Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves, 19 de Octubre de 2017 (R. O. SP 103, 19-octubre-2017)

SUPLEMENTO

SUMARIO

Consejo de la Judicatura:

Judicial y Justicia Indígena

Resoluciones

171-2017

Nómbrese jueces a nivel nacional

172-2017

Otórguense nombramientos provisionales a los servidores de la Función Judicial

173-2017

Apruébense los informes técnicos y desígnense notarios suplentes en las provincias de El Oro, Guayas, Loja y Pichincha

174-2017

Otórguense nombramientos provisionales a los servidores de la Función Judicial

175-2017

Nómbrese jueces a nivel nacional

CONTENIDO

No. 171-2017

EL PLENO DEL CONSEJO

DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial.”;

Que, el artículo 170 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé: “Para el ingreso a la Función Judicial se observarán los criterios de igualdad, equidad, probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación ciudadana.”;

Que, el artículo 176 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Los requisitos y procedimientos para designar servidoras y servidores judiciales deberán contemplar un concurso de oposición y méritos, impugnación y control social; se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres.”;

Que, el artículo 228 de la Constitución de la República del Ecuador, dictamina: “El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley…”;

Que, el primer inciso del artículo 36 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece como principios rectores: “En los concursos para el ingreso a la Función Judicial y en la promoción, se observarán los principios de igualdad, probidad, no discriminación, publicidad, oposición y méritos.”;

Que, el artículo 37 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “El perfil de las servidoras o servidores de la Función Judicial deberá ser el de un profesional del Derecho con una sólida formación académica; con capacidad para interpretar y razonar jurídicamente, con trayectoria personal éticamente irreprochable, dedicado al servicio de la justicia, con vocación de servicio público, iniciativa, capacidad innovadora, creatividad y compromiso con el cambio institucional de la justicia.”;

Que, el artículo 52 del Código Orgánico de la Función Judicial, manifiesta: “Todo ingreso de personal a la Función Judicial se realizará mediante concurso público de oposición y méritos, sujeto a procesos de impugnación, control social y se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres; a través de los procedimientos establecidos en este Código.”;

Que, el artículo 72 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala: “Los que aprobaren el curso de formación inicial, habiendo sido declarados elegibles en los concursos de oposición y méritos y sin embargo no fueren nombrados, constarán en un banco de elegibles que tendrá a su cargo la Unidad de Recursos Humanos. En caso de que se requiera llenar vacantes, se priorizará a quienes conforman el banco de elegibles, en estricto orden de calificación.

De este banco también se escogerá a quienes deban reemplazar a los titulares en caso de falta, impedimento o contingencia.

La permanencia en el banco de elegibles será de seis años.

Se valorará como mérito el haber integrado el banco de elegibles para nuevos concursos, de conformidad con el reglamento respectivo.”;

Que, el artículo 73 del Código Orgánico de la Función Judicial, menciona: “Los resultados de los concursos y de las evaluaciones realizadas a los cursantes de la Escuela Judicial serán vinculantes para las autoridades nominadoras las que, en consecuencia, deberán nombrar, para el puesto o cargo, al concursante que haya obtenido el mejor puntaje en el concurso, ya sea de ingreso o de promoción de categoría, dentro de la escala de puntuación, mínima y máxima, correspondiente.

Si deben llenarse varios puestos vacantes de la misma categoría se nombrará, en su orden, a los concursantes que hayan obtenido los puntajes que siguen al primero.”;

Que, el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “10. Expedir (…) resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura, en sesión de 3 de mayo de 2017, mediante Resolución 061-2017, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 18, de 20 de junio de 2017, resolvió: “DECLARAR ELEGIBLES A LOS JUECES DE LA FUENTE DE LA CARRERA JUDICIAL JURISDICCIONAL Y APROBAR EL INFORME FINAL DE INTEGRACIÓN DEL BANCO ÚNICO DE ELEGIBLES PARA EL CARGO DE JUECES DE CORTE PROVINCIAL, JUEZ DE TRIBUNAL DISTRITAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO; Y, JUEZ DE TRIBUNAL DISTRITAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO, A NIVEL NACIONAL”;

Que, mediante Memorando CJ-DNTH-SA-2017-4794, de 19 de septiembre de 2017, suscrito por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano, pone en conocimiento de la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), el: “…informe No. 007-2017, en donde consta la designación de jueces de Corte Provincial a nivel nacional…”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció los Memorandos CJ-DG-2017-4504, de 20 de septiembre de 2017,

suscrito por el doctor Tomás Alvear Peña, Director General, quien remite el Memorando CJ-DNJSNA- 2017-1105, de 19 de septiembre de 2017, suscrito por la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), que contiene el proyecto de resolución para: “… Designación de jueces a nivel nacional…”; y,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, por unanimidad,

RESUELVE:

NOMBRAR JUECES A NIVEL NACIONAL

Artículo 1.- Nombrar jueces a los postulantes elegibles a nivel nacional, conforme con el anexo que forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Delegar a la Dirección General del Consejo de la Judicatura, la notificación y posesión de jueces, conforme a lo establecido en la ley, los reglamentos e instructivos previstos para el efecto.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo, en el ámbito de sus competencias de la Dirección General y la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.

SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Gustavo Jalkh Röben, Presidente.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó esta resolución el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

ANEXO

NOMBRAR JUECES A NIVEL NACIONAL

No.

JUSTIFICAC ÓN

CÉDULA

APELLIDOS Y NOMBRES

SE SUGIERE NOMBRAMIENTO PARA:

JUDICATURA

PROVINCIA

CANTÓN

PUN-

TAJE

1

VACANTE POR PLAN DE COBERTURA

1715664056

VALLEJO

CHILIQUINGA

JENNY ANGÉLICA

SALA ÚNICA

SUCUMBÍOS

LAGO AGRIO

91,75

2

VACANTE POR REEMPLAZO DE BALTASAR MANU- EL JOSÉ AGUIRRE AGUIRRE (FUN- CIONES PROR- ROGADAS)

0102275153

JÁCOME GUZ- MÁN CARLOS ARMANDO

SALA MUL- TICOMPETENTE

ZAMORA

CHINCHIPE

ZAMORA

88,5

3

VACANTE POR PLAN DE COBERTURA

0101666410

AMBROSI OR- DÓÑEZ FA BIÁN GUSTAVO

SALA MUL- TICOMPETENTE

ORELLANA

ORELLANA

80,5

Razón: Siento por tal que el anexo que antecede forma parte de la Resolución 171-2017, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General del Consejo de la Judicatura.

No. 172-2017

EL PLENO DEL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial”;

Que, el numeral 2 del artículo 168 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: 2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;

Que, el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: “La Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada administración de justicia.”;

Que, los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador, estipulan: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial (…); y, 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el numeral 2 del artículo 42 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala: “Las servidoras y servidores de la Función Judicial pertenecen a la carrera judicial, de acuerdo a la siguiente clasificación: 2. Las demás servidoras y servidores judiciales pertenecen a la carrera judicial administrativa.”;

Que, el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, prescribe: “El Consejo de la Judicatura es el órgano único de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial, que comprende: órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos.”;

Que, los numerales 1 y 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, determinan que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “1. Nombrar y evaluar a las juezas y a los jueces y a las conjuezas y a los conjueces de la Corte Nacional de Justicia y de las Cortes Provinciales, juezas y jueces de primer nivel, Fiscales Distritales, agentes fiscales y Defensores Distritales, a la Directora o al Director General, miembros de las direcciones regionales, y directores nacionales de las unidades administrativas; y demás servidoras y servidores de la Función Judicial (…); y, 10. Expedir, (…) resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el artículo 16 de la Ley Orgánica de Servicio Público, establece: “Para desempeñar un puesto público se requiere de nombramiento o contrato legalmente expedido por la respectiva autoridad nominadora.”;

Que, el literal b) del artículo 17 de la Ley Orgánica de Servicio Público, dispone: “Para el ejercicio de la función pública los nombramientos podrán ser: b) Provisionales”;

Que, el artículo 55 de la Ley Orgánica de Servicio Público, expresa: “Del subsistema de planificación del talento humano.- Es el conjunto de normas, técnicas y procedimientos orientados a determinar la situación histórica, actual y futura del talento humano, a fin de garantizar la cantidad y calidad de este recurso, en función de la estructura administrativa correspondiente.”;

