El delito de plagio en el Ecuador

Dr. Ramiro José García Falconí

EN VISTA DE LOS MÚLTIPLES CASOS de secuestro que han conmocionado a la opinión pública por la estela de muerte y destrucción que han dejado tras de sí, se ha propuesto por varios juristas, reformas al Código Penal tendientes en síntesis al endurecimiento de las penas para los delitos considerados como «violentos», especialmente en lo que al plagio, robo, homicidio y asesinato se respecta.

Interrogantes sin resolver

Muy respetable por cierto esta posición, sin embargo nos deja una serie de interrogantes sin resolver.
La primera de ellas, obviamente se refiere al origen de dichas infracciones, pues si bien podríamos considerar que el potencial delincuente encuentra en la exigua sanción un fundamento más para cometer su crimen, no es menos cierto que la lentitud y corrupción de nuestro sistema judicial y fuerza pública, que prácticamente garantizan la impunidad del infractor, así como la enorme desigualdad económica imperante en nuestra sociedad, se presentan como razones de mucho mayor peso.

Definición del plagio

En el presente trabajo, nos referimos básicamente a la figura delincuencial del plagio, es decir el fraudulento apoderamiento de una persona, con el objeto de obtener alguna forma de beneficio económico o retribución por su libertad.
El tratadista español Guillermo Cabanellas, define el plagio como «la detención o retención forzosa de una persona, para exigir por su rescate o liberación de una cantidad u otra cosa sin derecho, como prenda ilegal».
Por su parte, el ilustre penalista italiano Francesco Carrara, lo conceptúa como «la sustracción de una persona con fines de lucro y venganza, hecha por medio de violencia o fraude».
En nuestro Código Penal, en el Art. 188, se establece: «El delito de plagio se comete apoderándose de otra persona por medio de violencias, amenazas, seducción o engaño, sea para venderla o ponerla contra su voluntad al servicio de otro, o para obligarla a pagar un rescate, o entregar una cosa mueble o extender, entregar o firmar un documento que surta o pueda surtir efectos jurídicos, o para obligar a un tercero a que ejecute uno de los actos indicados, tendiente a la liberación del secuestrado».

Variadas situaciones

Repugna a la razón el que se prive de su libertad a una persona, con el único objeto de conseguir una cantidad de dinero a cambio, con el agravante de que de no atenderse a sus requerimientos, los captores no vacilan en asesinar al plagiado. Resulta aún más odioso, cuando se utiliza como blanco a niños o personas que no tienen posibilidad alguna de defensa. Sin embargo, cabe preguntarse si un endurecimiento de la pena va a resolver el problema de la lentitud e ineficiencia con que se maneja nuestra Función Judicial; si por otra parte, va a sanear el problema de la corrupción que impera en la institución policial, en la que ya el escándalo es lugar común y, por sobre todo, si con el agravamiento de la sanción se va a conseguir una distribución mas equitativa de la riqueza, que elimine el atractivo económico, que evidentemente es la causa principal de la infracción que analizamos.

Estadísticas alarmantes

Las estadísticas internacionales, colocan al Ecuador como uno de los países más pobres del Mundo, en el que, gracias a las medidas de la corte neoliberal de algunos gobiernos, se ha profundizado aun más la brecha que separa a los diferentes grupos económicos, habiéndose prácticamente eliminado a la clase media para insertarla en los niveles más bajos de la pobreza.
Con estas premisas, cómo podemos asombrarnos de la ola de secuestros que viene sufriendo nuestro país, si resulta por demás evidente, que las desigualdades económicas son un magnífico caldo de cultivo para la aparición de figuras delictivas como las antes mencionadas.
Considero poco conveniente, convertir a Dracón en el Santo Patrono de la legislatura, sin antes haber resuelto las verdaderas causas que generan las infracciones que se pretenden castigar más duramente. Mientras no se logre una cabal despolitización de la Función Judicial, que permita una mayor rapidez y eficacia en su accionar, el delincuente siempre partirá de una premisa de impunidad que le permitirá incursionar con alguna tranquilidad en sus conductas socialmente dañosas.

Saneamiento en la institución policial

Mientras no se realice un completo saneamiento de la institución policial, que permita una mayor profecionalización y por sobre todo la absoluta eliminación de la aureola de la corrupción que rodea a la misma, jamás podremos contar con la seguridad interna en nuestro país y, finalmente, mientras quienes detentan el poder político y sobre todo económico, no permitan un reparto más equitativo de la riqueza en el Ecuador, ya sea a través de una mejor distribución del ingreso, así como mediante la implementación de medidas de carácter social, las figuras delictivas se irán multiplicando y por qué no decirlo agavando, como ha sucedido en nuestro vecino del norte, Colombia, en donde ya se experimentó el endurecimiento de penas para ciertos delitos, entre ellos el plagio, lo cual no produjo ni remotamente el resultado deseado, por no haberse atendido primeramente a las reales causas de dichas infracciones.

Las reformas al Código Penal

Deberán tener como antecedente profundos cambios de tipo jurídico, social y económico, a fin de que puedan gozar de la eficacia que debe investir a toda norma jurídica, pues de lo contrario, nos encontraremos con que mediante tales modificaciones no se ha logrado resultado alguno.
Si pretendemos reformar en forma inmediata nuestro ordenamiento positivo penal, creo necesario comenzar, no por aquellos delitos cometidos por quien durante su vida a sido sujeto de la marginalidad y la ingnorancia, sino por las infracciones cometidas por sujetos, que habiendo tenido todas las posibilidades y opciones que ofrece nuestra sociedad, han adoptado por atentar contra bienes jurídicos del más alto valor.

Algunos delitos nuevos

El banquero que mediante sus actividades financieras hace posible que el narcotraficante continúe alienando a nuestra juventud; el funcionario de gobierno que se apropia de los dineros de todo un pueblo, utilizando en beneficio propio recursos que deberían ser invertidos en mejorar el nivel de vida de la población; el Juez Penal, que por dinero o intereses personales, viola sus mas sagrados deberes con la justicia y la ley; el supuesto experto en inversiones que fraudulentamente se hace entregar valores, en sufrir el agavamiento de las penas con las que se castiga a aquellos delitos. No debemos olvidar que la norma jurídica es letra muerta, si no responde a la realidad social y económica imperante en el territorio donde va a regir.