E N EL CÓDIGO CIVIL DEL PAÍS se recogen los principios generales que imperan en el Derecho y que establecen algunas reglas sobre la ley y sus efectos.

Reglas de la Ley y sus efectos

Entre éstas tenemos las siguientes:

La irretroactividad de la Ley, lo que significa que ella sólo dispone para lo venidero y no rige para quellos hechos o actos anteriores a su vigencia. Esto es lo que quiere decir que la Ley no tiene efecto retroacivo;

La ignorancia o desconocimiento de una Ley no puede ser invocada como excusa o medio de defensa, pues por el efecto territorial que tiene la Ley, ésta obliga a todos los habitantes de un Estado incluídos los extranjeros, y se presume conocida por todos;

Las leyes dejan de regir o pierden su vigencia (y sus efectos) cuando son derogadas. La derogación puede ser total o parcial, expresa o tácita. Es expresa cuando la nueva ley manifiesta claramente que deroga la antigua, es tácit si la nueva ley contioene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la Ley anterior, pero quedarían vigentes las disposiciones que no están en pugna (aunque verse sobre la misma materia).
Sin embargo, una Ley nueva de carácter general no puede derogar tácitamente a un Ley especial anterior, para que ésto suceda tiene que hacerlo de modo expreso.

Cuando una Ley contiene disposiciones generales y especiales que entre sí están en conflicto u oposición, prevalecen las disposiciones especiales.

De igual manera, prevalece una Ley de carácter especial sobre otra de carácter general.