Que, el artículo 56 de la Ley Orgánica de Servicio Público, indica: “Las Unidades de Administración del Talento Humano estructurarán, elaborarán y presentarán la planificación del talento humano, en función de los planes, programas, proyectos y procesos a ser ejecutados.”;

Que, el artículo 57 de la Ley Orgánica de Servicio Público, manifiesta: “El Ministerio de Trabajo aprobará la creación de puestos a solicitud de la máxima autoridad de las instituciones del sector público determinadas en el artículo 3 de esta ley, a la cual se deberá adjuntar el informe de las unidades de administración de talento humano, previo el dictamen favorable del Ministerio de Finanzas en los casos en que se afecte la masa salarial o no se cuente con los recursos necesarios.”;

Que, el artículo 16 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, señala: “Entiéndase por nombramiento el acto unilateral del poder público expedido por autoridad competente o autoridad nominadora mediante la expedición de un decreto, acuerdo, resolución, acta o acción de personal que otorga capacidad para el ejercicio de un puesto en el servicio público.”;

Que, el literal b) del artículo 17 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, prescribe: “Los nombramientos extendidos para el ejercicio de un puesto en la función pública pueden ser: b) Provisionales: Aquellos otorgados para ocupar temporalmente los puestos…”;

Que, el literal c) del artículo 18 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, menciona: “Se podrá expedir nombramiento provisional en los siguientes casos: c.- Para ocupar un puesto cuya partida estuviere vacante hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición, para cuya designación provisional será requisito básico contar con la convocatoria. Este nombramiento provisional se podrá otorgar a favor de una servidora, un servidor o una persona que no sea servidor siempre que cumpla con los requisitos establecidos para el puesto”;

Que, el cuarto inciso del artículo 143 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, indica: “Cuando las instituciones del Estado hayan contratado personal hasta el lapso de tiempo que permite el artículo 58 de la LOSEP, en el que se incluye la renovación, de persistir la necesidad de cumplimiento de actividades permanentes, la UATH planificará la creación del puesto el cual será ocupado agotando el concurso de méritos y oposición.”;

Que el artículo 1 de la Resolución MDT-VSP-2015-0002, de 28 de febrero de 2015, el Ministerio del Trabajo resolvió: “Art. 1.- Aprobar la creación de tres mil ciento ochenta y cuatro (3184) puestos en la escala de remuneraciones mensuales unificadas para el Consejo de Judicatura…”;

Que, el artículo 1 del Acuerdo Ministerial MDT-2015-0176, de 28 de julio de 2015, suscrito por el economista Carlos Marx Carrasco, Ministro del Trabajo a la fecha, manifiesta: “Art. 1.- Expedir el Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos del Consejo de la Judicatura…”;

Que, mediante Oficio MDT-VSP-2015-0670, de 28 de julio de 2015, la ingeniera Paola Hidalgo Verdesoto, Viceministra del Servicio Público a la fecha, pone en conocimiento de la economista Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura a la fecha, que: “Mediante Oficios Nos. MINFIN-DM-2015-0345 y MINFIN-DM-2015-0382, de 29 de junio y 21 de julio de 2015, respectivamente, el Ministerio de Finanzas emitió dictamen presupuestario favorable para la creación de cuatro mil un (4001) puestos de carrera del Consejo de la Judicatura. (…) con la finalidad de que, se concluya con el proceso de creación de puestos acorde a lo establecido en el Acuerdo Ministerial MDT-2015-0135.”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 30 de julio de 2015, mediante Resolución 216-2015, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial No. 375, de 7 de octubre de 2015, resolvió: “DE LA CREACIÓN DE CUATRO MIL UN (4001) PUESTOS EN EL CONSEJO DE LA JUDICATURA”;

Que, el numeral 5 del literal B.2.1 del Anexo 1 del Acuerdo Ministerial 0249, de 9 de diciembre de 2016, suscrito por la economista Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (s), indica: “5. Las entidades no podrán realizar reformas al distributivo de remuneraciones mensuales unificadas por creación de puestos, contratos de servicios ocasionales, revisión a la clasificación y valoración de puestos y demás movimientos de personal que involucren recursos financieros adicionales, si la entidad no cuenta con la asignación y disponibilidad presupuestaria institucional suficiente a nivel de masa salarial, que cubra estos requerimientos, según el Artículo No. 115 del COPLAFIP.”;

Que, mediante Memorando CJ-DNTH-SA-2017-4798, de 19 de septiembre de 2017, suscrito por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano, pone en conocimiento de la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), el “INFORME TÉCNICO No. DNTH-SNATH-0464-2017”, de 19 de septiembre de 2017, referente a “Nombramientos Provisionales a nivel nacional”; y, el proyecto de resolución respectivo;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando CJ-DG-2017-4505, de 20 de septiembre de 2017, suscrito por el doctor Tomás Alvear Peña, Director General, quien remite el Memorando CJ-DNJ-SNA-2017-1107, de 19 de septiembre de 2017, suscrito por la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), que contiene el proyecto de resolución para: “Otorgar Nombramientos Provisionales a los Servidores de la Función Judicial”; y,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, por unanimidad,

RESUELVE:

OTORGAR NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES

A LOS SERVIDORES DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

Artículo 1.- Aprobar el informe técnico No. DNTH￾SNATH-0464-2017, de 19 de septiembre de 2017, contenido en el Memorando CJ-DNTH-SA-2017-4798, de 19 de septiembre de 2017, referente a la emisión de nombramientos provisionales a nivel nacional, suscritos por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.

Artículo 2.- Otorgar nombramientos provisionales a los servidores de la Función Judicial, conforme con los anexos que forman parte de esta resolución.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ÚNICA.- La notificación de la presente resolución se realizará una vez que se encuentre aprobado por parte del Ministerio de Finanzas el ingreso del personal constante en los anexos que forman parte de esta resolución, al sistema de remuneraciones, bajo la modalidad de nombramiento provisional.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo, en el ámbito de sus competencias de la Dirección General y la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.

SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de sesiones del Pleno Consejo de la Judicatura, el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Gustavo Jalkh Röben, Presidente.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó esta resolución el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

ANEXO 1

NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES POR REEMPLAZOS FINANCIADOS

No.

PROVINCIA

NOMBRE_ ORGANISMO

DEPENDENCIA

CEDULA

FUNCIONARIO

CARGO

1

CHIMBORAZO

CORTE PROVINCIAL DE CHIMBORAZO

CORTE PROVINCIAL DE CHIMBORAZO

0603976218

MOINA GARCÉS MARÍA FERNANDA

MÉDICO PERITO

2

CHIMBORAZO

CORTE PROVINCIAL DE CHIMBORAZO

CORTE PROVINCIAL DE CHIMBORAZO

1803455839

ZUNTA LÓPEZ GEOVANNA ELÍZABETH

TRABAJADOR SOCIAL PERITO

3

COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

0502043300

GARZÓN CAICEDO JULIO CRISTIAN

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

4

COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

0503502791

LEMA OCHOG ANDREA PAULINA

GESTOR DE ARCHIVO

5

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0705059616

SUÁREZ GARZÓN JOSÉ LUIS

COORDINADOR DE UNIDAD JUDICIAL 2

6

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0701889842

ANZOÁTEGUI SÁNCH Z

GLENDA MARÍA DEL PILAR

GESTOR DE ARCHIVO

7

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE

PR VINCIAL DE EL ORO

0705887784

IGUASNIA

JORDÁN JOSEPH ENRIQUE

GESTOR DE ARCHIVO

8

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL

ORO

0705195709

TENESACA BENAVIDES CHRISTOFFER RAMIRO

LIQUIDADOR – PAGADOR

9

EL ORO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EL ORO

DIR CCIÓN PROVINCIAL DE EL

ORO

0705285567

BODERO SOLÍS VICTORIA JANETH

TÉCNICO PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

10

ESMERALDAS

CORTE PROVINCIAL DE ESMERALDAS

CORTE PROVINCIAL DE ESMERALDAS

0802117713

ALMEIDA VERA MERCEDES DEL ROCÍO

TÉCNICO OPERATIVO

11

ESMERALDAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESMERALDAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESMERALDAS

0803258334

JIJÓN MEZA PATRICIA ALEXANDRA

ANALISTA DE SECRETARÍA PROVINCIAL Y ARCHIVO 2

12

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0909839417

MANCHENO CORTEZ JORGE ERNESTO

COORDINADOR DE UNIDAD JUDICIAL 2

13

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0201565298

PAREDES PAREDES DIEGO MESÍAS

COORDINADOR DE UNIDAD JUDICIAL 2

14

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0921491874

BORBOR REALPE TONNY ROBERTO

NOTIFICADOR- CITADOR

15

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0927229765

DÁVILA SILVA DOMINIQUE MARIE

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

16

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0914244124

NUQUES MOLINA MARÍA GABRIELA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

17

GUAYAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GUAYAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GUAYAS

0927587337

TRIVIÑO VELASCO NICOLE ANDREA

ANALISTA PROVINCIAL FINANCIERO 2

18

GUAYAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GUAYAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GUAYAS

1719796961

DÁVILA DURÁN MARÍA JOSÉ

TÉCNICO PROVINCIAL DE GESTIÓN PROCESAL

19

GUAYAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GUAYAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GUAYAS

0917397275

MÁRQUEZ MUJICA MARIUXI MERCEDES

TÉCNICO PROVINCIAL DE GESTIÓN PROCESAL

20

IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA

1003008214

VÁSQUEZ LIMAICO KATHERINE LIZETH

GESTOR DE ARCHIVO

21

IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA

1003175294

GÓMEZ GORDILLO ALEX FERNANDO

NOTIFICADOR- CITADOR

22

IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE

IMBABUR

CORTE

PPOVINCIAL DE IMBABURA

1003099288

SALAZAR CRUZ DORA RUBY

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

23

IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE

IMBABURA

1003039029

TORRES PROAÑO NADIA CAROLINA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

24

IMBABURA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE IMBAB RA

DIR CCIÓ PROVINCIAL DE

IMBABURA

1003527684

LOYO BUSTOS LUIS FERNANDO

ANALISTA PROVINCIAL DE TALENTO HUMANO 1

25

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1103283394

ESPINOZA GÁLVEZ EDUARDO GEOVANNY

COORDINADOR DE UNIDAD JUDICIAL 2

26

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1105596843

CHAMBA LIMA RICHARD ALCÍVAR

GESTOR DE ARCHIVO

27

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1103867071

DELGADO CRUZ GISSELA CECIBEL

GESTOR DE ARCHIVO

28

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1105942286

JIMÉNEZ CAMPOVERDE JÉSSICA PATRICIA

GESTOR DE ARCHIVO

29

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1105674715

LOZADA TORRES JONATHAN EDUARDO

GESTOR DE ARCHIVO

30

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1105024325

SALINAS BERMEO SANDRA ELÍZABETH

GESTOR DE ARCHIVO

31

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1103707558

JARAMILLO VICENTE PAULO ALEXÁNDER

GESTOR DE ARCHIVO

32

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1103779102

SOLANO MORENO BETHYS VERÓNICA

LIQUIDADOR – PAGADOR

33

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1105897985

LEÓN PUGA CARMEN NATALIA

NOTIFICADOR- CITADOR

34

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1104469117

PALADINÉS MORA PEDRO JOSÉ

NOTIFICADOR- CITADOR

35

LOJA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LOJA

1900592815

HERRERA ROJAS VIVIANA NARCISA

ANALISTA PROVINCIAL FINANCIERO 2

36

LOJA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LOJA

1102554985

DÁVILA TORRES MARÍA FERNANDA

CO RDINADOR PROVINCIAL DE ESTUDIOS

JURIMÉTRICOS Y

ESTADÍSTICA JUDICIAL

37

LOS RÍOS

CORTE PROVINCIAL DE LOS RIOS

CORTE PROVINCIAL DE LOS RÍOS

1205230384

PACHECO PALMA EMILIO

AGUSTÍN

NOTIFICADOR- CITADOR

38

MANABÍ

CORTE PROVINCIAL DE MANABÍ

CORTE

P OVINCIAL DE MANABÍ

1312761776

MOSCOSO

MACÍAS KARLA ESTEFANÍA

MEDIADOR COORDINADOR DE OFICINA

39

MORONA SANTIAGO

CORTE PROVINCIAL DE MORONA SANTIAGO

CORTE PROVINCIAL DE MORONA SANTIAGO

1600644510

MENDOZA ESPINOZA ABIGAIL ALEXANDRA

TÉCNICO OPERATIVO

40

MORONA SANTIAGO

DIR CCIÓN PROVINCIAL DE MORONA SANTIAGO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MORONA SANTIAGO

1400388631

RIVADENEIRA TORRES PABLO JAVIER

ANALISTA PROVINCIAL DE MEDIACIÓN, JUSTICIA DE PAZ Y OTROS MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS 1

41

NAPO

CORTE PROVINCIAL DE NAPO

CORTE PROVINCIAL DE NAPO

1500759459

VARGAS CRUZ DORIS LORENA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

42

NAPO

CORTE PROVINCIAL DE NAPO

CORTE PROVINCIAL DE NAPO

0604064998

AULLA RUIZ JÉSSICA FERNANDA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

43

NAPO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NAPO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NAPO

1500637366

ANDI CHIMBO MAGALY ADELA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO PROVINCIAL 1

44

NAPO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NAPO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NAPO

1500704588

DÁVILA VERDUGA RONNIE VALERIA

TÉCNICO DE SECRETARÍA PROVINCIAL Y ARCHIVO

45

NAPO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NAPO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NAPO

1500581259

CALAPUCHA NACIMBA NIMIA LAURA

TÉCNICO PROVINCIAL ADMINISTRATIVO

46

PASTAZA

CORTE PROVINCIAL DE PASTAZA

CORTE PROVINCIAL DE PASTAZA

1600450702

RODAS ZABALA ESPERANZA LETICIA

GESTOR DE ARCHIVO

47

PASTAZA

CORTE PROVINCIAL DE PASTAZA

CORTE PROVINCIAL DE PASTAZA

1600533424

VILLACÍS SEGOVIA JOHANA FERNANDA

GESTOR DE ARCHIVO

48

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1709337370

RUBIO FLORES JUAN CARLOS

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

49

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

CENTRO NACIONAL DE MEDIACIÓN DE LA FUNCIÓN

JUDICIAL

1720339744

GUTIÉRREZ IZURIETA LOURDES GIANINA

TÉCNICO DE CENTRO NACIONAL DE MEDIACIÓN

50

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL ADMINISTRATIVA

1715212245

RIVADENEIRA MENESES ÉDISON ALEJANDRO

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

51

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL ADMINISTRATIVA

1712334174

MIÑO BETANCOURT ÉDGAR

FABRICIO

SUPERVISOR DE SERVICIOS GENERALES

52

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDI ATURA

DIRECCIÓN NACIONAL ADMINISTRATIVA

1711947471

BARBA AGUILAR ALFREDO LEÓNIDAS

TÉCNICO DE ACTIVOS FIJOS Y ALMACÉN

53

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PROCESAL

1713142519

VALLEJO FALCONÍ JULIETA PAULINA

TÉCNICO DE GESTIÓN PROCESAL PENAL

54

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE INNOVACIÓN, DESARROLLO Y MEJORA CONTINUA DEL SERVICIO

JUDICIAL

1717823353

VITERI ARIAS NELSON

MAURICIO

TÉCNICO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO

55

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE INNOVACIÓN, DESARROLLO Y MEJORA CONTINUA DEL SERVICIO JUDICIAL

1713861076

TUITICE TIPÁN NORMA PATRICIA

JEFE DEPARTAMENTAL NACIONAL DE ÓRGANOS AUXILIARES Y SISTEMA PERICIAL

56

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE INNOVACIÓN, DESARROLLO Y MEJORA CONTINUA DEL SERVICIO JUDICIAL

1717433682

DÍAZ GUEVARA JOHANNA PAOLA

TÉCNICO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO

57

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

1717581605

AYALA BUSTAMANTE VERÓNICA FERNANDA

ANALISTA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 1

58

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

1718310756

CHICAIZA CUPUERÁN ALEXANDRA ELIZABETH

OFICINISTA AUXILIAR

59

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

1712236221

VALDIVIEZO GETIAL WILMA JEANETH

TÉCNICO DE SOPORTE INTEGRAL A LA GESTIÓN

60

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

0201338563

CAMACHO ESCOBAR DIEGO MARCELO

ANALISTA DE SOPORTE INTEGRAL A LA GESTIÓN 1

61

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO

1723479810

ACOSTA BALDEÓN MIGUEL ÁNGEL

ANALISTA DE EVALUACIÓN DE TALENTO HUMANO 1

62

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO

1716000920

CONSTANTE FISCAL EVELYN ADRIANA

ANALISTA DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS TÉCNICOS DE TALENTO HUMANO 2

