Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

Lunes 01 de junio de 2020 (R.O. 46, 01– junio -2020) EDICIƓN CONSTITUCIONAL

EDICIƓN CONSTITUCIONAL

SUMARIO:

PƔgs.

CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR

CAUSAS:

1-20-IN… Acción pĆŗblica de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimados Activos: Presidente de la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores -FUT- y otros

2-20-IA…. Acción pĆŗblica de inconstitucionalidad de actos administrativos generales. Legitimados Activos: Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos CEDHU y otros….

7-20-IN… Acción pĆŗblica de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimados Activos: Adela Irene Cando Villareal………… 5

17-20-IN. Acción pĆŗblica de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimados Activos: Gabriel Eduardo Castillo Jaramillo y otro…

0063-19-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimados Activos: Diego Antonio Calderón Castelo, Apoderado Especial de la Compañía DIRECTV ECUADOR C. LTDA

SALA DE ADMISIƓN

RESUMEN CAUSA No. 1-20-IN

En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 21 de mayo de 2020 y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2, literal e), de la Ley OrgÔnica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se pone en conocimiento del público lo siguiente:

CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos

LEGITIMADO ACTIVO: Presidente de la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores -FUT- y otros

CORREOS ELECTRƓNICOS: [email protected]; [email protected]: [email protected]; [email protected]

LEGITIMADOS PASIVOS: Luis Arturo Poveda Velasco, Ministro del Trabajo; e, IƱigo Salvador Crespo, Procurador General del Estado.

NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS

Artículos: 11, numerales 4, 6, 8 y 9; 33; 66, numeral 2; 325; 326, numeral 2; 424; y, 425 de la Constitución de la República.

PRETENSIƓN JURƍDICA:

Los accionantes solicitan:

Se declare la inconstitucionalidad Ā«…por el fondo y por la forma es el ACUERDO MINISTERIAL No. MDT-2019-373 sin fecha, en el que se acuerda Ā«EXPEDIR LAS DIRECTRICES PARA LA APLICACIƓN DE LA SENTENCIA NO. 018-18-SIN-CC DE LA CORTE CONSTITUCIONALĀ».

De igual manera, los accionantes solicitan la suspensión provisional de las normas impugnadas como inconstitucionales.

De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.

Registro Oficial – Edición Constitucional NĀŗ 46 Lunes 1Āŗ de junio de 2020 – 3

SALA DE ADMISIƓN RESUMEN CAUSA No. 2-20-IA

En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 21 de mayo de 2020 y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2, literal e), de la Ley OrgÔnica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se pone en conocimiento del público lo siguiente:

CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad de actos administrativos generales.

LEGITIMADO ACTIVO: Presidenta de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos CEDHU y otros.

CORREOS ELECTRƓNICOS: [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]

LEGITIMADOS PASIVOS: Vocales del Pleno del Consejo de la Judicatura, Hugo Xavier Oliva Lalama, Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura; e, IƱigo Salvador Crespo, Procurador General del Estado.

NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS:

Artículos: 11, numerales 1, 3, 4, 8; 86, numeral 2; y, 426 de la Constitución de la República.

PRETENSIƓN JURƍDICA:

Los accionantes solicitan:

«5.1. Se declare la inconstitucionalidad de la resolución No. 031-2020, aprobada por unanimidad, por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el 17 de marzo de 2020. El Pleno del Consejo de la Judicatura estÔ conformado por María del Carmen Maldonado SÔnchez, en calidad de presidenta; y, por las y los vocales: Jorge Aurelio Moreno YÔnez, Fausto Roberto Murillo Fierro, Juan José Morillo Velasco y Ruth Maribel Barreno Velin.

5.2. Se declare la inconstitucionalidad del memorando circular-DP 17-2020- 0178-MC, «Respecto de garantías constitucionales», suscrito el 15 de abril del 2020, por el Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura, Hugo Xavier Oliva Lalama.

5.3. Se declare la inconstitucionalidad de las normas conexas que la Corte estime necesarias para la garantĆ­a de derechos constitucionales.

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5.4. Se ordene las medidas de reparación necesariasĀ»‘.

De igual manera, los accionantes solicitan la suspensión provisional de las normas impugnadas como inconstitucionales.

De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.

