Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Viernes 06 de Marzo de 2015 – R.
O. No. 453

SUMARIO

SUPLEMENTO

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas

Acuerdos

OM-002-2015 Cantón Francisco de Orellana: De constitución,
organización y funcionamiento del Museo Arqueológico y Centro Cultural

Empresa Pública (MACCO – EP)


Cantón Santa Elena:
Que reforma el Art. 5 de la
Ordenanza que reglamenta el pago de remuneraciones a concejalas y concejales


Cantón Santa Elena: Que regula la implementación
de estructuras fijas de soporte de antenas y su infraestructura relacionada
para el servicio móvil avanzado (SMA)


Cantón Santa Elena:
Que aprueba el plano del
valor del suelo urbano y rural que regula la formación de los catastros
prediales urbanos y rurales, la determinación, administración y recaudación del
impuesto a los predios urbanos y rurales, los factores de aumento o reducción
del valor del suelo, los parámetros para la valoración de las edificaciones y
demás construcciones y las tarifas para el bienio 2014 -2015

CONTENIDO


OM-002-2015

EL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL FRANCISCO DE ORELLANA

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº
449, del 20 de octubre del año 2008, en su artículo 21, establece: Las personas
tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a
decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar
dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de
sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias
expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas;

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 22, dice: Las personas
tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y
sostenido de las actividades culturales
y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y
patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias
o artísticas de su autoría;

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 23, expresa: Las
personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de
deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad
en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias
expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca
la ley, con sujeción a los principios constitucionales;

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 315, enuncia: El
Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos,
la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos
naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas.

Las empresas
públicas estarán bajo la regulación y el control específi co de los organismos
pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de derecho
público, con personalidad jurídica, autonomía financiera, económica,
administrativa y de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios
empresariales, económicos, sociales y ambientales. Los excedentes podrán
destinarse a la inversión y reinversión en las mismas empresas o sus
subsidiarias, relacionadas o asociadas, de carácter público, en niveles que
garanticen su desarrollo.

Los excedentes
que no fueran invertidos o reinvertidos se transferirán al Presupuesto General
del Estado. La ley definirá la participación de las empresas públicas en
empresas mixtas en las que el Estado siempre tendrá la mayoría accionaria, para
la participación en la gestión de los sectores estratégicos y la prestación de
los servicios públicos;

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 377, enuncia: El
sistema nacional de cultura tiene como fi nalidad fortalecer la identidad
nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar
la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute
de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el
patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales;

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 378, expone: El
sistema nacional de cultura estará integrado por todas las instituciones del
ámbito cultural que reciban fondos públicos y por los colectivos y personas que
voluntariamente se vinculen al sistema. Las entidades culturales que reciban
fondos públicos estarán sujetas a control y rendición de cuentas. El Estado
ejercerá la rectoría del sistema a través del órgano competente, con respeto a
la libertad de creación y expresión, a la interculturalidad y a la diversidad;
será responsable de la gestión y promoción de la cultura, así como de la formulación
e implementación de la política nacional en este campo;

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 379, explica: Son
parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e
identidad de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado,
entre otros:

1. Las
lenguas, formas de expresión, tradición oral y diversas manifestaciones y
creaciones culturales, incluyendo las de carácter ritual, festivo y productivo.

2. Las edificaciones,
espacios y conjuntos urbanos, monumentos, sitios naturales, caminos, jardines y
paisajes que constituyan referentes de identidad para los pueblos o que tengan
valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico.

3. Los
documentos, objetos, colecciones, archivos, bibliotecas y museos que tengan
valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico.

4. Las creaciones
artísticas, científicas y tecnológicas.

Los bienes
culturales patrimoniales del Estado serán inalienables, inembargables e
imprescriptibles. El Estado tendrá derecho de prelación en la adquisición de
los bienes del patrimonio cultural y garantizará su protección. Cualquier daño
será sancionado de acuerdo con la ley.

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 380, declara: Serán
responsabilidades del Estado:

1. Velar,
mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa,
conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural
tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y
arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y
manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica
del Ecuador.

2. Promover la
restitución y recuperación de los bienes patrimoniales expoliados, perdidos o
degradados, y asegurar el depósito legal de impresos, audiovisuales y contenidos
electrónicos de difusión masiva.

