AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiĆ©rcoles 11 de Septiembre de 2013 – R. O. No. 78

SUMARIO

Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

Ejecutivo:

Acuerdos

0071 AcĆ©ptanse las solicitudes de repatriaciĆ³n de los
siguientes ciudadanos:

Jaime Ramirez OrdoƱez

0072 John Alexander Cardona Arango

0073 Juan David Velez Monsalve

0074 Joseph Micheal Lawlor

0075 Luis Elaicer AvendaƱo GutiƩrrez

SecretarĆ­a TĆ©cnica de CooperaciĆ³n Internacional:

Convenios


BƔsico de Funcionamiento entre el Gobierno del
Ecuador y FundaciĆ³n Alpina


BƔsico de Funcionamiento entre el Gobierno del
Ecuador y Ecology Project International

Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social: CoordinaciĆ³n
Zonal 9 Pichincha:

Extractos de Acuerdos

135 ApruĆ©banse, refĆ³rmanse los estatutos, disuĆ©lvense,
liquĆ­danse y otĆ³rganse personalidad jurĆ­dica a las siguientes
organizaciones: FundaciĆ³n Ecuatoriana de
CapacitaciĆ³n en Trauma, ReanimaciĆ³n, Emergencias, Seguridad y Salud a los
Grupos Vulnerables de la Tercera Edad, Juventud, NiƱez y Adolescencia – Unidos
por el Buen Vivir

136 ComitƩ Promejoras del Barrio El Muelle

137 ComitĆ© Promejoras JesĆŗs BolaƱos

138 AsociaciĆ³n de Comerciantes El Panecillo

139 AsociaciĆ³n de Profesionales de Rehabi-litaciĆ³n Social,
NĆŗcleo de Pichincha

140 AsociaciĆ³n de GastronomĆ­a, Comercian-tes y Artesanos El
Tambo

Extractos de Acuerdos

141 AsociaciĆ³n Playa de Cristal

142 AsociaciĆ³n de Excadetes del Colegio Militar Eloy Alfaro
G88 MisiĆ³n Ecuador

143 ComitƩ Promejoras del Barrio Valle Hermoso

144 FundaciĆ³n de Desarrollo Social Jambi Huasi

145 ComitƩ Promejoras del Barrio Ɓlvarez

146 ComitĆ© Promejoras JesĆŗs del Gran Poder Tarma

147 AsociaciĆ³n de Funcionarios y Empleados de la Universidad
Andina SimĆ³n BolĆ­var Subsede Ecuador

148 FundaciĆ³n Semillas para el Cambio

149 FundaciĆ³n PROGAD

150 ComitƩ Promejoras Mirador de Pomasqui del Barrio San
Carlos

151 ComitĆ© Promejoras de la UrbanizaciĆ³n El Faique

152 AsociaciĆ³n de Carretoneros Quito, Frutas, Jugos y Afines

153 Club Social de la Salud

154 FundaciĆ³n Calidad de Vida

155 AsociaciĆ³n de Artesanos, Carpinteros y Vendedores de
Muebles Santo Domingo de la Ciudad de Quito

156 FundaciĆ³n Patronato Municipal San JosĆ©

157 ComitƩ Barrial Girasoles de Monjas

158 ComitĆ© Promejoras AsociaciĆ³n de Moradores de los Pasajes
Eugenio Mimbela y AndrĆ©s, IntersecciĆ³n Avda. La Gasca

159 CorporaciĆ³n OrganizaciĆ³n Internacional para el
Desarrollo Humano ? OIDH

160 FundaciĆ³n de Desarrollo Fraternidad Internacional de
JĆ³venes IYF Ecuador

161 CorporaciĆ³n TransiciĆ³n a la AutonomĆ­a y OrientaciĆ³n –
TAO

162 ComitƩ Promejoras del Barrio San JosƩ de Casiganda

163 ComitƩ Promejoras del Barrio San Manuel El Tanque

164 ComitƩ Promejoras del Barrio Agrope-cuaria Puichig

Ministerio del Ambiente: DirecciĆ³n Provincial del Ambiente
de los RĆ­os

Resoluciones

36 ApruƩbanse los estudios de impacto ambiental expost y
planes de manejo ambiental y otĆ³rgase licencia ambiental a los siguientes
proyectos:

