n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves, 02 de Febrero de 2012 – R. O. No. 632

n

n

n

n

n n

n

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n

n

n 1019 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 135 Refórmase el Estatuto de la Fundación Mindo Cloudforest Foundation (MCF)

n

n

n

n Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración:

n

n

n

n Convenio de Colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el Consulado de Ecuador para establecer el procedimiento de comunicación de incidentes de emergencias entre el Sistema de Emergencias de las Illes Balears (SEIB-112) y los servicios propios del Consulado de Ecuador

n

n

n

n

n

n Notas Reversales Nros. 09914 (chilena) y 11912-GMRECI-GVMCEIE-SNCI-DIRNCB-2011 (ecua-toriana), suscritas en Quito y Santiago el 8 de junio y 25 de julio del 2011, respectivamente, mediante las cuales el Gobierno del Ecuador da a conocer al Gobierno de Chile, las nuevas autoridades competentes dentro del ACE 65, entre Ecuador y Chile, incluido su Apéndice

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 671 Apruébase el Estudio de Estudio de Impacto Ambiental Ex Post y Plan de Manejo Ambiental de la Camaronera ?Josefina 2? de la Compañía PROMARISCO S. A., ubicada en la Isla Sabana Chica, cantón Guayaquil, provincia del Guayas y otórgase la licencia ambiental para la ejecución de dicho proyecto

n

n

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial:

n

n

n

n SPTMF 501/11 Autorízanse las frecuencias, horarios e itinerarios de los servicios públicos relacionados con el transporte marítimo, fluvial y cabotaje a la Cooperativa de Transporte Fluvial y Marítimo de Pasajeros y Carga San Lorenzo del Pailón

n

n

n

n Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos:

n

n

n

n 039/11 Apruébanse los niveles tarifarios de la Superintendencia del Terminal Petrolero de El Salitral para Tráfico Internacional

n

n

n

n Superintendencia de Bancos y Seguros:

n

n

n

n SBS-INJ-2011-961 Califícase al arquitecto Marco Fernando Paredes Tucker, para que pueda desempeñarse como perito avaluador de bienes inmuebles en las instituciones del sistema financiero

n

n

n

n Superintendencia de Compañías:

n

n

n

n SC.INAF.DPYP.G.12.004 Dispónese que la contribución que las compañías y otras entidades sujetas a la vigilancia y control de esta Superintendencia, deben pagar a esta, para el año 2012, la contribución por mil sobre el activo real, de conformidad con lo que establece el inciso tercero del artículo 449 de la Ley de Compañías

n

n

n

n Consejo de la Judicatura de Transición:

n

n

n

n 172-2011 Apruébase el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de las unidades judiciales de familia, mujer, niñez y adolescencia

n

n

n

n Corte Constitucional-Sala de Admisión:

n

n

n

n 0049-10-IN Acción pública de inconstitucionalidad de los artículos 5 numeral 2; 6 numerales 4 y 5; 7 numeral 4; 8 numeral 1; 9; 10; 11; 12; 13 numerales 3, 5 y 6; 14 numeral 3; 15; 16; 17; 18; 21 numeral 7, 26; 27; 32; 38 numeral 13; y; 42 numeral 1 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Legitimado activo: Jaime Mantilla Anderson, Presidente de la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP)

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chillanes: Que regula el Consejo de Seguridad Ciudadana en el cantón

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Palora: Sustitutiva que regula el funcionamiento y ocupación del mercado municipal minorista

n

n

n

n

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales de San Miguel de Cuyes, Amazonas, Nueva Tarqui y Jima: Que expiden el Convenio de Creación de la Mancomunidad del Valle del Río Cuyes y Jima

n

n

n

n Ordenanza Provincial:

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Santa Elena: Que expide la Ordenanza de regulación para el ejercicio de la Función de Participación Ciudadana y Control Social

n

n

n n

n

n n

n

n

n Nº 1019

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior 15404 del 10 de enero del 2012 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad del 12 de este mes, a favor del señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional, quien asistirá a la reunión con autoridades colombo-ecuatorianas en materia de seguridad y defensa, a desarrollarse en Bogotá-Colombia del 12 al 14 de enero; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional, a la ciudad de Bogotá- Colombia, para la reunión de autoridades colomboecuatorianas en materia de seguridad y defensa, del 12 al 14 de enero del 2012.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento se cubrirán del presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 135

n

n

n

n EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 66, numeral 13, reconoce y garantiza a las personas: ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma libre y voluntaria?;

n

n

n

n Que, a través del Decreto Ejecutivo Nº 339, publicado en el Registro Oficial Nº 77 de 30 de noviembre de 1998, el Presidente de la República, delegó a cada Ministro de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia, apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones pertinentes;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30 de diciembre del 2010, publicado en el Registro Oficial Nº 394 del 28 de febrero del 2011, la Ministra del Ambiente, facultó al Coordinador General de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta en el Art. 1, literal d) ?Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a la causales previstas en el Estatuto Social de cada organización?;

n

n

n

n Que, con acción de personal Nº 0217242 de fecha 3 de enero del 2011, se nombra a la Ab. Patricia Serrano, para el cargo de Coordinadora General Jurídica del Ministerio del Ambiente;

n

n

n

n Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de las reformas al Estatuto de la Fundación MINDO CLOUDFOREST FOUNDATION, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha;

n

n

n

n Que, la doctora Doris Jaramillo, funcionaria de la Coordinación General Jurídica de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. MAE-CGAJ-2011-1440 del 18 de julio del 2011, informa sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo VI, Art. 12 del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial Nº 660 de 11 de septiembre del 2002, y Art. 6 del Decreto Ejecutivo Nº 982, publicado en el Registro Oficial Nº 311 del 8 de abril del 2008, para reformar el estatuto social, las mismas que fueron discutidas y aprobadas en asamblea general extraordinaria de miembros, celebrada el 21 de mayo del 2011; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones establecidas en el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador; de los decretos ejecutivos Nº 3054, publicado en el Registro Oficial Nº 660 del 11 de septiembre del 2002 y Nº 982, publicado en el Registro Oficial Nº 311 del 8 de abril del 2008,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aprobar la reforma al Estatuto de la Fundación MINDO CLOUDFOREST FOUNDATION (MCF), las mismas que irán en negrillas y son las siguientes:

n

n

n

n REFORMAS AL ESTATUTO

n

n

n

n En el Título I primero del estatuto auméntese en ?TÍTULO I GENERAL? antes de la palabra ?GENERAL? las palabras ?DE LA FUNDACIÓN EN?.

n

n

n

n Elimínese en el Título I los subtítulos ?DE LA NATURALEZA?, ?DEL DOMICILIO? Y ?DE LOS OBJETIVOS Y FINES?.

n

n

n

n Introdúzcase la subdivisión ?Capítulo I NOMBRE, DOMICILIO Y NATURALEZA JURÍDICA?.

n

n

n

n Elimínense los artículos 1, 2 y 3 del estatuto e introdúzcase en su lugar los siguientes dos artículos:

n

n

n

n Artículo 1.- Nombre y Domicilio.- La fundación lleva el nombre de ?Mindo Cloudforest Foundation?, cuyas siglas son ?MCF? y tiene como domicilio la ciudad de Quito. Podrá establecer otras representaciones en cualquier ciudad del país como del extranjero, siempre de conformidad con la ley, las exigencias establecidas en el estatuto y el Marco Jurídico-Legal aplicable.

n

n

n

n Artículo 2.- Naturaleza.- La Fundación ?Mindo Cloudforest Foundation?, es una persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro. Se regula por el Libro I Título XXX de la Codificación del Código Civil, Leyes y Reglamentos Especiales y el presente estatuto.

n

n

n

n La Fundación ?Mindo Cloudforest Foundation? es apolítica y laica. Prohíbe que sus miembros se identifiquen con partido político alguno o grupo religioso que afecte el buen funcionamiento de la fundación: por lo tanto no asumirá responsabilidad alguna por las opiniones que a título personal expresen sus miembros.