3. Asegurar
que los circuitos de distribución, exhibición pública y difusión masiva no
condicionen ni restrinjan la independencia de los creadores, ni el acceso del
público a la creación cultural y artística nacional independiente.

4. Establecer
políticas e implementar formas de enseñanza para el desarrollo de la vocación
artística y creativa de las personas de todas las edades, con prioridad para
niñas, niños y adolescentes.

5. Apoyar el
ejercicio de las profesiones artísticas.

6. Establecer
incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios
de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales.

7. Garantizar
la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de bienes
culturales, así como su difusión masiva.

8. Garantizar
los fondos suficientes y oportunos para la ejecución de la política cultural.

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 425, declara: El orden
jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los
tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes
ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y
reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos
y decisiones de los poderes públicos.

En caso de
conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional, las
juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores
públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior.

La jerarquía
normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de competencia, en
especial la titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos
descentralizados.

Que, el Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD),
publicado en el Suplemento-Registro Oficial Nº 303, del 19 de octubre del 2010;
y, las reformas introducidas por la Ley Orgánica Reformatoria publicada en el
Suplemento del Registro Oficial Nro.166 de 21 de enero de 2014, entre otras determina:
Art. 55.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado
municipal.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes
competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: h)
Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural
del cantón y construir los espacios públicos para estos fines;

Que, el Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD),
en el Art. 144 expresa: Ejercicio de la competencia de preservar, mantener y
difundir el patrimonio cultural.- Corresponde a los gobiernos autónomos
descentralizados municipales, formular, aprobar, ejecutar y evaluar los planes,
programas y proyectos destinados a la preservación, mantenimiento y difusión
del patrimonio arquitectónico, cultural y natural, de su circunscripción y
construir los espacios públicos para estos fines.

Para el
efecto, el patrimonio en referencia será considerado con todas sus expresiones
tangibles e intangibles. La preservación abarcará el conjunto de acciones que permitan
su conservación, defensa y protección; el mantenimiento garantizará su
sostenimiento integral en el tiempo; y la difusión procurará la propagación permanente
en la sociedad de los valores que representa.

Cuando el
patrimonio a intervenir rebase la circunscripción territorial cantonal, el
ejercicio de la competencia será realizada de manera concurrente, y de ser
necesario en mancomunidad o consorcio
con los gobiernos autónomos descentralizados regionales o provinciales. Además
los gobiernos municipales y distritales podrán delegar a los gobiernos
parroquiales rurales y a las comunidades, la preservación, mantenimiento y
difusión de recursos patrimoniales existentes en las parroquias rurales y urbanas.

Los gobiernos
autónomos descentralizados municipales podrán, mediante convenios, gestionar
concurrentemente con otros niveles de gobierno las competencias de preservación,
mantenimiento y difusión del patrimonio cultural material e inmaterial.

Será
responsabilidad del gobierno central, emitir las políticas nacionales,
salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural y natural, por lo cual
le corresponde declarar y supervisar el patrimonio nacional y los bienes
materiales e inmateriales, que correspondan a las categorías de: lenguas,
formas de expresión, tradición oral y diversas manifestaciones y creaciones
culturales: las edificaciones, espacios y conjuntos urbanos, monumentos, sitios
naturales, caminos, jardines y paisajes que constituyan referentes de identidad
para los pueblos o que tengan valor histórico, artístico, arqueológico,
etnográfico o paleontológico; los documentos, objetos, colecciones, archivos,
bibliotecas y museos; las creaciones artísticas, científicas y tecnológicas:
entre otras; los cuales serán gestionados de manera concurrente y
desconcentrada. Los gobiernos autónomos descentralizados provinciales podrán
hacer uso social y productivo de los recursos culturales de su territorio, a
efectos de cumplir su competencia de turismo en el marco del fomento productivo.

Los bienes
declarados como patrimonios naturales y culturales de la humanidad se sujetarán
a los instrumentos internacionales.