63

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO

1720214814

CANDELO PAREDES KAREN JOHANNA

TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN DE TALE TO HUMANO

64

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y

COMUNICACIONES

1802774958

MOREJÓN ABRIL EDUARDO VINICIO

TÉCNICO DE INFRAESTRUCTURAS, SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES

65

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

ESCUELA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

1717621260

ETCHEVERRY CARRERA JULIO ALBERTO

JEFE DE LA ESCUELA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

66

CORT NACIONAL DE

JUSTICIA

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

1723301378

EGAS VELASCO JOHANNA ALEJANDRA

AYUDANTE JUDICIAL

67

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

1104812803

MONTERO BRAVO RENATO ALEJANDRO

AYUDANTE JUDICIAL

68

SANTA ELENA

CORTE PROVINCIAL DE SANTA ELENA

CORTE PROVINCIAL DE SANTA ELENA

0919960922

MERCHÁN PERERO JOHANNA KATHERINE

GESTOR DE ARCHIVO

69

SANTA ELENA

CORTE PROVINCIAL DE SANTA ELENA

CORTE PROVINCIAL DE SANTA ELENA

0920399995

YAGUAL TROYA MARÍA ILIANA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

70

SANTA ELENA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTA ELENA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTA ELENA

0908900327

ALVARADO VILLAVICENCIO IRMA OFELIA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO PROVINCIAL 1

71

SANTA ELENA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTA ELENA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTA ELENA

0925272254

CAMPI JIMÉNEZ RAFAEL ALEJANDRO

ASISTENTE ADMINISTRATIVO PROVINCIAL 1

72

SANTA ELENA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTA ELENA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTA ELENA

0922543095

NARVÁEZ PRUDENTE MAYRA LILIAM

TÉCNICO DE SECRETARÍA PROVINCIAL Y ARCHIVO

73

SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTO DOMINGO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANTO DOMINGO

1102762935

RODRÍGUEZ TROYA MAURO AUGUSTO

ANALISTA PROVINCIAL DE TALENTO HUMANO 1

74

TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

1804197661

ROBAYO TORRES GABRIELA ALEJANDRA

GESTOR DE ARCHIVO

75

TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

1804087722

VELÁSTEGUI COLOMA OMAYRA VANESSA

GESTOR DE ARCHIVO

76

TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

1803406428

VALENCIA MONTENEGRO MARÍA GABRIELA

PARVULARIA/O DE ÓRGANOS

JURISDICCIONALES

77

TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

1803278082

GARCÍA CARRILLO MAURA VIVIANA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

78

TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

1803893872

OBREGÓN MANZANO LUCÍA GABRIELA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

79

TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

CORTE PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

1804408258

SEGURA PICO LISET ALEXANDRA

TÉCNICO DE VENTANILLA E INFORMACIÓN

80

TUNGURAHUA

DIRECCIÓN NACIONAL DE TUNGURAHUA

DIRECCIÓN NACIONAL DE TUNGURAHUA

1803685245

TOAPAXI ÁLVAREZ PAULINA ELIZABETH

ABOGADO PROVINCIAL 2

81

TUNGURAHUA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TUNGURAHUA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TUNG RAHUA

1804549044

BRAVO DONOSO ÉDGAR ANDRÉS

ANALISTA PROVINCIAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES 1

ANEXO 2

NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES POR REEMPLAZOS PARA CUBRIR VACANTES DE SECRETARIO(A)

DE JUZGADO Y UNIDAD JUDICIAL Y AYUDANTES JUDICIALES

NO.

