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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Jueves, 14 de Abril de 2011 – R. O. No. 427

n n n

nFUNCIÓN EJECUTIVA
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nACUERDOS:
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nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n032 Disuélvese la Fundación “TERRA VIVA”, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha.
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n033 Apruébase el Plan Estratégico,
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nMINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS:
n
n06-2010 Encárgase la Secretaría Técnica de este Ministerio, al licenciado Carlos Alvear Guzmán.
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n
n035-2011 Concédese en calidad de auspicio a favor del señor Edwin Rafael Madrid, el valor correspondiente a un pasaje aéreo inter-nacional en la ruta Quito-Saint Nazaire-Francia-Quito.
n
nMINISTERIO DE FINANZAS, COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA:
n
n073 Modifícase el Acuerdo Ministerial Nº 447, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 259 de 24 de enero del 2008.
n
n082 MF-CGAF-2011 Dispónese que el doctor Freddy Ricardo Borja Q., Director Administrativo de esta Cartera de Estado, subrogue las funciones de Coordinador General Administrativo Financiero.
n
nMINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:
n
n11 103 Modifícase el Acuerdo Ministerial No. 10330 de 12 de julio del 2010, reformado por el Acuerdo Ministerial No. 10 376 de 27 de agosto del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 278 del 14 de septiembre del 2010.
n
nMINISTERIO DEL INTERIOR:
n
n1889 Apruébase el Estatuto Social de la Junta Cívica Promejoras del cantón Simón Bolívar, con domicilio en el cantón Simón Bolívar, provincia del Guayas.
n
n1890 Encárgase al economista Andrés Borja, Subsecretario de Seguridad Interna, el cargo de Viceministro de Seguridad Interna.
n
nMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
n
n00000259 Expídense disposiciones transitorias al Reglamento para la autorización y control de la publicidad y promoción de alimentos procesados.
n
n00000275 Modifícase el Acuerdo Ministerial No.00000028 del 11 de enero del 2011, e incorpóranse entre las unidades operativas declaradas en estado de emergencia sanitaria a otras unidades.
n
nMINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS:
n
n016-DM Amplíase la delegación efectuada al señor Coordinador General de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
n
nEXTRACTOS:
n
nMINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL:
n
nApruébanse, refórmanse los estatutos y concédese personalidad jurídica a las siguientes organizaciones:
n001 – SG Comité Pro-Mejoras de la Lotización “Tierra Mía” Nº 2.
n
n002 – SG Asociación de Tripulantes de Cabina “ATRICAB”.
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n003 – SG Comité Barrial de la Urbanización Textil San Pedro (Luluncoto).
n
n004 – SG Fundación Teléfono Desarrollo Comunitario “Fajardo”.
n
n005 – SG “Asociación Afroecuatoriana Canela y Púrpura”.
n
n006 – SG “Fundación Esquel – Ecuador”.
n
n007 – SG Fundación para el Desarrollo Social y Ciudadano.
n
n008 – SG Fundación de Apoyo al Muchacho Trabadador Monseñor Antonio J. González Zumárraga.
n
n009 – SG Asociación de Empleados del INFA “Santo Domingo de los Tsáchilas”.
n
n010 – SG Asociación “Grupo Adulto Mayor Tambillo”.
n
n011 – SG Comité Pro-Mejoras “Altares de Los Andes”.
n
n012 – SG Asociación de Pequeños Comerciantes “1ro. de Mayo”.
