Administración del Señor
Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiƩrcoles, 29 de Marzo de 2017 (R. O. 973,
29-marzo-2017)

SUMARIO

Ministerio de
Industrias y Productividad:

Ejecutivo:

Acuerdos

17 030 ExpĆ­dese el Código de Ɖtica

Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana:

000019

EstablƩcense los
cupos para el pago por concepto de ayuda de transporte de equipaje

000020

EstablƩcese el
requerimiento de visa de ingreso para las y los ciudadanos de la RepĆŗblica
Popular DemocrƔtica de Corea

ProcuradurĆ­a
General del Estado:

Extractos -De consultas del mes de febrero
de 2017

Ministerio de
Industrias y Productividad: SubsecretarĆ­a de la Calidad:

Resoluciones

17 075 Desƭgnese al laboratorio de la CompaƱƭa
Kangle S. A., Ensambladora de Artefactos ElƩctricos S. A., realice ensayos en
ventiladores de pared, pedestal y mesa

Ministerio de
Transporte y Obras PĆŗblicas:

043-2016-SZ7 ApruƩbese el Estatuto Reformado de la
Microempresa de Conservación Vial ?Piñas?

Agencia de
Regulación y Control Minero:

02 ARCOM-2017 DeclƔrese el estado de emergencia
institucional, en la ciudad de Zaruma, provincia de El Oro

Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

001-2016-DNOV-IEPI

DelƩguense
funciones y facultades a las siguientes personas:

Natalia BetzabƩ
Jiménez Álvarez y otros, servidores de la Dirección Nacional de Obtenciones
Vegetales

001-2016-SG-IEPI

Jaime NicolƔs
TerƔn Farto, Secretario de la Unidad de Oposiciones y Tutelas Administrativas
de la Dirección Nacional de Propiedad Industrial

002-2016-DNOV-IEPI

Jorge Campana,
Experto Principal en Obtenciones Vegetales

?

002-2016-SG-IEPI

Pamela Alexandra
Gómez Castillo

003-2016-DNOV-IEPI

Verónica Esther
Zhunio Cifuentes

004-2016-DNOV-IEPI

Verónica Esther
Zhunio Cifuentes

008-2016-SG-IEPI

Judith Nataly
Aguilar Paredes

Superintendencia
de Bancos:

Transparencia y
Control Social

SB-2017-163 DeclƔrese concluido el proceso de
disolución y liquidación voluntaria y anticipada del Banco Promérica S.A.

SB-2017-186

ModifĆ­quese la
?Norma de control para la calificación de los auditores internos de las entidades
de los sectores financieros pĆŗblico y privado?

Superintendencia
de Control del Poder de Mercado:

SCPM-DS-05-2017 Refórmese el Estatuto OrgÔnico
de Gestión Organizacional por Procesos

Gobiernos
Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

-Cantón
Marcelino Maridueña: Que regula la determinación, administración y recaudación
del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2016 – 2017

CONTENIDO


Nro.
17 030

EL
MINISTRO DE INDUSTRIAS Y

PRODUCTIVIDAD

Considerando:

Que,
el número 4 del Art. 3 de la Constitución de la República del Ecuador
establece: ?Son deberes primordiales del Estado: ?(…) 4 Garantizar la Ć©tica
laica como sustento del quehacer pĆŗblico y el ordenamiento jurĆ­dico (…)?;

Que,
la Carta Magna en el nĆŗmero 25 de su Art. 66, reconoce y garantiza el derecho
de las personas a acceder a bienes y servicios pĆŗblicos y privados de calidad,
con eficiencia y buen trato, así como recibir Información adecuada y veraz
sobre su contenido y caracterĆ­sticas;

Que,
el numeral undƩcimo del Art. 83 Ibƭdem, determina que es responsabilidad de los
servidores y funcionarios asumir las funciones pĆŗblicas como un servicio a la colectividad
y rendir cuentas a la sociedad y a la autoridad, de conformidad con la ley;

Que,
el numeral primero del Art. 85 IbĆ­dem, establece: ?(…) Las polĆ­ticas pĆŗblicas
y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarÔn a hacer efectivos
el buen vivir y todos los derechos, y se formularƔn a partir del principio de
solidaridad (…)?.

Que,
la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 154 dispone que las
ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del Ôrea a
su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;

Que,
el Art. 226 IbĆ­dem, prescribe: ?Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en
virtud de una potestad estatal ejercerƔn solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. TendrÔn el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo
el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución?.

Que,
el Art. 227 del referido cuerpo legal, señala: ?La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?.

Que,
la Ley OrgÔnica del Servicio Público establece en su artículo 1 lo siguiente:
?Principios.- La presente Ley se sustenta en los principios de: calidad,
calidez, competitividad, continuidad, descentralización, desconcentración, eficacia,
eficiencia, equidad, igualdad, jerarquía, lealtad, oportunidad, participación, racionalidad,
responsabilidad, solidaridad, transparencia y universalidad que promuevan la
interculturalidad, igualdad y la no discriminación?;

Que,
la ley Ibídem en su artículo 2 señala: ?Objetivo.- El servicio público y la
carrera administrativa tienen por objetivo propender al desarrollo profesional,
técnico y personal de las y los servidores públicos, para lograr el permanente
mejoramiento, eficiencia, eficacia, calidad, productividad del Estado y de sus
instituciones, mediante la conformación, el funcionamiento y desarrollo de un
sistema de gestión del talento humano sustentado en la igualdad de derechos,
oportunidades y la no discriminación?;

