n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Lunes, 17 de Octubre de 2011 – R. O. No. 557

n

n

n n

n Decretos Ejecutivos

n

n

n

n 892-A Asciéndese al grado de General de Distrito, al Coronel de Policía de E.M. Juan Ruales Almeida

n

n

n

n 898 Ratifícase en todos sus artículos el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y el Gobierno de la República del Ecuador para la Complementación del Proyecto de ?Apoyo a la Creación de un Sistema de Información Nacional de Recursos Hídricos Forestales?

n

n

n

n 899 Ratifícase en todos sus artículos el Convenio entre la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela para la Restitución de Bienes Culturales Robados, Importados, Exportados o Transferidos Ilícitamente

n

n

n

n 900 Ratificase en todos sus artículos el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y el Gobierno de la República del Ecuador para la Implementación del Proyecto de ?Apoyo Técnico para el Fortalecimiento de las Funciones Regulatorias de Pre y Post Autorización de Medicamentos en el Ecuador?

n

n

n

n 901 Ratifícase en todos sus artículos la propuesta de revisión del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

n

n

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n

n

n 884 Modifícase el Acuerdo Nº 883 de 23 de septiembre del 2011

n

n

n

n 885 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al ingeniero Jorge Glas Espinel, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos

n

n

n

n 886 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Carlos Marx Carrasco Vicuña, Director General del Servicio de Rentas Internas

n

n

n

n 887 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la economista Verónica Sión de Josse, Ministra de Industrias y Productividad

n

n

n

n Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración:

n

n

n

n Convenio de Cooperación Cultural entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador y la Fundación Colegio Americano de Quito

n

n

n

n Convenio Interinstitucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el Ministerio de Turismo del Ecuador para la Promoción Turística a Través de las Misiones Diplomáticas, Consulados y Oficinas Comerciales del Ecuador

n

n

n

n Comunicado Conjunto sobre el Establecimiento de Relaciones Diplomáticas entre la República del Ecuador y la República Democrática de Timor – Leste

n

n

n

n Banco Central del Ecuador:

n

n

n

n 021-2011 Que tiene relación con el Sistema de pagos y transacciones móviles

n

n

n

n Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de la Calidad:

n

n

n

n 11 276 Oficialízase con el carácter de obligatorio el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 058 ?Huevos y ovoproductos?

n

n

n

n Ministerio de Relaciones Laborales:

n

n

n

n EMRL-2011-00434 xpídese la norma que fija los porcentajes para el reconocimiento de la remuneración variable por eficiencia que se cancelará a las y los servidores que laboran en las embarcaciones marítimas de la Flota Petrolera Ecuatoriana, FLOPEC

n

n

n

n Junta Bancaria:

n

n

n

n JB-2011-1989 Refórmase el Capítulo I ?Normas sobre el régimen de reservas técnicas?, del Título IV ?Normas de prudencia técnica?, del Libro II ?Normas generales para la aplicación de la Ley General de Seguros? de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

n

n

n

n JB-2011-1992 Inclúyese el artículo 21 y reenumérase el restante en el Capítulo XIV ?De la conclusión de los procesos de liquidación forzosa?, del Título XVIII ?De la disolución, del proceso de resolución bancaria y liquidación de instituciones del sistema financiero?, del Libro I ?Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero? de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria

n

n

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n

n

n NAC-DGERCGC11-00384 Deléganse atribuciones a los jefes regionales de Recursos Humanos y Jefe de la Oficina Nacional

n

n

n

n Corte Constitucional- Sala de Admisión:

n

n

n

n 0013-11-IN y 0005-10-IN Acción pública de inconstitucionalidad mediante la cual solicita la declaratoria de inconstitucionalidad por el fondo de la Octava Disposición Transitoria de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nº 22 de 9 de septiembre del 2009. Legitimado activo: Edgar Estuardo Escobar Moras

