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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Viernes, 12 de Septiembre de 2008 – R. O. No. 424

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FUNCION EJECUTIVA

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DECRETOS:

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1250-AConfiérese el Premio Nacional “Eugenio Espejo”, a varias personas

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1297……. Derógase el Decreto Ejecutivo Nº 12 del 5 de enero de 1951, expedido por el Presidente Constitucional de la República Galo Plaza

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1298……. Refórmase el Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica para la recuperación del uso de los recursos petroleros del Estado y racionalización administrativa de los procesos de endeudamiento

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1299……. Refórmase el Texto Unificado de la Principal Legislación Secundaria del Ministerio de Economía y Finanzas, publicado en el Registro Oficial Nº 5 de enero 22 del 2003

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ACUERDOS:

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MINISTERIO DE FINANZAS:

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246 MF 2008 Encárgase la Subsecretaría General de Economía, a la economista Cumandá Celia Almeida Hidalgo, Subsecretaria de Crédito Público

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247 MF-2008 Encárgase las funciones de Subsecretario de Crédito Público, al economista Vinicio Badillo Coronado, funcionario de esta Secretaría de Estado

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MINISTERIO DE INCLUSIÓN

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ECONOMICA Y SOCIAL:

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0603……. Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Fundación “Juntos por la Vida”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

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0604……. Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Corporación “Amigos del Ecuador”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

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0623……. Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Asociación de Profesionales Independientes y Militares de Tropa en Servicio Activo y Pasivo, Discapacitados, Esposas de Militares de las Tres Ramas de las Fuerzas Armadas del Ecuador “ASPIM” con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

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MINISTERIO DE MINAS

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Y PETROLEOS:

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197……… Establécense las normas para la regularización y control ambiental de las plantas de beneficio mineral en las cuencas de los ríos Amarillo y Calera del Distrito Minero Zaruma – Portovelo

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MINISTERIO DE TRANSPORTE

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Y OBRAS PUBLICAS:

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036……… Suprímese dos (2) puestos vacantes del Distributivo de Salarios Unificados del MTOP, que permitan la creación de un (1) puesto en el Distributivo de Remuneraciones Unificadas

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MINISTERIO DE TRABAJO:

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00105….. Fíjanse a partir del 1 de agosto del 2008, las remuneraciones mínimas sectoriales legales, a nivel nacional, que recibirán los trabajadores protegidos por el Código del Trabajo que laboran en la rama o actividad económica de: Industrias de Bebidas Malteadas y Malta (Cerveza)

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RESOLUCIONES:

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BANCO ECUATORIANO

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DE LA VIVIENDA:

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077-2008-DIR Apruébense las reformas presentadas y expídese el Reglamento codificado para la instrumentación y tramitación de los juicios coactivos

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CONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR

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E INVERSIONES:

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439……… Encomiéndase al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración la suscripción del Acuerdo Internacional del Café 2007, a través del señor Embajador del Ecuador en el Reino Unido

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SECRETARIA NACIONAL DEL

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MIGRANTE:

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SENAMI-0053-08 Expídese el Reglamento que establece las características y el procedimiento de la repatriación de cadáveres de ecuatorianos fallecidos en el exterior hasta tanto se contrate un sistema de cobertura permanente

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SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

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IRECCION REGIONAL NORTE:

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DRNO-DEL-R-2008-0014 Delégase al economista Joselo Castillo Ron, la atribución para suscribir varios documentos dentro del ámbito de competencia del Departamento de Cobranzas de la Dirección Regional Norte del SRI

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FUNCION JUDICIAL

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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TERCERA SALA DE LO PENAL:

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Recursos de casación, revisión; y, apelación en los juicios penales seguidos en contra de las siguientes personas:

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656-2005 Antonio Walter Díaz Barco, autor responsable del delito tipificado en el Art. 550 y sancionado en el Art. 552 Nº 2, último inciso del Código Penal

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447-2006 Galo Manuel Balda García, por estafa en perjuicio de la señora Ana María Tulcanas Cepeda

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568-2006 Petita Consuelo Merchán Lino, autora del delito de homicidio tipificado y sancionado en el Art. 455 del Código Penal

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133-2007 Gustavo Pumaquero Inlasaca, por el delito de violación a la menor Ana Lucía Curicama Moreno

