AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
MiƩrcoles 06 de Agosto
2014 – R. O. No. 305
SUMARIO
SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica:
Ejecutivo:
Acuerdos
686 AutorĆzase la licencia con cargo a vacaciones del Eco.
Augusto Espinosa, Ministro de EducaciĆ³n
689 AutorĆzase la licencia con cargo a vacaciones del Ing.
Walter HipĆ³lito SolĆs, Secretario del Agua
SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e
InnovaciĆ³n:
2014-081 DelƩganse facultades a la doctora Rina Catalina
Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n,
encargada
2014-085 RefĆ³rmase el Reglamento para la Movilidad e
Intercambio de Investigadores en Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n ?Prometeo
Viejos Sabios?
2014-087 ExpĆdense las bases de aplicaciĆ³n para el Concurso
de Reconocimiento a la InvestigaciĆ³n CientĆfica – TemĆ”tica: Medio Ambiente
2014-088 DelƩganse facultades a los rectores y rectoras de
los institutos superiores tĆ©cnicos, tecnolĆ³gicos, pedagĆ³gicos, de artes y los
conservatorios superiores pĆŗblicos
2014-090 OtĆ³rgase personalidad jurĆdica de derecho privado y
sin fines de lucro a la AsociaciĆ³n de InformĆ”ticos de El Oro – ASINFORO, con
domicilio en la ciudad de Machala, provincia de El Oro
2014-091 RefĆ³rmase el Reglamento para la suscripciĆ³n de
convenios de pago de los valores adeudados resultantes de los contratos de
financiamiento de beca
2014-092 DelƩganse facultades a la doctora Rina Catalina
Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n,
encargada
2014-093 RefĆ³rmase el Reglamento para el programa de becas
de cuarto nivel para pueblos y nacionalidades
2014-094 RefĆ³rmase el Reglamento para la aplicaciĆ³n del
programa de becas institucionales
Ministerio del Ambiente: DirecciĆ³n Provincial de los RĆos:
Resoluciones
009 ApruƩbense los estudios de impacto ambiental expost,
planes de manejo, auditorĆa ambiental y otĆ³rganse licencias ambientales a los
siguientes proyectos:
InstalaciĆ³n, OperaciĆ³n y Mantenimiento de la Planta de
Manufactura y ConversiĆ³n de Papel Tissue – INPAECSA, ubicado en el cantĆ³n
Babahoyo
010 Hacienda Bananera ?Agrilechos 1?, ubicada en el cantĆ³n
Valencia
011 ?ConstrucciĆ³n de la ampliaciĆ³n y mejoramiento del
Sistema de AAPP de la Parroquia Urbana Catarama y de la Parroquia Rural
Ricaurte del CantĆ³n Urdaneta?, ubicado en el cantĆ³n Urdaneta
012 EstaciĆ³n de Servicio ?Sosichoque?, ubicada en el cantĆ³n
Quevedo
013 EstaciĆ³n de Servicio ?Autocentro Mobil?, ubicada en el
cantĆ³n Quevedo
014 EstaciĆ³n de Servicio ?InĆ©s MarĆa?, ubicada en el cantĆ³n
Mocache
Superintendencia de Bancos y Seguros:
Transparencia y Control Social
SBS-INJ-DNJ-2014-547 CalifĆcanse a las siguientes personas
para que puedan desempeƱarse como peritos avaluadores de bienes inmuebles y
agropecuarios:
Ing. agrĆ³noma FĆ”tima Elizabeth Zambrano CoveƱa
SBS-INJ-DNJ-2014-553 Arq. Geovanna Magdalena Erazo Arteaga
SBS-INJ-DNJ-2014-566 Ing. agropecuario Rodrigo RubƩn YƩpez
VillacĆs
CONTENIDO
Vinicio
Alvarado Espinel
SECRETARIO
NACIONAL
DE LA
ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
Considerando:
Que, mediante
oficio Nro. MINEDUC-CGSG-2014-2014- 00132-OF de 4 de julio de 2014, el Eco.
Augusto Espinosa, Ministro de EducaciĆ³n, solicita se autorice licencia con
cargo a vacaciones, del 21 al 30 de julio de 2014.
Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra
u), del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a mĆ”s de
las competencias seƱaladas en el artĆculo 14 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, tendrĆ” las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorizaciĆ³n de vacaciones, licencias con
y sin remuneraciĆ³n y permisos para autoridades de la FunciĆ³n Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerĆ”rquico superior…?
Acuerda:
ArtĆculo
Primero.- Autorizar al Eco. Augusto Espinosa, Ministro de EducaciĆ³n, licencia
con cargo a vacaciones el 21 al 30 de julio de 2014.
ArtĆculo
Segundo.- El Eco. Augusto Espinosa. Ministro de EducaciĆ³n, encargarĆ” dicha
Cartera de Estado, al Sr. Jaime Roca, Viceministro de GestiĆ³n Educativa del Ministerio
de EducaciĆ³n desde el 21 al 27 de julio de 2014 y el Sr. Freddy PeƱafiel,
Viceministro del Ministerio EducaciĆ³n desde el 28 al 30 de julio del 2014.
ArtĆculo Tercero.-
Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
Dado y firmado
en el Despacho Principal de la SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los 7 dĆas del mes de julio del 2014.
f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO. Quito, 21 de julio del 2014.
f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de AsesorĆa JurĆdica (E), SecretarĆa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
Vinicio
Alvarado Espinel
SECRETARIO
NACIONAL
DE LA
ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
Considerando:
Que, mediante
oficio Nro. SENAGUA-SA.1-2014-0322-O de 4 de julio de 2014, el Ing. Walter
HipĆ³lito SolĆs, Secretario del Agua, solicita se autorice licencia con cargo a
vacaciones, del 21 de julio al 1 de agosto de 2014.
Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra
u), del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva
que estipula: ?…El Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, a mĆ”s de
las competencias seƱaladas en el artĆculo 14 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, tendrĆ” las siguientes atribuciones y
funciones: … u) Expedir acuerdos de autorizaciĆ³n de vacaciones, licencias con
y sin remuneraciĆ³n y permisos para autoridades de la FunciĆ³n Ejecutiva
comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerĆ”rquico superior…?
Acuerda:
ArtĆculo
Primero.- Autorizar al Ing. Walter HipĆ³lito SolĆs, Secretario del Agua,
licencia con cargo a vacaciones el 21 de julio al 1 de agosto de 2014.
ArtĆculo
Segundo.- El Ing. Walter HipĆ³lito SolĆs, Secretario del Agua, encargarĆ” dicha
Cartera de Estado, de conformidad con la normativa legal vigente.
ArtĆculo
Tercero.- Este Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
Dado y firmado
en el Despacho Principal de la SecretarĆa Nacional de la AdministraciĆ³n
PĆŗblica, en la ciudad de Quito, a los 7 dĆas del mes de julio del 2014.
f.) Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.
Quito, 21 de
julio del 2014.
f.) Abg.
Ernesto Valle Minuche, Coordinador General de AsesorĆa JurĆdica (E), SecretarĆa
Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
RenĆ© RamĆrez
Gallegos
SECRETARIO DE
EDUCACIĆN SUPERIOR,
CIENCIA,
TECNOLOGĆA E INNOVACIĆN
Considerando:
Que el
artĆculo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina
que a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: ??1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n??;
Que el
artĆculo 126 ut supra determina: ?De la SubrogaciĆ³n.- Cuando por disposiciĆ³n de
la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba
subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerƔrquico superior, cuyo
titular se encuentre legalmente ausente, recibirĆ” la diferencia de la
remuneraciĆ³n mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo
que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogaciĆ³n, sin perjuicio
del derecho del titular?.
