n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Lunes 08 de Abril de 2013 – R. O. No. 928

n

n SUMARIO

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n Ejecutivo:

n

n Acuerdos

n

n 1556 Autorízanse los viajes, decláranse en comisión de servicios en el exterior y legalízanse las licencias con cargo a vacaciones de los siguientes funcionarios:

n

n Señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n

n 1557 Msc. Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura

n

n 1558 Señor José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte

n

n 1559 Ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo, Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados

n

n 1561 Mgs. Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública

n

n 1562 Economista Santiago León Abad, Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad

n

n 1563 Doctor José Francisco Vacas Dávila, Ministro de Relaciones Laborales

n

n 1564 Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n 1565 Doctora Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

n

n 1566 Señor José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte

n

n Acuerdos Interministeriales:

n

n Transfiérese a perpetuidad y/o donación las siguientes propiedades del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL a favor de los siguientes ministerios:

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n 749 ?Hacienda La Guayas?, ubicada en el cantón Machala, provincia de El Oro

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n 002 ?Isla La Esperanza?, ubicada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n

n Ministerio Coordinador de Seguridad:

n

n 003 Inmueble signado como lote No. 5, ubicado en la Av. Jaime Roldós Aguilera entre Eliceo Mancheno y José María Velasco Ibarra, cantón Morona, provincia de Morona Santiago

n

n 005 Lote de terreno de 9.493,68 m2, ubicado en el sector Turunuma del cantón Loja, provincia de Loja

n

n Ministerio del Interior:

n

n 004 Inmueble denominado ?Lodana?, ubicado en el cantón Santa Ana, provincia de Manabí

n

n 006 Inmueble denominado ?Batallón del Suburbio?, ubicado en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n

n Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración:

n

n Convenio

n

n – De Colaboración Interinstitucional. Servicio de Cooperación Técnica, SERCOTEC de Chile y Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n Consultas

n

n SENAE-DNR-2013-0121-OF De clasificación arancelaria de las siguientes mercancías:

n

n ?Hierba Anís?

n

n SENAE-DNR-2013-0127-OF ?Unidad Funcional para la Generación Fotovoltaica de Energía Eléctrica a 13800 Voltios, sin Montar Todavía?

n

n SENAE-DNR-2013-0128-OF ?Unidad Funcional para la Generación Fotovoltaica de Energía Eléctrica a 13800 Voltios, sin Montar Todavía?

n

n SENAE-DNR-2013-0132-OF Reservorios Filtrona, modelo XPE

n

n Dirección General de Aviación Civil:

n

n Resolución

n

n 071/2013 Fíjanse los costos de información y reproducción de documentos

n

n Fe de Erratas:

n

n – A la publicación de la Resolución Nº 95 del Comité de Comercio Exterior, efectuada en el Registro Oficial Nº 883 de 31 de enero de 2013

n

n CONTENIDO

n n n

n No. 1556

n

n

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24436 de 28 de enero de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, de igual fecha, a favor del señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para su desplazamiento a la ciudad de Bogotá-Colombia el 30 del mes presente, a fin de sostener reuniones de trabajo con el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de ese país, para establecer y acordar acciones que permitan llevar a buen término las directrices impartidas por los Presidentes de las Repúblicas de Ecuador y Colombia, en la declaración conjunta del último Encuentro Presidencial y Primer Gabinete Binacional?; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en concisión de servicios al señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en la ciudad de Bogotá-Colombia, el 30 de enero de 2013, para las reuniones de trabajo con el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de ese país, a fin de establecer y acordar acciones que permitan llevar a buen término las directrices impartidas por los Presidentes de las Repúblicas de Ecuador y Colombia, en el marco de la declaración conjunta del último Encuentro Presidencial y Primer Gabinete Binacional.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida-retorno, viáticos y otros, serán cubiertos del presupuesto del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de Enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1557

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24230 de 21 de enero de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Patrimonio, de 28 del mismo mes, a favor de la Msc. Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, para su desplazamiento a la ciudad de La Habana-Cuba del 27 al 29 de enero a fin de asistir a la III Conferencia Internacional POR EL EQUILIBRIO DEL MUNDO; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalízar la comisión de servicios de la Msc. Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, en la ciudad de La Habana-Cuba, del 27 al 29 de enero de 2013 con motivo de su asistencia a la III Conferencia Internacional POR EL EQUILIBRIO DEL MUNDO.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministerio de Cultura cubre los pasajes aéreos, mientras que el Ministerio de Cultura de la República de Cuba asume los gastos de hospedaje, alimentación, transportación interna y la inscripción como participante del evento.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de Enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1558

