El nuevo Proceso Penal

Dr. Ricardo Vaca Andrade
PROFESOR DE D.PENAL Y D. PROCESAL PENAL

E L PROCESO PENAL INSTAURADO EL 10 DE JUNIO DE 1983, a raíz de la vigencia del sistema procesal penal previsto en esa ley que intuía para evitar la impunidad de los infractores, no habría fracasado de haber contado con la buena voluntad de todos los que ahora se identifican como operadores del proceso penal, la incipiente Policía Judicial nunca quiso asumir su rol como efectivo auxiliar de la Administración de Justicia penal con la cual cimentó un mal disimulado antagonismo; el Ministerio Público jamás asumió su papel protagónico como sujeto principal del drama penal y mantuvo una actitud contemplativa antes que activa y dinámica; los jueces penales permitieron que las actuaciones probatorias se cumplan superficialmente más para llenar formalidades, acumular fojas y multiplicar expedientes, antes que dedicarse a descubrir la verdad para poder juzgar con acierto.

Dislocación del sistema vigente

Nadie ha cumplido jamás los plazos previstos en el C.P.P. de 1983. ¿Cómo podía, entonces, esperarse que funcione un sistema procesal penal que se sustentaba en acciones y decisiones concatenadas e independientes, ejecutadas por jueces y funcionarios esencialmente responsables de sus actos?

Se dislocó totalmente el sistema cuando más valor que a los conocimientos especializados, al estudio sacrificado y al ejercicio honrado de la profesión de Abogado se dio a ¨habilidades¨ carentes de ética con las que se promovieron ilegales acciones penales por inexistentes delitos, corrompiendo a judiciales entrabando procesos ya iniciados, demorándolos indefinidamente y congestionándolos hasta lograr que por cansancio la sociedad se olvide de los grandes delincuentes, en tanto se ensañaba con los pequeños que incrementaban el número de presos sin sentencia.

Surgió, entonces, la oportunidad que se necesitaba para reconocer expresamente que ante la ineficacia legal e inoperancia judicial debían señalarse plazos para la caducidad de la prisión preventiva de aquello que mantiene la justicia y los exhibe como prueba de su eficacia.

Un sistema penal ágil

La corriente doctrinaria extranjera y los reclamos por la impunidad imperante en el Ecuador terminaron por convencer aún a los más escépticos que era necesario diseñar un sistema procesal penal ágil en el que la actividad investigativa se encomiende al Ministerio Público y a la Policía Judicial a fin de que, únicamente los casos en que se pueda determinar un sujeto imputable se conviertan en procesos penales; así, los sumarios abiertos con ligereza ¨para descubrir autores¨ tendrán que desaparecer de las distorsionadas estadísticas judiciales que señalan cifras astronómicas de ¨procesos en trámite¨ y acrecientan el desprestigio de la Función Judicial. Esto solo ya será un cambio positivo.

El nuevo rol del Juez penal como garante de los derechos de los involucrados en el proceso penal, y como verdadero ¨juzgador¨ de las actuaciones investigativas previas, a cumplirse en la fase investigativa y en la Instrucción Fiscal permiten confiar en sus actuaciones ponderadas y meditadas. No obstante, tenemos dudas respecto al acopio de evidencias por parte de los agentes fiscales y Policía Judicial sin que el sospechoso o imputado tenga el derecho constitucional a contradecirlas con oportunidad en el ejercicio fundamental al debido proceso.

Esperanza en el nuevo sistema

Son muchos los que confiados esperan que a partir del 13 de julio del 2001, con la vigencia completa del nuevo CPP y el nuevo sistema procesal penal las cosas cambien.
La mayoría de ecuatorianos desconoce en detalle los cambios que se van a producir pero anhelan que la impunidad termine en los próximos años. Algunos prefieren señalar las inconstitucionalidad del nuevo CPP, en tanto que otros abrigamos la esperanza de que el nuevo sistema funcione en forma aceptable a las graves fallas y deficiencias de la ley procesal que lo regula.

Pero ni siquiera una ley procesal penal elaborada por legisladores perfectos resultará efectiva si no se produce un compromiso nacional para hacer que el nuevo proceso penal funcione. Ello se logrará cuando cada uno de los operadores del sistema asuma su parte del compromiso y cumpla estrictamente sus obligaciones con responsabilidad pese a todas las limitaciones y deficiencias con las que debemos emprender este camino plagado de obstáculos y dificultades. En el cambio iremos aprendiendo, componiendo y mejorando: con voluntad, con decisión , con entusiasmo y con deseo de ser mejores.