PROVINCIA

NOMBRE_ ORGANISMO

DEPENDENCIA

CÉDULA

FUNCIONARIO

CARGO

1

CAÑAR

CORTE PROVINCIAL DE CAÑAR

CORTE PROVINCIAL DE CAÑAR

0302602735

ÁVILA ESPINOZA RICARDO MARCELO

AYUDANTE JUDICIAL

2

CAÑAR

CORTE PROVINCIAL DE CAÑAR

CORTE PROVINCIAL DE CAÑAR

1101833240

CÓRDOVA VARGAS JOSÉ LEONIDAS

AYUDANTE JUDICIAL

3

COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

0503287468

CHOCHOS ASTUDILLO MILTON PATRICIO

AYUDANTE JUDICIAL

4

COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

0503840381

COLLANTES SALAZAR KAREN NATHALY

AYUDANTE JUDICIAL

5

COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

CORTE PROVINCIAL DE COTOPAXI

0503626061

RIVAS ALARCÓN ANDREA MELISSA

AYUDANTE JUDICIAL

6

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0705856227

LOAIZA MATAMOROS ADRIANA BERENICE

AYUDANTE JUDICIAL

7

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0705426195

NARANJO NEIRA ROMINA SOFÍA

AYUDANTE JUDICIAL

8

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0705492627

CASTELLANO ORELLANA LIDIZETH ELIZABETH

AYUDANTE JUDICIAL

9

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0705849446

ESPINOZA CASTRO ÉRICK JORDY

AYUDANTE JUDICIAL

10

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0702932039

GRANDA CALDERÓN VANESSA ESTEPHANÍA

AYUDANTE JUDICIAL

11

EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

CORTE PROVINCIAL DE EL ORO

0703103788

HUREL REYES LISBECK MARÍA

AYUDANTE JUDICIAL

12

ESMERALDAS

CORTE PROVINCIAL DE ESM RALDAS

CORTE PROVINCIAL DE ESMERALDA

0908863095

VELOZ

RODRÍGUEZ FERNANDO GABRIEL

AYUDANTE JUDICIAL

13

ESMERALDAS

CORTE PROVINCIAL DE ESMERALDAS

CORTE PROVINCIAL DE ESMERALDAS

0802358713

VERA LUCAS JEYSSON XAVIER

AYUDANTE JUDICIAL

14

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE G AYAS

0917059081

CEDEÑO ARIAS RICHARD IBAL

AYUDANTE JUDICIAL

15

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0915571061

DÍAZ JIJÓN FRANCISCO GEOVANNY

AYUDANTE JUDICIAL

16

GUAYAS

CORTE

P OVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0925378291

DONOSO MANZABA MARÍA NARCISA

AYUDANTE JUDICIAL

17

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0950838755

INTRIAGO ORTEGA RONALD ANDRÉS

AYUDANTE JUDICIAL

18

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

1313111690

JARAMILLO VERA DAGNER GEOVANNY

AYUDANTE JUDICIAL

19

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

1004099733

LÓPEZ QUIÑÓNEZ GLORIA MILENA

AYUDANTE JUDICIAL

20

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

1705532602

SEGARRA ENCARNACIÓN MAX ROBERT

AYUDANTE JUDICIAL

21

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0923020242

ZAPATA BARAHONA ÉDGAR JAVIER

AYUDANTE JUDICIAL

22

GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

CORTE PROVINCIAL DE GUAYAS

0919496364

PEÑARANDA MUÑOZ STALINA ANDREA

SECRETARIO(A) DE JUZGADO Y UNIDADES JUDICIALES

23

IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA

CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA

1003495254

GARZÓN ALEMÁN TOMÁS GEOVANNY

AYUDANTE JUDICIAL

24

LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

CORTE PROVINCIAL DE LOJA

1104143399

ROJAS CRIOLLO RICHARD EDUARDO

AYUDANTE JUDICIAL

25

LOS RÍOS

CORTE PROVINCIAL DE LOS RÍOS

CORTE PROVINCIAL DE LOS RÍOS

1206875005

VERDEZOTO DEL SALTO JOHANNA IVONNE

AYUDANTE JUDICIAL

26

LOS RÍOS

CORTE PROVINCIAL DE LOS RÍOS

CORTE PROVINCIAL DE LOS RÍOS

1203553928

ZAPATA VERA MAYRA ALEJANDRA

SECRETARIO(A) DE JUZGADO Y UNIDADES JUDICIALES

27

MANABÍ

CORTE PROVINCIAL DE MANABÍ

CORTE PROVINCIAL DE MANABÍ

1313241331

INTRIAGO GARCÍA MARÍA FERNANDA

AYUDANTE JUDICIAL

28

MANABÍ

CORTE PROVINCIAL DE MANABÍ

CORTE PROVINCIAL DE MANABÍ

1312606377

BAZURTO ALCÍVAR WILSON ARSE IO

AYUDANTE JUDICIAL

29

MANABÍ

CORTE PROVINCIAL DE MANABÍ

CORTE PROVINCIAL D

MANABÍ

1311939456

ROSADO BARRETO JUAN ESTÉBAN

AYUDANTE JUDICIAL

30

MORONA SANTIAGO

CORTE PROVINCI L DE MORONA SANTIAGO

CORTE PROVINCIAL DE MORONA SANTI GO

1104893696

LOZANO QUIZHPE JOSÉ EFRIIN

AYUDANTE JUDICIAL

31

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE

PICHINCH

1724594344

PAZ Y MIÑO ANALUISA MARÍA JOSÉ

AYUDANTE JUDICIAL

32

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1720168549

BOADA NAVARRETE CARLOS MANUEL

AYUDANTE JUDICIAL

33

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1714110218

CISNEROS CEVALLOS NATALIE CAROLINA

AYUDANTE JUDICIAL

34

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1722642939

GARCÉS PROAÑO WILBER ANDRÉS

AYUDANTE JUDICIAL

35

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1721138616

MORALES CUICHÁN JULIO CÉSAR

AYUDANTE JUDICIAL

36

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1723137582

NARANJO VILLACÍS MARÍA ALEJANDRA

AYUDANTE JUDICIAL

37

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1718569591

OÑA NOROÑA ANDRÉS MAURICIO

AYUDANTE JUDICIAL

38

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

0201716388

ORDÓÑEZ GONZÁLEZ DAVID ALEJANDRO

AYUDANTE JUDICIAL

39

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1725680084

PAREDES MIRANDA LUPE JEANETH

AYUDANTE JUDICIAL

40

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

0930794789

PAZMIÑO DUARTE DIANA CAROLINA

AYUDANTE JUDICIAL

41

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1720945144

YANACALLO SIMBAÑA ÉRIKA PAMELA

AYUDANTE JUDICIAL

42

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1707043103

NOBOA COLEM PATRICIO CORNELIO

SECRETARIO(A) DE JUZGADO Y UNIDADES JUDICIALES

43

SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

CORTE PROVINCIAL DE SANTO

DOMINGO DE LOS

TSÁCHILAS

CORTE PROVINCIAL DE SANTO

DOMINGO DE LOS

TSÁCHILAS

1717283814

MACAS PIZARRO LILIA INÉS

AYUDANTE JUDICIAL

44

ZAMORA CHINCHIPE

CORTE PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

CORTE PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

1104794159

QUIROGA BENÍTEZ LUIS FABIÁN

AYUDANTE JUDICIAL

45

ZAMORA CHINCHIPE

CORTE PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

CORTE PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

1900634088

GONZÁLEZ PARDO JAIRO ARTURO

SECRETARIO(A) DE JUZGADO Y UNIDADES JUDICIALES

Razón: Siento por tal que los anexos 1 y 2 que anteceden forman parte de la Resolución 172-2017, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General del Consejo de la Judicatura.

No. 173-2017

EL PLENO DEL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial.”;

Que, los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador, establecen: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura además de las que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial. (…); y, 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el artículo 200 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: “Las notarias y notarios son depositarios de la fe pública; serán nombrados por el Consejo de la Judicatura previo concurso público de oposición y méritos, sometido a impugnación y control social…”;

Que, el artículo 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “Con el fi n de garantizar el acceso a la justicia, el debido proceso, la independencia judicial y los demás principios establecidos en la Constitución y este Código, dentro de los grandes lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, los órganos de la Función Judicial, en el ámbito de sus competencias, deberán formular políticas administrativas que transformen la Función Judicial para brindar un servicio de calidad de acuerdo a las necesidades de las usuarias y usuarios…”;

Que, el numeral 5 del artículo 38 del Código Orgánico de la Función Judicial, expresa, que las notarias y los notarios son parte integrante de la Función Judicial;

Que, el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala: “El Consejo de la Judicatura es el órgano único de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial…”;

Que, el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, prescribe que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “10. Expedir (…) resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el artículo 296 del Código Orgánico de la Función Judicial, prevé: “El Notariado es un órgano auxiliar de la Función Judicial y el servicio notarial consiste en el desempeño de una función pública que la realizan las notarias y los notarios, quienes son funcionarios investidos de fe pública para autorizar, a requerimiento de parte, los actos, contratos y documentos determinados en las leyes y dar fe de la existencia de los hechos que ocurran en su presencia…”;

Que, el artículo 297 del Código Orgánico de la Función Judicial, expresa: “El Servicio Notarial se rige por la Constitución, este Código, la Ley Notarial y demás disposiciones legales y reglamentarias.”;

Que, el artículo 301 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “El servicio notarial es permanente e ininterrumpido. Para cumplir sus funciones, cuando el caso amerite o las partes lo requieran, podrá autorizar los actos o contratos fuera de su despacho notarial…”;

Que, el artículo 301A del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “Cada notaria o notario titular contará con una o un notario suplente, quien debe reunir los mismos requisitos que el titular y lo reemplazará en casos de ausencia temporal. Para el efecto, la notaria o notario titular remitirá a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura el nombre de su notaria o notario suplente, que no podrá ser su cónyuge o conviviente o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad ni primero de afinidad, y los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos. La falsedad de los documentos o información remitida ocasionará la destitución de la notaria o notario titular.

La notaria o notario titular será solidariamente responsable civil y administrativamente por las actuaciones de la notaria o notario suplente en el ejercicio de sus funciones.

En ningún caso, la notaria o notario suplente reemplazará al titular cuando la ausencia se deba por suspensión o destitución de la notaria o notario titular como consecuencia de una acción disciplinaria.”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 14 de octubre de 2014, mediante Resolución 260-2014, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 371, de 10 de noviembre de 2014, resolvió: “EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN Y EJERCICIO DE FUNCIONES DE LAS NOTARIAS Y LOS NOTARIOS SUPLENTES”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 26 de octubre de 2015, mediante Resolución 344-2015, publicada en elSuplemento del Registro Oficial No. 630, de 18 de noviembre de 2015, resolvió: REFORMAR LA RESOLUCIÓN 260-2014 DE 14 DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA RESOLVIÓ: “EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN Y EJERCICIO DE FUNCIONES DE LAS NOTARIAS Y LOS NOTARIOS SUPLENTES”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 9 de mayo de 2016, mediante Resolución 085-2016, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 770, de 7 de junio de 2016, resolvió: REFORMAR LA RESOLUCIÓN 260-2014, DE 14 DE OCTUBRE DE 2014, MEDIANTE LA CUAL EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA RESOLVIÓ: “EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN Y EJERCICIO DE FUNCIONES DE LAS NOTARIAS Y LOS NOTARIOS SUPLENTES”;

Que, mediante Memorando CJ-DNTH-SA-2017-4750, de 14 de septiembre de 2017, suscrito por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano, pone en conocimiento de la abogada Connie Frías Mendoza, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), los Informes Técnicos: DNTH-SNATH-443-2017, DNTH-SNATH-444-2017, DNTH-SNATH-445-2017 y DNTH￾SNATH-446-2017, correspondientes a la designación de notarios suplentes en las provincias de El Oro, Guayas, Loja y Pichincha;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando CJ-DG-2017-4494, de 19 de septiembre de 2017, suscrito por el doctor Tomás Alvear Peña, Director General, quien remite el Memorando CJ-DNJ￾SNA-2017-1092, de 18 de septiembre de 2017, suscrito por la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), que contiene el proyecto de resolución para: “APROBAR LOS INFORMES TÉCNICOS Y DESIGNAR NOTARIOS SUPLENTES EN LAS PROVINCIAS DE EL ORO, GUAYAS, LOJA Y PICHINCHA”; y,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, por unanimidad,

RESUELVE:

APROBAR LOS INFORMES TÉCNICOS Y

DESIGNAR NOTARIOS SUPLENTES EN LAS

PROVINCIAS DE EL ORO, GUAYAS, LOJA Y

PICHINCHA

Artículo 1.- Aprobar los Informes Técnicos DNTH￾SNATH-443-2017, DNTH-SNATH-444-2017, DNTH￾SNATH-445-2017 y DNTH-SNATH-446-2017, contenidos en el Memorando CJ-DNTH-SA-2017-4750, de 14 de septiembre de 2017, suscrito por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura, referente a la designación de notarios suplentes en la provincia de El Oro, Guayas, Loja y Pichincha.