Que el
artĆculo 182 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior publicada en el
Suplemento del Registro Oficial Nro. 298 de fecha 12 de Octubre de 2010,
establece: ??La SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa
e InnovaciĆ³n, es el Ć³rgano que tiene por objeto ejercer la rectorĆa de la
polĆtica pĆŗblica de educaciĆ³n superior y coordinar acciones entre la FunciĆ³n
Ejecutiva y las instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior??;
Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 934, de fecha 10 de noviembre de 2011, el seƱor
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado,
designĆ³ a RenĆ© RamĆrez Gallegos como Secretario Nacional de EducaciĆ³n Superior,
Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, mismo que fue ratificado en el cargo mediante
Decreto Ejecutivo NĀ° 2 del 27 de mayo de 2013, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial NĀ°
5 del 31 de mayo de 2013;
Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 62 de 05 de agosto del 2013, publicado en el Registro Oficial 63 de 21 de agosto del
2013, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 131 de fecha 08 de
octubre de 2013 se reforma el artĆculo 17.2 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, en virtud de lo cual cambia la
denominaciĆ³n de la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆa e InnovaciĆ³n por SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆa e InnovaciĆ³n;
Que mediante
Acuerdo 2014-037, de 14 de marzo de 2014, se encarga a la doctora Rina Catalina
Pazos Padilla, la SubsecretarĆa General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n,
hasta la designaciĆ³n de su titular;
Que mediante
Oficio Nro. MREMH-EECUARGENTINA- 2014-0061-O de fecha 20 de mayo de 2014, la
Embajadora del Ecuador en Argentina, Gloria Vidal Illingworth, invita al Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆa e InnovaciĆ³n, RenĆ© RamĆrez Gallegos, a presidir las reuniones que se
llevarƔn a cabo con autoridades argentinas del campo de la ciencia y la
tecnologĆa, con miras a establecer vĆnculos de cooperaciĆ³n bilateral e
interinstitucional en estas Ć”reas, los dĆas 26 y 27 de mayo de 2014;
Que mediante
Oficio Nro. SENESCYT-SESCT-2014- 0667-CO, de fecha 21 de mayo de 2014, RenƩ
RamĆrez Gallegos, solicita muy comedidamente al seƱor doctor Guillaume Long,
Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, se sirva disponer se
realicen los trĆ”mites administrativos pertinentes, para la legalizaciĆ³n de su comisiĆ³n
de servicios al exterior del 25 al 27 de mayo de 2014; y,
Que es
necesario designar a un funcionario para que subrogue al Secretario de
EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, en el cumplimiento de sus
atribuciones y deberes, durante el perĆodo que dure su ausencia del paĆs.
En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artĆculo 154 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, y, el artĆculo 17 del Estatuto del
RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva.
Acuerda:
ArtĆculo 1.- Designar
a la doctora Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia,
TecnologĆa e InnovaciĆ³n, encargada, para que subrogue al Secretario de EducaciĆ³n
Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, los dĆas 26 y 27 de mayo de 2014.
ArtĆculo 2.- La
doctora Rina Catalina Pazos Padilla, serĆ” responsable del cumplimiento de las
atribuciones y deberes inherentes al funcionamiento de la SecretarĆa de
EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n.
ArtĆculo 3.- Notificar
con el contenido de este Acuerdo a la doctora Rina Catalina Pazos Padilla, asĆ
como al Coordinador General Administrativo y Financiero de la SecretarĆa de
EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, para su Ć³ptima ejecuciĆ³n.
ArtĆculo 4.- Notificar
con el contenido del presente Acuerdo a la SecretarĆa Nacional de la
AdministraciĆ³n PĆŗblica, para los fines pertinentes.
ArtĆculo 5.- El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia los dĆas seƱalados para la subrogaciĆ³n,
sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
NotifĆquese y
cĆŗmplase.
Dado, en el
Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los veinte y dos (22) dĆas
del mes de mayo de 2014.
f.) RenƩ
RamĆrez Gallegos, Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e
InnovaciĆ³n.
SECRETARĆA DE
EDUCACIĆN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGĆA E INNOVACIĆN.- CoordinaciĆ³n General de
AsesorĆa JurĆdica.- 15 de julio de 2014.- Fiel copia del original que reposa en
el archivo de esta CoordinaciĆ³n.- Firma: Ilegible.
