Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 21 de Agosto
2014 – R. O. No. 316

SUPLEMENTO

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

648 Legalízanse, autorízanse las comisiones de servicio en
el exterior y concédense permisos de vacaciones a varios funcionarios del
Estado:

Ingeniera Paola Carvajal Ayala, Ministra de Transporte y
Obras Públicas

650 Doctor José Serrano, Ministro del Interior

651 Soc. Pabel Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y
Desarrollo

652 Msc. Cecilia Vaca Jones, Ministra Coordinadora de
Desarrollo Social

655 Ingeniero Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones
y de la Sociedad de la Información

657 Soc. Pabel Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y
Desarrollo

659 Eco. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas

666 Déjase insubsistente el Acuerdo número 628 de 12 de
junio de 2014

675 Doctor Guillaume Long, Ministro Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano

681 Ingeniera Paola Carvajal Ayala, Ministra de Transporte y
Obras Públicas

Consejo de la Judicatura:

Judicial y Justicia Indígena:

Resolución

118-2014 Habilítase el Sistema de Postulaciones dentro del
Concurso de Méritos, Oposición, Impugnación Ciudadana y Control Social para
acceder a uno de los cupos de formación inicial de la Escuela de la Función
Judicial para la Carrera Fiscal a Nivel Nacional

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas


Cantón Gualaquiza: Que regula la gestión
integral de los desechos sólidos y el establecimiento de tasas retributivas por
este servicio en la ciudad


Cantón Pindal:
Que regula la organización y
funcionamiento del Sistema de Protección Integral de Derechos


Cantón Quinindé:
De disolución, liquidación y
extinción del Patronato Municipal


Cantón Vinces:
Que regula la formación de los
catastros prediales urbanos y rurales, la determinación, administración y
recaudación del impuesto a los predios urbanos y rurales para el Bienio 2014 ?
2015

CONTENIDO


No. 648

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MTOP-DM-14-1131-OF de 20 de junio de 2014, la Ing. Paola Carvajal
Ayala, Ministra de Transporte y Obras Públicas, solicita se conceda licencia con
cargo a vacaciones, del 21 al 27 de julio de 2014, en su parte pertinente
indica que ?…en consecuencia el Ingeniero Alex Pérez Cajilema, Viceministro
de Gestión del Transporte, subrogará mis funciones en este despacho?;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con
y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior…?

Decreta:

Artículo
Primero.- Autorizar a la Ing. Paola Carvajal Ayala, Ministra de Transporte y
Obras Públicas, licencia con cargo a vacaciones del 21 al 27 de julio de 2014.

Artículo
Segundo.- De conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes, el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, encargará dicha Cartera de Estado al
Ingeniero Alex Pérez Cajilema, Viceministro de Gestión del Transporte del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 20 días del mes de junio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 650

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MDI-DM-2014-0891-OF de 13 de junio de 2014, el Dr. José Serrano,
Ministro del Interior, solicita se autorice licencia con cargo a vacaciones,
del 11 al 25 de julio de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de
autorización de vacaciones, licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades
de la Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel
jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Autorizar al Dr. José Serrano, Ministro del Interior, licencia con
cargo a vacaciones desde el 11 al 25 de julio de 2014.

Artículo
Segundo.- El Dr. José Serrano, Ministro del Interior, encargará dicha Cartera
de Estado al Ing. Javier Córdova Unda, Viceministro de Seguridad del Ministerio
del Interior.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 23 días del mes de junio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 651

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. SENPLADES-SNPD-2014- 0455-OF de 20 de junio de 2014, el Soc. Pabel
Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, solicita se conceda
licencia con cargo a vacaciones, del 15 de julio al 1 de agosto de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de, vacaciones, licencias
con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel, jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Autorizar al Soc. Pabel Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y
Desarrollo, licencia con cargo a vacaciones, del 15 de julio al 1 de agosto de 2014.

Artículo
Segundo.- El Soc. Pabel Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y
Desarrollo, encargará dicha Cartera de Estado de conformidad con la normativa
legal vigente.

Artículo Tercero.-
Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 23 días del mes de junio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 652

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MCDS-MCDS-2014-0380-OF de 23 de junio de 2014, la Msc. Cecilia Vaca
Jones, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social, solicita se autorice licencia
con cargo a vacaciones, desde el 25 de junio hasta las 12h00 del 26 de junio de
2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con
y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Autorizar a la Msc. Cecilia Vaca Jones, Ministra Coordinadora de
Desarrollo Social, licencia con cargo a vacaciones
desde el 25 de junio hasta las 12h00 del 26 de junio de 2014.