n

n

n

n

n

n 0014-11-IN Acción pública de inconstitucionalidad en contra de los ?Artículos 57 y 60 de la Ley Orgánica de Educación Superior, publicada en el (Registro Oficial Nº 298 de 12 de octubre del 2010?) R. O. (SP) oct. 12 No. 298 de 2010. Legitimado activo: Galo Mandiola German, Presidente Nacional (E) de la FEUE

n

n

n

n 0024-11-IN y 0018-11-IN Acción pública de inconstitucionalidad mediante la cual solicita se declare la inconstitucionalidad en contra de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nº 415 de 29 de marzo del 2011. Legitimados Activos: Jorge Oswaldo Calderón Cazco, Presidente de la CTTE y FEDOTAXIS, Alberto Jesús Arias Ramírez, Gerente Administrativo de la CTTE y Presidente de la FENATU, Víctor Hugo Bonifaz Gómez, Presidente de la Federación Nacional de Transporte Escolar e Institucional del Ecuador y Napoleón Cabrera Yumbal, Presidente de la Federación de Carga Liviana del Ecuador

n

n

n

n 0031-11-IN y 0026-11-IN Acción pública de inconstitucionalidad mediante la cual solicita se declare la inconstitucionalidad de los artículos 230, 231, 232 y 233 del Código Penal. Legitimados activos: Ramiro Ávila Santamaría, Xavier Flores Aguirre, Augustín Grijalva y Rafael Lugo

n

n 0035-11-IN y 0058-10-IN Acción pública de inconstitucionalidad mediante la cual solicita se declare la inconstitucionalidad en contra del inciso primero de la Disposición Transitoria Séptima de la Ley Orgánica de Servicio Público. Legitimado Activo: Álvaro Leandro Reyes Abarca

n

n

n

n 0036-11-IN Acción pública de inconstitucionalidad en contra del ?Artículo 635 del Código del Trabajo, codificación 2005-017, publicado en el Registro Oficial No. 167-XII-2005?. Legitimados activos: Nelson Manuel Maza Obando y Milton Rodrigo Altamirano Escobar

n

n

n

n 0039-11-IN Acción pública de inconstitucionalidad en contra del ?Numeral 4 de la Disposición Transitoria Séptima de la Ley de Régimen del Sector Eléctrico?. Legitimado Activo: Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República

n

n

n

n 0042-11-IN Acción pública de inconstitucionalidad en contra del ?Decreto Ejecutivo 813, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 489 de 12 de julio del 2011, que reforma el Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público -LOSEP- especialmente la siguiente parte: Artículo 8.- A continuación del artículo 108, añádase el siguiente artículo innumerado. Artículo ?- Cesación de funciones por compra de renuncias con indemnización?. Legitimado activo: Luis Eduardo Sarrade Peláez

n

n

n

n 0043-11-IN Acción pública de inconstitucionalidad en contra del ?Decreto Ejecutivo 813, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 489 de 12 de julio del 2011, que reforma el Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público -LOSEP- especialmente la siguiente parte: Artículo 8.- A continuación del artículo 108, añádase el siguiente artículo innumerado. Artículo ?- Cesación de funciones por compra de renuncias con indemnización?

n

n

n

n Legitimados activos: Luis Alfredo Villacís Maldonado, Línder Maximiliano Altafuya Loor, Jorge Elías Escala Zambrano y Marco Ramiro Terán Acosta

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Nangaritza: De organización, administración y funcionamiento del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón El Pan: Que reforma a la Ordenanza para la organización, administración y funcionamiento del Registro de la Propiedad

n

n

n

n Nº 892-A

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, con Resolución No. 2011-717-CsG-PN, adoptada por el H. Consejo de Generales de la Policía Nacional con fecha 21 de septiembre del 2011, se reconsidera la Resolución No. 2011-597-CsG-PN de 5 de agosto del presente año, en cuanto al señor Coronel de Policía de E.M. JUAN RUALES ALMEIDA, a quien se califica idóneo para el ascenso al grado de General de Distrito, de acuerdo con los Arts. 76, 84, 89 literal c) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, en concordancia con el Art. 37 inciso cuarto del Reglamento de evaluación para el ascenso de los ofíciales de la Policía Nacional.

