n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Viernes, 10 de Diciembre de 2010 – R. O. No. 338

n

PRIMER SUPLEMENTO

n n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:
n
n
Cantón San Pedro de Pelileo: Que expide el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
n
nCantón Cuenca: Para la gestión y conservación de las áreas históricas y patrimoniales del cantón
n
nCantón Echeandía: De regulación y control de la vía pública para el cantón
n
nGobierno Municipal de Santiago de Píllaro: Que regula el funcionamiento del servicio de odontología

n n n


n

n n n EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE n PELILEO n n Considerando: n n

Que, el Concejo en pleno en sesión ordinaria del día viernes 17 de octubre del 2008, aprobó y expidió el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Municipio de San Pedro de Pelileo;

n n

Que, con oficio No. SENRES-DI-2009-0003637 la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de los Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público-SENRESacorde con lo establecido en el Art. 113 Inciso Tercero del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público -LOSCCA- ha emitido el dictamen favorable previo a la expedición del presente reglamento;

n n

Que, es necesario generar la estructura organizacional del Municipio de San Pedro de Pelileo, alineada a la naturaleza y especialización de la misión consagrada en su base legal constitutiva, que contemple principios de organización y de gestión institucional eficiente, eficaz y efectiva; y,

n n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 63 numeral 1° de la Codificada Ley Orgánica de Régimen Municipal, el Concejo Municipal de San Pedro de Pelileo,

n n Expide: n n

EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE PELILEO.

n n

Artículo 1.- Estructura Organizacional por Procesos.- La estructura organizacional del Municipio de San Pedro de Pelileo, se alinea con su misión y se sustenta en la filosofía y enfoque de productos, servicios y procesos, con el propósito de asegurar su ordenamiento orgánico.

n n

Artículo 2.- Procesos del Municipio de San Pedro de Pelileo.- Los procesos que elaboran los productos y servicios del Municipio de San Pedro de Pelileo, se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión institucional.

n n

Los Procesos Gobernantes, orientan la gestión institucional a través de la formulación de políticas y la expedición de normas e instrumentos para poner en funcionamiento a la organización.

n n

Los Procesos Agregadores de Valor, implementan políticas, administran y controlan la generación de los productos y servicios destinados a usuarios externos y permiten cumplir con la misión institucional, denotan su especialización y constituyen la razón de ser de la institución y, Los Procesos Habilitantes, implementan políticas y generan productos y servicios para los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, contribuyendo a la consecución de la misión institucional.

n n

Los Procesos Habilitantes de Asesoría, asesoran y fortalecen con sus conocimientos especializados a los procesos, en el momento que estos lo requieran,

n n

Los Procesos Habilitantes de Apoyo, permiten que los procesos se ejecuten, su función es proveer y administrar los recursos, facilitando todo lo necesario para la operatividad de los procesos, lo que facilita el cumplimiento de la misión de la organización.

n n

Artículo 3.- Puestos Directivos.- Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional son: Alcalde y directores técnicos de área.

n n

Artículo 4.- Comité de Gestión de Desarrollo Institucional.- El Municipio de San Pedro de Pelileo de conformidad a lo dispuesto en el Art. 115 del Reglamento a la LOSCCA, mantiene un Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, conformado por el Alcalde cantonal o su delegado, quien lo presidirá, los directores técnicos de área, los responsables de las unidades administrativas y el responsable de la Unidad de Recursos Humanos.

n n

Artículo 5.- Responsabilidades del Comité de Gestión de Desarrollo Institucional.- El Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, a más de lo establecido en el Art. 115 del Reglamento de la LOSCCA, tendrá las siguientes responsabilidades:

n n Conocer y analizar los proyectos de políticas; n n

Conocer el plan operativo anual y el presupuestado del Municipio de San Pedro de Pelileo; y,

n n

Evaluar el impacto de la gestión institucional del Municipio de San Pedro de Pelileo.

n n

Este comité se reunirá ordinariamente una vez cada trimestre y extraordinariamente cuando el Alcalde, así lo requiera.

n n

Artículo 6.- Estructura Organizacional.- La estructura organizacional del Municipio de San Pedro de Pelileo se sustenta en su misión y objetivos institucionales:

n n a) Misión n n

Servir a la población pelileña brindando servicios de calidad equitativos y solidarios, generando las mejores condiciones para fomentar el desarrollo local, con participación ciudadana y una administración honesta, responsable y eficiente; respetuosa de las personas, su cultura y el ambiente.

