Sociedad Civil Aj Corporative Services Sociedad Colectiva Civil - Derecho Ecuador
3 minutos de lectura

Sociedad Civil Aj Corporative Services Sociedad Colectiva Civil

Escuche el artículo

EXTRACTO DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL AJ CORPORATIVE SERVICES SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL

SOCIOS: ANA CRISTINA NAVARRO ESPINOSA Y FANNY ALEXANDRA JARAMILLO VILLAGOMEZ, DE NACIONALIDAD ECUATORIANA Y DOMICILIADAS EN EL DISTRITO METROPOLITANA DE QUITO, quienes forman la Sociedad Civil AJ CORPORATIVE SERVICES SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL, cuyo OBJETO SOCIAL es: 1.- La prestación de servicio de capacitación y consultoría en las diferentes ramas profesionales. 2.- La prestación de servicios de capacitación y consultoría en educación, pudiente prestar estos servicios de consultoría especializada y de aprendizaje sostenible a entidades públicas y privadas, así como patrocinar a instituciones educativas. 3.- La actividad mercantil como comisionista, mandataria, agente, representante de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos y contratos que permitan la Ley ecuatoriana sin limitación alguna, podrá realizar la importación de bienes que requiera para el desarrollo de su objeto; comprar, mantener y poseer acciones o participaciones de otras compañías o sociedades; asociarse con otras personas naturales o jurídicas similares para proyectos o trabajos determinados o para el cumplimiento del objeto social en general, formando determinados o para el cumplimiento del objeto social en general, formando asociaciones, consorcios o cualquier otro tipo de acuerdo permitido por la Ley, Intervenir como socia o accionista en la formación o constitución de toda clase de sociedades o compañías, corporaciones, asociaciones, empresas y demás personas jurídicas o entes comerciales; representar en el país a personas naturales o sociedades nacionales o extranjeras; presentar peticiones y reclamaciones ante cualquier persona u organismo de derecho público o privado; comparecer ante jueces y tribunales del país; y, en fin todo cuanto fuera necesario y pertinente para el cabal cumplimiento de su objeto social. La compañía no podrá dedicarse a ninguna de las actividades propias de las instituciones del Sistema Financiero, especialmente las establecidas en el artículo 51 de dicha ley. DOMICILIO.- El domicilio principal de la sociedad está en el Distrito Metropolitano de Quito, pero podrá abrir las sucursales y agencias en el país y en el exterior que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines, previa decisión de la Junta General de Socios. DESIGNACIÓN DE PRESIDENTE Y GERENTE GENERAL. Los socios fundadores designan en este acto Presidente de la Compañía a la señora ANA CRISTINA NAVARRO ESPINOSA y, Gerente General a la señora FANNY ALEXANDRA JARAMILLO VILLAGÓMEZ, ambas por el período estatuario de tres años. CAPITAL SOCIAL Y DURACIÓN.- El capital social de la sociedad es de CUATROCIENTOS DOLARES 00/100 dólares de los Estados Unidos de América US$ 400,00), dividido en cuatrocientas (400) participaciones sociales iguales e indivisibles de un dólar de los Estados Unidos de América cada una, suscrita y pagadas de acuerdo con el siguiente detalle: 1 ANA CRISTINA NAVARRO ESPINOSA: CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO USD $200,00, NUMERO DE PARTICIPACIONES: 50%; y, 2. FANNY ALEXANDRA JARAMILLO VILLAGÓMEZ: CAPITAL SUSCCRITO Y PAGADO USD $200,00, NÚMERO DE PARTICIPACIONES: 50% TOTAL: $400 Y 100%; y, con una duración de cincuenta años, contados a partir de la inscripción del presente contrato en el Registro Mercantil del Cantón Quito. La sociedad, por decisión de la Junta General de Socios, podrá prorrogar este plazo o disolverse anticipadamente.-

Quito, 18 de marzo de 2021

Dra. María Lorena Bermúdez Pozo

NOTARIA CUADRAGÉSIMA SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO

Hay firma y sello

001-004-0215/ms

Más publicaciones

El arresto domiciliario es una medida cautelar de carácter personal que busca restringir la libertad de movimiento de una persona procesada, obligándola a permanecer bajo vigilancia en su propio hogar en lugar de un centro de detención.

En el derecho administrativo y tributario, el Estado ejerce su poder a través de actos administrativos. Sin embargo, para que estos actos tengan eficacia y puedan afectar a los ciudadanos, existe un requisito indispensable: la notificación.

Este tema es de vital relevancia para fortalecer la confianza pública en el sistema judicial, ya que permite distinguir entre la legítima discrepancia jurídica y aquellas actuaciones que ameritan una sanción disciplinaria, pues.

El presente artículo analiza la falta de determinación de un tipo penal para las conductas que vulneran directamente la integridad sexual mediante el uso de inteligencia artificial (IA), específicamente a través de los denominados deepfakes.

Con la entrada en vigencia del COGEP, el sistema de remate judicial fue modernizado mediante la incorporación de herramientas electrónicas y reglas orientadas a garantizar procesos más ágiles, transparentes y seguros.

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.