n n n n n n n n n n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Lunes, 29 de Septiembre de 2008 – R. O. No. 435

n

SUPLEMENTO

n n

n n n n n n n n n n n n FUNCION EJECUTIVA
n
n ACUERDO:
n n n

MINISTERIO DE RELACIONES

n n EXTERIORES:
n n n

………. Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y la Policía Nacional del Ecuador

n n
n RESOLUCION:
n n n

UNIDAD DE PROMOCION Y

n n n n

DESARROLLO FORESTAL DEL

n n n n

ECUADOR – PROFORESTAL:

n n n n

011……… Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

n n n n

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

n n
n RESOLUCIONES:
n n n

1373-2007-RA Confírmase la resolución dictada por el Juez Séptimo de lo Civil de Pichincha (Quito) y niégase la acción de amparo constitucional propuesta por el abogado Manuel María Ulloa Morejón

n n n n

1435-07-RA Confírmase la resolución venida en grado y niégase la presente acción de amparo constitucional solicitada por Daniel Espiridión Cadena Torres

n n
n n n

0090-2008-RA Confírmase la resolución venida en grado y niégase la acción de amparo constitucional planteada por Carmita Elizabeth Mendoza Roquera

n n n n

0396-2008-RA Confírmase la resolución venida en grado y niégase la acción de amparo constitucional planteada por España Elizabeth Sánchez Gallegos

n n
n
n n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n n n n n n

………. Cantón Puyango: Que expide el Reglamento interno para el pago de viáticos, subsistencias, alimentación, transporte y valores complementarios para la movilización del Alcalde, concejales, funcionarios, empleados y trabajadores

n n
n n n

………. Cantón Quinsaloma: Que regula la administración y control del fondo fijo de caja chica

n n n

n n n n n n n n n n n n

n n

MINISTERIO DE RELACIONES

n EXTERIORES n n

CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL

n

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACION Y LA POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR

n n

Comparecen a la celebración del presente convenio, por una parte, la señora Canciller, María Isabel Salvador, en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en adelante el Ministerio; y, por otra, el General Inspector Jaime Hurtado, en su calidad de Comandante General de la Policía Nacional, al tenor de las siguientes cláusulas:

n n PRIMERA.- ANTECEDENTES: n n

Es necesario optimizar los servicios que brindan las Instituciones del Estado en beneficio de los ecuatorianos.

n n

En atención al proceso de mejoramiento de la calidad de los servicios que ofrece el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

El Ecuador, con fecha 31 de agosto del 2004, se adhirió a la Convención de la Haya para Suprimir la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros.

n n

SEGUNDA.- OBJETO: Dentro del proceso de modernización y desconcentración del Estado, el Ministerio y la Policía Nacional, acuerdan cooperar mutuamente para la simplificación y descentralización de los trámites de legalización y/o apostilla de los documentos provenientes de la Policía que son requeridos para realizar trámites en el exterior.

n n

La cooperación que se acuerda tiene como fin lograr que los servicios de legalización de documentos de ambas instituciones tanto en Quito, Cuenca, Manta como Guayaquil, se realicen en las instalaciones de las Oficinas Regionales del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración y en la dependencia principal de la Dirección General de Legalizaciones en Quito.

n n

La cooperación también abarca la capacitación del personal de ambas instituciones en los temas inherentes a su competencia, a través de los programas de capacitación y talleres que se acuerden y se preparen para tal efecto y que de mutuo acuerdo sean considerados como prioritarios para la formación y educación de los funcionarios de la Policía Nacional y del Ministerio.

n n

La cooperación incluirá además la realización de operativos por parte de la Policía Nacional con la finalidad de detectar documentos falsificados, dichos operativos serán coordinados con el Ministerio.

n n n

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL MINISTERIO: El Ministerio se obliga con la Policía Nacional, a:

n n

· Proporcionar a la Policía Nacional el espacio físico indispensable, donde funcionará la ventanilla para atención al público, con el fin de que el funcionario designado por la Policía Nacional reciba y entregue los documentos sometidos al proceso de legalización de conformidad con la Ley.

n n

· Autorizar el trabajo del funcionario que delegue la Policía Nacional, en el mismo horario que laboran las dependencias del Ministerio en Quito, Cuenca, Manta y Guayaquil, en sus respectivas áreas de legalización y apostilla, para la ejecución de las labores inherentes al proceso de legalización que corresponde a la Policía.

n n

· Permitir el uso de los servicios básicos disponibles y la energía eléctrica para la operación de los equipos de oficina que requiera el proceso de legalización a cargo de la Policía Nacional.

n n

· Autorizar a la Policía Nacional la contratación de otros servicios públicos que sean necesarios para el cumplimiento de sus actividades y atención a los usuarios del sistema.

n n

· Acordar con la Policía Nacional los contenidos de los seminarios y talleres de capacitación que el personal de la Policía Nacional requiriese para su personal y que el Ministerio, por su área de competencia, podría brindar con su propio personal, asumiendo los costos por viáticos y comisión que servicios que esto demandase únicamente en el caso de los funcionarios del Ministerio.

