n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Martes, 23 de Junio de 2009 – R. O. No. 618

n

SEGUNDO SUPLEMENTO

n n

n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n n ACUERDOS: n n n

MINISTERIO COORDINADOR DE

n

ATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL:

n n

MCPNC-2009 007 Encárgase al BSc. Malki Sáenz García, Subsecretario de Políticas y Seguimiento, esta Cartera de Estado

n n n

MCPNC-2009-008 Declárase en comisión de servicios al doctor Alexis Rivas Toledo, Viceministro de esta Cartera de Estado, para que asista como representante del Ecuador al Octavo Período de Sesiones del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas por el Avance Sustantivo de los Derechos de Pueblos y Nacionalidades Indígenas a realizarse en la ciudad de New York, Estados Unidos de Norteamérica

n n n

MINISTERIO DE CULTURA:

n n 098-2009 Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica a la Fundación Incuba Films, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n n n n n n n

RESOLUCION: n n MINISTERIO DE FINANZAS: n n

COMITE DE DEUDA Y FINANCIAMIENTO:

n n

1…………. Autorízase al I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, para que, celebre con la Corporación Andina de Fomento, CAF, uncontrato de préstamo, con la garantía soberana de la República del Ecuador, por un monto de hasta US $ 110’000.000,00, destinado a financiar parcialmente el Proyecto de Inversión para la Construcción de la Carretera Gualo – Puembo, que permitirá el acceso al Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito, cuya ejecución estará a cargo de la Empresa Municipal de Movilidad y Obras Públicas de Quito

n n

CONSEJO DIRECTIVO DEL

n

INSTITUTO ECUATORIANO DE

n

SEGURIDAD SOCIAL:

n n RESOLUCION: n n

C.D. 266. Expídense varias reformas al Reglamento General de Préstamos Hipotecarios para la adquisición de unidades de vivienda terminada, construcción, remodelación y ampliación de vivienda, contenido en la Resolución Nº C.D. 215 de 5 de agosto del 2008

n n Nº MCPNC-2009 007 n n

LA MINISTRA COORDINADORA DE

n

PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL

n n Considerando: n n

Que, mediante Acuerdo No. 713 de 7 de mayo del 2009, el señor Vinicio Alvarado Espinel, Secretario General de la Administración Pública, autoriza a la suscrita para su desplazamiento a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile del 13 al 16 de mayo del 2009, para que participe en la decimonovena Cumbre Global de Mujeres, con el tema “Proponiendo nuevos paradigmas para el Liderazgo Político y Económico; y, del 17 al 20 de mayo del 2009, a Buenos Aires-Argentina, con el objeto de mantener reuniones y realizar gestiones oficiales con autoridades de ese país, respecto a recuperación de piezas arqueológicas; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nro. 131 de 23 de febrero del 2007, publicado en el Registro Nro. 35 de 7 de marzo del 2007, los ministros de Estado dentro de su competencia podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos ministerios cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando estimen conveniente,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Encargar el Ministerio de Coordinación de Patrimonio Natural y Cultural, al BSc. Malki Sáenz García, Subsecretario de Políticas y Seguimiento, de esta Cartera de Estado, en el período del 14 al 20 de mayo del 2009, por encontrarse en Chile y posteriormente en Argentina.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los 11 días del mes de mayo del 2009.

n n

f.) Doris Solíz Carrión, Ministra Coordinadora de Patrimonio Natural y Cultural.

n n n n n n n N° MCPNC-2009-008 n n

Doris Soliz Carrión

n

MINISTRA COORDINADORA DE PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL

n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No.117-A, publicado en el Registro Oficial No. 33 de 5 de marzo del 2007, se incorpora al Art. 16 del Estatuto de Régimen Jurídico de la Función Ejecutivo al Ministerio de Coordinación de la Producción, Ministerio de Coordinación de la Política Económica, Ministerio de Coordinación de la Seguridad Interna y Externa, Ministerio de Coordinación de Patrimonio Natural y Cultural y Ministerio de Coordinación de la Política;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 751 de 15 de noviembre del 2007, se nombra a la socióloga Doris Soliz Carrión como Ministra Coordinadora de Patrimonio Natural y Cultural;

