Administración del Señor Ec. Rafael Correa
Delgado

Presidente Constitucional de la República del
Ecuador

Jueves 09
de Julio de 2015 – R. O. No. 539

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración
Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1125 Autorícense los viajes al exterior y
concédense licencias con cargo a vacaciones a los siguientes funcionarios:

Magíster Andrés David Arauz Galarza, Ministro
de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano

1126 Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

1127 Ingeniero Walter Hipólito Solís Valarezo,
Secretario del Agua

1129 Licenciado Pabel Muñoz L, Secretario
Nacional de Planificación y Desarrollo

1131 Señor Javier Felipe Córdova Unda,
Ministro de Minería

1133 Señora Cecilia Vaca Jones, Ministra
Coordinadora de Desarrollo Social

1134 Efectúese el alcance al Acuerdo No. 1116

Ministerio de Industrias y Productividad:
Subsecretaría de la Calidad:

Resoluciones

15 199 Apruébense y oficialícense con el
carácter de voluntarias y obligatorias varias normas y reglamentos técnicas
ecuatorianas:

NTE INEN 1324 (Alambrón de acero al carbono
para trefilar o laminar en frío. Requisitos)

15 200 NTE INEN-ISO 1066 (Análisis de
jabones-Determinación del contenido de glicerina – Método por titulación (ISO
1066:1975, IDT))

15 201 NTE INEN-ISO/IEC 27010 (Tecnologías de
la información ? Técnicas de seguridad ? Gestión de la seguridad de la información
para comunicaciones inter-sectoriales e inter-organizacionales (ISO/IEC
27010:2012, IDT))

15 202 NTE INEN 839 (Agentes tensoactivos.
Jabón en barra. Requisitos)

Resoluciones

15 203 NTE INEN 842 (Agentes tensoactivos.
Jabón líquido. Requisitos)

15 204 NTE INEN-ISO 6486-1 (Artículos de
cerámica, artículos vitrocerámicos y vajillas de vidrio en contacto con
alimentos – Emisión de plomo y cadmio – Parte 1: Método de ensayo (ISO 6486-
1:1999, IDT))

15 205 NTE INEN 2880 (Agentes tensoactivos.
Lavavajilla sólido. Requisitos)

15 206 NTE INEN 2962 (Agentes tensoactivos.
Lavavajilla líquido. Requisitos)

15 207 NTE INEN 2920 (Agentes tensoactivos.
Desengrasante líquido. Requisitos)

15 208 NTE INEN 843 (Agentes tensoactivos.
Detergente en barra. Requisitos)

15 209 NTE INEN 847 (Agentes tensoactivos.
Detergente líquido de uso doméstico. Requisitos)

15 210 RTE INEN 114 (1R) ?ALTAVOCES?

15 211 RTE INEN 043 (2R) ?Vehículos de
Transporte Público de Pasajeros Intraregional, Interprovincial e
Intraprovincial?

15 214 NTE INEN 2480 (Alambre de acero
trefilado de bajo contenido de carbono para usos generales. Requisitos)

15 215 NTE INEN 884 (Productos de alambre.
Alambre con púas. Requisitos)

15 216 NTE INEN 1722 (Vidrios de seguridad.
Determinación de la fragmentación)

Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero:

096-ARCH-DJ-2015 Deléguense funciones a las
siguientes personas:

Ingeniera Tatiana Salomé Noboa Gallegos

097-ARCH-DJ-2015 Economista César Emilio Bravo
Ibañez, Director Regional de Control de Hidrocarburos y Combustibles -Guayas

098-ARCH-DJ-2015 Doctor Andres Eduardo
VasquezSanchez

100-ARCH-DJ-2015 Economista Lorena Auxiliadora
Duenas Rivadeneira

101-ARCH-DJ-2015 Ingeniero Rubén Darío Grandes
Villamarín

104-ARCH-DJ-2015 Ingeniero Edwin Sigifredo
Rosero Terán, Director Regional de Control de Hidrocarburos y Combustibles
?Norte