Cuando los
gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos o municipales declaren
patrimonio histórico a edificaciones que requieran ser expropiadas, deberán pagar
a los propietarios el valor comercial de dicho bien, conforme lo establecido en
este Código, y harán constar en el presupuesto del ejercicio económico del año
siguiente, los valores necesarios y suficientes para cumplir con la restauración
del bien declarado patrimonio histórico de la ciudad. De no observarse estas
disposiciones la resolución quedará sin efecto y él o los propietarios podrán
hacer de ese bien, lo que más les convenga, sin afectar su condición patrimonial;

Que, la Ley
Orgánica de Empresas Públicas, publicada en el Registro Oficial Suplemento 48
del 16 de octubre del 2009, en el Art. 1 determina: Las disposiciones de la
presente ley regulan la constitución, organización, funcionamiento, fusión,
escisión, y, liquidación de las empresas públicas no financieras que no
pertenecen al sector financiero y que actúen en el ámbito internacional,
nacional, regional, provincial o local;

Que, la Ley
Orgánica de Empresas Públicas, en el Art. 40, señala sobre la rentabilidad
social y subsidios, que reconoce la existencia de empresas públicas
constituidas exclusivamente para brindar servicios públicos, en las cuales haya
una


preeminencia
en la búsqueda de rentabilidad social, a favor de las cuales el Estado podrá constituir
subvenciones y aportes estatales que garanticen la continuidad del servicio
público. Las subvenciones y aportes destinarán preferentemente para la
expansión de los servicios públicos en las zonas en las que existe déficit de
los mismos o para sectores de atención social prioritaria;

Que, para
cumplir con los fines previstos en las disposiciones legales vigentes es
necesario contar con un instrumento administrativo que señale y delimite funciones
y responsabilidades de las unidades que constituyen su estructura orgánica para
el cumplimiento de su misión;

Que, es
necesario asegurar el mayor grado de calidad con efi ciencia y eficacia en la
prestación del servicio público de fomento y desarrollo del Museo Arqueológico
y Centro Cultural Orellana MACCO-EP;

Que, el
MACCO-EP, requiere de una estructura organizacional compatible con la
naturaleza y especialización de la misión consagrada en su base constitutiva,
que contempla principios de organización y de gestión institucional eficiente,
eficaz y efectiva;

Que, es
función del Directorio del MACCO- EP, establecer normas para su organización y
funcionamiento; y,

En uso de las
atribuciones que le confiere la constitucionales y legales expide la siguiente:

LA ORDENANZA
DE CONSTITUCIÓN,

ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL

MUSEO
ARQUEOLÓGICO Y CENTRO CULTURAL

DE ORELLANA –
EMPRESA PÚBLICA

(MACCO – EP)

CAPITULO I

DE LA CREACIÓN,
DENOMINACIÓN, OBJETO,

DOMICILIO,
FINES Y ATRIBUCIONES

Artículo 1.-
De la creación, denominación y objeto.- Créase la EMPRESA PÚBLICA ?MUSEO ARQUEOLÓGICO
Y CENTRO CULTURAL DE ORELLANA?, con denominación de MACCO ? EP, con el objeto
de planificar, organizar, dirigir y ejecutar servicios y actividades de
investigación, curaduría, restauración, conservación, promoción y difusión del
patrimonio arqueológico de la zona; así como la creación y desarrollo de las
diferentes artes, fortaleciendo la educación, el turismo cultural y la economía
popular y solidaria del cantón Francisco de Orellana, aprovechando de forma sustentable
los bienes públicos y actividades económicas, como una persona jurídica de
derecho público, con patrimonio propio, dotado de autonomía presupuestaria, financiera,
económica, administrativa y de gestión.

Artículo 2.-
Domicilio y régimen jurídico y tributario.- La empresa tendrá su domicilio en
la ciudad de Puerto Francisco de Orellana, Cantón Francisco de Orellana, Provincia
de Orellana, República del Ecuador,
pudiendo prestar sus servicios en el ámbito cantonal, de conformidad con la
ley, el MACCO – EP, se rige por la Constitución de la República del Ecuador, la
Ley Orgánica de Empresas Públicas, el Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD), la presente ordenanza municipal y demás
normativa aplicable. Se aplicará a la empresa el régimen tributario, por ello
se inscribirá en el Registro Único de Contribuyentes, siendo obligado a llevar
contabilidad y cumplirá con todos los deberes formales contemplados en el
Código Orgánico Tributario, el Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) y
demás leyes de la República del Ecuador.

Artículo 3.-
Fines y atribuciones.- Las atribuciones y fines del MACCO ? EP, están
relacionados con la investigación, exposiciones, colecciones y patrimonio arqueológico,
biblioteca y archivo histórico, desarrollo de las artes, auditorio y
administración en base a estrategias de coordinación y articulación
interinstitucional, en fi n de constituirse en un verdadero centro de
interpretación educativo, artístico y cultural que apoye y complemente de una
manera didáctica los conocimientos adquiridos en el sistema formal de
aprendizaje.