Hacienda Bananera ?San Rafael?, ubicada en el cantĆ³n Buena
Fe, provincia de Los RĆ­os

37 Hacienda Bananera ?Amalita?, ubicada en el cantĆ³n
Puebloviejo, provincia de Los RĆ­os

DirecciĆ³n General de Registro Civil, IdentificaciĆ³n y
CedulaciĆ³n:

Resoluciones

00178-DIGERCIC-DNAJ-2013 SuspƩndese a nivel nacional todos
los puntos de cedulaciĆ³n con el sistema informĆ”tico AS/400

00355-DIGERCIC-DNAJ-2013 ExpĆ­dese el Reglamento interno para
regular la adquisiciĆ³n, almacenamiento, custodia, distribuciĆ³n y control,
recaudaciĆ³n, supervisiĆ³n y baja de los insumos para la prestaciĆ³n de los
servicios

00422-DIGERCIC-DNAJ-2013 AdquiƩrese el dominio de varios
inmuebles de propiedad del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
?ISSFA?, ubicados en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

00441-DIGERCIC-DNAJ-2013 DesĆ­gnanse funciones y atribuciones
al Ing. Carlos Caicedo, Subdirector de Registro Civil, IdentificaciĆ³n y
CedulaciĆ³n

00461-DIGERCIC-DAJ-2013 ExpĆ­dense las normas de
procedimiento para la emisiĆ³n de pasajes aĆ©reos nacionales e internacionales
para funcionarios de la DIGERCIC

CONTENIDO


No. 0071

Dr. Lenin JosƩ
Lara Rivadeneira

MINISTRO DE
JUSTICIA, DERECHOS

HUMANOS Y
CULTOS

Considerando:

Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĆ³n ministerial;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 220, de 27
de noviembre de 2007
, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de julio de
2010
, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominaciĆ³n de ?Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 355, de 05 de enero de
2011
, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista
Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, como Autoridad Central para el conocimiento y aplicaciĆ³n de todos los
convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento
de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el
Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 29, de 19 de junio de 2013, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica nombra como Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, al doctor Lenin JosƩ Lara Rivadeneira;

Que, mediante
sentencia de fecha 06 de noviembre del 2009, dictada por el Tribunal Segundo de
GarantĆ­as Penales de Carchi, confirmada el 3 de diciembre de 2009, por la Corte
Provincial de Justicia del Carchi, se determina que el ciudadano colombiano
Jaime Ramirez OrdoƱez, ha sido sentenciado a cumplir una pena privativa de
libertad, misma que se encuentra firme y ejecutoriada;

Que, mediante
comunicaciĆ³n dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con
fecha 21 de febrero del 2013, el seƱor Jaime Ramirez OrdoƱez, expresa su
voluntad de retornar a Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia, en un centro de rehabilitaciĆ³n de Colombia;

Que, este
Ministerio considera que la repatriaciĆ³n del ciudadano colombiano Jaime Ramirez
OrdoƱez, responde a motivos humanitarios dado que la reunificaciĆ³n familiar, la
convivencia en un ambiente cultural, econĆ³mico social propio, contribuirĆ” para
una armĆ³nica y efectiva rehabilitaciĆ³n; y,

Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artĆ­culos 5, 6, 7, 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĆ³n
de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador y el
Gobierno de la RepĆŗblica de Colombia, y los artĆ­culos 3 y 4 del Reglamento Operativo
para el Traslado de Personas
Sentenciadas entre las RepĆŗblicas de Ecuador y Colombia.

Acuerda:

Art. 1.- Aceptar
la solicitud de repatriaciĆ³n del ciudadano Jaime Ramirez OrdoƱez, y disponer
que sea trasladado a un Centro de RehabilitaciĆ³n Social en territorio colombiano,
donde cumplirĆ” el resto de su sentencia privativa de libertad.

Art. 2.- Entregar
la custodia del ciudadano colombiano Jaime Ramirez OrdoƱez, a las autoridades
competentes que el Gobierno de Colombia para el efecto hubiere designado, con
miras al cumplimiento de dicho traslado.

Art. 3.- Notificar
con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano colombiano Jaime Ramirez
OrdoƱez, y las demƔs entidades involucradas en el procedimiento, quienes prestarƔn
las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriaciĆ³n.