106-ARCH-DJ-2015 Doctora Mónica Rocío
CushicóndorQuinga

110-ARCH-DJ-2015 Refórmese la Resolución No.
240-ARCH-2014 de 24 de diciembre de 2014

Servicio Ecuatoriano De Capacitación
Profesional – SECAP:

SECAP-DE-007-2015 Créese y confórmese la
Comisión de Archivo Institucional para la Gestión Documental de Archivos
Físicos y Digitales

Corte Nacional de Justicia:

Judicial y Justicia Indígena

07-2015 Dispónese que en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 245 del Código Orgánico General de Procesos, en todas
las materias no penales, los juzgados y unidades judiciales de primer nivel,
salas y unidades especializadas de las cortes provinciales, tribunales
distritales, unidades judiciales de única instancia y salas especializadas de
la

Judicial y Justicia Indígena

Corte Nacional de Justicia, declararán de
oficio o a petición de parte el abandono de la primera, segunda o única
instancia, así como del recurso de casación o de hecho, según corresponda, por
el transcurso del término de ochenta días hábiles continuos, que correrán a
partir de la publicación del Código Orgánico General de Procesos, esto es el 22
de mayo del 2015

08-2015 Dispónese que en los delitos de
peculado a los que se refieren el inciso cuarto del artículo 278 del COIP y en
los delitos contra el sistema financiero, están relacionados con el control
exclusivo de la Superintendencia de Bancos y de la Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria, para el ejercicio de la acción penal, la Fiscalía General
del Estado no requerirá de ningún informe previo o adicional de aquellos
organismos de control como presupuesto de procedibilidad

Gobiernos Autónomos Descentralizados:
Ordenanza Municipal:

Ordenanza


Cantón Paján:
Que reforma a la
Ordenanza de creación, organización e implementación del Sistema Cantonal de
Protección Integral de los Derechos de los Grupos de Atención Prioritaria

CONTENIDO


No. 1125

Sr.
Dr. Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador autorizará
los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 42297, de 08 de abril de 2015, el
Mst. Andrés David Arauz Galarza, Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento
Humano, solicita a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a
través del Sistema de Viajes al Exterior, se autorice su desplazamiento a la
ciudad de Panamá, el 11 de abril de 2015, con la finalidad de participar en la
?VII Cumbre de las Américas?;

Que,
mediante Oficio-Alcance No. MCCTH-AD-2015- 0035-O de 10 de abril de 2015, se solicita
autorización de su desplazamiento a la ciudad de Panamá, desde 10 hasta el 11
de abril de 2015, con la finalidad de participar en la ?VII Cumbre de las
Américas?;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo completa, fue recibida en la Secretaría Nacional de
la Administración Pública el 10 de abril de 2015, a través del Sistema de Solicitudes
de Viajes al Exterior, luego de lo que se ha procedido a su análisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-000551-O, de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda

ARTÍCULO
PRIMERO.-Autorizar el viaje al exterior del Mst. Andrés David Arauz Galarza,
Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano, ingresado a esta Secretaría
de Estado a través del Sistema de Solicitudes de Viajes al Exterior, con número
42297, con la finalidad de participar en la ?VII Cumbre de las Américas?; en la
ciudad de Panamá, desde 10 hasta el 11 de abril de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, serán cubiertos por el Ministerio de Coordinación
de Conocimiento y Talento Humano, de conformidad con la documentación ingresada
a través del Sistema de Autorización de Viajes al Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo al Mst. Andrés David Arauz Galarza, Ministro de Coordinación
de Conocimiento y Talento Humano.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los diez (10) días
del mes de abril de 2015.

f.)
Sr. Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración
Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
27 de mayo del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública. 4 ? Jueves 9 de julio de 2015

No. 1126

Sr.
Dr. Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador
autorizará los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete
Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 42323, de 09 de abril de 2015, el
Econ. Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana, solicita a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a
través del Sistema de Viajes al Exterior, se autorice su desplazamiento a la
ciudad de San Salvador – El Salvador, desde el 13 hasta el 14 de abril de 2015, con la finalidad de participar
en la Reunión Subregional de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y
Caribeños;

