El Código de la Niñez y Adolescencia

Por: Dr. Manuel Posso Zumárraga
Consultor en Calidad y Productividad

E L ECUADOR FUE EL PRIMER PAÍS LATINOAMERICANO en ratificar la Convención Internacional de los Derechos del Niño y tercero en el mundo. Se comprometió a adecuar su sistema jurídico a los requerimientos de la Convención y a la Constitución Política de la República.

La idea original de contar con un texto normativo para la niñez y la adolescencia estuvo asociada desde su nacimiento, a la convicción de que debía ser el producto de un extenso y profundo proceso de participación ciudadana, contraria a la costumbre de dictar leyes preparadas por pequeños grupos de técnicos o profesionales del derecho, sin la consulta ciudadana. En cambio, en el proceso de estructuración y aprobación del presente Código, según «Defensa de Niños Internacional (DNI), la consulta operó en 29 ciudades del país y en varios sectores rurales por parte de una vasta red de organizaciones que han venido trabajando desde mas de una década, por los derechos de los niños y adolescentes como es DNI.

Estructura del Código

El Código de la niñez y la adolescencia, es un conjunto de normas jurídicas que regula el ejercicio y la protección de sus derechos (Art. 1 del Código).

El Código está dividido en 4 libros

El Libro I.- Se denomina «Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos». En este Libro, encontramos definiciones, principios, derechos, deberes y garantías.»

El Código tiene la finalidad de asegurar la protección integral a la niñez y adolescencia (Art. 1).

Niño/a es todo ser humano que no ha cumplido doce años y adolescente todo ser humano entre doce y 18 años (Art. 4 )

Los principios fundamentales son la igualdad y no discriminación( Art. 6 ), la corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia (Art., 8) el interés superior de los niños (Art. 11) los niños/as son prioridad absoluta en la formulación y ejecución de políticas (Art. 12 ), el ejercicio de derechos es progresivo (Art. 13 ).

Los derechos están divididos en 4 grandes grupos, derechos de supervivencia (Art.20-32), derechos relacionados con el desarrollo (Art. 33-49), derechos de protección (Art. 50-58), derechos de participación (Art. 59-66) y derechos de protección especial (Art.67-95)

El Libro II.- Denominado «El niño, la niña y adolescente en sus relaciones de familia». En este libro se define la familia, se reconoce su función fundamental en el desarrollo de los niños y se establecen mecanismos para protegerla. El espacio privilegiado para ejercer la ciudadanía es la familia. La familia es el primer lugar donde se promueve o se violan los derechos. De ahí que se entienda a la patria potestad no solo como autoridad para administrar bienes sino como el deber y el derecho de los progenitores para velar por el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.

Se regula las relaciones del niño/a con su familia.

– La patria potestad (Art. 104 ­117)
– La tenencia (Art. 118-122)
– El derecho a visitas ( Art. 122-125)
– El derecho a alimentos ( Art. 126-147)
– El derecho de la mujer embarazada a alimentos ( Art. 148-150)
– La adopción (Art. 151-189)

El Libro III.- Se denomina «Del Sistema Nacional de Descentralizado de Protección Inegral de la Niñez y adolescencia» (el sistema). Sin el sistema los derechos que están en el Libro I y Libro II serían meras declaraciones.
El sistema tiene por objeto, asegurar el ejercicio y garantía de todos los derechos de los niños y niñas. Para ello, el Sistema optimiza, reestructura y fortalece las instituciones públicas y privadas, tanto a nivel nacional como a nivel local (Municipal).

El Sistema tiene tres niveles de organismos:

1.- Organismos de definición, planificación, control y evaluación de políticas (Art. 193).

a) El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (Art. 194-198)
b) La Secretaría Ejecutiva del Congreso Nacional (Art. 199-200)
c) Las Defensorías Cantonales de la Niñez y Adolescencia (Art. 201. 204)
d) Consejos consultivos de niños , niñas y
adolescentes (Art. 198)

2.- Organismos de protección, defensa y exigibilidad de derechos

a) La Administración de justicia de la niñez y la adolescencia (Art. 255.297)
b) Las Juntas Cantonales de protección de derechos (Art. 205-207)
c) Las Defensorías comunitarias (Art. 2º8 )
d) La policía especializada de niños, niñas y adolescentes
e) La Defensoría del Pueblo.

