REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Jueves, 15 de Mayo de 2008 – R. O. No. 337

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FUNCION EJECUTIVA

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DECRETOS:

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1008-A Acéptase la renuncia del ingeniero Jorge Troya Fuertes, al cargo de Coordinador General del Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática, SIGOB

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1009-C Hasta que se designe al Coordinador General del Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática, SIGOB, encárgase al Jefe del Despacho Presidencial, para que desempeñe dichas funciones

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1052 ……. Refórmase el Decreto Ejecutivo Nº 387 de 11 de junio del 2007, publicado en el Registro Oficial Nº 110 de 21 de junio del 2007

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1054 ……. Declárase en comisión de servicios y confórmase la comitiva oficial que acompañará al Jefe de Estado Ecuatoriano a Managua-Nicaragua el 7 de mayo del 2008

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1055 ……. Mientras dure la ausencia del país del señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, deléganse atribuciones al licenciado Lenín Moreno Garcés, Vicepresidente Constitucional de la República

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ACUERDOS:

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MINISTERIO DE GOBIERNO:

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083 ……… Apruébase el Estatuto Reformado de la Fundación “Hermanos Terciarios de los Sagrados Corazones de Jesús y de María de la Madre Virgen de la Cascada”, con domicilio principal en el cantón Caranqui, provincia de Imbabura

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MINISTERIO DE INCLUSION

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ECONOMICA Y SOCIAL:

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0447 ……. Autorízase el funcionamiento del Centro de Desarrollo Infantil “Nuevos Amigos Christian School”, ubicado en el cantón Quito, provincia de Pichincha

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0448 ……. Autorízase el funcionamiento del Centro de Desarrollo Infantil “Erik Erikson”, ubicado en el cantón Quito, provincia de Pichincha

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0449 ……. Derógase el Acuerdo Ministerial Nº 0067 de 16 de octubre del 2002

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MINISTERIO DE RELACIONES

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EXTERIORES:

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-………. Convenio Básico de Cooperación Técnica y Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y Family Care Internacional

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SECRETARIA NACIONAL DE

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PLANIFICACION Y DESARROLLO:

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136-2008 Expídese el Reglamento interno para la adquisición de bienes muebles, la ejecución de obra y la prestación de servicios no regulados por la Ley de Consultoría y el arrendamiento mercantil con opción a compra de la SENACYT, cuyos montos sean inferiores a lo establecido en la Codificación de la Ley de Contratación Pública para el Concurso Público de Ofertas

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RESOLUCIONES:

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CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA:

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007 CNNA-2008 Exprésase al doctor Guillermo Tapia Nicola, su reconocimiento por la labor desarrollada a favor de la niñez y adolescencia, como miembro delegado permanente de la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas ante el CNNA

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008-CNNA-2008 Desígnase a la licenciada Blanca Pacheco, miembro del Comité de Asignación Familiar Regional Sur

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009-CNNA-2008 Desígnase a la licenciada Marcy Guillén, miembro del Comité de Asignación Familiar Regional Sur

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DIRECCION GENERAL DE

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AVIACION CIVIL:

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050 ……… Modifícase la Regulación Técnica Parte 91, mediante la inclusión de la Subparte N

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ORDENANZA METROPOLITANA:

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0013 ……. Concejo Metropolitano de Quito: Que expide la Ordenanza Especial del Proyecto Urbanístico “El Condado, San Enrique de Velasco” del Fondo de Cesantía del Magisterio Ecuatoriano

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ORDENANZA MUNICIPAL:

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-………. Cantón Girón : Que sanciona el avalúo de la propiedad inmueble urbana y regula la aplicación y el cobro del impuesto predial urbano para el bienio 2008-2009

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No. 1008-A

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Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

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REPUBLICA

n

n

Considerando:

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n

En consideración a la renuncia presentada por el ingeniero Jorge Troya Fuertes, al cargo de Coordinador General del Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática, SIGOB; y,

n

n

En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 171, número 10 de la Constitución Política de la República,

n

n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- Aceptar la renuncia del ingeniero Jorge Troya Fuertes al cargo de Coordinador General del Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática, SIGOB, agradeciéndole por los valiosos servicios prestados al país desde las funciones que le fueron encomendadas.

n

n

n

Art. 2.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 7 de abril del 2008.

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n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n n

No. 1009-C

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1008-A de 7 de abril del 2008, se aceptó la renuncia presentada por el ingeniero Jorge Troya Fuertes, al cargo de Coordinador General del Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática, SIGOB; y,

n

n

En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 171, número 10 de la Constitución Política de la República, y el artículo 11 letra x) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- Hasta que se designe al Coordinador General del Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática, SIGOB, encárguese al Jefe del Despacho Presidencial para que desempeñe dichas funciones.

n

n

Art. 2.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 8 de abril del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública.

