n REGISTRO OFICIAL
n
n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
n
n Presidente Constitucional de la República del Ecuador
n
n Viernes, 24 de Febrero de 2012 – R. O. No. 646
n
n
n
n
n n
n
n
n Secretaría Nacional de la Administración Pública:
n
n
n
n 1033 Desígnase a la señorita María Augusta Enríquez Argudo, para desempeñar las funciones de Coordinadora General
n
n
n
n
n
n 1034 Desígnase al señor Roberto Carlos Andrade Tito para desempeñar las funciones de Coordinador General de la Gestión del Cambio de Cultura Organizacional de la Subsecretaría de Innovación y Gestión Estratégica
n
n
n
n
n
n 1035 Desígnase a la señorita Ursula El Hage, para desempeñar las funciones de Coordinadora General de Innovación de la Subsecretaría de Innovación y Gestión Estratégica
n
n
n
n Vicepresidencia de la República del Ecuador:
n
n
n
n 0117 Refórmase el Instructivo para el manejo del fondo fijo de caja chica
n
n
n
n
n
n 0123 Modifícase el Reglamento interno para la administración y control del fondo rotativo
n
n
n
n
n
n 0126 Expídense las disposiciones relacionadas con la contratación de servicios ocasionales
n
n
n
n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:
n
n
n
n 003 Suprímese el Centro de Estudios y Políticas para el Agro «CEPA», creado mediante Acuerdo Ministerial No. 193, publicado en el Registro Oficial No. 129 el 18 de julio del 2007
n
n
n
n Ministerio de Finanzas:
n
n
n
n 026 Modifícase el Acuerdo Ministerial No. MF-2011-231 de 11 de octubre del 2011
n
n
n
n Ministerio de Salud Pública.
n
n
n
n 00000038 ?A? Inclúyese al Hospital Isidro Ayora de la ciudad de Loja dentro de la situación de emergencia declarada mediante Acuerdo Ministerial 00000767 de 31 de agosto del 2011
n
n
n
n
n
n 00000100 Delégase al Director del Servicio Nacional de Control de las Enfermedades Transmitidas por Vectores Artrópodos (SNEM) para que suscriba varios convenios de cooperación con entidades del sector público y privado
n
n
n
n Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación:
n
n
n
n 2012-005 Refórmase el Reglamento para el reconocimiento, homologación y revalidación de títulos expedidos en el exterior
n
n
n
n
n
n 2012-007Delégase al ingeniero Santiago Renán Toro Costales para que participe en la sesión del Comité Interinstitucional de Capacitación y Formación Profesional
n
n
n
n
n
n 2012-008 Desígnase al economista Augusto Xavier Espinosa Andrade, subrogue al Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
n
n
n
n Ministerio del Ambiente:
n
n
n
n 742 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Camaronera Bellavista, ubicada en la parroquia Ximena, cantón Guayaquil, provincia del Guayas y otórgase la licencia ambiental a la Compañía Promarisco S. A. para la ejecución de dicho proyecto
n
n
n
n Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero:
n
n
n
n 20-ARCH-DJ-2012 Deléganse atribuciones al señor Mario Játiva Ordóñez, Director Técnico de Área de la Agencia Regional Santo Domingo de los Tsáchilas
n
n
n
n
n
n 21-ARCH-DJ-2012 Deléganse atribuciones al señor Braulio Tinoco García, Director Técnico de Área de la Agencia Regional Austro
n
n
n
n
n
n 22-ARCH-DJ-2012 Deléganse atribuciones al señor Marcelo Bedoya Naula, Director Técnico de Área de la Agencia Regional Loja
n
n
n
n
n
n 23-ARCH-DJ-2012 Deléganse atribuciones al señor Fernando Karolys Cárdenas, Director Técnico de Área de la Agencia Regional Centro
n
n
n
n Consejo de Participación Ciudadana y Control Social:
n
n
n
n 004-162-CPCCS-2012 Modifícase el Reglamento para el proceso de conformación de la comisión calificadora que seleccionará y designará a las y los miembros de la Primera Corte Constitucional
n
n
n
n
n
n 015-165-CPCCS-2012 Expídese el Reglamento para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Economía Popular Solidaria, de la terna propuesta por la Presidenta o el Presidente de la República
n
n
n
n
n
n 016-165-CPCCS-2012 Expídese el Reglamento para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, de la terna propuesta por la Presidenta o el Presidente de la República
n
n
n
n Ordenanzas Municipales:
n
n
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Las Lajas, Provincia de El Oro: Que fija la tabla de aranceles del Registro Municipal de la Propiedad
n
n
n
n
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Paltas: Constitutiva del Concejo de Planificación Cantonal
n
n
n
n
n
n Adenda al Convenio de Creación de la Mancomunidad de los Gobiernos Autónomos Provinciales de la Región Amazónica del Ecuador, CONGA
n
n
n
n Avisos Judiciales:
n
n
n
n Declárase la rehabilitación del señor Fausto Aníbal Gavilanes Borja
n
n
n
n
n
