MALTRATO
A MENORES.

?Donde hay niños existe la Edad de
Oro?

Novalis.

Autor: Dr. Augusto Duran Ponce

I. CONSIDERACIONES PREVIAS.

Menores son las personas que no han
llegado a la edad legal adulta. El término menores comprende a los
niños, niñas y adolescentes, a los que se refiere el artículo 4 del Código de
la Niñez y Adolescencia.

Simone de Beauviere pregunta: ?¿Qué es un
adulto??
y responde: ?Un niño inflado por la edad?.

Maltrato. El maltrato comporta una valoración
social sobre lo que ha de entenderse como inadecuado o peligroso para el menor.

En consecuencia, es complicado definir una línea divisoria entre lo que es
y no es maltrato, siendo preciso llegar a un consenso para construir una
cultura que rechace, combata, elimine el maltrato y defina formas más humanas de
atención a los menores.

Lamentablemente, el ?maltrato? a los menores es la regla y, el ?buen
trato?, la excepción.

II.CONCEPTO.

Aproximación a un concepto. Para aproximarse a un concepto de
maltrato al menor hay que tener en cuenta tres factores:

1. la consideración de una acción u
omisión como ?maltrato? depende de la edad del menor;

2. la situación psico-fisiológica del
menor condiciona las consecuencias de la acción u omisión ejercidas sobre
él; y,

3. no todos los actos de maltrato
dejan secuelas inmediatas y visibles, lo que tiene importancia por cuanto las
consecuencias de los casos de maltrato no son solo físicas, sino también
las que afectan al desarrollo del menor, a medio y largo plazo.

Maltrato al menor. Puede entenderse como maltrato al
menor toda acción u omisión cumplida voluntariamente, que amenace su normal
desarrollo, por los efectos que produce.

Un menor es víctima de maltrato cuando, por culpa de sus padres,
familiares, tutores, funcionarios o responsables de su cuidado sufra un daño o
perjuicio en su salud física, mental o emocional o en su bienestar.

Precepto Constitucional. La Constitución de Montecristi, en
el artículo 46, numeral 4, consagra que el Estado protegerá y atenderá a los
menores ?contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o
de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones?.

Legislación de menores. El Código de la Niñez y
Adolescencia, en su artículo 67, dice: ?Se entiende por maltrato toda conducta,
de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud
física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente, por parte de
cualquier persona, incluidos sus progenitores, otros parientes, educadores y
personas a cargo de su cuidado, cualesquiera sean el medio utilizado para el
efecto, sus consecuencias y el tiempo necesario para la recuperación de la
víctima?.?.

III. CLASES. El maltrato puede ser: a) físico; b)
psicológico; y, c) institucional.

a. Físico, consiste en toda agresión que causa daño corporal, dejando
cortes, dislocaciones, fracturas, heridas, lesiones, magulladuras,
pinchazos, quemaduras, señales y otras huellas.

b. Psicológico, es toda medida de presión que
produce ?perturbación emocional, alteración psicológica o disminución de la
autoestima?, lesionando la dignidad del menor y afectándole en el cumplimiento
de sus tareas.

c. Institucional, el provocado por un funcionario de
una institución pública o privada. Un claro ejemplo es disponer que un
estudiante abandone el aula de clases porque sus padres se hallan en mora del
pago de pensiones.

IV. ASPECTOS HISTÓRICOS. Los pueblos y civilizaciones de la antigüedad utilizaban
a los menores para sacrificios y rituales.

1. Instituciones. La humanidad reaccionó tardíamente
contra el maltrato a los menores.

Ante tanta barbaridad cometida contra los menores, surgieron varias normas
e instituciones.

En los Estados Unidos de Norte América se creó una organización de
ayuda a niños desamparados, conocida como ?Child Welfare Movement?.

La Sociedad Neoyorquina para la Reforma de los Delincuentes
Juveniles, para servir a niños maltratados y abandonados por sus padres o
familiares, surge en el año 1825-

Luego se fundó en Nueva York la ?Society for Prevention of Cruelty of
Children?, que se constituyó en fuente de inspiración para desarrollar otras
organizaciones contra el abuso infantil en Estados Unidos de Norte América y
Europa.

2. Primer juicio de maltrato infantil. En el año 1874, por primera vez se
ventiló un caso de maltrato infantil de la madre contra su hija
menor de nueve años, nativa de Nueva York y como no existía ninguna ley
que ampare a los seres humanos, la acción fue impulsada por la ?Sociedad
Protectora de Animales?, a donde acudió a denunciar el hecho una
Trabajadora de Caridad. La responsable del caso expresó que ?la menor
merecía
tanta protección como un perro común? (sic).

3. Atención. La atención jurídica y médica a los
menores maltratados empieza en la segunda mitad del siglo XIX. Ambroise
Tardieu, Profesor de Medicina Legal en París, publica en 1868, la primera
monografía sobre maltrato a niños quemados y golpeados hasta la muerte.

Silverman, médico estadounidense, demostró con estudios radiológicos los
efectos no visibles del maltrato infantil.

Antes de terminar el siglo se crean dos instituciones por los derechos de
los menores: 1. ?The Society
for the Prevention of Cruelty to Children?, en Nueva York; y, 2. ?The National Society for the
Prevention of Cruelty to Chlidren?, en Londres.

