n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes 16 de Octubre de 2012 – R. O. No. 349

n

n

n

n EDICIÓN ESPECIAL

n

n alt

n n

n RESOLUCIÓN:

n

n

n

n No. 0046

n

n

n

n ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DPNG

n

n CONTENIDO

n n n

n No. 0046

n

n LA DIRECCIÓN DEL PARQUE NACIONAL

n

n GALÁPAGOS

n

n Considerando:

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República establece que: ?La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?;

n

n Que, el segundo inciso del artículo 242 de la Constitución de la República del Ecuador instituye a la provincia de Galápagos como régimen especial, por razones de conservación medio ambiental;

n

n Que, en el inciso primero del artículo 258 de la Constitución de la República establece: La Provincia de Galápagos tendrá un gobierno de régimen especial. Su planificación y desarrollo se organizará en función de un estricto apego a los principios de conservación del patrimonio natural del Estado y del buen vivir, de conformidad con lo que la Ley determine?;

n

n Que, El artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República establece: ?A las ministras y ministros del estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n Que, el régimen especial de la provincia de Galápagos, se halla regulado por la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos-LOREG, publicada en el Registro Oficial número 278 del 18 de marzo de 1998, su Reglamento General de Aplicación y normas conexas;

n

n Que, el Art. 11 de la LOREG establece que el Parque Nacional Galápagos y la Reserva Marina de Galápagos forman parte del Patrimonio Nacional de Áreas Protegidas; por su parte el Art. 15 del mismo cuerpo legal establece que la Dirección del Parque Nacional Galápagos tiene a su cargo la administración y manejo de la Reserva Marina de la provincia de Galápagos, en cuya zona ejercerá jurisdicción y competencia sobre el manejo de los recursos naturales;

n

n Que, mediante Decreto Ley de Emergencia 17, publicado en el Registro Oficial 873 del 20 de julio de 1959, se crea el Parque Nacional Galápagos;

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial, publicado en Registro Oficial Nº 23 de 23 de mayo del 2005, este Ministerio del Ambiente emitió el nuevo Plan de Manejo denominado Un Pacto por la Conservación y el Desarrollo Sustentable del Archipiélago;

n

n Que, Conforme lo establecido en artículo No. 42 del Reglamento General de Aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable para la provincia de Galápagos, contempla que la Dirección del Parque Nacional Galápagos, es un organismo administrativamente desconcentrado de la entidad nacional encargada de los bosques y áreas protegidas;

n

n Que, el Art. 43 del Reglamento General de Aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable para la provincia de Galápagos, establece las funciones de la Dirección Nacional Galápagos, entre las cuales le corresponde: 1) Administrar y manejar el Parque Nacional y la Reserva Marina de Galápagos; 2) Cumplir y hacer cumplir dentro del ámbito de su competencia en la provincia de Galápagos, la Ley de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos, la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, el Reglamento General de Aplicación a la Ley de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos y los Reglamentos Especiales; 3) Formular, cumplir y hacer cumplir, las políticas, los planes de manejo y los planes operativos

n

n relativos al Parque Nacional Galápagos;

n

n

n

n Que, el artículo 45 del Reglamento General de Aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable para la provincia de Galápagos, indica que le corresponde al Director del Parque Nacional, ejercer la representación legal, judicial y extrajudicialmente del organismo del que depende en los asuntos concernientes al Parque Nacional Galápagos;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 065, publicado en el Registro Oficial No. 3 de fecha 13 de agosto de 2009, la Ministra del Ambiente, delega al Director del Parque Nacional Galápagos, para que dentro de su jurisdicción, ejerza las atribuciones relativas al ámbito de la calidad ambiental;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 100, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 766 de fecha 14 de agosto de 2012, se delega al Director del Parque Nacional Galápagos del Ministerio del Ambiental, para que a nombre y en representación de la Ministra del Ambiente, promulgue licencias ambientales con excepción de los considerados estratégicos o de prioridad nacional, los cuales serán tramitados por la Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente.

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No.083, publicado en el Registro Oficial No. 360 de fecha 16 de junio del 2008, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Parque Nacional Galápagos;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 037 del Ministerio del Ambiente de 23 de abril del 2012, se delega a la Dirección del Parque Nacional Galápagos, para que con sujeción a la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos, su reglamento de aplicación y demás normativa vigente, elabore, aprueba y expida el ?Estatuto de Gestión Organizacional de la Dirección el Parque Nacional Galápagos?;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 093, publicado en el Registro Oficial No. 787 de fecha 12 de septiembre de 2012, se expide las reformas a la Codificación del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente; en el que se agrega ?Régimen Especial-Dirección del Parque Nacional Galápagos?, como parte de los Procesos Desconcentrados;

n

n

n

n Que, el artículo 136 del Reglamento a la Ley de Servicio Público, establece: Los proyectos de estructuras institucionales y posicionales de las instituciones, entidades y organismos de la administración pública central, institucional y dependiente, previo a su promulgación en el Registro Oficial, serán sometidos al dictamen presupuestario del Ministerio de Finanzas si se requiriere reforma presupuestaria; y, al informe favorable por parte del Ministerio de Relaciones Laborales;

n

n

n

n Que, Con oficio No. SENPLADES-SGDE-2012-0021-OF del 9 de febrero del 2012, se emite informe favorable para continuar con la implementación de las reformas a la Estructura Organizacional a través del Ministerio de Relaciones Laborales y el Ministerio de Finanzas; Que el Ministerio de Finanzas, mediante oficio No. MINFIN-DM-2012-0512 de 12 de Septiembre del 2012, de conformidad con la competencia que le otorga el Art. 57 de la Ley Orgánica del Servicio Público, ha emitido el dictamen presupuestario correspondiente;