Art. 4.- Esta
repatriaciĆ³n surtirĆ” efecto, toda vez que sea aprobada por el Ministerio de
Justicia y del Derecho de Colombia.

El presente
Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su
publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
PublĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 16 de julio de 2013.

f.) Dr. Lenin
JosƩ Lara Rivadeneira, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la SecretarĆ­a General.- Fecha: 19 de agosto de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.

No. 0072

Dr. Lenin JosƩ
Lara Rivadeneira

MINISTRO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

Y CULTOS

Considerando:

Que, corresponde
a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas,
acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĆ³n ministerial;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia
la denominaciĆ³n de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de enero de 2011, el seƱor Presidente Constitucional de
la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el conocimiento
y aplicaciĆ³n de todos los convenios que sobre materia de traslado de personas
sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones,
sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 29, de 19 de junio de 2013, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica nombra como Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, al doctor Lenin JosƩ Lara Rivadeneira;

Que, mediante
sentencia de fecha 20 de julio del 2010, dictada por el Tribunal Primero de
GarantĆ­as Penales de Carchi, confirmada el 16 de agosto de 2010, por la Corte Provincial
de Justicia del Carchi, se determina que el ciudadano colombiano John Alexander
Cardona Arango, ha sido sentenciado a cumplir una pena privativa de libertad,
misma que se encuentra firme y ejecutoriada;

Que, mediante
comunicaciĆ³n dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con
fecha 12 de enero del 2013, el seƱor John Alexander Cardona Arango, expresa su
voluntad de retornar a Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia, en un centro de rehabilitaciĆ³n de Colombia;

Que, este
Ministerio considera que la repatriaciĆ³n del ciudadano colombiano John
Alexander Cardona Arango, responde a motivos humanitarios dado que la reunificaciĆ³n
familiar, la convivencia en un ambiente cultural, econĆ³mico social propio,
contribuirĆ” para una armĆ³nica y efectiva rehabilitaciĆ³n; y,

Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artĆ­culos 5, 6, 7, 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de RepatriaciĆ³n
de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador y el
Gobierno de la RepĆŗblica de Colombia, y los artĆ­culos 3 y 4 del Reglamento Operativo
para el Traslado de Personas Sentenciadas entre las RepĆŗblicas de Ecuador y
Colombia.

Acuerda:

Art. 1.- Aceptar
la solicitud de repatriaciĆ³n del ciudadano John Alexander Cardona Arango, y
disponer que sea trasladado a un Centro de RehabilitaciĆ³n Social en territorio
colombiano, donde cumplirĆ” el resto de su sentencia privativa de libertad.

Art. 2.- Entregar
la custodia del ciudadano colombiano John Alexander Cardona Arango, a las
autoridades competentes que el Gobierno de Colombia para el efecto hubiere
designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

Art. 3.- Notificar
con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano colombiano John Alexander
Cardona Arango, y las demƔs entidades involucradas en el procedimiento, quienes
prestarƔn las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta
repatriaciĆ³n.

Art. 4.- Esta
repatriaciĆ³n surtirĆ” efecto, toda vez que sea aprobada por el Ministerio de
Justicia y del Derecho de Colombia.

El presente
Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n
en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
PublĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 16 de julio de 2013.

f.) Dr. Lenin
JosƩ Lara Rivadeneira, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la SecretarĆ­a General.- Fecha: 19 de agosto de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.

No. 0073

Dr. Lenin JosƩ
Lara Rivadeneira

MINISTRO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

Y CULTOS

Considerando:

Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĆ³n ministerial;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado,
cambia la denominaciĆ³n de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de
?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de enero de 2011, el seƱor Presidente Constitucional de
la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, como Autoridad Central para el conocimiento y aplicaciĆ³n de todos los
convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento
de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el
Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 29, de 19 de junio de 2013, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica nombra como Ministro de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, al doctor Lenin JosƩ Lara Rivadeneira;

Que, mediante
sentencia de fecha 12 de octubre del 2010, dictada por el Tribunal Segundo de
GarantĆ­as Penales de Carchi, confirmada el 23 de diciembre de 2010, por la
Corte Provincial del Carchi, se determina que el ciudadano colombiano Juan
David Velez Monsalve, ha sido sentenciado a cumplir una pena privativa de
libertad, misma que se encuentra firme y ejecutoriada;