n n

b) Objetivos Estratégicos

n n

Procurar el bienestar material y social de la colectividad y contribuir al fomento y protección de los intereses locales.

n n

Planificar e impulsar el desarrollo físico del cantón y sus áreas urbanas y rurales.

n n

Acrecentar el espíritu de nacionalidad, el civismo y la confraternidad de los asociados, para lograr el creciente progreso y la indisoluble unidad de la nación.

n n

Promover el desarrollo económico, social, medio ambiental y cultural dentro de su jurisdicción.

n n

Artículo 7.- Estructura Básica Alineada a la Misión.- El Municipio de San Pedro de Pelileo, para el cumplimiento de su misión y responsabilidades, gestiona procesos internos y está conformado por:

n n

1. PROCESOS GOBERNANTES:

n n

1.1 DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO PARA EL DESARROLLO DEL CANTON PELILEO.

n n

1.2 GESTION ESTRATEGICA PARA EL DESARROLLO CANTONAL DEL CANTON PELILEO

n n

2. PROCESOS HABILITANTES:

n n

2.1 PROCESOS HABILITANTES DE ASESORIA

n n

2.1.1. ASESORIA JURIDICA

n n

2.1.2. COMUNICACION SOCIAL

n n

2.1.3. GESTION DE AUDITORIA INTERNA

n n 2.1.4. PLANIFICACION n n n

2.2 PROCESOS HABILITANTES DE APOYO

n n

2.2.1. GESTION ADMINISTRATIVA

n n

2.2.2. GESTION FINANCIERA

n n

2.2.3. SECRETARIA GENERAL

n n n

3. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR:

n n

3.1. OBRAS PÚBLICAS

n n

3.1.1. CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO Y FISCALIZACION

n n

3.1.2. PARQUES Y JARDINES

n n

3.1.3. TALLER MECANICO

n n

3.2 SERVICIOS PUBLICOS

n n

3.2.1. POLICIA MUNICIPAL

n n 3.2.2. CEMENTERIOS n n

3.2.3. COMISARIA DE MERCADOS Y COMECIO INFORMAL

n n

3.2.4. PLAZAS Y MERCADOS

n n

3.2.5. AGUA POTABLE Y ALCANTRAILLADO

n n

3.2.6. CAMAL MUNICIPAL

n n

3.2.7. COMPLEJO LA MOYA

n n

3.3 DESARROLLO SOCIOECONOMICO

n n

3.3.1. DESARROLLO AGRICOLA Y GANADERO

n n

3.3.2. GESTION AMBIENTAL Y ASEO PUBLICO

n n

3.3.3 DESARROLLO TURISTICO

n n

3.3.4 DIFUSION CULTURAL Representaciones gráficas: Se definen las siguientes representaciones gráficas:

n n n


n

n n n a) CADENA DE VALOR n n n n b) MAPA DE PROCESOS n n n
n n n c.1 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL n n n n n
n n n c.2. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL n n n n n


n

n n n ESTRUCTURA DESCRIPTIVA n n

1. PROCESOS GOBERNANTES:

n n

1.1 DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO PARA EL DESARROLLO DEL CANTÓN PELILEO

n n CONCEJO MUNICIPAL DE PELILEO n n

Misión.- Normar, reglamentar, resolver y acordar conforme la Constitución Política de la República, la Ley de Régimen Municipal y demás normativas legales conexas, para la gestión del Concejo Municipal de Pelileo.

n n

Atribuciones y Responsabilidades.- El gobierno cantonal estará a cargo del Concejo Municipal, con facultades normativas cantonales de planificación, consultivas y de fiscalización y aquellas determinadas en la ley;

n n

Comisiones Permanentes del Concejo.- El Concejo Municipal de Pelileo, de conformidad a lo establecido en el Art. 93 de la Ley de Régimen Municipal mantiene las siguientes comisiones permanentes:

n n

c.1 Comisión de Mesa, Excusas y Calificaciones;

n n

c.2 Comisión de Planeamiento, Urbanismo y Obras Públicas; 6

n n

c.3 Comisión de Servicios Públicos;

n n

c.4 Comisión de Servicios Financieros, Avalúos y Catastros;

n
n n n

c.5 Comisión de Servicio Social, Educación y Cultura; c.6 Comisión de Servicios Económicos;

n n

c.7 Comisión de Administración, Vigilancia, Control, Espectáculos Públicos;

n n

c.8 Comisión de Gestión Ambiental; y,

n n

c.9 Comisión de Parroquias.

