octubre 5, 2016

Registro Oficial No.855- Miércoles 05 de Octubre de 2016

Administración del Señor
Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Miércoles, 5 de Octubre de 2016 (R. O. 855, 5-octubre-2016)

SUMARIO

Ministerio de Finanzas:

Ejecutivo:

Acuerdos

0130

Deléguense facultades a las siguientes personas:

Economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de
Política Fiscal y otro

0132

Refórmese el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de
2012

0136

Ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho
Ministerial

0137

Abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial

0138

Economista Galo Fernando Viteri Díaz, Subsecretario de
Política Fiscal Subrogante

0139

Economista Juan Carlos Folleco, Viceministro de Finanzas
Subrogante

0147

Economista Juan Eduardo Hidalgo Andrade, Subsecretario de
Financiamiento Público Subrogante

0149

Ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho
Ministerial

Ministerio del Interior:

7362

Legalícese la comisión de servicios en el exterior de las
siguientes personas:

Ab. Juan Cárdenas Espinoza, Gobernador del Cañar

7363

Dr. Leonardo Berrezueta Carrión, ex Gobernador del Azuay

7364

Ing. Pedro Ruales Hidalgo, Servidor Público 7, de la
Dirección de Asuntos Internacionales y otras

7365

Srta. Daniela Nájera Peñaherrera, Asesora 4, del Despacho
Ministerial (Coordinadora de Servicio Forense)

7366

Lic. Ricardo David Chicaiza Núñez, Servidor Público 5, de la
Dirección de Comunicación Social

Acuerdos

7367

Mast. Walter García Cedeño, Asesor 2 del Despacho
Ministerial

7368

Sgop. Luis Alberto Olmedo Alcívar y otro

7369

Cptn. Fredy Guzmán Pepinos, Jefe de Seguridad del
Viceministerio de Seguridad Interna y otro

Ministerios de Defensa Nacional y de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura Y Pesca:

Acuerdos Interministeriales

011

Traspásese a perpetuidad al MAGAP, el predio ?Hacienda
Aychapicho?, ubicado en el cantón Mejía, provincia de Pichincha

012

Transfi rese a perpetuidad al MAGAP, el predio ?Base Naval
Jaramijó?, ubicado en el cantón Portoviejo, provincia de Manabí

Ministerios de Defensa Nacional y de Educación:

018

Modifíquese y sustitúyese el Acuerdo Interministerial No.
018, publicado en la Orden General Ministerial No. 224 de 10 de diciembre de
2015

Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:
Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del AGRO:

Resoluciones

0173

Modifíquese la Resolución 282 de 15 de agosto del 2014,
publicada en el Registro Oficial No. 168 de 18 de septiembre del 2014

0191

Iníciese la campaña de vacunación estratégica nacional
continua contra la peste porcina clásica en todo el territorio nacional, con
excepción de la provincia insular de Galápagos

0196

Deróguese la Resolución 045 de 16 de abril del 2015

0197

Adóptese el ?Manual de Procedimiento para la Vigilancia y
Control de la Inspección Ante y Post-Mórtem de Animales de Abasto en Mataderos?

Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría del
Sistema de la Calidad de la Productividad:

16 343

Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntarias las
siguientes normas técnicas ecuatorianas:

NTE INEN-ISO (Tanques para la refrigeración de leche a
granel (ISO 5708:1983, IDT))

16 344

NTE INEN-ISO 4649 (Caucho, vulcanizado o termoplástico –
Determinación de la resistencia a la abrasión utilizando un dispositivo de
tambor cilíndrico giratorio (ISO 4649:2010, IDT))

16 345

NTE INEN 312 (Coordinación modular de la construcción.
Módulo de proyecto. Requisitos)

16 346

NTE INEN 3029-6 (Equipamiento de las superficies de juego y
áreas recreativas. Parte 6: Sube y baja, equipos basculantes y equipos
oscilantes. Requisitos y métodos de ensayo)

Agencia de Regulación y Control de Electricidad:

DE-16-021

Deléguense facultades a la o el Procurador de la ARCONEL

Procuraduría General del Estado:

063

Delégase facultades al Coordinador Nacional Administrativo
Financiero

064

Iníciese el proceso precontractual para la contratación del
servicio de difusión de varios eventos

Servicio de Rentas Internas:

Resoluciones

DZ3-SZORDRI16-00000148

Deléguense facultades a varias funcionarias y funcionarios

Superintendencia de Economía Popular y Solidaria:

Transparencia y Control Social

SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-153

Liquídese en el plazo de hasta dos años, a la Cooperativa de
Ahorro y Crédito Intercultural Tarpuk Runa Ltda, con domicilio en el cantón
Ambato, provincia de Tungurahua

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas

Cantón Las Naves: Que reglamenta la determinación,
administración, control y recaudación del impuesto a los espectáculos públicos

Cantón San Jacinto de Buena Fe: Que regula las exoneraciones
de los servicios registrales a las personas adultas mayores y con
discapacidades

CONTENIDO


No. 0130

LA MINISTRA DE
FINANZAS, SUBROGANTE

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010
, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior,
cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración
mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el
reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho
del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de
1 de abril de 2011
, dispone que la subrogación procederá de conformidad
al anotado artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante tendrá
derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada
de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que
dependan administrativamente de la misma institución;

Que por
motivos laborales encabezaré la delegación de esta Cartera de Estado, en
distintas reuniones oficiales fuera del país, inherentes a las actividades
institucionales el 25 y 26 de julio de 2016; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- El
economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de Política Fiscal,
subrogará las funciones de Ministro de Finanzas el 25 y 26 de julio de 2016,
inclusive.

Art. 2.- El
doctor Paúl Villarreal, Asesor del Despacho Ministerial, subrogará las
funciones de Viceministro de Finanzas el 25 y 26 de julio de 2016, inclusive.

Art. 3.- El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 22 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (S).

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 0132

LA MINISTRA DE
FINANZAS (S)

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
306
, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las
finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente
hacerlo;

Que, el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que, la norma
ibídem señala en su artículo 89 que los actos administrativos que expidan los
órganos y entidades sometidos a este estatuto se extinguen o reforman en sede administrativa
de ofi cio o a petición del administrado; y el artículo 90, que los actos
administrativos podrán extinguirse o reformarse en sede administrativa por
razones de legitimidad o de oportunidad;

Que, el señor
Ministro de Finanzas emitió el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de
2012, por medio el cual delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa
– Financiera, Director(a) de Logística Institucional, Director(a) Financiero y
Director(a) de Administración de Talento Humano, varias atribuciones para que
en nombre y en representación del Ministro se cumplan las mismas que constan en
el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17, 55, 89, 90 y 91 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Reformar
el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012, y sustituir el artículo
5 por el siguiente;

?Art. 5.- Facultar
a los Subsecretarios, Coordinadores Generales, Auditora General y Jefe de
Despacho; y en ausencia de éste último la/el Coordinadora/or General Administrativa/o
Financiera/o, para que:

Autoricen los
gastos y reembolsos correspondientes a viáticos, subsistencias, alimentación y movilización
que los funcionarios y servidores requieran para el cumplimiento de sus
funciones; así como, la aprobación de los informes que por las comisiones de
servicio otorgadas en el interior y en el exterior deban presentar.

Autoricen los
gastos de horas extraordinarias y suplementarias del personal a su cargo.

Autoricen los
gastos de reposición de los fondos de caja chica asignados a la unidad
administrativa a su cargo.?.

Art. 2.- Las
demás disposiciones del Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 05 de enero de 2012 que
expresamente no se han modificado en el presente Acuerdo, se mantiene plenamente
vigente.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 22 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (S).

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 0136

LA MINISTRA DE
FINANZAS,

SUBROGANTE

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que mediante
escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito el
19 de marzo de 2009, la Agencia de Garantía de Depósitos y la Corporación
Financiera Nacional, suscribieron un contrato para la constitución del fideicomiso
denominado AGDCFN NO MÁS IMPUNIDAD, el mismo que establece que su Cláusula
Quinta la conformación de la Junta del Fideicomiso como el órgano máximo de
gobierno del Fideicomiso, misma que está conformada por un delegado del
Presidente de la República, dos representantes de la Comisión de Administración
y Supervigilancia de las empresas incautadas por la Agencia de Garantía de Depósitos,
un delegado del Ministerio de Finanzas; y, el Gerente de la AGD;

Que mediante
Convocatoria Junta Virtual 209 de 26 de julio de 2016, la Ab. Mónica Villacis
Quevedo, Delegada Especial del Gerente de la Corporación Financiera Nacional B.P.,
convoca a la Junta Virtual No. 209 que se llevará a cabo el día 29 de julio de
2016;