3.- Organismos de ejecución (Art. 209-214)

a) Entidades públicas
b) Entidades privadas.

El sistema opera, para asegurar la protección integral, a través de tres tipos de acciones:

– Las políticas públicas (Art. 193)
– Las medidas de protección (Art. 215-234), como la inserción familiar , la custodia , el acogimiento familiar e institucional, la adopción )
– Las infracciones y sanciones , que es la consecuencia grave de las violaciones a derechos de los niños /AS (Art. 245-254)

El libro IV.- Se denomina «Responsabilidad del Adolescente Infractor» . En este libro, consecuentes con el principio de que los adolescentes son sujetos de derechos, se reconoce sus responsabilidades cuando violan los derechos de otros.

Esto implica que sean tratados igual que los adultos( inimputabilidad, otros jueces y otro trato cuando son considerados responsables). Se regula :

– Los principios, derechos y garantías en el Juzgamiento (Art. 305.322)
– Las medidas cautelares (Art. 323-333)
– El juzgamiento de infracciones. Los sujetos procésales, las etapas del procedimiento (Art. 334-368)

Las medidas socio-educativas (Art. 369-386)
La prevención de la infracción penal (Art. 387-389)

Avances importantes del Código de la Niñez y la Adolescencia

1. El Código incorpora y define todos los principios, derechos y avances normativos que se han reconocido mundialmente, como el interés superior de los niños, niñas y adolescentes y la lucha contra la explotación sexual.

2. El Código fortalece a la familia desde diversas perspectivas y asigna a la familia la responsabilidad principal respecto al cuidado y protección de los niños y niñas, por ejemplo, reconoce que es el espacio fundamental en el que se ejercen y se promueven los derechos humanos de la niñez y adolescencia y es la figura primordial entre las medidas de protección a la niñez y adolescencia.

3. El Código reconoce el derecho a la participación del niño y niña en todo lo que le concierna y establece mecanismos, tanto judiciales como políticos, para que sea efectiva.

4. El Código da un paso al reconocimiento de derechos (que se lo dio al ratificar la Convención de los Derechos de los niños, al establecer varios artículos en la Constitución y al reformar el Código de Menores en 1.993) hacia la protección, al crear el sistema de protección integral.

5. Los mecanismos Administrativos. Las Juntas cantonales y las Defensorías comunitarias tienen varias virtudes, descongestionan los casos que llegan a la administración de justicia formal, su mecanismo de solución implica un proceso dediálogo que fortalecerá la cohesión social, son espacios de fácil acceso, eficaces para atender a niños, niñas y adolescentes en su vida cotidiana.

6. Existen mas espacios donde un niño, niña o adolescente pueda acudir para proteger sus derechos.

7. Se reconoce un capítulo entero a los recursos del sistema. No cabe mezquinar recursos para el sistema de protección integral en países como el nuestro en el que más del 90% de niños, niñas y adolescentes sufren maltrato físico, 30 % abuso sexual, uno de cada dos pobres son niños/as. 406.000 niños y niñas tienen algún tipo de desnutrición, 10% de niños y niñas de 6 a 11 años no asiste a la escuela primaria (SIISE, 2000)

8. Se crea la figura del Fiscal y del Defensor para ser consecuentes con las garantías del debido proceso. Sin estos actores, el Tribunal de Menores, concentraría todas las funciones en una persona: defiende y acusa al mismo tiempo, lo que hace del juzgador parcial y arbitrario.

En el Código actual, el juzgador es imparcial e independiente y vela por los derechos de todos. Se describe al procedimiento dividido en etapas, que corresponden a un modelo acusatorio, que es históricamente respetuoso del «debido proceso».