n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Viernes 04 de Enero de 2013 – R. O. No. 862

n

n SUMARIO

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n 1441 Concédese licencia con cargo a vacaciones, legalízase la comisión de servicios en el exterior, autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios a los siguientes funcionarios:

n

n Economista Verónica Sión de Josse, Ministra de Industrias y Productividad

n

n 1442 Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n 1443 Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n 1444 Señor José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte

n

n 1445 Doctora Gloria Vidal Illingworth, Ministra de Educación

n

n 1446 Refórmase el Acuerdo No. 1438 de 13 de noviembre de 2012

n

n 1447 Doctor José Serrano Salgado, Ministro del Interior

n

n 1448 Ingeniero Leonardo J. Reyes B., Mba., Subsecretario de Gestión Estratégica e Innovación

n

n 1449 Economista Lourdes Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de la Política Económica

n

n 1450 Señor José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte

n

n 1451 Doctor José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior

n

n 1453 Ingeniero Camilo Samán Salem, Presidente del Directorio de la Corporación Financiera Nacional

n

n 1454 Señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n

n Ministerio de Inclusión Económica y Social:

n

n Acuerdos

n

n 000134 Refórmase el Acuerdo Ministerial Nº 0512, publicado en el Registro Oficial No. 142 de 7 de agosto de 2003

n

n Ministerio del Interior:

n

n 3059 Legalízase la comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor del Dr. Danilo Durán Mosquera, Director de Estudios de Seguridad Interna

n

n Ministerio de Recursos Naturales No Renovables:

n

n 426 Refórmase el Estatuto de la Asociación de la Industria Hidrocarburífera del Ecuador, AIHE

n

n 428 Refórmase el Estatuto de la Asociación de Mineros Comuneros del Alto Santiago

n

n Secretaría Nacional del Agua:

n

n 2012-601 Expídese la reforma y nueva Codificación al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de esta Secretaría

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n Resoluciones

n

n 683 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Expost, Plan de Manejo Ambiental y otórgase licencia ambiental a los siguientes proyectos:

n

n Almacenamiento y Depósito de Material de Reciclaje, ubicado en el Cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n

n 684 Construcción e implementación de un centro de reciclaje en la Isla Isabela, ubicado en el Puerto Villamil, provincia de Galápagos

n

n 686 Fase de exploración avanzada de minerales no metálicos (Sílice), ubicada en los cantones Yantzaza y El Pangui, provincia de Zamora Chinchipe

n

n 687 Estación Base de Telefonía Celular ?Villegas?, ubicada en el cantón La Concordia, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas

n

n 688 Estación Base de Telefonía Celular Sigchos, ubicada en el cantón Sigchos, provincia de Cotopaxi

n

n 689 Estación Base de Telefonía Celular Unach, ubicada en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas: Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial:

n

n SPTMF 354/12 Establécense los requisitos para obtener informe técnico favorable previa la importación de naves

n

n SPTMF 357/12 Establécense las tarifas para el transporte fluvial de gas licuado de petróleo, incluido el cabotaje, estibaje y manipuleo, en la ruta Puerto Morona-Puerto Toigo-Puerto Morona

n

n SPTMF 358/12 Establécense las tarifas para el transporte fluvial de gas licuado de petróleo, incluido el cabotaje, estibaje y manipuleo, en la ruta entre el muelle municipal y los buques fondeados en las bahías de las Islas Galápagos

n

n Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.:

n

n 2012-443 Apruébase la emisión postal denominada Seis Rutas Turísticas del Guayas

n

n 2012-451 Apruébase la emisión postal denominada Navidad 2012

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Empresa Eléctrica Pública de Guayaquil, EP:

n

n GGE-GAJ-01-0110 Deléganse atribuciones al Eco. Carlos Rodríguez Bernabé, Tesorero de esta institución

n

n Fe de Erratas:

n

n – A la publicación de la Resolución 2012-353 de la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P., mediante la cual se aprobó la emisión postal denominada ?Enteros Postales-Buzón Esperanza?, efectuada en el Registro Oficial Nº 821 de 31 de octubre de 2012

n

n CONTENIDO

n n n

n No. 1441

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. MIPRO-DM-2012-1381-OF de fecha 13 de noviembre de 2012, como alcance al oficio No. MIPRO-DM-2012-1368-OF de 12 de este mes, la economista Verónica Sión de Josse Ministra de Industrias y Productividad solicita se le autorice licencia con cargo a vacaciones los días lunes 26 y martes 27 de noviembre, por motivos de carácter personal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder licencia con cargo a vacaciones a la economista Verónica Sión de Josse Ministra de Industrias y Productividad, por los días 26 y 27 de noviembre de 2012.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1442