n

n

n

n El pedido del señor Ministro del Interior, formulado mediante oficio No. 2011-5793-SPN-PN de 22 de septiembre del 2011, previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, con oficio No. 2011-2660-CsG-PN de 21 de septiembre del 2011;

n

n

n

n Que, de conformidad con los Arts. 22 y 77 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía Nacional, publicada en el (Registro Oficial No. 607-S de 8 de junio del 2009) R. O. (SP) junio 08 No. 607 de 2009; y,

n

n

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Ascender con fecha de expedición del presente decreto, al grado de GENERAL DE DISTRITO, al Coronel de Policía de E.M. JUAN RUALES ALMEIDA, perteneciente a la Cuadragésima Tercera Promoción de Oficiales de Línea, ubicándole en LISTA UNO de Clasificación.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro del Interior.

n

n

n

n Dado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 898

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y entre el Gobierno de la República de Ecuador para la Complementación del Proyecto de ?Apoyo a la Creación de un Sistema de Información Nacional de Recursos Hídricos Forestales?; fue suscrito en Quito el 18 de febrero del 2011;

n

n

n

n Que, el objetivo del referido acuerdo es la implementación del Proyecto de «Apoyo a la Creación de un Sistema de Información Nacional de Recursos Hídricos Forestales» para fortalecer a la Secretaría Nacional del Agua, a través de cursos de capacitación para el desarrollo de investigaciones en hidrología forestal y para la implementación de un Sistema Nacional de Recursos Hídricos;

n

n

n

n Que, el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n

n

n

n Que, el Pleno de la Corte Constitucional en sesión ordinaria efectuada el 1 de septiembre del 2011 resolvió aprobar el informe de la Jueza sustanciadora que establece que el referido convenio no requiere de aprobación de la Asamblea Nacional;

n

n

n

n Que, de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio No. T.5828-SNJ-11-1174 de fecha 20 de septiembre del 2011, a la Asamblea Nacional el contenido del acuerdo; y,

n

n

n

n En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y entre el Gobierno de la República de Ecuador para la Complementación del Proyecto de «Apoyo a la Creación de un Sistema de Información Nacional de Recursos Hídricos Forestales», suscrito en Quito, el 18 de febrero del 2011.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución

n

n encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 3 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 899

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Convenio entre la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela para la Restitución de Bienes Culturales Robados, Importados, Exportados o Transferidos ilícitamente, fue suscrito el 26 de marzo del 2010;

n

n

n

n Que, el objetivo del convenio es prohibir el ingreso en los Estados Parte de bienes culturales del otro Estado, cuando carezcan de la respectiva autorización para su exportación;

n

n

n

n Que, el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n

n

n

n Que, el Pleno de la Corte Constitucional en sesión ordinaria efectuada el 1 de septiembre del 2011 resolvió aprobar el informe del Juez sustanciador que establece que el referido convenio no requiere de aprobación de la Asamblea Nacional;

n

n

n

n Que, de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio No. T.5784-SNJ-11-1176 de fecha 14 de septiembre del 2011, a la Asamblea Nacional el contenido del acuerdo; y,

n

n

n

n En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos del Convenio entre la República del Ecuador yla República Bolivariana de Venezuela para la Restitución de Bienes Culturales Robados, Importados, Exportados o Transferidos Ilícitamente, suscrito el 26 de marzo del 2010.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 3 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 900