Que,
el 10 de abril de 2015, el Mgs. César Antonio Navas Vera, Ministro de Coordinación
de Seguridad, avala el desplazamiento del Econ. Ricardo Patiño Aroca, Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 10 de abril de 2015, a través del Sistema de Viajes
al Exterior, luego de lo que se ha procedido a su análisis en el marco de lo
establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055 l-O, de 30 de julio de 2013,
siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior del Econ. Ricardo Patiño Aroca,
Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, ingresado a esta
Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior, con número
42323, con la finalidad de participar en la ?Reunión Subregional de la
Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños?; en la ciudad de San
Salvador – El Salvador, desde el 13 hasta el 14 de abril de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, serán cubiertos por el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de conformidad con la documentación
ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo al Econ. Ricardo Patino Aroca,
Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los diez (10) días
del mes de abril de 2015.

f.)
Sr. Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración
Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
27 de mayo del 2015. f.) Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de
Asesoría Jurídica (S), Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1127

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
mediante Oficio Nro. SENAGUA-SA. 1-2015-0169- O de 09 de abril de 2015, el Ing.
Walter Hipólito Solís Valarezo, Secretario del Agua, solicita autorización de licencia
con cargo a vacaciones, desde el 02 hasta el 10 de mayo de 2015.

Que,
en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva que establece: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior… ?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Otorgar al Ing. Walter Hipólito Solís Valarezo, Secretario del Agua,
licencia con cargo a vacaciones desde el 02 hasta el 10 de mayo de 2015.

Artículo
Segundo.- El Ing. Walter Hipólito Solís Valarezo, Secretario del Agua,
encargará dicha Cartera de Estado a la Ing. Elsa Daniela Campuzano Pérez,
Subsecretaria General.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo al Ing. Walter Hipólito Solís
Valarezo, Secretario del Agua.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los diez (10) días del mes de abril de 2015.

f.)
Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
27 de mayo del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1129

Sr.
Dr. Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador
autorizará los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete
Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 42340, de 10 de abril de 2015, el
Lic. Pabel Muñoz L, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, solicita
a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema
de Viajes al Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de San
Salvador – El Salvador, desde el 13 hasta el 15 de abril de 2015, con la finalidad
de participar en la Reunión a nivel de Cancilleres de Centroamérica, presidida
por el Ecuador en su calidad de Presidencia Pro Témpore;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 13 de abril de 2015, a través del Sistema de Viajes al Exterior,
luego de lo que se ha procedido a su análisis en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo
procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior del Lic. Pabel Muñoz L, Secretario
Nacional de Planificación y Desarrollo, ingresado a esta Secretaría de Estado a
través del Sistema de Viajes al Exterior, con número 42340, con la finalidad de
participar en la Reunión a nivel de Cancilleres de Centroamérica, presidida por
el Ecuador en su calidad de Presidencia
Pro Témpore; en la ciudad de San Salvador – El Salvador, desde el 13 hasta el
15 de abril de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, serán cubiertos con fondos del Estado
Ecuatoriano, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema
de Viajes al Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo al Lic. Pabel Muñoz L., Secretario
Nacional de Planificación y Desarrollo.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los trece (13) días
del mes de abril de 2015

f.)
Sr. Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración
Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 27 de mayo del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1131

Sr.
Dr. Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado,
previo aval del Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros
de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 42401, de 14 de abril de 2015, el
Sr. Javier Felipe Córdova Unda, Ministro de Minería, solicita a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al
Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de Londres – Reino Unido,
desde el 17 hasta el 23 de abril de 2015, con la finalidad de participar en la
Gira de Promoción Minera Internacional y asistir al evento ?Ecuador da la Bienvenida
a la Inversión Minera?;

