Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Lunes 23 de Septiembre de
2013 – R. O. No. 86
SUMARIO
Presidencia de la República:
Ejecutivo:
Decretos
101 Dase de baja de las Fuerzas Armadas a los siguientes
oficiales:
GRAB. José Luis Castillo Egüez y otro
102 CRNL. EM. Efrén Aquiles López Urdialez
103 CRNL. EMC. Juan Guillermo Reyes Guillén
104 CRNL. EMT. AVC. Ángel Edmundo Carrillo Buenaño
Secretaría Nacional de la Administración Pública:
Acuerdos
134 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios
en el exterior al Eco. Carlos Marx Carrasco, Director General del Servicio de
Rentas Internas
135 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios
en el exterior al Dr. Lenin Lara, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos
139 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios
en el exterior al Dr. Juan Aguirre, Director Ejecutivo del Instituto de
Contratación Pública
Ministerio de Inclusión Económica y Social:
Extractos de Acuerdos
075 Apruébanse, decláranse disueltas y liquidadas y
refórmanse los estatutos de las siguientes organizaciones: Asociación de Desarrollo Social de Artesanos
076 Comité Promejoras del Barrio Primicias de la Cultura de
Quito Ciudadela Ibarra, Parroquia La Ecuatoriana
077 Comité Promejoras Colinas del Edén
078 Fundación Foundation Life
079 Comité Pro del Barrio San Sebastian
Extractos de Acuerdos
080 Asociación de Padres y Amigos para el Apoyo y la Defensa
de los Derechos de las Personas con Autismo del Ecuador
081 Comité Promejoras de la Urbanización Santa Inés
082 Comité Promejoras del Barrio Santa Rosa
083 Asociación de Ayuda Mutual Misionera del Ecuador – SMASH
084 Fundación Niñez y Vida-Tierra de Hombres Ecuador
085 Fundación Causana
086 Comité Promejoras del Barrio Kennedy Baja
087 Comité Promejoras del Recinto Nueva Aurora
088 Comité Promejoras del Barrio Las Orquidias
089 Comité Promejoras del Barrio Rafael Arroba
090 Asociación de Excombatientes del Alto Cenepa año 1995,
Brigada Especial de Combate Eloy Alfaro de la Provincia de Pichincha
091 Asociación Plurinacional de Estudiantes y Graduados/as
Ecuatorianos/as en Cuba Eloy Alfaro
092 Comité Promejoras del Barrio Calipiedra
093 Asociación de Pequeños Comerciantes del Mercado de
Yaruquí
094 Asociación de Pequeños Comerciantes de la Ciudadela
Carapungo
095 Comité Promejoras Miravalle Occidental
096 Comité Promejoras Nuevo Amanecer
097 Comité de Desarrollo Infantil Valle del Niño
098 Asociación de Arquitectos del Instituto Nacional de
Patrimonio Cultura
099 Comité Promejoras de la Ciudadela San Francisco de Quito
100 Asociación Renacer El Rocío de Guamaní
101 Fundación Buen Samaritano Trigo Nuevo
102 Comité Promejoras del Barrio Santa Ana
103 Comité Promejoras del Barrio Buenaventura
104 Asociación Amor en Casa
Ministerio del Ambiente
Resoluciones
006 Apruébanse los estudios de impacto ambiental expost,
planes de manejo ambiental y otórganse licencias ambientales a los siguientes
proyectos:
Camaronera LANGACUA S. A., ubicada en el cantón Guayaquil,
provincia del Guayas
007 Sistema de alcantarillado y planta de tratamiento de
aguas residuales domésticas de Entre Ríos, ubicado en el cantón Samborondón,
provincia del Guayas
008 Camaronera CHOCO-CAMACHOCO S.A., ubicada en el cantón
Guayaquil, provincia del Guayas
Consejo Nacional de Electricidad:
Resoluciones
DE-2013-104 Otórgase la licencia ambiental No. 044/13, para
el proyecto de la Línea de Subtransmisión Montecristi ? Jipijapa
Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria:
086-IEPS-2013 Otórgase la acreditación al Honorable Gobierno
Provincial de Tungurahua, para que imparta capacitación a las cooperativas que
se encuentran bajo el control de la Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria
Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:
Ordenanza
–
Cantón Santiago de Píllaro: Que regula el uso,
funcionamiento y administración del Mercado San Juan
CONTENIDO
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que de
conformidad al artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas que señala: ?la situación militar se establecerá: Para los Oficiales
Generales, y dentro de los oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de
Navío, por Decreto Ejecutivo?.