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y entre el Gobierno de la República de Ecuador para la implementación del Proyecto de «Apoyo Técnico para el Fortalecimiento de las Funciones Regulatorias de Pre y Post Autorización de medicamentos en el Ecuador», fue suscrito el 18 de febrero del 2011;

n

n

n

n Que, el objetivo del referido acuerdo es la implementación del Proyecto de «Apoyo Técnico para el Fortalecimiento de las Funciones Regulatorias de Pre y Post Autorización de Medicamentos en el Ecuador» para apoyar a la implementación del sistema de farmacovigilancia en políticas de salud pública en el Ecuador, de manera proactiva para el monitoreo del uso de medicamentos, en la etapa de post autorización sanitaria, así como para fortalecer el proceso de registro sanitario de medicamentos y de inspecciones farmacéuticas, en la etapa de pre autorización sanitaria;

n

n

n

n Que, el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n

n

n

n Que, el Pleno de la Corte Constitucional en sesión ordinaria efectuada el 1 de septiembre del 2011 resolvió aprobar el informe de la Jueza sustanciadora que establece que el referido convenio no requiere de aprobación de la Asamblea Nacional;

n

n

n

n Que, de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio No. T.5827-SNJ-11-1177 de fecha 14 de septiembre del 2011, a la Asamblea Nacional el contenido del acuerdo; y,

n

n

n

n En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y entre el Gobierno de la República de Ecuador para la implementación del Proyecto de «Apoyo Técnico para el Fortalecimiento de las Funciones Regulatorias de Pre y Post Autorización de medicamentos en el Ecuador», suscrito el 18 de febrero del 2011.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 3 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n Nº 901

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la propuesta de revisión del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer fue aprobada en la Octava Reunión de los Estados parte, mantenida en Nueva York e1 22 de mayo de 1995;

n

n

n

n Que la reforma propuesta tiene objeto extender el periodo de reuniones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer;

n

n

n

n Que el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n

n

n

n Que el Pleno de la Corte Constitucional en sesión ordinaria efectuada el 1 de septiembre del 2011 resolvió aprobar el informe del Juez sustanciador que establece que el referido convenio no requiere de aprobación de la Asamblea Nacional;

n

n

n

n Que de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio Nº T.5511-SNJ-1l-1l78 de fecha 14 de septiembre del 2011, a la Asamblea Nacional el contenido del acuerdo; y,

n

n

n

n En ejercicio de la facultad conferida por el articulo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos la propuesta de revisión del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

n

n

n

n Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 3 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 884

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio MIDUVI-D-WSV-2011-No. 02484 de 27 de septiembre del 2011, alcance al oficio MIDUVI-DWSV- 2011-No. 02463 del 22 de este mes, el ingeniero Walter Solís Valarezo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda solicita se le extienda la autorización de permiso hasta el 4 de octubre, debido a que debe atender situaciones personales; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15, letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Acuerdo No. 883 de 23 de septiembre del 2011, en el sentido que se amplía en un día más, la autorización del permiso con cargo a vacaciones, a favor del señor ingeniero Walter Solís Valarezo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, esto es del 1 al 4 de octubre del 2011.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SECUNDO.- El Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 27 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 885

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 12982 del 27 de septiembre del 2011 a favor del ingeniero Jorge David Glas Espinel, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos, para su desplazamiento a Caracas-Venezuela del 27 al 29 del mes presente, a fin de mantener reuniones de trabajo con el Ministro del Poder Popular de Energía y Petróleo, Rafael Ramírez, para tratar temas relacionados con el sector hidrocarburífero de interés bilateral; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15, letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos, ingeniero Jorge Glas Espinel, en la ciudad de Caracas – República Bolivariana de Venezuela del 27 al 29 de septiembre del 2011, a fin de que mantenga reuniones de trabajo con el Ministro del Poder Popular de Energía y Petróleo, Rafael Ramírez, en temas relacionados con el sector hidrocarburífero de interés bilateral.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de este viaje son cubiertos por el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 27 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 886

