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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Lunes, 14 de Febrero de 2011 – R. O. No. 384

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FUNCIÓN EJECUTIVA
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nDECRETOS:
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n637 Acéptase la renuncia de la licenciada María Alexandra Ocles Padilla y nómbrase a la licenciada María Luisa Moreno Intriago, Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana.
n
n638 Acéptase la renuncia presentada por el doctor Miguel Calahorrano Camino y nómbrase al doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable; representante perma-nente del señor Presidente de la República ante el Directorio del CONELEC; y, delegado ante el Directorio de CENACE.
n
n639 Acéptase la renuncia del sociólogo Juan Sebastián Roldán y nómbrase al licenciado Edwin Leonardo Jarrín Jarrín, Secretario Nacional de Transparencia de Gestión.
n
nACUERDOS:
n
nSECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
n

n578 Concédese licencia con cargo a vacaciones, a la economista Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social.
n
n579 Concédese licencia con cargo a vacaciones, al doctor José Serrano Salgado, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
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001 2011 Constitúyese en Unidad de Administración Financiera – UDAF, al Ministerio de Cultura.
n
nMINISTERIO DE FINANZAS:
n

n016 Modifícanse las Normas Técnicas de Presupuesto.
n
n025 MF-2011 Delégase al abogado Willam Vásconez Rubio, Subsecretario de Crédito Público, para que en representación del señor Ministro, suscriba el Convenio de Garantía entre la República del Ecuador y el Banco de Desarrollo de China.
n
n25-A MF-2011 Deléganse a los señores Vicente Govea, Director de Activos, al bogado Fernando Cifuentes y licenciado Marco Lara, Servidores de la Coordinación General Jurídica de la Dirección de Patrocinio, entreguen y suscriban las actas de entrega-recepción de los bienes que fueron de propiedad de la ex AGD a nivel nacional.
n
nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
n

nProtocolo de Cooperación entre la Ministra de Defensa del Reino de España y el Ministro de Defensa de la República del Ecuador.
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n

n491 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental para la operación del Proyecto Plantel Avícola Yambo, ubicado en el cantón Salcedo, provincia de Cotopaxi y otórgase la licencia ambiental al señor Iván Chávez Zúñiga, para dicha operación
n
nMINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
n

nMRL-2011 000024 Expídese la escala de remuneraciones de los educadores para la salud del Ministerio de Salud Pública, homologada a la escala nacional de remuneraciones mensuales unificadas del sector público.
n
nCONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL:
n

n108/2010 Dispónese el otorgamiento del número de frecuencias con la inclusión de la prepo-sición “hasta”, en las concesiones de operación cualquiera que sea la modalidad de servicio, queda sometido a la verifica-ción posterior de su implantación.
n
nCORPORACIÓN ADUANERA ECUATORIANA:
n

n03-2011-R1 Expídese la Norma Técnica Provisional para Operativizar el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en lo referente a la declaración aduanera.
n
n03-2011-R2 Deróganse las resoluciones números 01-2011-R1 y 02-2011-R3, adoptadas en sesiones ordinaria y extraordinaria de Directorio del día martes 4 y del lunes 10 de enero del 2011, respectivamente.
n
nDIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL:
n
n001-2011 DNPI-IEPI Deléganse facultades al abogado Ramiro Alejandro Rodríguez Medina, Experto Legal en Propiedad Intelectual 2 del Área de Signos Distintivos.
n
n02-2011 DNPI-IEPI Deléganse facultades a los doctores Juan Leonardo Pérez Mejía y Jaime Fernando Gómez Ortiz, expertos legales en Propiedad Intelectual 5 y 2, respec-tivamente.
n
n03-2011 DNPI-IEPI Deléganse facultades al abogado Rolando Javier Freire Núñez, Experto Legal en Propiedad Intelectual.
n
nSUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS:

n
nSC.IAF.DPYP.G.11.006 Dispónese que la contribución que las compañías y otras entidades sujetas a la vigilancia y control de esta Superintendencia, deben pagar para el año 2011, será de acuerdo a la tabla emitida en esta resolución.
n
nFUNCIÓN JUDICIAL
n
nCONSEJO DE LA JUDICATURA:

n
n03-2011 Créanse las direcciones provinciales en las provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, Santa Elena, Orellana y Galápagos.
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n
nGobierno Cantonal de Pindal: Que regula el ejercicio del Registro de la Propiedad y Mercantil.
n
nGobierno Municipal de Antonio Ante: Que reforma a la Ordenanza que regula la administración, control y recaudación del impuesto anual de patentes municipales.
n
nGADCM 09-2011 Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón San Francisco de Milagro: Sustitutiva para la determinación del cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos.
n
nORDENANZA PROVINCIAL:

n
nGobierno de la Provincia de Loja: De constitución de la Empresa Pública de Desarrollo Productivo y Agropecuario del Sur (DEPROSUR E.P.).
n
nFE DE ERRATAS:
n
nA la publicación del Reglamento para el Régimen Interno de la Corte Nacional de Justicia, efectuada en el Suplemento del Registro Oficial Nº 360 de 12 de enero del 2011.