n n

· Notificar oficialmente a la Policía Nacional en el caso de detectar documentos falsificados para que actúe de oficio.

n n

CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA POLICIA NACIONAL: La Policía Nacional se obliga con el Ministerio, a:

n n

· Desconcentrar el proceso de registro, certificación y legalización de firmas de los documentos inherentes a su competencia esto es: récord policiales, movimientos migratorios, licencias de conducción, copias certificadas de denuncias realizadas ante la Policía Judicial y documentos emitidos por la DINAPEN, delegando, en las ciudades donde el Ministerio tenga su Dependencia, a un funcionario(a), con capacidad suficiente para realizar la legalización y emitir las certificaciones que le sean solicitadas, con sujeción a la normatividad vigente.

n n

· Asumir los costos de los servicios: telefónico, fax e informático en caso de ser instalados por parte de la Institución Policial y de aquellos que se requiera para la ejecución de las labores del funcionario que se designe para el fin convenido, así como también para la instalación y el funcionamiento de los equipos y programas informáticos necesarios para la legalización de los documentos que corresponda a la Policía Nacional.

n n

· Proveer al funcionario que se designe, de todos los equipos, muebles, accesorios, materiales y suministros de oficina que requiera para su trabajo.

n n

· Notificar por escrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración o a sus Dependencias Regionales sobre la designación del o los funcionarios o empleados que estarán a cargo de las legalizaciones de los documentos que correspondan a la Policía Nacional. Igual notificación deberá realizar en caso de cualquier cambio que se efectuare en el personal antes mencionado.

n n

· La Policía Nacional se compromete a brindar todas las facilidades para realizar los ajustes necesarios a fin de unirse a la red integral de seguridad en el marco de la modernización de los procesos de gestión iniciada por la Subsecretaría de Servicios Consulares del MINISTERIO.

n n

· La Policía Nacional será la única responsable de la instalación, mantenimiento y uso de los bienes y equipos instalados con el fin convenido, es decir precautelar su integridad y funcionamiento y demás riesgos por su utilización.

n n

· La Policía Nacional brindará a su personal asignado a las dependencias del Ministerio, la seguridad física para el transporte del dinero recaudado, teniendo exclusiva responsabilidad sobre el particular.

n n

· Acordar con el Ministerio los contenidos de los seminarios y talleres de capacitación que el personal del Ministerio requiriese para su personal y que la Policía Nacional, por su área de competencia, podría brindar con su propio personal, asumiendo los costos por viáticos y comisión que servicios que esto demandase únicamente en el caso de los funcionarios de la Policía Nacional.

n n

QUINTA.- OBLIGACIONES LABORALES: El Ministerio no tiene responsabilidad ni obligación alguna, con relación al personal de la Policía Nacional que se designe para trabajar en la oficina de legalización de documentos de la Policía Nacional ya sea en Quito o en sus dependencias regionales. Corresponde a la Policía Nacional asumir toda obligación de carácter laboral o de cualquier otra índole que se desprenda o se genere del trabajo de la persona que se designe para las funciones citadas.

n n

SEXTA.- COORDINACION: Para un eficaz cumplimiento del objetivo del presente Convenio, la Policía Nacional designará un representante que, en coordinación con el funcionario delegado por el MINISTERIO, realizarán la supervisión del cumplimiento de las obligaciones que las Partes contraen mediante el presente instrumento. De manera especial, con relación al funcionamiento de la ventanilla de atención al público a cargo de la Policía Nacional, a fin de que se cumpla el horario establecido y se brinde al usuario una atención ágil y eficiente.

n n n

SEPTIMA.- VIGENCIA Y PLAZO DEL CONVENIO: El plazo de duración de este Acuerdo es de dos años, contados a partir de la fecha de su suscripción, y será automáticamente prorrogado por igual plazo, excepto en el caso de que una de las Partes, mediante simple aviso notifique a la otra, por escrito y al menos tres meses de anticipación a la terminación del Convenio.

n n

Se procederá a la terminación en cualquier momento previa notificación escrita, surtiendo efectos legales 60 días después de su recepción por la otra parte, a fin de prever la culminación de los procesos de registros o legalización que quedaren pendientes.

n n

Para constancia y en fe de conformidad de lo estipulado, las partes suscriben el presente instrumento, en dos ejemplares de igual valor y contenido, en la ciudad de Quito a los diecisiete días del mes de septiembre de dos mil ocho.

n

f.) Sra. María Isabel Salvador, Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

f.) Gral. Jaime Hurtado, Comandante General de la Policía Nacional.

n n

Certifico que es fiel copia del documento original que se encuentra en los archivos de la Dirección General de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores.

n n Quito, a 19 de septiembre del 2008. n n

República del Ecuador.- Ministerio de Relaciones Exteriores.- f.) Dr. Benjamín Villacís S., Director General de Tratados.

