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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Lunes, 27 de Abril de 2009 – R. O. No. 578

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FUNCION EJECUTIVA n n DECRETOS: n n

1669……. Créase la Comisión encargada de diseñar, promover, articular y monitorear la implementación de una Estrategia Anti Crisis de Defensa del Empleo

n n n

1670……. Asígnase a la Secretaría Técnica de Gestión de Riesgo las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones que la Ley de Defensa Contra Incendios establece para el Ministerio de Bienestar Social, hoy Ministerio de Inclusión Económica y Social, MIES

n n n

1671……. Amplíase a 180 días el plazo para que las fundaciones y corporaciones que de cualquier forma estén percibiendo recursos públicos se acrediten ante el Ministerio correspondiente; si vencido dicho plazo no se hubieren acreditado, se suspenderá la entrega de dichos recursos

n n n ACUERDOS: n n n

SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION:

n n n

675……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Carlos Marx Carrasco, Director General del SRI

n n n

676……… Autorízase licencia con cargo a vacaciones al arquitecto Galo Borja, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos

n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

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030……… Refórmase el Acuerdo Ministerial Nº 106, publicado en el Registro Oficial Nº 391 del 29 de julio del 2008, que fija los valores por concepto de derechos de autogestión de los servicios que presta la Dirección del Parque Nacional Galápagos

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MINISTERIO DE GOBIERNO:

n

132……… Apruébase el estatuto y otórgase personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Misión Bíblica Cristiana “Embajadores de Jesucristo el Rey”, con domicilio en la ciudad de El Pangui, provincia de Zamora Chinchipe

n n

150……… Deléganse atribuciones al doctor Ramiro Rivadeneira Silva, Subsecretario Jurídico de esta Cartera de Estado

n n

151……… Desígnase al doctor Ramiro Rivadeneira Silva, Subsecretario Jurídico, como delegado ante la Comisión Especial de Límites Internos de la República, CELIR

n n CONSULTAS DE AFORO: n n

CORPORACION ADUANERA

n ECUATORIANA: n n GGN-CGGA-DNV-JCN-OF-026 Relativo al producto “Software License Certificate” n n n

GGN-CGGA-DNV-JCN-OF-027 Relativo al producto “Planta para la producción de alimentos balanceados (con sistema de pelletizado)”

n n GGN-CGGA-DNV-JCN-OF-028 Relativo al producto “Lavadora de alfombras” n n n RESOLUCIONES: n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n n

063……… Apruébase el Estudio de Impacto Ex-Post (Auditoría Ambiental Inicial) para el Proyecto Sistema La Mica y Planta de Tratamiento El Troje y otórgase la Licencia Ambiental a la Empresa Metropolitana de Alcantarillado y Agua Potable de Quito, para la ejecución de dicho proyecto

n n

065……… Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Construcción del Puente sobre el Estuario del Río Chone y otórgase la Licencia Ambiental al Ministerio de Transporte y Obras Públicas-MTOP, para la ejecución de dicho proyecto

n n n

CONSEJO NACIONAL DE

n AVIACION CIVIL: n n

184/2008 Establécese que la única instancia de resolución en todos los trámites relacionados con el otorgamiento, modificación, renovación, suspensión o cancelación de las concesiones y los permisos de operación para la explotación de servicios de transporte aéreo público en sus diversas modalidades, es el Pleno del Consejo Nacional de Aviación Civil

n n

024/2009 Determínase que la elaboración y aprobación del texto y formato de la “Cartilla del Usuario” es responsabilidad exclusiva de la autoridad aeronáutica ecuatoriana

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INSTITUTO ECUATORIANO DE LA

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PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-:

n n

09-129 P-IEPI Deléganse facultades al licenciado Pablo Hernán Córdova Cordero, Director General de Gestión Institucional

n n

09-131 P-IEPI Deléganse facultades a varios funcionarios de esta Secretaría de Estado, para que en calidad de usuarios, utilicen las herramientas del Sistema Nacional de Contratación Pública

n n

09-133 P-IEPI Desígnase al abogado José Manuel Martínez Vera, Director Nacional del IEPI

n n

09-134 P-IEPI Dispónese que la doctora Nathalia Verónica Jaramillo del Pozo, funcionaria de esta entidad, ejerza las atribuciones propias de la Dirección de la Unidad de Oposiciones y Tutelas Administrativas

n n

INSTITUTO NACIONAL DE

n

ESTADISTICA Y CENSOS:

n n

055-DIRG-2009 Expídese el Instructivo para el manejo del fondo a rendir cuentas de la actualización cartográfica y precenso de viviendas del VII Censo de Población y VI de Vivienda

n n

056 DIRG 2009 Desígnanse a varios funcionarios ordenadores de gasto y de pagos

n n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

n

IRECCION REGIONAL DEL

n AUSTRO: n n RAU-JURRDFI09-00008 Desígnanse facultades al Jefe del Departamento de Reclamos n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