Que el
artículo 75 de la invocada Ley prevé que: ?El militar tendrá derecho hasta seis
meses de disponibilidad, si acreditare por los menos cinco años de servicio
activo y efectivo ininterrumpido pudiendo renunciar a todo o parte del tiempo
de disponibilidad, para solicitar directamente su baja?; Que el artículo 87,
letra a) de la referida Ley establece que: ?El militar será dado de baja por
una de las siguientes causas: a) Solicitud voluntaria?;
Que los
señores GRAB. CASTILLO EGUEZ JOSÉ LUIS y GRAB. GORTAIRE PADOVANI NICOLÁS HUMBERTO,
de conformidad a los artículos mencionados en los considerandos anteriores,
presentan la solicitud de baja voluntaria, a fin de ser dados de baja de las
Fuerzas Armadas (Fuerza Terrestre) con fecha 31 de agosto de 2013, renunciando
expresamente a todo el tiempo de disponibilidad.
Que el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, remite el proyecto de Decreto
Ejecutivo mediante el cual se les coloca en situación militar de baja mediante
Oficio Nro. 2013-0192-E-1-o-sp, a los mencionados señores Oficiales Generales
pertenecientes a la Fuerza Terrestre, con fecha 31 de agosto de 2013, de
conformidad al artículo 87, letra a), de la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, en concordancia con el artículo 75 de la misma Ley; y,
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65 de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de
la señora Ministra de Defensa Nacional previa solicitud del señor Comandante
General de la Fuerza Terrestre.
Decreta:
Art. 1°. Dar
de Baja de la Fuerza Terrestre con fecha 31 de agosto de 2013, a los señores GRAB.
CASTILLO EGUEZ JOSÉ LUIS y GRAB. GORTAIRE PADOVANI NICOLÁS HUMBERTO, por
solicitud voluntaria, de conformidad con el artículo 87, letra a) de la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas en concordancia con el artículo 75 de la misma
Ley.
Art. 2º. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 2 de septiembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito, 04 de
Septiembre de 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler, SECRETARIO NACIONAL JURÍDICO.
Secretaría
Nacional Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?la
situación militar para los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales
Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, se establecerá por Decreto
Ejecutivo?.
Que el
artículo 87, letra a) ibídem señala que: ?El militar será dado de baja por una
de las siguientes causas: a) Solicitud Voluntaria?.
Que el señor CRNL.
EM. LOPEZ URDIALEZ EFRÉN AQUILES, de conformidad al artículo mencionado en el considerando
anterior, ha presentado en la Dirección General de Recursos Humanos del
Ejército la solicitud de baja, manifestando su voluntad de no continuar en
servicio activo y renunciando expresamente a todo el tiempo de disponibilidad
conforme establece el art. 75 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.
Que el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, mediante oficio N°
2013-0128-E-1-o-sp de 20 de mayo de 2013, solicita al Ministerio de Defensa
Nacional el trámite correspondiente para la baja del señor CRNL. EM. LOPEZ
URDIALEZ EFRÉN AQUILES, perteneciente a la Fuerza Terrestre con fecha 31 de
mayo de 2013.
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República; en concordancia con el artículo 65, letra a) de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud
de la señora Ministra de Defensa Nacional.
Decreta:
Art. 1°. Dar
de baja de la Fuerza Terrestre con fecha 31 de mayo de 2013, al señor CRNL. EM.
LOPEZ URDIALEZ EFRÉN AQUILES, por solicitud voluntaria de conformidad al
artículo 87, letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas.
Art. 2°. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la
Orden General Ministerial, encárguese a la señora Ministra de Defensa de
Defensa Nacional.
Dado en el
Ministerio de Defensa Nacional, Quito D.M., a 2 de septiembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito, 04 de
Septiembre de 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler, SECRETARIO NACIONAL JURÍDICO.
Secretaría
Nacional Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?la
situación militar para los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales
Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, se establecerá por Decreto
Ejecutivo?.
Que el
artículo 87, letra a) ibídem señala que: ?El militar será dado de baja por una
de las siguientes causas: a) Solicitud Voluntaria?. Que el señor CRNL. EMC.
REYES GUILLEN JUAN GUILLERMO, de conformidad al artículo mencionado en el
considerando anterior, ha presentado en la Dirección General de Recursos
Humanos del Ejército la solicitud de baja, manifestando su voluntad de no
continuar en servicio activo y renunciando expresamente a todo el tiempo de disponibilidad
conforme establece el art. 75 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.