n n


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n n n Nº 637 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 232 de enero 28 del 2010, promulgado en el Registro Oficial Nº 127 de febrero 10 del 2010, se nombró a la licenciada María Alexandra Ocles Padilla como Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana;

n n

Que la licenciada María Alexandra Ocles Padilla ha presentado su renuncia al cargo; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 9 del artículo 147 de la Constitución de la República, y el literal d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Acéptese la renuncia de la licenciada María Alexandra Ocles Padilla, a quien se le agradece por los valiosos y leales servicios prestados a la República del Ecuador.

n n

Artículo 2.- Nómbrese a la licenciada María Luisa Moreno Intriago, Secretaria de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana.

n n

Artículo Final.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su promulgación en el Registro Oficial. Dado en el Palacio Nacional, en el Distrito Metropolitano de Quito, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil once. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. Documento con firmas electrónicas.

n n Nº 638 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 475 de 9 de julio del 2007, publicado en el Registro Oficial Nº 132 de 23 de julio del 2007, se escindió el Ministerio de Energía y Minas en los ministerios de Minas y Petróleos, en ese entonces, y de Electricidad y Energía Renovable;

n n

Que el artículo 14 de la Ley de Régimen del Sector Eléctrico establece que entre otros miembros, el Directorio del Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, se integra con un representante permanente del Presidente de la República, quien lo presidirá;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 231 de 28 de enero del 2010 se nombró al señor doctor Miguel Calahorrano Camino, Ministro de Electricidad y Energía Renovable; y, representante permanente del señor Presidente de la República ante el Directorio del Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 179 de 17 de diciembre del 2009, publicado en el Registro Oficial Nº 99 de 31 de diciembre del 2009, se encargó la delegación permanente del Presidente de la República ante el Directorio de la Corporación Centro Nacional de Control de Energía, CENACE, al doctor Miguel Calahorrano Camino;

n n

Que el doctor Miguel Calahorrano Camino, ha presentado el día de hoy su renuncia a los cargos de Ministro de Electricidad y Energía Renovable; representante permanente del señor Presidente de la República ante el Directorio del Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC y a delegado permanente del Presidente de la República ante el Directorio de la Corporación Centro Nacional de Control de Energía, CENACE; y,

n n

En ejercicio de la atribución conferida por el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República; y, la letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor doctor Miguel Calahorrano Camino a los cargos de Ministro de Electricidad y Energía Renovable; de representante permanente del señor Presidente de la República ante el Directorio del Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, y de delegado del señor Presidente de la República ante el Directorio de la Corporación Centro Nacional de Control de Energía, CENACE, a quien se le agradece los valiosos servicios prestados.

n n

Artículo 2.- Nombrar al señor doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable; representante permanente del señor Presidente de la República ante el Directorio del Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, y, delegado del señor Presidente de la República ante el Directorio de la Corporación Centro Nacional de Control de Emergía, CENACE.

n n

Artículo Final.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, Quito, a 31 de enero del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n Documento con firmas electrónicas. n n Nº 639 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 311 de abril 5 del 2010, promulgado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 171 de abril 14 del 2010, se nombró al sociólogo Juan Sebastián Roldán Proaño, Secretario Nacional de Transparencia de Gestión;

n n

Que el sociólogo Juan Sebastián Roldán Proaño ha presentado su renuncia al cargo; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 9 del artículo 147 de la Constitución de la República, y el literal d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Acéptese la renuncia del sociólogo Juan Sebastián Roldán, a quien se le agradece por los valiosos y leales servicios prestados a la República del Ecuador.

n n

Artículo 2.- Nómbrese al licenciado Edwin Leonardo Jarrín Jarrín, Secretario Nacional de Transparencia de Gestión.

n n

Artículo Final.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su promulgación en el Registro Oficial. Dado en el Palacio Nacional, en el Distrito Metropolitano de Quito, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil once. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. Documento con firmas electrónicas.

n n Nº 578 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante oficio Nº MCDS-SAFTRH-2011-0038-O del 27 de enero del 2011, el licenciado Giovanni Coronel, Subsecretario Administrativo Financiero Tecnológico y de Recursos Humanos, solicita autorizar la licencia de vacaciones de la economista Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social, los días lunes 31 de enero y martes 1 de febrero; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo Nº 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder la licencia con cargo a vacaciones, el 31 de enero y 1 de febrero del 2011, a la economista Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Ministra Coordinadora de Desarrollo Social encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n n

ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de enero del 2011.

n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrónicas. n n Nº 579 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante oficio Nº 00777 del 27 de enero del 2011, el doctor José Serrano Salgado, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, solicita se le autorice licencia con cargo a vacaciones, del 4 al 7 de febrero próximo, para atender asuntos personales; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo

n
n n n

Nº 4 de 15 de enero del 2007, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo Nº 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder la licencia con cargo a vacaciones, del 4 al 7 de febrero del 2011, al doctor José Serrano Salgado, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de enero del 2011. f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.

n n No. 001-2011 n n Érika Sylva Charvet, Msc. n MINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República señala como parte de los principios de la Administración Pública, la desconcentración y descentralización de funciones;

n n

Que, el artículo 144 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 303 de 19 de octubre del 2010, establece como responsabilidad del Gobierno Central salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural y natural de manera desconcentrada;

n n

Que, el artículo 4 del Estatuto Jurídico de la Función Ejecutiva determina que los órganos y entidades que comprenden la Función Ejecutiva deberán servir al interés general de la sociedad y someterán sus actuaciones a los principios de legalidad, jerarquía, tutela, cooperación y coordinación, según el caso, bajo los sistemas de descentralización y desconcentración administrativa;

n n

Que, una de las estrategias del Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir es la descentralización, la desconcentración y el fortalecimiento de las capacidades de gestión y coordinación en los territorios, en la que se impulsa un modelo de gestión estatal desconcentrado;

n n

Que, el numeral 6 del artículo 5 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala que para el funcionamiento de los sistemas de planificación y de finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población;

n n

Que, en la actual Estructura Orgánico-Funcional del Ministerio de Cultura, expedida mediante Acuerdo Ministerial No. 018 de 28 de agosto del 2007, y sus reformas posteriores dadas mediante acuerdos ministeriales Nos. 078-2009 de 4 de mayo del 2009 y 189-2010 de 29 de septiembre del 2010, existen funcionalmente veintiocho unidades desconcentradas: la planta central; las subsecretarías regionales: Centro Norte (Guayaquil – Guayas), Sur (Cuenca – Azuay), Centro Oriente (Tena – Napo); las direcciones provinciales de Bolívar, Cañar, Carchi, Cotopaxi, Chimborazo, El Oro, Esmeraldas, Galápagos, Imbabura, Loja, Los Ríos, Manabí, Morona Santiago, Orellana, Pastaza, Pichincha, Santa Elena, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos, Tungurahua, Zamora Chinchipe; y las direcciones culturales de Quito, Guayaquil y Cuenca;

n n

Que, es necesario avanzar en el proceso de desconcentración financiera de este Portafolio para cumplir con los preceptos constitucionales que garanticen la prestación de bienes y servicios culturales de calidad a los ciudadanos y ciudadanas; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y la leyes de la República,

n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Constituir en Unidad de Administración Financiera – UDAF, al Ministerio de Cultura.

n n

Artículo 2.- Aprobar la creación de la UE en la planta central del Ministerio de Cultura y de las unidades ejecutoras financieras desconcentradas en las subsecretarías regionales: Centro Norte (Guayaquil – Guayas), Sur (Cuenca – Azuay), Centro Oriente (Tena – Napo); en las direcciones provinciales de: Bolívar, Cañar, Carchi, Cotopaxi, Chimborazo, El Oro, Esmeraldas, Galápagos, Imbabura, Loja, Los Ríos, Manabí, Morona Santiago, Orellana, Pastaza, Pichincha, Santa Elena, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos, Tungurahua, Zamora Chinchipe; y en las direcciones culturales de: Quito, Guayaquil y Cuenca, dependientes de la UDAF del Ministerio de Cultura.

n n

Las unidades ejecutoras desconcentradas creadas mediante este acuerdo, deberán iniciar su gestión a partir del 1 de febrero del 2011.

n n

Artículo 3.- De la ejecución del presente acuerdo ministerial, que entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial encárguese a la señora Viceministra de Cultura.

n n Dado en Quito, a 10 de enero del 2011. n n Comuníquese, publíquese y cúmplase. n n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura. n n

MINISTERIO DE CULTURA DEL ECUADOR.- Fiel copia del original.- f.) Ilegible, Secretaría General.- 1 de febrero del 2011.

