n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Martes, 15 de Febrero de 2011 – R. O. No. 385

n

SUPLEMENTO

n n n

ASAMBLEA NACIONAL
n
nEL PLENO
n
nRESOLUCIONES:
n

nExhórtase al señor Presidente Constitucional de la República para que expida un decreto ejecutivo declarando el estado de excepción del cantón San José de Chimbo de la provincia de Bolívar para atender al barrio “Tambán”, a través del cual se disponga la adopción inmediata de las medidas necesarias para la mitigación de los daños ocasionados, como consecuencia de la intensa estación invernal y los continuos movimientos telúricos.
n
nManifiéstase el sentimiento de pesar a los familiares y amigos del Capitán Xavier Mauricio González Montenegro, del Te-niente Gabriel Alexis Palacios Jiménez, del Teniente Mario Stalin Campaña Ra-mírez, del Suboficial Segundo Ángel Isaac Mármol Guasgua, del Sargento Primero Iván Xavier Paredes Yánez y del Cabo Primero Juan Ernesto Román Guevara, fallecidos en el accidente aéreo del avión Twin Otter matrícula FAE 449, de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, acaecido el 20 de enero del 2011 en el Recinto El Capricho del cantón Carlos Julio Arose-mena Tola de la provincia de Napo.
n
nFUNCION EJECUTIVA
n
nRESOLUCIONES:
n
nINSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:
n

n10-046 P-IEPI Apruébase el Plan Operativo Anual -POA- para el año 2011.
n
n11-01 P-IEPI Apruébase el Plan Anual de Contratación para el año 2011.
n
n11-02 P-IEPI Encárgase las funciones de Director Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, al abogado Carlos Alberto Cabe-zas Delgado.
n
n11-03 P-IEPI Dispónese que la bioquímica Ketty Dolores Véliz Vélez, ejerza las atribucio-nes de la Dirección Nacional de Propie-dad Industrial.
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n

nGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chillanes: Que sus-tituye la denominación del Gobierno Municipal del Cantón Chillanes por Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chillanes …………….
n
nCantón Guayaquil: Reformatoria de la Ordenanza que fija las tarifas máximas que la sociedad concesionaria del Sistema Aeroportuario de Guayaquil cobrará por los servicios aeroportuarios que preste en el Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo de la ciudad de Guayaquil.
n
nGobierno Municipal de Portovelo: Que norma el manejo integral y participativo de los residuos sólidos.
nGobierno Municipal Autónomo Descen-tralizado del Cantón Paute: Que Reglamenta la introducción y faenamiento de ganado.
n
nFE DE ERRATAS
n

nRectificamos el error deslizado en la publicación del Decreto Ejecutivo Nº 624 efectuada en la página 3 del Registro Oficial Nº 370 de 25 de enero del 2011.

n n


n

n n n ASAMBLEA NACIONAL n EL PLENO n n CONSIDERANDO: n n

Que, el Artículo 3, numeral 1 de la Constitución de la República señala: «Son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.»;

n n

Que, la vida de la población y la continuidad de los servicios públicos se encuentran tutelados por el Estado; Que, el Artículo 30 de la Constitución de la República consagra: “Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable…”;

n n

Que, el Artículo 32 de la Constitución de la República ordena que: “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.”;

n n

Que, el Artículo 35 de la Constitución de la República consagra los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria;

n n

Que, el Artículo 66, numeral 2 de la Constitución de la República dispone: “El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios.”;

n n

Que, el Artículo 281, numeral 12 de la Constitución de la República señala también como responsabilidad del Estado: “Dotar de alimentos a las poblaciones víctimas de desastres naturales o antrópicos que pongan en riesgo el acceso a la alimentación. Los alimentos recibidos de ayuda internacional no deberán afectar la salud ni el futuro de la producción de alimentos producidos localmente.”;

n n

Que, el Artículo 314 de la Constitución de la República prescribe que: “El Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley.”;

n n

Que, el Artículo 326, numeral 5 de la Constitución de la República consagra: “Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar.”;

n n

Que, el Artículo 341 de la Constitución de la República señala: “El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución…”;