n

n

n

n Que, mediante Oficio No. 6890-MRLFI-2012-EDT, de fecha 14 de Septiembre del 2012, la Viceministra del Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales, emite INFORME FAVORABLE al Proyecto de Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; Que, mediante Resolución No. MRL-2012-0581 de fecha 14 de Septiembre de 2012, la Viceministra del Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales, resuelve aprobar la creación de nueve (9) puestos directivos de la Dirección del Parque Nacional Galápagos, en función de la nueva Estructura Orgánica y acorde a la plantilla de puestos adjunta;

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MAE-PNG/ARH-2012- 0857 de fecha 28 de septiembre de 2012, el Responsable de Administración de Recursos Humanos, remite el ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DPNG, para aprobación respectiva de la máxima Autoridad; Que, mediante sumilla inserta en Memorando No. MAEPNG/ ARH-2012-0857 de fecha 28 de septiembre de 2012, el Director de la DPNG remite para revisión el mencionado Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la DPNG, a Responsable de Gestión Jurídica;

n

n

n

n Que, mediante Memorando Nro. MAE-PNG/GJ-2012-0193, de fecha 28 de septiembre de 2012, la Responsable de Gestión Jurídica, indico que se ha procedido con la revisión y adecuación de la Resolución que contiene el ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DPNG, a los preceptos legales establecidos en la normativa aplicable para el efecto, así como se han señalado y se cuenta con todos los sustentos que respaldan las aprobaciones de los organismos de control correspondientes; por tanto se recomienda su suscripción de la misma la máxima Autoridad;

n

n

n

n Que, la Dirección del Parque Nacional Galápagos, para la consecución de su misión, objetivos y el cumplimiento de sus atribuciones, establecerá la filosofía, direccionamiento estratégico institucional y los órganos administrativos necesarios para la consecución de sus especiales finalidades;

n

n

n

n Que, es necesario dotarle a la Dirección del Parque Nacional Galápagos, de una Estructura Organizacional acorde a la naturaleza y especialización de la misión consagrada en su base legal constitutiva, que contemple principios de organización y de gestión institucional eficiente, eficaz y de calidad;

n

n

n

n Que, la filosofía de una gestión por procesos se fundamenta en el análisis permanente y mejoramiento continuo de los procesos institucionales y su correspondencia con las políticas nacionales;

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n Expedir la siguiente reforma integral al ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA DIRECCIÓN DEL PARQUE NACIONAL GALAPAGOS.

n

n

n

n CAPÍTULO I: DE LA ESTRUCTURA

n

n ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

n

n

n

n Artículo 1.- Estructura organizacional por procesos.- La estructura organizacional por procesos de la Dirección del Parque Nacional Galápagos, se alinea con su misión consagrada en la Constitución de la República, Ley Especial de Galápagos, Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos y Direccionamiento Estratégico Institucional, se sustenta en la filosofía y enfoque de productos, servicios y procesos, con el propósito de asegurar su ordenamiento orgánico.

n

n

n

n Artículo 2.- Procesos de la Dirección del Parque Nacional Galápagos.- Las actividades que se desarrollan en la Institución, constituyen parte de un proceso necesario para generar un producto o servicio demandado por servidores públicos, ciudadanas y ciudadanos. Los procesos de la Dirección del Parque Nacional Galápagos, se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de los objetivos y misión institucional.

n

n

n

n Los procesos gobernantes orientan la gestión institucional a través de la formulación de políticas, la expedición de directrices, políticas, normas, procedimientos, planes estratégicos, acuerdos, resoluciones e instrumentos para el funcionamiento de la organización, la articulación, coordinación y establecimiento de mecanismos para la ejecución de los planes, programas, proyectos, directrices para el buen desempeño de la gestión institucional.

n

n

n

n Los procesos Agregadores de valor o misionales son los responsables de generar el portafolio de productos y servicios, administran y controlan los productos y servicios destinados a usuarios externos, permiten cumplir con la misión institucional, los objetivos estratégicos y constituyen la razón de ser de la Institución.

n

n

n

n Los procesos habilitantes, que se clasifican en procesos de asesoría y procesos de apoyo, están encaminados a generar productos y servicios de asesoría y apoyo logístico para producir el portafolio de productos institucionales demandados por los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, viabilizando la gestión institucional.

n

n

n

n Los procesos desconcentrados, encaminados a generar productos y servicios directamente a ciudadanas y ciudadanos, en áreas geográficas establecidas conforme la planificación territorial, contribuyendo al cumplimiento de la misión institucional.

n

n

n

n Artículo 3.- Puestos directivos.- Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional son: Director del Parque Nacional Galápagos, y Directores Técnicos de Área.

n

n

n

n CAPÍTULO II: DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE

n

n CALIDAD Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

n

n

n

n Artículo 4.- Comité de Gestión de Calidad y Desarrollo Institucional.- La Dirección del Parque Nacional Galápagos, de conformidad con lo estipulado en el artículo 138 del Reglamento General a la Ley del Servicio Público, ha conformado el Comité de Gestión de Calidad y el Desarrollo Institucional, el mismo que tendrá la calidad de permanente y estará integrado por:

n

n

n

n 1. Director del Parque Nacional Galápagos quien lo presidirá, o su delegado;

n

n

n

n 2. Director de Planificación Institucional;

n

n

n

n 3. Director Administrativo Financiero; y,

n

n

n

n 4. Responsable de la Unidad de Administración de Talento Humano, o quien hiciere sus veces.