INVESTIGACIÓN
ARQUEOLÓGICA

Fomentar la investigación
arqueológica y etnográfica sobre la problemática existente en las comunidades indígenas
conectadas, tanto a nivel interno, social, de adaptación o con otras
comunidades no contactadas.

Apoyar programas
de investigación científica, tanto con población local como de personas de
otros países.

Impulsar
programas de sistematización de la intervención arqueológica para toda la
ciudad y publicaciones MACCO ? EP.

Impulsar la
investigación arqueológica-patrimonial y etnográfi ca sobre nuevos centros que
puedan anexarse al Museo.

DE LA
EXPOSICIÓN ARQUEOLÓGICA

Mantener
abiertas a disposición del público las salas de exposición permanente y
temporal de lunes a domingo en el horario del 10H00 a 18H00
ininterrumpidamente, a excepción de año nuevo y montaje y desmontaje de nuevas
exposiciones.

Realizar un
promedio de 2 exposiciones temporales de la más alta calidad cada año, con
énfasis en temas de la cultura regional, nacional o universal.

Atender a la
población demandante del cantón, así como turistas nacionales y extranjeros; y
visitantes virtuales.

Las
exposiciones temporales cuentan acerca de la historia del país y Amazonía, que
aportan a la formación de una conciencia nacional viva sobre la región
amazónica, su pasado, su presente y su futuro.

Exhibiciones
de fotografía etnográfica.

Presentaciones
de cartografía antigua y actual.

Exposiciones
de cronistas y viajeros.

Representación
pedagógica de la evolución geológica del oriente y particularmente la
existencia en el subsuelo del petróleo.

DE LA
COLECCIÓN

Preservar la
colección para las actuales y futuras generaciones ecuatorianas, mediante el
cuidado y conservación de más de 280 objetos representativos del patrimonio
cultural amazónico, custodiado durante más de cuarenta años por el Vicariato
Apostólico de Aguarico.

Enriquecer las
colecciones mediante la incorporación de nuevas piezas u objetos de interés
cultural.

Restaurar las
piezas nuevas que formaren parte de la colección a fi n de conservarlas de
forma adecuada la riqueza del patrimonial cultural.

Optimizar el
laboratorio de arqueología y colecciones de enseres indígenas o locales.

Desarrollar la
publicación de un anuario de colecciones que permita mostrar los notables
avances en la catalogación, documentación y restauración de piezas.

DEL PATRIMONIO
ARQUEOLÓGICO

Promover
planes de protección arqueológica, en conexión con el sector de urbanismo y en
conexión con el Centro de documentación histórica del MACCO ? EP.

Vincular el
carácter arqueológico del MACCO ? EP con el carácter etnográfico del Museo de
Pompeya buscando relaciones y vinculaciones entre ambos.

Promocionar y
difundir la existencia del patrimonio arqueológico.

Exhibir y
exponer el patrimonio arqueológico de la región.

Implementar
todas las medidas de seguridad y protección en fi n de custodiar el patrimonio arqueológico
existente.

Realizar las
gestiones pertinentes para recuperar piezas o contenidos arqueológicos en el
Cantón Francisco de Orellana.

DE LA
BIBLIOTECA AMAZÓNICA Y ARCHIVO HISTÓRICO

A partir de la
fecha que empieza a operar el edificio del MACCO-EP, se constituirá en este
espacio la biblioteca pública municipal y archivo amazónico bajo principios de
calidad, eficiencia, eficacia, integralidad y gratuidad.

La biblioteca
pública municipal y archivo amazónico ubicado en el MACCO-EP constituye un
centro de información y archivo histórico que facilitará a los usuarios y
usuarias todo tipo de datos y conocimientos educativos, culturales y
patrimoniales.

La biblioteca
pública municipal y archivo amazónico ubicado en el MACCO-EP presta sus
servicios sobre la base de igualdad de acceso de todas las personas, independientemente
de su edad, etnia, sexo, religión, nacionalidad, idioma y/o condición social.

La biblioteca
pública municipal y archivo amazónico del MACCO-EP constituye un centro de
información que facilitará a los usuarios todo tipo de datos y conocimientos. La
biblioteca pública municipal y archivo amazónico del MACCO-EP contribuirá al
cultivo del intelecto, con el ejercicio académico, investigativo de carácter local
y el desarrollo de los programas de formación complementaria ofrecidos por la
institución.