n n

c.1 Comisión de Mesa, Excusas y Calificaciones.

n n

Son deberes y atribuciones de la Comisión de Mesa, Excusas y Calificaciones:

n n

Dictaminar acerca de la calificación de los concejales dentro de los diez días siguientes a la posesión de los mismos o respecto de sus excusas dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la presentación.

n n

Organizar las comisiones permanentes y especiales que sean indispensables y designar sus miembros, cuando no lo hubiere hecho el Concejo.

n n

Decidir, en caso de conflicto sobre la comisión que debe dictaminar respecto de asuntos que ofrezcan dudas y sobre cuestiones que deban elevarse a conocimiento de la corporación.

n n

Repartir a las distintas comisiones permanentes los asuntos de los cuales deben conocer, cuando tal distribución no hubiere sido hecha por el Alcalde.

n n

c.2 Comisión de Planeamiento, Urbanismo y Obras Públicas.

n n

Le corresponde impulsar procesos de diseño, zonificaciones, proyectos de urbanización, planes reguladores, construcción y coordinación de obras, apertura y mantenimiento de vías, cuidar la nomenclatura de calles, caminos, plazas, etc., y lo que se encuentre enmarcado en la ley.

n n

c.3 Comisión de Servicios Públicos.

n n

Les corresponde elaborar el programa de servicios públicos locales, adjudicación y abastecimiento de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, bomberos, matadero, plazas y mercados y otros.

n n

c.4 Comisión de Servicios Financieros, Avalúos y Catastros.

n n

Que incluye presupuesto, tasas y contribuciones, deuda pública, suministros y enseres municipales.

n n

c.5 Comisión de Servicio Social, Educación y Cultura.

n n

Que abarca: higiene, salubridad, servicios asistenciales, acción cultural y biblioteca, alfabetización, museos, becas estudiantiles, etc.

n n

c.6 Comisión de Servicios Económicos.

n n

Que comprende vías de comunicación, transporte, almacenamiento, control de precios, telecomunicaciones, agricultura e industrias.

n n

c.7 Comisión de Administración, Vigilancia, Control, Espectáculos Públicos.

n n

Les corresponde coordinar y apoyar el Area Administrativa del Cabildo, ciñéndose estrictamente a las normativas legales vigentes de empleados, trabajadores y personal a contrato.

n n

c.8 Comisión de Gestión Ambiental.

n n

Encargada de coordinar acciones con el responsable de la unidad o procesos, para exigir a las empresas, y viviendas particulares, el cumplimiento de las normativas para el efecto, con la finalidad de proteger el medio ambiente.

n n

c.9 Comisión de Parroquias.

n n

Les corresponde coordinar acciones con las juntas parroquiales, para priorizar obras a través de presupuestos participativos, y demás actividades enmarcadas en la ley.

n n

1.2 GESTIÓN ESTRATÉGICA PARA EL DESARROLLO CANTONAL DEL CANTÓN PELILEO

n n ALCALDÍA n n

Misión.- Ejercer la representación y la administración de la gestión municipal en la jurisdicción cantonal, en base a las normas de la Constitución de la República, la Ley de Régimen Municipal y de más leyes. Representado por el Alcalde (Alcaldesa) cantonal.

n n

Atribuciones y Responsabilidades.- Son deberes y atribuciones del Alcalde, aquellas que están claramente determinadas en la ley.

n n n

2. PROCESOS HABILITANTES:

n n

2.1. PROCESOS HABILITANTES DE ASESORÍA.

n n

2.1.1. ASESORÍA JURÍDICA

n n

a) Misión.- Asesorar eficiente y oportunamente sobre los aspectos jurídicos concernientes a la Municipalidad, para que la entidad cumpla los objetivos y metas que conlleven a que la institución cumpla su rol.

n n

Responsable: Procurador Síndico (Director Técnico de área)

n n

b) Atribuciones y Responsabilidades.-

n n

Asistir a las sesiones del Concejo para asesorar en los asuntos jurídicos que se le requiriese.