n n

Que en la ciudad de New York, Estados Unidos de Norteamérica, del 18 al 29 de mayo del 2009 se realizará el Octavo Período de Sesiones del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas por el Avance Sustantivo de los Derechos de Pueblos y Nacionalidades Indígenas al cual ha sido invitado el Ministerio de Coordinación de Patrimonio Natural y Cultural;

n n

Que este importante evento de trascendencia internacional contribuye a posicionar el trabajo del Gobierno Nacional a favor de la equidad social, cultural y étnica en el país;

n n

Que mediante autorización No. 534 de 11 de mayo del 2009, el Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública, concede autorización de viaje al exterior a favor del doctor Alexis Rivas Toledo, Viceministro del Ministerio Coordinador de Patrimonio Natural y Cultural para asistir a dicho Foro en representación de la Ministra Coordinadora de Patrimonio Natural y Cultural del 17 al 21 de mayo del 2009; y,

n n

En ejercicio de las facultades establecidas en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República y los artículos 17 y 55 del Estatuto de Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva, y el literal b4) del artículo 12 reformado del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio Coordinador de Patrimonio Natural y Cultural,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Declarar en comisión de servicios al doctor Alexis Rivas Toledo, Viceministro del Ministerio de Coordinación de Patrimonio Natural y Cultural del 17 al 21 de mayo del 2009, para que asista como representante del Ecuador al Octavo Período de Sesiones del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas por el Avance Sustantivo de los Derechos de Pueblos y Nacionalidades Indígenas a realizarse en la ciudad de New York, Estados Unidos de Norteamérica.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Los gastos relativos a traslado y viáticos por tres días serán cubiertos por el Fondo de Población de Naciones Unidas, UNFA., y los dos días restantes con cargo al presupuesto del Ministerio Coordinador de Patrimonio Natural y Cultural.

n n

El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Comuníquese y publíquese. n n Dado en Quito, a 12 de mayo del 2009. n n

f.) Doris Soliz Carrión, Ministra Coordinadora de Patrimonio Natural y Cultural.

n n

MINISTERIO COORDINADOR DE PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 5 de junio del 2009.- f.) Ilegible.

n n

No. 098-2009

n n

EL MINISTRO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador consagra “…El derecho asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”;

n n

Que el Título XXX del Libro I del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a través de Decreto Ejecutivo No. 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió el “Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil, denominación sustituida con Decreto Ejecutivo No. 610 de 7 de septiembre del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 171 de 17 de septiembre del 2007, por la siguiente: “Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales”;

n n

Que con Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008, se expidieron varias reformas al Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 095-2009 de 28 de mayo del 2009, se encarga el Ministerio de Cultura al ingeniero Francisco Salazar Larrea actual Viceministro de Cultura; desde el día 29 de mayo del 2009 hasta el día 30 de mayo del 2009;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación del estatuto de la Fundación Incuba Films, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 5 de 15 de enero del 2007,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Fundación Incuba Films, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República de Ecuador y conceder personalidad jurídica a dicha Institución, con el siguiente agregado:

n n

“Articulado….- La fundación se someterá a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada.

n n

Serán las actividades de la fundación y/o de sus personeros las que determinen si ésta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n

La fundación cumplirá estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil”,

n n

Art. 2.- La fundación se sujetará a lo dispuesto en las reformas al Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, y registro de socios y directivas, de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales, expedidas en el Decreto Ejecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008, en especial lo previsto en los artículos 5 y 30 de las reformas al reglamento.

n n

Art. 3.- Remitir copia de este acuerdo ministerial a la Dirección del Registro Oficial para su publicación. Este acuerdo entrará en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese y publíquese- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 29 días del mes de mayo del 2009.

n n f.) Francisco Salazar Larrea, Ministro de Cultura (E). n n n n n n n No. 1 n n

MINISTERIO DE FINANZAS

n n

COMITE DE DEUDA Y FINANCIAMIENTO

n n Considerando: n n

Que mediante comunicaciones Nos. A 0021 y 0187 de 13 de septiembre y 4 de diciembre del 2007, el Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito solicitó al Ministro de Economía y Finanzas, se oficialice ante la Corporación Andina de Fomento, CAF, el pedido para el otorgamiento de un crédito al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, por la suma de US $ 110’000,000.00, destinado a financiar la construcción de la vía de acceso al Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (Avenida Simón Bolívar – Gualo – Cocotog – Puembo – Conector Alpachaca), el mismo que sería avalado por el Estado ecuatoriano;