Que el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, mediante oficio N°
2013-0128-E-1-o-sp de 20 de mayo de 2013, solicita al Ministerio de Defensa
Nacional el trámite correspondiente para la baja del señor CRNL. EMC. REYES
GUILLEN JUAN GUILLERMO, perteneciente a la Fuerza Terrestre con fecha 31 de
mayo de 2013.
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República; en concordancia con el artículo 65, letra a) de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud
de la señora Ministra de Defensa Nacional.
Decreta:
Art. 1°. Dar
de baja de la Fuerza Terrestre con fecha 31 de mayo de 2013, al señor CRNL.
EMC. REYES GUILLEN JUAN GUILLERMO, por solicitud voluntaria de conformidad al
artículo 87, letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas.
Art. 2°. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la
Orden General Ministerial, encárguese a la señora Ministra de Defensa de
Defensa Nacional.
Dado en el
Ministerio de Defensa Nacional, Quito D.M., a 2 de septiembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional. Quito, 04 de Septiembre de
2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler, SECRETARIO NACIONAL JURÍDICO.
Secretaría
Nacional Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 65, letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas que señala: ?la situación militar se establecerá: Para los
Oficiales Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y
Capitanes de Navío, por Decreto Ejecutivo?.
Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 1442 del 04 de marzo de 2013, fue colocado en disponibilidad
el señor CRNL. EMT. AVC. CARRILLO BUENAÑO ÁNGEL EDMUNDO, con fecha 31 de enero
de 2013, de conformidad con el artículo 76, letra a) de la vigente Ley
Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, que establece: ?El
militar será puesto en disponibilidad, por una de las siguientes causas: a) Por
solicitud voluntaria?.
Que el
artículo 87, letra c) de la vigente Ley Reformatoria a la Ley de Personal de
las Fuerzas Armadas, establece: ?El militar será dado de baja, por una de las
siguientes causas: c) Una vez cumplido el periodo de disponibilidad establecido
en la Ley?;
Que el señor
Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, mediante oficio Nro.
FA-El-3f-D-2013-1548- O, de fecha 02 de agosto de 2013, solicita se de trámite
a la petición de baja del señor CRNL. EMT. AVC. CARRILLO BUENAÑO ÁNGEL EDMUNDO,
una vez que se ha cumplido el periodo de disponibilidad establecido en la ley,
con fecha 31 de julio de 2013; y,
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65 de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de
la señora Ministra de Defensa Nacional previo pedido del señor Comandante
General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana.
Decreta:
Art 1°. Dar de
Baja de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, con fecha 31 de Julio de 2013, al señor CRNL.
EMT. AVC. CARRILLO BUENAÑO ÁNGEL EDMUNDO, por haber cumplido el período de
disponibilidad previsto en la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.
Art. 2°. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el Palacio
Nacional, en Quito a 2 de septiembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito, 04 de
Septiembre de 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original. Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler, SECRETARIO NACIONAL JURÍDICO.
Secretaría
Nacional Jurídica.
Cristian
Leonardo Castillo Peñaherrera
SECRETARIO
NACIONAL DE LA
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 29272 de 12 de agosto de 2013, el Eco.
Carlos Marx Carrasco, Director del Servicio de Rentas Internas, solicita al
Eco. Patricio Rivera, Ministro Coordinador de la Política Económica, el aval
para su desplazamiento a la ciudad de Doha – Qatar, del 30 de agosto al 03 de
septiembre de 2013, a fin de participar en la 11 Ronda de Negociaciones de
Acuerdo para Evitar la Doble Tributación entre Ecuador y Qatar.
Que, mediante
oficio No. SRO-NAC-DNR-2013-0065-OF de 15 de agosto de 2013, el Dr. Alexander
Xavier Cardona, Director Nacional de Recursos Humanos Subrogante del Servicio
de Rentas Internas, solicita al Lcdo. Cristian Castillo Peñaherrera, Secretario
Nacional de la Administración Pública, la autorización adicional para el viaje
del Eco. Carlos Marx Carrasco, Director del Servicio de Rentas Internas del 30
de agosto al 03 de septiembre de 2013, en la ciudad de Doha – Qatar, en vista
de haber superado los 24 días de viaje al exterior de conformidad con lo
estipulado en el artículo 7, literal g) del Reglamento de Viajes al Exterior de
los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas.