Que,
el 15 de abril de 2015, el Dr. Rafael Poveda Bonilla, Ministro de Coordinación
de los Sectores Estratégicos, avala el desplazamiento del Sr. Javier Felipe
Córdova Unda, Ministro de Minería;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo completa, fue recibida en la Secretaria Nacional de
la Administración Pública el 15 de abril de 2015, a través del Sistema de Solicitudes
de Viajes al Exterior, luego de lo que se ha procedido a su análisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior del Sr. Javier Felipe Córdova Unda,
Ministro de Minería, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema
de Solicitudes de Viajes al Exterior, con número 42401, con la finalidad de
participar en la Gira de Promoción Minera Internacional y asistir al evento
?Ecuador da la Bienvenida a la Inversión Minera?; en la ciudad de Londres –
Reino Unido, desde el 17 hasta el 23 de abril de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, serán cubiertos por el Ministerio de Minería,
de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema de
Solicitudes de Viajes al Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo al Sr. Javier Felipe Córdova Unda,
Ministro de Minería.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los dieciséis (16)
días del mes de abril de 2015.

f.)
Sr. Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración
Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
27 de mayo del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S).,
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1133

Sr.
Dr. Vinicio Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la
solicitud no es posible con la anticipación requerida, la entidad deberá
generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida justificación
de la emergencia o fuerza mayor.

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 42345, de 13 de abril de 2015, la
Sra. Cecilia Vaca Jones, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social, solicita a
la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior, se regularice el ingreso extemporáneo
de su desplazamiento a la ciudad de Panamá, desde el 10 hasta el 11 de abril de
2015, viaje en el que asistió como parte de la delegación que acompañó al Presidente
Constitucional de la República del Ecuador a la VII Cumbre de las Américas
?Prosperidad con Equidad: El Desafío de la Cooperación en las Américas?;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 13 de abril de
2015, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo
que se ha procedido a su análisis en el marco de lo establecido en el Oficio
No. PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su
autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de la Sra. Cecilia Vaca Jones,
Ministra Coordinadora de Desarrollo Social, ingresado a esta Secretaría de
Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número
42345, viaje en el que asistió como parte de la delegación que acompañó al
Presidente Constitucional de la República del Ecuador a la VII Cumbre de las
Américas ?Prosperidad con Equidad: El Desafío de la Cooperación en las
Américas?, en la ciudad de Panamá, desde el 10 hasta el 11 de abril de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, fueron cubiertos con Recursos del Estado
Ecuatoriano, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a la Sra. Cecilia Vaca Jones,
Ministra Coordinadora de Desarrollo Social.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los dieciséis (16)
días del mes de abril de 2015.

f.)
Sr. Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración
Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
27 de mayo del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1134

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
mediante Oficio Nro. MDN-MDN-2015-0628-OF de 27 de marzo de 2015, el Arq.
Fernando Cordero Cueva, Ministro de Defensa Nacional, solicita autorización de licencia
con cargo a vacaciones, desde el 13 hasta el 14 de abril de 2015.

Que,
mediante Acuerdo No. 1116 de fecha 06 de abril de 2015, se otorgó licencia con
cargo a vacaciones desde el 13 hasta el 14 de abril de 2015 al Arq. Fernando
Cordero Cueva, Ministro de Defensa Nacional, en cuyo artículo segundo se indica
que ?El Arq. Fernando Cordero Cueva, Ministro de Defensa Nacional, encargará
dicha Cartera de Estado al Ing. Iván Sempértegui González, Viceministro.?

Que,
mediante Oficio Nro. MDN-CAF-2015-0146-OF de 14 de abril de 2015 se informa a
esta secretaría que el Ing. Iván Sempértegui González, Viceministro de Defensa
Nacional se encontraba declarado en Comisión de Servicios con remuneración en
el exterior del 11 al 14 abril de 2015, indicando que por tal particular se dejó
como subrogante al Ing. José María Egas Egüez, Subsecretario de Gabinete
Ministerial.

Que,
en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que establece: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más
de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: ?u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y
sin remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior??