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MD-MD-2013-0890 de 18 de enero de 2013, el señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, solicita se le conceda permiso con cargo a vacaciones los días lunes 21 y martes 22 del presente mes;

n

n

n

n Que mediante oficio No. MD-MD-2013-1124 de 23 de enero de 2013, el señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, solicita se le conceda permiso con cargo a vacaciones los días viernes 25, lunes 28 y martes 29 del presente mes; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones correspondiente a los días 21 al 22 de enero; 25 de enero; y, 28 al 29 de enero de 2013, al señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El señor Ministro del Deporte encarga dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1559

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MCPGAD-DM-2013-0053-OF de 25 de enero de 2013, la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, solicita se le conceda licencia con cargo a vacaciones el lunes 28 del presente mes, por motivos de índole personal;

n

n

n

n Que mediante oficio No. MCPGAD-DM-2013-0060-OF de 29 de enero de 2013, la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, solicita se le conceda licencia con cargo a vacaciones los días 30 de enero y 1 de febrero; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones correspondiente a los días 28 de enero; 30 de enero; y, 1 de febrero de 2013, a la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n Artículo Segundo.- La señora Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados encarga dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 30 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n
n

n

n

n No. 1561

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MSP-SDM-10-2013-0096-O de 15 de enero de 2013, la señorita Mgs. Carina Vance Mafla Ministra de Salud Pública, solicita se le autorice hacer uso de licencia con cargo a vacaciones, desde el sábado 16 de marzo al martes 2 de abril, a fin de atender temas de índole personal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder a la señorita Mgs. Carina Vance Mafla Ministra de Salud Pública, licencia con cargo a vacaciones, del 16 de marzo al 2 de abril de 2013.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1562

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MCPEC-DESP-2013-0282-O de 30 de enero de 2013, el doctor Rubén Morán Castro, Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, Subrogante, informa que el economista Santiago León Abad, Titular de esa Cartera de Estado, será sometido a una intervención quirúrgica por motivos de salud, por lo que solicita se emita la respectiva licencia por enfermedad del 31 de enero al 4 de febrero; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia por enfermedad del señor Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad economista Santiago León Abad, del 31 de enero al 4 de febrero de 2013.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1563

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24503 de 31 de enero de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, de igual fecha, a favor del señor Ministro de Relaciones Laborales, doctor José Francisco Vacas Dávila, para su desplazamiento a la ciudad de New York-Estados Unidos, del 3 al 6 de febrero, a fin de asistir a la reunión con el Representante de la Secretaría Nacional del Migrante, Gustavo Lima; además de una segunda reunión con el Occupational Safety & Health Administration (OSHA), del Departamento de Labor de ese país; y posteriormente atender entrevistas en medios radiales; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor José Francisco Vacas Dávila Ministro de Relaciones Laborales, en la ciudad de New York-Estados Unidos, del 3 al 6 de febrero de 2013, para la reunión que sostendrá con el Representante de la Secretaría Nacional del Migrante en esa ciudad, Gustavo Lima; a la segunda reunión con el Occupational Safety & Health Administration (OSHA), del Departamento de Labor de ese país; y posteriormente atender entrevistas en medios radiales.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento, correspondientes a transporte, hospedaje y alimentación, serán financiados por el Ministerio de Relaciones Laborales.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de Enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1564

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24256 de 23 de enero de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad, de 31 de este mes, a favor del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, relacionado con su desplazamiento a la ciudad de Santiago-República de Chile, del 24 al 28 de enero, a fin de participar en la I Cumbre de la CELAC y I Cumbre CELAC-UE; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en la ciudad de Santiago-República de Chile, del 24 al 28 de enero de 2013, con motivo de participar en la I Cumbre de la CELAC y I Cumbre CELAC-UE.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de Enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1565