n n

Que la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES, a través del oficio No. SENPLADES-SPPIPdipp-2008-37 01233 de 1 de febrero del 2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 letra b) de la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal y 23 de su Reglamento, emitió el dictamen de prioridad al proyecto «Acceso al Nuevo Aeropuerto de Quito Ruta Zámbiza (Av. Simón Bolívar – Gualo – Cocotog ­Puembo – Conectar Alpachaca)»;

n n

Que mediante oficio No. MEF-SCP-2008-0541 de 2 de abril del 2008, el Ministro de Finanzas a la época, Fausto Ortiz, comunicó al Representante de la Corporación Andina de Fomento en el Ecuador, Luis Palau Rivas, que el Estado ecuatoriano concedería la garantía soberana al crédito que por US $ 110 millones otorgaría ese Organismo Financiero Multilateral al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, para la construcción de la carretera Gualo – Puembo, proyecto que aseguraría a los usuarios la accesibilidad a los servicios aeroportuarios integrales, en el nuevo aeropuerto de Quito, una vez que se cumpla con las disposiciones legales que en materia de endeudamiento público externo contempla la legislación ecuatoriana, entre otras, que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito demuestre que tiene capacidad de pago para atender el servicio de la deuda del crédito a contratarse;

n n

Que mediante oficio No. MEF-SCP-2008-610 de 16 de abril del 2008, el Subsecretario de Crédito Público, Roberto Murillo Cavagnaro comunica a la Directora Adjunta de la CAF en el Ecuador, Constanza Calderón, que luego de realizar el análisis financiero correspondiente del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, se concluye que dicha entidad tiene capacidad de pago para atender sus obligaciones del servicio de la deuda, incluyendo las del nuevo crédito a contratarse con la CAF, y se determina que dicho Municipio no supera los límites de endeudamiento, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal, LOREYTF;

n n

Que la Secretaria General del Concejo Metropolitano de Quito, mediante oficio No. SG 0998 de 13 de mayo de 2008, comunicó que dicho Concejo, en sesión pública ordinaria realizada el 8 de mayo del 2008, resolvió calificar la viabilidad técnica, financiera, económica y social; declarar la prioridad del proyecto de «Construcción de la Ruta Zámbiza (Gualo – Cocotog- Puembo- Conector Alpachaca – acceso al Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito)»; y, autorizar al Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, a suscribir los convenios y documentos que demanden la concreción del préstamo con la CAF;

n n

Que mediante oficio No. VIN-241/2008 de 1 de agosto de 2008, el Vicepresidente Corporativo, encargado de la Corporación Andina de Fomento, CAF, comunicó al Alcalde Metropolitano de Quito, que la Corporación Andina de Fomento, CAF, mediante Resolución de Directorio No. 1805/2008 de 10 de julio del 2008, aprobó un préstamo hasta por US $ 110 millones (ciento diez millones de dólares de Estados Unidos de América), a favor del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, con la garantía del Estado ecuatoriano, destinado a financiar parcialmente el proyecto de inversión «Autopista Gualo ­Puembo», y cuya ejecución estaría a cargo de la Empresa Municipal de Movilidad y Obras Públicas de Quito (EMMOP-Q);

n n

Que mediante memorando No. MF-SCP-2008-158 de 7 de agosto del 2008, la Coordinación de Operaciones Financieras de la Subsecretaría de Crédito Público, sobre la base del análisis de los resultados financieros y económicos presentados por la EMMOP-Q, en reunión efectuada el 5 de agosto del 2008, entre funcionarios del Ministerio de Finanzas y de la referida empresa, emitió la Calificación de Viabilidad económica y financiera del proyecto de Acceso al Nuevo Aeropuerto de Quito, ruta Gualo – Cocotog – Puembo – Corredor Alpachaca;

n n

Que el Procurador General del Estado Subrogante, a través del oficio No. 03594 de 26 de septiembre del 2008, autorizó a someter al país al arbitraje internacional, siempre y cuando se incorporen las observaciones a la cláusula 29 del Proyecto de Contrato de Préstamo, detalladas en el numeral 3 de dicho oficio;

n n

Que el Representante de la CAP en el Ecuador, mediante comunicación No. CAF-2008-629 de 23 de octubre del 2008, remite un nuevo texto del proyecto de Contrato de Préstamo, en el que se incluyen ciertos cambios ante el pronunciamiento del Procurador General del Estado;