RenĆ© RamĆrez
Gallegos
SECRETARIA DE
EDUCACIĆN SUPERIOR,
CIENCIA,
TECNOLOGĆA E INNOVACIĆN
Considerando:
Que el numeral
1 del artĆculo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina
que a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: Ā«1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas
pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestiĆ³nĀ»;
Que el
artĆculo 385 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece que:
Ā«…el sistema nacional de ciencia, tecnologĆa y saberes ancestrales, en
el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las culturas y la
soberanĆa, tendrĆ” como finalidad: generar, adaptar, y difundir conocimientos
cientĆficos y tecnolĆ³gicos; recuperar, fortalecer, y potenciar los saberes
ancestrales; desarrollar tecnologĆas e innovaciones que impulsen la producciĆ³n nacional,
eleven la eficiencia y productividad, mejorar la calidad de vida y contribuyan
a la realizaciĆ³n del buen vivir…Ā»;
Que el
artĆculo 386 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina que:
Ā«…el sistema nacional de ciencia, tecnologĆa y saberes ancestrales,
comprenderĆ” programas y polĆticas, recursos, acciones, e incorporarĆ” a
instituciones del Estado, universidades y escuelas politƩcnicas, institutos de
investigaciĆ³n pĆŗblicos y particulares, empresas pĆŗblicas y privadas, organismos
no gubernamentales y personas naturales o jurĆdicas, en tanto realizar,
actividades de investigaciĆ³n, desarrollo tecnolĆ³gico, innovaciĆ³n y aquellas
ligadas a los saberes ancestrales…Ā»;
Que el
artĆculo 388 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, determina que:
Ā«…el Estado destinarĆ” los recursos necesarios para la investigaciĆ³n
cientĆfica, el desarrollo tecnolĆ³gico, la innovaciĆ³n, la formaciĆ³n cientĆfica,
la recuperaciĆ³n y desarrollo de saberes ancestrales y la difusiĆ³n de
conocimiento…Ā»;
Que el
artĆculo 183 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior (LOES), publicada en el
Suplemento del Registro Oficial No. 298, de 12 de octubre de 2010, establece
las funciones de la SecretarĆa Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆa e InnovaciĆ³n, entre las cuales consta: Ā«?f) DiseƱar,
administrar e instrumentar la polĆtica de becas del gobierno para la educaciĆ³n
superior ecuatoriana; para lo cual coordinarĆ”, en lo que corresponda, con el Instituto
Ecuatoriano de CrƩdito Educativo y Becas. g) Establecer desde el Gobierno
Nacional, polĆticas de investigaciĆ³n cientĆfica y tecnolĆ³gica de acuerdo con
las necesidades de desarrollo del paĆs…Ā»;
Que mediante
Acuerdo Ministerial No.- 2011- 049, de 16 de agosto de 2011, el Secretario
Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa, e InnovaciĆ³n (E), califica
al ?PROYECTO PROMETEO VIEJOS SABIOS? como proyecto emblemƔtico de la SENESCYT.
Que mediante
Acuerdo Ministerial No.- 2011-063, de 15 de septiembre de 2011, se expide el
Reglamento para la Movilidad e Intercambio de Investigadores en Ciencia, TecnologĆa
e InnovaciĆ³n ?Prometeo Viejos Sabios?;
Que es
necesario dinamizar los procedimientos para la movilidad y el intercambio de
investigadores en las distintas Ɣreas intersectoriales, interdisciplinarias y
entre los sectores pĆŗblicos a nivel internacional, como un medio para reforzar
los conocimientos cientĆficos y el desarrollo profesional de los
investigadores;
En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el artĆculo 154 numeral 1 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica de Ecuador;
Acuerda:
Expedir la
siguiente reforma al ?Reglamento para la Movilidad e Intercambio de Investigadores
en Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n ?Prometeo Viejos Sabios? de la SecretarĆa
de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n
ArtĆculo 1.- AgrĆ©guese
a continuaciĆ³n de la disposiciĆ³n transitoria primera, la siguiente disposiciĆ³n:
?Segunda.- Los
procedimientos administrativos establecidos al amparo del Reglamento de Beca
para Docentes e Investigadores Expertos de alto nivel en el marco del Proyecto
?Becas Prometeo?, serĆ” aplicable, en todo lo que sea pertinente, para los
docentes e investigadores de alto nivel que aĆŗn se encuentren vinculados en el
marco del Proyecto ?Prometeo Viejos Sabios? de esta Cartera de Estado.?
ArtĆculo 2.- De
la ejecuciĆ³n del presente Acuerdo, encĆ”rguese a la Gerencia del Proyecto ?Becas
Prometeo? de esta Cartera de Estado.
ArtĆculo 3.- NotifĆquese
con el contenido del presente Acuerdo a la Gerencia del Proyecto ?Becas
Prometeo? , la SubsecretarĆa General de Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, la
SubsecretarĆa General de EducaciĆ³n Superior, asĆ como a todas las unidades
administrativas de esta Cartera de Estado para su Ć³ptima ejecuciĆ³n.