n

n

n

n Introdúzcase después del nuevo ?Artículo 2.- Naturaleza.- ?la subdivisión ?Capítulo II OBJETIVOS, FINES ESPECÍFICOS Y FUENTES DE INGRESOS?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del artículo 4 a ?Artículo 3.- Objetivos.?, y la frase ?El Objetivo de la Fundación ?Mindo Cloud Forest Foundation? es[?]? por ?Los objetivos de la Fundación ?Mindo Cloudforest Foundation?, son[?]?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del artículo 5 a ?Artículo 4.- Fines Específicos.? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Sustitúyase la palabra ?finalidades? por ?fines específicos?, y el artículo ?las? antes de la palabra ?siguientes? por ?los?.

n

n

n

n Sustitúyase en el literal a) – la primera palabra ?Será? por ?Realizar?.

n

n

n

n Agréguese al final del literal c) la frase ?y el desarrollo de proyectos de reforestación bajo la coordinación de la Autoridad Foresta; entre otros?.

n

n

n

n Agréguese en el literal d) después de las palabras ?realizar estudios? las palabras ?y consultorías?.

n

n

n

n Auméntese después del literal e) la palabra ?y,?.

n

n

n

n Elimínese el actual artículo 6.

n

n

n

n Pásese el actual artículo 29 a ser el nuevo ?Artículo 5.- Fuentes de Ingresos.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Sustitúyase la frase ?El Patrimonio de la Fundación se compone:? por ?La Fundación cuenta con las siguientes fuentes de ingreso:?.

n

n

n

n Elimínese en el literal a) la primera palabra ?De?; – Elimínese en el literal b) la primera palabra ?De? y cámbiese la frase ?herencias, legados y donaciones? por ?donaciones, legados y herencias?.

n

n

n

n Elimínese en el literal c) la primera palabra ?De?.

n

n

n

n Elimínese en el literal d) la primera palabra ?De?, sustitúyase la palabra ?o? después de ?entidad pública? por una coma y, agréguese las palabras ?o mixta? después de la palabra ?privada?.

n

n

n

n Agréguese después del literal e) dos más con el siguiente contenido:

n

n

n

n ?f) Las contraprestaciones recibidas por entes privadas, públicas o mixtas en relación con los estudios y consultorías ambientales y de eco-turismo que realiza la fundación dentro de su ámbito de acción; y,

n

n

n

n g) Los frutos naturales y civiles de su patrimonio y actividad.?.

n

n

n

n Agréguese en el ?TÍTULO II MIEMBROS DE LA FUNDACIÓN? antes de la palabra ?MIEMBROS? la palabra ?DE?.

n

n

n

n Elimínese en el nuevo ?TÍTULO II DE MIEMBROS DE LA FUNDACIÓN? los siguientes subtítulos:

n

n

n

n En el Capítulo I el subtítulo ?DE LA CLASE DE MIEMBROS?.

n

n

n

n En el Capítulo II los subtítulos ?DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES?, ?DE LOS DERECHOS? y ?DE LAS OBLIGACIONES?.

n

n

n

n En el Capítulo III los subtítulos ?DE LOS IMPEDIMIENTOS PARA SER MIEMBRO? y ?DEL PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN?.

n

n

n

n En el Capítulo IV el subtítulo ?DE LAS ACCIONES DISCIPLINARIAS?.

n

n

n

n Agréguese en el Título II a las palabras ?CAPÍTULO I? las palabras ?CLASES DE MIEMBROS Y CONDICIONES?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 7 a ?Artículo 6.- Clase de Miembros.?.

n

n

n

n Pásese el actual artículo 11 a ser el nuevo ?Artículo 7.- Impedimentos.?.

n

n

n

n Cámbiese el nombre del actual artículo 8 a ?Artículo 8.- No Transferibilidad.? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Sustitúyase después de las palabras ?a que tenga derecho? la preposición ?de? por la preposición ?a?.