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACION PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 21368 de 7 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad de 2 de octubre, a favor del señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración economista Ricardo Patiño Aroca, con relación a su desplazamiento a la ciudad de Lima-Perú del 30 de septiembre al 4 de octubre pasado, a fin de participar en la III Cumbre América del Sur-Países Árabes- ASPA- y el conversatorio público con estudiantes, intelectuales y medios de comunicación de esa ciudad, y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, quien se desplazó a la ciudad de Lima-Perú del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2012, con el fin de participar en la III Cumbre América del Sur-Países Árabes -ASPA- y el conversatorio público con estudiantes, intelectuales y medios de comunicación de esa ciudad.

n

n

n

n ARTÍCULO SECUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento se legalizarán del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de Noviembre de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1443

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22727 de l0 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad de fecha 15 del trismo mes, a favor del señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, economista Ricardo Patiño Aroca, relacionado con su desplazamiento a la ciudad de San Salvador-El Salvador el 11 de noviembre, con el fin de atender la invitación del señor Vicepresidente de El Salvador a su proclamación como candidato a la Presidencia de la República; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, quien se desplazó a la ciudad de San Salvador-El Salvador el 11 (le noviembre de 2012, con motivo de atender la invitación del señor Vicepresidente de El Salvador a su proclamación como candidato a la Presidencia de la República,

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de Noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1444

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MD-MD-2012-7269 de fecha 13 de noviembre de 2012, el señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte solicita se le conceda permiso con cargo a vacaciones del 3 al 9 de diciembre próximo; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder al señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, permiso con cargo a vacaciones del 3 al 9 de diciembre de 2012.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1445

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud tic Viaje al Exterior No. 22917 de fecha 15 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del señor Augusto X. Espinosa A. Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano de 16 del mismo mes, a favor de la señora Ministra de Educación Dra. Gloria Vidal Illingworth, para su desplazamiento a la ciudad de Buenos Aires-Argentina del 17 al 22 de este mes, a fin de participar como expositora en el VIII Encuentro Anual de la Fundación Red de Acción Política – RAP, mantener reuniones con autoridades del Instituto Internacional de Planeamiento de la Educación, Centro de Estudios de Políticas Públicas, y asistir a una reunión en el Congreso de la Nación Argentina; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos ele la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios de la señora Ministra de Educación doctora Gloria Vidal Illingworth, quien participa como expositora en el VIII Encuentro Anual de la fundación Red de Acción Política – RAP, además de las reuniones con autoridades del Instituto Internacional de Planeamiento de la Educación, Centro de Estudios de Políticas Públicas, y la reunión en el Congreso de la Nación Argentina, en la ciudad de Buenos Aires-Argentina del 17 al 22 de noviembre de 2012,

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de pasajes aéreos de ida y retorno, hospedaje y alimentación, serán legalizados del presupuesto del Ministerio de Educación.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de Noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1446

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22978, como alcance a la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22849 de Echa 16 de noviembre de 2012, de la señorita Estefani Santos Castañeda Secretaria Nacional del Migrante, Encargada, en relación a su desplazamiento a la ciudad de Madrid-España del 14 al 19 del mes presente, para el desarrollo de actividades propias a la SENAMI, al conformar la comitiva oficial que acompañó al señor Presidente Constitucional de la República en su viaje a dicha ciudad, en el marco de la gira a Europa; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Como alcance al Acuerdo No. 1438 de 13 de noviembre de 2012, expedido a favor de la señorita Estefani Santos Castañeda Secretaria Nacional del Migrante, Encargada, relacionado con su desplazamiento a la ciudad de Madrid-España, se legaliza su ampliación en un día más, esto es del 14 al 19 de noviembre de 2012.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos adicionales de este desplazamiento serán legalizados del presupuesto de la Secretaría Nacional del Migrante,

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de Noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1447

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nro. 2012-16476-DMI de fecha 14 de noviembre de 2012, el doctor José Serrano Salgado Ministro del Interior solicita autorizarle cuatro días de licencia con cargo a vacaciones del 16 al 19 de este mes; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la licencia con cargo a vacaciones al doctor José Serrano Salgado Ministro del Interior, del 16 al 19 de noviembre de 2012.