La biblioteca
pública municipal y archivo amazónico cumplirá diversas funciones, como:
cultural – patrimonial, social, educativa, investigativo y económica.

Promoverá actividades
de extensión científica-cultural y de servicios a la comunidad.

Los servicios
que brindarán la biblioteca pública municipal y archivo amazónico del MACCO-EP,
serán accesibles a todos los miembros de la comunidad, con sala de lectura y
estudio, tecnología adecuada y un horario suficiente y apropiado.

Crear y
consolidar el hábito de la lectura en la población del Cantón, especialmente
niños, niñas y adolescentes.

Desarrollar
acciones de sensibilización respecto al uso y conservación del patrimonio
cultural, el aprecio de las artes, las innovaciones y logros científicos;

Prestar apoyo
a las actividades y programas de alfabetización destinadas a todos los grupos
de edad, participar en ellas y, de ser necesario, iniciarlas.

ARTES Y
AUDITORIO

Desarrollar
cursos y talleres de capacitación en las diferentes ramas de las artes dirigido
a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y población en general.

Ofrecer a la
ciudadanía una programación de eventos en los diferentes campos de las artes.

Incentivar la
formación de gestores e instructores artísticos – culturales para el cantón
Francisco de Orellana.

Gestionar
actividades artísticas ? culturales a nivel nacional para presentarse en el
MACCO – EP.

Ofrecer a la
ciudadanía un espacio que reúne las condiciones técnicas para el desarrollo de
eventos artísticos ? culturales, formales, académicos, científicos y sociales,
según la normativa reglamentaria.

Fomentar
festivales artísticos.

Coordinación
de la programación cultural con canal y radio pública municipal y demás medios
de comunicación local y nacional.

COORDINACIÓN Y
ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Mantener la
voluntad política mediante la aportación de recursos económicos, técnicos,
humanos, materiales y otros, que contribuyan al cumplimiento de los fines y
objetivos del MACCO ? EP.

Establecer los
mecanismos de coordinación y articulación interinstitucional entre miembros del
directorio, así como del resto de instituciones para el óptimo cumplimiento de
las metas, productos y resultados esperados del MACCO ? EP.

Articular
acciones de coordinación interinstitucional entre instituciones miembros del
Directorio de la Empresa, con otras instituciones del nivel parroquial, cantonal,
provincial y del País; así como organismos extranjeros que contribuyan al logro
de los objetivos.

Elaborar y
mantener actualizado el directorio de la oferta institucional existente en el
medio.

Para el
cumplimiento de sus fines y atribuciones enunciados y lograr el vínculo del
MACCO ? EP de manera eficiente, sostenible y sustentable al progreso del cantón
Francisco de Orellana, se implementará los siguientes lineamientos básicos:

El
fortalecimiento en todo momento del desarrollo cultural educativo y la economía
popular y solidaria.

Implementación
de estudios y ejecución de proyectos en el área de cultura y marketing.

La dotación,
operación, mantenimiento, administración, control y funcionamiento de los servicios
del MACCO- EP, así como de otros determinados por la empresa y los diferentes
sistemas o infraestructuras requeridos para su prestación.

Elaboración e
implementación de planes y programas que aseguren el posicionamiento, promoción
y publicidad del MACCO ? EP.

Fortalecimiento
institucional mediante convenios y acuerdos, con personas naturales y
jurídicas, organismos e instituciones nacionales e internacionales, o con la
participación de éstos en el cumplimiento de planes y programas de
investigación, conservación, promoción y difusión del patrimonio.

Fomentar la
capacitación y especialización de su personal en todos los niveles y áreas de
la Empresa.

Fiscalizar
directamente o por medio de terceros, toda obra que tenga relación con sus
funciones.

Creación de
ordenanzas que regulen las actividades artísticas y culturales en el cantón
Francisco de Orellana; así como controlar el comercio ilegal del patrimonio
cultural; entre otras relacionadas al tema.

CAPITULO II

SECCIÓN
PRIMERA

REGLAMENTO
ORGÁNICO FUNCIONAL POR

PROCESOS DE
LAS POLÍTICAS, VALORES,

DIRECTRICES,
OBJETIVOS, MISIÓN Y VISIÓN INSTITUCIONAL

Artículo 4.-
Marco Integrado de Políticas Públicas ? MACCO ? EP, adoptará como marco
referencial, las políticas descritas en el reglamento de la empresa:

Sostenibilidad
Ecológica.- Asegura el mantenimiento de la estructura física en todos sus
niveles.

