n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Viernes 27 de Julio de 2012 – R. O. No. 755

n

n SUMARIO

n

n Ministerio de Cultura:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n MD-2012-121 Expídense las Bases Técnicas para la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?.

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas: Subsecretaría ? Regional 1:

n

n 007 MTOP-SR1 Concédese personería jurídica propia de derecho privado a las siguientes asociaciones de conservación vial: Nuevo Horizonte

n

n 008 MTOP-SR1 Nuevo Porvenir

n

n 009 MTOP-SR1 Nuevo Oriente

n

n 010 MTOP-SR1 Unión Fuerza y Trabajo Dureno

n

n Consejo Nacional de Electricidad:

n

n Resoluciones

n

n 063/12 Emítese la Regulación sobre importación de electricidad por seguridad de suministro

n

n 064/12 Elimínase el concepto de Fondo de Reposición que fuera creado a través de la normativa aprobada por el CONELEC

n

n 065/12 Facúltase a la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador, CELEC EP suscriba varios contratos bilaterales

n

n 066/12 Refórmase la Resolución 057/10 del 2 de septiembre del 2010

n

n Dirección General de Aviación Civil:

n

n 228/2012 Apruébanse las ediciones ?Normativa Ecuatoriana 4: Cartas Aeronáuticas? y ?Normativa Ecuatoriana 15: Servicios de Información Aeronáutica

n

n Junta Bancaria:

n

n JB-2012-2226 Sustitúyase el Capítulo V ?Del defensor del cliente de las instituciones del sistema financiero?, del Título XIV ?De la transparencia de la información?, Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria ?

n

n Resoluciones

n

n JB-2012-2235 Refórmase el Capítulo II ?Calificación de activos de riesgo y constitución de provisiones por parte de las instituciones controladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros?, del Título IX, Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

n

n JB-2012-2236 Refórmase la segunda disposición transitoria del Capítulo V ?Constitución, funcionamiento y las operaciones de las compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito y los departamentos de tarjetas de crédito de las instituciones financieras?; del Título I, Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

n

n JB-2012-2237 Inclúyase el Capítulo IX ?Acciones que las compañías de seguros y reaseguros mantienen en las instituciones del sistema financiero? en el Título XXV, del Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

n

n Secretaría Nacional del Agua:

n

n 2012-468 Expídese el Instructivo para la conformación y funcionamiento del Consejo Consultivo de Participación Ciudadana de la Secretaría Nacional del Agua CCPC-SENAGUA

n

n 2012-472 Deléganse facultades al Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Guayas

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n PMS-SPRRENI12-00001 Deléganse varias atribuciones a la Sra. Janira Esmeralda Campoverde Semiterra, Servidora de la Dirección Provincial de Morona Santiago

n

n RSU-SRERENI12-00049 Deléganse varias atribuciones al señor Jorge Luis Montesinos Quezada, Servidor de la Dirección Regional del Sur

n

n Banco Central del Ecuador:

n

n Regulaciones

n

n 028-2012 Relativa a las Reservas Mínimas de Liquidez

n

n 029-2012 Relativa a la transferencia de dinero con el exterior realizadas a través de las insti-tuciones del Sistema Financiero Nacional

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas Municipales:

n

n – Cantón Naranjito: Que sustituye a la Ordenanza municipal de tasa de desechos sólidos

n

n – Cantón Latacunga: Reformatoria a la Ordenanza sustitutiva que reglamenta la ocupación de plazas municipales

n

n – Cantón Santa Lucía: Que norma la gestión y manejo de los residuos sólidos

n

n CONTENIDO

n n n

n No. MD- 2012-121

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 22 de la Constitución de la República, establece: ?Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.?;

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 380 de la Constitución de la República, establece: ?Serán responsabilidades del Estado: 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador.?;

n

n

n

n Que, el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República, establece: ?Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales.?;

n

n

n

n Que, el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República, establece: ?Serán responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva.?.

n

n

n

n Que, el artículo 31 de la Constitución de la República, establece: ?Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía.?

n

n

n

n Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria.?;

n

n

n

n Que, el artículo 1 del Reglamento del artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad.?;

n

n

n

n Que, el 19 de marzo de 2009, mediante Acuerdo Ministerial N° 55-2009, se expide el ?Reglamento de Asignaciones a Proyectos y Actividades Culturales del Ministerio de Cultura?; cuyo objeto es regular la asignación de recursos para la ejecución de las actividades culturales derivadas de los procesos generados por el Ministerio de Cultura, para el cumplimiento de su misión institucional.

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura, es el organismo rector y responsable de la formulación y ejecución de la política de desarrollo cultural del país, dentro del mayor respeto a la libertad de los ciudadanos y de sus organizaciones privadas; y, por mandato de ley, es la máxima autoridad del área cultural.