n
n013 – SG Comité Pro-Mejoras del Barrio “Turucucho”.
n
n014 – SG Comité Promejoras del Barrio “Nuevo Porvenir”.
n
n015 – SG Fundación Missionary Internacional “Victory in Christ”.
n
n016 – SG Comité Pro-Mejoras del Barrio “Altar del Pululahua”.
n
n017 – SG Asociación de Jubilados y Extrabajadores de la Empresa Pública Metropolitana de Aseo -EMASEO-.
n
n018 – SG Asociación de Madres Promotoras “Sem-bradores de Esperanza”.
n
n019 – SG Asociación Seis de Junio.
n
n020 – SG Asociación de Moradores Balcones del Inca.
n
n021 – SG Comité Promejoras del Barrio “13 de Abril Tsáchila”.
n
n022 – SG Comité Promejoras del Barrio “Rincón Andino”.
n
n023 – SG Fundación Acción PROVIDA.
n
n024 – SG Comité Promejoras del Barrio “El Castillo».
n
n025 – SG Fundación Amigos de Israel “FAI”.
n
n026 – SG Asociación “Tantanakuy”.
n
n027 – SG Comité del “Barrio Central La Merced”.
n
n028 – SG Asociación de Artesanos Autónomos, Fabricantes y Expendedores de Melcochas,Maní Confitado y Afines “La Colmena”.
n
n029 – SG Comité Pro-Mejoras del Barrio “Pequeño Manantial”.
n
n030 – SG “Asociación de Catedráticos y Catedráticas de la Universidad Autónoma de Quito”.
n
n031 – SG Comité Pro-Mejoras Urbanización “Pamela Cristina”.
n
n032 – SG Asociación de Pequeños Comerciantes “Manuel Córdova Galarza”,
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n571 Apruébase el “Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan Manejo Ambiental del Complejo Coca – Bloque 7”, ubicado en las parroquias de Puerto Francisco de Orellana y Dayuma del cantón Orellana;en las parroquias Puerto Murialdo y San José de Payamino del cantón Loreto de la parroquia San Sebastián del Coca del cantón Joya de los Sachas de la provincia de Orellana y otórgase la licencia ambiental a la misma para dicha ejecución.
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nCORREOS DEL ECUADOR CDE EP:
n
n541 Apruébase el cobro de las obligaciones pendientes de pago por parte de la DINSE, mediante facturación por guías individuales por caja, aplicando el tarifario vigente.
n
n560-2010 Delégase al Gerente Nacional de Recursos Humanos, la suscripción de actas de finiquito, para la terminación de las relaciones laborales de los trabajadores.
n
nCDE EP-2010-564 Apruébase la emisión postal denominada:“Sobres Prefranqueados-Todos Somos Migrantes”.
n
nDIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE Y DEL LITORAL:
n
n006/2011 Prorrógase la vigencia del permiso de tráfico de las naves nacionales hasta el 30 de abril del 2011.
n
nSERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR:
n
nDGN-0022-2011 Deléganse competencias administrativas al ingeniero Luis Antonio Villavicencio Franco. .
nORDENANZA MUNICIPAL:
n
nGobierno Autónomo Municipal Descentralizado del Cantón Pedernales: Que regula la administración y control de activos fijos.
n
nORDENANZAS PROVINCIALES:
n
n001-CV-DMA-GPG Gobierno Provincial del Guayas: Que aprueba la ficha ambiental y Plan de Manejo Ambiental para esta-ciones radioeléctricas fijas de telefonía móvil avanzada de CONECEL S. A., en sus etapas de instalación, operación, mantenimiento y cierre de la Estación Base Celular Cienfamilias, ubicada en el cantón Balao, provincia del Guayas.
n
n002-CV-DMA-GPG Gobierno Provincial del Guayas: Que aprueba la ficha ambiental y Plan de Manejo Ambiental para esta-ciones radioeléctricas fijas de telefonía móvil avanzada de CONECEL S. A., en sus etapas de instalación, operación, mantenimiento y cierre de la Estación Base Celular Churute, ubicada en el cantón Naranjal, provincia del Guayas.

