¿Las audiencias de femicidio son o no reservadas? - Derecho Ecuador
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¿Las audiencias de femicidio son o no reservadas?

RESPUESTA

Art . 562 del COIP: “Publicidad de las audiencias.- Las audiencias son públicas en todas las etapas procesales.

Son reservadas las audiencias sobre delitos contra la integridad sexual y reproductiva, violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar y contra la estructura del Estado constitucional.”

Art. 141 ibídem: “Femicidio.- La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.”

Consideramos que, usando el método de interpretación sistemático, bajo un enfoque de género, y tomando en cuenta que el delito de femicidio es pluriofensivo, (la vida de la mujer por el hecho de ser tales en un contexto social cultural que les ubica en posiciones, roles o funciones subordinadas) la excepción que se encuentra determinada en el segundo inciso del artículo 562 del COIP, abarca al delito de femicidio, tanto más que esta conducta constituye un reflejo máximo de manifiesta violencia contra la mujer, por ende las audiencias en estos casos deben ser reservadas.

 

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Dentro del marco jurídico ecuatoriano, tenemos que la acción de habeas corpus es el mecanismo jurídico por el cual una persona que se considere en ilegal, arbitraria e ilegítima manera detenida, pueda ejercer la acción respectiva, con la finalidad de recobrar su libertad.

El Dr. Mariño Bustamante analiza el Art. 162 COIP (secuestro extorsivo). Explica que la conjunción disyuntiva "u" ("...otra infracción u obtener dinero...") demuestra dogmáticamente que el delito tiene dos propósitos alternativos, no acumulativos.

Este tema es de vital relevancia para fortalecer la confianza pública en el sistema judicial, ya que permite distinguir entre la legítima discrepancia jurídica y aquellas actuaciones que ameritan una sanción disciplinaria, pues, busca equilibrar la independencia judicial con la responsabilidad de quienes imparten justicia en el país.

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