ArtĆculo 4.- El
presente Acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio
de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
Dado en el
Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los cuatro (4) dĆas del mes
de junio de 2014.
NotifĆquese y
PublĆquese.
f.) RenƩ
RamĆrez Gallegos, Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e
InnovaciĆ³n.
SECRETARĆA DE
EDUCACIĆN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGĆA E INNOVACIĆN.- CoordinaciĆ³n General de
AsesorĆa JurĆdica.- 15 de julio de 2014.- Fiel copia del original que reposa en
el archivo de esta CoordinaciĆ³n.- Firma: Ilegible.
RenĆ© RamĆrez
Gallegos
SECRETARIO DE
EDUCACIĆN SUPERIOR,
CIENCIA,
TECNOLOGĆA E INNOVACIĆN
Considerando:
Que el
artĆculo 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina
que a las ministras y ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: ??1. Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n??;
Que la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en su artĆculo 280, establece que ?El
Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarĆ”n las polĆticas,
programas y proyectos pĆŗblicos; la programaciĆ³n y ejecuciĆ³n del presupuesto del
Estado; y la inversiĆ³n y la asignaciĆ³n de los recursos pĆŗblicos?;
Que la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en su artĆculo 387, numeral 2,
establece que el Estado es responsable de ?promover la generaciĆ³n y producciĆ³n
de conocimiento, fomentar la investigaciĆ³n cientĆfica y tecnolĆ³gica, y
potenciar los saberes ancestrales, para asĆ contribuir a la realizaciĆ³n del
buen vivir, al Sumak kawsay?, la SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa
e InnovaciĆ³n, ha creĆdo necesario diseƱar un concurso que convoque a las
personas que han sido beneficiarios de los programas de becas que ha promovido esta
SecretarĆa, a inscribirse y participar en el ?CONCURSO DE RECONOCIMIENTO A LA INVESTIGACIĆN
CIENTĆFICA ? TEMĆTICA: MEDIO AMBIENTE?;
Que la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en su artĆculo 387, seƱala como
responsabilidades del Estado, facilitar e impulsar la incorporaciĆ³n a la
sociedad del conocimiento para alcanzar los objetivos del rƩgimen de desarrollo;
ademĆ”s, promover la generaciĆ³n y producciĆ³n de conocimiento, fomentar la
investigaciĆ³n cientĆfica y tecnolĆ³gica, y potenciar los saberes ancestrales,
para contribuir a la realizaciĆ³n del buen vivir;
Que el
artĆculo 7 del Decreto Ejecutivo No. 1829, publicado en el Registro Oficial
Suplemento No. 351 de 7 de septiembre del 2006, seƱala que la SENACYT tendrƔ entre
sus atribuciones, promover y financiar la formaciĆ³n de recursos humanos de
excelencia en ciencia, innovaciĆ³n y tecnologĆa, para los sectores pĆŗblico y
privado, asĆ como formar, crear, administrar y en general, manejar fondos y/o recursos
propios o provenientes de fuentes nacionales o internacionales, privadas o
estatales, destinados a los procesos
cientĆficos, tecnolĆ³gicos e innovaciĆ³n;
Que la Ley
OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior, publicada en el Registro Oficial Suplemento
Nro. 298, de 12 de octubre del 2010, en su artĆculo 182, seƱala: ??la
SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, es el
Ć³rgano que tiene por objeto ejercer la rectorĆa de la polĆtica pĆŗblica de
educaciĆ³n superior y coordinar acciones entre la FunciĆ³n Ejecutiva y las
instituciones del Sistema de EducaciĆ³n Superior??;
Asimismo los
literales ?b? y ?g? del artĆculo 183, indica entre las funciones de la
SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n: ??b)
Ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas en el Ć”mbito de su competencia…?;
y, ??g) Establecer desde el gobierno nacional, polĆticas de investigaciĆ³n