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24473 de 30 de enero de 2013 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad, de 31 del mismo mes, a favor de la doctora Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, para su desplazamiento a la ciudad de Bogotá-Colombia el 31 de enero a fin de atender la invitación realizada por el Ministerio de Justicia de Colombia, con el propósito de tratar el Proyecto de Tratado de Cooperación Judicial y el Memorando de Entendimiento de Repatriación de Personas; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglantento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios de la doctora Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, en la ciudad de Bogotá-Colombia el 31 de enero de 2013, a fin de atender la invitación realizada por el Ministerio de Justicia de Colombia, con el propósito de tratar el Proyecto de Tratado de Cooperación Judicial y el Memorando de Entendimiento de Repatriación de Personas.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de Enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1566

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 24491 de 30 de enero de 2013 que se respalda en el aval de la señora Ministra Coordinadora de Patrimonio, de 30 del mismo mes, a favor del señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, para su desplazamiento a la localidad de New Milford-Estados Unidos del 1 al 3 de febrero, a fin de asistir al evento Caravana Intercultural ?Rosa de los Vientos?, organizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, Ministerio del Deporte y el Consulado General del Ecuador en Connecticut; así como a la clausura del torneo Eurocopa del Migrante; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, en la ciudad de New Milford, Connecticut Estados Unidos, del 1 al 3 de febrero de 2013, a fin de asistir al evento Caravana Intercultural ?Rosa de los Vientos?; así como a la clausura del torneo Eurocopa del Migrarte.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de hospedaje, alimentación, movilización interna y pasajes aéreos, serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Deporte.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 31 de enero de 2013.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 749

n

n

n

n María Fernanda Espinosa

n

n MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL

n

n

n

n Javier Ponce Cevallos

n

n MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Ministerio de Defensa Nacional, es propietario de un bien inmueble, denominado ?HACIENDA LA GUAYAS? constituida por dos cuerpos, con sus respectivos linderos individualizados, situada en el sitio La Puentecita, parroquia El Cambio, del cantón Machala, de la provincia El Oro, adquirido mediante escritura de donación realizada por la Dirección de Industrias del Ejército, legalmente representada por el señor general Hernán Bedón Martínez, de fecha 08 de noviembre de 2012, ante Notario Décimo Suplente del Cantón Quito, doctor Diego Almeida Montero, inscrita en el Registro de la Propiedad el 03 de diciembre de 2012;

n

n

n

n Que en el bien inmueble denominado ?HACIENDA LA GUAYAS?, actualmente se encuentra bajo explotación directa de la compañía Hdineagros S.A., de propiedad del Institutito de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, quien ha realizado las correspondientes inversiones traducidas en la actualidad en plantaciones bananeras, en producción para la exportación, instalaciones, activos, equipos, maquinarias y otras especies que son de su propiedad;

n

n

n

n Que con fecha 25 de junio de 2012, se crea el compromiso presidencial SIGOB 18635 ?Traspaso de las tierras bananeras Hdinagro) para realizar el traspaso de las tierras bananeras Hdineagro (El Oro-Hacienda La Guayas) del Ministerio de Defensa Nacional a los campesinos?;

n

n

n

n Que por Resolución tomada en el Frente Militar del 02 de agosto de 2012, se dispuso que los predios con vocación agrícola de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, sean transferidos al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; para lo cual se requirió el informe de la Unidad de Bienes y Catastros del Ministerio de Defensa Nacional;

n

n

n

n Que el directorio de la empresa Hdineagros S.A., ha autorizado la transferencia de las plantaciones, instalaciones, activos, equipos, maquinarias y otras especies existentes y asignadas a las actividades agrícolas – bananera de la ?HACIENDA LA GUAYAS?, en el valor resultante del avalúo respectivo;

n

n

n

n Que según consta del certificado de fecha 22 de noviembre de 2012, emitido por el Jefe de Avalúos y Catastros del Gobierno Municipal del cantón Machala, el predio de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional ?HACIENDA LA GUAYAS?, esta catastrada como una propiedad ubicada en el área rustica situada en el sitio La Puentecita, de la parroquia El Cambio, denominado ?HACIENDA LA GUAYAS?, del cantón Machala, de la provincia El Oro;

n

n

n

n

n

n Que conforme lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. 798 de fecha 22 de junio de 2011, el ámbito de acción de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR, comprende a los bienes inmuebles urbanos de las instituciones de la Administración Pública Central e Institucional, por lo tanto, no tiene injerencia para pronunciarse sobre la donación que se realizaría toda vez que el inmueble denominado ?HACIENDA LA GUAYAS?, se encuentra en el sector rural, conforme consta en el anterior considerando;

n

n

n

n Que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en el último inciso del artículo 58, establece: ?Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, (?).?;

n

n

n

n Que, el Art. 61 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dispone que: ?Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público que lleguen a un acuerdo para el efecto, se requerirá resolución motivada de las máximas autoridades. Se aplicará lo referente al régimen de traspaso de activos.?.