n

n

n

n Artículo 5.- Responsabilidades del Comité de Gestión de Calidad y el Desarrollo Institucional.- El Comité de Gestión de Calidad y el Desarrollo Institucional, tendrá las siguientes responsabilidades:

n

n

n

n a. Proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia institucional.

n

n

n

n b. Instrumentar, controlar y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al desarrollo institucional, talento humano, remuneraciones y capacitación, en cumplimiento y apoyo a las competencias específicas previstas en las Ley Orgánica del Servicio Público y leyes que regulan la gestión institucional, sus reglamentos y las correspondientes normas conexas;

n

n

n

n c. Establecer mecanismos para que el Desarrollo Institucional se inscriba en la Planificación Estratégica Institucional;

n

n

n

n Este comité se reunirá ordinariamente cada trimestre y extraordinariamente cuando el Director del Parque Nacional Galápagos, así lo requiera.

n

n

n

n CAPÍTULO III: DEL DIRECCIONAMIENTO

n

n ESTRATÉGICO

n

n

n

n Artículo 6.- Estructura Organizacional.- La Dirección del Parque Nacional Galápagos, define su estructura organizacional sustentada en su base legal y direccionamiento estratégico institucional.

n

n

n

n 1.- Misión:

n

n

n

n La Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG) es responsable de la conservación de la integridad ecológica y la biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos de las áreas protegidas del archipiélago, así como del uso racional de los bienes y servicios que estos generan para la comunidad.

n

n

n

n 2.- Objetivos Estratégicos:

n

n

n

n 2.1. Asegurar la conservación de la integridad ecológica y la biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago.

n

n

n

n 2.2. Incorporar la política de conservación que desarrolla la DPNG al modelo territorial de Galápagos que configura el Plan Regional para la Conservación y Desarrollo Sustentable del archipiélago, para de esta manera, integrarla horizontalmente con otras políticas sectoriales.

n

n

n

n 2.3. Consolidar la capacidad de manejo de la DPNG dotándola de los recursos necesarios, reforzando sus principios, criterios y directrices para una administración eficaz.

n

n

n

n 2.4. Generar estrategias que permitan entregar productos y servicios de calidad para lograr la satisfacción de los clientes internos y externos.

n

n

n

n 2.5. Complementar la protección de los ambientes insulares y marinos del gran ecosistema Galápagos, reconociendo la interacción entre sí y entre estos y las áreas pobladas.

n

n

n

n 2.6. Conservar los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago como el capital natural que sirve de base para el desarrollo socio-económico y cultural de la población local, promoviendo el uso racional de los bienes y servicios ambientales generados por estos.

n

n

n

n 2.7. Promover el funcionamiento de un sistema de manejo adaptativo y participativo del Parque Nacional y la Reserva Marina, en el que se utilice el mejor conocimiento científico disponible para la toma de decisiones de forma que se pueda realizar ajustes a los objetivos de manejo de acuerdo a la realidad socioeconómica y ambiental del archipiélago.

n

n

n

n Artículo 7.- Estructura básica alineada a la misión: La Dirección del Parque Nacional Galápagos, para el cumplimiento de su misión, objetivos y responsabilidades, desarrolla procesos internos y está conformado por:

n

n

n

n 1. PROCESO GOBERNANTE:

n

n

n

n DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL:

n

n

n

n 1.1.1 MINISTRO/A DE AMBIENTE

n

n

n

n 1.2. GESTIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL:

n

n

n

n 1.2.1 DIRECTOR/A DEL PARQUE NACIONAL GALÁPAGOS

n

n

n

n 2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR:

n

n

n

n 2.1. DIRECCIÓN DE ECOSISTEMAS

n

n

n

n 2.1.1 CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS INSULARES

n

n

n

n 2.1.2 CONSERVACIÓN Y USO DE ECOSISTEMAS MARINOS

n

n

n

n 2.1.3 CONTROL DE USOS

n

n

n

n 2.2. DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL

n

n

n

n 2.2.1 CALIDAD AMBIENTAL

n

n

n

n 2.2.2 CAMBIO CLIMÁTICO

n

n

n

n 2.2.3 BIOSEGURIDAD

n

n

n

n 2.2.4 INVESTIGACIÓN APLICADA

n

n

n

n 2.3. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN SOCIAL

n

n

n

n 2.3.1 EDUCACIÓN AMBIENTAL

n

n

n

n 2.3.2 PARTICIPACIÓN SOCIAL

n

n

n

n 2.3.3 COMUNICACIÓN AMBIENTAL

n

n

n

n 2.4. DIRECCIÓN DE USO PUBLICO

n

n

n

n 2.4.1 MANEJO DE SITIOS DE VISITA

n

n

n

n 2.4.2 MANEJO DE VISITANTES

n

n

n

n 2.4.3 ADMINISTRACIÓN DE LA OPERACIÓN TURÍSTICA

n

n

n

n 3. PROCESOS HABILITANES:

n

n

n

n 3.1. DE ASESORÍA:

n

n

n

n 3.1.1 DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN INSTITUCIONAL

n

n

n

n 3.1.1.1 PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA

n

n

n

n 3.1.1.2 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

n

n

n

n 3.1.1.3 PROYECTOS Y RELACIONES INTERNACIONALES

n

n

n

n 3.1.1.4 GESTIÓN DE LA CALIDAD

n

n

n

n 3.1.2. DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA

n

n

n

n 3.1.2.1 ASESORÍA LEGAL ESPECIALIZADA

n

n

n

n 3.1.2.2 ASESORÍA LEGAL ADMINISTRATIVA

n

n

n

n 3.1.3. UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

n

n

n

n 3.1.3.1 AUDITORÍA INTERNA

n

n

n

n

n

n 3.2. DE APOYO:

n

n

n

n 3.2.1. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

n

n

n

n 3.2.1.1 GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

n

n

n

n 3.2.1.2 GESTIÓN ADMINISTRATIVA

n

n

n

n 3.2.1.3 GESTIÓN FINANCIERA

n

n

n

n 3.2.1.4 GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

n

n

n

n 4. PROCESOS DESCONCENTRADOS

n

n

n

n 4.1 UNIDADES TÉCNICAS OPERATIVAS

n

n

n

n 4.1.1 Isabela

n

n

n

n 4.1.2 San Cristóbal

n

n

n

n 4.2 OFICINA TÉCNICA

n

n

n

n 4.2.1 Floreana

n

n

n

n

n

n CAPITULO IV: DE LAS REPRESENTACIONES

n

n GRÁFICAS

n

n

n

n Artículo 8.- Se definen las siguientes Representaciones Gráficas para la Dirección del Parque Nacional Galápagos

n

n

n n

n alt

n

n alt

n

n alt

n

n alt

n

n alt

n n

n CAPÍTULO IV: DE LA ESTRUCTURA

n

n DESCRIPTIVA

n

n

n

n Artículo 9.- Para la descripción de la estructura asumida por la Dirección del Parque Nacional Galápagos, se definen la misión, atribuciones y responsabilidades; y, los productos y servicios de sus distintos procesos de gestión interna.

n

n

n

n TÍTULO I: DE LOS PROCESOS GOBERNANTES

n

n

n

n 1. PROCESO GOBERNANTE

n

n

n

n 1.1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL

n

n

n

n 1.1.1 RESPONSABLE: Ministro/a de Ambiente

n

n

n

n Liderar la gestión ambiental institucional mediante el direccionamiento estratégico, y el establecimiento de políticas, normas y procedimientos que coadyuven al cumplimiento de la misión y objetivos estratégicos del Ministerio del Ambiente.

n

n

n

n 1.2. GESTIÓN ESTRATÉGICA INSTITUCIONAL

n

n

n

n Misión:

n

n

n

n Dirigir, orientar y ejecutar la política y directrices establecidas en la Ley de Régimen Especial para la Provincia de Galápagos y demás normas y reglamentos establecidos para el efecto, así como aquellas determinadas por el Ministerio del Ambiente; en procesos de desarrollo sustentable y sostenible en el ámbito de la conservación, integridad ecológica, biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos, gestión ambiental, uso público, educación, e investigación de las áreas protegidas del archipiélago, así como del uso racional de los bienes y servicios que estos generan para la comunidad.

n

n

n

n 1.2.1 RESPONSABLE: Director/a del Parque Nacional Galápagos

n

n

n

n Atribuciones y Responsabilidades:

n

n

n

n a. Cumplir y hacer cumplir dentro del ámbito de su competencia las normativas legales aplicables a las áreas protegidas de Galápagos;

n

n

n

n b. Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la DPNG;

n

n

n

n c. Formular, cumplir y hacer cumplir las políticas, planes de manejo y planes operativos de la DPNG;

n

n

n

n d. Dirigir y ejecutar la política y directrices de los procesos de desarrollo sustentable y sostenible en el ámbito de la conservación de la integridad ecológica y la biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos;

n

n

n

n e. Ejecutar la política y normas de gestión ambiental, uso público, educación, e investigación de las áreas protegidas del archipiélago, así como del uso racional de los bienes y servicios que estos generan para la comunidad;

n

n

n

n f. Establecer estrategias para asegurar la conservación de la

n
n

n

n

n integridad ecológica y la biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago;

n

n

n

n g. Proponer mecanismos para articular la estrategia y objetivos de conservación que desarrolla la DPNG al modelo territorial de Galápagos que configura el Plan Regional para la Conservación y Desarrollo Sustentable del archipiélago;

n

n

n

n h. Coordinar acciones con organismos nacionales e internacionales para la protección de los ambientes insulares y marinos del gran ecosistema Galápagos, reconociendo la interacción entre sí y entre estos y las áreas pobladas;

n

n

n

n i. Establecer estrategias y mecanismos de acción para generar la cultura e identidad isleña de conservación de los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago como el capital natural que sirve de base para el desarrollo socio-económico y cultural de la población local, promoviendo el uso racional de los bienes y servicios ambientales generados por estos;

n

n

n

n j. Establecer un sistema de manejo adaptativo y participativo del Parque Nacional y la Reserva Marina, en el que se utilice el mejor conocimiento científico disponible para la toma de decisiones de forma que se pueda realizar ajustes a los objetivos de manejo de acuerdo a la realidad socio-económica y ambiental del archipiélago;

n

n

n

n k. Fortalecer las relaciones con las diferentes autoridades nacionales, provinciales y locales; así como manejar las relaciones con la cooperación internacional, para la conservación y desarrollo sustentable de los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago; l. Juzgar y sancionar las infracciones administrativas determinadas en las leyes correspondientes;