n Juicio de expropiación seguido por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La Joya de los Sachas en contra del señor Víctor Ángel Guaillas y otra (1ra. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Cristhian Geovanny Espinoza Moreira (1ra. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Hugo Gilberto Marcillo Echeverría (1ra. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Luis Francel Jiménez Jiménez (1ra. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor José Raúl Goncalves (1ra. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Carlos Ariosto Robles León (1ra. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Ángel Gabriel Ponluisa Bonilla (1ra. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Andrés Bayron Torres Castillo (2da. publicación)
n
n
n
n
n
n Juicio de expropiación seguido por la I. Municipalidad del Cantón Chambo en contra del señor Ángel Leonardo Bonifaz y otros (2da. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Jorge David Ballestero (2da. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Segundo Lorenzo Uquillas Caiza (2da. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Luis Edmundo Arcos (2da. publicación)
n
n
n
n
n
n Muerte presunta del señor Facundo Zacarías Chau Taant (2da. publicación)
n
n
n
n
n
n Nº 1033
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE
n
n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante Acuerdo Nº 571 de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial Nº 373 de 28 de enero del 2011, se crearon las subsecretarías de Innovación y Gestión Estratégica, de Seguimiento, Control y Calidad, de Tecnologías de la Información, de Imagen Gubernamental y la Coordinación General; modificando la anterior Estructura Orgánica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública y estableciendo nuevas funciones y atribuciones para cada unidad creada;
n
n
n
n
n
n Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 726 de 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de abril del 2011, establece que: ?Dependerán de la Secretaría Nacional de la Administración Pública las entidades creadas por la propia Secretaría para el ejercicio de sus competencias […]?;
n
n
n
n
n
n Que mediante Resolución Nº MRL-2011-00479 de 10 de noviembre del 2011, el Ministerio de Relaciones Laborales aprobó la creación de nuevos puestos en la Presidencia de la República, en función de la estructura orgánica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública establecida mediante Acuerdo Nº 571 de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial Nº 373 de 28 de enero del 2011; y,
n
n
n
n
n
n En ejercicio de la facultad que le confieren las letras g) y 1) del artículo 15 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n
n
n Artículo Primero.- Designar a la señorita María Augusta Enríquez Argudo para desempeñar las funciones de Coordinadora General de la Secretaría Nacional de la Administración Pública.
n
n
n
n
n
n Artículo Segundo.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 1 de febrero del 2012.
n
n
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n
n
n Documento con firmas electrónicas.
n
n
n
n Nº 1034
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE
n
n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante Acuerdo Nº 571 de la Secretaría Naciona1 de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial Nº 373 de 28 de enero del 2011, se crearon las subsecretarías de Innovación y Gestión Estratégica, de Seguimiento, Control y Calidad, de Tecnologías de la Información, de Imagen Gubernamental y la Coordinación General; modificando la anterior Estructura Orgánica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública y estableciendo nuevas funciones y atribuciones para cada unidad creada;
n
n
n
n Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 726 de 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de abril del 2011, establece que: ?Dependerán de la Secretaría Nacional de la Administración Pública las entidades creadas por la propia Secretaría para el ejercicio de sus competencias […]?;
n
n
n
n
n
n Que mediante Resolución Nº MRL-2011-00479 de 10 de noviembre del 2011, el Ministerio de Relaciones Laborales aprobó la creación de nuevos puestos en la Presidencia de la República, en función de la Estructura Orgánica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública establecida mediante Acuerdo Nº 571 de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial Nº 373 de 28 de enero del 2011; y,
n
n
n
n
n
n En ejercicio de la facultad que le confieren las letras g) y l) del artículo 15 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Artículo Primero.- Designar al señor Roberto Carlos Andrade Tito para desempeñar las funciones de Coordinador General de la Gestión del Cambio de Cultura Organizacional de la Subsecretaría de Innovación y Gestión Estratégica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública.