n

n

n

n Que el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público, en su artículo 57 segundo inciso indica: ?(?) Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación.?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca requiere integrar al Plan Tierras el inmueble denominado ?HACIENDA LA GUAYAS?, situado en la parroquia El Cambio, del cantón Machala, de la provincia El Oro, con el objeto de optimizar el uso de los bienes del Estado y cumplir con el principio de redistribución equitativo, que permita el acceso de las organizaciones de agricultores debidamente calificados a tierra, conforme lo establecido en el numeral 4 del Art. 281 de la Constitución de la República y más normativa legal;

n

n

n

n En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de la República, el Art. 15 literal g) del Estatuto del Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva; y, el Art. 59 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- El Ministerio de Defensa Nacional transferirá a perpetuidad la propiedad, con todos los derechos reales, usos, costumbres, entradas, salidas, servidumbre activas y pasivas que le son anexas, sin reserva de nada para sí del inmueble denominado ?HACIENDA LA GUAYAS?, situado en la parroquia El Cambio, del cantón Machala, de la provincia El Oro, circunscrito dentro de los siguientes linderos particulares: CUERPO 1: NORTE: Municipio de Machala, canal de riego Machala ? pasaje, Luis Cabrera, Eusebio Domínguez, Gonzalo Sánchez con 202.31m + 453.96m + 149.02m + 177.60m + 109.70m + 346.40m; SUR: Colegio Militar Héroes del 41, Vivienda Fiscal, derecho de vía a Machala ? pasaje, con 66.88m + 901.93m + 153.23m + 214.45m; ESTE: Alfredo Jacho, Herminio Maldonado, Abel Maldonado, Esteban Quirola, Colegio Militar Héroes del 41, con 669.43m + 105.00m + 105.18m + 450.15m + 177.58m; y, OESTE: Municipio de Machala, Antonio Arévalo, Lotización Rosita Fernández, Lotización Santa Catalina, Lotización La Hermosita, Manuel Corona, Vivienda Fiscal, con 132.50m + 30.00m + 160.00m + 218.00m + 256.07m + 41.56m + 666.45. CUERPO 2: NORTE: Canal de drenaje Limón Alto, Manuel Campoverde, Cristina Aguilar, con 253.82m + 646.78m + 104.88m; SUR: Canal de riego Castro ? Primavera, Barrio 10 de Agosto, Cristina Aguilar, con 160.32m + 378.15m + 148.62m; ESTE: Rosa Carrión, Cristina Aguilar, Miguel Fajardo, Segundo Samaniego, herederos de Argentina Lara, con 201.80m + 99.49m + 207.14m + 119.39m + 542.86m + 1.132.44m; y, OESTE: Ezequiel Zumba, Canal de riego Castro ? Primavera, Herederos Delgado ? Loja, Herederos Ludeña ? Peláez, Antonio Arévalo, Carmen Sánchez, con 421.42m + 1.102.34m + 185.79m + 376.54m + 66.06m + 174.89m. Área: 241.692 Ha. El bien inmueble anteriormente descrito, se transfiere como cuerpo cierto a favor del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, será destinado para beneficiar a organizaciones sociales de agricultores (as) sin tierra, debidamente calificados.

n

n

n

n Artículo 2.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, a nombre de la institución que representa, acepta la transferencia de dominio realizada por el Ministerio de Defensa Nacional, y deja constancia de su agradecimiento.