n n

Que, el Artículo 363, numeral 5 de la Constitución de la República ordena: «Brindar cuidado especializado a los grupos de atención prioritaria establecidos en la Constitución.»;

n n

Que, el Artículo 389 de la Constitución de la República ordena que: “El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.”;

n n

Que, en el nuevo paradigma constitucional vigente con la Constitución de Montecristi las garantías constitucionales son de aplicación directa e inmediata por parte de toda autoridad (artículos 11, numeral 3 y 426); y,

n n En ejercicio de sus facultades y atribuciones, n n RESUELVE: n n

Artículo 1.- Exhortar al señor Presidente Constitucional de la República para que expida un Decreto Ejecutivo declarando el estado de excepción del Cantón San José de Chimbo de la Provincia de Bolívar para atender al barrio “Tambán”, a través del cual se disponga la adopción inmediata de las medidas necesarias para la mitigación de los daños ocasionados, como consecuencia de la intensa estación invernal y los continuos movimientos telúricos, a cuyo efecto se dispondrá el auxilio por parte de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Defensa Civil, la reparación de las viviendas afectadas al Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, la recuperación de las vías de acceso y carretera al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la asignación de los recursos económicos emergentes al Gobierno Cantonal de San José de Chimbo, conforme al diagnóstico y valoración del Comité Cantonal de Emergencias.

n n

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil once.

n n f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente. n n f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General. n n

CERTIFICO que es fiel copia del original que reposa en los archivos de la Asamblea Nacional.- Quito, 3 de febrero del 2011.- f.) Dr. Andrés Segovia S., Prosecretario General.

n n ASAMBLEA NACIONAL n EL PLENO n n CONSIDERANDO: n n

Que, el accidente del avión Twin Otter matrícula FAE 449, de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, acaecido el 20 de enero de 2011 en el Recinto El Capricho del Cantón Carlos Julio Arosemena Tola de la Provincia de Napo, constituye un suceso lamentable para los familiares y amigos de los fallecidos, pero, además, ha puesto de relieve la importancia del servicio que presta la Fuerza Aérea Ecuatoriana, FAE, a través de su Escuadrón Twin Otter, a favor de las comunidades aisladas de la Región Amazónica, así como la dedicación y sacrificio de sus miembros en el cumplimiento de tan encomiable labor;

n n

Que, se ha constituido para las comunidades aisladas de la amazonía ecuatoriana en la insignia de la solidaridad y sacrificio que caracteriza a los vuelos de acción cívica de la FAE, y en la aeronave más representativa de la vocación de servicio de los hombres y mujeres del aire;

n n

Que, el artículo 132 de la Constitución de la República y el artículo 9 numeral 21 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa señalan que las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedición de una ley se ejercerán a través de acuerdos o resoluciones; y,

n n

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

n n RESUELVE: n n

Artículo 1.- Manifestar el sentimiento de pesar a los familiares y amigos del Capitán Xavier Mauricio González Montenegro, del Teniente Gabriel Alexis Palacios Jiménez, del Teniente Mario Stalin Campaña Ramírez, del Suboficial Segundo Ángel Isaac Mármol Guasgua, del Sargento Primero Iván Xavier Paredes Yánez y del Cabo Primero Juan Ernesto Román Guevara, fallecidos en el accidente aéreo del avión Twin Otter matrícula FAE 449, de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, acaecido el 20 de enero de 2011 en el Recinto El Capricho del Cantón Carlos Julio Arosemena Tola de la Provincia de Napo.

n n

Artículo 2.- Dejar constancia de la admiración por la altruista y sacrificada labor que cumple la Fuerza Aérea Ecuatoriana, por intermedio del Escuadrón Twin Otter, en la ejecución del programa de transporte aéreo económico en beneficio de las comunidades amazónicas asentadas en zonas que carecen de otro medio de movilización y comunicación.

n n

Artículo 3.- Exhortar a los señores Presidente de la República, Ministro de Defensa Nacional y Comandante General de la FAE a que brinden todo su apoyo y respaldo para que dicho programa continúe y se fortalezca.

n n

Artículo 4.- Disponer que esta Resolución se publique en los periódicos de mayor circulación en el país.

n n

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil once.