n
n
n
n Artículo Segundo.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 1 de febrero del 2012.
n
n
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n
n
n Documento con firmas electrónicas.
n
n
n
n Nº 1035
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE
n
n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante Acuerdo Nº 571 de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial Nº 373 de 28 de enero del 2011, se crearon las subsecretarías de Innovación y Gestión Estratégica, de Seguimiento, Control y Calidad, de Tecnologías de la Información, de Imagen Gubernamental y la Coordinación General; modificando la anterior Estructura Orgánica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública y estableciendo nuevas funciones y atribuciones para cada unidad creada;
n
n
n
n Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 726 de 8 de, abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de abril del 2011, establece que: ?Dependerán de la Secretaría Nacional de la Administración Pública las entidades creadas por la propia Secretaría para el ejercicio de sus competencias […]?;
n
n
n
n
n
n Que mediante Resolución Nº MRL-2011-00479 de 10 de noviembre del 2011, el Ministerio de Relaciones Laborales aprobó la creación de nuevos puestos en la Presidencia de la República, en función de la Estructura Orgánica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública establecida mediante Acuerdo Nº 571 de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, publicado en el Registro Oficial Nº 373 de 28 de enero del 2011; y,
n
n
n
n
n
n En ejercicio de la facultad que le confieren las letras g) y 1) del artículo 15 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Artículo Primero.- Designar a la señorita Úrsula El Hage para desempeñar las funciones de Coordinadora General de Innovación de la Subsecretaría de Innovación y Gestión Estratégica de la Secretaría Nacional de la Administración Pública.
n
n
n
n Artículo Segundo.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 1 de febrero del 2012.
n
n
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n
n
n Documento con firmas electrónicas.
n
n
n
n No. 0117
n
n
n
n Dr. Armando Cazar Valenzuela
n
n SECRETARIO GENERAL
n
n VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, el Art. 77, letras a), d) y e) de la Ley Orgánica de la Contrataría General del Estado establece que las máximas autoridades y titulares de las instituciones del Estado son responsables de los actos, contratos o resoluciones emanados de su autoridad, además de dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación, organización, información de recursos humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos; de cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias expedidas por la Contraloría General del Estado; y, dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones;
n
n
n
n Que, mediante Acuerdo Vicepresidencial No. 134 de 1 de febrero del 2011, el señor Vicepresidente de la República del Ecuador delega al Secretario General, atribuciones administrativas, para aplicar las disposiciones mandatarias, permisibles y prohibitivas que constan en la normativa que rige el poder público como son la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública, Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Ley Orgánica del Servicio Público, Reglamento General Sustantivo para Manejo y Administración de Bienes del Sector Público entre otras; y, disposiciones para regular procedimientos administrativos, administración de personal y contratación pública que permita la correcta administración de la entidad;
n
n
n
n Que, el Ministerio de Finanzas mediante Acuerdo No. 338, publicado en el Registro Oficial No. 282 de 10 de febrero del 2011, expidió las normas técnicas para regular los fondos de caja chica;
n
n
n
n Que, mediante Resolución No. 68-A de 19 de abril del 2011 el Secretario General expidió el nuevo instructivo para el manejo del fondo fijo de caja chica para la Vicepresidencia de la República;
n
n
n
n Que, mediante memorando No. VPR-2011-09098-M de 7 de junio del 2011, el Coordinador Nacional de CAIME solicita la creación de caja chica a fin de atender compromisos oficiales e imprevistos en el Despacho de la Dirección Nacional de CAIME respecto a la ejecución del Programa de Misión Solidaria Manuela Espejo en el Estudio Biopsico Social Clínico que se encuentra realizando la Vicepresidencia, del cual será el Custodio el Coordinador Nacional de CAIME;
n
n
n
n Que, con memorando No. VPR-2011-9813-M 16 de junio del 2011, la Subsecretaria Administrativa Financiera solicita reformar el Art. 5 de la Resolución No. 68-A de 19 de abril del 2011, en el cual se asigne un fondo de caja chica al Coordinador del CAIME por el valor US $ 300,00 (trescientos dólares 00/100 de los Estados Unidos de América) para atender los imprevistos que demanda la ejecución de los centros de atención integral «Manuela Espejo»; y,
n
n
n
n En uso de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo Vicepresidencial No. 134 de 1 de febrero del 2011,
n
n
n
n Resuelve:
n
n
n
n Art. 1.- Reformar el Art. 5 del nuevo Instructivo para el manejo del fondo fijo de caja chica para la Vicepresidencia de la República emitido mediante Resolución No. 68-A de 19 de abril del 2011, incorporando al mismo un literal, con el siguiente texto:
n
n
n
n d) El Coordinador Nacional de CAIME de la Vicepresidencia, dispondrá de hasta US $ 300,00 (trescientos dólares 00/100 de los Estados Unidos de América), para atender imprevistos que demanda la ejecución de los centros de atención integral «Manuela Espejo».