Artículo
Segundo.- La Msc. Cecilia Vaca Jones, Ministra Coordinadora de Desarrollo
Social, encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad con la normativa
legal vigente.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 23 días del mes de junio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública. Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 15 de julio del 2014. f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 655

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MINTEL-DM-2014-0114 de 23 de junio de 2014, el Ing. Jaime Guerrero
Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, solicita
se conceda licencia con cargo a vacaciones, del 16 al 30 de agosto de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con
y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo Primero.-
Autorizar al Ing. Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la
Sociedad de la Información, licencia con cargo a vacaciones, del 16 al 30 de
agosto de 2014.

Artículo
Segundo.- El Ing. Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la
Sociedad de la Información, encargará dicha Cartera de Estado de conformidad
con la normativa legal vigente.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 23 días del mes de junio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO. Quito, 15 de julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 657

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. SENPLADES-SNPD-2014- 0457-OF de 24 de junio de 2014, el Soc. Pabel
Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, solicita se autorice
licencia con cargo a vacaciones, el 25 de junio de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula:

?…El
Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de las competencias
señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y funciones: … u)
Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y sin
remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva comprendidas
en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Autorizar al Soc. Pabel Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y
Desarrollo, licencia con cargo a vacaciones, el 25 de junio de 2014.

Artículo
Segundo.- El Soc. Pabel Muñoz, Secretario Nacional de Planificación y
Desarrollo, encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad con la normativa
legal vigente.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 24 días del mes de junio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 659

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MINFIN-DM-2014-0336 de 25 de junio de 2014, el Eco. Fausto Herrera
Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicita se autorice licencia con cargo a
vacaciones, del 21 al 31 de julio de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con
y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel, jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Autorizar al Eco. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas,
licencia con cargo a vacaciones el 21 al 31 de julio de 2014. Artículo
Segundo.- El Eco. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, encargará
dicha Cartera de Estado, a la Econ. Madeleine Abarca Runruil, Viceministra de Finanzas.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 25 días del mes de junio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 666

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. CGAF-2014-1603 de fecha 26 de junio de 2014, el Ing. Juan Manuel
Machado, Coordinador General Administrativo Financiero del Ministerio del Interior,
solicita dejar insubsistente el Acuerdo Nro. 628, mediante el cual se autorizó
la comisión de servicios del Dr. José Serrano, Ministro del Interior, a la
ciudad de Kazán – Rusia, del 16 al 22 de junio de 2014, con el fin de
participar en el ?V Encuentro internacional de Altos Representantes Encargados
de Seguridad?.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril de 2011, publicado
en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Dejar insubsistente el Acuerdo número 628 de fecha 12 de junio de
2014, expedido a favor del Dr. José Serrano, Ministro del Interior, a la ciudad
de Kazán – Rusia, del 16 al 22 de junio de 2014, según el motivo expuesto en el
primer considerando del presente Acuerdo.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 26 días del mes de junio de 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 675

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MCCTH-DESP-2014-0437-O de 1 de julio de 2014, el Dr. Guillaume
Long, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, solicita se
conceda licencia con cargo a vacaciones, del 9 al 20 de julio de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con
y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala de nivel jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Autorizar al Dr. Guillaume Long, Ministro Coordinador de Conocimiento
y Talento Humano, licencia con cargo a vacaciones, del 9 al 20 de julio de 2014.

Artículo
Segundo.- El Dr. Guillaume Long, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento
Humano, encargará dicha Cartera de Estado a la Mgs. María Belén Moncayo
Secretaria Técnica del Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento Humano.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 1 días del mes cíe julio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 681

Vinicio
Alvarado Espinel

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
oficio Nro. MTOP-DM-14-1199-OF de 2 de julio de 2014, la Ing. Paola Carvajal
Ayala, Ministra de Transporte y Obras Públicas, solicita se autorice licencia con
cargo a vacaciones, del 12 al 14 de julio de 2014.

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra
u), del Estatuto del Régimen jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de
las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y funciones: … u)
Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y sin remuneración
y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8
de la escala del nivel jerárquico superior…?

Acuerda:

Artículo
Primero.- Autorizar a la Ing. Paola Carvajal Ayala, Ministra de Transporte y
Obras Públicas, licencia con cargo a vacaciones el 12 al 14 de julio de 2014.

Artículo
Segundo.- La Ing. Paola Carvajal Ayala, Ministra de Transporte y Obras
Públicas, encargará dicha Cartera de Estado, al Ing. Alex Pérez Cajilema,
Viceministro de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Artículo
Tercero.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los 3 días del mes de julio del 2014.

f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 15 de
julio del 2014.

f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de Asesoría Jurídica (E), Secretaría
Nacional de la Administración Pública.


