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REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Jueves, 22 de Enero de 2009 – R. O. No. 512

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n

n n n n n n n n n n n

n FUNCION EJECUTIVA n n DECRETO: n

1527……. Déjase sin efecto la designación del economista Pedro Páez Pérez y desígnase al economista Diego Borja Cornejo, representante del señor Presidente Constitucional de la República ante el Consejo Nacional de Valores

n n ACUERDOS: n n MINISTERIO DEL AMBIENTE: n n

123……… Deléguese al biólogo Manfred Altamirano Gallegos, Subsecretario de Gestión Ambiental Costera, para que asuma y ejerza temporalmente la dirección, organización, administración y control del ex Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC)

n n

148……… Apruébase el Estatuto de la Fundación Yanapacuna, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

160……… Apruébase la reforma al Estatuto de la Fundación Centro Regional para el Manejo de Ecosistemas Costeros EcoCosta

n n MINISTERIO DE CULTURA: n n

141……… Apruébase el Estatuto de la Corporación de Arte Dramático Azul Profundo, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

142……… Apruébase la inscripción y registro de la directiva definitiva del Centro de Difusión Cultural Folklórico “Bombo y Marimba”, con domicilio en la ciudad de San Lorenzo, provincia de Esmeraldas

n n n MINISTERIO DE EDUCACION: n n

481……… Dispónese a los/las directores(as) provinciales de Educación Hispana e Intercultural Bilingüe del Ecuador para que a través de la Supervisión Educativa, procedan a conformar y/o integrar el jurado calificador en los establecimientos educativos fiscales de todos los niveles y modalidades

n n n MINISTERIO DE FINANZAS: n n

004 MF-2009 Delégase al economista Víctor Alvarado Ferrín, Subsecretario de Consistencia Macrofiscal, para que represente a la señora Ministra en la sesión inaugural de Directorio del Consejo Nacional de Aviación Civil

n n n

005 MF-2009 Delégase a la doctora María del Carmen Jibaja, Subsecretaria de Tesorería de la Nación, para que represente a la señora Ministra en la sesión de Directorio del Banco Central del Ecuado

n n

006 MF-2009 Nómbrase al economista Patricio Torres Torres, Subsecretario de Estado en la Subsecretaría de Crédito Público de esta Cartera de Estado

n n MINISTERIO DE GOBIERNO: n

275……… Apruébase el estatuto y otórgase personería jurídica al Centro Bíblico de Edificación “CBE”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA:

n

0781……. Apruébase y autorízase la publicación del “Manual de normas y procedimientos para la atención de las víctimas de violencia intrafamiliar y de género”

n n

0782……. Delégase al Director Provincial de Salud de El Oro, para que suscriba las respectivas escrituras de compra-venta de un lote de terreno para la construcción del Hospital de Portovelo …………..

n n RESOLUCIONES: n n SECRETARIA NACIONAL DEL n MIGRANTE: n n

SENAMI-00057-08 Desígnase en representación de esta Secretaría, al señor José Luis Moreno Guerra, en calidad de Adjunto Civil en los Estado Unidos de América

n n

SENAMI-0083-08 Expídese las normas para la ejecución del gasto por parte de los servidores público y funcionarios del SENAM

n n ORDENANZA METROPOLITANA: n n

0270……. Concejo Metropolitano de Quito: Que sustituye el Capítulo III de la Policía Metropolitana, del Título II, del Libro Primero del Código Municipal

n

n n n n n n n n n n n n

n n Nº 1527 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que según el artículo 5 de la Ley de Mercado de Valores, el Consejo Nacional de Valores se encuentra integrado por siete miembros, entre otros, el designado por el señor Presidente Constitucional de la República;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 904 de 7 de febrero del 2008, publicado en el Suplemento al Registro Oficial Nº 272 de 13 de febrero del 2008, se nombró como delegado del señor Presidente Constitucional de la República, ante el Consejo Nacional de Valores, al señor economista Pedro Páez Pérez; y,

n n

En ejercicio de la atribución que le confieren el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República, y letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación del señor economista Pedro Páez Pérez como delegado del señor Presidente Constitucional de la República ante el Consejo Nacional de Valores.

n n

Artículo 2.- Designar al economista Diego Borja Cornejo como nuevo representante del señor Presidente Constitucional de la República ante el Consejo Nacional de Valores.

n n

Artículo 3.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de enero del 2009.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, enero 13 del 2009.

n n

f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n n n n n n n No. 123 n n LA MINISTRA DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, la Ministra del Ambiente puede delegar sus atribuciones y facultades a funcionarios de su Portafolio, cuando la conveniencia institucional lo requiera;

n n

Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley o por decreto. La delegación será publicada en el Registro Oficial;

n n

Que el artículo 57 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que la delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó;

n n

Que el artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actúa;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1254 del 12 de agosto del 2008 se suprimió el Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC);

n n

Que los artículos 2 y 6 del decreto antes mencionado, disponen que todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones, constantes en leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos, que hasta esa fecha eran ejercidas por el Programa de Manejo de Recursos Costeros, pasen a ser ejercidas por esta Cartera de Estado; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le otorga el numeral 6 del artículo 179 de la Constitución Política de la República y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Deléguese al biólogo Manfred Altamirano Gallegos, Subsecretario de Gestión Ambiental Costera, para que a nombre y en representación del Ministerio del Ambiente, asuma y ejerza temporalmente la dirección, organización, administración y control del ex Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC) hasta que esta Cartera de Estado determine la dependencia, unidad o proceso más conveniente en su Estatuto Orgánico por Procesos.

