n n n n n n n n n n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Jueves, 08 de Enero de 2009 – R. O. No. 502

n n

n n

n n n n n n n n n n n

n FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n MINISTERIO DEL AMBIENTE: n n

177……… Expídese el Manual Operativo del Proyecto Socio Bosque

n n

179……… Establécense las políticas y lineamientos técnicos para la supresión de puestos en esta Cartera de Estado en el marco del proceso de fortalecimiento institucional

n n MINISTERIO DE ELECTRICIDAD n Y ENERGIA RENOVABLE: n n

027……… Entrégase a las empresas eléctricas de distribución en las que el Fondo de Solidaridad es accionista y a la Corporación para la Administración Temporal Eléctrica de Guayaquil CATEG-, seis millones de lámparas fluorescentes compactas de conformidad con el cronograma y con la distribución por empresa

n n MINISTERIO DE FINANZAS: n n

423 MF-2008 Delégase a la economista Carolina Portaluppi Castro, Subsecretaria del Litoral, para que represente a la señora Ministra en la sesión extraordinaria del Consejo Nacional de Desarrollo Pesquero

n n

424 MF-2008 Delégase a la doctora Gely Sánchez Ruiz, funcionaria de la Subsecretaría General Jurídica, para que represente a la señora Ministra en la sesión de la Comisión Jurídica de la H. Junta de Defensa Nacional

n n MINISTERIO DE GOBIERNO: n n

259……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la matemática Mónica Rentería Gangotena, Directora Ejecutiva de la Unidad de Ejecución Especializada

n n

260……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la matemática Mónica Rentería Gangotena, Directora Ejecutiva de la Unidad de Ejecución Especializada

n n n MINISTERIO DE INCLUSIÓN n ECONOMICA Y SOCIAL n SUBSECRETARIA REGIONAL n DEL GUAYAS: n n

9086……. Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Fundación “Bondad”, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n n

9115……. Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Fundación “Parusia”, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n n MINISTERIO DE MINAS n Y PETROLEOS: n n

0258……. Autorízase el cambio de nombre de la Compañía Murphy Ecuador Oil Company Ltd., por el de Amodaimi-Oil Company Ltd., que involucra además la transferencia de la totalidad de las acciones que Canam Offshore Limited, tiene en Murphy Ecuador Oil Company Ltd., en favor de REPSOL YPF Ecuador S. A

n n RESOLUCIONES: n n MINISTERIO DE FINANZAS: n n

024……… Adjudícase al Instituto Geográfico Militar, el contrato para la impresión de quinientos mil (500.000) formularios para el otorgamiento de pasaportes

n n

025……… Adjudícase al Instituto Geográfico Militar, el contrato para la impresión de trescientos mil (300.000) formularios para el otorgamiento de pasaportes

n n SUPERINTENDENCIA DE BANCOS n Y SEGUROS: n n

Califícanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

n n

SBS-INJ-2008-673 Ingeniero forestal Marco Antonio Rojas Ludeña

n n

SBS-INJ-2008-674 Ingeniero mecánico Carlos Eduardo Brito Ochoa

n n

SBS-INJ-2008-675 Compañía PRETIUM Ec. Cía. Ltda.

n n

SBS-2008-678 Descalifícase a la Compañía Inspecciones, Avalúos, Peritajes, AVALUAC Cía. Ltda

n n FUNCION JUDICIAL n n CORTE SUPREMA DE JUSTICIA n PRIMERA SALA DE LO n CIVIL Y MERCANTIL: n n

Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones:

n n

425-06…. Melco Polibio Peña Jumbo en contra de Elsa Victoria Cambizaca Bailón

n n

426-06…. Angel Demetrio Intriago Vélez en contra de Eduardo Bolívar Morán Bayas

n n

427-06…. Julio Tirso Arteaga Lucas en contra de Félix Enrique Cedeño Suárez y otra

n n ORDENANZAS MUNICIPALES: n n

………. Cantón San Miguel de los Bancos: Que regula y controla el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y horarios de funcionamiento de los establecimientos de diversión

n n

………. Cantón Mejía: Sustitutiva que reglamenta el uso del servicio de alcantarillado

n n

n n n n n n n n n n n

n n Nº 177 n n n LA MINISTRA DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, de acuerdo a lo establecido en los numerales 5 y 7 del artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador son deberes primordiales del Estado la erradicación de la pobreza, la promoción del desarrollo sustentable y la protección del patrimonio natural del país;