Que, mediante
comunicaciĆ³n dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con
fecha 29 de abril del 2013, el seƱor Juan David Velez Monsalve, expresa su
voluntad de retornar a Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia, en un centro de rehabilitaciĆ³n de Colombia;

Que, este
Ministerio considera que la repatriaciĆ³n del ciudadano colombiano Juan David
Velez Monsalve, responde a motivos humanitarios dado que la reunificaciĆ³n
familiar, la convivencia en un ambiente cultural, econĆ³mico social propio,
contribuirĆ” para una armĆ³nica y efectiva rehabilitaciĆ³n; y,

Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artĆ­culos 5, 6, 7, 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de
RepatriaciĆ³n de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĆŗblica del
Ecuador y el Gobierno de la RepĆŗblica de Colombia, y los artĆ­culos 3 y 4 del
Reglamento Operativo para el Traslado de Personas Sentenciadas entre las
RepĆŗblicas de Ecuador y Colombia.

Acuerda:

Art. 1.- Aceptar
la solicitud de repatriaciĆ³n del ciudadano Juan David Velez Monsalve, y disponer
que sea trasladado a un Centro de RehabilitaciĆ³n Social en territorio
colombiano, donde cumplirĆ” el resto de su sentencia privativa de libertad.

Art. 2.- Entregar
la custodia del ciudadano colombiano Juan David Velez Monsalve, a las
autoridades competentes que el Gobierno de Colombia para el efecto hubiere
designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

Art. 3.- Notificar
con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano colombiano Juan David Velez
Monsalve, y las demƔs entidades involucradas en el procedimiento, quienes
prestarƔn las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta
repatriaciĆ³n.

Art. 4.- Esta
repatriaciĆ³n surtirĆ” efecto, toda vez que sea aprobada por el Ministerio de
Justicia y del Derecho de Colombia.

El presente
Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su
publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
PublĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 16 de julio de 2013.

f.) Dr. Lenin
JosƩ Lara Rivadeneira, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la SecretarĆ­a General.- Fecha: 19 de agosto de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.

No. 0074

Dr. Lenin JosƩ
Lara Rivadeneira

MINISTRO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

Y CULTOS

Considerando:

Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĆ³n
ministerial;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado,
cambia la denominaciĆ³n de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de
?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de enero de 2011, el seƱor Presidente Constitucional de
la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el
conocimiento y aplicaciĆ³n de todos los convenios que sobre materia de traslado
de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o
de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 29, de 19 de junio de 2013, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica nombra como Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, al doctor
Lenin JosƩ Lara Rivadeneira;

Que, mediante
sentencia de fecha 21 de septiembre de 2012, dictada por el Tribunal DĆ©cimo de
GarantĆ­as Penales del Guayas, confirmada el 7 de febrero de 2013, por la
Primera Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, se
determina que el ciudadano Joseph Micheal Lawlor, ha sido sentenciado a pena
privativa de libertad;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de fecha 07 de abril de 2013, el seƱor Joseph Micheal Lawlor
expresa su voluntad de retornar a Reino Unido, con el fin de cumplir con el
resto de dicha sentencia privativa de libertad;

Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artĆ­culos 3, 5, 6, 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas
de Estrasburgo;

Acuerda:

Art. 1.- Aceptar
la solicitud de repatriaciĆ³n del ciudadano Joseph Micheal Lawlor y disponer que
sea trasladado a un Centro de RehabilitaciĆ³n Social en territorio britĆ”nico
donde cumplirĆ” el resto de su sentencia privativa de libertad.

Art. 2.- Entregar
la custodia del ciudadano britƔnico, Joseph Micheal Lawlor, a las autoridades
competentes que el Gobierno BritƔnico, que para el efecto hubieren sido designadas
con miras al cumplimiento de dicho traslado.

Art. 3.- Notificar
con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano britƔnico Joseph Micheal
Lawlor y las demƔs entidades involucradas en el procedimiento, quienes
prestarƔn las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta
repatriaciĆ³n.