cientĆfica y tecnolĆ³gica de acuerdo con las necesidades del desarrollo del paĆs
y crear los incentivos para que las universidades y escuelas politƩcnicas
puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus polĆticas internas…?;
Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 934 de fecha 10 de noviembre de 2011, el seƱor
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa Delgado,
designĆ³ a RenĆ© RamĆrez Gallegos como Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia,
TecnologĆa e InnovaciĆ³n mismo que fue ratificado en el cargo mediante Decreto
Ejecutivo NĀ° 2 del 27 de mayo de 2013, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial NĀ° 5 del 31 de mayo de 2013;
Que mediante
Acuerdo No. 2014-029, de 27 de febrero de 2014, RenĆ© RamĆrez Gallegos, en su
calidad de Secretario de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, expidiĆ³
el: ?REGLAMENTO PARA EL FINANCIMIENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONĆMICAS DE LA
SECRETARĆA DE EDUCACIĆN SUPERIOR CIENCIA, TECNOLOGĆA E INNOVACIĆN?;
Que el Plan
Nacional para el Buen Vivir 2013 – 2017, establece objetivos de desarrollo
enfocados a lograr una transformaciĆ³n econĆ³mica, social, cultural, polĆtica y ambiental
del Ecuador, en el marco de una estrategia integral que vincula a la
investigaciĆ³n cientĆfica, el desarrollo tecnolĆ³gico y los saberes tradicionales
con el desarrollo productivo democrĆ”tico, solidario y sostenible del paĆs; esta
estrategia va de la mano con el fomento de la formaciĆ³n de talento humano en
Ć”reas cientĆfico-tĆ©cnicas y al uso eficiente de los recursos del paĆs. Para
esto es fundamental contar con un sistema de conocimientos, tecnologĆas y
saberes dinƔmico que motive y articule las diferentes acciones de los actores
sociales;
Que la educaciĆ³n
de alto nivel es uno de los pilares fundamentales para lograr un nuevo modelo
de desarrollo que permita alcanzar las metas del buen vivir. La formaciĆ³n del
talento humano en Ɣreas estratƩgicas de interƩs nacional, es decisiva para
mejorar la capacidad investigativa y la generaciĆ³n del conocimiento; ademĆ”s de diversificar
y optimizar la producciĆ³n, a fin de crear mejores condiciones individuales y
sociales de vida, es necesario implementar un programa de investigaciĆ³n para las personas que han sido beneficiarias
de los programas de becas que ha promovido esta Cartera de Estado; y,
Que en 1973,
en el marco de la conferencia de Estocolmo, Suecia, la Asamblea General de las
Naciones Unidas declarĆ³ el 05 de junio como el dĆa mundial del Medio Ambiente,
para sensibilizar a la sociedad a adquirir conciencia sobre cuestiones
medioambientales, como los problemas derivados de la explotaciĆ³n de recursos naturales
y la industrializaciĆ³n desmedida, comprometiĆ©ndose con un desarrollo sostenible
y respetuoso con el medio ambiente.
En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el artĆculo 154 numeral 1 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador.
Acuerda:
ArtĆculo 1.- Expedir
las siguientes Bases de AplicaciĆ³n para el ?CONCURSO DE RECONOCIMIENTO A LA INVESTIGACIĆN
CIENTĆFICA ? TEMĆTICA: MEDIO AMBIENTE?.
A. OBJETIVO
GENERAL
El objetivo
del ?CONCURSO DE RECONOCIMIENTO A LA INVESTIGACIĆN CIENTĆFICA ? TEMĆTICA: MEDIO
AMBIENTE?, es promover y estimular la iniciativa y creatividad
cientĆfico-tecnolĆ³gica de nuestros investigadores por medio de la presentaciĆ³n
de artĆculos relacionados con la temĆ”tica del concurso.
B. ĆMBITO DE
APLICACIĆN PARA EL CONCURSO
B.1 PERSONAS
QUE PUEDEN PARTICIPAR
El presente
concurso estĆ” dirigido a:
Estudiantes de
maestrĆa y doctorado
Titulados de
maestrĆa y doctorado
Los
postulantes podrƔn concursar de forma individual o en un mƔximo de dos (2)
personas, siempre y cuando Ć©stas cumplan con la condiciĆ³n establecida en el pĆ”rrafo
anterior.