n

n

n

n Artículo 3.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca se encargará de realizar los trámites necesarios para la legalización y formalización de la escritura pública de traspaso de dominio del bien inmueble antes singularizado; así como los gastos que demande, hasta su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n

n

n

n Artículo 4.- Disponer al Coordinador Administrativo y Financiero del Ministerio de Defensa Nacional y al Director Financiero, Director Administrativo y un delegado de la Unidad de Control de Bienes y Bodega de la Dirección Administrativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para que suscriban el acta de entrega-recepción del bien inmueble, considerándose para el efecto el valor constante en el registro contable del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n Artículo 5.- Tómese nota de esta transferencia en los registros contables y de Activos Fijos de la Dirección Financiera y de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional y del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n Artículo 6.- La Ministra de Defensa Nacional conforme a la facultad que le otorga el Art. 10 letra m) de la Ley Orgánica de Defensa Nacional en concordancia con el Art. 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, delega al señor Comandante General de la Fuerza Terrestre, para que en su nombre y representación, previo el cumplimiento del procedimiento y disposiciones legales aplicables a esta clase de contratos, suscriba con el representante del Ministerio de Agricultura Ganadería Acuacultura y Pesca, la escritura pública de donación del predio de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, cuya superficie y linderos se encuentran descritos en el considerando primero del presente acto administrativo.

n

n

n

n Art. 7.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, realizará el avalúo mediante perito calificado de las plantaciones, instalaciones, activos, equipos, maquinarias y otras especies existentes y asignadas a las actividades agrícolas ? bananera de la ?HACIENDA LA GUAYAS? y el valor de dicho avalúo será transferido a Institutito de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas – ISSFA, como compensación por la transferencia realizada de todos los activos de la empresa;

n

n

n

n Art. 8.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la Orden General del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n Comuníquese.-

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 12 de diciembre de 2012.

n

n

n

n f.) María Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

n

n

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n Certifico que este documento es fiel copia del original.- Quito, 27 de marzo de 2013.- f.) Ilegible, el Director de Secretaría General del MDN.

n

n

n

n No. 002

n

n

n

n Marcela Aguiñaga Vallejo

n

n MINISTRA DE AMBIENTE

n

n

n

n Miguel Carvajal Aguirre

n

n MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Ministerio de Defensa Nacional, es propietario de la denominada ?ISLA LA ESPERANZA? con sus respectivos linderos individualizados, ubicada entre el Canal Principal del Estero Salado, Estero Lagartos y el Estero Innominado que se proyecta desde el Estero Libertad del Sur del Canal Principal al Estero Salado sobre Puerto Nuevo, del cantón Guayaquil, provincia Guayas, adquirido mediante adjudicación por el Decreto Ejecutivo No. 13-A de 24 de febrero de 1954, inscrito en el Registro de la Propiedad del Cantón Guayaquil con fecha 09 de abril de 1954, bajo el Tomo 2, repertorio 2494 y posteriormente protocolizado ante el Notario Cuarto del Cantón Guayaquil con fecha 09 de agosto de 1983;

n

n

n

n Que por Resolución tomada en el Frente Militar del 02 de agosto de 2012, se dispuso varios predios del propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, sean transferidos a entidades públicas dependiendo su posible uso; para lo cual se requirió el informe de la Unidad de Bienes y Catastros del Ministerio de Defensa Nacional;

n

n

n

n Que según consta del certificado de fecha 18 de septiembre de 2012, emitido por el Subdirector de Urbanismo Avalúos y Registro del Municipio del Cantón Guayaquil, la denominada ?ISLA LA ESPERANZA?, de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, se encuentra catastrada con número 13889 de predios rústicos, del cantón Guayaquil, de la provincia Guayas;

n

n

n

n Que conforme lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. 798 de fecha 22 de junio de 2011, el ámbito de acción de la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR, es respecto a los bienes inmuebles urbanos de las instituciones de la Administración Pública Central e Institucional, por lo tanto no tiene injerencia para pronunciarse sobre la donación que se realizaría toda vez que la denominada ?ISLA LA ESPERANZA?, se encuentra en el sector rural, conforme consta en el anterior considerando;

n

n

n

n Que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en el último inciso del artículo 58, establece: ?Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, (?).?;

n

n

n

n Que el Artículo 61 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dispone que: ?Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público que lleguen a un acuerdo para el efecto, se requerirá resolución de las máximas autoridades. Se aplicará lo referente al régimen de traspaso de activos.?.