Que,
en las Normas de Control Interno nĆŗmeros 200-01 y 407-08 constantes en las
Normas de Control para las Entidades, Organismos del Sector PĆŗblico y Personas JurĆ­dicas
de Derecho Privado que dispongan de Recursos PĆŗblicos Contenido en el Acuerdo
No. 039-CG, emitidas por la ContralorĆ­a General del Estado, publicado en el Suplemento
del R.O. No. 87 de 14 de diciembre de 2009, se establece:

?200-01
Integridad y valores Ʃticos: La integridad y los valores Ʃticos son elementos
esenciales del ambiente de control, la administración y el monitoreo de los
otros componentes del control interno. La mƔxima autoridad y los directivos
establecerƔn los principios y valores Ʃticos como parte de la cultura
organizacional para que perduren frente a los cambios de las personas de libre
remoción; estos valores rigen la conducta de su personal, orientando su
integridad y compromiso hacia la organización. La mÔxima autoridad de cada
entidad emitirÔ formalmente las normas propias del código de ética, para
contribuir al buen uso de los recursos públicos y al combate a la corrupción.
Los responsables del control interno determinarƔn y fomentarƔn la integridad y
los valores Ʃticos, para beneficiar el desarrollo de los procesos y actividades
institucionales y establecerÔn mecanismos que promuevan la incorporación del
personal a esos valores; los procesos de 407-08 Actuación y honestidad de las
servidoras y servidores.

(?)

?407-08
Actuación y honestidad de las servidoras y servidores: La mÔxima autoridad, los
directivos y demƔs personal de la entidad, cumplirƔn y harƔn cumplir las
disposiciones legales que rijan las actividades institucionales, observando los
códigos de ética, normas y procedimientos relacionados con su profesión y
puesto de trabajo. Los directivos no sólo cautelarÔn y motivarÔn el
cumplimiento de estos principios y del ordenamiento jurĆ­dico vigente en el
trabajo que ejecutan las servidoras y servidores, sino que estƔn en la
obligación de dar muestras de la observancia de éstos en el desempeño de sus funciones.
Las servidoras y servidores, cualquiera sea el nivel que ocupen en la
institución, estÔn obligados a actuar bajo principios de honestidad y
profesionalismo, para mantener y ampliar la confianza de la ciudadanĆ­a en los servicios
prestados, observando las disposiciones legales que rijan su actuación técnica.
No podrÔn recibir ningún beneficio directo o indirecto y se excusarÔn de
intervenir en asuntos en los que tengan conflictos de interƩs personal o de su
cónyuge o conviviente, hijos y parientes hasta el segundo grado de afinidad o
cuarto de consanguinidad.?

Que,
mediante Acuerdo Ministerial No. 12127 de 02 de abril de 2012, la Econ.
Verónica Sión de Josse, Ministra de Industrias y Productividad de esa época,
expidió el Código de Ɖtica de los Funcionarios, Servidores y Trabajadores del
Ministerio de Industrias y Productividad;

Que,
el Plan Nacional del Buen Vivir 2013 -2017, en sus objetivos 1, 3, 12, 12.4,
establece respectivamente: «auspiciar la igualdad», «mejorar la calidad de
vida», «construir un Estado democrÔtico para el Buen Vivir» y «fomentar un
servicio pĆŗblico eficiente y competenteĀ»;

Que,
es necesario contar con un código de ética que ratifique los principios de
legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeƱo de las
actividades de los Funcionarios, Servidores, y Trabajadores del Ministerio de
Industrias y Productividad para que, en su actuación, prevalezca una conducta
digna que responda a las necesidades de la sociedad, propiciando una plena
vocación de servicio público en beneficio de la colectividad;

Que,
mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1069, de 10 de junio de 2016, el economista
Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica designa al economista
Santiago León Abad como Ministro de Industrias y Productividad.

En
ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, el infrascrito
Ministro de Industrias y Productividad:

Acuerda:

Expedir
el nuevo Código de Ɖtica del Ministerio de Industrias y Productividad:

TƍTULO
I

ArtĆ­culo
1.- Objetivos, Ámbito de Aplicación y Filosofía Institucional: El presente
Código de Ɖtica, impulsa lĆ­neas de comportamiento de los servidores y
funcionarios del Ministerio de Industrias y Productividad en un marco de
transparencia, que permita dar una orientación en la labor cotidiana de los
servidores y funcionarios, logrando asĆ­ un desarrollo a nivel personal e
institucional. Tales definiciones se traducen en parƔmetros que deben ser cumplidos
de manera consciente y obligatoria, por todos los directivos, servidores y
funcionarios. En tal sentido, complementa las demƔs obligaciones contenidas en los
Reglamentos Internos de Trabajo, Resoluciones, Circulares y Procedimientos
emitidos por el Ministerio de Industria y Productividad.

AdemƔs,
todos los funcionarios de nivel jerƔrquico superior tienen que desempeƱar un
papel particularmente importante y deben adherirse estrictamente al Código de Ɖtica
con la finalidad de guiar con el ejemplo; asegurarse que el personal se
comprometa con la Misión y Visión a través de una labor transparente que cumpla
con las leyes, normas establecidas y procedimientos del MIPRO; tratar a los
funcionarios con imparcialidad y presumir la buena fe en su actuar; aplicar el
Código de Ɖtica de una manera objetiva adoptando medidas apropiadas cuando los
servidores y funcionarios del MIPRO incumplan las normas requeridas o
demuestren un comportamiento contradictorio con el referido Código.