n

n

No. 1052

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 3389, publicado en el Registro Oficial No. 733 de 27 de diciembre del 2002, se creó el Sistema de Información y Gestión para la Gobernabilidad – SIGOB, con el propósito de fortalecer la capacidad de gestión estratégica y operacional de la Presidencia de la República;

n

n

Que la Presidencia de la República debe generar y mantener condiciones de gobernabilidad democrática en el Ecuador que garanticen la efectiva vigencia de los derechos de los ciudadanos y el cumplimiento de las metas de Gobierno y sus compromisos;

n

n

Que el Sistema de Información y Gestión para la Gobernabilidad – SIGOB constituye un sistema de programación y gestión de la agenda estratégica de gobernabilidad para mejorar la capacidad de programación y gestión estratégica del Gobierno Nacional;

n

n

Que mediante Acuerdo No. 330 de 11 de abril del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 323 de fecha 24 de abril del 2008 , el Secretario General de la Administración Pública y Comunicación creó la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control;

n

n

Que en el afán de racionalizar las instituciones e instancias administrativas del Gobierno, con la finalidad de hacerlos más eficientes y eficaces, es necesario que las funciones y actividades que venía ejerciendo el SIGOB sean transferidas a la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control; y,

n

n

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 171 numero 9 de la Constitución Política de la República, y el artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

Decreta:

n

n

Expedir las siguientes reformas al Decreto Ejecutivo No. 387 de 11 de junio del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 110 de 21 de junio del 2007.

n

n

Artículo 1.- En al artículo 1 sustitúyase la frase «la misma que estará a cargo de un Coordinador General, que será de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República» por «el mismo que estará a cargo del Subsecretario de Organización, Métodos y Control».

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n

Artículo 2.- Sustitúyase el artículo 6 por el siguiente:

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n

«Art. 6.- El Subsecretario de Organización, Métodos y Control, dictará los acuerdos y resoluciones necesarios para la buena marcha del SIGOB, y designará y removerá a los asesores y especialistas a ser contratados, de acuerdo con la Ley».

n

n

Artículo 3.- En el artículo 7 sustitúyase la frase «Coordinador General» por «Subsecretario de Organización, Métodos y Control».

n

n

Art. 4.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de abril del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública.

n

n

No. 1054

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 171, numeral 10 de la Constitución Política de la República,

n

n

Decreta:

n

n

Artículo primero.- Declarar en comisión de servicios y conformar la comitiva oficial que acompañará al Jefe de Estado Ecuatoriano a Managua-Nicaragua el 7 de mayo del 2008, como motivo de asistir a la Cumbre Presidencial Soberanía y Seguridad Alimentaria “Alimentos para la Vida”.

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n

· Señora María Isabel Salvador, Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

· Economista Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

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n

· Economista Raúl Sagasti Lupera, Ministro de Industria y Competitividad.

n

n

· Doctora Susana Cabeza de Vaca, Ministra Coordinadora de la Producción.

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n

· Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro Coordinador de la Política.

n

n

Artículo segundo.- Las delegaciones y atribuciones para cada uno de los ministros de Estado, en su ausencia, se regirán a lo prescrito en el Decreto Ejecutivo No. 131 del 23 de febrero del 2007 y publicado en el Registro Oficial 35 del 7 de marzo de igual año.

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n

Artículo tercero.- Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.

n

n

Artículo cuarto.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de mayo del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública.

n

n

No. 1055

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 169 de la Constitución Política de la República,

n

n

Decreta:

n n

Artículo primero.- Mientras dure la ausencia del país del señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, el 7, 8 y 9 de mayo del 2008, a Managua-Nicaragua y a los Estados Unidos de América, deléguese al señor licenciado Lenín Moreno Garcés, Vicepresidente Constitucional de la República, el ejercicio de las atribuciones a las que se refieren los artículos 153, 171, 180, 181 y 182 de la Constitución Política de la República.

n

n

Artículo segundo.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de mayo del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública.

n

n

n

Nº 083

n

n

MINISTERIO DE GOBIERNO

n

n

Lcdo. Felipe Abril Mogrovejo

n

SUBSECRETARIO DE COORDINACION POLITICA

n

n

Considerando:

n

n

Que, el Presidente de la Fundación «Hermanos Terciarios de los Sagrados Corazones de Jesús y de María de la Madre Virgen de la Cascada», aprobada con Acuerdo Ministerial Nº 0704 de 7 de julio de 1995, solicita la aprobación y registro del Estatuto Reformado de esa Entidad Social y Religiosa, según lo resuelto en asambleas generales de 5, 12 y 19 de enero del 2008;

n

n

Que, la Ley de Cultos, expedida en el Decreto Supremo 212, promulgado en el Registro Oficial 547 de 23 de julio de 1937, en su Art. 4 determina: Siempre que ocurriere alguna modificación en los estatutos o en el personal de la corporación administrativa, lo mismo que cuando cambiare el personero o representante de dicha entidad, se comunicará al Ministerio de Cultos para que este ordene que se tome nota en los respectivos registros;

n

n

Que, el Reglamento de Cultos Religiosos, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 1682, publicado en el Registro Oficial Nº 365 de 20 de enero del 2000, en su Art. 12 faculta al Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos, conocer y aprobar las reformas estatutarias que presenten los representantes de entidades religiosas, de acuerdo con las normas contenidas en el ex