Juicio Ordinario: 17233-2021-01099 - Derecho Ecuador
3 minutos de lectura

Juicio Ordinario: 17233-2021-01099

Escuche el artículo

Juicio No. 17233-2021-01099

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 12 de noviembre del 2021, a las 10h45.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL A: RICHARD ANDRES ESTRELLA BOSMEDIANO

ACTOR: JUAN FRANCISCO VIVERO VITERI

DEMANDADOS: RICHARD ANDRES ESTRELLA BOSMEDIANO

JUICIO ORDINARIO: 17233-2021-01099

CASILLERO JUDICIAL: 55

ABOGADO: DR.PABLO GUERRERO MARTINEZ, ABG. TERESA

CAÑIZARES MAIGUA

FUNDAMENTO LEGAL: ART. 289 Y SIGUIENTES DEL ORGANICO GENERAL DE PROCESOS

CUANTIA: INDETERMINADA

“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPO.ITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 20 de septiembre del 2021, las 12H12, VISTOS: Agréguese al expediente el escrito y anexos presentados por la parte actora; por haber cumplido lo dispuesto en auto de sustanciación inicial, digo: La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación del demandado RICHARD ANDRÉS ESTRELLA BOSMEDIANO en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Toda vez que el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la o del demandado, hágasele conocer el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, Secretaria dejará constancia en el sistema. Esto no sustituye a la citación oficial. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por los accionantes para recibir futuras notificaciones. Ejecutoriado este auto, la parte actora presentará mediante escrito, las copias necesarias para elaborar las boletas de citaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-” f) DRA. ESTEFANIA

ENRIQUEZ –JUEZA

“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPO.ITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 8 de noviembre del 2021, a las 15h33, VISTOS: Nuevamente reasumo el conocimiento de la presente causa.- De conformidad con el Principio de Celeridad previsto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud de que la parte actora ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto que antecede, se dispone que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Quito al demandado señor RICHARD ANDRES ESTRELLA BOSMEDIANO. Por Secretaría confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese.” f) DRA. ESTEFANIA ENRIQUEZ –JUEZA

Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.

GUERRA PORTERO MAYRA LISBETH

SECRETARIA

Hay firma y sello

001-003-950/ms

Más publicaciones

El derecho al permiso no solo refleja una necesidad básica de los servidores públicos que dentro de su núcleo familiar están a cargo de personas con discapacidad, sino también una responsabilidad por parte de las autoridades nominadora para crear un entorno laboral justo, flexible y dar cumplimiento a la norma 200-03 de control interno emitida por la Contraloría General del Estado.

Una reciente decisión judicial en Nueva York dictamina que las conversaciones con herramientas de inteligencia artificial no están protegidas por el privilegio abogado-cliente.

El proceso de alimentos no está diseñado para llenar las cárceles, sino para asegurar el bienestar de los niños, niñas y adolescentes.

La competencia en el recurso de casación no es una prórroga de la instancia, sino una atribución exclusiva y excluyente de la Corte Nacional de Justicia.

Las políticas públicas son el resultado de la actividad de una autoridad investida de poder público y legitimidad gubernamental.

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.