El
Ministerio de Industrias y Productividad, tiene como objetivo esencial el
fortalecimiento de la cultura institucional, teniendo como tarea el ser un
referente de institución pública para el país.

Estamos
llamados a dar un servicio de excelencia a la ciudadanĆ­a, para generar confianza
y credibilidad, por tanto, cada uno de nosotros, los servidores y funcionarios del
Ministerio de Industrias y Productividad, debemos actuar con honestidad,
responsabilidad y lealtad, siendo fi eles a estos principios en todo momento
dentro y fuera de nuestra institución.

FilosofĆ­a
Institucional: El presente Código de Ɖtica estĆ” enmarcado en la Misión, Visión
y Valores Institucionales que detallamos a continuación:

MISIƓN:
Formular y ejecutar políticas públicas, para la transformación del patrón de
especialización industrial, que genere condiciones favorables para el Buen
Vivir.

VISIƓN:
Ser la Institución pública dinamizadora del sector industrial que lidere la
transformación de la productividad, calidad y competitividad del Ecuador.

ArtĆ­culo
2.- Principios y Valores Institucionales:

Honestidad:
Los servidores del Ministerio de Industrias y Productividad actuamos con base a
la verdad, a la prƔctica de la moral y la integridad.

Compromiso:
Nos esforzamos por el cumplimiento de la misión y visión institucional.

Respeto:
Los funcionarios del Ministerio de Industrias y Productividad mostramos
consideración y apoyo a nuestros usuarios, con una atención de calidad,
utilizando eficientemente los recursos pĆŗblicos.

Responsabilidad:
Cumplimos nuestro trabajo con eficiencia y eficacia, de tal manera que exceda
con excelencia y calidad los objetivos institucionales.

Calidad:
Esta Cartera de Estado procura la mejora constante de la productividad,
provisión y acceso a los servicios que presta el Estado Central y sus instituciones,
bajo los mƔs altos estƔndares de calidad tanto nacionales como internacionales.

Equidad:
El Ministerio de Industrias y Productividad se encamina a la atención en
igualdad de condiciones a los usuarios internos y externos, en todos los
servicios que ofrece la institución, desterrando toda prÔctica de políticas de
exclusión e iniquidad, así como todo tipo de discriminación.

Trabajo
en Equipo: Somos un equipo sólido, motivado, cohesionado y respetuoso de las
ideas, trabajando en función de intereses y objetivos comunes.

Profesionalismo:
Los funcionarios, servidores y trabajadores del MIPRO ejercerÔn su función
pĆŗblica con capacidad, perseverancia, mĆ­stica, esmero y compromiso de obtener y
mantener el conocimiento y destrezas requeridas en un campo especĆ­fico, y
utilizarlos para proveer la mƔs alta calidad del servicio, con un sentido
profundo de pertenencia a la Institución y una plena identificación con su
visión, misión y objetivos estratégicos institucionales.

En
concordancia con la misión, visión y valores institucionales las Normas de
Conducta que regirÔn la gestión institucional son:

TƍTULO
II

NORMAS
DE CONDUCTA COMO

SERVIDORES
PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE

INDUSTRIAS
Y PRODUCTIVIDAD

CAPƍTULO
I

ArtĆ­culo
3.- ORIENTACIƓN A LA EXCELENCIA: Realizar las tareas conforme a los mĆ”s altos
niveles de rendimiento y calidad para mejorar constantemente la gestión propia
y la de otros, procurando trabajar y alcanzar estƔndares de excelencia.

Articulo
4.- LIDERAZGO: El liderazgo es la base del desarrollo de nuestra institución;
su imagen, actitudes, aptitudes, comportamiento individual y colectivo; que motive
a los servidores y funcionarios, coadyuvar en el desarrollo personal de manera
integral, lo que permite la consecución de los objetivos individuales, del
equipo y de la organización en su conjunto.

ArtĆ­culo
5.- CONDUCTA PROFESIONAL: Actuar positivamente, con predisposición, dinamismo y
Ʃtica profesional, con la debida prudencia y buen criterio para mantener la
independencia y objetividad en sus actividades profesionales acordes con las
polĆ­ticas y valores institucionales.

ArtĆ­culo
6.- IMPACTO E INFLUENCIA: Los servidores y funcionarios de los diferentes
procesos y equipos de trabajo, deben influenciar e involucrarse en los cambios
sustantivos de la organización con predisposición y liderazgo, a fin de
respaldar la gestión y persuadir al resto de compañeros a que orienten su
comportamiento conforme a la misión y visión de la Institución.

ArtĆ­culo
7.- COMPROMISO PERSONAL CON LA INSTITUCIƓN: Establecer y cumplir con profesionalismo
y Ʃtica, los compromisos adquiridos y necesarios para alcanzar los objetivos
institucionales, a través de la ejecución efectiva de las actividades, acciones
y responsabilidades de cada funcionario y servidor.