B.2 ĆREAS DE INVESTIGACIĆN EN LAS QUE SE PUEDE
PARTICIPAR
El artĆculo a
concursar deberƔ enmarcarse en la temƔtica medio ambiente, correspondientes a
las siguientes Ɣreas:
NĀŗ
Ćrea
1
Desastres y
conflictos ambientales
2
Manejo de
ecosistemas
3
Sustancia
daƱinas y residuos peligrosos
4
ContaminaciĆ³n
ambiental por actividades petroleras de la compaƱĆa Chevron ? Texaco
Los artĆculos
deberƔn abordar, en el marco de las Ɣreas descritas, problemas propios de la
RepĆŗblica del Ecuador, o bien estudios comparativos, siempre y cuando estos
estĆ©n vinculados o puedan tener analogĆas con la realidad ecuatoriana.
En caso de
existir una Ćŗnica propuesta en alguna de las Ć”reas antes indicadas, serĆ” el
ComitĆ© de Expertos quien defina su continuaciĆ³n en el proceso.
C. PROCESO DE
POSTULACIĆN
La convocatoria
estarĆ” abierta desde el 05 de junio hasta el 01 de agosto de 2014, periodo en
el cual los/as postulantes deberĆ”n entregar los artĆculos, cumpliendo las siguientes
condiciones:
Los artĆculos
serƔn entregados de manera digital, en formato Word y PDF escaneado, este
Ćŗltimo contarĆ” con firmas de responsabilidad. AdemĆ”s serĆ”n escritos en idioma
espaƱol, elaborados de acuerdo con el formato y parƔmetros que consta en el ANEXO
2 de estas bases de postulaciĆ³n. El nombre de los archivos digitales (Word y
PDF) entregados a la SecretarĆa deberĆ”n guardar el siguiente formato: Apellido autor
1_Apellido autor2 _Palabras claves del artĆculo (mĆ”ximo 3), y deberĆ”n remitirse
a la direcciĆ³n [email protected]
Los artĆculos
deberƔn enviarse acompaƱados de la hoja de vida de cada uno de los autores, de
acuerdo con el formato que se indica en el ANEXO 3 de estas bases de postulaciĆ³n.
Los/as
postulantes deberĆ”n considerar lo detallado a continuaciĆ³n:
La SecretarĆa
de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n no adquiere ninguna responsabilidad,
ni aĆŗn solidaria, en tĆ©rminos financieros, laborales o civiles, con los/las
postulantes del concurso. Los gastos de la preparaciĆ³n y presentaciĆ³n de los artĆculos
correrƔn por cuenta de los/las postulantes.
Aquellos
artĆculos que no cumplan con lo establecido en los literales B.1 y B.2 de estas
bases serƔn descalificados.
Se deberĆ” dar
estricto cumplimiento a la presentaciĆ³n en los formatos establecidos y al
calendario determinado para la recepciĆ³n de los artĆculos.
Si se verifica
falsedad o alteraciĆ³n de la documentaciĆ³n suministrada por los/las postulantes,
la solicitud serĆ” inmediatamente rechazada, sin perjuicio de su remisiĆ³n a las
autoridades competentes para el inicio de las acciones legales pertinentes, de conformidad
con la Ley.
Una vez que la
SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, recepte las
propuestas dentro de las fechas seƱaladas en el cronograma de esta convocatoria,
se darĆ” inicio al proceso que consta de las siguientes etapas:
Etapa 1. VerificaciĆ³n
de requisitos.
Etapa 2. SelecciĆ³n
y ResoluciĆ³n de Ganadores.
D. ETAPA 1:
VERIFICACIĆN DE REQUISITOS
En esta etapa
se verificarĆ” por parte de funcionarios de la SecretarĆa de EducaciĆ³n Superior,
Ciencia, TecnologĆa e InnovaciĆ³n, que los artĆculos cumplan con todas las condiciones
y requisitos establecidos en las bases; los cuales serƔn validados y pasarƔn a
la etapa siguiente de: selecciĆ³n y resoluciĆ³n de ganadores.
E. ETAPA 2:
PROCESO DE SELECCIĆN
Los artĆculos
validados serĆ”n sometidos a la respectiva etapa de selecciĆ³n y proclamaciĆ³n de
ganadores, a travĆ©s de un comitĆ© de expertos en el tema, seleccionados por la SubsecretarĆa
de InvestigaciĆ³n CientĆfica.
Las
calificaciones se ponderarĆ”n segĆŗn lo indicado en el cuadro adjunto:
CRITERIO
CalificaciĆ³n
MĆ©rito
CientĆfico
40