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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

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MiĆ©rcoles, 08 de Octubre de 2008 – R. O. No. 442

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n FUNCION EJECUTIVA n n

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DECRETOS:

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1343-ARenóvase la declaración de emergencia en la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador, PETROECUADOR y sus empresas filiales permanentes que tiene la empresa para cada una de las siguientes actividades operativas: a) Exploración y producción; b) Industrialización; y, c) Comercialización y transporte de petróleo

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1351……. Refórmase el inciso primero del artĆ­culo 209 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la Función Ejecutiva

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1352……. Dispónese que el descuento del cincuenta por ciento (50%) en las tarifas de transportación aĆ©rea de pasajeros, entre la provincia de GalĆ”pagos y el continente, serĆ” aplicable solamente para 12 contratos de transporte aĆ©reo al aƱo para los residentes permanentes; y de 2 contratos de transporte aĆ©reo al aƱo para los residentes temporales

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ACUERDOS:

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MINISTERIO DE EDUCACION:

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305……… ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personalidad jurĆ­dica a la Corporación para la Gestión, Educación y Calidad ā€œGESECALā€, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

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MINISTERIO DE FINANZAS:

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273 MF-2008 Delégase a la doctora Gely SÔnchez, funcionaria de la Subsecretaría General Jurídica, para que represente a la señora Ministra en la sesión ordinaria del Consejo Directivo del Instituto AntÔrtico Ecuatoriano, INAE

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274 MF-2008 Ratifícase el nombramiento conferido mediante Acuerdo Ministerial Nº 004 MEF-2007, expedido el 16 de enero del 2007, mediante el cual se designó a la economista Carolina Portaluppi Castro, para que desempeñe las funciones de Subsecretaria del Litoral

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275 MF-2008 RatifĆ­case el encargo de las funciones de Subsecretario de Contabilidad Gubernamental, conferido al ingeniero Nelson Samaniego, funcionario de esta Cartera de Estado, mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 242 MF-2008, expedido el 26 de agosto del 2008

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276 MF-2008 EncÔrgase las funciones de Subsecretario de Tesorería de la Nación, al economista Manuel Oswaldo Arguello C., fun-cionario de esta Secretaría de Estado

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277 MF-2008 Nómbrase a la economista Isela Verónica SÔnchez ViñÔn, Subsecretaria de presupuestos

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MINISTERIO DE JUSTICIA:

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0070/08-MJDH DelƩganse atribuciones y funciones al doctor Franco Patricio SƔnchez Hidalgo, Viceministro de Justicia y Derechos Humanos

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0071/08-MJDH Delégase al abogado Néstor Arbito Chica, Subsecretario de Coordinación Jurisdiccional, para que ocupe el cargo de Viceministro de Justicia y Derechos Humanos

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MINISTERIO DE MINAS

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Y PETROLEOS:

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210……… Refórmase el Reglamento Interno de Administración de Recursos Humanos, expedido con Acuerdo Ministerial NĀŗ 034, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial NĀŗ 194 de 19 de octubre del 2007

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MINISTERIO DE TRANSPORTE

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Y OBRAS PUBLICAS:

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043……… DeclĆ”rase de utilidad pĆŗblica los inmuebles necesarios para la construcción de las estaciones de pesaje, ubicadas en: 1) ā€œYā€ de Pifo (Intersección vĆ­a Pifo-San-golquĆ­)-Papallacta-ā€œYā€ de Baeza. 2) ā€œYā€ de Baeza-Baeza-Tena. 3) ā€œYā€ de Baeza-San Francisco de Borja-El Chaco

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RESOLUCIONES:

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MINISTERIO DE EDUCACIƓN

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DIRECCION NACIONAL DE

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SERVICIOS EDUCATIVOS:

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013……… ExpĆ­dese el Reglamento interno para las contrataciones exceptuadas hasta el 31 de diciembre del 2008, de los procedimientos de cotización y menor cuantĆ­a establecidos en la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de Contratación PĆŗblica

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CONSEJO NACIONAL DE

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ELECTRICIDAD – CONELEC:

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DE-08-031 Otórgase la Licencia Ambiental No. 020/08, para la construcción y operación del proyecto de la Línea de Subtransmisión La Primavera-La Iberia, a 69 kV de tensión y 11.5 km de longitud, a ubicarse en la provincia de El Oro, cantón Machala

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DIRECCION GENERAL DE

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AVIACION CIVIL:

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159A/2008 Acógese la recomendación de la Comisión de Apertura de la Licitación del Servicio Público del Sistema Aeroportuario de la Isla de Baltra y adjudícase el contrato de concesión a la Corporación América S. A., de conformidad con su propuesta presentada el 29 de agosto del 2008

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163……… ExpĆ­dese el Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva

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INSTITUTO NACIONAL DE

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ESTADISTICA Y CENSOS:

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112-DIRG-2008 DelƩganse facultades que le competen al Director General a los directores tƩcnicos de Area de las Regionales del INEC

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148-DIRG-2008 Expƭdese la Norma tƩcnico-jurƭdica administrativa para celebrar convenios

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165-DIRG-2008 ExpĆ­dese el Instructivo para el manejo del fondo a rendir cuentas del Proyecto Registro Unico de Beneficiarios

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SECRETARIA NACIONAL TECNICA DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Y REMUNERACIONES DEL SECTOR PUBLICO:

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SENRES-2008-000181 Incorpóranse en la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerÔrquico superior el puesto de Director General del Instituto Nacional de la Niñez y la Familia

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SENRES-2008-000196 Incorpóranse en la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerĆ”rquico superior los puestos de Subgerente General del Fondo de Inversión Social de Emergencia – FISE; Gerente de Proyectos y Coordinación Nacional; Gerente de Gestión Social e Infraestructura; Gerente Financiero; y, Gerente de AsesorĆ­a JurĆ­dica del FISE

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SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

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DRNO-DEL-R-2008-17 Deléganse atribuciones a la economista Mónica Cristina Medina Vélez, de la Dirección Regional Norte del SRI

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ORDENANZAS MUNICIPALES:

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………. Cantón Quijos: Que regula la administración, control y recaudación de la tasa por la licencia Ćŗnica anual de funcionamiento de los establecimientos turĆ­sticos

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………. Cantón Santa Cruz: Sustitutiva a la Ordenanza que reglamenta el funcionamiento del Concejo Cantonal de la NiƱez y Adolescencia

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n n No. 1343-A n n

Rafael Correa Delgado

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PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que de conformidad con el artículo 247 de la Constitución Política de la República del Ecuador los recursos no renovables serÔn explotados en función de los intereses nacionales;

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Que por una deficiente orientación organizacional del Sistema PETROECUADOR, sostenida por la estructura que debilitó el Estado y sus capacidades, se produce una situación conflictiva en las Ôreas: Exploración y producción; industrialización; y, comercialización y transporte de Petróleo lo que significa pérdida de ingresos para el desarrollo del pueblo ecuatoriano, lo que puede provocar una grave conmoción interna;

n n

Que es propósito del Gobierno Nacional recuperar la capacidad operativa del Sistema PETROECUADOR para detener el progresivo e intensivo proceso de disminución de eficiencia en las Ôreas de: Exploración y producción; Industrialización; y, Comercialización y transporte de petróleo que va en directo perjuicio del pueblo ecuatoriano;

n n

Que es necesario intervenir urgentemente en todo el Sistema PETROECUADOR para salvaguardar los intereses nacionales;

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Que es indispensable la movilización de las instituciones, bienes y recursos públicos, y en ciertos casos la requisición de bienes que fuere menester para lograr los resultados esperados en las actividades conducentes a superar la situación de disminución eficiencia en las Ôreas de: exploración y producción; industrialización; y, comercialización y transporte de petróleo; y,

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En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 180 de la Constitución Política de la República; y 52 y siguientes de la Ley de Seguridad Nacional,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Renovar la declaración de Emergencia en la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador, PETROECUADOR, y sus empresas filiales permanentes que tiene la empresa para cada una de las siguientes actividades operativas: a) exploración y producción; b) industrialización; y, c) comercialización y transporte de petróleo.

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Esta renovación de emergencia se extiende a todo el denominado Sistema PETROECUADOR, por lo tanto a la parte que dependa de PETROECUADOR como contraparte de los contratos celebrados con otras empresas para las actividades enumeradas en este artículo y a la Unidad de Administración Temporal del denominado Bloque Quince.

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Artículo 2.- Renovar la movilización nacional, económica y militar de la Fuerza Naval, con el propósito de superar la emergencia provocada por el progresivo e intensivo proceso de disminución de eficiencia en las Ôreas de: exploración y producción; industrialización; y, comercialización y transporte de petróleo.

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Se ratifica la disposición al Ministerio de Defensa para que mediante el Comandante General de la Fuerza Naval autorice la participación de personal de esa rama de las Fuerzas Armadas en la gestión de la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador, PETROECUADOR, y sus empresas filiales permanentes, con la finalidad de superar la situación de emergencia presentada.

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Artículo 3.- El Ministerio de Finanzas situarÔ los recursos suficientes para atender esta renovación de emergencia.

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Artículo 4.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo que entrarÔ en vigencia desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encÔrguense los ministros de Defensa, Finanzas; y, Minas y Petróleos.

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Dado en el Palacio Nacional, en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el dĆ­a de hoy 21 de septiembre del 2008.

n n f.) Rafael