n

n

n

n

n

n Artículo Segundo.- El señor Ministro del Interior encarga dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1448

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante memorando Nro. PR-SSGEI-2012-001054- M de fecha 7 de noviembre de 2012, y su alcance en memorando Nro. PR-SSGEI-2012-001083-M de 16 del mismo mes y año, el Ing. Leonardo J. Reyes B., Mba, Subsecretario de Gestión Estratégica e Innovación solicita se autorice su asistencia a la II Reunión de Ministros y IV de Altas Autoridades de la Red de Gobierno Electrónico de América Latina y El Caribe (Red Gealc), que tendrá lugar en la ciudad de San José-Costa Rica del 25 al 28 del mes presente; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al ingeniero Leonardo J. Reyes B., Mba, Subsecretario de Gestión Estratégica e Innovación, quien por delegación del Secretario Nacional de la Administración Pública, participará en la II Reunión de Ministros y IV de Altas Autoridades de la Red de Gobierno Electrónico de América Latina y El Caribe (Red Gealc), que tendrá lugar en la ciudad de San José-Costa Rica del 25 al 28 de noviembre de 2012.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Las autoridades nacionales de Gobierno Electrónico de los países miembros de la Red Gealc tienen cubierto el pasaje y la estadía; por tanto, las subsistencias serán con cargo al presupuesto de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1449

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 23034 de fecha 19 de noviembre de 2012 a favor de la economista Lourdes Jeannette Sánchez Zurita Ministra Coordinadora de la Política Económica, para su desplazamiento a la ciudad de Lima-Perú del 23 al 24 de este mes, a fin de participar en la XVI Reunión del Grupo de Trabajo de Integración Financiera -GTIF- y 111 Reunión del Consejo Sudamericano de Economía y Finanzas -CSF3-; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la economista Lourdes Jeannette Sánchez Zurita Ministra Coordinadora de la Política Económica. para su desplazamiento a la ciudad de Lima- Perú del 23 al 24 de noviembre de 2012, a fin de participar en la XVI Reunión del Grupo de Trabajo de Integración Financiera -GTIF- y III Reunión del Consejo Sudamericano de Economía y Finanzas -CSEF-.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento serán cubiertos del presupuesto del Ministerio de Coordinación de la Política Económica.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de Noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1450

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACION PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22956 de 16 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Patrimonio de 20 del mismo mes y año, a favor del señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, para su desplazamiento a la ciudad de New York-Estados Unidos del 30 de noviembre al 2 de diciembre, a fin de asistir a la inauguración del Campeonato de Fútbol y Ecua-Volley, organizado por esa Cartera de Estado; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales ates y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor José Francisco Cevallos Villavicencio Ministro del Deporte, para su desplazamiento a la ciudad de New York – Estados Unidos del 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2012, a fin de asistir a la inauguración del Campeonato de Fútbol y Ecua- Volley, organizado en Connecticut, New Jersey y Queens, con el apoyo de esa Cartera de Estado.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de hospedaje, alimentación, movilización interna y pasajes aéreos, serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Deporte.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 20 de Noviembre de 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1451

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 22937 de fecha 15 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad de 21 del mismo mes y año, a favor del doctor José Ricardo Serrano Salgado Ministro del Interior, relacionado con su desplazamiento a la ciudad de Lima-Perú el 15 de noviembre, a fin de asistir a la reunión de trabajo con su homólogo de Perú, en el marco del Plan Binacional – Programa de Acción Conjunta entre los Ministerios del Interior de Ecuador y Perú; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del doctor José Ricardo Serrano Salgado Ministro del Interior, quien se desplazó a la ciudad de Lima-Perú el 15 de noviembre de 2012, a fin de asistir a la reunión de trabajo con el señor Ministro del Interior del Perú, en el marco del Plan Binacional – Programa de Acción Conjunta entre los Ministerios del Interior de Ecuador y Perú.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 21 de Noviembre de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1453