n

n

n

n Cámbiese la coma después de ?a favor de su delegado? por un punto y póngase la siguiente palabra ?las? con ?L? en mayúscula.

n

n

n

n Pásese el actual artículo 10 a ser el nuevo ?Artículo 9.- Terminación.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Elimínese la palabra ?fundadores? después de ?Los miembros?.

n

n

n

n Divídase el literal c) de tal manera que después de la palabra ?o? las siguientes palabras ?extinción de la Fundación? se conviertan en el literal d) del nuevo artículo 9.

n

n

n

n Agréguese en el Título II a las palabras ?CAPÍTULO II? las palabras ?DERECHOS Y OBLIGACIONES?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 9 a ?Artículo 10.- Derechos.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Elimínese las palabras ?y obligaciones?.

n

n

n

n Agréguese en el literal b) antes de ?Asistir? la frase ?Ser convocado oportuna y legalmente a las Asambleas de la Fundación y? cambiándose ?Asistir? a minúscula.

n

n

n

n Sustitúyase en el literal c) la palabra ?expediente? por ?proceso disciplinario o?.

n

n

n

n

n

n Sepárese la segunda parte del actual artículo 9 para que forme el nuevo ?Artículo 11.- Obligaciones.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Agréguese la frase ?Son obligaciones de los miembros:?.

n

n

n

n Elimínese el literal b).

n

n

n

n Pásese a ser el actual literal c) a ser el nuevo literal b).

n

n

n

n Pásese a ser el actual literal d) a ser el nuevo literal c) y agréguese después la palabra ?y,?.

n

n

n

n – Agréguese el nuevo literal d), el mismo que dirá:

n

n

n

n ?d) Guardar reserva acerca de los asuntos internos de la Fundación y la debida confidencialidad de cualquier información sensible como dicte el sentido común.?.

n

n

n

n Agréguese en el Título II a las palabras ?CAPÍTULO III? las palabras ?RÉGIMEN DISCIPLINARIO?.

n

n

n

n Pásese el actual artículo 14 a ser el nuevo ?Artículo 12.- Acciones Disciplinarias.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Agréguese después del literal c) la palabra ?y,?.

n

n

n

n Sustitúyase el actual artículo 15 por el nuevo ?Artículo 13.- Aplicación.?, el mismo que dirá como sigue:

n

n

n

n ?Artículo 13.- Aplicación.- La aplicación de estas acciones será determinada por la Asamblea en sesión extraordinaria convocada para el efecto guardando la debida relación entre la gravedad de la falta y la severidad de la sanción.

n

n

n

n Miembros suspendidos o cancelados tendrán derecho a apelación mediante carta dirigida al Director Ejecutivo quien determinará si el caso amerita ser tratado por la Asamblea.?.

n

n

n

n Agréguese en el Título II a las palabras ?CAPÍTULO IV? las palabras ?RÉGIMEN DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS?.

n

n

n

n Sustitúyase el actual artículo 16 por el nuevo ?Artículo 14.- Competencia.?, el mismo que dirá como sigue:

n

n

n

n ?Artículo 14.- Competencia.- Las controversias que se suscitaren entre uno o varios de los miembros y la Fundación serán resueltas por la Asamblea en sesión extraordinaria convocada para el efecto, la misma que escuchará los argumentos de las partes y de ser procedente dictará la respectiva resolución que será obligatoria para los miembros.

n

n

n

n Si los conflictos internos de la Fundación persistiesen, estos se someterán a la Ley de Arbitraje y Mediación, publicada en el registro oficial 145 de septiembre 4 de 1997, o a la justicia ordinaria.?.

n

n

n

n Agréguese en el Título II a las palabras ?CAPÍTULO V? las palabras ?PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO?.

n

n

n

n Pásese el actual artículo 12 a ser el nuevo ?Artículo 15.- Separación.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Cámbiese la letra inicial de la palabra ?estatuto? en el literal b) a ?Estatuto? con ?E? mayúscula.