ArtĆ­culo
8.- FORTALECIMIENTO DE LA IDENTIDAD INSTITUCIONAL: Proyectar una imagen
institucional de servicio, basada en una conducta individual-colectiva
asociadas a la lealtad, transparencia, justicia, dignidad, rectitud,
honestidad, eficiencia y responsabilidad, en concordancia con los objetivos nacionales
del Plan Nacional para el Buen Vivir.

ArtĆ­culo
9.- APRENDER CONTINUAMENTE PARA EL DESARROLLO: Manifestar predisposición de involucrarse
en diferentes acciones y procesos para su desarrollo continuo, auto capacitarse
y profesionalizarse con el propósito de potencializar sus competencias para su beneficio
personal, de los equipos de trabajo, de los procesos y del Ministerio de
Industrias y Productividad en su conjunto.

ArtĆ­culo
10.- EVALUACIƓN PERMANENTE: Revisar constantemente que nuestro trabajo tenga
como principio fundamental la calidad de los servicios, resultado de nuestros
procesos organizacionales, orientados al cumplimiento de la misión y visión
institucional, a la consecución de los objetivos y logro de metas asociadas al
desempeƱo, con la finalidad de llevar un proceso de mejora continua que
responda a la contribución del buen vivir en nuestra sociedad.

ArtĆ­culo
11.- PROCURAR LA AUTORREALIZACIƓN: Ejercitar de forma regular las cuatro dimensiones
de la personalidad humana: fĆ­sica, mental, emocional y espiritual, para
alcanzar el desarrollo Ć­ntegro de cada funcionario y servidor.

ArtĆ­culo
12.- INICIATIVA, INNOVACIƓN Y CREATIVIDAD: Promover y generar propuestas con la
finalidad de mejorar la eficiencia administrativa y operativa de nuestra
Institución, optimizando constantemente los procesos de tal forma que coadyuven
la entrega de servicios de calidad, acordes con la misión y visión
institucional.

ArtĆ­culo
13.- PROACTIVIDAD: Participar activamente en la creación de alternativas para
mejoramiento continuo de los procesos del Ministerio, colaborando en la generación
de ideas que contribuyan al desenvolvimiento de actividades de todas las
unidades administrativas, a travƩs del desarrollo de actitudes y aptitudes, mediante
conocimientos previos anticipando posibles contratiempos y formulando ejes de
acción que hagan posible la consecución de los objetivos planteados, metas propuestas,
tareas y actividades encomendadas, que permitan lograr una productividad mayor
a la planificada.

ArtĆ­culo
14.- CAPACIDAD DE DIƁLOGO: Desarrollar y poner en prƔctica la habilidad para
llegar a acuerdos o consensos, prestos a interactuar con los demƔs, creciendo en
tolerancia, prestando atención, promoviendo un clima de comunión que nos
permita mejorar nuestra comunicación y relaciones entre compañeros,
departamentos, Ôreas y direcciones de la institución; así como también con los diferentes
actores del paĆ­s y partes interesadas, asegurando el logro de los objetivos al
obtener resultados justos a los intereses tanto nacional como institucional.

ArtĆ­culo
15.- ANƁLISIS OBJETIVO DE DECISIONES: Analizar problemas y resolver en forma inmediata,
teniendo auto confianza en la verificación de la información y tomar las decisiones
oportunas sopesando los hechos e implicaciones de las decisiones basadas en la
información disponible, orientada a la viabilidad de los procesos productivos
de la gestión del sector industrial.

ArtĆ­culo
16.- SOLUCIƓN DE PROBLEMAS: Estudiar un tema o problema con un enfoque
analítico, apertura y buena predisposición, identificando los puntos esenciales
para poder determinar sus causas, raĆ­z y elegir soluciones eficientes y
efectivas, con el propósito de mejorar nuestros procesos y servicios como institución
pĆŗblica.

ArtĆ­culo
17.- TRABAJO EN EQUIPO: Alto nivel de colaboración y cooperación entre los
servidores para cumplir un objetivo y responsabilidad comĆŗn, aportando ideas y
proporcionar soluciones a las dificultades presentadas y en beneficio de los
objetivos institucionales.

ArtĆ­culo
18.- PENSAMIENTO SISTƉMICO: El pensamiento sistĆ©mico es la actitud del ser
humano, que se basa en la percepción del mundo real en términos de totalidades
para su anÔlisis, comprensión y accionar, a diferencia del planteamiento del
método científico, que sólo percibe partes de éste y de manera inconexa.

ArtĆ­culo
19.- HUMILDAD INTELECTUAL: La humildad intelectual radica en reconocer que uno
no debe pretender que sabe mÔs de lo que realmente sabe. Esto no significa sumisión
ni debilidad; simplemente es la carencia de pretensiones, jactancia y el
fundamento de los funcionamientos lógicos o de la falta de ellos en las creencias
propias.

ArtĆ­culo
20.- ORIENTACIƓN A RESULTADOS: Cumplir los objetivos proyectados y orientar las
acciones llevadas a cabo en lograr y superar los estƔndares de desempeƱo y los
plazos fijados. Trabajar con objetivos claramente establecidos y realistas.

ArtĆ­culo
21.- PRIORIDAD EN LA PERSONA: Establecer prioridades permite tener mƔs en claro
como planificar el tiempo. Asignar la mayor cantidad de tiempo para realizar
las actividades con las personas mƔs importantes en la vida de cada
funcionario, para sentirse mƔs pleno y satisfecho con cada una de las
experiencias de la vida.