n n

Art. 2.- La presente delegación no constituye renuncia de las atribuciones asignadas en el Decreto Ejecutivo No. 1254 a la titular de esta Cartera de Estado, puesto que la misma, cuando lo estime procedente podrá intervenir en cualquiera de los actos materia del presente acuerdo y ejercer cualquiera de las funciones previstas en el mismo.

n n

Art. 3.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en la ciudad de Quito, a 25 de agosto del 2008.

n n

Comuníquese y publíquese.

n n

f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.

n n n n n n n n n No. 148 n n MINISTERIO DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de la personalidad jurídica de las personas naturales agrupadas bajo la denominación Yanapacuna, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, cuyo objetivo es:

n n

· Promover de forma integral la conservación y protección del medio ambiente; de los recursos naturales, la biodiversidad y la defensa del equilibrio ecológico, para proteger la vida.

n n

· Impulsar al desarrollo de una conciencia social ambiental mediante la investigación, la observación permanente, la educación y la capacitación ambiental;

n n

Que, el Director Nacional de Biodiversidad, Areas Protegidas, Vida Silvestre, Bioseguridad y Acceso a Recursos Genéticos, mediante memorando No. 224-08 DBAP/MA, emite el informe con observaciones, mismas que han sido acogidas e incorporadas, por los miembros del mencionado grupo en el proyecto de estatuto;

n n

Que, mediante hoja de control No. 003291-08 de fecha 27 de marzo del presente año el grupo de personas agrupadas bajo la denominación Yanapacuna envió el proyecto de estatuto con los cambios solicitados;

n n

Que, la doctora Sandra Lara de la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, mediante memorando N° 8636-08 DAJ-MA de fecha 27 de junio del año 2008, informa sobre el cumplimiento de los requisitos contenidos en el Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002, para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado; y, las personas agrupadas bajo la denominación Yanapacuna, deben cumplir con lo establecido en el Art. 2; y, con la Cuarta Disposición Transitoria del Decreto Ejecutivo N° 982, publicado en el (Registro Oficial No. 311 del 8 de marzo del 2008) REG. OF: abril 08 No. 311 de 2008;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 023 de 25 de febrero del 2008, la Ministra del Ambiente, delega al Director de Asesoría Jurídica varias de sus atribuciones, entre las que consta en el literal d) el de aprobar los estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas, publicado en el Registro Oficial No. 302 de 26 de marzo del 2008; y,

n n

En uso de las atribuciones establecidas en los numerales 6 y 7 del artículo 179 de la Constitución Política de la República del Ecuador; y, del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial 660 del 11 de septiembre del 2002,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Fundación Yanapacuna, en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha y otorgarle personería jurídica.

n n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

n n n Leslie Rosario Riofrío Ribera n n C.C. 170944884-7 n n María Gabriela Aguinaga Avila n n C.C. 171656243-2 n n Francisco Xavier Hurtado Caicedo n n C.C. 050212728-5 n n n

Art. 3.- Disponer que la Fundación Yanapacuna, ponga en conocimiento del Ministerio del Ambiente, la nómina de la directiva, según lo establecido en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial 660 del 11 de septiembre del 2002.

n n

Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, y en el Registro Forestal que mantiene el Distrito Regional Pichincha, conforme a lo dispuesto en el literal e) del Art. 17 de la Resolución No. 005 RD de 7 de agosto de 1998, y Arts. 49 y 211 del Libro III del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

n n

Art. 5.- Los miembros de la Fundación Yanapacuna, deben cumplir con lo establecido en el Art. 2; y, con la Cuarta Disposición Transitoria del Decreto Ejecutivo No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de marzo del 2008.

n n

Art. 6.- Los miembros de la Fundación Yanapacuna, deben cumplir con lo establecido en el Art. 2; y, con la Cuarta Disposición Transitoria del Decreto Ejecutivo No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de marzo del 2008.

n n

Art. 7.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y 127 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 8.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en Quito, 30 de septiembre del 2008.

n n

Comuníquese y publíquese.

n n

f.) Yury Iturralde Hidalgo, Director de Asesoría Jurídica, delegado de la Ministra del Ambiente.

n n n n n n n No. 160 n n EL MINISTERIO DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de las reformas al Estatuto de la Fundación Centro Regional para el Manejo de Ecosistemas Costeros EcoCostas, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, que tiene como objetivos los siguientes:

n n

a) El objetivo específico de EcoCostas es apoyar en la creación de capacidades tendientes a la sostenibilidad y equidad en los usos de los recursos y ambientes de los ecosistemas costeros en Latinoamérica y el Caribe;

n n b) Por diversos medios, EcoCostas apoyará: n n

1. Las acciones del sector público, del empresariado y de la sociedad civil que contribuyan a la gobernabilidad democrática de los cambios producidos por el hombre en los ecosistemas costeros.

n n

2. Promover la formación, capacitación y certifica-ción de los recursos humanos requeridos para el uso sostenible de los ambientes y recursos costeros.

n
n n n

3. Promover el intercambio de experiencias, actores y aprendizajes sobre metodologías y mejores prácticas de manejo de los usos humanos en los ecosistemas costeros.

n n

4. Promover iniciativas y actividades vinculadas al objeto general de la fundación y gestionar a nivel nacional e internacional el apoyo y financiamiento necesario.

n n

5. Ser parte del esfuerzo regional para mejorar el diseño, ejecución y evaluación de proyectos, programas y actividades de manejo en los ecosistemas costeros; y,

n n

c) La cultura institucional de la fundación se distinguirá por la práctica de principios como la democracia interna según lo previsto en los estatutos, por promover la participación de sus socios y colaboradores en los asuntos institucionales, por ser transparente en la adopción de sus decisiones, y por promover la rendición de cuentas;

n n

Que, mediante Acue