n

n

n

n Pásese el actual artículo 13 a ser el nuevo ?Artículo 16.- Expulsión.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Agréguese la palabra ?inmediata? al final de la frase ?son causales de expulsión? y corríjase en el literal f) la palabra ?Hecer? por ?Hacer?.

n

n

n

n Cámbiese la denominación del TÍTULO III ?DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA FUNDACIÓN? por ?DE LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN INTERNA?.

n

n

n

n Sustitúyase el actual artículo 17 por otro que dirá:

n

n

n

n ?Artículo 17.- Órgano Supremo y Representación Legal.- El órgano supremo de la Fundación es la Asamblea General de los miembros. La administración de la Fundación corresponde al Presidente, como representante legal y quien encabeza la Directiva de la misma?.

n

n

n

n Desplácese la subdivisión ?CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN? para que conste después del nuevo artículo 17 y cámbiese la palabra ?ORGANIZACIÓN? por ?ASAMBLEA GENERAL?.

n

n

n

n Elimínese en el Título III el subtítulo ?DE LA ASAMBLEA GENERAL? antes del actual artículo 18.

n

n

n

n Fusiónese el actual artículo 18 con el actual artículo 19 y cámbiese la denominación por ?Artículo 18.- Naturaleza y periodicidad.?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 20 por la de ?Artículo 19.- Atribuciones.-? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Agréguese al final del literal a) la frase ?, bien sean estos verbales o escritos?.

n

n

n

n Agréguese al final del literal b) la frase ?por montos que sobrepasan USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)?.

n

n

n

n Cámbiese en el literal c) las palabras ?a las autoridades y representantes? por ?al Presidente y demás miembros de la Directiva?.

n

n

n

n Agréguese después del literal f) la palabra ?,y?.

n

n

n

n Fusiónese los actuales artículos 21 y 22 en el nuevo ?Artículo 20.- Convocatoria.? y desplácese la última frase del segundo inciso ?El cuórum se conformará con la mitad más uno de los miembros de la Fundación.? para que sea la segunda frase del mismo inciso.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 23 que pasa a ser el nuevo ?Artículo 21.- Votación.-? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Sustitúyase en el literal c) las palabras ?las autoridades y representantes de la Fundación que básicamente son: Presidente, Director Ejecutivo y Director Técnico? por ?la Directiva de la Fundación?.

n

n

n

n Agréguese al final del literal e) la palabra ?, y?.

n

n

n

n Agréguese al final del artículo la frase: ?Para resolver la disolución de la Fundación se requiere el voto conforme de las tres cuartas partes de la nómina total de los miembros, debidamente registrada en el Ministerio del ramo.?.

n

n

n

n En el TÍTULO III auméntese en el ?CAPÍTULO II? las palabras ?DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN?.

n

n

n

n Elimínese el subtítulo ?DE LAS AUTORIDADES Y REPRESENTANTES? antes del actual artículo 24.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 24 por ?Artículo 22.- Integrantes.?, con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Sustitúyase la frase ?Las Autoridades y Representantes de la fundación se conforman:? por la frase ?La Directiva de la Fundación se conforma de:?.

n

n

n

n En el literal a) sustitúyase la primera palabra ?Del? por ?El?, elimínese las palabras ?, durará dos años en sus funciones y puede ser reelegido indefinidamente? y, agréguese después de la palabra ?Asamblea? las palabras ?y la Directiva?.

n

n

n

n En el literal b) sustitúyase la primera palabra ?Del? por ?El?, y elimínese la frase ?Durará dos años en sus funciones, puede ser reelegido indefinidamente.? y agréguese al final la palabra ?y,?.

n

n

n

n En el literal c) cámbiese ?De un Director Ejecutivo y un Director Técnico? por ?Los Directores Ejecutivo y Técnico?. En la primera frase, luego de ?Fundación?, elimínese la parte que dice ?, durarán dos años en sus funciones y pueden ser reelegido indefinidamente?. En la siguiente frase elimínese las palabras ?El Director Ejecutivo y el Director Técnico? y póngase la primera letra de ?desempeñarán? en mayúscula.

