diciembre 24, 2020
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SOCIEDAD CONYUGAL MARÍA VICTORIA SANTOFIMIO

Ab. María Augusta Peña Vásquez, Msc.

NOTARIA

EXTRACTO

NOTARIA TRIGESIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública 20201701036P02891, otorgada ante mí, Abogada María Augusta Peña Vásquez MSC, Notaria Trigésima Sexta del Cantón Quito, el lunes veintiuno (21) de diciembre del año dos mil veinte, los señores MARÍA VICTORIA SANTOFIMIO DELGADO y LUIS JAVIER MEJIA REVELO, procedieron a liquidar el patrimonio de la SOCIEDAD CONYUGAL la misma que fuera disuelta Mediante sentencia dictada con fecha diecisiete (17) de abril de dos mil diecisiete (2017) por la Ab. Tatiana Genoveva Peña Toledo, Jueza de la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, de la Provincia de Pichincha, legalmente inscrito en el registro civil.

Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de SOCIEDAD CONYUGAL, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley Notarial vigente el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación de SOCIEDAD DE CONYUGAL correspondiente a los señores MARIA VICTORIA SANTOFIMIO DELGADO y LUIS JAVIER MEJIA REVELO otorgada mediante escritura pública otorgada el lunes veintiuno (21) de diciembre del año dos mil veinte, ante mí, Abogada María Augusta Peña Vásquez MSC, Notaria Trigésima Sexta del Cantón Quito, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Quito, a veintiuno (21) de diciembre del año dos mil veinte.

Ab. María Augusta Peña Vásquez, Msc.

NOTARIA TRIGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO

001-003-0454/ms

1

Al contraer matrimonio o iniciar una unión de hecho, se crea por defecto la "sociedad universal de bienes". Sin embargo, la ley ecuatoriana ofrece alternativas legales.

3

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7

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