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho Ministerial, para que
en representación de la Ministra de Finanzas Subrogante, asista a la reunión de
la Junta Virtual No. 209 que se llevará a cabo el día 29 de julio de 2016, como
delegado a la Junta de Fideicomiso AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD

Art. 2.- El
delegado queda facultado a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 28 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas, Subrogante.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 0137

LA MINISTRA DE
FINANZAS (S)

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que, el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que, el
artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, crea la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función Ejecutiva,
responsable de la formulación de las políticas públicas y la regulación y
supervisión monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores.
La Junta estará conformada con plenos derechos por los titulares de los
ministerios de Estado responsables de la política económica, de la producción,
de las finanzas públicas, el titular de la planificación del Estado y un
delegado del Presidente de la República. Participarán en las deliberaciones de
la Junta, con voz pero sin voto, el Superintendente de Bancos, el
Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, el Superintendente de Economía
Popular y Solidaria, el Gerente General del Banco Central del Ecuador y el Presidente
del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y
Fondo de Seguros Privados;

Que, por
disposición del señor Presidente de la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera, economista Patricio Rivera Yánez, de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 25, numeral 1 del Código Orgánico Monetario y Financiero, y
artículo 12 de las Normas para el Funcionamiento de la Junta, se convoca a la
sesión extraordinaria por medios tecnológicos de ese Organismo, el 29 de julio
de 2016, para tratar el orden del día establecido para el efecto; y,

En ejercicio
de las que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República
del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y
55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
a la abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial, para que
asista a la sesión extraordinaria por medios tecnológicos de la Junta de Política
y Regulación Monetaria y Financiera, a realizarse el día 29 de julio de 2016.

Art. 2.- La
delegada queda facultada a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 29 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Madeleine Leticia Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (S).

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 0138

LA MINISTRA DE
FINANZAS, SUBROGANTE

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que el Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Investigaciones, en su artículo 17 crea
el Comité de Comercio Exterior (COMEX) el mismo que se encuentra integrado
entre otras autoridades, por el titular o delegado del Ministerio a cargo de
las finanzas públicas;

Que mediante
Oficio No. MCE-CCOMEX-2016-0342-O de 28 de julio de 2016 el Secretario Técnico
del Comité de Comercio Exterior (COMEX) indica que, por disposición de la
Presidenta encargada del COMEX convoca a sesión del Pleno de dicho organismo
para el día 1 de agosto de 2016; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al economista Galo Fernando Viteri Díaz,

Subsecretario
de Política Fiscal Subrogante para que, en representación de esta Cartera de
Estado asista a la sesión del Comité de Comercio Exterior – COMEX a realizarse
el día 1 de agosto de 2016.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 29 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas, Subrogante.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 0139

LA MINISTRA DE
FINANZAS,

SUBROGANTE

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que la Ley de
Creación del Servicio de Rentas Internas en su artículo 3, sustituido por el
por Artículo 23 de Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del
Estado, publicada en Registro Oficial Suplemento No. 583 de 24 de noviembre de
2011, dispone que: ?El Comité de Política Tributaria es la máxima instancia interinstitucional
encargada de la definición y lineamiento de aspectos de política tributaria.
Estará integrado por: el Ministro a cargo de la Política Económica, o su
delegado, quien lo presidirá; el Ministro a cargo de las Finanzas, o su delegado,
El Ministro a cargo de la Producción, o su delegado y el Secretario Nacional de
Planificación y Desarrollo, o su delegado; y el Director del Servicio de Rentas
Internas, quien concurrirá con voz y sin derecho a voto; y estará a cargo de la
secretaría del Comité.?;

Que mediante
Oficio No. SRI-NAC-DGE-2016-0211-OF de 2 de agosto de 2016 el Director General
del Servicio de Rentas Internas, en su calidad de Secretario del Comité de Política
Tributaria, por disposición del Presidente de dicho Comité convoca a sesión de
dicho organismo para el día 4 de agosto de 2016; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le Confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al economista Juan Carlos Folleco, Viceministro de Finanzas Subrogante para
que, en representación de esta Cartera de Estado asista a la sesión del Comité
de Política Tributaria a realizarse el día 4 de agosto de 2016.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 03 de agosto
del 2016.