n n

Que, el artículo 14 de la Constitución de la República reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay;

n n

Que, el tercer inciso del artículo 71 de la Constitución de la República determina que el Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema;

n n

Que, el Ecuador ha ratificado la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y está desarrollando acciones tendientes a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a través de la disminución de las tasas nacionales de deforestación;

n n

Que, el artículo 5 literal b) de la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre señala como funciones y atribuciones del Ministerio del Ambiente, velar por la conservación de los recursos forestales y naturales existentes;

n n

Que, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2010 ha adoptado políticas y estrategias tendientes a la reducción de tasas de deforestación a través de la aplicación de instrumentos de fomento para la conservación de bosques nativos y páramos;

n n

Que, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES- mediante oficio No. SENPLADES-SIP-dap-2008-21 de fecha 2 de julio del 2008, declaró al Proyecto de Socio Bosque como proyecto prioritario;

n n

Que, los altos índices de pobreza en las zonas rurales del Ecuador inducen a la deforestación como estrategia de supervivencia de sus habitantes que en largo plazo, genera más pobreza por la pérdida de los bienes y servicios que proporcionan los bosques nativos, páramos y otras formaciones vegetales nativas;

n n

Que, para desincentivar la deforestación de supervivencia en zonas y poblaciones con altos índices de pobreza, es necesario adoptar medidas que contribuyan al mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 169 de 14 de noviembre del 2008 se establece el Proyecto “Socio Bosque” del Gobierno de la República del Ecuador, cuyos objetivos son: lograr la conservación de las áreas de bosques nativos, páramos y otras formaciones vegetales nativas del Ecuador; reducir las emisiones de gases de efecto invernadero causadas por efecto de la deforestación; y, contribuir a la mejora de las condiciones de vida de los habitantes de poblaciones rurales asentadas en dichas áreas.

n n

Que, la disposición transitoria primera del acuerdo ministerial en mención, señala que esta Cartera de Estado, en el plazo de 30 días expedirá el Manual Operativo del Proyecto Socio Bosque; y,

n n

En ejercicio de las atribución que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el primer párrafo del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art.1.- Expedir el siguiente: MANUAL OPERATIVO DEL PROYECTO SOCIO BOSQUE.

n n 1. MARCO INSTITUCIONAL n n

La Subsecretaría de Capital Natural del Ministerio del Ambiente se encargará de la ejecución del Proyecto Socio Bosque. El Subsecretario de Capital Natural designará el personal técnico responsable de la implementación del proyecto.

n n 2. EJECUCION DEL PROYECTO n n

2.1. Meta

n n

La meta del Proyecto Socio Bosque es la conservación de más de 3 millones de hectáreas de bosque nativo, páramos y otras formaciones vegetales nativas del Ecuador, en el plazo de siete años, y con la participación de 500.000 a 1’500.000 beneficiarios.

n n

2.2. Definiciones

n n

Sin perjuicio de las definiciones previstas en la legislación nacional y los tratados internacionales vigentes en el Ecuador, para efectos de la implementación del Proyecto Socio Bosque, se considera las siguientes:

n n

2.1.1. Bosque nativo

n n

Se considera bosque nativo toda formación vegetal compuesta por especies nativas, y resultante de un proceso natural de sucesión ecológica. Además, esa formación vegetal debe brindar dos o más de los tres servicios ambientales detallados a continuación: refugio de biodiversidad, regulación hidrológica, y almacenamiento de carbono.

n n

Se excluye de la definición de bosque nativo:

n n

· Plantaciones forestales destinadas a la comercialización de madera.

n n

· Plantaciones con especies exóticas.

n n

· Bosques secundarios que han iniciado su proceso de regeneración natural después de 1990 o, que evidencien extracción de madera.

n n

2.2.2. Páramo

n n

Se considera páramo al ecosistema nativo ubicado en los andes ecuatorianos entre las cotas altitudinales de 3000 y 4500 msnm.

n n

Se excluye de la definición de páramo:

n n

· Areas de pastoreo intensivo.

n n

· Monocultivos.

n n

2.2.3. Formaciones vegetales nativas

n n

Se considera como otras formaciones vegetales nativas a todas aquellas unidades de vegetación resultantes de un proceso natural de sucesión ecológica. Se incluyen en esta definición a matorrales y chaparros.

n n

En todos los casos, el Proyecto Socio Bosque determinará si la formación vegetal en evaluación cumple las condiciones descritas.