n

n

n

n m. Presidir y/o integrar por sí o su delegado los organismos colegiados que por ley le corresponde;

n

n

n

n n. Suscribir convenios con organismos nacionales e internacionales que tengan relación, con los planes programas y proyectos de la DPNG;

n

n

n

n o. Autorizar el gasto de la DPNG de conformidad con la ley y más normas existentes para el efecto;

n

n

n

n p. Aprobar la pro forma presupuestaria, planes, programas y proyectos de la DPNG;

n

n

n

n q. Delegar atribuciones a servidores de la DPNG cuando lo estimare conveniente;

n

n

n

n r. Desconcentrar acciones administrativas, presupuestarias y técnicas cuando las necesidades institucionales así lo ameriten;

n

n

n

n s. Nombrar y remover al personal de la DPNG conforme a las disposiciones legales vigentes;

n

n

n

n t. Aprobar manuales, procedimientos e instructivos para la elaboración de los productos en los procesos institucionales;

n

n

n

n u. Definir las actividades de la entidad a corto, mediano y largo plazo, enmarcadas en los objetivos, políticas y estrategias institucionales;

n

n

n

n v. Conducir la política, estrategias y alianzas externas de la entidad;

n

n

n

n w. Ejercer la Secretaría Técnica de la Autoridad Interinstitucional de Manejo (AIM) y participar en calidad de miembro de la Junta de Manejo Participativo (JMP);

n

n

n

n x. Evaluar y controlar los procesos de gestión organizacional y disponer las acciones de mejoramiento que corresponda; y,

n

n

n

n y. Ejercer las demás atribuciones determinadas en las leyes y otras normas aplicables a la gestión de la DPNG.

n

n

n

n TITULO II: PROCESO AGREGADOR DE VALOR

n

n

n

n 2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR

n

n

n

n 2.1 DIRECCIÓN DE ECOSISTEMAS

n

n

n

n Misión:

n

n

n

n Planificar, coordinar, impulsar y controlar la gestión de los procesos de conservación, integridad ecológica, biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos, mediante la implementación de planes, programas y proyectos, que permitan mantener su capacidad adaptativa y asegurar la conservación de su integridad ecológica, así como el uso racional de los bienes y servicios ambientales que estos generan.

n

n

n

n RESPONSABLE: Director de Ecosistemas

n

n

n

n Atribuciones y Responsabilidades:

n

n

n

n a. Planificar y gestionar los procesos de manejo de la Reserva Marina, insular, la bioseguridad y gestión de territorio de la RMG, en cuya zona ejercerá jurisdicción y competencia sobre el manejo de los recursos naturales;

n

n

n

n b. Efectuar procesos y acciones de control, manejo y monitoreo, de la RMG en coordinación con instituciones públicas y privadas competentes;

n

n

n

n c. Establecer estrategias que permitan proteger y conservar la integridad ecológica y biodiversidad de los ecosistemas marino – costeros de Galápagos;

n

n

n

n d. Controlar, prevenir y mitigar los impactos ambientales y antropogénicos que ocasionan las distintas actividades que se realizan en la RMG;

n

n

n

n e. Establecer planes y programas para la administración y manejo del PNG y la RMG, en cuyas zonas ejercerá jurisdicción y competencia sobre el manejo y uso de los recursos naturales;

n

n

n

n f. Establecer, coordinar y ejecutar planes programas y proyectos relacionados con la conservación y uso racional de ecosistemas marinos, mediante acciones de manejo y control marino;

n

n

n

n g. Dirigir los procesos de manejo pesquero y uso racional del patrimonio marino;

n

n

n

n h. Coordinar la ejecución de planes programas y proyectos relacionados con la conservación y restauración de ecosistemas Insulares mediante acciones de manejo de fauna, flora y manejo de bienes y servicios ambientales;

n

n

n

n i. Proponer mecanismos y regulaciones sobre actividades de Pesca Artesanal, definida en el Plan de Manejo, y realizar la correspondiente evaluación y control;

n

n

n

n j. Establecer y ejecutar mecanismos, estrategias y planes de prevención y control total de Especies Introducidas, en coordinación con instituciones públicas y privadas;

n

n

n

n k. Coordinar la elaboración y ejecución de planes de capacitación, extensionismo y mejoramiento organizacional del sector pesquero artesanal;

n

n

n

n l. Promover la co-responsabilidad en el manejo de los recursos pesqueros;

n

n

n

n m. Dirigir el levantamiento del inventario y cartografía de los ecosistemas insulares degradados;

n

n

n

n n. Establecer mecanismos para gestionar los procesos de mitigación y remediación de los efectos negativos ocasionados por las especies invasoras;

n

n

n

n o. Dirigir los procesos de monitoreo de los ecosistemas insulares y especies prioritarias para la conservación de las islas;

n

n

n

n p. Asesorar a la Dirección y a las autoridades de las diferentes instituciones en la toma de decisiones en materia de manejo de recursos naturales y ordenamiento del territorio;

n

n

n

n q. Autorizar el uso sostenible de recursos naturales no renovables en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas;

n

n

n

n r. Promover la participación de los ciudadanos, ciudadanas, empresas, gremios e instituciones en la aplicación del PCT;

n

n

n

n s. Coordinar la ejecución de programas que permitan de restauración ecológica;

n

n

n

n t. Asesorar y coordinar con las entidades y organizaciones pertinentes la política de ordenamiento territorial;

n

n

n

n u. Gestionar la información socio-económica para la toma de decisiones de manejo;

n

n

n

n v. Controlar y supervisar el uso turístico de las áreas protegidas de la provincia de Galápagos conforme a sus respectivos Planes de Manejo;

n

n

n

n w. Coordinar los procesos de logística y movilización de transporte aéreo y marítimo, conforme las necesidades operativas de la DPNG;

n

n

n

n x. Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;

n

n

n

n y. Evaluar y controlar los procesos de gestión interna y tomar las acciones de mejoramiento que corresponda; y,

n

n

n

n z. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades, en el ámbito de su competencia, que le asigne el Director de la DPNG y las establecidas en la normativa vigente.