n n No. 016 n n EL MINISTRO DE FINANZAS n n Considerando: n n

Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 154 de la Constitución de la República del Ecuador, corresponde a las ministras y ministros de Estado expedir los acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;

n n

Que, el Art. 121, Clausura del Presupuesto (párrafo tres) del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.- Establecerá, en el caso del Presupuesto General del Estado, al ente rector de las finanzas públicas, la convalidación de los compromisos de ejercicios fiscales anteriores para el nuevo ejercicio fiscal, en los términos que el reglamento establezca;

n n

Que, el Art. 154 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, señala que la información contable contenida en las operaciones financieras reflejará, tanto la ejecución presupuestaria, como las transacciones de caja;

n n

Que, el Art. 155 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece que son obligaciones pendientes de pago, aquellas que quedaren pendientes de pago al 31 de diciembre de cada año;

n n

Que, el Art. 158 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, expresa que el ente rector de las finazas públicas tiene la facultad privativa para expedir, actualizar y difundir los principios, normas técnicas, manuales, procedimientos, instructivos y más disposiciones contables, que serán de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades y organismos del sector público no financiero;

n n

Que, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, derogó todas las normas legales de igual o menor jerarquía que se le opongan o no guarden conformidad con las disposiciones del mismo, entre las que se encuentra la Ley de Presupuestos del Sector Público y por consiguiente su reglamento;

n n

Que, el Acuerdo Ministerial No. 283 de 22 de octubre del 2010, en su Art. 1, convalida la vigencia del Acuerdo 447, publicado en el R. O. S No. 259 de 24/01/2008 y sus reformas, relacionado con la actualización de las Normas Técnicas de Presupuesto, Normativa de Contabilidad Gubernamental, Normas Técnicas de Tesorería, Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos y Catálogo General de Cuentas, conforme dispone la Disposición Transitoria Séptima del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas;

n n

Que, el Ministerio de Finanzas, considera necesario agilizar el proceso de “CONVALIDACIÓN DE COMPROMISOS DE AÑOS ANTERIORES” en los vigentes presupuestos institucionales y procedimientos para las respectivas reformas presupuestarias y contables; y,

n n n En uso de sus atribuciones legales, n n Acuerda: n n

Art. 1.- Sustituir el texto del literal b) del numeral 2.4.3.7.4 “Convalidación de Compromisos, por entrega de anticipos y liquidación de cartas de crédito de ejercicios anteriores”, de las Normas Técnicas de Presupuesto, por el siguiente:

n n

b) Para el caso de las entidades que conforman el Presupuesto General del Estado, los saldos trasladados a las cuentas contables: 124.97.03 “Anticipos por Devengar de Ejercicios anteriores-Construcción de Obras”, 124.97.05 “Anticipos por Devengar de Ejercicios Anteriores-Compra de Bienes y/o servicios” y 124.97.04 “Cartas de Crédito por Devengar de Ejercicios Anteriores”, cuyos valores constan en el asiento de apertura generado a través de la herramienta informática eSIGEF, corresponderá al Ministerio de Finanzas convalidar los compromisos por entrega de anticipos efectuados en ejercicios anteriores y que no fueron devengados por las entidades, así como los montos convalidados en el año anterior y que sus procesos no fueron concluidos.

n n

Art. 2.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 18 de enero del 2011.

n n f.) Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas. n n Es copia.- Certifico. n n

f.) Ing. Xavier Orellana Páez, Director de Certificación y Documentación del Ministerio de Finanzas.

n n No. 025 MF-2011 n n EL MINISTRO DE FINANZAS n n Considerando: n n

Que, mediante Resolución No. 019 de 26 de enero del 2011, se aprueba la concesión de la garantía de la República del Ecuador, a favor del Banco del Estado, dentro del Convenio de Crédito que este suscribirá con el Banco de Desarrollo de China, por el monto de US $ 18’000.000.00, cuyos recursos serán destinados a financiar la ejecución del Proyecto “Programa de Mejoramiento Vial y Equipamiento Urbano del Distrito Metropolitano de Quito”; y,

n n n

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Título IV, capítulo tercero, artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre del 2008, de los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva y de su reforma constante en el Decreto Ejecutivo No. 131, publicado en el Registro Oficial No. 35 de 7 de marzo del 2007, artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado y el 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,

n n Acuerda: n n

Artículo único.- Delegar al abogado Willam Vásconez Rubio, Subsecretario de Crédito Público, para que en mi representación, suscriba el Convenio de Garantía entre la República del Ecuador y el Banco de Desarrollo de China, por el monto de US $ 18’000.000.00, cuyos recursos serán destinados a financiar el “Programa de Mejoramiento Vial y Equipamiento Urbano del Distrito Metropolitano de Quito”.

n n

Comuníquese.- Quito, Distrito Metropolitano, 27 de enero del 2011.

n n f.) Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas. n n Es copia.- Certifico. n n

f.) Ing. Xavier Orellana Páez, Director de Certificación y Documentación del Ministerio de Finanzas.

n n No. 25-A MF-2011 n n EL MINISTRO DE FINANZAS n n Considerando: n n

Que, la Disposición Transitoria y Reformas Décima del Código de Planificación y Finanzas Públicas, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306 de 22 de octubre del 2010, dispone que los activos, dere