Que, el
artículo 7 literal g) del Reglamento ibídem, en su parte pertinente, indica: ?La
ausencia del país por viajes al exterior no podrá exceder de 24 días laborales
dentro de un año, a excepción de los funcionarios de los Ministerios de
Relaciones Exteriores, Comercio e
Integración, Turismo y Secretaría Nacional del Migrante, debido a las funciones
que realizan dichas carteras de Estado. En caso de que se completen los 24 días
de ausencia del país se deberá solicitar una autorización adicional, la misma
que podrá autorizarse atendiendo las particularidades de la solicitud?.
Que, con fecha
19 de agosto de 2013, el Eco. Patricio Rivera, Ministro Coordinador de la
Política Económica, avala la solicitud de desplazamiento del Eco. Carlos Marx
Carrasco, Director del Servicio de Rentas Internas, a través de memorando No.
MCPE-DM-2013-03,11-O, así como a través del sistema de autorización de viajes
al exterior.
Que, en el
presente caso se verifica el cumplimiento de las disposiciones para viajes al
exterior, estipuladas en el oficio No. PR-SNADP-2013-000551-O, de fecha 30 de
julio de 2013, de conformidad con la revisión realizada en el Sistema de
Solicitudes de Viajes al Exterior y documentación anexa y presentada para el
efecto.
Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
y conforme a lo que establece el Artículo 7 del Reglamento de Viajes al
Exterior de los Servidores Públicos de la Función Ejecutiva y Entidades
Adscritas emitido mediante Acuerdo No. 1101 de 22 de marzo de 2012,
Acuerda:
ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo señalado en el literal g) del artículo 7 del
Reglamento de viajes al exterior de los servidores públicos de la Función
Ejecutiva y Entidades Adscritas, se concede la autorización adicional requerida
por el Director General del Servicio de Rentas Internas, Eco. Carlos Marx
Carrasco, para ausentarse del país, en virtud de las particularidades de la
solicitud del viaje al exterior a la ciudad de Doha – Qatar, para participar en
la II Ronda de Negociaciones del Acuerdo para Evitar la Doble Tributación entre
Ecuador y Qatar, actividades que se enmarcan dentro de las funciones y
competencias específicas de dicha Cartera de Estado.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al Eco. Carlos
Marx Carrasco, Director del Servicio de Rentas Internas, en la ciudad de Doha –
Qatar, del 30 de agosto al 03 de septiembre de 2013, a fin de participar en la
II Ronda de Negociaciones del Acuerdo para Evitar la Doble Tributación entre
Ecuador y Qatar.
ARTÍCULO
TERCERO- Los gastos que genere este desplazamiento serán cubiertos por el
Servicio de Rentas Internas, de conformidad con lo indicado por parte de la
referida Cartera de Estado en el sistema de autorización de viajes al exterior.
ARTÍCULO
CUARTO- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 19 días del mes de agosto de 2013.
Documento
Firmado Electrónicamente
Cristian
Leonardo Castillo Peñaherrera, Secretario Nacional de la Administración
Pública.
Es igual al
documento digital que se encuentra en el archivo electrónico del Sistema de
Viajes al Exterior de la Secretaría Nacional de la Administración Pública.
LO CERTIFICO.-
Quito, 28 de Agosto 2013.
f.) Dra.
Rafaela Hurtado Espinoza, Coordinadora General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.
Cristian
Leonardo Castillo Peñaherrera
SECRETARIO
NACIONAL DE LA
ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 29355 de 15 de agosto de 2013, el Dr. Lenin
Lara, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, solicita al Valm. Homero
Arellano, Ministro Coordinador de Seguridad, el aval para su desplazamiento a
la ciudad de Lima – Perú, del 18 al 20 de agosto de 2013, a fin de asistir a la
Primera Reunión del Consejo Suramericano en Materia de Seguridad Ciudadana, Justicia
y Coordinacion de Acciones contra la Delincuencia Organizada Transnacional de
UNASUR; evento a desarrollarse el 19 de agosto de 2013.
Que, con fecha
15 de agosto de 2013, el Valm. Homero Arellano, Ministro Coordinador de
Seguridad, avala la solicitud de desplazamiento del Dr. Lenin Lara, Ministro de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a través del Sistema de Autorización de
Viajes al Exterior.
Que, en el
presente caso se verifica el cumplimiento de las disposiciones para viajes al
exterior, estipuladas en el oficio No. PR-SNADP-2013-000551-O, de fecha 30 de
julio de 2013, de conformidad con la revisión realizada en el Sistema de
Solicitudes de Viajes al Exterior y la documentación anexa y presentada para el
efecto.
Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
n) del Es