Artículo 2.- Designar notarios suplentes en la provincia de El Oro, Guayas, Loja y Pichincha conforme con el anexo que forma parte de esta resolución.

Artículo 3.- Delegar a la Dirección General del Consejo de la Judicatura, la notificación y posesión de los notarios suplentes que constan en esta resolución, conforme a lo establecido en la ley, los reglamentos e instructivos previstos para el efecto.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ÚNICA.- Previa la posesión de los notarios suplentes, se deberán observar las incompatibilidades determinadas en el artículo 78 del Código Orgánico de la Función Judicial. De ser el caso, el notario titular, deberá proponer un nuevo candidato que cumpla con lo establecido en el reglamento respectivo.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo en el ámbito de sus competencias de la Dirección General, la

Dirección Nacional de Talento Humano y la Direcciones Provinciales de: El Oro, Guayas, Loja y Pichincha del Consejo de la Judicatura.

SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Gustavo Jalkh Röben, Presidente.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó esta resolución el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

ANEXO

DESIGNAR NOTARIOS SUPLENTES PARA LAS PROVINCIAS DE EL ORO,

GUAYAS, LOJA Y PICHINCHA

NOTARIOS SUPLENTES DE LA PROVINCIA DE EL ORO

No.

NOMBRE DEL NOTARIO TITULAR

NOTARIO SUPLENTE A REMPLAZAR

NOMBRE NOTARIO POSTULANTE

NOTARÍA QUE APLICA

SITUACIÓN LABORAL ACTUAL

1

MACAS SANDOVAL VÍCTOR ERASMO

CAPA TEJEDOR MARCELA E ELVINA

ORELLANA ROMERO JANINA ELVIRA

2 – PASAJE

LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

2

MALDONADO CASTRO JUAN DE DIOS

LUZURIAGA CAMPOVERDE BOLIVAR EDUARDO

PRECIADO CEDILLO DIANA ELÍZABETH

3 – PASAJE

LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

NOTARIOS SUPLE TES DE LA PROVINCIA DE GUAYAS

No.

NOMBRE DEL NOTARIO

TITULAR

NOTARIO

SUPLENTE A REMPLAZAR

NOMBRE NOTARIO POSTULANTE

NOTARÍA QUE APLICA

SITUACIÓN LABORAL ACTUAL

1

ENCALADA DUFFER MAGNI SUSANA

OCHOA OCHOA MARÍA GABRIELA

RONQUILLO DELGADO SILVANA DENISSE

4- SAMBORONDÓN

GERENTE LEGAL DE ZION ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS S.A.

2

FREIRE GUTIÉRREZ MARÍA LUCÍA

SUÁREZ FLORES GRACE DENISE

SILVA CEDEÑO HENRY RAMIRO

20- GUAYAQUIL

ASESOR JURÍDICO EN

AFPV ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS S.A.

NOTARIO SUPLENTE DE LA PROVINCIA DE LOJA

No.

NOMBRE DEL NOTARIO TITULAR

NOTARIO SUPLENTE A REMPLAZAR

NOMBRE NOTARIO POSTULANTE

NOTARÍA QUE APLICA

SITUACIÓN LABORAL ACTUAL

1

PUNÍN CASTILLO PABLO FERNANDO

CHAMBA PULLAGUARI LUIS EDGARDO

CELI SARMIENTO WÁLTER VINICIO

7 – LOJA

LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

NOTARIOS SUPLENTES DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

No.

NOMBRE DEL NOTARIO TITULAR

NOTARIO SUPLENTE A REMPLAZAR

NOMBRE NOTARIO POSTULANTE

NOTARÍA QUE APLICA

SITUACIÓN LABORAL ACTUAL

1

PALACIOS VIVERO MARÍA JOSÉ

YÁNEZ ERAZO JOSÉ DARÍO

BARRENO MARTÍNEZ JUAN MIGUEL

31 – QUITO

LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

2

BORJA BORJA RAMIRO GONZALO

CAMACHO FLORES JUAN CARLOS

CHIRIBOGA VARGAS DANIEL EFRAÍN

70 – QUITO

LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

Razón: Siento por tal que el anexo que antecede forma parte de la Resolución 173-2017, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General del Consejo de la Judicatura.

No. 174-2017

EL PLENO DEL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial”;

Que, el numeral 2 del artículo 168 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: 2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.”;

Que, el artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: “La Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada administración de justicia.”;

Que, los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador, estipulan: “Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial (…); y, 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el numeral 2 del artículo 42 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala: “Las servidoras y servidores de la Función Judicial pertenecen a la carrera judicial, de acuerdo a la siguiente clasificación: 2. Las demás servidoras y servidores judiciales pertenecen a la carrera judicial administrativa.”

Que, el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial, prescribe: “El Consejo de la Judicatura es el órgano único de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial, que comprende: órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos.”;

Que, los numerales 1 y 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, disponen que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “1. Nombrar y evaluar a las juezas y a los jueces y a las conjuezas y a los conjueces de la Corte Nacional de Justicia y de las Cortes Provinciales, juezas y jueces de primer nivel, Fiscales Distritales, agentes fi scales y Defensores Distritales, a la Directora o al Director General, miembros de las direcciones regionales, y directores nacionales de las unidades administrativas; y demás servidoras y servidores de la Función Judicial (…); y, 10. Expedir, (…) resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el artículo 16 de la Ley Orgánica de Servicio Público, establece: “Para desempeñar un puesto público se requiere de nombramiento o contrato legalmente expedido por la respectiva autoridad nominadora.”;

Que, el literal b) del artículo 17 de la Ley Orgánica de Servicio Público, dispone: “Para el ejercicio de la función pública los nombramientos podrán ser: b) Provisionales”;

Que, el artículo 55 de la Ley Orgánica de Servicio Público, expresa: “Del subsistema de planificación del talento humano.- Es el conjunto de normas, técnicas y procedimientos orientados a determinar la situación histórica, actual y futura del talento humano, a fin de garantizar la cantidad y calidad de este recurso, en función de la estructura administrativa correspondiente.”;

Que, el artículo 56 de la Ley Orgánica de Servicio Público, indica: “Las Unidades de Administración del Talento Humano estructurarán, elaborarán y presentarán la planificación del talento humano, en función de los planes, programas, proyectos y procesos a ser ejecutados.”;

Que, el artículo 57 de la Ley Orgánica de Servicio Público, manifiesta: “El Ministerio de Trabajo aprobará la creación de puestos a solicitud de la máxima autoridad de las instituciones del sector público determinadas en el artículo 3 de esta ley, a la cual se deberá adjuntar el informe de las unidades de administración de talento humano, previo el dictamen favorable del Ministerio de Finanzas en los casos en que se afecte la masa salarial o no se cuente con los recursos necesarios.”;

Que, el artículo 16 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, señala: “Entiéndase por nombramiento el acto unilateral del poder público expedido por autoridad competente o autoridad nominadora mediante la expedición de un decreto, acuerdo, resolución, acta o acción de personal que otorga capacidad para el ejercicio de un puesto en el servicio público.”;

Que, el literal b) del artículo 17 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, prescribe: “Los nombramientos extendidos para el ejercicio de un puesto en la función pública pueden ser: b) Provisionales: Aquellos otorgados para ocupar temporalmente los puestos…”;

Que, el literal c) del artículo 18 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, menciona: “Se podrá expedir nombramiento provisional en los siguientes casos: c.- Para ocupar un puesto cuya partida estuviere vacante hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición, para cuya designación provisional será requisito básico contar con la convocatoria. Este nombramiento provisional se podrá otorgar a favor de una servidora, un servidor o una persona que no sea servidor siempre que cumpla con los requisitos establecidos para el puesto”;

