LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN - Derecho Ecuador
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LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN

LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN

Ley 0
Registro Oficial Suplemento 151 de 28-feb.-2020
Estado: Vigente

ASAMBLEA NACIONAL

REPÚBLICA DEL ECUADOR

Oficio No. SAN-2020-1526

Quito, 21 de febrero de 2020

Ingeniero
Hugo del Pozo Barrezueta
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL

En su despacho.-

De mis consideraciones:

La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó la LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN.

En sesión de 18 de febrero de 2020, el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se pronunció sobre la objeción parcial de la referida Ley, presentada por el señor licenciado Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

Por lo expuesto, y tal como dispone el artículo 138 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, acompaño el texto de la LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN, para que se sirva publicarlo en el Registro Oficial.

Atentamente,

f.) DR. JAVIER RUBIO DUQUE
Prosecretario General Temporal.

ASAMBLEA NACIONAL
REPÚBLICA DEL ECUADOR

CERTIFICACIÓN

En mi calidad de Prosecretario General Temporal de la Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que los días 07 de agosto y 05 de septiembre de 2019, la Asamblea Nacional discutió en primer debate el “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN” y, en segundo debate el día 07 de enero de 2020, siendo en esta última fecha aprobado. Dicho proyecto fue objetado parcialmente por el Presidente Constitucional de la República, el 8 de febrero de 2020. Finalmente, y de conformidad con lo señalado en el artículo 138 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, fue aprobada la “LEY ORGÁNICA DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN”, por la Asamblea Nacional el 18 de febrero de 2020.

Quito, 20 de febrero de 2020.

f.) DR. JAVIER RUBIO DUQUE
Prosecretario General Temporal.

REPÚBLICA DEL ECUADOR

Asamblea Nacional

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