n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Lunes, 13 de Febrero de 2012 – R. O. No. 639

n

n

n

n

n n

n

n

n Vicepresidencia de la República del Ecuador:

n

n

n

n 0005 Inícianse los procesos precontractuales

n

n

n

n

n

n 0008 Inícianse los procesos precontractuales

n

n

n

n

n

n 009 Dispónese el procedimiento para la emisión de comunicaciones oficiales dirigidas a personas naturales, jurídicas, públicas o privadas

n

n

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

n

n

n

n 001 Apruébase el proyecto de declaratoria de utilidad pública de los bienes inmuebles afectados por los trabajos de ampliación, rectificación y mejoramiento de la carretera Portoviejo – Crucita (tramos Portoviejo – Cruz Verde), provincia de Manabí

n

n

n

n

n

n 002 Deléganse a las subsecretarías regionales de las zonas administrativas de este Ministerio, la administración de la obra de infraestructura y tecnología requerida para la implementación de los Centros Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF)

n

n

n

n

n

n 003 Refórmase el Estatuto de la Asociación de Transporte 20 de Marzo, con domicilio en la ciudad de Quito

n

n

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n

n

n 552-A Expídese el instructivo metodológico para la comercialización y distribución de urea subsidiada

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 712 Habilítase el aval para el ejercicio de la Regencia Forestal al ingeniero Henry Noé Ricachi Martínez

n

n

n

n

n

n 713 Habilítase el aval para el ejercicio de la Regencia Forestal al ingeniero Luis Fernando Díaz Chuma

n

n

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n

n

n SENAE-DGN-2011-0009 Delégase atribuciones al ingeniero José Francisco Rodríguez Pesantes

n

n

n

n

n

n SENAE-DGN-2011-0010 Delégase al ingeniero Luis Villavicencio Franco las atribuciones de aprobar y reformar el Plan Anual de Contratación de la UDAF del año 2012

n

n

n

n Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión:

n

n

n

n SNTG-RH-005-2012 Desígnase a la señora Patricia Cervantes Baquero, Directora de Transparencia, Prevención y Rendición de Cuentas

n

n

n

n Superintendencia de Bancos y Seguros:

n

n

n

n

n

n Amplíase la calificación a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

n

n

n

n SBS-INJ-2011-1003 Ingeniero agrónomo Pedro Paco Nieto Velásquez

n

n

n

n

n

n SBS-INJ-2011-1007 Doctor en medicina veterinaria y zootecnia Edgar Leonardo Ochoa Chiriboga

n

n

n

n Superintendencia de Compañías:

n

n

n

n SC-DSC-G-11-016 Expídese el Reglamento para el control de las ventas a crédito y de la emisión de tarjetas de circulación restringida, por parte de las compañías sujetas a la supervisión

n

n

n

n

n

n SC-DSC-G-12-001 Apruébanse las tarifas máximas para el período semestral del 2012, dentro del cual las compañías nacionales y extranjeras con actividades en el Ecuador, realicen ventas a crédito solo podrán efectuar cobros por la prestación efectiva de servicios, conforme a lo dispuesto en esta resolución

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Gobierno Municipal de Antonio Ante: Que reforma a la Ordenanza de creación, organización y funcionamiento de la Empresa Pública de Servicios Municipales Antonio Ante – SERMAA EP

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Palora: Que expide la primera reforma a la Ordenanza sustitutiva que regula el funcionamiento del Patronato de Inclusión y Amparo Social Municipal

n

n

n

n Ordenanzas Provinciales:

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo: Que crea la contribución por los servicios de ejecución, mejoramiento y mantenimiento de las vías rurales

n

n

n

n

n

n 014-SO-GB-2011 Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha: Que sanciona la Ordenanza del Instituto Tecnológico Superior

n

n

n n

n

n n

n

n

n No. 0005

n

n

n

n VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

n

n DEL ECUADOR

n

n

n

n RESOLUCIÓN PARA INICIAR PROCESOS PRECONTRACTUALES

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, con Acuerdo No. 131 del 26 de octubre del 2010, el señor Vicepresidente de la República, delega las funciones y atribuciones al señor Secretario General (E) Dr. Armando Cazar, para adoptar decisiones, emitir resoluciones, actos administrativos y normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de la institución;

n

n

n

n Que, con Acuerdo Vicepresidencial No. 119 del 27 de febrero del 2010, se expide la Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos;

n

n

n

n

n

n Que, los procesos gobernantes orientan la gestión institucional a través de la formulación de políticas y la expedición de normas e instrumentos que garanticen el funcionamiento efectivo de la organización;

n

n

n

n Que, quien ejerce por delegación la representación legal, debe dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación, organización información de recursos humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos y disponer que los responsables de las respectivas unidades administrativas establezcan indicadores de gestión, medidas de desempeño u otros factores para evaluar el cumplimiento de fines y objetivos, la eficiencia de la gestión institucional y el rendimiento individual de los servidores; y,

n

n

n

n En uso de las facultades delegadas,

n

n

n

n Resuelvo:

n

n

n

n Art. 1.- La unidad requirente del bien o servicio deberá cumplir con entregar la siguiente información, para iniciar e implementar los procedimientos precontractuales de bienes o servicios:

n

n

n

n Requerimiento, previa verificación de que se encuentra en el plan operativo y en el plan de compras públicas anual;

n

n

n

n Términos referenciales para elaboración de pliegos que contendrán:

n

n

n

n Objeto de contratación.

n

n

n

n Detalle de las especificaciones técnicas.

n

n

n

n Precio referencial.

n

n

n

n Forma de pago.

n

n

n

n Plazo en que se necesitan adquirir los bienes o servicios.

n

n

n

n Lugar y modalidad de entrega del bien o servicio; y,

n

n

n

n c) Solicitar certificación presupuestaria directamente a la Subsecretaría Administrativa Financiera.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- La Dirección Financiera remitirá el expediente y la certificación presupuestaria a compras públicas.

n

n

n

n Art. 3.- El Área de Compras Públicas, determinará al responsable del trámite quien elaborará los pliegos precontractuales.

n

n

n

n Art. 4.- Con los pliegos precontractuales elaborados y el expediente completo, compras públicas, remitirá a la Subsecretaría Jurídica.

n

n

n

n Art. 5.- La Subsecretaría Jurídica verificará los documentos y remitirá con la resolución de inicio de proceso a la Secretaría General.

n

n

n

n Art. 6.- Una vez suscritos los documentos por el Secretario General, se enviará a compras públicas para la prosecución del trámite conforme a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

n

n

n

n Art. 7.- De la presente resolución, encárguese a la Secretaría General, Subsecretaría de Proyectos de Solidaridad, Subsecretaría Administrativa Financiera, Subsecretaría Jurídica y funcionarios responsables del Área de Compras Públicas.

n

n

n

n Art. 8.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de la fecha de publicación.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, a 26 de enero del 2011.

n

n

n

n f.) Dr. Armando Cazar Valenzuela, Secretario General (E).

n

n

n

n Vicepresidencia de la República.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 26 de diciembre del 2011.- f.) Ilegible.

n

n

n

n No. 0008

n

n

n

n VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

n

n DEL ECUADOR

n

n

n

n RESOLUCIÓN PARA INICIAR PROCESOS PRECONTRACTUALES

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, con Acuerdo No. 131 del 26 de octubre del 2010, el señor Vicepresidente de la República, delega las funciones y atribuciones al señor Secretario General (E) Dr. Armando Cazar, para adoptar decisiones, emitir resoluciones, actos administrativos y normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de la institución;

n

n

n

n Que, con Acuerdo Vicepresidencial No. 119 del 27 de febrero del 2010, se expide la Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos;

n

n

n

n

n

n Que, los procesos gobernantes orientan la gestión institucional a través de la formulación de políticas y la expedición de normas e instrumentos que garanticen el funcionamiento efectivo de la organización;