4. Defensa. En la segunda mitad del siglo XX cobra vida la
defensa de los derechos de los menores, quienes son reconocidos como sujetos de
derechos.

En 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la ?Declaración de los Derechos del Niño?
y, en 1989, se suscribe la ?Convención
sobre los Derechos del Niño?.

En 1962, H. Kempe presenta a la Academia de Pediatría de Estados Unidos de
Norte América un estudio técnico científico denominado ?Síndrome del niño
apaleado?,
que despertó la conciencia sobre los menores víctimas de
maltrato; condujo a la expedición de leyes en defensa de los menores; y,
sensibilizó a los seres humanos sobre el maltrato.

5. Ley Número 75. El alto volumen de querellas
presentadas en Estados Unidos de Norte América por maltrato a menores llevó a
la expedición de la Ley Número 75, de 28
de mayo de 1980,
en la que se precisa que un menor es víctima de
maltrato o negligencia cuando sufre daño o perjuicio o exista riesgo de sufrir
daño o perjuicio en su salud física, mental, emocional o en su bienestar, por
acciones no accidentales de sus padres, otras personas o instituciones
responsables de su cuidado.

V.QUÉ HACER.

En caso de maltrato a los menores, por obligación moral y por mandato
expreso del artículo 73 del Código de la Niñez y Adolescencia, todas las personas tenemos el deber de brindarles protección y
solicitar a las autoridades correspondientes la intervención inmediata.

VI. ELEMENTOS E IDEAS.

En el maltrato o abuso de menores concurren varios elementos y se destacan dos ideas principales:

1a.asimetría de edad, que alude a la
diferencia de edad entre agresor y víctima; y,

2a.abuso de poder, que implica miedo,
el mismo que adquiere un rol dominante en el ámbito social.

El abuso de poder se obtiene por medio de las experiencias y madurez
del agresor. Por esta razón la asimetría de edad se convierte en un factor en
el maltrato, ya que por medio de la edad se pueden descifrar los niveles de
experiencia, madurez y malicia del agresor.

La violencia de los padres refleja falta de ternura y de amor hacia sus
hijos.

VII. CONCLUSIONES.

1. El maltrato destruye la armonía familiar al romper los
lazos de amor y confianza, convirtiéndose en una de las peores ofensas a
la dignidad de los menores.

2. Los menores maltratados
huyen de su hogar, como mecanismo de escape al sufrimiento que padecen.

3. El maltrato a los menores registra índices muy
elevados en la sociedad y es una de las causas de la problemática criminal
social, cuyo producto final es el aumento de la incidencia criminal.

Las estadistas revelan lo siguiente:

Castigados: 27 % de la población de 0 a 10 años
de edad, por lo menos una vez a la semana.

Golpeados: cada 4 de 10 menores de edad.

Maltrato de padres corrigiendo a sus
hijos:
39,9 por
ciento de menores entre 6 y 17 años de edad

.

Violencia física, sexual o
negligencia
: 51 por
ciento de menores, entre seis y once años de edad.

4. El Estado debe consagrar todos los mejores esfuerzos
para atender a los menores.

No hacerlo constituye un tremendo
maltrato.

5. En alto porcentaje, el impacto del maltrato pasa
desapercibido y amortiguado, por sus múltiples variables y por las
características de la víctima.

Silenciarlo es incurrir en
complicidad.

6. Los ?expertos? dirigen su atención al maltrato a los
menores desde la casi concentración en los? malos tratos? de tipo físico, a la
apertura hacia la comprensión de los conceptos de negligencia y de maltrato
emocional, y el problema de los abusos sexuales.

Es hora de ejecutar acciones
concretas y efectivas para enfrentar el maltrato y combatirlo.

7. El maestro Héctor Orbe Calvache decía: ?Qué
equivocados están todos cuantos izan la bandera de la persecución brutal para
los delincuentes, si éstos no son sino los niños maltratados del pasado
cercano?.

8. Para edificar una sociedad humana, libre, justa y
solidaria, es preciso cuidar con especial esmero a los menores, brindándoles la
oportunidad para que sean felices.

Recordando a Gabriel García Márquez, nos corresponde avanzar hacia ?una
nueva y arrasadora utopía de la vida, donde nadie pueda decidir por otros hasta
la forma de morir, donde de veras sea cierto el amor y sea posible la
felicidad, y donde las estirpes condenadas a cien años de soledad tengan por
fin y para siempre una segunda oportunidad sobre la tierra?.

9. Hay que realizar campañas sostenidas de combate al
maltrato a los menores, teniendo en cuenta que son seres en formación.

La responsabilidad de esta tarea
debe ser asumida por todas las personas.

10. Pedro José Proudhon considera que ?La justicia es una
facultad que puede ser desarrollada y ese desarrollo es lo que constituye
la educación de la raza humana?.

Siempre será preciso educar a la raza humana- la única que existe- hasta
que asuma plena conciencia que, para vivir en armonía, hay que tener el coraje
de eliminar el maltrato.

Para ser dignos de pertenecer a la especie humana debemos educarnos para no
mal-tratar a los menores, que necesitan Amor, ternura, consideración y
respeto.

Finalmente, y según Mark Twain: ?La
edad es un tema de la mente sobre la materia. Si no te importa, no importa?.