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n n No. 032 n n EL MINISTERIO DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 66, numeral 13, reconoce y garantiza a las personas: “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma libre y voluntaria”;

n n

Que, la Codificación del Código Civil, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de 24 de junio del 2005 en su Art. 577 primer inciso, establece que las corporaciones no pueden disolverse por sí mismas, sin la aprobación de la autoridad que legitimó su establecimiento;

n n

Que, el reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXX del Libro I de la Codificación del Código Civil y en las leyes especiales, contempla que cuando la disolución fuera decidida por la asamblea general, se comunicará de este hecho al Ministerio correspondiente;

n n

Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo dieciocho del estatuto de la fundación, y mediante resolución adoptada por mayoría de socios en asamblea general extraordinaria de miembros, realizada el día 4 de mayo del 2010, deciden disolver la Fundación TERRA VIVA; de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre de 2002;

n n

Que, mediante Acuerdo No. 250 de fecha 30 de diciembre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 394 del 28 de febrero del 2011, la Ministra del Ambiente, facultó al Coordinador General Jurídico varias de sus funciones, entre las que consta en el Art. 1, literal d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a la causales previstas en el Estatuto Social de cada organización”;

n n

Que, mediante certificación No. C51549604001 de fecha 21 de febrero del 2011, emitido por el Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, manifiesta que la Fundación Terra Viva, no registra bienes; el Registrador Mercantil del cantón Quito, mediante oficio No. 223-RMCQ-2011 del 11 de febrero del 2011, certifica que a favor de la Fundación Terra Viva, no consta registrada Prenda Industrial, Arrendamientos Mercantiles, Prendas a favor del Banco Nacional de Fomento, ni reserva de Dominio;

n n

Que, la doctora Doris Jaramillo, funcionaria de la Coordinación General Jurídica de esta Cartera de Estado, verifica los documentos de respaldo, el cumplimiento de los requisitos y emite el informe favorable para la disolución de la Fundación “Terra Viva”, mediante memorando No. MAE-CGJ-2011-0370 de fecha 1 de marzo del 2011;

n n

Que, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; de los decretos ejecutivos Nos. 3054 publicado en el Registro Oficial 660 del 11 de septiembre del 2002 y No. 982, publicado en el Registro Oficial Nº 311 del 8 de abril del 2008,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Disolver la Fundación “TERRA VIVA”, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha, aprobada mediante Acuerdo Ministerial No. 0035 del 23 de mayo del 2005, el mismo que queda sin efecto en virtud del presente acuerdo.

n n

Art. 2.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto por los Arts. 126 y 127 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 3.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en Quito, 9 de marzo del 2011. Comuníquese y publíquese.

n n

f.) Patricia Serrano Roca, Coordinadora General Jurídica, delegada de la Ministra del Ambiente.

n n No. 033 n n Marcela Aguiñaga Vallejo n MINISTRA DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, el numeral 7 del artículo 3, de la Constitución de la República del Ecuador, establece como deber primordial del Estado Ecuatoriano la protección del patrimonio natural y cultural del país;

n n

Que, el numeral 4 del artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador, establece como objetivo del régimen de desarrollo recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable donde se garantice el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficiarios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural;

n n

Que, el artículo 275 de la Constitución de la República del Ecuador, instituye el régimen de desarrollo como el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del sumak kawsay;

n n

Que, el artículo 400 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad y se declara de interés público la conservación de la misma y de todos sus componentes;

n n

Que, el artículo 404 de la Constitución Política de la República del Ecuador, determina que la gestión del patrimonio natural del Estado se sujetarán los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo a la ley;

n n

Que, el numeral 2 del artículo 395 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional;

n n

Que, con fecha 2 de octubre del 2009, mediante Acuerdo Ministerial No. 086, se aprobó la Política Ambiental Nacional; Que, mediante memorando No. MAE-D-2010-0434 de fecha 25 de octubre del 2010, la Ministra del Ambiente, encargada, solicitó la oficialización del Plan Estratégico del Ministerio del Ambiente;

n n

Que, la Coordinación General de Planificación Ambiental, mediante memorando No. MAE-CGPA-2011-0040 de fecha 25 de enero del 2011, adjunto el Plan Estratégico de esta Cartera de Estado una vez superada la etapa de revisión del mencionado documento, envío a la Coordinación General de Asesoría Jurídica, la versión final del Plan Estratégico de esta Cartera de Estado para la oficialización, conforme al procedimiento establecido;

n n

Que, la Coordinación General de Planificación Ambiental mediante memorando No. MAE-CGPA-2011-0063 de fecha 2 de febrero del 2011, adjuntó en alcance al memorando No. MAE-CGPA-2011-0040 de fecha 25 de enero del 2011 el Plan Estratégico Institucional con la actualización de la cartera de proyectos; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Plan Estratégico del Ministerio del Ambiente, como instrumento de dirección política y técnica de todas las instancias y dependencias del Ministerio del Ambiente, con los siguientes:

n n

Misión, visión, rol estratégico y objetivos estratégicos institucionales del plan: Misión.- Ejercer en forma eficaz y eficiente la rectoría de la gestión ambiental, garantizando una relación armónica entre los ejes económicos, social y ambiental

n


n

n n

que asegure el manejo sostenible de los recursos naturales estratégicos.