Que, el cuarto inciso del artículo 143 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, indica: “Cuando las instituciones del Estado hayan contratado personal hasta el lapso de tiempo que permite el artículo 58 de la LOSEP, en el que se incluye la renovación, de persistir la necesidad de cumplimiento de actividades permanentes, la UATH planificará la creación del puesto el cual será ocupado agotando el concurso de méritos y oposición.”;

Que, el artículo 1 de la Resolución MDT-VSP-2015-0002, de 28 de febrero de 2015, el Ministerio del Trabajo resolvió: “Art. 1.- Aprobar la creación de tres mil ciento ochenta y cuatro (3184) puestos en la escala de remuneraciones mensuales unificadas para el Consejo de Judicatura…”;

Que, el artículo 1 del Acuerdo Ministerial MDT-2015-0176, de 28 de julio de 2015, suscrito por el economista Carlos Marx Carrasco, Ministro del Trabajo a la fecha, manifiesta: “Art. 1.- Expedir el Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos del Consejo de la Judicatura…”;

Que, mediante Oficio MDT-VSP-2015-0670, de 28 de julio de 2015, la ingeniera Paola Hidalgo Verdesoto, Viceministra del Servicio Público a la fecha, pone en conocimiento de la economista Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura a la fecha, que: “Mediante Oficios Nos. MINFIN-DM-2015-0345 y MINFIN-DM-2015-0382, de 29 de junio y 21 de julio de 2015, respectivamente, el Ministerio de Finanzas emitió dictamen presupuestario favorable para la creación de cuatro mil un (4001) puestos de carrera del Consejo de la Judicatura. (…) con la finalidad de que, se concluya con el proceso de creación de puestos acorde a lo establecido en el Acuerdo Ministerial MDT-2015-0135.”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 30 de julio de 2015, mediante Resolución 216-2015, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial No. 375 de 7 de octubre de 2015, resolvió: “DE LA CREACIÓN DE CUATRO MIL UN (4001) PUESTOS EN EL CONSEJO DE LA JUDICATURA”;

Que, el numeral 5 del literal B. 2.1 del Anexo 1 del Acuerdo Ministerial 0249, de 9 de diciembre de 2016, suscrito por la economista Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (s), indica: “5. Las entidades no podrán realizar reformas al distributivo de remuneraciones mensuales unificadas por creación de puestos, contratos de servicios ocasionales, revisión a la clasificación y valoración de puestos y demás movimientos de personal que involucren recursos financieros adicionales, si la entidad no cuenta con la asignación y disponibilidad presupuestaria institucional suficiente a nivel de masa salarial, que cubra estos requerimientos, según el Artículo No. 115 del COPLAFIP.”;

Que, mediante memorando CJ-DNTH-SA-2017-4876, de 26 de septiembre de 2017, suscrito por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano, pone en conocimiento de la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), el informe técnico No. DNTH-SNATH-0476-2017, de 26 de septiembre de 2017, para otorgar nombramientos provisionales por reemplazos financiados; y, el proyecto de resolución respectivo;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando CJ-DG-2017-4634, de 28 de septiembre de 2017, suscrito por el doctor Tomás Alvear Peña, Director General, quien remite el Memorando CJ-DNJ￾SNA-2017-1142, de 26 de septiembre de 2017, suscrito por la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), que contiene el proyecto de resolución para: “Otorgar nombramientos provisionales a los servidores judiciales de la Función Judicial”; y,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, por unanimidad de los presentes,

RESUELVE:

OTORGAR NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES

A LOS SERVIDORES DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

Artículo 1.- Aprobar el informe técnico No. DNTH￾SNATH-0476-2017, de 26 de septiembre de 2017,

contenido en el Memorando CJ-DNTH-SA-2017-4876, de 26 de septiembre de 2017, referente a la emisión de nombramientos provisionales a nivel nacional, suscrito por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.

Artículo 2.- Otorgar nombramientos provisionales a los servidores de la Función Judicial, conforme con el anexo que forma parte de esta resolución.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ÚNICA.- La notificación de la presente resolución se realizará una vez que se encuentre aprobado por parte del Ministerio de Finanzas el ingreso del personal constante el anexo que forma parte de esta resolución, al sistema de remuneraciones, bajo la modalidad de nombramiento provisional.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo, en el ámbito de sus competencias de la Dirección General y la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.

SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de sesiones del Pleno Consejo de la Judicatura, el veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Gustavo Jalkh Röben, Presidente.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó esta resolución el veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

ANEXO 1

NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES POR REEMPLAZOS FINANCIADO

PROVINCIA

NOMBRE ORGANISMO

DEPENDENCIA

CÉDULA

FUNCIONARIO

CARGO

1

IMBABURA

DIRECCIÓN PROVINCIAL D IMBABURA

DIREC IÓN PROVINCIAL DE IMBABURA

1002852117

ARROYO ORTIZ SONIA LORENA

TÉCNICO PROVINCIAL DE TALENTO HUMANO

2

LOJA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LOJA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LOJA

0301891412

RODAS MOGROVEJO WILSON RAFAEL

TÉCNICO PROVINCIAL DE TALENTO HUMANO

3

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1716114150

VASCO CADENA ANA MARÍA

COORDINADOR DE UNIDAD JUDICIAL 2

4

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1712024080

VINUEZA LEÓN JOSÉ WILLIAMS

COORDINADOR DE UNIDAD JUDICIAL 2

5

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1752963288

CASTAÑEDA RUALES ESTEBAN SEBASTIÁN

GESTOR DE ARCHIVO

6

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1711615094

POZO CARRERA RICHARD PATRICIO

GESTOR DE ARCHIVO

7

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1721769618

ORDÓÑEZ RODRÍGUEZ ESTEFANY GABRIELA

GESTOR DE ARCHIVO

8

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1725254880

BASANTES CRUZ PRISCILA NATALI

NOTIFICADOR – CITADOR

9

PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA

1713295242

ASIMBAYA BELTRÁN ROSA ELVIRA

TRABAJADOR SOCIAL PERITO

10

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA

JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

1714254099

ROJAS CRUZ FRANCISCO XAVIER

ABOGADO DE PATROCINIO 2

11

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA

JUDICATURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

1803565629

RIVADENEIRA ROMO MARÍA SALOMÉ

ANALISTA DE CONTROL

DISCIPLINARIO 2

12

PLANTA CENTRAL

CONSEJO DE LA

JUDICATURA

ESCUELA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

1002988036

YÉPEZ ORTIZ CIRLEY ESTEFANY

TÉCNICO DE LA ESCUELA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

13

PLANTA CENTRAL

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

1750044115

GORDILLO TUMIPAMBA ELISA DEL ROCÍO

ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1

Razón: Siento por tal que el anexo que antecede forma parte de la Resolución 174-2017, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General del Consejo de la Judicatura.

No. 175-2017

EL PLENO DEL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial.”;

Que, el artículo 170 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé: “Para el ingreso a la Función Judicial se observarán los criterios de igualdad, equidad, probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación ciudadana.”;

Que, el artículo 176 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone:

“Los requisitos y procedimientos para designar servidoras y servidores judiciales deberán contemplar un concurso de oposición y méritos, impugnación y control social; se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres.”;

Que, el artículo 228 de la Constitución de la República del Ecuador, dictamina: “El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley…”;

Que, el primer inciso del artículo 36 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece como principios rectores: “En los concursos para el ingreso a la Función Judicial y en la promoción, se observarán los principios de igualdad, probidad, no discriminación, publicidad, oposición y méritos.”;

Que, el artículo 37 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “El perfil de las servidoras o servidores de la Función Judicial deberá ser el de un profesional del Derecho con una sólida formación académica; con capacidad para interpretar y razonar jurídicamente, con trayectoria personal éticamente irreprochable, dedicado al servicio de la justicia, con vocación de servicio público, iniciativa, capacidad innovadora, creatividad y compromiso con el cambio institucional de la justicia.”;

Que, el artículo 52 del Código Orgánico de la Función Judicial, manifiesta: “Todo ingreso de personal a la Función Judicial se realizará mediante concurso público de oposición y méritos, sujeto a procesos de impugnación, control social y se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres; a través de los procedimientos establecidos en este Código.”;

Que, el artículo 72 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala: “Los que aprobaren el curso de formación inicial, habiendo sido declarados elegibles en los concursos de oposición y méritos y sin embargo no fueren nombrados, constarán en un banco de elegibles que tendrá a su cargo la Unidad de Recursos Humanos.