n

n

n

n Que, el ESTATUTO ORGANICO POR PROCESOS DEL

n

n

n

n MINISTERIO DE CULTURA, Acuerdo Ministerial 4, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 265 de 16 de marzo de 2012, indica que la SUBSECRETARÍA DE MEMORIA SOCIAL es la responsable formular y proponer las políticas públicas para fortalecer los procesos de recuperación y reactualización de la memoria social y colectiva entendida esta como un asunto dinámico y una herramienta política que posibilita el acercamiento a la comprensión de las diversidades culturales y de acumulados históricos para la búsqueda del dialogo en común, a fin de promover prácticas culturales basadas en la democracia, el respeto y apropiación del pasado y del presente y entre sus atribuciones constan las responsabilidades de: dirigir la formulación de proyectos y políticas culturales relacionadas con su ámbito de trabajo, para enriquecer permanentemente las políticas generales del Ministerio dirigiendo la formulación de proyectos y políticas culturales nacionales para los principales contendedores de la memoria social: Museos, Bibliotecas y Archivos fomentando y fortaleciendo los procesos de recuperación y reactualización de la memoria social y colectiva pasada y presente; generando planes, proyectos y programas para estimular la construcción de prácticas de convivencia entre las diferencias culturales y de acumulados históricos para la búsqueda del dialogo en común, a fin de promover la democracia, el respeto y apropiación del pasado y del presente; generando condiciones de posibilidad de reconocimiento, manifestación y discusión de la memoria social y su salvaguarda con el establecimiento de mecanismos de control y calidad para el correcto funcionamiento y acceso de los servicios que prestan los contenedores de memoria social, así como de la transparencia de la información, así mismo entre sus atribuciones se encuentra la de coordinar y ejecutar con las Direcciones a su cargo la implementación de los procesos de Investigación en su área y dirigir, coordinar y aprobar el diseño de planes, programas y proyectos; dirigiendo, coordinando y aprobando el diseño de mecanismos para la investigación, gestión, actualización y difusión de la memoria social y su salvaguarda; coordinando las actividades de su competencia tanto al interior del Ministerio cuanto con otras instituciones públicas y privadas que aporten al cumplimiento de los objetivos institucionales en ésta área; y, ejecutar convenios, acuerdos e instrumentos similares que contemplen la transferencia de recursos en el ámbito de su competencia.

n

n

n

n Que, dentro de los proyectos contemplados en el Plan Operativo Anual (POA) 2012 de esta Cartera de Estado, se encuentra la asignación de fondos para el proyecto denominado ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?;

n

n

n

n Que, mediante Memorando N° MC-SMS-2012-0152-M del 13 de marzo del 2012, la Msc. Ivette Celi Piedra, Subsecretaria de Memoria Social, remite a la magíster Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, las Bases Técnicas para la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, para la aprobación.

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Expedir las Bases Técnicas para la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, al tenor de las siguientes disposiciones:

n

n

n

n CAPÍTULO 1

n

n

n

n Disposiciones Generales

n

n

n

n La Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, tiene por objeto asignar recursos económicos, previo concurso, para la conservación, sostenibilidad y fortalecimiento técnico de los Repositorios de Memoria seleccionados por el Ministerio de Cultura del Ecuador, en el ejercicio fiscal 2012; así como también, para la financiación de nuevos proyectos en beneficio de los Repositorios de Memoria.

n

n

n

n 1.1. Definición

n

n

n

n Un Repositorio de Memoria es un espacio público de encuentro, diálogo, investigación, práctica ciudadana en ejercicio de los derechos culturales para fortalecer los lazos de la comunidad con los procesos históricos y de memoria social y colectiva.

n

n

n

n Son aquellas entidades de servicio público (archivos, bibliotecas y museos) de carácter nacional, provincial, municipal, comunitario, familiar y de carácter privado en general, que tienen como objetivo poner en valor, custodiar, preservar, promocionar y difundir para la ciudadanía y en forma permanente, las realidades culturales y su difusión con fines sociales y sin fines de lucro; de las siguientes representaciones:

n

n

n

n Documentación de distinta índole (escritos, fotografías, registros visuales y sonoros, material preservado en dispositivos de almacenamiento con tecnología actual y/o anterior) que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros con relevancia nacional o local.

n

n

n

n Objetos o Colecciones de distinta índole (artísticos, etnográficos, históricos, arqueológicos, científicos, y etnológicos) que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros con relevancia nacional o local.

n

n

n

n Material Bibliográfico y hemerográfico de distinta índole en soporte físico y digital que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros con relevancia nacional o local.

n

n

n

n El Repositorio de Memoria, no comprende lo siguiente:

n

n

n

n Colecciones privadas que no garanticen el acceso al público.

n

n Galerías de arte.

n

n Tiendas de Antigüedades

n

n Librerías

n

n

n

n Casas de Subasta

n

n Páginas Web que no garanticen la existencia física y la preservación integral de la colección

n

n Archivos corrientes de las instituciones públicas y privadas.

n

n

n

n 1.2. Financiamiento

n

n

n

n El Ministerio de Cultura del Ecuador, cuenta en su presupuesto con recursos económicos para el financiamiento de ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, conforme consta en el Plan Operativo Anual 2012. Estos serán complementarios al co-financiamiento del proponente (recursos propios) o de otras fuentes provenientes de instituciones públicas, privadas, nacionales e internacionales.

n

n

n

n Los representantes de los repositorios de memoria seleccionados recibirán el aporte económico del Ministerio de Cultura del Ecuador, de la siguiente manera: setenta por ciento (70%) a la suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos (en calidad de anticipo) y treinta por ciento (30%) a la culminación y ejecución total del proyecto, previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única.

