RESPUESTA

En materia laboral respecto de las vacaciones rige la norma del Art. 69 del Código del Trabajo o de la contratación colectiva que puede mejorar este derecho.

Existen diferencias entre las vacaciones anuales de los servidores públicos y de los trabajadores privados o del Estado.

No obstante lo dicho, los juzgadores están en la obligación de aplicar la norma, pero si la consideran discriminatoria y que atenta a garantías constitucionales, puede elevar a consulta de la Corte Constitucional conforme el Art. 428 de la Constitución.

Cualquier cambio requiere de una reforma legal.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia