Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Lunes 02 Febrero de 2015 – R. O.
No. 429

TERCER SUPLEMENTO

SUMARIO

Ministerio de Salud Pública:

Ejecutivo:

Acuerdo

00005223 Apruébase el Plan Nacional de Cuidados Paliativos
2015 ? 2017

Servicio de Rentas Internas:

Circular

NAC-DGECCGC15-00000003 Deducibilidad de gastos personales
correspondientes a la unidad familiar

Comité de Comercio Exterior:

Resoluciones

001-2015 Difiérese a 0% ad valorem la tarifa arancelaria
para la importación de sacos de yute clasificados en la subpartida arancelaria
6305.10.10.00

Servicio de Rentas Internas:

NAC-DGERCGC15-00000045 Expídense las Normas para la
declaración de la contribución del uno por mil sobre el valor de los activos
fijos prevista en la Ley de Turismo

NAC-DGERCGC15-00000053 Refórmase la Resolución No.
NAC?DGERCGC14?00872, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial
No. 367 de 04 de noviembre de 2014

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanza

Cantón Pablo Sexto: Reforma a la Ordenanza que
regula las contribuciones especiales por mejoras

CONTENIDO


No. 00005223

MINISTRA DE
SALUD PÚBLICA

Considerando:

Que, el
artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador establece entre los
deberes primordiales del Estado: ?1. Garantizar sin discriminación alguna el
efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los
instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la
alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes. (?)?;

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 32, establece que la
salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al
ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación,
la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes
sanos y otros que sustentan el buen vivir;

Que, el
artículo 35 de la citada Constitución de la República dispone que: ?Las
personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas,
personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención
prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. (?)?;

Que, artículo
50 de la Norma Suprema prescribe que: ?El Estado garantizará a toda persona que
sufra de enfermedades catastróficas o de alta complejidad el derecho a la
atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y
preferente.?;

Que, el
artículo 361 de la Norma Suprema del Ecuador establece que: ?El Estado ejercerá
la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será
responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará
todas las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de
las entidades del sector.?;

Que, el
numeral 1 del artículo 363 de la Carta Fundamental preceptúa que el Estado será
responsable de formular políticas públicas que garanticen la promoción,
prevención, curación, rehabilitación y atención integral en salud y fomentar
prácticas saludables en los ámbitos familiar, laboral y comunitario;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica de Salud dispone que la autoridad sanitaria
nacional es el Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el
ejercicio de las funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de
la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de dicha Ley; siendo las
normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias;

Que, la Ley
Orgánica de Salud, en su artículo 6, establece entre las responsabilidades del Ministerio de Salud
Pública: ?(?) 3. Diseñar e implementar programas de atención integral y de
calidad a las personas durante todas las etapas de la vida y de acuerdo con sus
condiciones particulares. (?) 34. Cumplir y hacer cumplir esta Ley, los
reglamentos y otras disposiciones legales y técnicas relacionadas con la salud.?;

Que, el
artículo 10 de la Ley Ibídem ordena que: ?Quienes forman parte del Sistema
Nacional de Salud aplicarán las políticas, programas y normas de atención
integral y de calidad, que incluyen acciones de promoción, prevención, recuperación,
rehabilitación y cuidados paliativos de la salud individual y colectiva. (?).?;

Que, con
Acuerdo Ministerial No. 00000101 publicado en el Registro Oficial No. 415 de 29
de marzo de 2011, se dispuso organizar, en el marco del Modelo de Atención Integral
del Ministerio de Salud Pública, la conformación y funcionamiento de servicios
de cuidados paliativos integrales con enfoque intercultural, que contribuyan a garantizar
los derechos de los pacientes en etapa terminal a aliviar el dolor y el
sufrimiento y a abordar los aspectos físicos, emocionales, sociales y
espirituales, incluyendo a los familiares, cuando sea necesario; y,

Que, mediante
memorando No. MSP-DNPMSNS-2014- 0173-M de 17 de noviembre de 2014, la Directora
Nacional de Políticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud, solicitó la
elaboración del presente Acuerdo Ministerial.

EN EJERCICIO
DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 151 Y 154 NUMERAL 1 DE LA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y POR EL ARTÍCULO 17 DEL ESTATUTO DEL
RÉGIMEN JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA

Acuerda:

Art. 1.- Aprobar
y autorizar la publicación del documento denominado ?Plan Nacional de Cuidados
Paliativos 2015 ? 2017?.

Art. 2.- Disponer
que el documento denominado ?Plan Nacional de Cuidados Paliativos 2015 ? 2017?
sea de aplicación y observancia obligatoria en todos los establecimientos que conforman
el Sistema Nacional de Salud.

Art. 3.- El
Ministerio de Salud Pública publicará en su página web el ?Plan Nacional de
Cuidados Paliativos 2015- 2017? como documento de consulta para el público en general.

DISPOSICIÓN
TRANSITORIA

Durante la implementación
del ?Plan Nacional de Cuidados Paliativos 2015 ? 2017?, se iniciará la atención
con profesionales capacitados y/o con experiencia en cuidados paliativos, hasta que en el país se cuente
con profesionales especialistas en estos cuidados.

DISPOSICIÓN
FINAL

De la
ejecución del presente Acuerdo Ministerial que entrará en vigencia a partir de
su publicación en el Registro Oficial, encárguese a la Subsecretaría Nacional
de Provisión de Servicios de Salud, a través de la Dirección Nacional de Discapacidades.

DADO EN EL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO a, 27 de enero de 2015.

f.) Carina
Vance Mafla, Ministra de Salud Pública.

Es fiel copia
del documento que consta en el archivo de la DN Secretaría General al que me
remito en caso necesario lo certifico.- Quito, a 28 de enero de 2015.- f.)
Secretaria General, Ministerio de Salud Pública.

Plan Nacional
de Cuidados Paliativos 2015-2017

Subsecretaría
Nacional de Gobernanza de la Salud

Dirección
Nacional de Políticas y Modelamiento

del Sistema
Nacional de Salud

Dirección
Nacional de Normatización

Enero 2015

Autoridades:

Mgs. Carina
Vance, Ministra de Salud Pública

Dr. David
Acurio, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud

Dra. Marisol
Ruilova, Viceministra de Atención Integral en Salud

Dra. Verónica
Espinosa, Subsecretaria Nacional de Gobernanza de la Salud

Dra. Patricia
Granja, Subsecretaria Nacional de Provisión de Servicios de Salud

Dra. María
Augusta Molina, Directora Nacional de Políticas y Modelamiento del Sistema
Nacional de Salud

Dr. Juan
Carlos Panchi, Director Nacional de Discapacidades

Ficha
catalográfica:

Ministerio
de Salud Pública del Ecuador, Plan Nacional de Cuidados Paliativos, Quito:
Ministerio de Salud Pública, Subsecretaría Nacional de Gobernanza de la
Salud, Dirección Nacional de Políticas y Modelamiento del Sistema Nacional de
Salud, Dirección Nacional de Normatización, 2015

1.
Estrategia

2. Salud
pública

3. Ecuador

Como citar
este documento:

Ministerio de
Salud Pública, Plan Nacional de Cuidados Paliativos. Subsecretaría Nacional de
Gobernanza de la Salud, Dirección Nacional de Políticas y Modelamiento del Sistema
Nacional de Salud, Dirección Nacional de Normatización, 2015, Quito, Ecuador.

Ministerio de
Salud Pública

Subsecretaría
Nacional de Gobernanza de la Salud

Dirección
Nacional de Políticas y Modelamiento del Sistema Nacional de Salud

Dirección
Nacional de Normatización

Ave. República
del Salvador 36-64 y Suecia 10o Piso Teléfono: 593-2-381-4400 / 593-2-381-4450

Página Web: www.msp.gob.ec

Diseño e
impresión:

Impreso en
Quito ? Ecuador

Tabla de
Contenido

Acuerdo
Ministerial

Colaboradores

Presentación

Introducción

Antecedentes

Situación
actual

Marco
conceptual

Marco legal

Elementos del
Plan Nacional

Objetivo
principal

Objetivos
específicos

Principios del
Plan Nacional de Cuidados paliativos

Alineación con
la Política Nacional de Salud

Lineamientos y
estrategias

Plan de
implementación

Glosario

Referencias
bibliográficas

Anexo 1 Plan
de implementación

Colaboradores

Grupo de
redacción

Ximena Pozo,
MD, Coordinadora de Cuidados paliativos Subsecretaría Nacional de Gobernanza MSP

Gabriela
Aguinaga Romero, MD, MPH, Directora Nacional de Normatización MSP

Patricia
Granja, MD, MPH; Asesora MSP

María Augusta
Molina, MD, MPH, Asesora Subsecretaría Nacional de Gobernanza MSP

Cecilia Acuña,
Consultora en Sistemas y Servicios de Salud OPS/OMS

Fabricio
González-Andrade, MD, PhD; Asesor Técnico MSP, Investigador Senior Programa Prometeo
SENESCYT

Grupo de construcción
nacional

Carmen
Alarcón, Dirección Nacional primer nivel MSP

Carlos
Álvarez, Anestesiólogo SOLCA Cuenca

Silvia
Álvarez, Dirección Nacional de medicamentos e insumos MSP

Friné Andrade,
Psicóloga Fundación Jersey

Germania
Andrade, Pediatra FECUPAL

Lucy Barba, MD
Dirección Nacional de Interculturalidad, Derecho y Participación Social en Salud
MSP

Marcela
Bolaños, MD MPH Fundación ABEI

María Cristina
Cervantes, Médica internista SOLCA Quito

Jacqueline
Cevallos, MD Residente Postgrado de Medicina familiar Universidad Central del
Ecuador

Marco Chávez,
Director Nacional de Seguimiento, Evaluación y Control de la Gestión

Nelson
Delgado, Arquitecto sanitario Dirección Nacional de Normatización MSP

Sandra
Cevallos, Anestesióloga Hospital Carlos Andrade Marín, FECUPAL

Florencia
Cuamacas, Licenciada en enfermería Dirección Nacional de Discapacidades MSP

Viviana
Dávalos, Anestesióloga, Docente

investigadora
Hospital Universidad Técnica Particular de Loja

Gustavo
Dávila, Abogado Director Fundación Jóvenes contra el cáncer

Nelson
Delgado, Arquitecto sanitario Dirección Nacional de Normatización MSP

Tatiana
Fernández, Médica Internista Hospital Eugenio Espejo

Gabriela
Garcés, Ing. Voluntaria Fundación Jóvenes contra el cáncer

Patricia
González, Anestesióloga SOLCA Loja

Rodrigo
Henríquez, Médico de familia Coordinación General de Gestión Estratégica. MSP

Samira
Hidalgo, MD Especialista de Control y Fiscalización del Consejo Nacional de
Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

Mariana
Ibarra, Licenciada en enfermería Dirección Distrital 17D02 MSP, FECUPAL

Oderay Larrea,
Oncóloga Dirección Nacional de estrategias de la salud colectiva MSP

Nancy Lino,
Anestesióloga SOLCA Guayaquil

Lucia
Maldonado, Licenciada en enfermería FECUPAL

Pedro
Maldonado, Analista de seguimiento Dirección Nacional de Seguimiento,
Evaluación y Control de la Gestión

Susana Molina,
MD Dirección Distrital 17D02 MSP

Edwin
Murgueytio, MD Emergenciólogo IESS Dispensario central, FECUPAL

Germania
Ortuño, Doctora en Psicología Dirección de Aviación Civil, FECUPAL

Steve Páez
Rojas, Mgs. Dirección Nacional de Políticas y Modelamiento del Sistema Nacional
de Salud

Mario Paz
Mazon, Anestesiólogo, Algesiólogo Hospital Carlos Andrade Marín, Clínica
Pichincha, Hospital Metropolitano

Mariana
Pihuave, MD Asesora MSP VAIS

Amanda
Puruncajas, Licenciada en enfermería Fundación Jersey

Alberto
Redaelli, Sacerdote FECUPAL

Verónica
Redín, Médica de familia Dirección Distrital 17D02 MSP

Sandra
Rodríguez, Médica internista SOLCA Portoviejo

Ramiro Rueda,
Anestesiólogo Hospital de especialidades de las Fuerzas armadas

Eduardo
Salazar, Dirección de Educación y Comunicación MSP

Betzabe Tello,
Médica de familia Dirección de Inteligencia de la Salud MSP

Ricardo Tixi,
Oncólogo Hospital de la Policía. Presidente de la Sociedad Ecuatoriana de
Oncología

Mariana
Vallejo, Algesióloga SOLCA Guayaquil, Presidenta de la Sociedad Ecuatoriana
para estudio y tratamiento del dolor,

Carmita Villa,
Anestesióloga Hospital Pablo Arturo Suárez MSP

Silvia Zúñiga,
Dirección Nacional de Normatización MSP

Revisión
externa

Profesor
Xavier Gómez-Batiste, MD, PhD

Director

Centro
Colaborador de la OMS para Programas Públicos de Cuidados Paliativos-Institut

Català d?Oncologia
Cátedra de Cuidados Paliativos Universidad de Vic-UVIC/ICO/CCOMS

José Espinosa
Rojas MD

Coordinador

Centro
Colaborador de la OMS para Programas Públicos de Cuidados Paliativos-Institut
Català

d?Oncologia

Cátedra de
Cuidados Paliativos UVIC/ICO/CCOMS

Revisión y
aprobación Nacional

Dr. David
Acurio, Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud

Dra. Marisol
Ruilova, Viceministra de Atención Integral en Salud

Dra. Verónica
Espinosa, Subsecretaria Nacional de Gobernanza de la Salud Pública

Dra. Patricia
Granja, Subsecretaria Nacional de Provisión de Servicios de Salud

Dr. Francisco
Vallejo, Subsecretario Nacional de Vigilancia de la Salud Pública

Espc. Ana
Lucia Torres, Subsecretaria Nacional de Promoción de la Salud e Igualdad

Econ. Santiago
Rivera, Coordinador General de Planificación

Dra. María
Augusta Molina, Directora Nacional de

Políticas y
Modelamiento del Sistema Nacional de Salud

Dr. Juan
Carlos Panchi, Director Nacional de Discapacidades

Sr. Patricio
Aguirre, Director Nacional de Derechos Humanos, Género e Inclusión

Dra. María
José Mendieta, médica Dirección Nacional de Promoción de la Salud e Igualdad.

Presentación

El Ministerio
de Salud Pública (MSP) impulsa el Buen Vivir entendido como ?la satisfacción de
las necesidades, la consecución de una calidad de vida y muerte digna, el amar
y ser amado, y el florecimiento saludable de todos y todas, en paz y armonía
con la naturaleza y la prolongación indefinida de las culturas humanas?
(Ramírez, 2008: 387) e incorpora la atención en cuidados paliativos en el
Sistema Nacional de Salud.

Estos cuidados
tienen como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas con
enfermedades crónicas, avanzadas y con pronóstico de vida limitado, así como su
familia y/o cuidadores, garantizando el derecho a la salud integral.

El MSP como
Autoridad Sanitaria Nacional de la República del Ecuador, ha considerado
necesario y oportuno implementar la atención paliativa en el Sistema Nacional
de Salud.

El Plan
Nacional de Cuidados paliativos fortalecerá la implementación de la Política
Nacional de Salud, priorizando la dignidad de las personas con necesidad de atención
paliativa, con la participación coordinada de organizaciones públicas, privadas
y la comunidad.

1.
Introducción

La vida
asociada a enfermedades crónicas, avanzadas, con pronóstico de vida limitado y
la muerte, es un tópico que generalmente no se aborda en el día a día, se vive
pensando que la muerte es un suceso para otros, no en primera persona, sólo
cuando alguien cercano presenta una enfermedad que amenaza la vida o un ser
querido fallece, se piensa en este tema. Los avances de la medicina han permitido
sobrevivir a muchas enfermedades y accidentes antes mortales, sin embargo el
final de la vida es una realidad, la dignidad con que se viva esta etapa es una
tarea personal, familiar y de los servicios de salud que deben prestar atención
integral en todo el ciclo vital.

Los servicios
de cuidados paliativos atienden a las personas que viven con enfermedades
crónicas, avanzadas, con pronóstico de vida limitado y sus familias. Se han considerado
como un componente importante de la salud pública, ya que garantizan el derecho
al alivio del sufrimiento, a la dignidad, a solventar las necesidades para el
cuidado y garantizar la calidad de vida de las personas en el final de la vida
y sus familias1.

El enfoque de
esta atención es el ejemplo perfecto de una estrategia integral,
multidimensional e intercultural, incluida en el Modelo de atención integral
del Ministerio de Salud Pública el mismo que reconoce el acceso a los servicios
de salud y a la salud como un derecho humano, afirmando que el cuidado de la
salud debe ser gratuito, universal, solidario, acortando la brecha de
inequidad, principios integrados en el concepto holístico del Plan Nacional
para el Buen vivir.

Los cuidados
paliativos empiezan por comprender que cada paciente tiene su propia historia,
relaciones, cultura y cosmovisión, y merece respeto como un individuo único. Este
respeto incluye el dar el mejor cuidado médico posible y hacer que los avances
en salud de las recientes décadas estén completamente disponibles para que
todos tengan las mejores oportunidades para pasar su vida lo mejor posible1.

La atención
que merece cada persona requiere retomar principios básicos como la equidad, la
accesibilidad oportuna a los servicios de salud de calidad con calidez y la formación
de equipos interdisciplinarios con capacidad resolutiva adecuada.

La
Constitución de la República del Ecuador del año 2008 obliga y la sociedad
demanda la atención de cuidado paliativo en el Sistema de salud público, es
necesario que los profesionales de salud desarrollen las correspondientes competencias,
se implemente este servicio en los diferentes niveles de atención y se asegure
la disponibilidad y acceso a medicamentos y dispositivos médicos, con el fin de
brindar calidad de vida a las personas que requieran esta atención, acompañándoles
a ellos y sus familiares durante el proceso de enfermedad hasta el final de la
vida y durante el duelo, creando de esta forma una sociedad más justa y
solidaria.

El Ministerio
de Salud Pública con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas con
necesidad de atención paliativa y sus familias, expide el Acuerdo Ministerial número
101, el 9 de febrero de 2011 concerniente a cuidados paliativos, en el que se
establece que es su responsabilidad: organizar en el marco del Modelo de atención
Integral del Ministerio de Salud Pública, la conformación y funcionamiento de
servicios de cuidados paliativos integrales con enfoque intercultural, por lo
que ha decidido elaborar el Plan Nacional de Cuidados paliativos, el mismo que
es de carácter obligatorio, es el instrumento que el Estado utiliza para
organizar los cuidados paliativos y sus actores, tanto públicos como privados,
y proveer de orientaciones que permitan avanzar hacia el logro del acceso
equitativo y oportuno a la atención paliativa.

2.
Antecedentes

La
Organización Mundial de la Salud (OMS) afirma que la disponibilidad,
accesibilidad y recursos para cuidados paliativos son limitados. Se estima que
solo del 5 al 10% de los pacientes que necesitan estos cuidados los reciben y
más del 50% de pacientes no pueden costear los servicios o la medicación. El
interés en cuidados de este tipo ha aumentado en los profesionales de la salud,
lo que ha permitido que aumenten las oportunidades de aprendizaje, sin embargo
menos del 15% han sido formados en este tema en la educación de pregrado. Los recursos y la experiencia en investigación son
limitados2.

El cáncer es
un ejemplo de enfermedad que se beneficia del tratamiento paliativo, esta
patología es un factor importante de la carga mundial de morbilidad, y lo será
cada vez más en los decenios venideros. Se estima que a nivel mundial el número
anual de casos nuevos pasará de los 10 millones registrados en el año 2000 a 15
millones antes del 2020. Cerca del 60% de estos casos nuevos se presentarán en
las regiones menos desarrolladas del planeta3.

Los pacientes
con cáncer necesitan medidas de alivio del dolor en todas las fases de la
enfermedad. El dolor se produce en alrededor de la tercera parte de los
pacientes que reciben tratamiento anticanceroso. Para ellos, las medidas de
alivio del dolor han de ser paralelas a las del tratamiento. Más de las dos
terceras partes de los casos avanzados experimentan dolor, por lo que el alivio
de éste y de otros síntomas pasa a ser el objetivo principal del tratamiento4.

El dolor causa
un terrible sufrimiento, que generalmente no puede ser medido. Quienes sufren
dolor severo sin tratamiento generalmente viven en agonía, un estudio de la OMS
encontró que quienes padecen de dolor crónico tienen cuatro veces más
probabilidades de sufrir depresión o ansiedad5, llegando incluso a afirmar que el
dolor puede matar. Las consecuencias sociales del dolor incluyen la incapacidad
para trabajar, cuidar de los hijos u otros miembros de la familia y la
participación en actividades sociales6.

La
disponibilidad y acceso a medicamentos es fundamental para la atención en
cuidados paliativos, el dolor moderado a severo es un síntoma frecuente por lo
que es necesario contar con analgésicos opioides en distintas presentaciones, cabe
señalar que los opioides administrados por vía oral proporcionan un alivio
efectivo del dolor en la mayoría de los casos y son fáciles de administrar7, la
morfina es el opioide de elección para el control del dolor8, utilizada por vía
oral alivia el dolor en más del 90% de pacientes con dolor crónico. Su bajo
costo hace que sea completamente accesible. Pero en el país no disponemos de
tabletas, ni jarabe de morfina.

Si no se
brinda atención en cuidados paliativos se corre el riesgo de continuar
realizando tratamientos en muchas ocasiones inútiles, que causan un mayor
perjuicio en la vida del paciente y su familia, así como gastos innecesarios,
mal uso de recursos que podrían ser efectivos en pacientes con patologías
susceptibles de curación, los hospitales de agudos terminan ocupados al menos
un 25% por pacientes en su último año de vida9.

Los cuidados
paliativos han demostrado efectividad, eficiencia y satisfacción, al contar con
diversos indicadores de calidad, así como de modelos de evaluación y mejora de la
calidad. Existe experiencia y evidencia suficiente como para implementarlos en
todos los niveles del sistema sanitario10. Es responsabilidad del Estado ofrecer
un sistema de salud efectivo e integral que cuide a sus ciudadanos hasta el
final de la vida.

La Salud
pública tiene funciones esenciales, que son el conjunto de acciones que deben ser realizadas
con fines concretos, necesarios para mejorar la salud de las poblaciones. Entre
las funciones que el Estado posee en el ámbito de los cuidados paliativos, son
las de regular la práctica clínica en el país, garantizar la provisión adecuada
y oportuna de los servicios, que fueren necesarios, informar de forma apropiada
a la población y financiar la atención. El Plan por tanto, deberá abordar el
cumplimiento de estas funciones, estableciendo los mecanismos y estructuras necesarias
para ello.

El Modelo de
salud pública de la OMS11 recomienda para integrar eficazmente los cuidados paliativos
en una sociedad y cambiar la experiencia de las personas que los necesitan,
abordar los cuatro componentes del modelo: 1) políticas apropiadas, 2)
suficiente disponibilidad de medicamentos, 3) educación de los profesionales de
salud y el público e 4) implementación de servicios en todos los niveles de
atención. Este proceso se implementa siempre en el contexto de la cultura,
demografía de las enfermedades, socio economía y sistema de cuidado de la salud
del país. Para cada componente hay resultados a corto, medio y largo plazo que
deben ser medidos, se resume en la siguiente figura:

j1528.png

3. Situación
actual

Según el
modelo de valoración de la provisión de cuidados paliativos de la Worldwide
Palliative Care Alliance, el Ecuador se sitúa en la categoría 3a del ?Nivel de
desarrollo?, que indica que los servicios de cuidados paliativos se prestan de
manera aislada12.

3.1 Análisis
de la prevalencia

La
determinación de la prevalencia real de personas con necesidades de atención
paliativa en una población, requiere de estudios específicos13 y especializados
que el país empieza a abordarlos y será parte de este plan el realizarlos. Para
la fase inicial de planificación en un país se puede estimar la necesidad de
cuidados paliativos utilizando los datos de mortalidad de las patologías
propuestas por Beverlet McNamara14 en su estimación de mínimos: cáncer,
insuficiencia cardiaca, insuficiencia hepática, insuficiencia renal, enfermedad
pulmonar obstructiva crónica, esclerosis lateral amiotrófica – enfermedades de motoneurona,
Parkinson, Huntington, Alzheimer y SIDA, utilizando sus códigos
correspondientes en la Clasificación Internacional de Enfermedades, décima
versión (CIE-10), para identificarlas; en Ecuador fueron 21.992 pacientes en el
año 201015, que corresponde al 36% del total de fallecimientos en ese año, en
la tabla 1 se presenta los datos por provincias.

Tabla 1.
Total de defunciones y defunciones por enfermedades trazadoras de Cuidados
paliativos. 2010

Provincia

Total

Defunciones

Total
Defunciones con

códigos
CIE-10

seleccionados

% con
códigos CIE-

10
seleccionados

Chimborazo

2.527

1.126

45%

Tungurahua

2.641

1.144

43%

Pichincha

9.618

4.118

43%

El Oro

2.493

1.017

41%

Azuay

3.104

1.246

40%

Cañar

1.139

444

39%

Carchi

745

284

38%

Cotopaxi

2.019

764

38%

Guayas

15.738

5.652

36%

Loja

2.080

722

35%

Pastaza

231

80

35%

Los Ríos

3.656

1.252

34%

Santa Elena

1.044

357

34%

Santo
Domingo

1.309

425

32%

Imbabura

1.978

629

32%

Bolívar

995

315

32%

Galápagos

43

13

30%

Morona
Santiago

403

108

27%

Manabí

6.101

1.600

26%

Esmeraldas

2.119

434

20%

Zamora
Chinchipe

313

61

19%

Zona No
Delimitada

31

6

19%

Napo

367

64

17%

Sucumbíos

530