n

n

n

n Productos / Servicios:

n

n

n

n 2.1.1 CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS INSULARES

n

n

n

n 2.1.1.1 Conservación de Especies Nativas

n

n

n

n 1. Inventario de las especies nativas y endémicas;

n

n

n

n 2. Informe de monitoreo de poblaciones y ecosistemas insulares;

n

n

n

n 3. Informes de acciones de protección de especies nativas y endémicas in situ;

n

n

n

n 4. Registros de crianza en cautiverio de especies amenazadas;

n

n

n

n 5. Programa de reproducción de plántulas nativas y/o endémicas;

n

n

n

n 6. Plan de Manejo integrado de viveros forestales; y,

n

n

n

n 7. Manuales y procedimientos para el manejo integrado de viveros forestales.

n

n

n

n 2.1.1.2 Erradicación de Especies Introducidas

n

n

n

n 1. Informes de detección temprana y erradicación de nuevas especies de plantas invasoras introducidas;

n

n

n

n Informes y registros de control y monitoreo de plantas invasoras y animales en proceso de erradicación;

n

n

n

n Informes y registros de monitoreo, control y erradicación de plantas invasores de amplia distribución y de distribución limitada;

n

n

n

n 4. Inventario de especies de plantas y animales introducidos;

n

n

n

n 5. Propuestas de proyectos de restauración y rehabilitación ecológica;

n

n

n

n 6. Informes de detección temprana y erradicación de nuevas especies de animales invasores introducidos y en proceso de erradicación;

n

n

n

n 7. Informes y registros de control y erradicación de animales con distribución limitada y amplia distribución; y,

n

n

n

n 8. Informes y registros de monitoreo de especies de animales erradicados.

n

n

n

n 2.1.1.3 Bienes y Servicios Ambientales

n

n

n

n 1. Propuestas de mecanismos, metodologías y normas para el manejo de Bienes y Servicios Ambientales;

n

n

n

n 2. Planes, programas y proyectos para el manejo de bienes y servicios ambientales;

n

n

n

n 3. Plan de gestión de recursos hídricos en los programas de manejo de áreas protegidas;

n

n

n

n 4. Plan de gestión de materiales pétreos en los programas de manejo de áreas protegidas;

n

n

n

n 5. Plan de implementación de planes de aprovechamiento de materiales pétreos;

n

n

n

n 6. Estrategias y acciones para el manejo de bienes y servicios ambientales;

n

n

n

n 7. Sistema de Información de Bienes y Servicios Ambientales; y,

n

n

n

n 8. Informe de evaluación de impacto de gestión de bienes y servicios ambientales.

n

n

n

n 2.1.2 CONSERVACIÓN Y USO DE ECOSISTEMAS MARINOS

n

n

n

n 2.1.2.1 Manejo Pesquero

n

n

n

n 1. Propuestas de políticas y Estrategias de manejo pesquero;

n

n

n

n 2. Registro Pesquero de pescadores y embarcaciones;

n

n

n

n 3. Plan de monitoreo pesquero;

n

n

n

n 4. Licencias PARMA, Permisos de Pesca, Permisos de Comercialización;

n

n

n

n 5. Certificados de Pesca y Guías de Movilización;

n

n

n

n 6. Informes de diagnóstico y evaluación de monitoreo prepesquerías y de post-pesquerías;

n

n

n

n 7. Diagnóstico de pescadores activos por pesquerías y artes de pesca y embarcaciones;

n

n

n

n 8. Propuestas de proyectos de gestión pesquera y de ordenamiento y manejo pesquero;

n

n

n

n 9. Propuestas de asistencia técnica (directa o indirecta) a los pescadores a través de otras instituciones del Estado u ONG;

n

n

n

n 10. Informes de seguimiento a la implementación del Capítulo Pesca del Reglamento Especial de la Actividad Pesquera;

n

n

n

n 11. Proyectos de modificación del Reglamento Especial para la Actividad Pesquera Artesanal en la RMG;

n

n

n

n 12. Propuestas de resoluciones para el manejo de pesquerías y ordenamiento de la actividad pesquera en la RMG;

n

n

n

n 13. Estudios y publicaciones de manejo pesquero;

n

n

n

n 14. Informes de evaluación de recursos pesqueros;

n

n

n

n 15. Informes de cumplimiento de normas y regulaciones para la actividad pesquera; y,

n

n

n

n 16. Informes de las bases de datos de pesquerías y registro pesquero.