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 13034 del 26 de septiembre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Política Económica de 27 de iguales mes y año, a favor del economista Carlos Marx Carrasco Vicuña, Director General del Servicio de Rentas Internas, para su desplazamiento a Lisboa-Portugal del 21 al 28 de octubre próximo, a fin de participar como expositor en la Conferencia Técnica del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, que tendrá como tema central ?La cobranza administrativa como mecanismo efectivo de incremento del recaudo?, que cuenta con el copatrocinio de la Dirección General de Impuestos de Portugal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15, letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios en la ciudad de Lisboa-Portugal del 21 al 28 de octubre del 2011, al señor economista Carlos Marx Carrasco Vicuña, Director General del Servicio de Rentas Internas, quien participará como expositor en la Conferencia Técnica del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, que tendrá como tema central «La cobranza administrativa como mecanismo efectivo de incremento del recaudo».

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El Servicio de Rentas Internas asumirá todos los costos de este desplazamiento, esto es la adquisición de pasajes aéreos internacionales, como los viáticos correspondientes por el tiempo que dure la comisión de servicios en el exterior.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n

n

n No. 887

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 13093 del 27 de septiembre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, a favor de la economista Verónica Sión de Josse, Ministra de Industrias y Productividad, para su desplazamiento a Santo Domingo-República Dominicana del 4 al 8 de octubre próximo, a fin de participar como panelista en la Reunión de Ministros de Economía, Industria y Comercio de las Américas dentro del marco del V Foro de Competitividad de las Américas, en atención a la invitación del Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo de República Dominicana y del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, señor José Miguel Insulza; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la economista Verónica Sión de Josse, Ministra de Industrias y Productividad, quien participará en calidad de panelista en la Reunión de Ministros de Economía, Industria y Comercio, en el marco del V Foro de Competitividad de las Américas, a celebrarse en la ciudad de Santo Domingo-República Dominicana del 4 al 8 de octubre del 2011.

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n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos correspondientes a este desplazamiento, serán cubiertos con el presupuesto que para el efecto mantiene el Ministerio de Industrias y Productividad.

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n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de septiembre del 2011.

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n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

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n Documento con firmas electrónicas.

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n

n MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

n

n COMERCIO E INTEGRACIÓN

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n

n CONVENIO DE COOPERACIÓN CULTURAL

n

n ENTRE EL MINISTERIO DE RELACIONES

n

n EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIÓN DEL

n

n ECUADOR Y LA FUNDACIÓN COLEGIO

n

n AMERICANO DE QUITO

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n

n

n El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador debidamente representado por el señor Embajador Leonardo Carrión Eguiguren, en su calidad de Subsecretario de Asuntos Migratorios, Consulares y de Refugio, y la Fundación Colegio Americano de Quito, debidamente representada por el Presidente del Consejo de Administración, doctor Mauricio Durango, y por el Apoderado General, Ingeniero Gonzalo Luna Russo, con el propósito de ofrecer asistencia a los hijos de los funcionarios diplomáticos de carrera del Servicio Exterior Ecuatoriano, así como al personal extranjero del Colegio Americano de Quito y a sus programas educativos, acuerdan celebrar el presente Convenio de Cooperación, al tenor de las siguientes cláusulas:

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n PRIMERA.- CUPOS EN EL COLEGIO Y

n

n REQUISITOS DE ADMISIÓN

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n

n La Fundación Colegio Americano de Quito garantiza a los hijos de los funcionarios diplomáticos de carrera del Servicio Exterior Ecuatoriano, que acrediten su calidad de tales con la presentación de un certificado conferido por la Coordinación General Administrativa y Financiera del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración:

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n

n

n Cupos en la Sección Internacional del Colegio Americano de Quito, en cualquier momento del año escolar; y,

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n

n Cupos en la Sección Nacional del Colegio Americano de Quito, de conformidad con las normas establecidas para los hijos de los ex alumnos o miembros activos de la Fundación.

n

n

n

n Los citados funcionarios no podrán exigir la concesión de cupos para sus hijos, si estos no cumplen con los requisitos académicos y disciplinarios exigidos por el Colegio Americano de Quito y si no han rendido satisfactoriamente el examen previo d