El presente
Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su
publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
PublĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 16 de julio de 2013.

f.) Dr. Lenin
JosƩ Lara Rivadeneira, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la SecretarĆ­a General.- Fecha: 19 de agosto de 2013.-

f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.

No. 0075

Dr. Lenin JosƩ
Lara Rivadeneira

MINISTRO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

Y CULTOS

Considerando:

Que, corresponde
a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas,
acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĆ³n ministerial;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado,
cambia la denominaciĆ³n de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de
?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de enero de 2011, el seƱor Presidente Constitucional de
la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el
conocimiento y aplicaciĆ³n de todos los convenios que sobre materia de traslado
de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o
de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 029, de 19 de junio de 2013, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica nombra como Ministro de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, al doctor Lenin JosƩ Lara Rivadeneira;

Que, mediante
sentencia de fecha 18 de noviembre del 2009, dictada por el Tribunal Segundo de
GarantĆ­as Penales de Carchi, confirmada el 15 de diciembre de 2009, por la
Corte Provincial de Justicia del Carchi, se determina que el ciudadano
colombiano AvendaƱo GutiƩrrez Luis Elaicer, ha sido sentenciado a cumplir una
pena privativa de libertad, misma que se encuentra firme y ejecutoriada;

Que, mediante
comunicaciĆ³n dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con
fecha 09 de enero del 2013, el seƱor AvendaƱo GutiƩrrez Luis Elaicer, expresa
su voluntad de retornar a Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia, en un centro de rehabilitaciĆ³n social de Colombia;

Que, este
Ministerio considera que la repatriaciĆ³n del ciudadano colombiano AvendaƱo
GutiƩrrez Luis Elaicer, responde a motivos humanitarios dado que la
reunificaciĆ³n familiar, la convivencia en un ambiente cultural, econĆ³mico social propio, contribuirĆ” para una armĆ³nica y
efectiva rehabilitaciĆ³n; y

Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artĆ­culos 5, 6, 7, 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de
RepatriaciĆ³n de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la RepĆŗblica del
Ecuador y el Gobierno de la RepĆŗblica de Colombia, y los artĆ­culos 3 y 4 del
Reglamento Operativo para el Traslado de Personas Sentenciadas entre las
RepĆŗblicas de Ecuador y Colombia.

Acuerda:

Art. 1.- Aceptar
la solicitud de repatriaciĆ³n del ciudadano AvendaƱo GutiĆ©rrez Luis Elaicer, y
disponer que sea trasladado a un Centro de RehabilitaciĆ³n Social en territorio
colombiano, donde cumplirĆ” el resto de su sentencia privativa de libertad.

Art. 2.- Entregar
la custodia del ciudadano colombiano AvendaƱo GutiƩrrez Luis Elaicer, a las
autoridades competentes que el Gobierno de Colombia para el efecto hubiere
designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.

Art. 3.- Notificar
con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano colombiano AvendaƱo GutiƩrrez
Luis Elaicer, y las demƔs entidades involucradas en el procedimiento, quienes
prestarƔn las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta
repatriaciĆ³n.

Art. 4.- Esta
repatriaciĆ³n surtirĆ” efecto, toda vez que sea aprobada por el Ministerio de
Justicia y del Derecho de Colombia.

El presente
Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su
publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
PublĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 16 de julio de 2013.

f.) Dr. Lenin
JosƩ Lara Rivadeneira, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la SecretarĆ­a General.- Fecha: 19 de agosto de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.

SECRETARƍA TƉCNICA DE COOPERACIƓN
INTERNACIONAL

CONVENIO
BƁSICO DE FUNCIONAMIENTO

ENTRE EL
GOBIERNO DEL ECUADOR Y

FUNDACIƓN
ALPINA

La SecretarĆ­a
TĆ©cnica de CooperaciĆ³n Internacional a nombre y en representaciĆ³n del Gobierno
de la RepĆŗblica del Ecuador, debidamente representada por la economista
Gabriela Rosero Moncayo, en su calidad de Secretaria TĆ©cnica de CooperaciĆ³n
Internacional, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del
presente documento se denominarĆ” Ćŗnicamente como SETECI; y, FundaciĆ³n Alpina,
OrganizaciĆ³n No Gubernamental extranjera, per