n

n

n

n 2.1.2.2 Monitoreo de Ecosistemas Marinos

n

n

n

n 1. Estrategia de monitoreo ecológico para la RMG;

n

n

n

n 2. Planificación del monitoreo ecológico en la RMG;

n

n

n

n 3. Informes de las actividades de monitoreo ecológico en la RMG;

n

n

n

n 4. Estudios e investigaciones en Ecosistemas Marinos en coordinación con otras entidades del Estado u ONGs;

n

n

n

n 5. Propuestas de monitoreo, evaluación e investigación de especies marinas focales, especies marinas comerciales, especies no explotadas y otras;

n

n

n

n 6. Estudios y publicaciones de monitoreo de los ecosistemas marinos; y,

n

n

n

n 7. Reportes de las bases de datos del monitoreo de ecosistemas marinos.

n

n

n

n 2.1.2.3 Manejo del Patrimonio Marino

n

n

n

n 1. Plan de Manejo de la Reserva Marina de Galápagos (lineamientos de conservación, protección y manejo de la RMG);

n

n

n

n 2. Informes de seguimiento de la implementación y cumplimiento del Plan de Manejo de la RMG;

n

n

n

n 3. Plan de implementación de la zonificación de la RMG en concordancia con la política de ordenamiento territorial y de gestión ambiental de áreas protegidas;

n

n

n

n Informes de uso del patrimonio marino y del cumplimiento de la normativa para su uso;

n

n

n

n Propuestas de reglamentos, planes y resoluciones para la conservación, protección y manejo de la RMG;

n

n

n

n Informe de actividades de comunicación y educación relacionadas al manejo de la RMG;

n

n

n

n 7. Plan de Contingencias para la RMG;

n

n

n

n 8. Plan de prevención de ingreso de especies exóticas a la RMG; y,

n

n

n

n 9. Informes de cumplimiento de actividades del Proceso de Manejo del Patrimonio Marino.

n

n

n

n

n

n 2.1.3 CONTROL DE USOS

n

n

n

n 2.1.3.1 Control Marino

n

n

n

n 1. Planes y estrategias de control y vigilancia de la RMG;

n

n

n

n 2. Planificación anual de actividades de control y vigilancia de la RMG;

n

n

n

n 3. Planificación del trabajo operativo de los tripulantes de las unidades a flote y aérea del PNG;

n

n

n

n 4. Proyectos de mejora tecnológica y operativa para el control y vigilancia de la RMG;

n

n

n

n 5. Informes de ejecución de actividades de control y vigilancia en la RMG;

n

n

n

n 6. Informes del funcionamiento de los distintos sistemas que se implemente para el control y vigilancia de la RMG (VMS, AIS, radares, etc.);

n

n

n

n Informes de monitoreo y seguimiento de embarcaciones a través de los distintos sistemas de seguimiento implementados;

n

n

n

n Agenda y actas de reuniones de coordinación con la Fuerza Naval, Policía del Ambiente y demás entes de control con los que se coordine las acciones de control y vigilancia en la RMG;

n

n

n

n Informes de cumplimiento de normas y regulaciones para las distintas actividades en la RMG; y,

n

n

n

n Reportes de la base de datos de Control y Vigilancia Marina.

n

n

n

n 2.3.1.2 Control insular

n

n

n

n 1. Plan de Operaciones para control y vigilancia insular;

n

n

n

n 2. Planes de Contingencia de Riesgos de incendios y desastres;

n

n

n

n 3. Informe de evaluación de impacto sobre la implementación de Planes, programas y proyectos de Zonificación Insular;

n

n

n

n 4. Informes de control del transporte aéreo de especies de extracción autorizada y productos no permitidos;

n

n

n

n 5. Mecanismos para el control y gestión de las actividades turísticas en las áreas protegidas del Parque Nacional Galápagos;

n

n

n

n 6. Planes y programas de control turístico en el Parque Nacional Galápagos

n

n

n

n 2.3.1.3 Logística Aérea y Marítima

n

n

n

n 1. Reglamento de logística y movilización de embarcaciones y aeronaves, de la DPNG;

n

n

n

n 2. Plan de logística y movilización de embarcaciones y aeronaves, conforme las necesidades operativas de la DPNG;

n

n

n

n 3. Informe de logística, movilización y registro del estado de las embarcaciones y aeronaves, de la DPNG;

n

n

n

n 4. Plan de logística y mantenimiento y reportes de bases remotas;

n

n

n

n 5. Plan de requerimiento de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las unidades a flote y aérea, de la DPNG, en coordinación con la Dirección Administrativa Financiera;

n

n

n

n 6. Plan de contingencia de logística y movilización en caso de necesidades urgentes de carácter administrativo y operativo de la DNPG, en coordinación con la Dirección Administrativa Financiera;

n

n

n

n 7. Informe de obtención de la documentación marítima y aérea de embarcaciones y personal que labora en las unidades a flote y aérea de la DPNG;

n

n

n

n 8. Informes de registro, utilización y existencias de combustibles, lubricantes, repuestos e insumos para la operación de las unidades a flote y aérea, en coordinación con la Dirección Administrativa Financiera; y,

n

n

n

n 9. Informe de seguro de embarcaciones y aeronaves de la DPNG, en coordinación con la Dirección Administrativa Financiera.

n

n

n

n 2.2 DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL

n

n

n

n Misión:

n

n

n

n Dirigir, planificar, coordinar, impulsar, prevenir y controlar la gestión de conservación del archipiélago y el mejoramiento de la calidad ambiental enmarcada en el uso sustentable del capital natural, establecimiento y desarrollo de mecanismos y estrategias de conservación y restauración de espacios naturales alterados, para lograr los máximos estándares de calidad ambiental para beneficio de la ciudadanía.