Participación
Social.- Se promoverá la participación de las personas y colectivos ciudadanos
como niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la formulación y ejecución de
planes, programas, proyectos y acciones en fi n de implementar la política
pública cultural.

Uso
Sustentable.- El uso actual debe ser a largo plazo con el mantenimiento
adecuado para la sustentabilidad del proyecto.

Viabilidad
Económica.- Las actividades económicas se promoverá en el marco de la planificación,
la competitividad, la sustentabilidad, para que generen un benefi cio real a la
sociedad en su conjunto.

Complementariedad.-
Esta política establecerá vínculos de complementariedad entre cultura, educación,
comunicación, ciencia, investigación y tecnología para el desarrollo humano.

Innovación y
desarrollo tecnológico acordes al medio.- Fomentar en la Empresa Pública el
desarrollo tecnológico, acorde a sus necesidades, para mejorar cualitativamente
y a largo plazo, la calidad de todos los servicios que ofrece tal Empresa.

Artículo 5.-
Misión Institucional.- Brindar servicios culturales, y educativos eficientes,
eficaces y de calidad, a través de la participación, coordinación y
articulación entre todos los procesos que involucran al equipo de trabajo de la
institución como el interinstitucional, promoviendo el ejercicio pleno de los
derechos culturales a través del rescate y valorización de nuestro patrimonio cultural
tangible e intangible como la difusión de
bienes y servicios culturales y educativos de la región amazónica y el fomento
de la creación, expresión y promoción de las diferentes manifestaciones
culturales – artísticas de nuestra población.

Artículo 6.-
Visión Institucional.- El MACCO-EP para los próximos cinco años, se constituirá
en el epicentro educativo ? cultural con enfoque en el desarrollo humano de
Francisco de Orellana con personal capacitado y valores éticos que satisfagan
las necesidades de la ciudadanía que recibe sus servicios, proporcionando
conocimiento, saberes, herramientas e instrumentos sobre la historia, identidad
y valores culturales de nuestra selva y nuestras culturas amazónicas a hombres,
mujeres, adultos mayores, adolescentes, niñas y niños, garantizando así el
ejercicio pleno de los derechos culturales basado en la interculturalidad que
contribuyan a la consecución del Buen Vivir.

Artículo 7.-
Objetivos Estratégicos.- Para el cumplimiento de su misión empresarial y la
satisfacción de la demanda de servicios que los ciudadanos solicitan, se
establece los siguientes objetivos estratégicos planteados en la agenda de
desarrollo y promoción de los servicios del MACCO-EP:

Garantizar el
ejercicio de los derechos culturales de individuos y colectivos, el desarrollo
artístico, el derecho a la información y al conocimiento, al acceso y uso del
espacio público.

Orientar
acciones hacia el personal interno de la vida cultural de Francisco de
Orellana, con el objetivo de delinear una planificación estratégica
participativa, mediante espacios de debate, consecución de herramientas de
trabajo, así como la aplicación de acciones de información, comunicación,
educación y a la vez la construcción de redes sociales para el efecto.

Fomentar la
creación y difusión de talentos artísticos en todas las ramas del arte, tanto
reconocidos, como los existentes y nuevos talentos, con el fi n de propiciar espacios
para la creatividad y tender puentes para su acceso al mercado cultural y a un
mayor reconocimiento social.

Exhibir y
difundir el patrimonio amazónico. ? Potenciación de la pequeña y mediana
industria cultural y de las instituciones culturales, mediante la formulación
de políticas públicas para la revitalización, generación, financiación y
protección para tal propósito.

Impulsar
programas, proyectos y acciones que faciliten el uso y consumo de los productos
culturales desarrollados en la ciudad y a nivel nacional, tanto en los espacios
públicos como privados.

Dinamizar la
identidad y valores culturales educativos para conocimiento de la población y
lograr su incorporación a la vida cotidiana de las personas, de sus barrios y
que contribuya a fortalecer los sentimientos de identidad y orgullo ciudadano. Organización de eventos, acontecimientos y espectáculos
que irrumpen en el orden cotidiano, que convoquen a multitudes a que participen
de diferentes manera, por diferentes medios y constituyan hechos económicos
fuertemente significativos.