Registro Oficial – Edición Constitucional NĀŗ 46 Lunes 1Āŗ de junio de 2020 – 5

SALA DE ADMISIƓN RESUMEN CAUSA No. 7-20-IN

En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 21 de mayo del 2020, y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2, literal e), de la Ley OrgÔnica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se pone en conocimiento del público lo siguiente:

CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos

LEGITIMADOS ACTIVOS: Adela Irene Cando Villareal

CORREOS ELECTRƓNICOS: [email protected]

LEGITIMADOS PASIVOS: Lenin Moreno Garcés, Presidente de la República; e, Iñigo Salvador Crespo, Procurador General del Estado.

NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS

Artículo 3 numeral 1; artículo 10; artículo 11, numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8; artículo 33; artículo 34; artículo 66, numerales 2, 4, 5, 17, 18 y 29 literal b); artículo 76 numeral 7 literal 1); artículo 82; artículo 83, numerales 1 y 5; artículo 229; artículo 325; artículo 326, numeral 2; y, artículo 425 de la Constitución de la República.

PRETENSIƓN JURƍDICA:

El accionante solicita:

Ā«… la REPARACIƓN INTEGRAL y se sirvan ejercitar el control de constitucionalidad y de convencionalidad de fondo del artĆ­culo 8 del Decreto Ejecutivo 813 y declarar la inconstitucionalidad, misma que mediante sentencia deberĆ” ser declarada por [la Corte Constitucional del Ecuador]. Asimismo, solicit[a] que se sirvan disponer la suspensión de la vigencia del ArtĆ­culo 8 del Decreto Ejecutivo 813, por vicios de forma y fondo y por la consecuente violación de [sus] derechos constitucionales antes mencionados establecidos en la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador y en los Tratados y Convenios Internacionales. Ā» (lo agregado me pertenece)

De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.

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SALA DE ADMISIƓN

RESUMEN DE LA CAUSA NO. 17-20-IN

En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 21 de mayo de 2020 y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2, literal e) de la Ley OrgÔnica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se pone en conocimiento del público lo siguiente:

CAUSA: Acción Pública de Inconstitucionalidad de Actos Normativos.

LEGITIMADO ACTIVO: Gabriel Eduardo Castillo Jaramillo y Saúl AdriÔn SÔnchez Flores.

CORREOS ELECTRƓNICOS: [email protected];

gabecj@hotmail. com.

LEGITIMADOS PASIVOS: Ministerio del Trabajo y ProcuradurĆ­a General del Estado.

NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS: Artículo 11, numeral 2,3,4,5,7 y 8; artículo 76, numeral 7.1; artículo 32; artículo 33; artículo 82; artículo 84; artículo 132; artículo 326; artículo 417; y, artículo 424 de la Constitución de la República.

PRETENSIƓN JURƍDICA: Solicita se declare la inconstitucionalidad de la Resolución Nro. MDT-2020-023 de 29 de abril de 2020; asĆ­ como la suspensión provisional de la norma impugnada.

De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.

Registro Oficial – Edición Constitucional NĀŗ 46 Lunes 1Āŗ de junio de 2020 – 7

SALA DE ADMISƓN

RESUMEN CAUSA No. P063-19-IN

En cumplimiento a lo dispuesto par la Sala de Admisión, medíante auto de 21 de mayo de 2020 y de conformidad con lo estableada en el artículo 80, numeral 2, literal e), de la Ley OrgÔnica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional se pone en conocimiento del público lo siguiente:

CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos

LEGITIMADO ACTIVO: Diego Antonio Calderón Castelo, apoderado especial de la Compañía DIRECTV ECUADOR C. LTDA.

CORREOS ELECTRƓNICOS: [email protected]; [email protected];

LEGITIMADOS PASIVOS: Alcalde, Director Financiero y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Atacaras; y, Procurador General del Estado.

NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS:

Artículos: 82,126, 132,135 y 226 de la Constitución de la República.

PRETENSIƓN JURƍDICA: El accionante solicita que se declare la inconstitucionalidad por el fondo de los artĆ­culos 1, 3, 14 y 18 de la Ā«ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA DETERMINACIƓN, PROCEDIMIENTO, CONTROL, RECAUDACIƓN Y COBRO DEL IMPUESTO DEL 1.5 POR MIL SOBRE, LOS ACTIVOS TOTALES EN EL GOBIERNO AUTƓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTƓN ATACAMESĀ», publicada en el Registro Oficial Edición Especial No. 995 de 03 de jubo de 2019; asĆ­ como la suspensión provisional de la disposición acusada como inconstitucional

De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.

8 – Lunes 1Āŗ de junio de 2020 Edición Constitucional NĀŗ 46 – Registro Oficial