n

n

n

n

n

n 1.3. Modalidades, categorías y montos

n

n

n

n Para la formulación y financiamiento de ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012? la presente Convocatoria, establece cuatro (4) modalidades, tres (3) categorías y un (1) tipo de monto:

n

n

n

n

n

n 1.3.1. Modalidades:

n

n

n

n Conservación, mantenimiento y preservación de colecciones.1

n

n

n

n Sostenibilidad y fortalecimiento de infraestructura.2

n

n

n

n Implementación de servicios de atención al usuario, que incluye procesos técnicos para el ordenamiento, clasificación, catalogación e implementación de procesos digitales sobre la colección, acervo y/o fondo documental.3

n

n

n

n Adquisición de colecciones.4

n

n

n

n

n

n

n

n

n n n n n n

n

n
n

n 1 En esta modalidad podrán participar las categorías: Museos, Archivos y Bibliotecas.

n

n 2 En esta modalidad podrán participar las categorías: Museos, Archivos y Bibliotecas

n

n 3 En esta modalidad podrán participar las categorías: Museos, Archivos y Bibliotecas

n

n 4 En esta modalidad solamente podrá participar la categoría Bibliotecas

n

n

n

n 1.3.2. Categorías:

n

n

n

n Museos: Repositorios de Objetos de distinta índole (artísticos, etnográficos, históricos, arqueológicos) que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros de relevancia nacional o local.

n

n

n

n Archivos: Repositorios de Documentación de distinta índole (escritos, fotografías, registros visuales y sonoros, material preservado en dispositivos de almacenamiento correspondientes a tecnología actual y desactualizada) que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros de relevancia nacional o local.

n

n

n

n Bibliotecas: Repositorios de material bibliográfico y hemerográfico de distinta índole en soporte físico y digital que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros de relevancia nacional o local.

n

n

n

n 1.3.3. Montos:

n

n

n n

n MODALIDADES

n

n

n n

n MONTOS

n n

n Conservación, Mantenimiento y Preservación de colecciones de Museos Archivos y Bibliotecas.

n n

n

n

n

n

n

n

n Hasta cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 5.000,00)

n n

n Sostenibilidad y fortalecimiento de infraestructura. Museos Archivos y Bibliotecas

n n

n Implementación de servicios de atención al usuario. Museos Archivos y Bibliotecas.

n n

n Adquisición de Colecciones Bibliotecas.

n n

n

n

n 1.4. Participantes

n

n

n

n Podrán participar en la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, los repositorios de memoria, archivos, bibliotecas y museos de carácter, estatal, provincial, municipal, comunitario, familiar y privado de acceso público donde se pone en valor, custodia, preserva, promociona y difunde a la ciudadanía, de forma permanente, con carácter social y sin fines de lucro los siguientes soportes:

n

n

n

n 1.4.1. Documentación de distinta índole (escritos, fotografías, registros visuales y sonoros, material preservado en dispositivos de almacenamiento correspondientes a tecnología actual y desactualizada) que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros de relevancia nacional o local.

n

n

n

n 1.4.2. Objetos de distinta índole (artísticos, etnográficos, históricos arqueológicos) que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros de relevancia nacional o local.

n

n

n

n 1.4.3. Material Bibliográfico y hemerográfico de distinta índole en soporte físico y digital que identifiquen una época histórica, momentos de ruptura y/o transformación social, logros de relevancia nacional o local) inventariados en el Decreto de Emergencia del Patrimonio Cultural – Ministerio Coordinador de Patrimonio Cultural 2008) o Inventario Nacional de Museos (Ministerio de Cultura del Ecuador 2010-2011)

n

n

n

n 1.4.4. Los de nuevas Repositorios de Memoria y los que no hayan sido inventariados en ninguna de las dos ocasiones.

n

n

n

n Los participantes deben ser personas jurídicas ecuatorianas. Todo participante deberá acreditar a través del Registro Único de Contribuyentes (RUC), el registro de actividades económicas relacionadas con los Repositorios de Memoria (museos, archivos y bibliotecas).

n

n

n

n El responsable para todos los efectos legales, será la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, que suscriba la carta de presentación y compromiso dirigida al Ministro(a) de Cultura del Ecuador, quien suscribirá el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos correspondiente, para la ejecución correcta, oportuna y cabal de actividades de los resultados esperados.

n

n

n

n En la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, sólo se admitirá la presentación de una (1) postulación por participante; y, serán los Comités de Evaluación, Calificación y Selección, quienes seleccionen los repositorios a ser financiados.

n

n

n

n 1.5. Ejes programáticos del Ministerio de Cultura del Ecuador Las postulaciones que se presenten a la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, deberán considerar en sus contenidos, el desarrollo de los ejes programáticos del Ministerio de Cultura del Ecuador:

n

n

n

n 1.5.1. Descolonización: El modelo de poder históricamente dominante en el país se ha construido a partir de la exclusión, desvalorización y aún degradación de las manifestaciones culturales nacionales. Desde esa perspectiva, este modelo privilegió la supremacía de formas de pensamiento, conocimiento y de poder eurocentristas, racistas y patriarcales. Para romper con este modelo y avanzar en un proceso de integración simbólica del Ecuador se requiere revalorizar y difundir nuestras propias manifestaciones culturales, nuestros pensamientos y conocimientos diversos; motivar la reflexión crítica y la creación colectiva de condiciones diferentes de existencia.