n

n

n

n

n

n Que, quien ejerce por delegación la representación legal, debe dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación, organización información de recursos humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos y disponer que los responsables de las respectivas unidades administrativas establezcan indicadores de gestión, medidas de desempeño u otros factores para evaluar el cumplimiento de fines y objetivos, la eficiencia de la gestión institucional y el rendimiento individual de los servidores; y,

n

n

n

n

n

n En uso de las facultades delegadas,

n

n

n

n Resuelvo:

n

n

n

n Art. 1.- La unidad requirente del bien o servicio deberá cumplir con entregar la siguiente información, para iniciar e implementar los procedimientos precontractuales de bienes o servicios:

n

n

n

n Requerimiento, previa verificación de que se encuentra en el plan operativo y en el plan de compras públicas anual.

n

n

n

n Términos referenciales para elaboración de pliegos que contendrán:

n

n

n

n Objeto de contratación.

n

n

n

n Detalle de las especificaciones técnicas.

n

n

n

n Precio referencial.

n

n

n

n Forma de pago.

n

n

n

n Plazo en que se necesitan adquirir los bienes o servicios.

n

n

n

n Lugar y modalidad de entrega del bien o servicio; y,

n

n

n

n c) Solicitar certificación presupuestaria directamente a la Subsecretaría Administrativa Financiera.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- La Dirección Financiera remitirá el expediente y la certificación presupuestaria a compras públicas.

n

n

n

n Art. 3.- El Área de Compras Públicas, determinará al responsable del trámite quien elaborará los pliegos precontractuales.

n

n

n

n Art. 4.- Con los pliegos precontractuales elaborados y el expediente completo, compras públicas, remitirá a la Subsecretaría Jurídica.

n

n

n

n Art. 5.- La Subsecretaría Jurídica verificará los documentos y remitirá con la resolución de inicio de proceso a la Secretaría General o a la Subsecretaría Administrativa Financiera, según el monto de contratación que corresponda a las autoridades administrativas por delegación del señor Vicepresidente de la República.

n

n

n

n Art. 6.- Una vez suscritos los documentos por el Secretario General o por el Subsecretario Administrativo Financiero, se enviará a compras públicas para la prosecución del trámite conforme a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

n

n

n

n Art. 7.- La presente resolución deroga la Resolución No. 005 del 26 de enero del 2011.

n

n

n

n Art. 8.- De la presente resolución, encárguese a la Secretaría General, Subsecretaría de Proyectos de Solidaridad, Subsecretaría Administrativa Financiera, Subsecretaría Jurídica y funcionarios responsables del Área de Compras Públicas.

n

n

n

n Art. 9.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de la fecha de publicación.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, a 31 de enero del 2011.

n

n

n

n f.) Dr. Armando Cazar Valenzuela, Secretario General (E).

n

n

n

n Vicepresidencia de la República.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 26 de diciembre del 2011.- f.) Ilegible.

n

n

n

n No. 009

n

n

n

n VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

n

n DEL ECUADOR

n

n

n

n RESOLUCIÓN DE PROCEDIMIENTO PARA LA

n

n EMISIÓN DE COMUNICACIONES OFICIALES

n

n DIRIGIDAS A PERSONAS NATURALES,

n

n JURÍDICAS, PÚBLICAS O PRIVADAS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, con Acuerdo No. 131 del 26 de octubre del 2010, el señor Vicepresidente de la República, delega las funciones y atribuciones al señor Secretario General (E) Dr. Armando Cazar, para adoptar decisiones, emitir resoluciones, actos administrativos y normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de la institución;

n

n

n

n Que, con Acuerdo Vicepresidencial No. 119 del 27 de febrero del 2010, se expide la Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos;

n

n

n

n Que, los procesos gobernantes orientan la gestión institucional a través de la formulación de políticas y la expedición de normas e instrumentos que garanticen el funcionamiento efectivo de la organización;

n

n

n

n Que, quien ejerce por delegación la representación legal, debe dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación, organización información de recursos humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos y disponer que los responsables de las respectivas unidades administrativas establezcan indicadores de gestión, medidas de desempeño u otros factores para evaluar el cumplimiento de fines y objetivos, la eficiencia de la gestión institucional y el rendimiento individual de los servidores; y,