n n

Visión.- Lograr que el Ecuador use sustentablemente sus recursos naturales estratégicos para alcanzar el buen vivir.

n n

Rol Estratégico.- Ente Rector de la Gestión Ambiental en el País: Autoridad Ambiental Nacional.

n n Objetivos Estratégicos Institucionales del Plan: n n

Objetivo 1.- Incorporar los costos y beneficios ambientales y sociales en los indicadores económicos, que permitan priorizar actividades productivas de menor impacto y establecer mecanismos de incentivo adecuados.

n n

Objetivo 2.- Generar información sobre la oferta de recursos naturales estratégicos renovables por ecosistema para su manejo integral.

n n

Objetivo 3.- Reducir la vulnerabilidad ambiental, social y económico frente al cambio climático, concienciar a la población sobre las causas y efectos de este fenómeno antropogénico, y fomentar la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en los sectores productivos y sociales.

n n

Objetivo 4.- Reducir el consumo de recursos (electricidad, agua y papel) y de producción de desechos.

n n

Objetivo 5.- Manejar la conflictividad socio ambiental a través de la incorporación de los enfoques de participación ciudadana, e interculturalidad y/o género en los proyectos de gestión ambiental.

n n

Objetivo 6.- Definir y determinar información e investigación válidas y pertinentes para mejorar la gobernanza ambiental en los ámbitos de la normativa, la dinámica internacional y la participación ciudadana.

n n

Objetivo 7.- Fortalecer la institucionalidad del Ministerio del Ambiente.

n n

Art. 2.- El Ministerio del Ambiente en su calidad de Autoridad Nacional Ambiental, coordinará la implementación, articulación y actualización de la Política Ambiental Nacional y de su plan estratégico.

n n

Art. 3.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese a todas las dependencias del Ministerio del Ambiente, dentro del ámbito de sus competencias y de su seguimiento encárguese a la Coordinación General de Planificación.

n n DISPOSICIONES TRANSITORIAS n n

PRIMERA: Durante los 6 primeros meses del año 2011, se realizará un seguimiento a la calidad de la entrega de los productos y servicios desconcentrados. Cada Subsecretaría Temática se encargará de realizar el seguimiento respectivo.

n n

SEGUNDA: Durante los 6 primeros meses del año 2011, las direcciones provinciales, a través de su Director, podrán solicitar a las subsecretarías temáticas apoyo puntual para mejorar la gestión y entrega de todos aquellos productos y servicios desconcentrados que así lo requiriesen, lo cual deberá ser debidamente informado a la Coordinación General de Planificación.

n n Comuníquese y publíquese. n n Dado en Quito, a 10 de marzo del 2011. n n

f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.

n n Nº 06-2010 n n Rafael Poveda Bonilla n MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LOS n SECTORES ESTRATÉGICOS, SUBROGANTE n n Considerando: n n

Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 05 de 16 de agosto del 2010, el Ministro Titular de Coordinación de los Sectores Estratégicos encargó el Despacho Ministerial al Dr. Rafael Poveda Bonilla, Secretario Técnico de este Ministerio Coordinador, durante el período comprendido entre el 3 y el 11 de septiembre del 2010;

n n

Que para el normal desarrollo de las labores en el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos y con el objeto de que no se interrumpan procesos y responsabilidades de la Secretaría Técnica de este Ministerio, es necesario que durante la ausencia del Ministro Titular y la consecuente subrogación que está realizando el Secretario Técnico Titular, se encargue la Secretaría a un funcionario de esta Cartera de Estado; y,

n n

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Durante el período comprendido entre el 6 y el 10 de septiembre del 2010, incluido, encargar la Secretaría Técnica del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos al Lic. Carlos Alvear Guzmán.

n n

Artículo 2.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a la Secretaría Nacional de la Administración Pública y disponer su publicación en el Registro Oficial.

n n n

DISPOSICIÓN FINAL.- Este acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 6 días del mes de septiembre del 2010.

n n

f.) Rafael Poveda Bonilla, Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, Subrogante.

n n

SECTORES ESTRATÉGICOS, MINISTERIO COORDINADOR.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 21 de marzo del 2011.- f.) Ilegible, Director Administrativo Financiero.