f.) Econ.
Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas, Subrogante.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 0147

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador manda que, a
las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área
a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral 16,
relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de
Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado
ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los
contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que
corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de
sus competencias;

Que el
artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las
Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público,
delegar sus atribuciones y deberes;

Que el Comité
de Deuda y Financiamiento en ejercicio de la facultad que le confieren los
artículos 123 y 140 numeral 2 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, mediante Acta Resolutiva No.017 de 19 de agosto de 2016, resolvió:
?Aprobar los términos y condiciones que se aplicarían al compromiso de pasivo contingente
relacionado con el Contrato para la Provisión de Servicios Específicos
Integrados con Financiamiento de la Contratista para la Prestación de Servicios
de Perforación y Completación de Pozos en el Campo Tiputini del Bloque 43,
suscrito entre la Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos
PETROAMAZONAS EP, y Sinopec International Petroleum Service Ecuador S.A., como
Contratista y modificado mediante Primer Adendum Modifi catorio de 9 de agosto
de 2016; sobre la base del informe técnico presentado por la Subsecretaría de Financiamiento
Público a través de Memorando Reservado No. MINFIN- SFP-2016-459 de 15 de
agosto de 2016 de conformidad con la Constitución, las Leyes, Reglamentos y
demás normas de la legislación ecuatoriana vigentes.?;

Que el
artículo 2 del Acta Resolutiva No. 017 referida en el considerando anterior
establece: ?Autorizar al Ministro de Finanzas o su delegado para que, a nombre
y representación de la República del Ecuador, suscriba el compromiso de pasivo
contingente referido en el artículo precedente?; y,

En ejercicio
de la facultad que le confieren los artículos 154 numeral 1 de la Constitución
de la República, 74 y 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
al señor Economista Juan Eduardo Hidalgo Andrade, para que en su calidad de
Subsecretario de Financiamiento Público Subrogante, a nombre y en representación
del Gobierno de la República del Ecuador, suscriba el instrumento denominado
?COMPROMISO DE PASIVO CONTINGENTE DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR?, relacionado con
el Contrato para la Provisión de Servicios Específi cos Integrados con
Financiamiento de la Contratista para la Prestación de Servicios de Perforación
y Completación de Pozos en el Camp o Tiputini del Bloque 43, suscrito entre la
Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos PETROAMAZONAS EP,
y Sinopec International Petroleum Service Ecuador S.A., como Contratista y
modificado mediante Primer Adendum Modificatorio de 9 de agosto de 2016.

Artículo 2.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE.- Quito,
19 de agosto del 2016.

f.) Fausto
Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 0149

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que mediante
escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito el
19 de marzo de 2009, la Agencia de Garantía de Depósitos y la Corporación
Financiera Nacional, suscribieron un contrato para la constitución del fideicomiso
denominado AGDCFN NO MÁS IMPUNIDAD, el mismo que establece que su Cláusula
Quinta la conformación de la Junta del Fideicomiso como el órgano máximo de
gobierno del Fideicomiso, misma que está conformada por un delegado del
Presidente de la República, dos representantes de la Comisión de Administración
y Supervigilancia de las empresas incautadas por la Agencia de Garantía de Depósitos,
un delegado del Ministerio de Finanzas; y, el Gerente de la AGD;

Que mediante
Convocatoria Junta Virtual 211 de 23 de agosto de 2016, la Ab. Mónica Villacis
Quevedo, Delegada Especial del Gerente de la Corporación Financiera Nacional B.P.,
convoca a la Junta Virtual No. 211 que se llevará a cabo el día 25 de agosto de
2016;

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho Ministerial, para que
en representación del Ministro de Finanzas, asista a la reunión de la Junta Virtual
No. 211 que se llevará a cabo el día 25 de agosto de 2016, como delegado a la
Junta de Fideicomiso AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD.

Art. 2.- El
delegado queda facultado a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación.

Art. 3.- El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 24 de agosto
del 2016. f.) Econ. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.- 05 de septiembre del 2016.

No. 7362

José Ricardo
Serrano Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece:
?…Para efectuar estudios regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías
y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la
Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo
dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre
que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución
donde trabaja…?

Que, el
artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público,
determina: ? Cuando una servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se
desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de
conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o
fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo
viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo
que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno…?