n

n

n

n Que el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público, en su artículo 57 segundo inciso indica: ?(?) Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación.?;

n

n

n

n Que el Ministerio del Ambiente como ente rector de la Gestión Ambiental en Ecuador, requiere la denominada ?ISLA LA ESPERANZA?, ubicada entre el Canal Principal del Estero Salado, Estero Lagartos y el Estero Innominado que se proyecta desde el Estero Libertad del Sur del Canal Principal al Estero Salado sobre Puerto Nuevo, del cantón Guayaquil, provincia Guayas, a fin de desarrollar proyectos que asegure el manejo sostenible de los recursos naturales en concordancia

n
n

n

n

n con la función social y ambiental que debe cumplir la tierra, conforme lo establecido en el Articulo 282 de la Constitución de la República; la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados, constante en el Artículo 14 de la Constitución de la República y al objetivo de ?Recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural? establecido en el numeral 4 del Artículo 276 de la Constitución de la República.

n

n

n

n Que, mediante memorando No. MAE-SGMC-2012-0738 de fecha 17 de octubre del 2012, la Subsecretaría de Gestión Marina y Costera, envía las coordenadas de la ?ISLA LA ESPERANZA?, misma que está ubicada en el Golfo de Guayaquil en Datum WGS 84 Z17 sur;

n

n

n

n En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República, el Artículo 15 literal g) del Estatuto del Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva; y, el Artículo 59 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- El Ministerio de Defensa Nacional transfiere a título de donación y a perpetuidad, la propiedad con todos los derechos reales, usos, costumbres, entradas, salidas, servidumbre activas y pasivas que le son anexas, sin reserva de nada para sí de la denominada ?ISLA LA ESPERANZA?, ubicada entre el Canal Principal del Estero Salado, Estero Lagartos y el Estero Innominado que se proyecta desde el Estero Libertad del Sur del Canal Principal al Estero Salado sobre Puerto Nuevo, del cantón Guayaquil, de la provincia Guayas, circunscrita dentro de los siguientes limites: NORTE: Canal Principal del Estero Salado; OESTE: Canal Principal del Estero Salado y Estero Lagartos; SUR Y ORIENTE: Estero innominado que es continuación del Estero La Libertad; SITUACIÓN: Los puntos más extremos de la Isla La Esperanza corresponden a las siguientes situaciones: Latitud O2º,18:8 Norte, Latitud O2º,22:3 Norte; Longitud 79º,55 minutos Oeste y Longitud 79º,57:3 Oeste. El bien inmueble anteriormente descrito, se transfiere como cuerpo cierto a favor del Ministerio del Ambiente, será destinado para desarrollar proyectos que asegure el manejo sostenible de los recursos naturales.

n

n

n

n De conformidad con el memorando MAE-SGMC-2012- 0738 las coordenadas geográficas de ubicación general de la ?ISLA LA ESPERANZA?, corresponde a las que se detallan a continuación:

n

n

n n

n ID

n n

n X

n n

n Y

n n

n 1

n n

n 618185,06

n n

n 9744265,68

n n

n 2

n n

n 616844,55

n n

n 9741712,87

n n

n 3

n n

n 617264,19

n n

n 9739952,71

n n

n 4

n n

n 620131,73

n n

n 9738169,24

n n

n 5

n n

n 620434,80

n n

n 9743939,30

n n

n

n

n Artículo 2.- La Ministra del Ambiente, a nombre de la institución que representa, acepta la transferencia de dominio realizada por el Ministerio de Defensa Nacional, y deja constancia de su agradecimiento.

n

n

n

n Artículo 3.- El Ministerio del Ambiente se encargará de realizar los trámites necesarios para la legalización y formalización de la escritura pública de traspaso de dominio del bien inmueble antes singularizado; así como los gastos que demande, hasta su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n

n

n

n Artículo 4.- Disponer al Coordinador Administrativo y Financiero del Ministerio de Defensa Nacional y al Director Financiero, Director Administrativo y un delegado de la Unidad de Control de Bienes y Bodega de la Dirección Administrativa del Ministerio del Ambiente, para que suscriban el acta de entrega-recepción del bien inmueble, considerándose para el efecto el valor constante en el registro contable.

n

n

n

n Artículo 5.- Tómese nota de esta transferencia en los registros contables y de Activos Fijos de la Dirección Financiera y de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional y del Ministerio del Ambiente.

