicos de mayor circulaciĆ³n nacional, mediante tres publicaciones en fechas distintas. Para lo que el actuario conferirĆ” los respectivos extractos; CUARTO: CONTESTE LA DEMANDA: Conforme a lo dispuesto en el artĆ­culo 291 del CĆ³digo OrgĆ”nico General de Procesos, a los demandados que aĆŗn no han comparecido a juicio, se concede el tĆ©rmino de treinta dĆ­as, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artĆ­culo 151 del mismo cuerpo normativo. AgrĆ©guese la documentaciĆ³n aparejada a la demanda. NOVENO.- ActĆŗe como secretario el Ab. SebastiĆ”n Cajas Moya.- NOTIFƍQUESE Y CƚMPLASE.-

Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiĆ©ndoles de la obligaciĆ³n que tienen de seƱalar casillero judicial, para futuras notificaciones.- Certifico.-

Abg. SebastiƔn Cajas Moya

SECRETARIO

Hay firma y sello

001-004-0611/ms