No. 118-2014

EL PLENO DEL
CONSEJO

DE LA
JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el
artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: ?El
Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial (?)?;

Que, el
numeral 2 del artículo 168 de la Constitución de la República del Ecuador
determina: ?2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa,
económica y financiera.?;

Que, el
artículo 170 de la Constitución de la República del Ecuador señala: ?Para el
ingreso a la Función Judicial se observarán los criterios de igualdad, equidad,
probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación
ciudadana.?;

Que, el
artículo 176 de la Constitución de la República del Ecuador manda: ?Los
requisitos y procedimientos para designar servidoras y servidores judiciales
deberán contemplar un concurso de oposición y méritos, impugnación y control
social; se propenderá a la paridad entre mujeres y hombres. Con excepción de
las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las servidoras y servidores
judiciales deberán aprobar un curso de formación general y especial, y pasar
pruebas teóricas, prácticas y psicológicas para su ingreso al servicio judicial.?;

Que, el
artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe: ?La
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura,
funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada
administración de justicia?;

Que, los
numerales 1, 3 y 5 del artículo 181 de la Constitución de la República del
Ecuador determinan: ?Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las
que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento
y modernización del sistema judicial; (?) 3. Dirigir los procesos de selección
de jueces y demás servidores de la Función Judicial, así como, su evaluación, ascensos
y sanción. Todos los procesos serán públicos y las decisiones motivadas; (?) y,
5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial??;

Que, el
artículo 228 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: ?El
ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera
administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma
que determine la ley, con excepción de las servidoras y servidores públicos de
elección popular o de libre nombramiento y remoción. Su inobservancia provocará
la destitución de la autoridad nominadora??;

Que, el
artículo 36 del Código Orgánico de la Función Judicial señala: ?En los
concursos para el ingreso a la Función Judicial y en la promoción, se
observarán los principios de igualdad, probidad, no discriminación, publicidad,
oposición y méritos….?;

Que, el
artículo 37 del Código Orgánico de la Función Judicial establece: ?El perfil de
las servidoras o servidores de la Función Judicial deberá ser el de un
profesional del Derecho con una sólida formación académica; con capacidad para
interpretar y razonar jurídicamente, con trayectoria personal éticamente
irreprochable, dedicado al servicio de la justicia, con vocación de servicio
público, iniciativa, capacidad innovadora, creatividad y compromiso con el
cambio institucional de la justicia.?;

Que, el
artículo 52 del Código Orgánico de la Función Judicial prescribe: ?Todo ingreso
de personal a la Función Judicial se realizará mediante concurso público de oposición
y méritos, sujeto a procesos de impugnación, control social y se propenderá a
la paridad entre mujeres y hombres; a través de los procedimientos establecidos
en este Código??;

Que, de
conformidad con lo previsto en el numeral 10 del artículo 264 del Código
Orgánico de la Función Judicial, al Pleno del Consejo de la Judicatura le
corresponde: ?10. Expedir, modificar, derogar e interpretar obligatoriamente el
Código de Ética de la Función Judicial, el Estatuto Orgánico Administrativo de
la Función Judicial, los reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen
interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización,
funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente
para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial??;

Que, el
numeral 1 del artículo 280 del Código Orgánico de la Función Judicial
establece, entre las funciones de la Dirección General la de: ?1. Dirigir y
supervisar la administración de los recursos humanos, financieros, administrativos
de la Función Judicial y los procesos de selección, evaluación, formación
profesional y capacitación continua, en el ámbito de su competencia??;

Que, mediante
Resolución 107-2014, de 24 de junio de 2014, el Pleno del Consejo de la
Judicatura expidió el: ?EL REGLAMENTO DE CONCURSOS DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN,
IMPUGNACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL PARA EL INGRESO A LA FUNCIÓN JUDICIAL?;

Que, mediante
Resolución 108-2014, de 24 de junio de 2014, el Pleno del Consejo de la
Judicatura resolvió: ?Aprobar el Instructivo para el Concurso de Méritos y Oposición,
Impugnación Ciudadana y Control Social para acceder a uno de los cupos de
formación inicial de la Escuela de la Función Judicial, para la carrera fiscal
a nivel nacional?;

Que, la
Disposición General Cuarta de la Resolución 108- 2014 de 24 de junio de 2014,
establece: ?CUARTA.- En lo no previsto expresamente y en caso de duda sobre la aplicación
o interpretación de las normas establecidas en este Instructivo o en el
Reglamento de Concursos de Méritos y Oposición, Impugnación Ciudadana y Control
Social, para el ingreso a la Función
Judicial, se estará a lo que más favorezca en su orden a la validez del
concurso y a la participación de las y los postulantes.?;

Que, con
Memorando DNTH-5456-2014 de 17 de julio de 2014, suscrito por la ingeniera
MARÍA CRISTINA LEMARIE, Directora Nacional de Talento Humano, se pone en
conocimiento del Pleno del Consej