En caso de que se requiera llenar vacantes, se priorizará a quienes conforman el banco de elegibles, en estricto orden de calificación.

De este banco también se escogerá a quienes deban reemplazar a los titulares en caso de falta, impedimento o contingencia.

La permanencia en el banco de elegibles será de seis años.

Se valorará como mérito el haber integrado el banco de elegibles para nuevos concursos, de conformidad con el reglamento respectivo.”;

Que, el artículo 73 del Código Orgánico de la Función Judicial, menciona: “Los resultados de los concursos y de las evaluaciones realizadas a los cursantes de la Escuela Judicial serán vinculantes para las autoridades nominadoras las que, en consecuencia, deberán nombrar, para el puesto o cargo, al concursante que haya obtenido el mejor puntaje en el concurso, ya sea de ingreso o de promoción de categoría, dentro de la escala de puntuación, mínima y máxima, correspondiente.

Si deben llenarse varios puestos vacantes de la misma categoría se nombrará, en su orden, a los concursantes que hayan obtenido los puntajes que siguen al primero.”;

Que, el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “10. Expedir (…) resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura, en sesión de 3 de mayo de 2017, mediante Resolución 061-2017, publicada en el Registro Oficial No. 18, de 20 de junio de 2017, resolvió: “DECLARAR ELEGIBLES A LOS JUECES DE LA FUENTE DE LA CARRERA JUDICIAL JURISDICCIONAL Y APROBAR EL INFORME FINAL DE INTEGRACIÓN DEL BANCO ÚNICO DE ELEGIBLES PARA EL CARGO DE JUECES DE CORTE PROVINCIAL, JUEZ DE TRIBUNAL DISTRITAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO; Y, JUEZ DE TRIBUNAL DISTRITAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO, A NIVEL NACIONAL”;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura, en sesión de 20 de septiembre de 2017, mediante Resolución 170- 2017, resolvió: “INTEGRAR EN UN SOLO BANCO DE ELEGIBLES A LAS PERSONAS QUE APROBARON EL CURSO DE FORMACIÓN INICIAL QUE CONSTAN EN LAS RESOLUCIONES 162-2017; 244-2015; 219-2015; 211-2015; Y, 072-2015”;

Que, mediante Memorando CJ-DNTH-SA-2017-4882, de 26 de septiembre de 2017, suscrito por la ingeniera Nancy Herrera Coello, Directora Nacional de Talento Humano, pone en conocimiento de la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), el: “Informe No. 008-2017 designación de jueces a nivel nacional.”; y, el proyecto de resolución respectivo;

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el Memorando CJ-DG-2017-4636, de 28 de septiembre de 2017, suscrito por la doctor Tomás Alvear Peña, Director General, quien remite el Memorando CJ-DNJSNA- 2017-1145, de 26 de septiembre de 2017, suscrito por la abogada Paola Chávez Rodríguez, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e), que contiene el proyecto de resolución para: “NOMBRAR JUECES A NIVEL NACIONAL”;

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, por unanimidad de los presentes,

RESUELVE:

NOMBRAR JUECES NIVEL NACIONAL

Artículo 1.- Nombrar jueces a los postulantes elegibles a nivel nacional, conforme con el anexo que forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Delegar a la Dirección General del Consejo de la Judicatura, la notificación y posesión de jueces, conforme a lo establecido en la ley, los reglamentos e instructivos previstos para el efecto.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo, en el ámbito de sus competencias de la Dirección General y la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.

SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Gustavo Jalkh Röben, Presidente.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura, aprobó esta resolución el veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.

ANEXO 1

NOMBRAR JUECES A NIVEL NACIONAL

No.

JUSTIFICACIÓN

CÉDULA

APELLIDOS – NOMBRES

SE SUGIERE NOMBRAMIENTO PARA:

JUDICATURA

PROVINCIA

CANTÓN

PUNTAJE

TRIBUNAL DISTRITAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO

1

VACANTE POR PLAN DE COBER- TURA

0602821696

RODRÍGUEZ MONGÓN MARCO VINICIO

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTEN- CIOSO TRIBU- TARIO

GUAYAS

GUAYA- QUIL

88.20

2

VACANTE POR PLAN DE COBER- TURA

1801769470

SANDOVAL MOLNA JAIME ALONSO

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTEN- CIOSO TRIBU- TARIO

GUAYAS

GUAYA- QUIL

88.00

3

VACANTE POR PLAN DE COBER- TURA

0916269293

YÉPEZ BUSTAMAN- TE ALEXAN- DRA JACQUE- LINE

TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTEN- CIOSO ADMI- NISTRATIVO

GUAYAS

GUAYA- QUIL

80.00

4

VACANTE

POR REEMPLAZO ROMÁN MÁRQUEZ MILTON OSWALDO (FUNCIONES PRORROGADAS)

0400832457

MORENO MORENO

WASHINGTON DEMETRIO

TRIBUNAL DIS- TRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRA- TIVO

P CHN CHA

QUITO

79.00

TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES

1

VACANTE POR RENUNCIA DIANA GISELA

FERNÁNDEZ LEÓN

1714219977

MÉNDEZ POZO JUAN CARLOS

TRIBUNAL PENAL IÑAQUITO

PICHINCHA

QUITO

94.8

2

VACANTE POR REEMPLA-

ZO MARCO VINICIO RODRÍGUEZ MONGÓN

QUIEN ACEPTÓ EL CARGO DE JUEZ DE TRIBUNAL CONTENCIOSO

0915329197

CEVALLOS CRUZ GUEDIS ARNALDO

TRIBUNAL PENAL DE GUAYAQUIL

GUAYAS

GUAYA- QUIL

90.9

3

VACANTE POR REEMPLAZO JAIME ALONSO

SANDOVAL MOLINA QUIEN ACEPTÓ EL CARGO DE JUEZ

DE TRIBUNAL CONTENCIOSO

1002209177

CHURTA RODRÍGUEZ CARLOS WALBERTO

TRIBUNAL PENAL DE GUAYAQUIL

GUAYAS

GUAYA- QUIL

90.45

4

VACANTE POR RENUNCIA DE EDI JIOVANNY VILLA CAJAMARCA

1802185742

CARRASCO CASTRO CARLOS WILFRIDO

TRIBUNAL PENAL IÑAQUITO

PICHINCHA

QUITO

89.8

5

VACANTE POR RENUNCIA

ELISABETH MARTÍNEZ PADILLA

0602152548

COSTALES VALLEJO SARA IPATIA

TRIBUNAL PENAL IÑAQUITO

PICHINCHA

QUITO

89.75

6

VACANTE POR RENUNCIA DE TERÁN CARRILLO

WILMAN GABRIEL QUIEN ACEPTÓ SER NOMBRADO COMO JUEZ DE SALA EN LOS RÍOS

1714251236

BÓSQUEZ ALDAZ SANDRA KARINA

TRIBUNAL PE- NAL DE SANTO DOMINGO

DE LOS TSÁCHILAS

SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

SANTO DOMINGO

89.55

7

VACANTE POR REEMPLA- ZO VLADIMIR

GONZALO ALBERTO JHAYYA FLOR QUIEN ACEPTÓ SER NOMBRADO COMO JUEZ DE SALA EN PICHINCHA

0604006585

TENESACA ATUPAÑA JUAN

TRIBUNAL PENAL IÑAQUITO

PICHINCHA

QUITO

89.30

8

VACANTE POR

REEMPLAZO

ALEXANDRA

JACQUELINE YÉPEZ

BUSTAMANTE

QUIEN

ACEPTÓ EL

CARGO DE JUEZ

DE TRIBUNAL

CONTENCIOSO

0910986918

VIERA ENCALADA NEBEL FABRICIO

TRBUNAL PENAL DE GUAYAQUIL

GUAYAS

GUAYA- QUIL

89.18

Razón: Siento por tal que el anexo que antecede forma parte de la Resolución 175-2017, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.

f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General del Consejo de la Judicatura.