n n Presentar los informes que le solicitaren. n n

Representar al Concejo, en calidad de Procurador, conjuntamente con el Alcalde, ante cualquier autoridad, judicial o extrajudicialmente, para reclamar o defender sus derechos.

n n

Intervenir, en unión del señor Alcalde, en todos los actos y contratos, con autorización y según las instrucciones del Concejo.

n n

Estudiar los proyectos de contrato e informar para la recepción de las obras contratadas.

n n

Advertir al Concejo, aún sin ser requerido, cuando al resolver cualquier asunto, se aparte del texto expreso de la Constitución o de las leyes.

n n

c. Portafolio de Productos

n n Informe de demandas y juicios. n n Informe sobre patrocinio judicial y constitucional. n n

Asistencia legal a los niveles operativo y directivo.

n n Informe sobre criterios y pronunciamientos legales. n n

Proyectos de leyes, decretos, acuerdos, ordenanzas, resoluciones, normas.

n n

Instrumentos jurídicos (contratos, convenios, escrituras).

n n

Determinar en los contratos, la persona encargada de su administración.

n n

2.1.2. COMUNICACIÓN SOCIAL

n n

a) Misión.- Comunicar e informar en forma abierta, interactiva y de calidad, los alcances de la gestión del Concejo Municipal de Pelileo, posicionando las políticas, planes, programas y proyectos ejecutados, que permita fortalecer la imagen institucional.

n n

b) Portafolio de Productos

n n Plan estratégico de comunicación externa. n n

Informe de ejecución del plan de imagen corporativa.

n n Cartelera informativa institucional. n n Ruedas de prensa. n n

Boletines de prensa, artículos especiales, avisos, trípticos,

n
n n n

folletos, álbum fotográfico, memorias y afiches. 6. Material impreso, audio, video, multimedia, internet y virtuales con temas relacionados con la gestión institucional.

n n

7. Protocolo institucional y relaciones públicas.

n n

2.1.3. GESTIÓN DE AUDITORÍA INTERNA

n n

a) Misión.- Realizar exámenes y evaluaciones posteriores a las operaciones y actividades del Concejo Municipal de Pelileo, a través de auditorías y exámenes especiales, con sujeción a las disposiciones legales, normas nacionales e internacionales y proporcionar asesoría a los directivos y servidores de la entidad, en el ámbito de su competencia.

n n

b) Portafolio de Productos

n n Plan anual de control. n n Informes de la ejecución del plan anual de control. n n Auditorias operacionales. n n Exámenes especiales. n n Informes de recomendaciones y sanciones. n n Informes y pronunciamientos. n n 2.1.4. PLANIFICACIÓN n n

a) Misión.- Es de cooperación y prestación de servicios, encaminada a gestionar, desarrollar, implementar y llevar adelante actividades conjuntas de planificación, formulación, análisis, ejecución, operación, administración y desarrollo de planes, programas y proyectos sociales y productos específicos que requiera la institución. Responsable: Director Técnico de área.

n n n

b) Atribuciones y Responsabilidades

n n

1. Asesorar al Concejo Cantonal, directores y servidores del Concejo Municipal de Pelileo en la formulación de planes, programas y proyectos.

n n

2. Asesorar y proporcionar metodologías y/o procedimientos para la elaboración de planes, programas y proyectos de los procesos de la institución.

n n

3. Establecer lineamientos para formular planes operativos anuales en coordinación con los procesos institucionales.

n n

4. Dirigir la evaluación del cumplimiento del plan de desarrollo cantonal de Pelileo, plan operativo anual, plan anual de inversiones y proforma presupuestaria institucional.

n n

5. Coordinar y consolidar con el proceso de gestión financiera, la programación técnica y presupuestaria anual de la institución.

n n

6. Proponer acciones a las autoridades y directivos del Concejo Municipal de Pelileo para la formulación y ejecución del plan de desarrollo cantonal, como una herramienta de planificación, inversión y gestión de recursos económicos del cantón.

n n

Proponer, implantar y administrar el sistema de planificación cantonal de acuerdo a las políticas, metas y estrategias definidas por el gobierno central.

n n

Coordinar, elaborar y presentar el plan estratégico institucional.

n n

Establecer y dirigir sistemas de seguimiento y evaluación de resultados sobre planes, programas y proyectos del Concejo Cantonal.

n n

Coordinar, evaluar y replantear periódicamente la ejecución de los planes, programas y proyectos de la institución.