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la Solicitud de Viaje al Exterior No. 23100 de 21 de noviembre de 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Política Económica, a favor del ingeniero Camilo Samán Salem Presidente del Directorio de la Corporación Financiera Nacional, para su desplazamiento a la ciudad de Caracas-Venezuela del 26 al 28 de este mes, a fin de participar en reuniones de la Corporación Andina de Fomento CAF: XX Reunión del Comité de Auditoría; CXLVI Reunión del Directorio; y, XVI Asamblea Extraordinaria de Accionistas; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año, y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Acuerdo 1101 del 22 de marzo de 2012, Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y entidades adscritas,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al ingeniero Camilo Samán Salem, Presidente del Directorio de la Corporación Financiera Nacional, para su desplazamiento a la ciudad de Caracas- Venezuela del 26 al 28 de noviembre de 2012, a fin de participar en reuniones de la Corporación Andina de Fomento CAF: XX Reunión del Comité de Auditoría; CXLVI Reunión del Directorio; y, XVI Asamblea Extraordinaria de Accionistas.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEEGUNDO.- La Corporación Andina de Fomento cubrirá los gastos de movilización y hospedaje.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 22 de Noviembre de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n No. 1454

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MAGAP-M.A.G.A.P-2012-0958- OF de fecha 21 de noviembre de 2012, el señor Javier Ponce Cevallos Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca solicita se le conceda tres días de permiso con cargo a vacaciones, del 28 al 30 de noviembre; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder el permiso con cargo a vacaciones al señor Javier Ponce Cevallos Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, del 28 al 30 de noviembre de 2012.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 22 de noviembre de 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento certificado electrónicamente.

n

n

n

n f.) Ab. Oscar Pico, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n

n

n No. 000134

n

n

n

n Socióloga Doris Soliz Carrión

n

n MINISTRA DE INCLUSIÓN

n

n ECONÓMICA Y SOCIAL

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Art. 35 de la Constitución de la República establece que las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado;

n

n

n

n Que, el Art. 39 de la Constitución de la República, determina que: ?el Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos[?].El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación.

n

n

n

n Que, el numeral 9 del Art. 66 de la Constitución de la República reconoce y garantiza a las personas: ?el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual?.

n

n

n

n Que, los numerales 1, 4 y 5 del Art. 69 de la Constitución de la República, se establecen como medidas para proteger los derechos de las personas integrantes de la familia, las siguientes: (1) La promoción de la maternidad y paternidad responsables; y, la obligación de la madre y el padre relativa al cuidado, crianza, educación, alimentación, desarrollo integral y protección de los derechos de sus hijas e hijos. (4) La protección a las madres, a los padres y a quienes sean jefas y jefes de familia, en el ejercicio de sus obligaciones; y, la especial atención a las familias disgregadas por cualquier causa. (5) La promoción de la corresponsabilidad materna y paterna y la vigilancia del cumplimiento de los deberes y derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos.

n

n

n

n Que, el numeral 16 del Art. 83 de la Constitución de la República, establece que: ?son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y ecuatorianos [?] asistir, alimentar, educar y cuidar a las hijas e hijos. Este deber es corresponsabilidad de madres y padres en igual proporción [?]?;

n

n

n

n Que, el Art. 341 de la Constitución de la República determina que: ?el Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieran consideración especial por la persistencia de desigualdades, exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su condición etaria, de salud o de discapacidad?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 129, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 029, del 18 de septiembre del 1998, se estableció un subsidio a favor de la población en situación de pobreza, reformado por los decretos ejecutivos No. 682, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 149, del 16 de marzo del 1999; Decreto Ejecutivo No. 1186, publicado en el Registro Oficial 272, del 8 de septiembre de 1999; y, Decreto Ejecutivo No. 507, publicado en el Registro Oficial No. 106, del 26 de junio del 2000;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 347, publicado en el Registro Oficial No. 76, del 7 de mayo del 2003, se cambió el Programa Bono Solidario por el Programa Bono de Desarrollo Humano, BDH, consistente en la entrega de un subsidio monetario condicionado al cumplimiento de requisitos que establezca el Programa de Protección Social del Ministerio de Bienestar Social hoy Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 486 A, promulgado en el Registro Oficial No. 99, del 15 de junio de 2000, se dispone que: ?A partir del 1 de julio del 2000, la administración de los subsidios a los que se refieren los Decretos No 129, promulgado en el Suplemento del Registro Oficial No. 29 del 18 de septiembre de 1998; No. 682 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 149 del 16 de marzo de 1999 y 1186 promulgado en el Registro Oficial No. 2727 del 8 de septiembre de 1999 y otros que se creasen, pasarán al Ministerio de Bienestar Social hoy Ministerio de Inclusión Económica y Social?;