n

n

n

n 1.5.2. Derechos culturales: Razones históricas, económicas y sociales han determinado que vastos sectores sociales no puedan acceder a los bienes y servicios culturales. En la actualidad se reconoce que todos los individuos y grupos sociales tenemos derecho a participar en la cultura en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación. Los derechos culturales incluyen el derecho a usar y manejar la lengua propia, a identificar al individuo con sus condiciones telúricas y sociales originarias, a reconocer los valores patrimoniales de su entorno y las pautas culturales de orden tradicional, a las creencias y atuendos propios, al reconocimiento de ciencias y tecnologías propias; a la libertad artística, científica, de asociación, de comunicación y expresión, a disfrutar de un ambiente saludable y a que se garanticen los derechos colectivos.

n

n

n

n 1.5.3. Industrias culturales: Es la producción y distribución de bienes y servicios culturales en el marco de un tejido industrial de forma masiva. Además de aportar en la movilización de la economía, las industrias culturales pueden ser trascendentales en la promoción y mantenimiento de la creatividad y diversidad cultural y favorecer el conocimiento recíproco de las culturas.

n

n

n

n 1.5.4. Nuevas identidades ecuatorianas: La diversidad cultural que caracteriza al país ha sido tradicionalmente ocultada y desde el poder se ha privilegiado un mestizaje homogenizante como ideal de la ecuatorianidad. En este proceso se ha pretendido también opacar el surgimiento de las nuevas expresiones culturales vinculadas con jóvenes y colectivos urbanos, así como con sectores sociales que han sido marginados de la actividad social y cultural. Al subrayar la importancia y riqueza de la diversidad como elemento constitutivo de lo que somos, la Constitución del Ecuador resalta el carácter intercultural y plurinacional del Estado; de ahí que sea importante el pleno ejercicio de la interculturalidad, el debate sobre la identidad, la recuperación de la memoria.

n

n

n

n 1.6 Requisitos obligatorios para la formulación de proyectos que postulen a ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?

n

n

n

n En la presente Convocatoria, serán de carácter obligatorio para la formulación y presentación de proyectos participantes en los ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012? los siguientes requisitos:

n

n

n

n 1.6.1. Los proyectos deberán enmarcarse en la conceptualización de Repositorio de Memoria, descrita en el numeral 1.1. (Disposiciones Generales) de las presentes bases.

n

n

n

n 1.6.2. Las postulaciones deberán contar con un cofinanciamiento equivalente al treinta por ciento (30%) del presupuesto total del proyecto, proveniente de recursos propios o de otras fuentes de financiamiento provenientes de personas naturales, instituciones públicas, privadas, nacionales e internacionales. No se aceptarán cofinanciamientos ofrecidos por personas naturales o jurídicas cuya finalidad sea la promoción de productos tales como: bebidas alcohólicas, cigarrillos y otros productos que atenten contra la salud física y mental de la población; o que sean contrarios a las políticas programáticas impulsadas por el Ministerio de Cultura del Ecuador.

n

n

n

n 1.6.3. Los proyectos privilegiarán, dentro de la iniciativa, la mano de obra y materiales locales, pertenecientes al área geográfica de intervención.

n

n

n

n 1.6.4. Los proyectos incluirán un análisis costo beneficio, en función de la inversión en relación a los usuarios del Repositorio de Memoria.

n

n

n

n 1.6.5. Los proyectos deberán contemplar el acceso gratuito a las actividades realizadas por los repositorios de memoria, como retribución al financiamiento que se pretenda obtener por parte del Ministerio de Cultura del Ecuador.

n

n

n

n

n

n 1.7. Restricciones e inhabilidades No podrán participar en la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, ni ser beneficiarios de las asignaciones que entregue el Ministerio de Cultura del Ecuador:

n

n

n

n 1.7.1. Las personas jurídicas o sus representante o miembros activos que por cualquiera de las inhabilidades establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, estén impedidas de contratar con el Estado.

n

n

n

n 1.7.2. Las personas naturales que se encuentren prestando servicios o las personas jurídicas cuyo representante legal trabaje o preste servicios, en el Ministerio de Cultura del Ecuador, con nombramiento, contrato ocasional o de prestación de servicios profesionales.

n

n

n

n 1.7.3. Los miembros de los Comités de Evaluación, Calificación y Selección o personas directamente involucradas con el presente proceso; o sus parientes comprendidos hasta del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

n

n

n

n 1.7.4. Las personas naturales o jurídicas que se encuentren prestando servicios de consultoría en el Ministerio de Cultura del Ecuador;

n

n

n

n 1.7.5. Las personas naturales o jurídicas que no suscribieron el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, dentro del plazo señalado para el efecto, a pesar de que sus proyectos fueron seleccionados en las convocatorias de festivales, fondos concursables u otros sistemas de asignación de fondos auspiciados por el Ministerio de Cultura.

n

n

n

n 1.7.6. Las personas naturales por sus propios derechos o las personas jurídicas cuya directiva esté integrada por personas, que no hayan suscrito el acta de entrega y recepción total, definitiva y única, de cualquier financiamiento recibido del Ministerio de Cultura en años anteriores, por demora atribuible al beneficiario o contratista.

n

n

n

n 1.7.7. Las personas naturales, servidores públicos o las personas jurídicas cuyos representantes sean servidores públicos.