CAPƍTULO
II

NORMAS
DE CONDUCTA RELACIONADAS CON

NUESTRO
ENFOQUE A LOS USUARIOS

ArtĆ­culo
22.- PERSPECTIVA INTEGRAL DE NUESTROS SERVICIOS: Proyectar a la organización, como
una Cartera de Estado moderna, innovadora y eficaz, mediante el impulso y
desarrollo de nuevos procesos integrados y automatizados, con base en un
sistema de gestión enfocado a la satisfacción del usuario.

ArtĆ­culo
23.- COMPROMISO CON EL SERVICIO HACIA EL USUARIO: Servir a los usuarios en sus requerimientos
y necesidades de manera oportuna, eficaz, eficiente, transparente, a travƩs de
una atención proactiva y personalizada para brindar un servicio con calidad y calidez,
contribuyendo activamente al cumplimiento de los objetivos institucionales.

ArtĆ­culo
24.- EFECTIVIDAD EN EL SERVICIO QUE PRESTA EL MINISTERIO: Integrar todos los
recursos, a fin de atender los requerimientos de los usuarios, cumplir y hacer
cumplir las polƭticas del estado respecto a los estƔndares de un buen servicio,
tomando como base una evaluación continua de la satisfacción de los usuarios, a
través del diseño e implementación de indicadores de gestión y desempeño que
evidencie el nivel de servicio que prestamos como institución.

CAPƍTULO
III

NORMAS
DE CONDUCTA RELACIONADAS

CON
EL FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONAL Y

NUESTRO
ENTORNO DE TRABAJO

ArtĆ­culo
25.- RESPONSABILIDAD CON EL DESARROLLO INDUSTRIAL DEL PAƍS: Sensibilizar sobre
la importancia de nuestra labor; destacando la contribución al desarrollo
productivo del paĆ­s, mediante agilidad en los procesos del MIPRO, ejecutando polĆ­ticas
públicas, para la trasformación del patrón de especialización industrial que
genere condiciones favorables para el buen vivir.

ArtĆ­culo
26.- CULTURA DEL MINISTERIO AL SERVICIO DE LA CIUDADANƍA: Velar por la convivencia,
el cuidado de los valores institucionales y por el cumplimiento de las
políticas generales de la Institución a través de la cultura organizacional
sustentada en principios y valores, la cual debe ser sostenida por todos sus
miembros con la finalidad de crear un clima laboral positivo, para que los
servidores y funcionarios se sientan identificados con la cultura
organizacional, proyectando así a que la Institución sea referente de
transparencia y compromiso con el país, mediante programas de difusión para
socializar, sensibilizar y crear una cultura de emprendimiento industrial.

ArtĆ­culo
27.- POTESTAD DEL MINISTERIO: En base a lo establecido en las leyes y
reglamentos vigentes e inculcando en los servidores y funcionarios de nuestra
institución, dar a conocer a los sectores industriales, organismos públicos y
privados, nacionales e internacionales, los objetivos y facultades de esta
Cartera de Estado, como entidad rectora de la polĆ­tica industrial.

ArtĆ­culo
28.- PLANIFICACIƓN ESTRATƉGICA: Desarrollar e implementar de manera proactiva,
dinƔmica y flexible, los planes, actividades y procesos que garanticen el
cumplimiento de los objetivos que sustentan el desarrollo organizacional,
alineados a la misión y visión institucional, respondiendo a las necesidades,
expectativas de los usuarios y partes interesadas.

ArtĆ­culo
29.- ORIENTACIƓN HACIA LA EFICACIA: Elevar el grado o nivel de cumplimiento de
los objetivos fi jados, a través de planes de motivación, controles, capacitación
constante dentro del marco de un clima laboral positivo conforme a las necesidades
institucionales.

ArtĆ­culo
30.- ORIENTACIƓN HACIA LA EFICIENCIA:

Desarrollar
e implementar estrategias, normas, polĆ­ticas y procedimientos que conlleven a
optimizar los medios y recursos empleados en la consecución de los objetivos
establecidos, a través de la captación y priorización en la distribución de
recursos que garanticen el cumplimiento de los planes de acción a fin de alcanzar
los propósitos institucionales.

ArtĆ­culo
31.- RESPONSABILIDAD DE RENDIR CUENTAS: Informar periódicamente y de forma transparente,
el avance de la gestión y los resultados alcanzados de acuerdo a las
responsabilidades de cada puesto de trabajo.

ArtĆ­culo
32.- APOYO A LOS PROCESOS DISCIPLINARIOS: Colaborar con los procesos de control
disciplinario, proporcionando información clara, precisa, oportuna, veraz,
completa y sustentada, a fin de evaluar de manera imparcial y objetiva la
gravedad de la infracción para asegurar un proceso justo a todos los servidores
y funcionarios.

ArtĆ­culo
33.- DISCRECIƓN: No ser partƭcipe de rumores sin fundamento, conceptos
maliciosos innecesarios, no formar parte de una cadena de chismes que afecte la
integridad psicológica y física de los demÔs.

