EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL:

A LA SEÑORA KLINGENSMITH DENISE MICHELLE

ACTOR: ORIENTE SEGUROS S.A.

DEMANDADA: ESPINOSA ENRIQUEZ FABIAN GONZALO FERNANDO, VACAS SALAZAR AMPARO MARIA DEL ROCIO y KLINGENSMITH DENISE MICHELLE

JUICIO No: 17230-2019-12805

CUANTIA: USD. 225.000,oo

TRAMITE: EJECUTIVO

OBJETO: A REEMBOLSAR DE FORMA INMEDIATA A ORIENTE SEGUROS S.A., LA CANTIDAD DE USD. 17.383,55 POR CONCEPTO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y LA SUMA DE USD. 17.835,50 POR CONCEPTO DE BUEN USO DE ANTICIPO, MÁS EL PAGO DE LOS INTERESES CONVENCIONALES, MÁS EL PAGO DE INTERÉS DE MORA SOBRE LOS MONTOS OBJETOS DEL REEMBOLSO, LA TASA DEL 2% ESTABLECIDO EN EL LITERAL C DEL CONVENIO PARA EMISIÓN DE PÓLIZA DE FIANZAS, MÁS EL PAGO DE COSTAS Y GASTO ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS Y AL PAGO DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES.- SE CONCEDE EL TÉRMINO DE 15 DÍAS A LA DEMANDADA SEÑORA KLINGENSMITH DENISE MICHELLE PARA QUE PROPONGA UNA O MÁS EXCEPCIONES TAXATIVAS DEL ART. 353 DEL COGEP, BAJO PREVENCIÓN QUE DE NO HACERLO SE PRONUNCIARÁ INMEDIATAMENTE SENTENCIA Y ESA RESOLUCIÓN NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE RECURSO ALGUNO, EN CUMPLIMIENTO AL ART. 352 DEL COGEP.-

JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA

DEFENSOR: AB. MARÍA CAMILA ANDRADE MORENO

FECHA DE INICIO: 01-08-2019

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 10 de septiembre del 2019, las 16h00. VISTOS: Cumplido lo ordenado en autos inmediatos anteriores y por merecer al momento procesal de la causa, se dispone: 1) La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) CÍTESE a la parte demandada, el/los señor/a/es: de la siguiente forma: 2.1. CÍTESE a la parte demandada señor ESPINOSA ENRIQUEZ FABIAN GONZALO FERNANDO, con número cedula de ciudadanía 1702403252 en calidad de deudor principal, con la demanda y este auto, en virtud al juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se citará por medio de publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, por medio de secretaría remítase a la casilla judicial de la parte actora, el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento con la diligencia de citación. 2.2. CÍTESE a la demandada señora AMPARO MARIA DEL ROCIO VACAS SALAZAR, en calidad de deudora solidaria; en el lugar que se indica en el libelo de la demanda; de conformidad con lo establecido en el Art. 53 y siguientes del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones (la parte actora deberá acercarse a esta Unidad a fin de proporcionar las copias necesarias). 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada, la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Actúe la Ab. María Lourdes Taya, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 17 de septiembre del 2020, a las 08h50. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Atento lo solicitado, se dispone: Una vez que ha sido subsanada la excepción previa de conformidad con el numeral 3 del Art. 153 del Código Orgánico General de Procesos, referente a la “Falta de legitimación en la causa o incompleta conformación de Litis consorcio”, dentro del término legal que tenía para hacerlo, al haber presentado el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del cual consta que la señora KLINGENSMITH DENISE MICHELLE, en calidad de demandada, registra una salida del Ecuador con destino a Estados Unidos, sin que se encuentre inscrita en el ningún Registro Consular del país, de conformidad a lo prescrito en el Art. 56 Ibídem, se dispone que la señora KLINGENSMITH DENISE MICHELLE, sea citada a través de la prensa. A través de secretaría envíese el respectivo extracto para realizar la citación a la demandada.- NOTIFÍQUESE.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de septiembre del 2020, a las 09h00. Agréguese al proceso el escrito que antecede. En atención al mismo se dispone: A través de secretaría, sírvase amplir el contenido del extracto, de conformidad con el numeral 5 del escrito que se atiende.- NOTIFÍQUESE.-

Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa.

AB. MARIA LOURDES TAYA A.

SECRETARIA

Hay firma y sello

001-003-0249/ms