n

n

n

n 1.7.8. Las personas naturales o jurídicas que se encuentren en la ejecución o rendición de cuentas de algún proyecto financiado por el Ministerio de Cultura del Ecuador, correspondiente a procesos de asignación de recursos económicos en años anteriores, tales como: Convocatoria Pasión por la Cultura 2007, Sistema Nacional de Premios 2008, Fondo Concursable 2009, Sistema Nacional de Festivales 2009, Fondo Concursable 2009-2010, Sistema Nacional de Festivales 2010-Fase Sostenimiento, Auspicios, entre otros.

n

n

n

n Las personas naturales o jurídicas que hayan sido beneficiarias de la Convocatoria Iberescena, por esta ocasión, podrán participar en la presente convocatoria siempre y cuando no hayan participado en las convocatorias 2012

n

n

n

n En la ficha técnica de inscripción que acompaña a la carta de presentación y compromiso dirigida a la Ministra de Cultura del Ecuador, los participantes declararán bajo juramento, no encontrase inmersos en ninguna de las inhabilidades o restricciones señaladas.

n

n

n

n 1.8. De las postulaciones Las postulaciones deberán presentarse obligatoriamente en los formatos que para el efecto estarán disponibles en soporte de papel impreso en todas las Direcciones Provinciales de Cultura del país y en la página web oficial del Ministerio de Cultura del Ecuador www.ministeriodecultura.gob.ec.

n

n

n

n Las postulaciones serán presentadas por escrito, en papel tamaño INEN A4 y en sobres cerrados. No se aceptarán postulaciones manuscritas.

n

n

n

n 1.9. Presentación y recepción Los participantes, deberán presentar sus propuestas en dos (2) sobres manila, ante la respectiva Dirección Provincial de Cultura donde mantengan su domicilio. Cada sobre deberá contener la siguiente documentación:

n

n

n

n 1.9.1. Sobre Nº 1:

n

n

n

n Carta de presentación y compromiso dirigida al Ministro(a) de Cultura del Ecuador.

n

n

n

n Ficha Técnica de Inscripción.

n

n

n

n Copia a color del Registro Único de Contribuyentes (RUC), donde deberá(n) constar el registro de actividad(es) económica(s) relacionada(s) con los repositorios de memoria.

n

n

n

n Copia del documento legal que acredite la personería jurídica, escritura de constitución y/o estatuto que rija su funcionamiento.

n

n

n

n Copia a color del nombramiento actualizado del representante legal.

n

n

n

n Copia del registro de la Directiva actualizado, emitido por la institución que otorgó la personalidad jurídica.

n

n

n

n Documentos, certificados o cartas de aval que acrediten el cofinanciamiento del proponente (recursos propios) y/o de otras fuentes de financiamiento (instituciones públicas, privadas, nacionales e internacionales). Para este efecto, se admitirán también, documentos que al menos demuestren el inicio de procesos para la obtención de cofinanciamiento; sin embargo para la suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, los proponentes deberán obligatoriamente presentar los certificados o documentos que acrediten la obtención efectiva del cofinanciamiento.

n

n

n

n 1.9.2. Sobre Nº 2 :

n

n

n

n Cuatro (4) ejemplares idénticos del proyecto en el formato diseñado por el Ministerio de Cultura del Ecuador, adjuntando a los mismos, certificaciones que acrediten la actividad y experiencia de la persona jurídica y hoja de vida del personal y/o empresa a ser contratada, así como también, las pro-formas y/o cotizaciones por concepto de alquiler de bienes muebles e inmuebles, equipos y otros relacionados a la operación y logística del proyecto. No serán susceptibles de selección, aquellas postulaciones que incumplan con los requisitos antes mencionados.

n

n

n

n 1.10. Plazo de ejecución de proyectos

n

n

n

n Los proyectos que se presenten a la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, incluirán en su plan de ejecución (cronograma temporalizado y cronograma de ejecución valorado), actividades por un plazo máximo de cuatro (4) meses y mínimo de un (1) mes.

n

n

n

n Las actividades propuestas deberán tener relación con el numeral 1.17. (Categoría de los gastos), señalado en la presente convocatoria. Las actividades que se registren o programen en los cronogramas valorados de ejecución, no podrán ser en ningún caso, anteriores a la fecha en que la Dirección Provincial de Cultura respectiva, notifique a los beneficiarios cuyos proyectos resulten seleccionados.

n

n

n

n No serán susceptibles de selección, aquellas postulaciones que incumplan con los requisitos antes mencionados.

n

n

n

n 1.11. Aceptación de bases

n

n

n

n Por la sola presentación de la postulación a esta Convocatoria, se entiende para todos los efectos legales que el proponente conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases, aceptando los resultados y sometiéndose al veredicto que emitan los Comités de Evaluación, Calificación y Selección.

n

n

n

n 1.12. Idioma de los documentos presentados

n

n

n

n Toda postulación de festival deberá ser presentada en idioma castellano.

n

n

n

n 1.13. Autenticidad de los datos

n

n

n

n En caso de que el proponente no haya sido veraz con la información y documentos proporcionados en la postulación, el Ministerio de Cultura del Ecuador remitirá los antecedentes al órgano judicial competente a objeto de determinar las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar, sin

n
n

n

n

n perjuicio de lo cual, la postulación no será susceptible de selección y al participante se lo inhabilitará para la presentación de proyectos hasta por dos (2) años, a cualquiera de los concursos convocados por el Ministerio de Cultura del Ecuador, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa que imponga tal sanción.