Que, conforme
al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010,
uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad
ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas
mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia
para contribuir a la seguridad humana;

Que, en el
artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento
de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No.
998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre ?VIAJES AL EXTERIOR?
estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico
superior, no considerado en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la máxima
autoridad de la institución o su delegado;

Que, mediante
memorando No. MDI-GCAÑ-2015-0674 del 24 de julio de 2015, remitido por la
Gobernación de la provincia del Cañar, se autorizó la comisión de servicios al
exterior del Ab. Juan Cárdenas Espinoza, Gobernador del Cañar, para que
participe en calidad de ?Mariscal del Desfile Ecuatoriano 2015?, que conmemoró
al 10 de agosto de 1809, considerando la invitación realizada por ?The Ecuadorian
Civic Committee of New York?, desarrollado en New York Estados Unidos, del 30
de julio al 03 de agosto de 2015;

Que, con
Resolución No. DATH-2015-0048 del 03 de agosto de 2015, la Dirección de
Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del Ab. Juan
Cárdenas Espinoza, Gobernador del Cañar;

Que, mediante
memorando No. MDI-DGF-P-0904-2015 del 13 de noviembre de 2015, la Dirección
Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y
disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y
Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del
funcionario mencionado;

Que, con
solicitud de viaje al exterior No.48900 del 18 de noviembre de 2015, la
Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el
artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene
la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo
Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización
extemporánea del viaje del Ab. Juan Cárdenas Espinoza, en los parámetros ahí
establecidos; y,

En ejercicio de
las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del Ab. Juan
Cárdenas Espinoza, Gobernador del Cañar, quien participó en calidad de ?Mariscal
del Desfi le Ecuatoriano 2015?, que conmemoró al 10 de agosto de 1809, considerando
la invitación formulada por ?The Ecuadorian Civic Committee of New York?,
efectuado en New York Estados Unidos, del 30 de julio al 03 de agosto de 2015,
considerando el tiempo adicional requerido por razones de logística.

Art. 2.- E1
funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico
de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad
Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- E1
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 18 de julio del 2016.

f.) José
Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 7363

José Ricardo
Serrano Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece:
?…Para efectuar estudios regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías
y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la
Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo
dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre
que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la
institución donde trabaja…?

Que, el
artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público,
determina: ? Cuando una servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se
desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de
conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o
fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo
viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo
que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno…?

Que, conforme
al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010,
uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad
ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas
mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia
para contribuir a la seguridad humana;

Que, en el
artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento
de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen
de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23
de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre ?VIAJES AL EXTERIOR? estableciendo
que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico superior, no considerado
en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la máxima autoridad de la
institución o su delegado;

Que, mediante
oficio No. GOBA-DESP-LBC-2015-0544 del 17 de julio de 2015, remitido por la
Gobernación de la provincia del Azuay, se autorizó la comisión de servicios al
exterior del Dr. Leonardo Berrezueta Carrión, para que participe en calidad de
?Mariscal del Desfile Ecuatoriano 2015?, que conmemoró al 10 de agosto de 1809,
considerando la invitación realizada por ?The Ecuadorian Civic Committee of New
York?, desarrollado en New York Estados Unidos, del 31 de julio al 04 de agosto
de 2015;

Que, con
Resolución No. DATH-2015-0049 del 04 de agosto de 2015, la Dirección de
Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del Dr. Leonardo
Berrezueta Carrión, Gobernador del Azuay;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 46254 del 14 de septiembre de 2015, la
Secretaria Nacional de la Administración Pública, de conformidad con el artículo
1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, que contiene la
reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo
Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización
extemporánea del viaje del Dr. Leonardo Berrezueta Carrión, en los parámetros
ahí establecidos;

Que, con
memorando No. MDI-DF-UP-0721-2015 del 25 de sep

1

Al contraer matrimonio o iniciar una unión de hecho, se crea por defecto la "sociedad universal de bienes". Sin embargo, la ley ecuatoriana ofrece alternativas legales.

3

An elegant floral arrangement showcasing vibrant seasonal blooms, beautifully capturing the essence of nature’s finest creations.

5

Embrace the essence of retro elegance with this chic and timeless fashion look, effortlessly merging classic style with modern charm.

7

A serene scene of traditional rituals at the temple, where incense offerings fill the air, symbolizing deep devotion and culture.

Our Authors
About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.