n
n
n
n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, 28 de junio del 2011.
n
n
n
n f.) Dr. Armando Cazar, Secretario General de la Vicepresidencia.
n
n
n
n Vicepresidencia de la República.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 26 de diciembre del 2011.- f.) Ilegible.
n
n
n
n No. 0123
n
n
n
n Dr. Armando Cazar Valenzuela
n
n SECRETARIO GENERAL
n
n VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
n
n
n
n Que, el Art. 77, letras a), d) y e) de la Ley Orgánica de la Contrataría General del Estado establece que las máximas autoridades y titulares de las instituciones del Estado son responsables de los actos, contratos o resoluciones emanados de su autoridad, además de dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación, organización, información de recursos humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos; de cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias expedidas por la Contraloría General del Estado; y, dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones;
n
n
n
n Que, mediante Acuerdo Vicepresidencial No. 134 de 1 de febrero del 2011, el señor Vicepresidente de la República del Ecuador delega al Secretario General, atribuciones administrativas, para aplicar las disposiciones mandatarias, permisibles y prohibitivas que constan en la normativa que rige el poder público como son la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Ley Orgánica del Servicio Público, Reglamento General Sustitutivo para Manejo y Administración de Bienes del Sector Público entre otras; y, disposiciones para regular procedimientos administrativos, administración de personal y contratación pública que permita la correcta administración de la entidad;
n
n
n
n Que, mediante Resolución No. 0377 de 12 de noviembre del 2010 el Secretario General expidió el Reglamento Interno para la Administración y Control de Fondo Rotativo de la Vicepresidencia de la República para gastos de viajes oficiales en el interior y exterior del país del señor Vicepresidente de la República y otros gastos institucionales imprevistos y urgentes;
n
n
n
n Que, mediante Resolución No. 77 de 11 de mayo del 2011 el Secretario General de la Vicepresidencia de la República creó el fondo rotativo que permite a la Subsecretaria de Comunicación cubrir gastos de logística durante los procesos de difusión noticiosa de las actividades que cumple el señor Vicepresidente de la República;
n
n
n
n Que, mediante oficio No. MINFIN-STN-2011-1944 de 23 de mayo del 2011, la Subsecretaría de Tesorería de la Nación comunica que no es posible autorizar la creación de un nuevo fondo rotativo que permita a la Subsecretaría de Comunicación cubrir los gastos de logística durante los procesos de la difusión noticiosa de las actividades que cumple el señor Vicepresidente de la República y sugiere que del fondo 114 autorizado por dicha Subsecretaría se asigne el valor de US $ 2.000,00 (dos mil dólares 00/100 de los Estados Unidos de América) para la logística requerida;
n
n
n
n Que, mediante memorando No. VPR-2011-10097-M de 21 de junio del 2011, la Subsecretaria Administrativa Financiera, solicita modificar la Resolución No. 377 mediante el cual se emitió el Reglamento Interno para la Administración y Control del Fondo Rotativo de la Vicepresidencia de la República para gastos de viajes oficiales en el interior y exterior del país del señor Vicepresidente de la República y otros gastos institucionales imprevistos y urgentes, a fin de que se incluya los gastos requeridos la Subsecretaria de Comunicación Social durante los procesos de difusión noticiosos de las actividades que cumpla el señor Vicepresidente y de los programas que impulsa el Gobierno a través de esta dependencia en las 24 provincias, asignando para tal efecto el valor de US $ 2.000,00 (dos mil dólares 00/100 de los Estados Unidos de América); y,
n
n
n
n En uso de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo Vicepresidencial No. 134 de 1 de febrero del 2011,
n
n
n
n Resuelve:
n
n
n
n Art. 1.- En el Reglamento Interno para la Administración y Control del Fondo Rotativo de la Vicepresidencia de la República para gastos de viajes oficiales en el interior y exterior del país del señor Vicepresidente de la República y otros gastos institucionales imprevistos y urgentes, incorpórase lo siguiente:
n
n
n
n Un título innumerado, a continuación del Número II., con el siguiente texto: «(?.) GASTOS QUE REQUIERE LA SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN SOCIAL».