n

n

n

n

n

n 1.14. Plazos de entrega

n

n

n

n El plazo para la entrega de postulaciones a la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, será en el horario de 8H00 a 16H30, en todas las Direcciones Provinciales del Ministerio de Cultura del Ecuador, de acuerdo al siguiente cronograma:

n

n

n n
n n

n

n n

n DESCRIPCIÓN

n n

n PLAZOS DE ENTREGA

n n

n FECHA DE NOTIFICACIÓN COMO PROYECTO SELECCIONADO

n n

n Conservación, Mantenimiento y Preservación de Colecciones de Museos – Archivos y Bibliotecas

n n

n

n

n

n

n

n

n Desde el 30 de julio hasta el 27 de agosto de 2012

n n

n

n

n

n

n

n

n 20 de septiembre de 2012

n n

n Sostenibilidad y fortalecimiento de infraestructura. Museos Archivos y Bibliotecas

n n

n Implementación de servicios de atención al usuario. Museos Archivos y Bibliotecas (salas de lectura, áreas de investigación, auditorios)

n n

n Adquisición de colecciones. Bibliográficas.

n n

n

n n
n n

n

n

n 1.15. Devolución de postulaciones

n

n

n

n El Ministerio de Cultura del Ecuador, devolverá las postulaciones que no hayan sido seleccionadas, a través de las respectivas Direcciones Provinciales de Cultura donde fueron presentadas.

n

n

n

n 1.16. Moneda de los gastos

n

n

n

n Los gastos presupuestados que se registren en el cronograma de ejecución valorado del proyecto, deberán expresarse en dólares de los Estados Unidos de América, excepto el I.V.A. que se agregará a cada valor a cuyo monto total deberá agregarse el I.V.A.

n

n

n

n

n

n 1.17. Categoría de los gastos

n

n

n

n El financiamiento cubrirá los siguientes gastos:

n

n

n

n 1.17.1. Honorarios y contratación de personal.- Son los destinados al pago de servicios prestados por terceros, al responsable de la ejecución del proyecto (conservadores, equipo técnico, equipo de apoyo); así como los destinados al pago de honorarios del responsable del proyecto. Para efecto de la presente Convocatoria, no se considerarán como gastos de honorarios y contratación de personal, los egresos imputables a contratación mensual de profesionales del ámbito contable y áreas administrativas como: conserjes, mensajeros y conductores.

n

n

n

n El Ministerio de Cultura del Ecuador, reconocerá como pago máximo por honorarios mensuales del responsable de la ejecución del proyecto, la cantidad de mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD. 1.000,00).

n

n

n

n En ningún caso, los beneficiarios de esta Convocatoria, podrán contratar con recursos económicos financiados por el Ministerio de Cultura del Ecuador, a personas naturales o jurídicas cuyos proyectos hayan sido seleccionados dentro de la misma Convocatoria. Tales contrataciones podrán realizarse con recursos económicos del proponente o de otras fuentes de financiamiento.

n

n

n

n 1.17.2. Gastos de operación y logística.- Son los destinados a la ejecución del proyecto y se refieren a la compra o alquiler de material de trabajo necesario, tales como: equipos de construcción, adquisición de colecciones, adquisición de contenedores de objetos, documentos o material bibliográfico.

n

n

n

n Para efecto de la presente Convocatoria no se considerarán como gastos de operación y logística, los egresos que se refieran al pago de servicios básicos como agua, luz, teléfono (convencional y celular) e internet; así como el pago de garantías (incluyendo renovaciones), alquiler de oficinas destinadas a gestión administrativa del proyecto, bebidas alcohólicas, tarjetas o recargas para telefonía celular, pago de premios

n

n

n

n 1.18. Imagen Institucional. El beneficiario tendrá la obligación de utilizar el logotipo e imagen institucional del Ministerio de

n

n Cultura del Ecuador, en el material que sea utilizado para promocionar o publicitar las actividades dentro del Repositorio de Memoria. Para este efecto, el beneficiario utilizará el ?Manual de Imagen Corporativa y Uso de Marca? diseñado por la Dirección de Comunicación Social.

n

n

n

n CAPÍTULO 2

n

n

n

n 2.1. Remisión de postulaciones y admisibilidad

n

n

n

n Al finalizar cada plazo de entrega de postulaciones de proyectos, señalado en el numeral 1.14. de la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, las Direcciones Provinciales de Cultura, remitirán todas las postulaciones recibidas a la Subsecretaría de Memoria Social del Ministerio de Cultura del Ecuador, en el término de tres (3) días.

n

n

n

n Luego de este proceso, la Subsecretaría de Memoria Social, designará una Comisión de Admisibilidad que se encargará de verificar que los documentos y requisitos exigidos en el numeral 1.9.1., se encuentren completos. Este proceso se cumplirá en el término de tres (3) días.

n

n

n

n Concluido este término, la Comisión de Admisibilidad, remitirá a la Subsecretaría de Memoria Social, la nómina de postulaciones consideradas admisibles e inadmisibles dentro de la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?, indicando el nombre del proyecto, la modalidad, la provincia de procedencia y el número de registro.

n

n

n

n Para el caso de postulaciones consideradas inadmisibles, la nómina deberá además, indicar el motivo de la inadmisibilidad.