n n No. 035-2011 n n Ivonne Marisela Rivera Yánez n VICEMINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n

Que, el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;

n n

Que, el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Serán responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva”;

n n

Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: “Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria”;

n n

Que, el artículo 1 del Reglamento del artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: “Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad”;

n n

Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010, expide el Reglamento de auspicios que asigna esta Cartera de Estado para actividades culturales, cuyo objeto es conceder auspicios en favor de personas naturales, jurídicas, organizaciones sociales y comunitarias, establecidas en el Ecuador, o en el exterior de nacionalidad ecuatoriana, que en razón de sus actividades culturales y de gestión en el área cultural requieren del apoyo ministerial para realizarlas, desarrollarlas, fomentarlas y difundirlas en razón de que dichas actividades sean prioritarias en el marco de las políticas institucionales;

n n

Que, mediante comunicación de 4 de febrero del 2011, el señor Edwin Rafael Madrid, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura para la compra de un pasaje aéreo de ida y vuelta a Saint Nazaire-Francia, a fin de asistir a la beca otorgada por la Maison des Écrivains Étrangers et des Traducteurs en la ciudad de Saint Nazaire en Francia, del 2 de abril al 20 de junio del 2011;

n n

Que, mediante Acta No. 006-CA-MC-2011 de 24 de febrero del 2011, el Comité de Auspicios resuelve aprobar el auspicio solicitado por el señor Edwin Rafael Madrid, otorgándole un pasaje de avión en la ruta Quito-Saint Nazaire-Francia-Quito;

n n

Que, con fecha 16 de marzo del 2011, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria No. 215 por la cantidad de dos mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 2.000,00), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada “Espectáculos Culturales y Sociales”;

n n

Que, mediante memorando No. 0856-MC-DADM-11 de 18 de marzo del 2011, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y,

n n

En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de auspicios que asigna el Ministerio de Cultura para actividades culturales, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010 de 14 de julio del 2010,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Acoger la resolución del Comité de Auspicios contenida en el acta No. 006-CA-MC-2011 de 24 de febrero del 2011, y conceder en calidad de auspicio a favor del señor Edwin Rafael Madrid, el valor correspondiente a un pasaje aéreo internacional en la ruta Quito-Saint Nazaire- Francia-Quito, a fin de que pueda trasladarse a la ciudad de Saint Nazaire-Francia, para asistir a la beca otorgada por la Maison des Écrivains Étrangers et des Traducteurs en la ciudad de Saint Nazaire en Francia del 2 de abril al 20 de junio del 2011.

n n

Art. 2.- El señor Edwin Rafael Madrid, en retribución del auspicio concedido a su favor por parte del Ministerio de Cultura, realizará un taller literario gratuito en coordinación con la Dirección Provincial de Pichincha.

n n

Art. 3.- La Dirección Provincial de Cultura de Pichincha, actuará como administrador del presente auspicio.

n n

Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 18 de marzo del 2011.

n n n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura. n n Nº 073 n n MINISTRO DE FINANZAS n n Considerando: n n

Que el artículo 302 de la Constitución de la República, establece que las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera tendrán como objetivos: suministrar los medios de pago necesarios para que el sistema económico opere con eficiencia; establecer niveles de liquidez global que garantice adecuados márgenes de seguridad financiera; orientar los excedentes de liquidez hacia la inversión requerida para el desarrollo del país, entre otros;

n n

Que el inciso segundo del artículo 303 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que la ejecución de la política crediticia y financiera también se ejercerá a través de la banca pública;

n n

Que el inciso tercero del Art. 299 de la Constitución de la República dispone que los recursos públicos se manejarán en la banca pública, de acuerdo con la ley. La ley establecerá los mecanismos de acreditación y pagos así como de inversión de recursos financieros. Se prohíbe a las entidades del sector público invertir sus recursos en el exterior sin autorización legal;

n n

Que el artículo 162 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dispone que los recursos públicos se manejarán a través de la banca pública, considerando, en lo pertinente, las respectivas normas técnicas y las capacidades de gestión de las entidades que conforman la banca pública. El cobro, pago o transferencia de dichos recursos se podrá realizar a través de otras entidades financieras;

n n

Que el artículo 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, define como Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP, al conjunto