n n n No. 011 n n

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE PROMOCION Y DESARROLLO FORESTAL DEL ECUADOR -PROFORESTAL-

n n Considerando: n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 969 de 20 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 309 del 4 de abril del mismo año, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, crea la Unidad de Promoción y Desarrollo Forestal del Ecuador, PROFORESTAL, como una entidad de derecho público, con autonomía administrativa y financiera, con domicilio en la ciudad de Quito, adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, la cual tiene como propósito la implementación y ejecución del Plan Nacional de Forestación y Reforestación;

n n

Que, el Art. 13 de la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre declara obligatoria y de interés público las actividades de forestación y reforestación de las tierras de aptitud forestal, tanto pública como privada, prohibiéndose su utilización en otros fines;

n n

Que, el Ecuador soporta una altísima tasa de deforestación anual, ocasionando pérdida de bosques, suelos, recursos hídricos, recursos energéticos y biodiversidad, y que eso debe ser compensado con el establecimiento de plantaciones forestales con fines comerciales;

n n

Que, el literal g) del Art. 7 del Decreto Ejecutivo No. 969, establece como una de las funciones del Directorio de PROFORESTAL, la aprobación de la estructura orgánica de la unidad;

n n

Que, mediante Acta No. 2 del 28 de mayo del 2008, el Directorio aprueba el Proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Unidad de Promoción y Desarrollo Forestal del Ecuador, PROFORESTAL;

n n

Que, es necesario disponer de la correspondiente regulación sobre la estructura orgánica y funcionamiento, que permitan a la unidad, cumplir con sus objetivos, competencias y funciones;

n n

Que, con oficio No. MF-SP-CDPP-2008-303218 del 18 de julio del 2008, el Ministerio de Finanzas emite dictamen presupuestario favorable para la expedición del Estatuto

n n

Orgánico Organizacional por Procesos de PROFORESTAL, y con oficio No. DI-SENRES-2008-0004864 del 14 de agosto del 2008, la SENRES emite dictamen favorable al proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Unidad de Promoción y Desarrollo Forestal del Ecuador -PROFORESTAL; y,

n n

En uso de las facultades que le confiere el Art. 12 del Decreto Ejecutivo No. 969 de 20 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 309 de 4 de abril del 2008, el Director Ejecutivo de la Unidad de Promoción y Desarrollo Forestal del Ecuador, PROFORESTAL,

n n Resuelve: n n

Expedir el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional Por Procesos de la Unidad de Promoción y Desarrollo Forestal del Ecuador – PROFORESTAL.

n n

Art. 1.- MISION.- Implementar y ejecutar el Plan Nacional de Forestación y Reforestación (PNFR), que contempla plantaciones para la protección y conservación, forestaría social y sistemas agro-forestales y plantaciones comerciales e industriales, para convertir al Ecuador en una potencia forestal.

n n

Art. 2.- VISION.- Constituirse en los próximos años, en la entidad estatal especializada en la repoblación forestal, que impulsa el desarrollo socio-económico y ambiental del país, con miras a mejorar la calidad de vida de los ecuatorianos.

n n LINEAS ESTRATEGICAS: n n

· Crear fuentes alternativas de abastecimiento de materias primas maderables y no maderables para satisfacer las necesidades del sector agroproductivo, industrial y artesanal y dinamizar la economía nacional, en base a recursos renovables como el forestal.

n n

· Generar procesos de protección del agua, suelo, ecosistemas frágiles y biodiversidad.

n n

· Contribuir con el secuestro del carbono y la reducción del calentamiento global del planeta.

n n

· Generar puestos de trabajo, especialmente en el sector rural.

n n

· Generar divisas para el país.

n n

Art. 3.- OBJETIVO GENERAL.- Generar una base sustentable que permita un desarrollo forestal del Ecuador y consecuentemente el mejoramiento de la calidad de vida de los ecuatorianos, a través de: plantaciones para la protección de los ecosistemas, sistemas agroforestales y plantaciones comerciales e industriales; así como, disminuyendo la desertificación, la degradación de los suelos y propugnando la recuperación del medio ambiente.

n n Art. 4.- OBJETIVOS ESPECIFICOS: n n

1. Proteger los ecosistemas en riesgo de deterioro, las fuentes de agua para consumo humano y para sistemas de riego.

n n

2. Generar oxígeno, captura de carbono, constitución de refugios de vida silvestre y otros servicios ambientales para el mejoramiento de la calidad ambiental.

n n

3. Mejorar la calidad de vida, los ingresos de la población vinculada a la actividad forestal; mediante la generación de trabajo, apoyo a la gestión productiva y social.

n n

4. Generar una superficie forestal permanente, que sea la fuente de materia prima para los requerimientos nacionales y de comercio exterior.

n n

5. Reactivar la economía de las zonas de influencia y generación de infraestructura productiva y comunitaria.

n n

6. Incrementar la actividad económica del país, como consecuencia del desarrollo forestal.

n n

Art. 5.- PROCESOS DE LA INSTITUCION.- Los procesos que participan en lageneración de productos y servicios de la Unidad de Promoción y Desarrollo Forestal del Ecuador – PROFORESTAL, se ordenan y clasifican en función del grado y nivel de contribución al cumplimiento de la misión institucional.

n n

Procesos gobernantes, establecerán las directrices y guías necesarias que permitan la eficiente gestión institucional.

n n

Procesos agregadores de valor, generarán el portafolio de productos y serv