n

n

n

n La nómina de postulaciones admisibles e inadmisibles, será publicada por el Ministerio de Cultura del Ecuador, a través de su página web oficial.

n

n

n

n 2.2. De los Comités de Evaluación, Calificación y Selección

n

n

n

n La Ministra de Cultura del Ecuador, en base a los nombres puestos en su consideración por la Subsecretaría Técnica de Memoria Social, designará a doce (12) técnicos profesionales, tres (3) por modalidad, como integrantes de los Comités de Evaluación, Calificación y Selección, de acuerdo a las modalidades establecidas en el numeral 1.3.1. de las presentes bases. Los/ as integrantes de estos comités serán personas de reconocida trayectoria en materia de Archivos, Bibliotecas y/o museos según sea el caso.

n

n

n

n 2.3. Período de Evaluación, Calificación y Selección

n

n

n

n Una vez que los Comités de Evaluación, Calificación y Selección, hayan recibido las postulaciones por parte de la Subsecretaría Técnica de Memoria Social del Ministerio de Cultura del Ecuador, realizarán la evaluación, calificación y selección de las mismas, en un término máximo de siete (7) días.

n

n

n

n La gestión de los Comités de Evaluación, Calificación y Selección, comprenderá el análisis individual de las postulaciones puestas a su consideración. Para este análisis, los Comités de Evaluación, Calificación y Selección, utilizarán el Protocolo de Selección diseñado para el efecto, así como su respectivo instructivo, documentos que serán entregados por la Subsecretaría Técnica de Memoria Social.

n

n

n

n Los resultados que obtengan las postulaciones, se registrarán en el Protocolo de Selección, de acuerdo a los siguientes parámetros (sobre cien (100) puntos en total):

n

n

n

n Resumen ejecutivo, doce (12) puntos;

n

n Formulación técnica del proyecto, setenta (70) puntos; y,

n

n Cumplimiento de requisitos fundamentales del proyecto, dieciocho (18) puntos.

n

n

n

n Además de la valoración cuantitativa, el comité deberá registrar una valoración cualitativa del proyecto.

n

n

n

n Concluido este término, los Comités de Evaluación, Calificación y Selección, presentarán a la Subsecretaría Técnica del Ministerio de Cultura del Ecuador, el veredicto con los resultados que las postulaciones hayan alcanzado dentro de la Convocatoria ?FONDOS CONCURSABLES DE REPOSITORIOS DE MEMORIA 2012?; con la determinación de aquellos cuyo puntaje obtenido sea igual o mayor a ochenta (80) puntos, de entre los cuales se considerarán seleccionados, los de mayor puntaje en función del presupuesto institucional.

n

n

n

n La Subsecretaría Técnica de Memoria Social, presentará al Ministro(a) de Cultura del Ecuador, la nómina de postulaciones seleccionadas y no seleccionadas en el veredicto emitido por los Comités de Evaluación, Calificación y Selección. La Ministra dispondrá la notificación del particular, a los participantes, a través de las Direcciones Provinciales de Cultura.

n

n

n

n CAPÍTULO 3

n

n

n

n 3.1. Suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos

n

n

n

n El Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos se suscribirá en la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Cultura del Ecuador, con sede en la ciudad de Quito, en el término máximo de quince (15) días, contados a partir de la fecha de notificación por parte del Director(a) Provincial de Cultura, a cada beneficiario cuya postulación haya sido seleccionada.

n

n

n

n Para suscribir el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos con el Ministerio de Cultura del Ecuador, el beneficiario deberá presentar la siguiente documentación:

n

n

n

n Personas jurídicas:

n

n

n

n Copia a color del nombramiento actualizado del representante legal.

n

n

n

n Copia a color del Registro Único de Contribuyentes (RUC).

n

n

n

n Certificado emitido por el Consejo Nacional de Cultura, de no ser deudor moroso del Fondo Nacional de la Cultura (FONCULTURA).

n

n

n

n Certificado emitido por el Servicio de Rentas Internas SRI, de encontrarse en lista blanca.

n

n

n

n Certificación bancaria de mantener cuenta activa.

n

n

n

n Certificación o documentos que acrediten la obtención del cofinanciamiento.

n

n

n

n La Coordinación General Jurídica, verificará a través del portal del Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, que el RUP esté habilitado y que el beneficiario no conste en el registro de contratistas incumplidos o adjudicatarios fallidos.

n

n

n

n La no suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, en el término establecido en el primer inciso del presente numeral, constituye renuncia tácita del beneficiario a la asignación, lo que conlleva la prohibición para éste, de participar dentro de los dos (2) años siguientes a este hecho, en procesos de asignación de recursos convocados por el Ministerio de Cultura del Ecuador, salvo casos de fuerza mayor y/o circunstancias de excepción que debidamente fundamentadas, sean aceptadas como tal por parte de la máxima autoridad, previa comprobación.

n

n

n

n 3.2. Vigencia del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos

n

n

n

n La vigencia del Convenio, contemplará el tiempo establecido en el cronograma valorado y de ejecución del proyecto seleccionado, más un término de diez (10) días para la entrega del informe final por parte del beneficiario, más quince (15) días término para la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única por parte del administrador del Convenio.