n

n

n

n Cámbiese luego del nuevo ?Artículo 22.- Integrantes.? la subdivisión ?CAPÍTULO III? por ?Sección 1ª?.

n

n

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 25 a ?Artículo 23.- Atribuciones.? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n En el literal e) elimínese la frase ?En su ausencia, le subrogarán los otros representantes y autoridades que son: el director Ejecutivo y el Director Técnico en este orden.?.

n

n

n

n En el literal f) sustitúyase las palabras ?firma conjunta del Secretario o del Director Ejecutivo? por ?autorización de la Asamblea General?.

n

n

n

n Elimínese el literal g).

n

n

n

n Conviértase el actual literal h) al nuevo literal g).

n

n

n

n Introdúzcase como nuevo literal h) ?h) Responsabilizarse de la contabilidad de la Fundación?.

n

n

n

n Introdúzcase como nuevo literal i) ?i) Informar por escrito y anualmente a la Asamblea sobre la marcha económica-financiera?.

n

n

n

n Cámbiese el anterior literal i) al nuevo literal j) y agréguese después de ?Presentar? las palabras ?los demás?. – Cámbiese el actual literal j) al nuevo literal k).

n

n

n

n Cámbiese el actual literal k) al nuevo literal l).

n

n

n

n Cámbiese el actual literal l) al nuevo literal m).

n

n

n

n Súbase el ?Capítulo VI Del Secretario? después del nuevo ?Artículo 23.- Atribuciones.? y cámbiese la subdivisión ?Capítulo VI? por ?Sección 2ª?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 28 a ser el nuevo ?Artículo 24.- Atribuciones.? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n En el literal a) agréguese antes de la palabra ?demás? el artículo ?los?. – Elimínese los literales c), d) y e).

n

n

n

n Pásese el actual literal f) a ser el nuevo literal c).

n

n

n

n Pásese el actual literal g) a ser el nuevo literal d) y agréguese a su final la palabra ?y,?.

n

n

n

n Introdúzcase como nuevo literal e) ?e) Las demás atribuciones inherentes a la naturaleza del cargo y las encomendadas por la Asamblea General.?.

n

n

n

n Cámbiese la subdivisión ?Capítulo IV? por ?Sección 3ª?.

n

n

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 26 a ser el nuevo ?Artículo 25.- Atribuciones.? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Elimínese el literal a).

n

n

n

n Pásese el actual literal b) a ser el nuevo literal a).

n

n

n

n Elimínese el literal c).

n

n

n

n Pásese el actual literal d) a ser el nuevo literal b).

n

n

n

n Pásese el actual literal e) a ser el nuevo literal c).

n

n

n

n Pásese el actual literal f) a ser el nuevo literal d).

n

n

n

n Pásese el actual literal g) a ser el nuevo literal e).

n

n

n

n Cámbiese la subdivisión ?Capítulo V? por ?Sección 4ª?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 27 a ser el nuevo ?Artículo 26.- Atribuciones.? con las siguientes modificaciones:

n

n

n

n Agréguese al final del literal c) la palabra ?y,?.

n

n

n

n Sustitúyase la redacción del literal d) por la siguiente: ?d) Las demás atribuciones inherentes a la naturaleza del cargo y las encomendadas por la Asamblea General.?.

n

n

n

n Introdúzcase el nuevo ?CAPÍTULO III MECANISMOS DE ELECCIÓN, DURACIÓN Y ALTERNABILIDAD DE LA DIRECTIVA? con los siguientes artículos:

n

n

n

n ?Artículo 27.- Mecanismo de Elección.- Los miembros de la Directiva de la Fundación serán elegidos por la Asamblea General de conformidad a lo establecido en los artículos 19 y 21 del presente estatuto.

n

n

n

n Artículo 28.- Duración y Alternabilidad.- Los miembros de la Directiva durarán dos años en sus funciones, y podrán ser reelegidos por una vez consecutiva para el mismo cargo y posteriormente luego de un período.?.