n

n

n

n RESPONSABLE: Director/a de Gestión Ambiental

n

n

n

n Atribuciones y Responsabilidades:

n

n

n

n a. Dirigir la ejecución de planes, programas y proyectos en temas ambientales en el área de sus competencias conforme las políticas emitidas por el Ministerio del Ambiente;

n

n

n

n b. Gestionar programas e información para el manejo de bienes y servicios ambientales;

n

n

n

n c. Coordinar con el Consejo de Gobierno y los gobiernos seccionales el desarrollo de un nuevo modelo territorial ambientalmente sustentable para el archipiélago;

n

n

n

n d. Coordinar la ejecución de las normas de gestión y manejo ambiental y evaluar los impactos ambientales en su ámbito de acción;

n

n

n

n e. Establecer estrategias para proteger, conservar la integridad ecológica y biodiversidad de los ecosistemas marino-costeros del archipiélago;

n

n

n

n f. Gestionar la ejecución de estudios sobre el funcionamiento de los sistemas ecológicos insulares y marinos para conservar, restaurar y utilizar los bienes y servicios ambientales adecuadamente;

n

n

n

n g. Impulsar estudios sobre el funcionamiento de los sistemas socioeconómicos para proveer información para la toma de decisiones de manejo;

n

n

n

n h. Vigilar y controlar el cumplimiento de las normas y regulaciones establecidas para los usos extractivos y no extractivos en el PNG y la RMG;

n

n

n

n i. Autorizar el uso sostenible de recursos naturales no renovables en las áreas naturales protegidas del archipiélago de Galápagos, excepto lo previsto en Art. 407 de CRE;

n

n

n

n j. Proponer proyectos y mecanismos de regulaciones de bioseguridad la propagación, experimentación, uso, comercialización o importación de organismos genéticamente modificados;

n

n

n

n k. Ejecutar las políticas ambientales nacionales;

n

n

n

n l. Proponer y gestionar estrategias de desarrollo sustentable;

n

n

n

n m. Gestionar la consecución de estudios e implementar planes, programas y proyectos en temas ambientales;

n

n

n

n n. Administrar la red local de información ambiental, mediante la recopilación, registro, reporte y difusión de la misma;

n

n

n

n o. Coordinar acciones para la elaboración del Plan Regional de Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos, así como los planes seccionales de ordenamiento territorial, en coordinación con las instancias competentes;

n

n

n

n p. Establecer Estrategias de coordinación administrativa y de cooperación con los distintos organismos públicos y privados;

n

n

n

n q. Adoptar medidas de sanción administrativa en coordinación con el Ministerio del Ambiente;

n

n

n

n r. Realizar el cobro de tasas y multas establecidas en las normas y regulaciones ambientales;

n

n

n

n s. Adaptar el marco administrativo y operativo de la DPNG al nuevo marco legal establecido por el Sistema Único de Manejo Ambiental y el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental;

n

n

n

n t. Proteger, conservar y restaurar los ecosistemas insulares y su biodiversidad;

n

n

n

n u. Impulsar la corresponsabilidad en el mantenimiento de la calidad ambiental con la creación de Unidades de Gestión Ambiental en los Municipios de la provincia y el Consejo de Gobierno de Galápagos, en el ámbito de sus competencias;

n

n

n

n v. Administrar y organizar las actividades de investigación que se desarrollen en las áreas protegidas de Galápagos, en coordinación con el proceso de investigación;

n

n

n

n w. Asesorar y coordinar con las entidades y organizaciones pertinentes la política de investigación científica e innovación tecnológica, en coordinación con el proceso de investigación;

n

n

n

n x. Desarrollar estudios sobre el funcionamiento de los sistemas ecológicos insulares y marinos para conservar, restaurar y utilizar los bienes y servicios ambientales adecuadamente;

n

n

n

n y. Desarrollar estudios sobre el funcionamiento de los sistemas socioeconómicos para proveer información para la toma de decisiones de manejo

n

n

n

n z. Controlar la captura, transporte y comercialización de especies marinas de interés comercial;

n

n

n

n aa. Establecer indicadores de gestión que permita efectuar la evaluación de impacto sobre la implementación de Planes, programas y proyectos de la gestión y la calidad ambiental;

n

n

n

n bb. Coordinar y proponer lineamientos y mecanismos de corto, mediano y largo plazo orientado a la mitigación y la adaptación del cambio climático en congruencia con las Políticas de Estado encaminadas a un desarrollo sostenible; mejorando la adaptación de los sistemas naturales y socioeconómicos del país;

n

n

n

n cc. Efectuar estudios e investigaciones en los aspectos de cambio climáticos, para el establecimiento de políticas y mecanismos de propios del proceso;

n

n

n

n dd. Establecer planes para la aplicación de políticas y estrategias que permitan reducir las causas del cambio climático a través de la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero;

n

n

n

n ee. Proponer Mecanismos que garanticen la conservación de la biodiversidad y la integridad ecológica en zonas agropecuarias;

n

n

n

n ff. Políticas, estrategias y líneas de acción para el autoabastecimiento local;

n

n

n

n gg. Dirigir la Identificación y restauración de las áreas degradadas por las actividades agropecuarias;

n

n

n

n hh. Administrar el sistema de monitoreo pesquero, tanto en sus acciones directas (captura, esfuerzo) como indirectas (consumo, mercado, pesca incidental);

n

n

n

n ii. Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su áre