n

n

n

n

n

n En uso de las facultades delegadas,

n

n

n

n

n

n Resuelvo:

n

n

n

n Art. 1.- La documentación oficial dirigida a personas naturales, jurídicas, públicas o privadas que se emita a nombre de la Vicepresidencia de la República, será suscrita únicamente por las máximas autoridades:

n

n

n

n Por el señor Vicepresidente de la República; y,

n

n

n

n Por el Secretario General, en su calidad de autoridad delegada para la representación legal y extrajudicial de la Vicepresidencia de la República, conforme se desprende del Acuerdo Vicepresidencial 131 del 26 de octubre del 2010.

n

n

n

n Art. 2.- El Subsecretario de Proyectos de Solidaridad y el Subsecretario Jurídico, suscribirán correspondencia a autoridades públicas o privadas, con el único fin de poner en conocimiento o derivar asuntos relativos a esas instituciones para que dentro de sus competencias y luego del análisis que correspondan atiendan a personas con discapacidad o que se encuentren dentro de los casos de atención prioritaria por su situación económica, social o de salud.

n

n

n

n Art. 3.- La Subsecretaría de Comunicación y la Subsecretaría Administrativa Financiera, elaborarán y generarán la documentación inherente a su competencia y función.

n

n

n

n Art. 4.- Ningún funcionario de la Vicepresidencia de la República podrá realizar trámites o suscribir comunicaciones a nombre de la Vicepresidencia de la República, excepto los subsecretarios en los temas establecidos y autorizados mediante la presente resolución.

n

n

n

n Art. 5.- La documentación que ingresa a través de la Dirección de Gestión Documentaria, será clasificada y será remitida directamente a cada una de las áreas, según corresponda: Despacho, Secretaría General, Subsecretaría de Proyectos, Subsecretaría Administrativa Financiera, Subsecretaría de Comunicación y Subsecretaría Jurídica.

n

n

n

n Art. 6.- Cada área a través de sus subsecretarios, atenderán dentro de sus competencias y atribuciones los requerimientos de los administrados, usuarios y beneficiarios de los servicios públicos que brinda la Vicepresidencia de la República.

n

n

n

n En lo relacionado a correspondencia que tenga carácter oficial, estas serán elaboradas para ser suscritas por las máximas autoridades.

n

n

n

n Art. 7.- Cada área responsable del trámite, coordinará con la Dirección de Gestión Documentaria el registro y archivo de la documentación original junto con la comunicación que ha de ser suscrita por el señor Secretario General o Subsecretario según el caso. Los documentos a ser suscritos por el señor Vicepresidente de la República serán puestas a consideración del Secretario General, para coordinar con el Despacho de la Vicepresidencia, la suscripción por parte del señor Vicepresidente.

n

n

n

n Art. 8.- De la presente resolución, encárguese a la Secretaría General, Subsecretaría de Proyectos de Solidaridad, Subsecretaría Administrativa Financiera, Subsecretaría de Comunicación, Subsecretaría Jurídica y funcionarios responsables del Área de Compras Públicas y direcciones departamentales que conforman la Vicepresidencia de la República.

n

n

n

n Art. 9.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de la fecha de publicación.

n

n

n

n Dado en la ciudad Quito, a 1 de febrero del 2011.

n

n

n

n f.) Dr. Armando Cazar Valenzuela, Secretario General (E).

n

n

n

n

n

n Vicepresidencia de la República.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 26 de diciembre del 2011.- f.) Ilegible.