n

n

n

n Que, mediante el referido Decreto se constituye el ?Programa de Protección Social? como una entidad desconcentrada adscrita al Ministerio de Inclusión Económica y Social, de jurisdicción nacional, que, dentro de los límites de dicho Decreto, gozará de independencia administrativa, técnica y financiera, el cual coordinará sus acciones con otros programas y proyectos que en esta materia estén implementados;

n

n

n

n Que, Con Acuerdo Ministerial No. 0512 publicado en el Registro Oficial No. 142 el 7 de agosto del 2003, se expide el Manual de Operación del Programa Bono de Desarrollo Humano BDH, el mismo que en el numeral 6 establece la condicionalidad a las familias usuarias del bono, en educación y salud;

n

n

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1838, del 20 de julio de 2009, el Presidente Constitucional de la República reforma el marco legal vigente para la administración de subprogramas del Programa de Protección Social y entre otras disposiciones delega al Programa de Protección Social la administración de los siguientes sub programas: Bono de Desarrollo Humano; Pensión para Adultos Mayores; Pensión para Personas con Discapacidad; Crédito Productivo Solidario; Red de Protección Solidaria, Programa de Protección Social ante la Emergencia y otros que el Ministerio de Inclusión Económica y Social le delegue. De igual manera se incrementó el valor de la transferencia monetaria tanto para el Bono de Desarrollo Humano como para la Pensión para Adultos Mayores y la Pensión para Personas con Discapacidad;

n

n

n

n

n

n Que, es necesario adoptar políticas de protección social que promuevan el cumplimiento de lo establecido en la Constitución de la Republica del Ecuador, el Plan del Buen Vivir y la Agenda Social, incrementado las capacidades básicas de las personas que viven en situación de pobreza y vulnerabilidad, asegurando su acceso a los bienes y servicios de Educación y Salud, que les permitan adquirir las habilidades y aptitudes necesarias para que con su esfuerzo personal alcancen una mejor calidad de vida;

n

n

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Sustituir el texto del numeral 6 del Acuerdo Ministerial No. 0512, publicado en el Registro Oficial No. 142 del 7 de agosto del 2003, por el siguiente:

n

n

n

n 6. LA CORRESPONSABILIDAD: La Corresponsabilidad es la responsabilidad compartida entre el Estado y el o los ciudadanos receptor/es del Bono de Desarrollo Humano, que implica la acción conjunta entre los Ministerios de Salud, Educación, MIES y jefes-as de los núcleos familiares.

n

n

n

n El Bono de Desarrollo Humano es una transferencia monetaria condicionada al cumplimiento de la Corresponsabilidad en educación y salud de las familias con hijos menores de 18 años.

n

n

n

n Para el cumplimiento de la Corresponsabilidad los núcleos familiares están obligadas a: realizar controles médicos periódicos en salud para los niños de 0 a 5 años y la escolarización de los niños, niñas y adolescentes de entre 5 a 18 años para el mejoramiento de sus capacidades humanas

n

n

n

n Adicionalmente se podrán definir otras condicionalidades que respondan al plan nacional del buen vivir, agenda social y proyectos estratégicos del estado, Éstos serán de carácter obligatorio y se monitorearán a los integrantes del hogar de acuerdo a la corresponsabilidad que se establezca, para lo cual el Ministerio de Inclusión Económica y Social será corresponsable del seguimiento y control al cumplimiento de la corresponsabilidad junto con el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Educación y el MCDS. Para poder hacer efectivo el condicionamiento será necesario que en los territorios exista la oferta de servicios públicos de salud y educación a los que puedan asistir los usuarios del Bono de Desarrollo Humano. Se integra la planificación familiar como un elemento fundamental de co-responsabilidad para los hogares que reciben el Bono de Desarrollo Humano.

n

n

n

n 6.1 Proceso operativo del control de la Corresponsabilidad

n

n

n

n Para el control de la corresponsabilidad el MIESPrograma de Protección Social definirá la metodología más adecuada para la implementación de los procesos de acuerdo a los recursos económicos disponibles, infraestructura de las entidades prestadoras de los servicios de salud, educación, justicia y otros y la realidad geográfica y étnica de cada localidad.

n

n

n

n

n

n 6.2 Suspensión de la entrega de la transferencia

n

n

n

n En el caso de identificarse el incumplimiento de cualquiera de las condiciones de corresponsabilidad, por parte de los hogares que reciben el Bono de Desarrollo Humano, el MIES-PPS queda facultado a suspender temporal o definitivamente la transferencia monetaria, de acuerdo a lo que se establezca en la metodología.