ArtĆ­culo
34.- SIGILO PROFESIONAL: Todo servidor deberĆ” guardar confidencialidad en
virtud de la información que maneja y/o llegue a su conocimiento, en razón del
ejercicio de sus funciones. La información institucional es considerada
pĆŗblica, pero esto no significa que los funcionarios puedan divulgar para beneficio
propio de terceros o en contra de la propia Institución. El incumplimiento de
esta obligación serÔ causal de sanción disciplinaria, correspondiéndole a la
Dirección de Talento Humano iniciar el proceso correspondiente.

Los
funcionarios, colaboradores y/o profesionales contratados por el MIPRO quedan
expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información de la entidad,
incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos acadƩmicos, salvo
autorización escrita del Ministro.

TƍTULO
III

COMPROMISOS
INSTITUCIONALES

Los
funcionarios y servidores del Ministerio de Industrias y Productividad,
asumirƔn con eficiencia y eficacia los compromisos que se mencionan en el
presente Código de Ɖtica Institucional.

CAPƍTULO
I

ArtĆ­culo
35.- CON LA INSTITUCIƓN:

Mantener
la verdad en cualquier situación en pro de la Institucionalidad Ecuatoriana y
la ecuatorianidad.

Cuidar
y precautelar el buen nombre de la Institución.

Desarrollar
el sentido de pertenencia, para fortalecer la gestión y el cumplimiento de las
competencias institucionales.

Abstenerse
de emitir comentarios y juicios de valor que afecten la imagen de la
Institución, de sus servidores y funcionarios.

Llevar
la identificación institucional.

Ocuparnos
continuamente de nuestro crecimiento profesional y personal a fin de desarrollar
las competencias actuales y futuras requeridas por la Institución.

Desarrollar
al mÔximo el potencial en función del Ôrea o departamento al que han sido
asignados, y efectuar las crĆ­ticas constructivas en pro del beneficio Institucional.

Respetar
y cumplir las Leyes y Reglamentos que rigen las actividades de los servidores.

No
usar la amistad o el nivel jerƔrquico para interferir o solicitar exigencias
que afecten los procesos establecidos, la ley y buen nombre de la Institución.

No
aceptar influencias polĆ­ticas en el desenvolvimiento de las actividades.

Abstenerse
en aceptar regalos, sean en dinero, o especies, gratificaciones, objetos,
invitaciones o alimentos y ventajas en razón de sus funciones, para sí, sus
superiores o de sus subalternos; sin perjuicio de que estos actos constituyan
delitos tales como: peculado, cohecho, concusión, extorsión o enriquecimiento
ilĆ­cito.

El
trabajo debe ser altamente confiable y profesional con los sustentos legales y
tƩcnicos de respaldo.

Ser
objetivos, profesionales y éticos en la elaboración de informes y demÔs
documentos.

Proporcionar
información veraz y confiable a quien lo solicite.

No
alterar ni falsificar los documentos requeridos por la Institución.

Custodiar
la información que se encuentre bajo la responsabilidad de los funcionarios y
servidores.

Verificar
que la información recibida esté de acuerdo con la normativa, reglamentos y
demƔs disposiciones, a fin de que los procesos se mantengan transparentes y dentro
de los estƔndares establecidos.

No
transferir las claves institucionales que se encuentran bajo la responsabilidad
de los funcionarios y servidores, a terceras personas.

Ser
responsables de los equipos y demƔs insumos a vuestro cargo, no utilizar los
bienes institucionales para actividades personales ni de terceros.

Poner
en conocimiento de las autoridades competentes las acciones fraudulentas de los
funcionarios y servidores que deterioren la Imagen Institucional.

Informar
al Ministro o su delegado, o al ComitĆ© Institucional de Ɖtica, cualquier acto
ilegal, inapropiado, inmoral por parte de los funcionarios y/o servidores del
MIPRO, que infrinja el presente Código de Ɖtica y Valores.

Respetar
y hacer buen uso del cargo designado, evitando influir de manera inapropiada o
interferir en las acciones previstas por el ComitĆ© de Ɖtica Institucional. Todo
lo referido en literales anteriores, sin perjuicio de las responsabilidades
Civiles, Administrativas y Penales, que el cometimiento de los hechos pueda
acarrear.

CAPƍTULO
II

ArtĆ­culo
36.- CON LOS SUPERIORES:

Mantener
al día el trabajo, estar listos para proporcionar información en el momento que
se requiera.

Mantener
en orden y al día la documentación e información bajo nuestra responsabilidad.

Reconocer
los errores, asumirlos con integridad y comunicar lo mƔs pronto posible para
tomar los correctivos del caso.

Proporcionar
información oportuna, confiable y de fÔcil entendimiento. De requerirse
información confidencial, ésta serÔ proporcionada previa autorización de la
autoridad competente, conforme a lo contemplado en los artĆ­culos 17, 18, 19; y,
20 de la Ley OrgÔnica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Acatar
las disposiciones superiores, siempre que Ʃstas se ajusten a las normativas
legales y reglamentaciones internas que salvaguarden el buen nombre de la Institución.

CAPƍTULO
III

ArtĆ­culo
37.- CON NUESTROS COMPAƑEROS:

Fomentar
las buenas relaciones interpersonales que ayuden a desarrollar un buen clima y
ambiente laboral.

Contribuir
al trabajo en equipo, dentro de un marco Ʃtico y profesional.

CAPƍTULO
IV

ArtĆ­culo
38.- CON LOS USUARIOS:

Proporcionar
información específica, confiable, oportuna y validada con la finalidad de
satisfacer las necesidades de los usuarios.