n n

Que la Procuraduría General del Estado, mediante oficio No. 04532 de 5 de noviembre del 2008, como alcance al oficio No. 03594 de 26 de septiembre del 2008, señala que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado y el artículo 42 de la Ley de Arbitraje y Mediación, se autorizó someter al país a arbitraje internacional, una vez que se han subsanado las observaciones a la cláusula 29 del proyecto de Contrato de Préstamo entre la Corporación Andina de Fomento y el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito;

n n n

Que la Subsecretaria de Crédito Público presentó a la Ministra de Finanzas, el correspondiente informe contenido en el memorando No. MF-SCP-2008-249 de 20 de noviembre del 2008, manifestando que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, tiene capacidad de pago para atender sus obligaciones del servicio de la deuda y de contraparte local, del crédito a contratarse con la CAP por US $ 110’000.000,00, destinado a financiar el proyecto de inversión para infraestructura vial «Construcción de la carretera Gualo – Puembo, que permitirá el acceso al Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito», el que contaría con la garantía soberana de la República del Ecuador; y, que para la suscripción de los Contratos de Préstamo y de Garantía, se han cumplido con las disposiciones contenidas en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control y con lo que disponen los artículos 9 y 10 de la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal, por lo que recomienda a la Ministra de Finanzas que apruebe el endeudamiento respectivo, así como los términos y condiciones financieras del préstamo;

n n n

Que la Procuraduría General del Estado, mediante ofició No. 05736 de 16 de enero del 2009, por una parte, emitió dictamen favorable al otorgamiento de la garantía que consta en el proyecto de Contrato de Garantía por parte de la República del Ecuador, a través del Ministerio de Finanzas, al Contrato de Préstamo a suscribirse entre la Corporación Andina de Fomento y el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; y, por otra, autorizó someter a la República del Ecuador a arbitraje internacional en derecho bajo lo convenido por el Ministerio de Finanzas en la cláusula Sexta del proyecto de Contrato de Garantía, en iguales condiciones y con las observaciones y enmiendas efectuadas por dicha Procuraduría a la cláusula 29 del proyecto de Contrato de Préstamo antes mencionado, mediante oficios Nos. 03594 de 26 de septiembre y 04532 de 5 de noviembre de 2008;

n n

Que mediante oficio No. 05793 de 22 de enero del 2009, la Procuraduría General del Estado, ante el pedido de aclaración del oficio No. 04532 de 5 de noviembre del 2008, formulado por la Subsecretaría de Crédito Público, señala, por una parte, que mediante oficios Nos. 03594 de 26 de septiembre y 04532 de 5 de noviembre del 2008, se autorizó exclusivamente al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito a someterse a arbitraje internacional según lo acordado en el Proyecto de Contrato de Préstamo a ser suscrito con la Corporación Andina de Fomento, sin que esta autorización se haya extendido al Ministerio de Finanzas; y, por otra parte, que mediante oficio No. 05736 de 16 de enero del 2009, dirigido a la Subsecretaría de Crédito Público, se autorizó someter a la República del Ecuador a arbitraje internacional de conformidad con lo convenido por el Ministerio de Finanzas en la cláusula Sexta del Proyecto de Contrato de Garantía a ser suscrito con la Corporación Andina de Fomento;

n n n

Que mediante oficio No. T.3766-SGJ-09-537 de 17 de febrero del 2009, el Secretario General Jurídico de la Presidencia de la República, remite al Ministerio de Finanzas, para el trámite pertinente, un ejemplar original del Acta de la sesión del Comité de Deuda y Financiamiento, que se llevó a cabo el 12 de enero del año en curso, en la cual se concede la garantía soberana al crédito que por US $ 110 millones, otorgaría la CAF a favor del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, destinado al proyecto de inversión para infraestructura vial «Construcción de la carretera Gualo – Puembo, que permitirá el acceso al nuevo Aeropuerto de Quito»;

n n n

Que la Ministra de Finanzas expidió la Resolución No. 005 de 1 de abril del 2009, por la que aprueba los términos y condiciones de los proyectos de Contratos de Préstamo y Garantía, así como también su suscripción; y,

n n n

En uso de la atribución que le confieren el artículo 289 de la Constitución de la República, y el artículo 13 de la Ley Orgánica de Recuperación del Uso de los Recursos Petroleros,

n n