n n f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente. n n f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General. n n

CERTIFICO que es fiel copia del original que reposa en los archivos de la Asamblea Nacional.- Quito, 3 de febrero del 2011.- f.) Dr. Andrés Segovia S., Prosecretario General.

n n Nº 10-046 P-IEPI n n EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO ECUATORIANO n

DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL –IEPI

n n Considerando: n n

Que, según el artículo 349 de la Codificación de la Ley de Propiedad Intelectual, el Presidente del IEPI es el representante legal y el responsable directo de la gestión técnica, financiera y administrativa de la institución;

n n

Que, en su artículo 54, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece que cada institución del sector público sujeta a sus disposiciones debe reportar a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES- sus instrumentos de planificación institucionales;

n n

Que, en concordancia con estas disposiciones, los principios del Sistema de Administración Financiera y las Normas Técnicas de Presupuesto, cuya actualización se dispuso mediante el Acuerdo No. 447, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas y vigente desde el 1 de enero del 2008, disponen la obligatoriedad que tienen las entidades del sector público de asegurar que las asignaciones que se incorporen en los presupuestos respondan a los requerimientos de recursos identificados para conseguir los objetivos y metas que se programen en el horizonte anual y plurianual;

n n

Que, mediante la Resolución No. CNP-001-2009 de 5 de noviembre del 2009, el Consejo Nacional de Planificación aprobó el Plan Nacional de Desarrollo, denominado para este período de gobierno “Plan Nacional para el Buen Vivir 2009-2013”, uno de cuyos objetivos se orienta al fortalecimiento del sistema de protección de los derechos de propiedad intelectual;

n n

Que, luego de varias asesorías técnicas de inducción realizadas con el personal de cada una de las áreas de la institución y al cabo de la última reunión de trabajo mantenida en el mes de diciembre del 2010, el ingeniero Edwin Armijos, experto principal en planificación, solicitó al Presidente de la institución se autorice, formalmente, el diseño final y desarrollo del Plan Operativo Anual -POA- 2011 del IEPI, según el cronograma de actividades adjunto, en razón de haber sido elaborado con sujeción al presupuesto institucional y al Plan Anual de Contrataciones -PAC-;

n n

Que, en la referida reunión, el doctor Andrés Ycaza Mantilla, Presidente del IEPI, autorizó el requerimiento formulado por el funcionario en referencia, según consta en el documento correspondiente al POA 2011, debidamente suscrito por los responsables;

n n

Que, según consta en los antecedentes del respectivo procedimiento, iniciado a fines del mes de abril del 2010, a través de la realización de talleres técnicos de elaboración, el plan operativo anual del IEPI para el año 2011 ha sido realizado en función de un proceso de interacción institucional interna, con base en los debates y discusiones generadas con respecto a las necesidades y proyectos de cada una las áreas, caracterizado por una participación eminentemente activa de sus servidores;

n n

Que, como resultado de ese proceso participativo y luego de la aprobación respectiva, el experto principal en planificación ha difundido, entre todas las áreas de la institución, la versión preliminar del plan operativo anual del IEPI para el año 2011, a la que, posteriormente, se han incorporado algunos ajustes y modificaciones, en atención a la realidad y objetivos institucionales, así como a los principios, fundamentos, directrices técnicas, metodología y normativa jurídica aplicable;

n n

Que, acorde con los antecedentes expuestos, el plan operativo anual del IEPI para el año 2011 guarda correspondencia con los objetivos, metas e indicadores del plan plurianual institucional y, por consiguiente, con los contenidos en el “Plan Nacional para el Buen Vivir 2009-2013”; y,

n n En ejercicio de sus atribuciones legales, n n Resuelve: n n

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Anual -POA- del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI- para el año 2011, por haber sido elaborado en función de las necesidades y objetivos de la institución y además con sujeción a los fundamentos, directrices técnicas, metodología y normativa jurídica aplicable.

n n

Artículo 2.- Disponer a las distintas áreas de la institución la efectiva ejecución del plan operativo anual 2011, aprobado mediante la presente resolución, en coordinación con la Dirección General de Gestión Institucional y el Área de Planificación.

n n

Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha.