n
n
n
n Un artículo innumerado, a continuación del título incorporado a través de esta resolución citado en el párrafo anterior, con el siguiente texto: «Art. (….) De la Finalidad del Fondo para Gastos que requiere la Subsecretaría de Comunicación Social.- Este Fondo constituye un recurso financiero para cubrir gastos logísticos durante los proceso de difusión noticiosa de las actividades que cumpla el señor Vicepresidente y de los programas que impulsa el Gobierno a través de esta dependencia. El objetivo de estos recursos será realizar pagos por transporte, refrigerios, envíos de información, internet, teléfonos; y organización de reuniones, eventos o encuentros en los cuales participen los representantes de los medios de comunicación. El monto destinado a este fondo no podrá sobrepasar los US $ 2.000,00. El gasto por factura será de hasta un 40% del valor del cheque asignado al responsable de manejar el fondo, que será la persona designada por el Subsecretario de Comunicación Social. En la liquidación del fondo deberá constar un detalle que contenga fecha, proveedor, valor descripción del gasto, número factura y número de comprobante de retención».
n
n
n
n Art. 2.- Derógase la Resolución No. 077 de 11 de mayo del 2011 mediante la cual se crea el fondo rotativo que permite a la Subsecretaria de Comunicación cubrir gastos de logística, durante los procesos de difusión noticiosa de las actividades que cumple el señor Vicepresidente de la República.
n
n
n
n Dado en San Francisco de Quito, D. M., al 6 de julio del 2011.
n
n
n
n f.) Dr. Armando Cazar, Secretario General.
n
n
n
n Vicepresidencia de la República.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 26 de diciembre del 2011.- f.) Ilegible.
n
n
n
n No. 0126
n
n
n
n Dr. Armando Cazar Valenzuela
n
n SECRETARIO GENERAL
n
n VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, mediante Acuerdo No. 134 de 1 de febrero del 2011, el señor Vicepresidente delega al señor Secretario General de la Vicepresidencia de la República para aplicar las disposiciones mandatarias, permisibles y prohibitivas que consten en la normativa que rige el poder público, como son la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, Ley Orgánica del Servicio Público, Reglamento General Sustitutivo para Manejo y Administración de Bienes del Sector Público entre otras;
n
n
n
n Que, el Art. 117 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que la Unidad de Administración del Talento Humano es responsable de administrar el sistema integrado de desarrollo del talento humano y las remuneraciones e ingresos complementarios del servicio público, bajo los lineamientos, políticas, regulaciones, normas e instrumentos pertinentes;
n
n
n
n Que, el Art. 143 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que «La autoridad nominadora podrá suscribir contratos para la prestación de servicios ocasionales, previo informe favorable de la UATH. El informe justificará la necesidad de trabajo ocasional, certificará el cumplimiento de los requisitos previstos en la LOSEP y este reglamento general para el ingreso ocasional al servicio público por parte de la persona a ser contratada; para el efecto se contará con la certificación de que existen recursos económicos disponibles en la correspondiente partida presupuestaria y se observará que la contratación no implique aumento en la masa salarial aprobada; en caso de que esta contratación implique aumento de la masa salarial aprobada, deberá obtenerse en forma previa las respectivas autorizaciones favorables.»;
n
n
n
n Que, es deber de la Dirección de Administración de Talento Humano cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Servicio Público, su reglamento general y las resoluciones y normas técnicas que sobre el servicio público emita el Ministro de Relaciones Laborales;
n
n
n
n Que, es responsabilidad de la Dirección de Administración del Talento Humano asesorar a las servidoras y servidores de la Vicepresidencia de la República sobre la aplicación de la normatividad legal y técnica referida a la gestión del talento humano;
n
n
n
n Que, de acuerdo con las necesidades institucionales, corresponde a la Dirección de Administración del Talento Humano ejecutar eficientemente los procedimientos internos para el ingreso de personal; y,
n
n
n
n En uso de las funciones y atribuciones contenidas en el Acuerdo Vicepresidencial No. 134 del 1 de febrero del 2011,
n
n
n
n Resuelve:
n
n
n
n EXPEDIR LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES RELACIONADAS CON LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS OCASIONALES EN LA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
n
n
n
n Art. 1.- La Subsecretaría Administrativa Financiera a través de la Dirección Financiera, de conformidad con la normatividad vigente, propondrá los lineamientos y directrices de aplicación presupuestaria relacionadas con los gastos de personal, lo cual será puesto a consideración del Secretario General para su aprobación.