n

n

n

n En el Título IV agréguese después de ?DEL PATRIMONIO? las palabras ?Y RÉGIMEN ECONÓMICO?.

n

n

n

n Sustitúyase ?Capítulo Único? por ?CAPÍTULO I PATRIMONIO?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 30 por ?Artículo 29.- Propiedad.?.

n

n

n

n Cámbiese la numeración del actual artículo 31 por ?Artículo 30.- Independencia.? y póngase la primera letra de la palabra ?fundación? en mayúscula.

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n Cámbiese la numeración del actual artículo 32 por ?Artículo 31.- Intangibilidad.?.

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n Cámbiese la numeración del actual artículo 33 por ?Artículo 32.- Disponibilidad.? y cámbiese la redacción en tal sentido que las palabras ?para el cumplimiento de sus objetivos y fines? pasen al inicio de la oración antes de ?La Fundación podrá?, observándose las correspondientes cambios de mayúscula a minúscula y viceversa en las palabras ?la? y ?para?.

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n Introdúzcase el nuevo ?Artículo 33.- Manejo.? que dirá como sigue:

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n ?Artículo 33.- Manejo.- La Asamblea General y la Directiva tendrán facultad para dictar cada una dentro de su respectivo ámbito de funciones las normas necesarias para el adecuado uso y destino del Patrimonio de la Fundación. En caso de duda o falta de armonía prevalece la norma dictada por la Asamblea sobre la norma emitida por la Directiva.

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n La Fundación podrá aceptar donaciones, herencias o legados, siempre y cuando la condición o modo no contraríe una o varias de sus disposiciones estatutarias. Las herencias solo se podrán recibir con beneficio de inventario.

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n La Fundación podrá adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles a cualquier títulos y enajenarlos, solicitar y recibir donaciones en especies o en dinero, dar y recibir préstamos a mutuo, girar, extender, aceptar, endosar, negociar, o protestar toda clase de títulos y documentos negociables, aceptar o ceder créditos, suscribir o renovar obligaciones, designar apoderados judiciales o extrajudiciales, transar en asuntos en que tenga intereses, otorgar, finiquitar y en general, celebrar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley y relacionados con su objetivo. Así mismo, podrá relacionarse con otras sociedades similares.?.

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n Introdúzcase luego del nuevo ?Artículo 33.- Manejo.? el nuevo ?CAPÍTULO II RÉGIMEN ECONÓMICO? y su articulado que dirá como sigue:

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n ?CAPÍTULO II

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n RÉGIMEN ECONÓMICO

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n Artículo 34.- Ejercicio y estados financieros.- El ejercicio fiscal de la Fundación termina el 31 de diciembre de cada año. Los estados financieros de la Fundación se elaborarán por lo menos cada año. La Directiva determinará, según convenga y las circunstancias lo permitan, periodos menores para la preparación de estados financieros.

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n Artículo 35.- Presupuesto.- Los programas de trabajo y presupuestos de la Fundación serán aprobados por la Asamblea General para periodos anuales. La Directiva reglamentará además todo lo concerniente a la elaboración de programas y presupuestos.

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n Artículo 36.- Conservación.- En la formulación de sus programas de trabajo y presupuestos la Fundación tratará de conservar su capital, utilizando para gastos y en la ejecución de sus programas solamente el rendimiento de sus inversiones. El uso del capital para gastos y programas solo podrá autorizarlo la Asamblea General.?.

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n Cámbiese en el actual TÍTULO V las palabras ?DISOLUCIÓN DE LA FUNDACIÓN? por ?CAUSAS PARA DISOLUCIÓN Y PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN?.

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n Sustitúyase ?Capítulo Único? por ?CAPÍTULO I DISOLUCIÓN?.

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n 58. Elimínese el actual artículo 34.

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n 59. Introdúzcase los nuevos artículos 37 y 38, los mismos que dirán como sigue:

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