Posicionar al
MACCO-EP y Francisco de Orellana, como un polo de desarrollo cultural y
turístico amazónico, incorporando a Orellana en el circuito nacional de cultura,
así como internacionalizar a los creadores de producción.

Establecer un
sistema de gestión organizacional de calidad para un desempeño institucional
óptimo.

Alcanzar un
liderazgo fuerte, estable y comprometido con los requerimientos de los
ciudadanos y ciudadanas.

Proporcionar
información veraz, positiva y real sobre las actividades que se desarrollan en
el MACCO-EP.

Investigar,
analizar y recomendar las soluciones más adecuadas a los problemas que enfrenta
el MACCOEP, adaptada a las condiciones en lo ambiental, social, económico y
político.

Auspiciar y
promover la realización de reuniones permanentes para discutir los problemas
del MACCOEP, mediante el uso de mesas redondas, seminarios, talleres,
conferencias, simposios, cursos y otras actividades de integración y trabajo.

Brindar
capacitación permanente a personal operativo, que apunte a la
profesionalización de la gestión del personal.

Artículo 8.-
Valores Institucionales.- A fi n de generar una cultura organizacional que
asegure un comportamiento laboral de todos los integrantes del MACCO-EP,
orientada a generar productos y servicios de calidad, en función de satisfacer
la demanda, define los siguientes valores:

Integridad:
Menciona el compromiso ético y la honestidad de nuestra conducta, personal y
profesional, con la que hemos de afrontar cualquier situación con la máxima
responsabilidad, respeto y transparencia.

Profesionalismo:
Es el conocimiento y capacidad para desempeñarse y entregar una oferta de valor
que se requieren en nuestros productos y servicios.

Responsabilidad:
Es el compromiso y dedicación para cumplir nuestros deberes como ciudadanos y colaboradores.

Espíritu de
Equipo: Implica nuestra capacidad y voluntad para fomentar la máxima
colaboración, comunicación y confianza entre todos aquellos que forman parte de
nuestra organización para generar sinergias y alcanzar objetivos comunes. Vocación
de Servicio: Define nuestra motivación para conocer y satisfacer las
necesidades de los clientes internos y externos, dando una respuesta rápida y
eficaz en sus peticiones y sugerencias, anticipándonos en estas necesidades
siempre que sea posible y prestando especial atención al trato personal.

Honestidad:
Disposición a obrar con honradez y justicia del MACCO-EP y que su personal cumpla
con el ejercicio del control de gestión acorde con los principios, valores y
normas establecidas, aplicándolas en su quehacer laboral y social.

Lealtad:
Fidelidad en el trato y el desempeño. El servidor del MACCO-EP es fiel con los
compromisos que se derivan de sus funciones y principios constitucionales y
legales.

SECCIÓN
SEGUNDA

DE LA
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

DE GESTIÓN POR
PROCESOS

Artículo 9.-
Estructura organizacional por procesos.- La estructura organizacional del
MACCO-EP, se alinea con su finalidad establecida en la presente ordenanza, y se
sustenta en la filosofía y enfoque de productos, servicios y procedimientos con
el objeto de asegurar su ordenamiento orgánico.

Procesos del
MACCO-EP.- Los procesos que elaboran los productos y servicios de la empresa,
se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado
al cumplimiento de la finalidad o misión empresarial.

Artículo 10.-
Gestión por procesos.- La estructura organizacional
del MACCO-EP, estará integrada por gestión por procesos, compatibles con la
demanda y la satisfacción de los usuarios internos y externos.

Artículo 11.-
Definición de los procesos institucionales.- Los procesos al interior de la
empresa se agrupan en función del grado de contribución y valor agregado al cumplimiento
de la misión o finalidad empresarial, se clasifican por su responsabilidad en:

1. Procesos
Gobernantes: Estos procesos son responsables de emitir políticas, directrices,
normas, planes, programas y proyectos estratégicos de desarrollo y promoción de
los servicios del MACCO-EP, para el correcto funcionamiento de la empresa.

2. Procesos
Agregadores de Valor: Generan, administran, y controlan los productos y
servicios destinados principalmente a usuarios y usuarias externos y permiten
cumplir con la misión institucional, denotan la especialización de la misión.

3. Procesos
Habilitantes de Apoyo: Están encaminados a generar productos y servicios para
los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, viabilizando
la gestión institucional.