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176-2007 Santos Mesías Jumbo Pineda, por el delito de violación del domicilio de la señora María Florinda de Jesús Quichimbo Coronel

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ORDENANZA MUNICIPAL:

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………. Gobierno Municipal de Tena: Primera reforma a la Ordenanza de creación del Comité Cantonal de Tena para la Protección de los Derechos Humanos

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AVISOS JUDICIALES:

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………. Muerte presunta del señor Julio Gonzalo Quevedo Carrión (1ra. publicación)

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-………….. Muerte presunta del señor Luis Timoleón Pasquel Enríquez (1ra. publicación)

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-………….. Muerte presunta del señor Javier Antonio López Mera (1ra. publicación)

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-………….. Muerte presunta del señor Ricardo Roberth Chila Pilligua (2da. publicación)

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-………….. Muerte presunta del señor Carlos Alberto Valero Zamora (2da. publicación)

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-………….. Juicio de expropiación seguido por la M. I. Municipalidad de Guayaquil en contra de Cecilia Gómez de Pareja y otros (3ra. publicación)

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-………….. Muerte presunta de Norma Patricia Solís Cortez (3ra. publicación)

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-………….. Muerte presunta del señor Victoriano Belisario Valencia Zurita (3ra. publicación)

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n n Nº 1250-A n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 677, publicado en el Registro Oficial Nº 869 de 18 de agosto de 1975, se consagró como Día de la Cultura Nacional y de la Casa de la Cultura Ecuatoriana el 9 de agosto de todos los años; así mismo, se instituyó el Premio Nacional “Eugenio Espejo”, que sería asignado cada dos años al ecuatoriano que haya sobresalido por sus creaciones, realizaciones o actividades en favor de la cultura nacional;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 2584, publicado en el Registro Oficial Nº 733 de 27 de abril de 1984, se estableció que dicho premio sería entregado anualmente al ciudadano ecuatoriano que haya sobresalido por su actividad en el campo de las letras, artes o ciencias;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 1722, publicado en el Registro Oficial Nº 410 de 7 de abril de 1986, se actualizó la concesión del Premio Nacional “Eugenio Espejo” a cuatro ecuatorianos que individualmente hubieren sobresalido en actividades intelectuales;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 699, publicado en el Registro Oficial Nº 163 de 30 de septiembre de 1997, se reformó el trámite para el otorgamiento del Premio Nacional “Eugenio Espejo” de forma que debía ser conferido cada dos años y otorgado a cuatro ecuatorianos y a un organismo privado o público que individualmente hayan sobresalido en actividades culturales, literarias, artísticas y científicas;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 967, publicado en el Registro Oficial Nº 175 de 28 de diciembre del 2005, se dispone que el Premio Nacional “Eugenio Espejo” consiste en una medalla y en la suma de diez mil dólares (US $ 10.000,00); así mismo, establece que los galardonados percibirán una pensión vitalicia mensual fijada en cinco salarios mínimos unificados;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 1793, publicado en el Registro Oficial Nº 350 de 6 de septiembre del 2006, se sustituyó integralmente el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nº 669, publicado en el Registro Oficial Nº 163 de 30 de septiembre de 1997, de forma que el Premio Nacional “Eugenio Espejo” será conferido por el Presidente de la República anualmente a cuatro ecuatorianos y a un organismo privado o público que individualmente hayan sobresalido en actividades culturales, literarias, artísticas y científicas;

n n

Que mediante Resolución Nº 012-2008-CNC de 28 de julio del 2008 del Consejo Nacional de Cultura, se presentó al Presidente de la República las ternas para el otorgamiento del Premio Nacional “Eugenio Espejo” que se entregará este año;

n n

Que es deber del Estado reconocer, estimular y garantizar la actividad cultural de personas y entidades privadas y públicas; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 21 del artículo 171 de la Constitución Política de la República,

n n n Decreta: n n

Art. 1.- Confiérase el Premio Nacional “Eugenio Espejo” a las siguientes personas:

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Arquitecto Rodrigo Pallares Zaldumbide, en la categoría de actividades culturales.

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Señora Alicia Yánez Cossío, en la categoría de actividades literarias.

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Señor Carlos Rubira Infante, en la categoría de actividades artísticas.

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