………. Gobierno Municipal de Otavalo: Que expide la Ordenanza sustitutiva a la Ordenanza que regula la ocupación de espacios públicos y mercados

n n

………. Gobierno Municipal de Pedro Moncayo: Sustitutiva que reglamenta el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos

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n n n n n n n n n

n No. 1669 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que el artículo 33 de la Constitución de la República establece que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía; y, que el Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado;

n n

Que el artículo 284 número 6 de la Constitución de la República determina como objetivos de la política económica, impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los derechos laborales; y, mantener la estabilidad económica, entendida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo;

n n

Que el artículo 325 de la Constitución de la República del Ecuador señala que el Estado garantizará el derecho al trabajo;

n n

Que ante la crisis económica internacional, que ha incidido negativamente en el crecimiento económico mundial y que amenaza con afectar a sectores generadores de empleo, es necesaria la acción decidida de los gobiernos nacionales;

n n

Que lo que ha entrado en crisis es un modelo económico que ha privilegiado las lógicas especulativas y rentistas antes que el estímulo y la promoción de la economía real y el privilegio de políticas distributivas y redistributivas, por lo que es necesario una nueva estrategia de desarrollo;

n n

Que el Plan Nacional de Desarrollo establece como política, propiciar el empleo emergente, promoviendo estímulos y preferencias a proyectos, que tengan mayor impacto en el mercado laboral como instrumentos para el fortalecimiento y la dinamización de la economía y la reducción del desempleo y subempleo;

n n

Que es necesario tomar medidas urgentes en materia de política de empleo a fin de mitigar los efectos la crisis económica mundial que está desplazando mano de obra a sus países de origen, situación que está afectando al país;

n n

Que las actividades micro y pequeño empresariales están generando una cantidad importante de empleo y trabajo, sin mencionar su aporte a la producción y generación de ingresos del país, por lo que es menester garantizar el acceso a activos, capacitación, asistencia técnica, financiamiento, mercados y otros productos y servicios que apoyen, fomenten y guíen su expansión, crecimiento y productividad;

n n

Que el empleo y el trabajo digno tienen como ejes a la generación y mejoramiento de las capacidades a través de la capacitación y formación profesional, la creación de una institucionalidad y de herramientas que vinculen al sector productivo con los trabajadores, todo ello en el contexto de una economía solidaria y la política que propende a asegurar ingresos equitativos; y,

n n

En ejercicio de la facultad conferida por los números 3 y 5 del artículo 147 de la Constitución de la República,

n n Decreta: n n

Art. 1.- Créase la comisión encargada de diseñar, promover, articular y monitorear la implementación de una Estrategia Anti Crisis de Defensa del Empleo.

n n

Art. 2.- Definir a la Estrategia Anti Crisis de Defensa del Empleo como un conjunto sistémico de políticas públicas, programas y proyectos, orientadas a minimizar el impacto de la crisis económica internacional en el mercado laboral ecuatoriano. La estrategia planteará un conjunto de políticas, programas y proyectos de fomento productivo con impacto en el corto plazo, que permitan complementar a las políticas de generación de empleo ya existentes, desarrolladas en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, y que potencialicen la empleabilidad, promuevan la creación de nuevos empleos y protejan la estabilidad laboral y las condiciones socioeconómicas de los hogares ecuatorianos, en el contexto de crisis internacional.

n n

Art. 3.- Los componentes de la Estrategia Anti Crisis serán, principalmente, los siguientes: i) Inclusión económica de micro y pequeños productores; ii) Fomento a la economía popular y solidaria; iii) Fomento productivo, sobre todo a los sectores intensivos en empleo; iv) Orientación de la inversión pública hacia actividades intensivas en empleo; y, v)

n n

Protección de los ingresos de las familias ecuatorianas.

n n

Art. 4.- La Comisión para la Estrategia Anti Crisis de Defensa del Empleo estará integrada de la siguiente forma:

n n

a) Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo o su delegado, quien lo presidirá;

n n b) Ministro Coordinador de Desarrollo Social o su delegado; n n

c) Ministro Coordinador de la Producción, Competitividad y Comercialización o su delegado;

n n d) Ministro Coordinador de la Política Económica o su delegado; n n e) Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos o su delegado; n n

f) Ministro Coordinador de Patrimonio Cultural y Natural o su delegado;

n n g) Ministro de Trabajo, o su delegado; y, n n h) Ministro de Inclusión Económica y Social o su delegado. n n