Respetar
a los usuarios, tratarlos con educación y prontitud, sirviendo a todos por
igual, sin distinciones de ningĆŗn tipo.

Asesorar
a los usuarios externos e internos de manera adecuada y oportuna sobre los
requerimientos planteados.

Considerar
a los usuarios del Ministerio como parte de nuestra institucionalidad,
ofreciƩndoles un servicio de excelencia.

CAPƍTULO
V

ArtĆ­culo
39.- CON LOS SUBALTERNOS:

Evaluar
de forma justa el desempeƱo de todos los servidores y funcionarios de la
Institución.

Distribuir
la carga laboral de forma equitativa, con el propósito de ser justos con cada
uno de los miembros del equipo de trabajo.

Asegurar
que los procesos de selección y promoción de los servidores estén libres de
influencias, favoritismos y que estén basados en los principios de mérito y oposición.

Abstenerse
de tomar represalias fĆ­sicas, emocionales o de cualquier tipo contra los
servidores y funcionarios que denuncien un comportamiento no Ʃtico de los superiores.

Promover
el desarrollo del talento humano de los servidores o funcionarios a su cargo,
brindando apoyo, retroalimentación, confianza, reconociendo sus fortalezas y
debilidades.

Contribuir
al desarrollo de un buen clima y ambiente laboral, practicando un liderazgo
participativo.

Dar
el crƩdito correspondiente a los servidores y funcionarios por las tareas
realizadas, no asumirlas como nuestras, y siempre declarar las fuentes de información
en todo trabajo que realizamos.

Promover
la participación de los servidores y funcionarios, en los programas de
capacitación, con el propósito de contribuir a su desarrollo personal y profesional.

Proveer
retroalimentación sobre su desempeño laboral de forma periódica, procurando
contribuir con el desarrollo integral de la persona.

TƍTULO
IV

ACTUALIZACIƓN,
DIVULGACIƓN, CONTROL Y CUMPLIMIENTO DEL CƓDIGO DE ETICA

CAPƍTULO
I

ArtĆ­culo
40.- DIVULGACIƓN: El presente código, serĆ” distribuido por la Dirección de
Comunicación Social del MIPRO a través de los mecanismos disponibles a todos los
Directivos, Funcionarios y servidores en general, quienes deberƔn firmar como
constancia de recibido y del compromiso adquirido para su cumplimiento.

Cada
vez que se introduzcan modificaciones al presente manual, la versión
actualizada serƔ divulgada una vez que haya sido aprobado por el ComitƩ
Institucional de Ɖtica.

Los
Directivos, Funcionarios y servidores que ingresen al Ministerio, posterior a
la aprobación de este Código, deberÔn suscribir la constancia dentro del
proceso de inducción.

El
presente código estarÔ integrado al sistema de control interno y los diferentes
manuales que se encuentren en concordancia con sus funciones, procedimientos y mecanismos
de control.

CAPƍTULO
II

DEL
COMITƉ DE ƉTICA INSTITUCIONAL

ArtĆ­culo
41.- FINALIDAD DEL COMITƉ DE ƉTICA: El ComitĆ© de Ɖtica es un grupo
interdepartamental que tiene como finalidad vigilar y garantizar la aplicación
y el cumplimiento del Código de Ɖtica para el Buen Vivir de la Función
Ejecutiva y el Código de Ɖtica Institucional del Ministerio de Industrias y
Productividad.

Para
los casos de incumplimiento del Código de Ɖtica Institucional de Ć­ndole
administrativa por parte de los servidores del Ministerio de Industrias y
Productividad, se aplicarƔ el rƩgimen disciplinario vigente.

El
ComitĆ© de Ɖtica podrĆ” receptar denuncias de los usuarios internos y externos,
conocer y emitir recomendaciones respecto al hecho ocurrido. En caso de actos
que ameriten sanciones civiles o penales, se derivarĆ” el conocimiento de los
mismos a la instancia interna o autoridades externas competentes.

En
los dos casos, se observarÔn los principios de protección y reserva del/la
denunciante, así como los del debido proceso y la presunción de inocencia
del/la servidor/a.

ArtĆ­culo
42.- CONFORMACIƓN DEL COMITƉ DE ƉTICA: El ComitĆ© de Ɖtica estarĆ” conformado por
los siguientes miembros:

El/la
Directora/a de Administración de Recursos Humanos, quien preside el Comité y
tiene voz y voto;

El/la
Coordinador/a General JurĆ­dico/a o su delegado/a, actĆŗa como Secretario/a
(voz);

Un
representante de la Coordinación General Administrativa financiera (voz y
voto);

Un
representante de la Asociación de Empleados del Ministerio de Industrias y
Productividad (voz y voto);

Un
representante de las SubsecretarĆ­as que conforman el Viceministerio de
Industrias (voz y voto);

El/la
Directora/a de Comunicación Social (voz).

El/la
Director/a de Servicios, Procesos y Gestión del Cambio y Cultura Irganizativa o
su delegado/a, actĆŗa como Asesor/a del Proceso (voz);

ArtĆ­culo
43.- ATRIBUCIONES GENERALES DEL COMITƉ: El ComitĆ© de Ɖtica del Ministerio de
Industrias y Productividad tendrĆ” las siguientes atribuciones:

Implementar
y difundir el Código de Ɖtica dentro de la entidad y en los diferentes niveles
desconcentrados, articulando con las distintas instancias institucionales en el
Ɣmbito de su competencia.