n n 3. PRIORIZACION GEOGRAFICA n n

3.1. Criterios

n n

Las áreas prioritarias para la implementación del proyecto serán definidas a partir de las siguientes variables:

n n a) Nivel de Amenaza (NA): El nivel de amenaza se define a través de dos sub-variables: n n

(i) Cercanía a vías de acceso: Se consideran como vías de acceso a los caminos de primer, segundo y tercer orden, además de los ríos navegables. El nivel de amenaza se define a través de dos mecanismos: (1) Distancia a vías de acceso: “alta”, “media” y “baja”. (2) Pendiente: vías de acceso ubicadas en terreno con pendiente superior a 4.

n n

(ii) Patrones históricos de deforestación: Se definen a partir de un análisis de cambio de unidades espaciales de uso del suelo y cobertura vegetal entre los años 1990 y 2007, e identificación de las causas de la deforestación. Esta sub-variable aplica únicamente en casos en que exista información disponible;

n n

b) Servicios Ambientales (SA): Para efectos del Proyecto Socio Bosque se consideran los siguientes sub- variables de servicios ambientales: (i) Refugio de biodiversidad; (ii) Regulación hidrológica; y, (iii) Almacenamiento de carbono. Para cada servicio ambiental se definen tres categorías de prioridad: “alta”, “media” y “baja”.

n n

(i) Refugio de biodiversidad: Esta variable se define mediante el uso de información geográfica que determina la superficie de formaciones vegetales nativas remanentes que se encuentran fuera del Sistema Nacional de Areas Protegidas (SNAP). Las formaciones vegetales con baja representa-tividad en el SNAP tendrán mayor prioridad.

n n

(ii) Regulación hidrológica: Esta variable considera áreas importantes para la generación y regulación del recurso hídrico considerando sus potenciales usos.

n n

(iii) Almacenamiento de carbono: Esta variable se basa en la cantidad almacenada de carbono en los diferentes tipos de bosques nativos, páramos y otras formaciones vegetales nativas, definida en función de la biomasa; y,

n n

c) Nivel de Pobreza (P): El nivel de pobreza de la población es definido a nivel parroquial en función de los datos del Sistema de Identificación y Selección de Beneficiarios de Proyectos Sociales (SELBEN). Se diferencia a dos tipos de parroquias: (i) Con quintiles de ingreso correspondientes a 1 y 2; y, (ii) Con quintiles de ingresos correspondientes a 3, 4 y 5.

n n

La combinación de estas variables, definirá el orden de selección de los participantes del proyecto.

n n

3.2. Fórmula

n n

La fórmula general usada para el modelo de álgebra de mapas que prioriza las áreas geográficas de intervención del proyecto es:

n n

IP = NA+SA+NP

n n En donde: n n

IP = Indice de prioridad

n

NA = Nivel de amenaza

n

SA = Servicios ambientales

n

NP = Nivel de pobreza

n n

Así, se da un valor ponderado a cada variable que define la priorización geográfica. El valor máximo corresponde a 18 puntos, distribuidos de la siguiente manera: 6 puntos para NA, 9 puntos para SA y 3 puntos para NP.

n n n

A su vez, cada variable responde a una categorización específica. El Nivel de Amenaza (NA) se subdivide en “cercanía a vías de acceso” y “patrones históricos de deforestación”. Cada una de ellas, a su vez, presenta la siguiente categorización de valores:

n n n

Alta = 3 puntos

n

Media = 2 puntos

n

Baja = 1 punto

n n

La variable servicios ambientales (SA), dividida a su vez en 3 sub-variables, es categorizada de tal forma que cada sub-variable recibe un valor máximo de 3 puntos. Así, los “ecosistemas sub-representados en el SNAP”, dados en porcentajes de cobertura dentro de alguna área/categoría de protección del SNAP se categoriza de la siguiente manera:

n n Representatividad alta = 3 puntos n

Representatividad media = 2 puntos

n Representatividad baja = 1 punto n n

La sub-variable “regulación hidrológica”, define zonas de importancia “alta”, “media” y “baja”. Cada categoría recibe la siguiente valoración:

n n

Importancia alta = 3 puntos

n

Importancia media = 2 puntos

n

Importancia baja = 1 punto

n n

La sub-variable “almacenamiento de carbono” separa 3 categorías para estimar el contenido relativo de carbono en los sumideros naturales. Cada una de ellas recibe también un puntaje de la siguiente manera:

n n

Contenido de carbono alto =