n

n

n

n No. 001

n

n

n

n Iván Sempértegui González

n

n MINISTRO DE TRANSPORTE Y

n

n OBRAS PÚBLICAS (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que a los ministros de Estado les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

n

n

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Caminos, todo proyecto de construcción, ensanchamiento, mejoramiento o rectificación de caminos, deberá someterse previamente a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas (hoy Ministerio de Transporte y Obras Públicas), sin cuya aprobación no podrá realizarse trabajo alguno;

n

n

n

n

n

n Que, en el artículo 16 literal f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, se incluye al Ministerio de Transporte y Obras Públicas como parte de la Función Ejecutiva;

n

n

n

n

n

n Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que ?los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República?;

n

n

n

n

n

n Que, en virtud de la necesidad de dar solución a los trabajos de ampliación, rectificación y mejoramiento de la carretera Portoviejo – Crucita (Tramos Portoviejo – Cruz Verde y Cruz Verde – Crucita), provincia de Manabí, la Subsecretaría Regional 4 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la supervisión de estudios, informa que los estudios necesarios para dichas obras, fueron aprobados;

n

n

n

n Que dentro del presupuesto de la Dirección Provincial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de Manabí, consta la asignación presupuestaria de US $ 855.675,18 dólares de los Estados Unidos de América, en la partida 2011-520-0013-0000-23-00-111-001-840301- 0000-001-0000, expropiaciones e indemnizaciones varias carreteras, a cuyo cargo se cubrirán las indemnizaciones que por expropiaciones deban realizarse dentro del proyecto de la ampliación rectificación y mejoramiento de la carretera Portoviejo – Crucita (tramos Portoviejo – Cruz Verde), provincia de Manabí; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones legales que le confiere la ley,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aprobar el proyecto de declaratoria de utilidad pública de los bienes inmuebles afectados por los trabajos de ampliación, rectificación y mejoramiento de la carretera Portoviejo – Crucita (tramos Portoviejo – Cruz Verde), provincia de Manabí.

n

n

n

n Art. 2.- Declarar de utilidad pública los bienes inmuebles ubicados, afectados por los trabajos de ampliación rectificación y mejoramiento de la carretera Portoviejo – Crucita (tramos Portoviejo ? Cruz Verde; y, Cruz Verde – Crucita), provincia de Manabí, de los propietarios de esta vía, ubicados dentro de los siguientes sectores, abscisas y coordenadas:

n

n

n n

n

n n

n

n

n

n

n SECTOR BUENOS AIRES:

n

n

n

n

n n

n No.

n n

n PROPIETARIO

n n

n CANTÓN

n

n

n n

n ABSCISAS

n n

n 1

n n

n MARGARITA MENDOZA VILLAVICENCIO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+180 – 14+200

n n

n 2

n n

n MANUEL MENDOZA SANTANA

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+220

n n

n 3

n n

n GAUL L. MENDOZA BRAVO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+240

n n

n 4

n n

n JACINTO PIGUAVE

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+260

n n

n 5

n n

n NN

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+290

n n

n 6

n n

n FULTON RODRÍGUEZ M.

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+320

n n

n 7

n n

n KLEBER ZAMBRANO MUÑOZ

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+340

n n

n 8

n n

n ALCÍVAR ANCHUNDIA JOSÉ ISACIO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+420

n n

n 9

n n

n FRANCISCO ALADINO MUÑOZ ZAMBRANO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+484

n n

n 10

n n

n GALO BIENVENIDO MUÑOZ ZAMBRANO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+513

n n

n 11

n n

n WALTER SÁNCHEZ TUNEZ

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+513

n n

n 12

n n

n JORGE ASAEL MUÑOZ ZAMBRANO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+533

n n

n 13

n n

n ADRIANO MUÑOZ ZAMBRANO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+553

n n

n 14

n n

n MARIO MUÑOZ ZAMBRANO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+715

n n

n 15

n n

n LORGIA HORIDALVA MUÑOZ ZAMBRANO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+735

n n

n 16

n n

n ADRIANO MUÑOZ ZAMBRANO

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+755-

n n

n 17

n n

n TERESA ELIETTE MUÑOZ MUÑOZ

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+740-

n n

n 18

n n

n ADRIANO MUÑOZ

n n

n ROCAFUERTE

n n

n 14+760

n n

n 19

n n

n OLGA ELEDINA MUÑOZ ZAMBRANO

n