Reconocer
e incentivar comportamientos Ʃticos positivos.

En
caso de actos referidos a sanciones administrativas, buscar paralelamente
acciones con el Ɣrea correspondiente, que procuren la mejora de comportamientos
y convivencia institucional.

Sugerir
soluciones a la instancia interna competente de los casos que lleguen a su
conocimiento.

Velar
por la reserva de los casos.

De
así requerirlo, generar espacios de mediación entre las partes involucradas en
casos de incumplimiento al Código de Ɖtica.

Proponer
la asesorĆ­a interna o externa para suplir necesidades puntuales en los casos
que determine el ComitƩ.

Realizar
propuestas para la actualización y el mejoramiento permanente del Código de
Ɖtica. 9. Realizar propuestas para el mejoramiento continuo de los
procedimientos internos del ComitĆ© de Ɖtica.

ArtĆ­culo
44.- RESPONSABILIDADES DE LA PRESIDENCIA DEL COMITƉ:

Liderar
la organización y el funcionamiento del ComitĆ© de Ɖtica.

Convocar
al ComitĆ© de Ɖtica de la Institución.

Recopilar
semestralmente observaciones de los procedimientos internos del ComitƩ para su mejoramiento.

Tomar
en cuenta las sugerencias de los informes finales que realice el ComitƩ de
Ɖtica para cada caso.

Brindar
asesoría en Ômbitos relacionados a la gestión del talento humano.

ArtĆ­culo
45.- RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARƍA DEL COMITƉ: El/la Coordinadora General
Jurƭdico/a o su delegado/a, actuarƔ como secretario del ComitƩ y tendrƔ las
siguientes responsabilidades:

Brindar
asesorƭa en las Ɣreas de su competencia.

Receptar
la documentación del comité y suscribir la recepción de correspondencia.

Elaborar
las convocatorias.

Elaborar
las actas de sesión. 5. Llevar el registro y archivo de actas.

Poner
las actas en conocimiento del ComitƩ y receptar sus firmas.

Preparar
comunicaciones y oficios sobre los asuntos resueltos por el ComitƩ.

Certificar
documentos celebrados por el ComitƩ.

Construir
informes finales y manejar el archivo, la documentación física y digital.

ArtĆ­culo
46.- RESPONSABILIDADES DE LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTEGRAN EL
COMITƉ DE ƉTICA: TendrĆ”n las siguientes responsabilidades:

Conocer
y aportar criterios y recomendaciones que susciten sugerencias en los casos que
se presenten.

Velar
por el cumplimiento del Código de Ɖtica para el Buen Vivir de la Función
Ejecutiva y el Código de Ɖtica Institucional.

Proponer
mejoras a procesos internos que fortalezcan el adecuado cumplimiento del Código
de Ɖtica.

ArtĆ­culo
47.- LAS CONVOCATORIAS: El ComitĆ© de Ɖtica se reunirĆ” cada tres meses de forma
ordinaria y en cualquier momento a petición motivada de uno o mÔs de sus
miembros de manera extraordinaria, previa convocatoria realizada por el
Presidente del Comité, con por lo menos 24 horas de anticipación.

Las
Actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias serƔn suscritas por el
Presidente y Secretario del ComitƩ, quien llevarƔ su custodia, registro y
archivo.

ArtĆ­culo
48.- LOS PROCEDIMIENTOS: El ComitĆ© de Ɖtica establecerĆ”, revisarĆ” y generarĆ”
los procedimientos internos para:

Implementar
acciones de mejora en el ComitĆ© de Ɖtica Institucional.

Reconocer
e incentivar comportamientos Ʃticos positivos.

Conocer
y derivar a la instancia interna competente casos de incumplimiento del Código
de Ɖtica.

Proponer
recomendaciones y resoluciones de los casos receptados.

Monitorear
los casos que se deriven a la instancia interna o externa competente.

Tomar
decisiones para la resolución de casos de incumplimiento del Código de Ɖtica.

Realizar
formatos de informes.

Llevar
a cabo los demƔs procedimientos que considere necesarios para la correcta
aplicación del Código de Ɖtica Institucional y del Código de Ɖtica para el Buen
Vivir de la Función Ejecutiva.

ArtĆ­culo
49.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIƓN DE SANCIONES DE ORDEN ƉTICO: Tan pronto
como el ComitƩ Institucional recepte la denuncia; y, luego de su anƔlisis, este
organismo elaborarÔ el Informe correspondiente y enviarÔ a la Dirección de Administración
de Recursos Humanos en el tƩrmino de siete dƭas; para que de ser procedente, se
aplique el rƩgimen disciplinario, de conformidad a lo previsto en el Art. 80 y
siguientes del Reglamento General de la Ley OrgÔnica de Servicio Público.

ArtĆ­culo
50.- SANCIONES APLICABLES: Las sanciones de acuerdo a la gravedad de la falta
se aplicarƔn conforme el RƩgimen Disciplinario establecido en la Ley OrgƔnica
de Servicio Público y Código de Trabajo.

Disposición
Derogatoria Única: Se deroga el Acuerdo No. 12127 de 02 de abril de 2012,
mediante el cual se expi