n n Dada en Quito, D. M., a 30 de diciembre del 2010. n n f.) Dr. Andrés Ycaza Mantilla, Presidente. n n No. 11-01 P-IEPI n n EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO ECUATORIANO n

DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL-IEPI

n n Considerando: n n

Que, de conformidad con el artículo 349 de la Codificación de la Ley de Propiedad Intelectual, el Presidente del IEPI es el representante legal y el responsable directo de la gestión técnica, financiera y administrativa de la institución;

n n

Que, el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública dispone que las entidades contratantes, para cumplir con los objetivos del plan nacional de desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el plan anual de contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la institución, asociados al plan nacional de desarrollo y a los presupuestos del Estado;

n n

Que, conforme se ha dispuesto en el artículo 25 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la ley;

n n

Que, en varias reuniones mantenidas con la Presidencia, los directores nacionales y los expertos principales de las diferentes unidades de gestión del IEPI, se revisó y definió el plan anual de contrataciones que regiría para el año 2011;

n n

Que, el plan anual de contrataciones del IEPI para el año 2011 guarda correspondencia con los objetivos y necesidades institucionales, con el presupuesto anual, con la planificación plurianual del IEPI y con el plan nacional de desarrollo; y,

n n En ejercicio de sus atribuciones legales, n
n n n Resuelve: n n n

Artículo 1.- Aprobar el siguiente plan anual de contratación para el año 2011 del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual-IEPI, por haber sido elaborado en función de las necesidades y objetivos institucionales y con sujeción a los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente.

n n n


n

n n n INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL n PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES 2011 n n n No. n n PROCESO n n EQUIPOS n TECNOLÓGICOS n n OBJETO Y/O ACTIVIDAD CLAVE n n PRESUPUESTO n ESTIMADO n n n n Desarrollo n Tecnológico n n Requerimientos áreas en detalle adjunto. n n

1) Proponer la adquisición y adecuación de herramientas tecnológicas e informáticas que permitan a la institución no solo cubrir con las necesidades actuales sino con la desconcentración de procesos en las subregionales de Guayaquil y Cuenca. / 1.1.4 Elaboración de los procesos de contrataciones y/o adquisiciones.

n n 253.101,00 n n

Contratación del servicio de digitación y corrección de datos.

n n

2) Presentar propuestas de adquisición, mantenimiento e implementación para cumplir con reglas de seguridad informática en lo relacionado con hardware o software. / 3.1.2 Adquisición de equipos y herramientas de respaldo y protección de información, licencias y equipos tecnológicos institucionales.

n n 50.000,00 n n

Contratación del servicio de digitación y corrección de datos.

n n

3) Desarrollar la fase II del proceso de depuración de la información registrada en la base de datos del IEPI a fin de mejorar el desempeño de los sistemas informáticos de la institución. / 5.1.1 Proyecto de depuración de la base de datos del IEPI.

n n 30.000,00 n n Contratación de un diseñador gráfico web. n n

4) Implementar y proponer nuevas metodologías para servicios a usuarios a través de la web, a fin de cumplir cabalmente con lo establecido en la Ley de Transparencia de la Información y brindar una atención eficiente a los usuarios del IEPI. / 4.1.1 Creación de un portal web del IEPI interactivo.

n n 5.000,00 n n Servicios web para usuarios externos. n n

4) Implementar y proponer nuevas metodologías para servicios a usuarios a través de la web, a fin de cumplir cabalmente con lo establecido en la Ley de Transparencia de la Información y brindar una atención eficiente a los usuarios del IEPI. / 4.2.1 Implementación de servicios web a usuarios externos.

n n 10.000,00 n n

Contratación de un servicio de digitalización y escaneo de documentos.

n n

5) Dar continuidad al proyecto de digitalización documental a fin de que se realice la digitalización del 100% de los documentos registrados en los archivos del IEPI. / 5.1.1 Continuidad proyecto de digitalización para 22% faltante del proyecto actual.

n n 300.000,00 n n
n n n n No. n n PROCESO n n EQUIPOS n TECNOLÓGICOS n n OBJETO Y/O ACTIVIDAD CLAVE n n