n

n

n

n

n

n Artículo 6.- El Ministro de Defensa Nacional conforme a la facultad que le otorga el Artículo 10 letra m) de la Ley Orgánica de Defensa Nacional en concordancia con el Artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, delega al señor Comandante General de Marina, para que en su nombre y representación, previo el cumplimiento del procedimiento y disposiciones legales aplicables a esta clase de contratos, suscriba con el representante del Ministerio del Ambiente, la escritura pública de donación del predio de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, cuya superficie y linderos se encuentran descritos en el considerando primero del presente acto administrativo.

n

n

n

n

n

n Art. 7.- El presente Acuerdo Interministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la Orden General del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n

n

n COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-

n

n

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 06 de noviembre de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente

n

n

n

n

n

n f.) Miguel Carvajal Aguirre, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n

n

n Certifico que este documento es fiel copia del original.- Quito, 27 de marzo de 2013.- f.) Ilegible, el Director de Secretaría General del MDN.

n

n

n

n No. 003

n

n

n

n María Fernanda Espinosa

n

n MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL

n

n

n

n Homero Arellano Lascano

n

n MINISTRO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Terrestre, adquirió el inmueble aledaño al aeropuerto de la ciudad de Macas mediante Decreto de Adjudicación Nº 34 de 24 de febrero de 1971. Mediante Acuerdo Ministerial Nº 168 de 3 de marzo de 1997 se realiza el traspaso del inmueble en mención a favor de la Fuerza Aérea Ecuatoriana;

n

n

n

n Que con oficio Nº MICS-D-2012-1979 de 14 de septiembre de 2012, el Señor Ministro Coordinador de Seguridad solicitó al Señor Ministro de Defensa Nacional, considere y disponga el traspaso (donación) del lote de terreno Nº 5, signado con la clave catastral 4.2.89.01, cuya extensión es de 8.511,22 m2, ubicado en la ciudad de Macas, barrio 27 de Febrero, a fin de materializar la infraestructura física y tecnológica del Centro SIS ECU- 911 en la ciudad de Macas;

n

n

n

n Que la Secretaria de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, mediante oficio Nº INMOBILIAR-SGI-2012- 0753-O de 9 de noviembre de 2012, emitió Dictamen Técnico Favorable a fin de que el Ministerio de Coordinación de Seguridad reciba bajo la figura jurídica de traspaso el bien inmueble signado como lote 5, con un área de 8.511,22 m2, ubicado en la Av. Jaime Roldós Aguilera entre Eliceo Mancheno y José María Velasco Ibarra, en el cantón Morona, provincia de Morona Santiago, de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional;

n

n

n

n Que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en el último inciso del artículo 58, establece: ?Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, (?).?;

n

n

n

n Que, el Art. 61 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dispone que: ?Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público que lleguen a un acuerdo para el efecto, se requerirá resolución motivada de las máximas autoridades. Se aplicará lo referente al régimen de traspaso de activos.?;

n

n

n

n

n

n Que el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público, en su artículo 57 segundo inciso indica: ?(?) Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación.?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Coordinación de Seguridad está ejecutando a nivel país el compromiso Presidencial del ?Proyecto SIS-ECU-911?, el cual tiene por objeto la implementación de los ?Centros Nacionales, Zonales y Locales?, que forman parte del ?Servicio Nacional Integrado de Seguridad?, los mismos que coordinarán la prestación de servicios de seguridad y emergencia con la participación de la Policía Nacional, Bomberos, Ministerio de Salud, Comisión de Tránsito, Gestión de Riesgos, Fuerzas Armadas, entre otros;

n

n

n

n En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de la República, el Art. 15 literal g) del Estatuto del Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva; y, el Art. 59 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- El Ministerio de Defensa Nacional transfiere a perpetuidad la propiedad, con todos los derechos reales, usos, costumbres, entradas, salidas, servidumbre activas y pasivas que le son anexas, sin reserva de nada para sí, del inmueble signado como lote Nº 5, con clave catastral 4.2.89.01, con un área de 8.511,22 m2, ubicado en la Av. Jaime Roldós Aguilera entre Eliceo Mancheno y José María Velasco Ibarra, cantón Morona, provincia de Morona Santiago, circunscrito dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Con la calle Eliceo Mancheno en 70,03m; SUR: Con la calle José María Velasco Ibarra en 80,47m; ESTE: Con la calle Jaime Roldós Aguilera en 110,19m; y,