n
n
n
n Art. 2.- La suscripción de contratos de servicios ocasionales para satisfacer necesidades institucionales, será autorizada por la autoridad nominadora, contando en forma previa con el informe de la Dirección de Administración del Talento Humano, siempre que exista la partida presupuestaria y disponibilidad de los recursos económicos para este fin.
n
n
n
n Art. 3.- Para el ingreso de personal bajo la modalidad de contratos ocasionales se deberá contar con la justificación de la respectiva necesidad del servicio de las distintas unidades administrativas, incluyendo los términos de referencia (actividad y productos) a cumplir por el servidor a contratarse.
n
n
n
n Art. 4.- La Dirección de Administración del Talento Humano en coordinación con la Dirección Financiera y bajo la supervisión directa de la autoridad, nominadora ejecutará el presupuesto para contratación de personal asignado en el presupuesto institucional.
n
n
n
n Art. 5.- Se responsabiliza a la Dirección de Administración del Talento Humano de gestionar las inclusiones de personal, considerando para este propósito los saldos existentes y las certificaciones presupuestarias emitidas para los grupos de gasto «51 Gastos en Personal y 71 Gastos en Personal Para Inversión».
n
n
n
n Art. 6.- Encárguese a la Subsecretaría Administrativa Financiera, a la Dirección Financiera y a la Dirección de Administración del Talento Humano, la aplicación de la presente resolución y el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica de Servicio Público y su reglamento en lo que se refiere a contratos de servicios ocasionales, en sus respectivas áreas de competencia.
n
n
n
n Dado en Quito, a 13 de julio del 2011.
n
n
n
n f.) Dr. Armando Cazar Valenzuela, Secretario General.
n
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n Vicepresidencia de la República.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 26 de diciembre del 2011.- f.) Ilegible.
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n No. 003
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n EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
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n Considerando:
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n Que el artículo 5 de la Ley de Modernización del Estado, promulgada en el Registro Oficial 349 del 31 de diciembre de 1993, dispone la racionalización de la estructura administrativa y económica del sector público, distribuyendo adecuada y eficientemente las competencias, funciones y responsabilidades de sus entidades y organismos;
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n Que el inciso primero del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, publicado en el Registro Oficial 536 el 18 de marzo del 2002, determina que «Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales»;
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n Que el artículo 20 ibídem, establece que «El número y atribuciones de los subsecretarios, asesores y directores de cada Ministerio, será definido por el respectivo Ministro, previo conocimiento del Secretario General de la Administración Pública»;
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n Que el artículo 21 del antes referido estatuto señala que «La Administración Pública creará los órganos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus especiales finalidades, delimitando las respectivas competencias, previo dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, siempre que ello implique egresos del erario nacional»;
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n Que el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 437, publicado en el Registro Oficial 120 el 5 de julio del 2007, dispone que «será facultad expresa de los ministros de Estado la organización de cada uno de sus ministerios, en forma especial, la creación o supresión de subsecretarías, sin que sea necesaria la expedición de decreto ejecutivo alguno»;
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n Que mediante Acuerdo Ministerial No. 193, publicado en el Registro Oficial No. 129 del 18 de julio del 2007, se crea el Centro de Estudios y Políticas para el Agro «CEPA», como un organismo de derecho público, sin fines de lucro, adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, cuya finalidad es la implementación, coordinación, evaluación y seguimiento de las políticas de Estado para el sector agropecuario;
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n Que el Centro de Estudios y Políticas para el Agro «CEPA», por diversas circunstancias, no ha cumplido cabalmente sus atribuciones, por lo que en el marco del proceso de reforma institucional efectuado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, se planteó la necesidad de su extinción y la transferencia de sus competencias a la Coordinación General de Planificación;
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n Que en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 281, publicado en el Registro Oficial Suplemento 198, el 30 de septiembre del 2011, las atribuciones y responsabilidades que tenía el Centro de Estudios y Políticas para el Agro «CEPA» fueron transferidas a la Coordinación General de Planificación; y,
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n En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
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n Acuerda:
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n Artículo 1.- Suprímase el Centro de Estudios y Políticas para el Agro «CEPA», creado mediante Acuerdo Ministerial No. 193, publicado en el Registro Ofi