Sociedad Civil Aj Corporative Services Sociedad Colectiva Civil - Derecho Ecuador
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Sociedad Civil Aj Corporative Services Sociedad Colectiva Civil

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EXTRACTO DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL AJ CORPORATIVE SERVICES SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL

SOCIOS: ANA CRISTINA NAVARRO ESPINOSA Y FANNY ALEXANDRA JARAMILLO VILLAGOMEZ, DE NACIONALIDAD ECUATORIANA Y DOMICILIADAS EN EL DISTRITO METROPOLITANA DE QUITO, quienes forman la Sociedad Civil AJ CORPORATIVE SERVICES SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL, cuyo OBJETO SOCIAL es: 1.- La prestación de servicio de capacitación y consultoría en las diferentes ramas profesionales. 2.- La prestación de servicios de capacitación y consultoría en educación, pudiente prestar estos servicios de consultoría especializada y de aprendizaje sostenible a entidades públicas y privadas, así como patrocinar a instituciones educativas. 3.- La actividad mercantil como comisionista, mandataria, agente, representante de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos y contratos que permitan la Ley ecuatoriana sin limitación alguna, podrá realizar la importación de bienes que requiera para el desarrollo de su objeto; comprar, mantener y poseer acciones o participaciones de otras compañías o sociedades; asociarse con otras personas naturales o jurídicas similares para proyectos o trabajos determinados o para el cumplimiento del objeto social en general, formando determinados o para el cumplimiento del objeto social en general, formando asociaciones, consorcios o cualquier otro tipo de acuerdo permitido por la Ley, Intervenir como socia o accionista en la formación o constitución de toda clase de sociedades o compañías, corporaciones, asociaciones, empresas y demás personas jurídicas o entes comerciales; representar en el país a personas naturales o sociedades nacionales o extranjeras; presentar peticiones y reclamaciones ante cualquier persona u organismo de derecho público o privado; comparecer ante jueces y tribunales del país; y, en fin todo cuanto fuera necesario y pertinente para el cabal cumplimiento de su objeto social. La compañía no podrá dedicarse a ninguna de las actividades propias de las instituciones del Sistema Financiero, especialmente las establecidas en el artículo 51 de dicha ley. DOMICILIO.- El domicilio principal de la sociedad está en el Distrito Metropolitano de Quito, pero podrá abrir las sucursales y agencias en el país y en el exterior que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines, previa decisión de la Junta General de Socios. DESIGNACIÓN DE PRESIDENTE Y GERENTE GENERAL. Los socios fundadores designan en este acto Presidente de la Compañía a la señora ANA CRISTINA NAVARRO ESPINOSA y, Gerente General a la señora FANNY ALEXANDRA JARAMILLO VILLAGÓMEZ, ambas por el período estatuario de tres años. CAPITAL SOCIAL Y DURACIÓN.- El capital social de la sociedad es de CUATROCIENTOS DOLARES 00/100 dólares de los Estados Unidos de América US$ 400,00), dividido en cuatrocientas (400) participaciones sociales iguales e indivisibles de un dólar de los Estados Unidos de América cada una, suscrita y pagadas de acuerdo con el siguiente detalle: 1 ANA CRISTINA NAVARRO ESPINOSA: CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO USD $200,00, NUMERO DE PARTICIPACIONES: 50%; y, 2. FANNY ALEXANDRA JARAMILLO VILLAGÓMEZ: CAPITAL SUSCCRITO Y PAGADO USD $200,00, NÚMERO DE PARTICIPACIONES: 50% TOTAL: $400 Y 100%; y, con una duración de cincuenta años, contados a partir de la inscripción del presente contrato en el Registro Mercantil del Cantón Quito. La sociedad, por decisión de la Junta General de Socios, podrá prorrogar este plazo o disolverse anticipadamente.-

Quito, 18 de marzo de 2021

Dra. María Lorena Bermúdez Pozo

NOTARIA CUADRAGÉSIMA SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO

Hay firma y sello

001-004-0215/ms

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