n

n

n

n Art. 2.- Apoyar a la sensibilización en temas de planificación familiar dirigida a los hogares que reciben el Bono de Desarrollo Humano.

n

n

n

n Art. 3.- EL MIES-PPS coordinará con el Sistema Judicial y otras instancias relacionadas con los derechos de los niños, niñas, adolescentes y la familia, con la finalidad de garantizar a través de las acciones judiciales, emprendidas la paternidad y maternidad responsable.

n

n

n

n DISPOSICIÓN FINAL.-

n

n

n

n PRIMERA: El MIES-PPS coordinará acciones previas con el Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio Coordinador de Desarrollo Social, la Presidencia de la Republica, con la finalidad de involucrar con eficiencia a las instancias prestadoras de servicios de salud, educación y otros.

n

n

n

n SEGUNDA: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 12 de noviembre del 2012.

n

n

n

n f.) Socióloga Doris Soliz Carrión, Ministra de Inclusión Económica y Social.

n

n

n

n MIES.- Ministerio de Inclusión Económica y Social.- Secretaría General.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ilegible.

n

n

n

n No. 3059

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando No.780-DMI del 6 de noviembre de 2012, el titular de esta Cartera de Estado, dispuso los trámites de la comisión de servicios al exterior del Dr. Danilo Durán Mosquera, Director de Estudios de Seguridad Interna, para que junto al Director de Operaciones de la Policía Nacional, participe en la visita técnica al funcionamiento de los dispositivos electrónicos utilizados por la Policía Nacional Colombiana como medio alternativo a la prisión de libertad como medida cautelar, efectuada en Bogotá – Colombia, del 8 al 9 de noviembre de 2012;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-0205 del 08 de noviembre de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del citado funcionario público;

n

n

n

n Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 22625 del 08 de noviembre de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior del funcionario mencionado;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria No. 1535 del 09 de noviembre de 2012, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción Viáticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del funcionario;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del Dr. Danilo Durán Mosquera, Director de Estudios de Seguridad Interna, de la Subsecretaría de Seguridad Interna, quien participó en la visita técnica al funcionamiento de los dispositivos electrónicos utilizados por la Policía Nacional Colombiana como medio alternativo a la prisión de libertad como medida cautelar, celebrada en Bogotá – Colombia, del 8 al 9 de noviembre de 2012.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- El funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 07 de diciembre del 2012.

n

n

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 07 de diciembre del 2012.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 426

n

n

n

n EL MINISTRO DE RECURSOS NATURALES

n

n NO RENOVABLES

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artículo 96 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce todas las formas de organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno;

n

n

n

n Que el Código Civil en su Título XXX del Libro I concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones, de la misma forma que reconoce la facultad de la autoridad que otorgó personalidad jurídica para disolverlas a pesar de la voluntad de sus miembros;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre de 2002, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1678, publicado en el Registro Oficial No. 581 de 30 de abril del 2009, se expidió el Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales;

n

n

n

n Que con oficio No. AIHE-070-2012 de fecha 16 de octubre de 2012, presentada a esta Cartera de Estado el 18 de octubre de 2012 (SAD No. 7319); el señor Jose Luis Ziritt, Presidente Ejecutivo de la Asociación de la Industria Hidrocarburífera del Ecuador AIHE, solicita se apruebe las reformas al Estatuto de la mencionada Asociación;

n

n

n

n Que de acuerdo con los Arts. 1 y 3 del Estatuto de la Asociación de la Industria Hidrocarburífera del Ecuador AIHE, se constituyó como una persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, regulada por las disposiciones del título XXX, del Libro I del Código Civil, el referido Estatuto y los reglamentos internos que expidieren, domiciliada en la Parroquia El Batán, Cantón Quito, de la Provincia de Pichincha;

n

n

n

n Que las reformas al Estatuto de la Asociación de la Industria Hidrocarburífera del Ecuador AIHE aprobadas por los socios de la Asociación, cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 12 del Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas, de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales, y son necesarias para enmarcar los referidos Estatutos al Ordenamiento Jurídico Nacional;

n

n

n

n Que los socios de la Asociación de la Industria Hidrocarburífera del Ecuador AIHE, han discutido y aprobado internamente el Estatuto en las Asambleas Extraordinarias llevadas a cabo el 13 y 30 de julio de 2012, según consta de la respectiva certificación otorgada por los Miembros del Co