n

n

n

n 3.3. Utilización de recursos

n

n

n

n Los recursos económicos con los que el Ministerio de Cultura del Ecuador, financia la ejecución del festival, serán utilizados exclusivamente para cubrir obligaciones contraídas dentro de la ejecución del proyecto seleccionado, por lo que los gastos efectuados deberán guardar estricta correspondencia con los rubros descritos dentro del cronograma de ejecución valorado del proyecto. Caso contrario se entenderán como gastos asumidos por el beneficiario.

n

n

n

n 3.4. Control, seguimiento y evaluación del proyecto

n

n

n

n Las Direcciones Provinciales de Cultura serán las administradoras de los Convenios de Cooperación y Asignación de Fondos y serán las responsables del control, seguimiento y evaluación de la ejecución de los proyectos culturales seleccionados.

n

n

n

n Los beneficiarios estarán obligados a facilitar toda la información necesaria que los administradores de los Convenios, lleguen a solicitar por escrito, para velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones adquiridas.

n

n

n

n En caso de que el administrador del Convenio, determine que la ejecución del proyecto no se cumple de acuerdo a los resultados y actividades descritas en el mismo, solicitará por escrito al beneficiario, que corrija las deficiencias del caso, en el término de quince (15) días, pudiendo imponer las sanciones a que hubiere lugar.

n

n

n

n La validación de informes técnicos y económicos presentados por el beneficiario durante la ejecución del proyecto, serán de responsabilidad del administrador del Convenio. La Subsecretaria de Memoria Social se encargará de la capacitación y asesoramiento técnico sobre estos procesos; y, en coordinación con la Subsecretaría de Planificación, se encargarán de elaborar los formatos necesarios para facilitar el proceso de control, seguimiento y evaluación de los proyectos.

n

n

n

n En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos, por causas o hechos imputables al beneficiario, el administrador del Convenio, está facultado a declarar la terminación unilateral del Convenio, suspendiendo, total o parcialmente, la entrega de recursos al beneficiario y adoptando las medidas correspondientes para ejercer acciones judiciales a fin de obtener la restitución de los fondos adjudicados y entregados. Lo que determinará que se inhabilite al beneficiario, para presentar proyectos hasta por dos (2) años a cualquiera de las convocatorias realizadas por esta Cartera de Estado, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa que imponga la sanción.

n

n

n

n 3.5. Suscripción del acta de recepción total, definitiva y única

n

n

n

n 3.5.1. La suscripción del acta de entrega recepción total, definitiva y única será responsabilidad del administrador del Convenio, quien se encargará de la recepción y liquidación del Convenio. Este proceso deberá llevarse a cabo en el término máximo de quince (15) días contados a partir de la entrega del informe final por parte del beneficiario, de conformidad al siguiente procedimiento:

n

n

n

n Suscrita el acta de recepción total, definitiva y única, el administrador del Convenio, remitirá a la Dirección de Gestión Financiera, un ejemplar del acta acompañado del expediente debidamente foliado, solicitando la cancelación del saldo establecido en el Convenio.

n

n

n

n 3.5.2. Esta acta contendrá los antecedentes, condiciones generales de la ejecución, condiciones operativas, liquidación económica, liquidación de plazos, constancia de la recepción, cumplimientos de las obligaciones convenidas y cualquier otra circunstancia que se estime necesaria por parte del administrador del Convenio.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente Acuerdo, encárguese a los(as) titulares de la Subsecretaría Técnica de Memoria Social, Dirección Nacional de Archivos, Dirección Nacional de Bibliotecas y Dirección Nacional de Museos y Sitios Arqueológicos.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.-

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 05 de junio del 2012.

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n No. 007 MTOP-SR1

n

n

n

n SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS

n

n PÚBLICAS REGIONAL 1

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, en la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 66 numeral 13, reconoce el derecho de asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n

n

n

n Que, es necesario integrar a ésta clase de Asociaciones al proceso de desarrollo del país, como un mecanismo de participación ciudadana; Que, mediante el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos vigente en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con Acuerdo Ministerial No. 036 de 09 de septiembre del 2010, instrumento que instituye los Procesos Desconcentrados Zonales, concretamente, acorde con lo singularizado en el numeral 4.1.1.1., literal b) número 9; corresponde a las Subsecretarias Zonales ?Aprobar la conformación y otorgar personería jurídica de las organizaciones y asociaciones de conservación vial, con plena observancia de las normas legales y reglamentarias vigentes (microempresas), de los diferentes modos del transporte?, de conformidad con la normativa establecida en el REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN DE ESTATUTOS, REFORMAS Y CODIFICACIONES, LIQUIDACIÓN Y DISOLUCIÓN, Y REGISTRO DE SOCIOS Y DIRECTIVAS, DE LAS ORGANIZACIONES PREVISTAS EN EL CODIGO CIVIL Y EN LAS LEYES ESPECIALES, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial 660 del 11 de septiembre del 2002 y sus reformas emitidas por Decreto Ejecutivo No. 982, publicado en el Registro Oficial 311 de 08 de abril del 2008 y Decreto Ejecutivo No. 1049 publicado en el Registro Oficial 649 de 28 de febrero de 2012.

n

n

n

n Que mediante el patrocinio del Dr. Juan Carlos Terán con Mat. 343 C.A.I., el señor Jacinto Simón Carbo Rocafuerte, Secretario Ejecutivo Provisional de la Asociación de Conservación Vial denominada ?NUEVO HORIZONTE?, conforme se desprende del Acta Constitutiva de 06 de enero de 2012, y Actas de Asa