La comisión se reunirá con la periodicidad necesaria, o cuando lo convoque su Presidente y tendrá potestad para convocar a los ministerios e instituciones públicas que considere pertinente. Las resoluciones que tome la comisión son de cumplimiento obligatorio para las entidades públicas que conforman la Función Ejecutiva.

n n

Art. 5.- Serán deberes y atribuciones de la Comisión Anti Crisis y Defensa del Empleo:

n n

a) Proponer, promover y hacer seguimiento a las políticas públicas de defensa del empleo en el contexto de la crisis internacional vigente;

n n

b) Articular y promover la creación de nuevos programas o fusionar los existentes, con el fin de que la Estrategia Anti Crisis de Defensa del Empleo sea eficiente y alcance la mayor cobertura;

n n

c) Coordinar la asignación de los recursos necesarios para implementar los diferentes componentes de la Estrategia Anti Crisis y Defensa del Empleo;

n n d) Dictar normas para el cumplimiento de sus objetivos; y, n n

e) Invitar a miembros de la sociedad civil a fin de que conformen los comités consultivos a los que hace referencia el artículo 6 del presente decreto.

n n n

Art. 6.- La comisión tendrá comités consultivos conformados por diferentes sectores de la sociedad civil, y establecerá los mecanismos de diálogo y coordinación para generar consensos con los sectores sociales, sindicales, productivos, empresariales y comunitarios.

n n n

Art. 7.- Los ministerios coordinadores serán encargados de coordinar y monitorear la ejecución de la estrategia dentro del ámbito de sus competencias. La SENPLADES, en coordinación con el INEC, se encargará de la evaluación de la implementación de la Estrategia Anti Crisis de Defensa del Empleo.

n n DISPOSICIONES GENERALES n n

PRIMERA.- La banca pública priorizará la colocación de recursos en los sectores altamente generadores de empleo y establecerá el factoraje para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) nacionales, a través de la banca pública y del mercado de valores, y nuevos instrumentos de financiamiento para que, en el corto plazo, se dé respuesta inmediata a las necesidades apremiantes de liquidez de los sectores prioritarios.

n n

SEGUNDA.- Definir como política del Gobierno, la adopción de programas y proyectos de infraestructura intensivos en empleo, apoyadas por equipamiento en los programas y proyectos seleccionados que consten o puedan constar en el Plan Anual de Inversiones 2009, donde se use una mayor intensidad de mano de obra, como la tecnología de primera elección, para aliviar el subempleo y desempleo, promocionar la autoconfianza y dinamizar la economía.

n n

TERCERA.- Disponer que, de conformidad con el artículo 28 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, el Ministro de Industrias y Competitividad presente en el plazo de diez días, contados a partir de la expedición de este decreto ejecutivo, los parámetros sobre los cuales se considerarán las obras, bienes y servicios de origen nacional a esta comisión.

n n

CUARTA.- Disponer al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Compras Públicas -INCP- que presente los márgenes de preferencia que las entidades públicas contratantes, que se deberán incluir obligatoriamente en los pliegos de condiciones y aplicar en la evaluación de ofertas. Los márgenes de preferencia deberán privilegiar la contratación con micro y pequeñas empresas, y con aquellas medianas y grandes empresas que efectivamente garanticen la generación y mantenimiento de empleo.

n n

QUINTA.- Disponer a las autoridades de los ministerios e instituciones de la Administración Central e Institucional, que cumplan con los márgenes de preferencia antes citados y favorezcan la contratación de obras, bienes y servicios que garanticen efectivamente el empleo.

n n

SEXTA.- Se dispone que en la construcción, mantenimiento de obras y prestación de servicios que contraten los ministerios y demás instituciones de la Administración Pública, directamente o a través de proveedores, se dé prioridad a la mano de obra local, calificada y registrada en el programa socio empleo, así como a aquellos que se registren en la bolsa de trabajo del Ministerio de Trabajo y Empleo, de todas aquellas bolsas de empleo públicas o privadas que se integren al programa.

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SEPTIMA.- Se dispone que la comisión presente al Presidente de la República una propuesta de reformas normativas, necesarias para agilitar los procesos que permitan un acceso más directo de los micros y pequeños productores a los procesos administrativos de contratación pública, así como sobre la facturación del IVA a las instituciones públicas y su devolución a los proveedores.

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OCTAVA.- La Estrategia Anti Crisis de Defensa del Empleo deberá considerar y potenciar los programas sociales sectorial