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Efectuar el Alcance al Acuerdo No. 1116 en su artículo segundo, el
Arq. Fernando Cordero Cueva, Ministro de Defensa Nacional, encargará dicha
Cartera de Estado al Ing. José María Egas Egüez, Subsecretario de Gabinete Ministerial.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente al Arq. Fernando Cordero Cueva, Ministro de
Defensa Nacional.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Oficial.

Dado y
firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los dieciséis (16) días del mes de abril de
2015.

f.)
Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 28 de mayo del 2015.

Abg.
Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 15 199

MINISTERIO
DE INDUSTRIAS Y

PRODUCTIVIDAD

SUBSECRETARÍA
DE LA CALIDAD

Considerando:

Que de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la
República del Ecuador, ?Las personas tienen derecho a disponer de bienes y
servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información
precisa y no engañosa sobre su contenido y características?;

Que
mediante Ley No. 2007-76, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No.
26 del 22 de febrero de 2007, se establece el Sistema Ecuatoriano de la
Calidad, que tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: ?i) Regular
los principios, políticas y entidades relacionados con las actividades
vinculadas con la evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de
los compromisos internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento
de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la
vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente,
la protección del consumidor contra prácticas engañosas y la corrección y
sanción de estas prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la
calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana?;

Que
mediante Acuerdo Ministerial No. 808 del 15 de octubre de 1985, publicado en el
Registro Oficial No. 304 del 31 de octubre de 1985, se Oficializó con carácter de
Obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1324 ALAMBRON DE ACERO AL
CARBONO PARA TREFILAR O LAMINAR EN FRÍO. REQUISITOS;

Que
mediante Acuerdo Resolución No. 14158 del 21 de abril de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 239 del 6 de mayo de
2014
, se cambió su carácter de OBLIGATORIA A VOLUNTARIA;

Que la
Primera revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario;

Que
mediante Informe Técnico contenido en la Matriz de Revisión No. MET-0205 de
fecha 08 de junio de 2015, se sugirió proceder a la aprobación y Oficialización
de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1324 ALAMBRÓN DE ACERO AL CARBONO PARA
TREFILAR O LAMINAR EN FRÍO. REQUISITOS (Primera revisión);

Que de
conformidad con la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el Ministerio de
Industrias y Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de
la Calidad; en consecuencia, es competente para aprobar y Oficializar con el
carácter de VOLUNTARIA la Primera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN 1324 ALAMBRÓN DE ACERO AL CARBONO PARA TREFILAR O LAMINAR EN FRÍO.
REQUISITOS, mediante su promulgación en el Registro Oficial, a fin de que
exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores;

Que
mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de noviembre de 2011, publicado
en el Registro Oficial No. 599 del 19 de
diciembre de 2011
, la Ministra de Industrias y Productividad delega a
la Subsecretaria de la Calidad la facultad de aprobar y Oficializar las
propuestas de normas o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de su competencia, de
conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y
en su reglamento general; y,

En
ejercicio de las facultades que le concede la Ley,

Resuelve:

ARTÍCULO
1.- Aprobar y Oficializar con el carácter de VOLUNTARIA la Primera revisión de
la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1324 (Alambrón de acero al carbono para
trefi lar o laminar en frío. Requisitos), que establece los requisitos químicos
y dimensionales para los alambrones de acero al carbono para trefi lar o
laminar en frío.

ARTÍCULO
2.- Disponer al Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, que de
conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Oficial No. 499 del 26 de julio de 2011, publique la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1324 ALAMBRÓN DE ACERO AL CARBONO PARA TREFILAR O
LAMINAR EN FRÍO. REQUISITOS (Primera revisión), en la página web de esa
institución, www.normalizacion.gob.ec.

ARTÍCULO
3.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE INEN 1324 (Primera revisión), reemplaza
a la NTE INEN 1324:1985 y entrará en vigencia desde la fecha de su promulgación
en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE
Y PUBLÍQUESE en el